Hola, con los datos que das y viendo la normativa, creo que el legado pasa a la hermana de la fallecida. ¿Y por qué no al sobrino? Pues porque el hecho de que el testador haya fallecido antes que su mujer que era la legataria, no implica que el legado quede sin efecto. De hecho, el testador pudo dejarlo sin efecto una vez fallecida su mujer modificando el testamento y legar en favor de su sobrino (o quien quisiera), algo que parece que no ha ocurrido.
Artículo 869 del CC
El legado quedará sin efecto:
1. Si el testador transforma la cosa legada, de modo que no conserve ni la forma ni la denominación que tenía.
2. Si el testador enajena, por cualquier título o causa, la cosa legada o parte de ella, entendiéndose en este último caso que el legado queda sólo sin efecto respecto a la parte enajenada. Si después de la enajenación volviere la cosa al dominio del testador, aunque sea por la nulidad del contrato, no tendrá después de este hecho fuerza el legado, salvo el caso en que la readquisición se verifique por pacto de retroventa.
3. Si la cosa legada perece del todo viviendo el testador, o después de su muerte sin culpa del heredero. Sin embargo, el obligado a pagar el legado responderá por evicción, si la cosa legada no hubiere sido determinada en especie, según lo dispuesto en el artículo 860.