Hola a todos:
Estoy con un compañero de trabajo que me acaba de enseñar una sentencia sobre un juicio de suspension de obra nueva que ha perdido, en un comercio de su propiedad contra un arrendatario, sin su consentimiento y teniendo hasta informe y multa del ayuntamiento hacia la otra parte. Todos hasta el servicio juridico del ayuntamiento le decian que ...estaba ganado.... y lo ha perdido.
El argumento del juez es y de ahi viene mi duda.... yo aun no me he matriculado de procesal y ademas estoy muy verde en estos temas.... y solicito opiniones...
En los fundamentos de derecho y copio literal....
.../... el demandado aporta un documento NO IMPUGNADO por el demandante en el acto del juicio, en el que se indica que la fecha de finalizacion de obra es el xx/xx/2017. .../...
A ver en el juicio que es de suspension de obra nueva, ese documento de la otra parte es muy importante y aunque mi colega lo intenta rebatir con fotos de operarios trabajando con fecha posterior a la que dice la parte demandada, fotos que se aportan al dia siguiente por el procurador y ya en el juicio testigos diciendo que la obra termino quince dias despues de la fecha que el demandado aporta documentalmente en el juicio (documento de su promotor en el ayuntamiento)... pero por lo visto el concepto de obra acabada no es el mismo juridicamente hablando que el que tenemos la gente del pueblo.... y supongo que su letrado lo deberia haber sabido, nosotros con una simple busqueda en internet hemos sacado la misma jurisprudencia que el juez cita en su auto....
No quiero calentarle mucho la cabeza porque ya esta motivado....pero me pregunta si su abogado ha hecho bien su trabajo.... eso de impugnar.....si, que es cierto que a el que fue como testigo, le preguntaron cuando empezo y termino la obra....pero la raiz esta en que su abogado NO IMPUGNO documentacion aportada en contestaciin del interdicto por la otra parte, que quizas era un tramite pero el caso es que el juez se basa en eso, y no ha tenido en cuenta ni las fotos ni los testigos.
Queria recurrir, pero le he dicho que si la obra estaba terminada que quiere recurrir, y que va a palmar mas pasta, ya le ha costado 3000 euros de honorarios de letrado y procurador y ha sido condenado en costas....
Lo que me tiene asombrado es que aportó una resolucion de Infracciones del propio ayuntamiento donde se le multa a la otra parte por haber hecho obra por mas metros que los declarados y le piden 3000 euros y por haber modificado y le condenan a 700 euros al mes hasta que restituya o legalice la obra....pero el juicio estaba perdido de antemano porque cuando la comision judicial que tardo mas de 15 dias en poder notidcar la suspension de la obra, porque no tenian gente, se persono alli, estaban rematando la obra, y cuando el tecnico de urbanismo fue no puso en su informe que estuvieran haciendo muros....
Ahora tiene que pagar costas y ya veremos si la otra parte no reclama otros perjuicios....
Alguna opinion?
Por cierto una duda, el importe das costas procesales son para la parte contraria o sea el demandado o para el abogado y procurador del demandado?
Gracias