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Autor Tema: Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)  (Leído 8336 veces)

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Desconectado daviddelaserra

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #40 en: 20 de Mayo de 2019, 16:43:15 pm »
tan
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Vengo de visitar el foro oficial de la Uned, y un alumno dice que la 1 es la "C". Decidme por favor que está mintiendo como un bellaco  :'( :'( :'( :'( :'( :'(
tan fácil como ir a las paginas 506 y 507 delo manual


Desconectado manu1582

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #41 en: 20 de Mayo de 2019, 16:56:05 pm »
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tan tan fácil como ir a las paginas 506 y 507 delo manual


Muchísimas gracias, ahora mismo voy al foro y le pongo verde  ;) ;) ;) ;) ;)

Es que menudo examen, me da para aprobar y no muy sobrado.

de nuevo mil gracias, un saludo
Amemos la patria, aunque no sea más que por sus inmerecidas desgracias

Desconectado JesusGC

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #42 en: 20 de Mayo de 2019, 18:01:01 pm »
Viendo las respuestas de otros años, cuando preguntan por tipos agravados incluyen los casos de inhabilitación.
Si luchas puedes perder, si no luchas estás perdido.

Desconectado migueman

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #43 en: 20 de Mayo de 2019, 18:18:30 pm »
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estas mezclando una cosa con otra que no tiene nada que ver, los supuestos agravados tal y como te dice el manual están en los artículos 369 a 370 y en el caso para la pregunta en cuestión es el art 369.1.

otra cosa que es lo que te induce creo a error es el art 372 que según el manual son los delitos cometidos por personas cualificadas que no agravados, en el cual te dice que aparte de las penas que le correspondan dará lugar a su inhabilitación.....

Por lo tanto nada tiene que ver con lo que nos preguntan, ya que la pregunta es por los tipos agravados del art. 369 a 370

suerte
En los resúmenes de Alf de repaso pone art 372 como agravado.

Desconectado daviddelaserra

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #44 en: 20 de Mayo de 2019, 18:45:24 pm »
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En los resúmenes de Alf de repaso pone art 372 como agravado.
pues será como tú dices, pero el manual más claro no puede ser  cito literalmente pág.606 punto número 3. Supuestos agravados"se dan dos tipos agravados, de primer y segundo grado, previstos en los artículos 369 y 370." :-\

Desconectado migueman

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #45 en: 20 de Mayo de 2019, 19:04:28 pm »
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pues será como tú dices, pero el manual más claro no puede ser  cito literalmente pág.606 punto número 3. Supuestos agravados"se dan dos tipos agravados, de primer y segundo grado, previstos en los artículos 369 y 370." :-\
Si en el manual pone eso y en los resúmenes incluye el 372, lo mismo podemos pedir que la impugnen..

Desconectado daviddelaserra

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #46 en: 20 de Mayo de 2019, 19:10:01 pm »
No, porque según guía la materia de examen es la que incluye el manual oficial de la asignatura.....
Examen rebuscado de cojones

Desconectado cehache

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #47 en: 20 de Mayo de 2019, 19:26:18 pm »
La 24 entonces cuál creéis que es? La A) ?

Desconectado cehache

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #48 en: 20 de Mayo de 2019, 19:30:02 pm »
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No, porque según guía la materia de examen es la que incluye el manual oficial de la asignatura.....
Examen rebuscado de cojones

La verdad que sí, muy rebuscado. Pero este y todos... Es la asignatura que más quejas he visto en cada examen.

En fin... Me despido, que voy a por la siguiente. ¡Mucha suerte a todos!

Desconectado migueman

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #49 en: 20 de Mayo de 2019, 19:43:23 pm »
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No, porque según guía la materia de examen es la que incluye el manual oficial de la asignatura.....
Examen rebuscado de cojones
Entonces los resúmenes de ayuda al estudio que sube el equipo docente no tienen validez¿ xD

Desconectado ernest1019

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #50 en: 20 de Mayo de 2019, 20:08:08 pm »
Mis respuestas al examen tipo A son las siguientes:

1.- D
2.- C
3.- C
4.- D
5.- B
6.- C (Impugnable si es la D porque en el Manual salen como supuestos agravados 369 y 370 CP)
7.- A
8.- C
9.- A
10.- B
11.- C
12.- A
13.- C
14.- A
15.- D
16.- A
17.- D
18.- C
19.- C
20.- C
21.- A
22.- A
23.- B (no dice nada de que se haya causado grave erosion o grave deterioro, ademas en la sentencia dice considerable importancia)
24.- A (aunque es posible que sea la B...)
25.- C
26.- C
27.- D

Desconectado manu1582

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #51 en: 20 de Mayo de 2019, 21:15:34 pm »
Compañer@s  no le deis vueltas. El examen hecho está y al final como siempre serán las respuestas que la cátedra diga y amén. Ahora a por el resto de exámenes y mucha suerte.
Amemos la patria, aunque no sea más que por sus inmerecidas desgracias

