En principio sí, todo lo que la ley permite es embargable aunque en la práctica lo más efectivo sean las cuentas corrientes pero si no son suficientes se embargarán también otro tipo de bienes. En mi caso, cuando salía de embargos hace años embargué multitud de cosas aparte de cuentas corrientes, ahora la mayoría de embargos se hacen desde la propia oficina judicial.