En modo alguno debe prohibirse la autodefensa ni en proceso penal, ni en ningún otro. No se ve razón alguna que lo justifique. Es más, yo propondría que, puesto que el acusado es quien debe correr el riesgo de una mala defensa, pudiera defenderse a sí mismo en cualquier clase de procedimiento. Sea o no sea abogado. De hecho un amigo mío, decidió llevar su propia representación (como acusador), ya que le ofrecían 10.000 euros pactados mediante su abogada, no los quiso, despidió a su abogada y le dieron 11.500 euros.
Y en cuanto al abogado procesado, es obvio que si renuncia a todo abogado, no podrá separar la autodefensa técnica de la personal.