Saludos Abogado y de nuevo gracias.
Todo esto arranca con la resolucion de 12 de mayo de 2014 de la Consejeria de Vivienda que aprueba las bases reguladoras.
En el tema de compatibilidades indica esto:
d
ecimosegunda.—
Compatibilidad de las Ayudas
1.—No podrán obtener la financiación correspondiente a este programa los/as beneficiarios/as de ayudas para rehabilitar edificios que ya lo sean de las ayudas al Programa de fomento de la Regeneración y Renovación Urbanas, o del
Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas regulados, respectivamente, por los capítulos vi y iX del real decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan estatal de fomento del alquiler, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas,2013-2016.
2.—
en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19.2 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y del real decreto 233/2013, de 5 de abril de 2013, se indica que estas subvenciones son compatibles con las procedentes de cualquier administración o ente público, o privado, nacional, de la Unión europea o de organismos internacionales, que tengan por destino la misma finalidad, excepto las procedentes de la Consejería competente en
materia de vivienda.3.—el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste real de la obra o coste subvencionable
Hasta aqui, son compatibles como hasta las últimas convocatorias.
Luego me voy a la ultima resolución que dice esto.
Resolución de 26 de febrero de 2016, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria pública de ayudas estatales y autonómicas destinadas a la rehabilitación de edificios en régimen de concurrencia competitiva.
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de 12 de mayo de 2014, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda (BOPA n.º 122 de 28 de mayo), se aprobaron las bases reguladoras para la convocatoria pública de ayudas estatales y autonómicas destinadas a la rehabilitación de edificios, modificadas por Resolución de 5 de marzo de 2015, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda (BOPA de 20 de marzo) y por Resolución de 22 de febrero de 2016 de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales.
La resolucion del 5 de marzo la he leido y no indica ninguna incompatibilidad, cuadraria ya que en la convocatoria de agosto del 2015 eran compatibles las subvenciones.
Me voy a la resolucion de 26 de febrero de 2016, lo busco por el BOPA y no me sale nada de la Consejeria de Servicios y Derechos Sociales referente a la vivienda.
Solo tengo este extracto de la resolución de esta fecha:
No puedes ver los enlaces.
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LoginNo indica nada de incompatibilidades.