Constitucional III y IV: Derecho a la vida y a la integridad física y moral.
Mª Victoria García-Atance y García de Mora.
El artículo 10 de la Constitución española eleva a fundamento del ordenamiento la dignidad humana,siendo en este concepto en el que cabe incluir el derecho a la vida y a la integridad física y moral que contempla el art. 15 C.E., y que deben ser objeto de protección como derecho fundamental que configuran, pero, aún con más motivo además, por su carácter metajurídico que lo vincula a la dignidad humana.