Desconectado nnavarro72

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #52 en: 21 de Mayo de 2019, 17:04:28 pm »
Quedaría así? 1d, 2c, 3c, 4d, 5b?, 6c, 7a, 8c, 9a, 10 b, 11c, 12a, 13c, 14a?, 15d, 16a, 17d, 18c, 19c, 20c, 21a, 22a, 23b?, 24d, 25c

Desconectado MakeMake

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #53 en: 22 de Mayo de 2019, 12:10:05 pm »
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14.a
Art 605 El  que  matare  al  Jefe  de  un  Estado  extranjero,  o  a  otra  persona  internacionalmente  protegida  por  un  Tratado,  que se  halle  en  España..
La 5 por delito he puesto la d :-\

EN LA PREGUNTA NO APARECE POR NINGÚN LADO QUE DICHO ESTADO EXTRANGERO TENGA PENALIDAD DE CARÁCTER RECÍPROCO , POR LO CUAL NO ES EL DERECHO DE GENTES. YA QUE SE LES TRATARÍA AL SUJETO PASIVO COMO UN CIVIL SIN PRIVILEGIOS.     ART 606.2

Desconectado JuanGO

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #54 en: 22 de Mayo de 2019, 12:30:12 pm »
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EN LA PREGUNTA NO APARECE POR NINGÚN LADO QUE DICHO ESTADO EXTRANGERO TENGA PENALIDAD DE CARÁCTER RECÍPROCO , POR LO CUAL NO ES EL DERECHO DE GENTES. YA QUE SE LES TRATARÍA AL SUJETO PASIVO COMO UN CIVIL SIN PRIVILEGIOS.     ART 606.2

Buenos días MakeMake,

efectivamente en la pregunta no dice nada de la reciprocidad pero los artículos 605 y 606 se encuentran en el Capítulo I del Título XXIV que se llama "Delitos contra el derecho de gentes". Cosa distinta es que la pena aplicable sea una u otra en función del principio de reciprocidad, pero el delito es contra derecho de gentes. De hecho estos delitos se caracterizan por la mayo penalidad aplicable a los supuestos de hecho, según el manual, y no a su naturaleza distinta.

Por otro lado, si lo considerásemos como un "simple" delito de homicidio o asesinato, de las respuestas opcionales de esa pregunta (lesa humanidad, terrorismo, contra Derecho de gentes o regicidio) creo que se evidencia el sentido de la respuesta pues no encajaría en ninguna otra respuesta.

Entiendo la confusión pero creo que ese principio de reciprocidad que menciona el 606.2 se refiere a que si no existe no puede aplicarse la condena de prisión permanente revisable en caso de muerte sino la que corresponda en función del delito como si de un ciudadano ordinario se tratase. No hace pues modificación a la naturaleza del delito sino a la pena aplicable.

Al menos así es como yo lo entendí, y puedo estar equivocado.
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Desconectado MakeMake

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #55 en: 22 de Mayo de 2019, 13:20:04 pm »
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Buenos días MakeMake,

efectivamente en la pregunta no dice nada de la reciprocidad pero los artículos 605 y 606 se encuentran en el Capítulo I del Título XXIV que se llama "Delitos contra el derecho de gentes". Cosa distinta es que la pena aplicable sea una u otra en función del principio de reciprocidad, pero el delito es contra derecho de gentes. De hecho estos delitos se caracterizan por la mayo penalidad aplicable a los supuestos de hecho, según el manual, y no a su naturaleza distinta.

Por otro lado, si lo considerásemos como un "simple" delito de homicidio o asesinato, de las respuestas opcionales de esa pregunta (lesa humanidad, terrorismo, contra Derecho de gentes o regicidio) creo que se evidencia el sentido de la respuesta pues no encajaría en ninguna otra respuesta.

Entiendo la confusión pero creo que ese principio de reciprocidad que menciona el 606.2 se refiere a que si no existe no puede aplicarse la condena de prisión permanente revisable en caso de muerte sino la que corresponda en función del delito como si de un ciudadano ordinario se tratase. No hace pues modificación a la naturaleza del delito sino a la pena aplicable.

Al menos así es como yo lo entendí, y puedo estar equivocado.

Hola JuanGO
Está dentro del Titulo y Capículo si ...   Pero es el artículo 606.2 el que explica cuando este delito NO debe ser tratado con este carácter, y en este caso lo es, ya que en el texto no aparece nada de que tenga convenio de carácter recíproco, que se traten a nuestras autoridades de igual forma en ese país, ... o algo que se le parezca.    Quien haya redactado esta pregunta del examen se le ha pasado eso por alto. Para mi esa respuesta es incorrecta.  Un coche no es un coche si está a mitad de hacer con sus componentes mecánicos y no ha salido de la fábrica de coches.


Si te has regido en tu respuesta del examen por el nombre del Capítulo ....  Ten cuidado en los Juicios si piensas ser abogado.

