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Autor Tema: Desahucio arrendataria  (Leído 837 veces)

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Desconectado gabilondo

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Desahucio arrendataria
« en: 25 de Octubre de 2017, 12:37:40 pm »
Hola, buenos días.

A ver si soy capaz de exponer mi duda de manera que se entienda bien. Tengo un compañero de trabajo que el otro día me comentó un problema que tiene, el tema radica en que su madre y su tío tienen una casa(actualmente aún a nombre de sus abuelos que por desgracia han fallecido aunque no han repartido aún herencia por el tema de impuestos), la cual quieren poner a la venta para hacer frente al reparto, en la que hace menos de un año alquilaron una habitación a una mujer. Dicha mujer que entró con un contrato verbal en el que se  acordó pagar una cantidad (a razón de 150€ al mes) que jamás ha abonado, ni tiene intención.

Debido a la necesidad que tienen le han propuesto de buenas maneras que se mude a lo que ella contesta que no piensa irse. Al ser preguntado miré y busqué(dentro de mi inexperiencia) y las opciones que a mi juicio tiene es presentar una demanda de desahucio, ya sea precario(en el que no recibe renta alguna que se le deba pero consigue que se vaya, ésta es la opción que yo considero viable)o por falta de pago(en el que si la mujer dudosamente pagara, enervaría la acción de desahucio  y podría quedarse en la vivienda siempre y cuando siguiera abonando el alquiler).

Cuando he vuelto a hablar con él después de que haya contratado un abogado(como le dije y como es lógico), me dice que lo que le ha propuesto y aconsejado dicho abogado es redactar un contrato y cito textualmente "a ver si pica y firma". Éste señor del que no dudo de su experiencia y de su mayor conocimiento, ya que yo poco sé, pero no creo que la solución sea "ponerle trampas" a la inquilina para que se vaya. Imagino que es para que después de haberlo firmado haya de atenerse a unas consecuencias pero, ¿no podría calificarse de mala fé si lo firma a partir de un "tú firma que es mejor para todos"?. Otra cosa es que dudo que firme nada si ahora mismo vive y no paga asique, ¿para qué?

A ver si alguien puede resolverme estas dudas, si el abogado está en lo cierto y que me corrija en lo que yo haya planteado de manera errónea. Muchas gracias de antemano

Saludos

“Si mientes al Gobierno, es un crimen. Si el Gobierno te miente, es política”

Desconectado derechoshumanos

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Re:Desahucio arrendataria
« Respuesta #1 en: 26 de Octubre de 2017, 12:25:14 pm »
Existiendo contrato verbal y no abonarlo, no veo el inconveniente en interponer directamente demanda de desahucio.

Desconectado gabilondo

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Re:Desahucio arrendataria
« Respuesta #2 en: 26 de Octubre de 2017, 12:52:29 pm »
Eso pienso yo, muchas gracias por tu respuesta.
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Desconectado derechoshumanos

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Re:Desahucio arrendataria
« Respuesta #3 en: 26 de Octubre de 2017, 12:58:20 pm »
Desconozco la estrategia del abogado pero a lo que me refiero que interponiendo demanda de desahucio la otra parte tendrá que probar (por recibos) que se encuentra al día de tales pagos. En caso de perder el juicio tendría que hacerse cargo también de las costas.

Desconectado MORDEKAY

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Re:Desahucio arrendataria
« Respuesta #4 en: 26 de Octubre de 2017, 13:08:35 pm »
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Desconozco la estrategia del abogado pero a lo que me refiero que interponiendo demanda de desahucio la otra parte tendrá que probar (por recibos) que se encuentra al día de tales pagos. En caso de perder el juicio tendría que hacerse cargo también de las costas.

Estimado compañero, antes de que la parte demandada tenga que probar nada, será la parte demandandante quien tenga que probar que:

1.- El inmueble es suyo o tiene derechos sobre el mismo.

2.- Que existe un contrato.

3.- Que dicho contrato tiene cláusulas y condiciones que obligan a esa señora pagar cantidad alguna.

4.- Que es el demandante(s) quien tiene derecho a percibir esas cantidades.


Artículo 217 Carga de la prueba

2. Corresponde al actor y al demandado reconviniente la carga de probar la certeza de los hechos de los que ordinariamente se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente a las pretensiones de la demanda y de la reconvención.


No es mala idea intentar que previamente la señora firme un contrato, porque en todo caso, la demanda debería de ser por precario y no por impago de rentas, habida cuenta que difícilmente la señora reconocerá que está alquilada.

Un saludo.
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Desconectado gabilondo

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Re:Desahucio arrendataria
« Respuesta #5 en: 26 de Octubre de 2017, 13:11:22 pm »
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Desconozco la estrategia del abogado pero a lo que me refiero que interponiendo demanda de desahucio la otra parte tendrá que probar (por recibos) que se encuentra al día de tales pagos. En caso de perder el juicio tendría que hacerse cargo también de las costas.

Se lo comentaré para que lo tenga en cuenta, de nuevo gracias.
Saludos
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Desconectado gabilondo

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Re:Desahucio arrendataria
« Respuesta #6 en: 26 de Octubre de 2017, 13:13:20 pm »
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Estimado compañero, antes de que la parte demandada tenga que probar nada, será la parte demandandante quien tenga que probar que:

1.- El inmueble es suyo o tiene derechos sobre el mismo.

2.- Que existe un contrato.

3.- Que dicho contrato tiene cláusulas y condiciones que obligan a esa señora pagar cantidad alguna.

4.- Que es el demandante(s) quien tiene derecho a percibir esas cantidades.


Artículo 217 Carga de la prueba

2. Corresponde al actor y al demandado reconviniente la carga de probar la certeza de los hechos de los que ordinariamente se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente a las pretensiones de la demanda y de la reconvención.


No es mala idea intentar que previamente la señora firme un contrato, porque en todo caso, la demanda debería de ser por precario y no por impago de rentas, habida cuenta que difícilmente la señora reconocerá que está alquilada.

Un saludo.

Muchas gracias por tu detallada respuesta.
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