Yo creo, que en el tema que propone Elfo, no habría problema de tipo legal para realizar la transfusión, puesto que la libertad religiosa es una libertad tanto para padres como para hijos y la libertad religiosa es un derecho fundamental, que está por encima de cualquier otro derecho como puede ser el derecho a la tutela.
Eso si, creo que se debería pedir autorización judicial.
Los hay. De hecho, en el caso que se plantea, no puedo ver que tiene que entrar a jugar el derecho fundamental del hecho religioso. Para lo único que vale es para que los padres, guardianes y tutores del niño, y por supuesto, tenedores de la patria potestad sobre él, puedan elegir esa religión determinada y practicarla.
Sin embargo, la ley de derechos del paciente dice que el hijo entre 12 y 16 será oido, pero la decisión es de los padres.
¿Quien lleva el caso a los tribunales? ¿quien demanda contra la decisión parental? ¿con privar de la custodia ya corresponde al custodio la decisión, o ésta permanece en el ámbito de la patria potestad? ¿está el Estado en este caso a actuar de oficio, contraviniendo la voluntad de quien tiene, por ley, la decisión? ¿o habría que modificar la ley en el siguiente sentido " el menor será oido, pero deciden los padres, salvo que no guste la decisión de éstos y entonces será el Estado quien decida?"
Si se introduce esa modificación, entonces será valedera para todos los menores, no solos los que están entre 12 y 16, sino en todos los casos que las decisiones dependan de los padres, ¿no?
Que conste que solamente son planteamientos para escuchar opiniones en un tema de máximo interés
Un saludo