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #56 en: 22 de Mayo de 2019, 13:40:38 pm »
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Hola JuanGO
Está dentro del Titulo y Capículo si ...   Pero es el artículo 606.2 el que explica cuando este delito NO debe ser tratado con este carácter, y en este caso lo es, ya que en el texto no aparece nada de que tenga convenio de carácter recíproco, que se traten a nuestras autoridades de igual forma en ese país, ... o algo que se le parezca.    Quien haya redactado esta pregunta del examen se le ha pasado eso por alto. Para mi esa respuesta es incorrecta.  Un coche no es un coche si está a mitad de hacer con sus componentes mecánicos y no ha salido de la fábrica de coches.


Si te has regido en tu respuesta del examen por el nombre del Capítulo ....  Ten cuidado en los Juicios si piensas ser abogado.

Entices acudamos al derecho internacional no??? Jaja

Desconectado MakeMake

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #57 en: 22 de Mayo de 2019, 15:43:07 pm »
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Entices acudamos al derecho internacional no??? Jaja

 ;D ;D ;D ;D ;D

Desconectado adodu1

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #58 en: 22 de Mayo de 2019, 19:43:12 pm »
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Si te has regido en tu respuesta del examen por el nombre del Capítulo ....  Ten cuidado en los Juicios si piensas ser abogado.

Ten mucho cuidado con esa ortografía, si piensas ser abogado.

Desconectado JuanGO

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Re:Hilo Oficial Penal II segundo parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #59 en: 22 de Mayo de 2019, 20:00:13 pm »
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Hola JuanGO
Está dentro del Titulo y Capículo si ...   Pero es el artículo 606.2 el que explica cuando este delito NO debe ser tratado con este carácter, y en este caso lo es, ya que en el texto no aparece nada de que tenga convenio de carácter recíproco, que se traten a nuestras autoridades de igual forma en ese país, ... o algo que se le parezca.    Quien haya redactado esta pregunta del examen se le ha pasado eso por alto. Para mi esa respuesta es incorrecta.  Un coche no es un coche si está a mitad de hacer con sus componentes mecánicos y no ha salido de la fábrica de coches.


Si te has regido en tu respuesta del examen por el nombre del Capítulo ....  Ten cuidado en los Juicios si piensas ser abogado.

Buenas tardes MakeMake,

gracias por el consejo, lo tendré en cuenta de cara al futuro, aunque no me he regido por eso sólo, puedo asegurárselo.

No obstante he de insistir porque el legislador no es caprichoso con estas cosas. Además, el tenor literal del artículo 606.2 dice:

Cuando los delitos comprendidos en este artículo y en el anterior no tengan señalada una penalidad recíproca en las leyes del país a que correspondan las personas ofendidas, se impondrá al delincuente la pena que sería propia del delito, con arreglo a las disposiciones de este Código, si la persona ofendida no tuviese el carácter oficial mencionado en el apartado anterior.

Como ve se hace referencia a penalidad, no a naturaleza del delito. No consigo ver nada relacionado a que no deba ser tratado como delito contra el Derecho de gentes, sino que no debe aplicarse la penalidad agravada.

Es cierto que en la pregunta no se indica nada relacionado con un convenio de reciprocidad pero éste es solo necesario para determinar la penalidad aplicable al delito, no para determinar su naturaleza. Para hacerme entender: el delito dice "el que matare al Jefe de Estado extranjero...", si hay convenio es pena de prisión permanente revisable. Si no hay convenio se aplica la pena correspondiente a la que incurriría en caso de no ser Jefe del Estado, pero el hecho, la acción típica, sigue siendo "el que matare al Jefe del Estado". Es decir, que el coche sigue siendo coche, por que este delito no pone en juicio si el Jefe de Estado es o no Jefe de Estado, da por hecho que es Jefe de Estado por que es un elemento del tipo; lo que cualifica el 606.2 es la aplicación de la pena.

Por otro lado, como ya le dije en el mensaje anterior, la pregunta no pretende que indiquemos la pena aplicable, que es a lo único que hace referencia el artículo que usted alude, sino que cataloguemos el delito dentro de las opciones que nos da y que, a todas luces, es la de delito contra el Derecho de gentes.

Mire, cuando contesto su mensaje no pretendo ofenderle ni atacarle, sino darle mi punto de vista respecto de una pregunta de un examen que todos hemos hecho, y siempre desde el compañerismo y el respeto que les tengo a todos ya que navegamos en el mismo barco. Si le hecho pensar otra cosa le pido disculpas pero releyendo mis mensajes no encuentro motivo. Respeto que para usted la respuesta sea incorrecta, pero opino que no lo es y creo que mi argumentación es perfectamente válida. Si se fija, ni siquiera entré a valorar lo que me pueda parecer su razonamiento (para bien o para mal) ni mucho menos darle consejos de cómo es mejor ser algo que ni yo mismo soy, como ha hecho usted y a la vista de su mensaje muy desacertadamente.

Yo por mi parte dejo el tema zanjado aquí. Cuando el equipo docente cuelgue las plantillas veremos cuál es su interpretación y en función de ello, quien considere que se hace una mala interpretación, que interponga la correspondiente reclamación.

Le deseo la mejor de las suertes.
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