Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: sceleiro1 en 24 de Enero de 2015, 21:15:16 pm
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Compañeros os voy a proponer una consulta a ver si podéis ayudarme;
Una propietaria de una vivienda con antigüedad de 28 años, que se encuentra en una difícil situación económica (desempleada), no puede hacer frente a los gastos de la comunidad de vecinos. El edificio dispone de portero al cual le corresponden 30 días de vacaciones, durante esos días se contrata a otra persona.
Esta propietaria se esta planteando si puede realizar la sustitución del portero durante esos días como pago de sus deudas de la comunidad, en especie o pik.
¿Qué me proponéis que podría hacer la propietaria?
Gracias..... ;)
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Por cierto, he de comentar que se trata de un caso real.
A ver si podéis asesorarme... Mil Gracias... ;)
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La propietaria ; para mi , ya habría hecho algo encomiable como es el prestarse a realizar un trabajo como pago de sus recibos de comunidad . Sería la comunidad la que tendría que hacer las cosas "bien" para no "cogerse los dedos" .
En las comunidades es la buena voluntad, el sentido común y el acuerdo mayoritario el que resuelve casi todos los inconvenientes .
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supongo que así planteado es más problemático que si se la hace un contrato por ese mes y lo que cobre lo ingrese en la Comunidad para ir descontando de la deuda que tenga contraída o pueda deber.