Buenas tardes, en mi opinión todos teneís razón, ahora bien, a efectos prácticos de la Administración y Tráfico:
Un diabético no tiene impedido conducir un vehículo así por que sí.
La administracíón no le va a sancionar, no le va a investigar. Desde el momento que lo comunicase lo que le va a hacer es aplicar la ley que tiene tráfico.
Las consecuencias de ser diabético dependen del nivel y de si tiene que pincharse o no. Y las consecuencias prácticas son que el carné de conducir se le va a dar con menor duración para que tenga que hacer revisiones médicas con más frecuencia; 5, 3 o 1 año dependiendo del motivo.
Ahora bien. Lo que dice sobre el accidente y que sea por la compañía de seguros que se niegue a pagar, es ésta la que tiene que demostrar que ha ocultado esa información, y teniendo en cuenta que los datos médicos son objeto de especial protección lo tiene bastante difícil. Yo creo que lo que se firma en el documento es que no se tiene enfermedad que impida conducir y ser diabético no es una enfermedad que impida conducir (de forma directa).