La retirada del permiso de circulación puede ser efectuada también por los agentes como medida cautelar.Véase
Art. 104.6 del Texto Refundido sobre la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Los agentes podrán retirar el permiso de circulación del vehículo hasta que se haya acreditado el abono de los gastos referidos.
No se lo que habrán querido decir con la preguntita. Pero el permiso de circulación es un documento formal acreditativo del vehículo. Puede ser retirado por los agentes, no tiene pq ser el Juez. Y la conducción sin él es una infracción administrativa del artículo 1 del reglamento de vehículos.
A partir de ahí, estamos sujetos a sus interpretaciones.