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Autor Tema: Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)  (Leído 25417 veces)

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Desconectado kq

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #200 en: 23 de Mayo de 2018, 22:19:33 pm »
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TIPO A

CONTRASTADAS CON EL LIBRO

1 - A
2 - A
3 - B
4 - A
5 - SIN CONTESTAR
6 - C
7 - C
8 - A
9 - C
10 - C
11 - B
12 - C
13 - A
14 - B
15 - B
16 - C
17 - B
18 - A
19 - A
20 - C
Buenas¡ Me podrías decir en qué página has encontrado la pregunta 6?
Muchas gracias de antemano


Desconectado DeXTeR27

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #201 en: 23 de Mayo de 2018, 22:32:50 pm »
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Por favor, la de en la SL los socios cambian de consejo admon. a dos administradores, que habeis puesto? Me interesa muy mucho

Up.

Desconectado Reinhardt

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #202 en: 23 de Mayo de 2018, 22:41:51 pm »
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Up.

La iba a dejar en blanco porque no me cuadraban las respuestas en lo que sabía sobre pactos estatutarios, pero después me di cuenta que no iba de eso sino de pactos que hacen los socios entre sí fuera de las normas de los Estatutos de la sociedad. No recuerdo ahora bien la respuesta, pero esos pactos no invalidan decisiones aprobadas por la Junta siguiendo sus propios Estatutos y sólo tienen la eficacia de un contrato incumplido.


Desconectado Reinhardt

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #203 en: 23 de Mayo de 2018, 23:05:06 pm »
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La del fin de la sociedad segun el libro son ambas; objetivo comun de los socios y lucro.

He mirado el manual y tras una parrafada de 4 páginas concluye que sólo hay sociedad si la misma persigue la obtención de lucro repartible entre los socios como criterio diferenciador de la asociación. Página 27 últimos dos párrafos.

Así que ya tendría un mal, espérate que al final suspendo.

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #204 en: 23 de Mayo de 2018, 23:30:23 pm »
que sabeis de la 5? yo creo que es la c

Desconectado PAF

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #205 en: 23 de Mayo de 2018, 23:36:48 pm »
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He mirado el manual y tras una parrafada de 4 páginas concluye que sólo hay sociedad si la misma persigue la obtención de lucro repartible entre los socios como criterio diferenciador de la asociación. Página 27 últimos dos párrafos.

Así que ya tendría un mal, espérate que al final suspendo.


Pero habla de derecho positivo. Y tanto el Ccom como el CC hacen referencia a sociedades. La diferencia la marca la jurisprudencia que yo creo que no debe estar dentro del derecho positivo ¿no?

Desconectado DeXTeR27

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #206 en: 23 de Mayo de 2018, 23:46:34 pm »
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La iba a dejar en blanco porque no me cuadraban las respuestas en lo que sabía sobre pactos estatutarios, pero después me di cuenta que no iba de eso sino de pactos que hacen los socios entre sí fuera de las normas de los Estatutos de la sociedad. No recuerdo ahora bien la respuesta, pero esos pactos no invalidan decisiones aprobadas por la Junta siguiendo sus propios Estatutos y sólo tienen la eficacia de un contrato incumplido.

Yo creo que va mas bien por la “Clausula de alternancia”. La SL sí puede variar en cualquier momento sin modificacion estatutaria. La SA sin embargo, si escoge Consejo, es inamovible. Pero tengo muchas dudas claro. Mucha gente la ha dejado en blanco, pero era por ver si alguien lo tenía claro.

Desconectado akhesa10

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #207 en: 24 de Mayo de 2018, 09:31:23 am »
En el examen A la pregunta 6 no veo la opción C por ningún sitio ya que el socio que va de buena fe no está definido en la Ley. Entiendo que se puede referir al artº 278 LSC que viene a decir que los socios deberán restituir los dividendos en los casos que la sociedad pruebe que conocían la irregularidad de la distribución o que, habida cuenta de las circunstancias, no podían ignorarla. Si la ley no habla de buena fe sino de circunstancias concretas, no me parece correcto utilizar este principio que por otra parte es demasiado amplio y abstracto.
 La buena fe es un principio general del Derecho, consistente en el estado mental de honradez, de convicción en cuanto a la verdad o exactitud de un asunto, hecho u opinión, o la rectitud de una conducta.


Desconectado sanandres182

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #208 en: 24 de Mayo de 2018, 10:18:52 am »
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SI, el C.C establece eso, pero en derecho mercantil, el codigo civil es derecho supletorio, y este Derecho ha de prevalecer:

Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.

Disposición adicional primera. Calificación como entidades sin ánimo de lucro.

Podrán ser calificadas como sociedades cooperativas sin ánimo de lucro


Estoy de acuerdo, pero la sociedad en sí no está regulada en derecho especial, éste se utiliza para las sociedades de capital,
sus modificaciones estructurales etc... ahí si que el derecho civil es supletorio.

Si te fijas incluso el Ccom. cuando alude a las sociedades se refiere a sociedades mercantiles, pero la pregunta dice sociedad a secas.

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #209 en: 24 de Mayo de 2018, 10:36:05 am »
¿Sabeis cuando ponen los exámenes en Calatayud?

Desconectado mmartinez846

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #210 en: 24 de Mayo de 2018, 12:17:11 pm »
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¿Sabeis cuando ponen los exámenes en Calatayud?

A partir del lunes estarán todos los exámenes de la primera semana colgados
...la vida es eterna en cinco minutos...

Desconectado ciceran

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #211 en: 24 de Mayo de 2018, 12:43:43 pm »
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En el examen A la pregunta 6 no veo la opción C por ningún sitio ya que el socio que va de buena fe no está definido en la Ley. Entiendo que se puede referir al artº 278 LSC que viene a decir que los socios deberán restituir los dividendos en los casos que la sociedad pruebe que conocían la irregularidad de la distribución o que, habida cuenta de las circunstancias, no podían ignorarla. Si la ley no habla de buena fe sino de circunstancias concretas, no me parece correcto utilizar este principio que por otra parte es demasiado amplio y abstracto.
 La buena fe es un principio general del Derecho, consistente en el estado mental de honradez, de convicción en cuanto a la verdad o exactitud de un asunto, hecho u opinión, o la rectitud de una conducta.

Pienso lo mismo. Es más, creo que en el artículo que mencionas no se tiene en cuenta ni la buena fe ni la mala. Habla de “cuando la sociedad pruebe...” y en la pregunta parece que la sociedad  ha probado con una sentencia judicial, que tiene bastante carácter probatorio, que conocían la irregularidad o deberían conocerla. No deja abierto el camino de la ignorancia o la convicción personal.
Para mí, la más correcta es la A. Bueno, en realidad lo que me parecería más correcto es que no hubieran puesto esa pregunta tan ambigua en un examen de este tipo. El temario es lo suficientemente amplio como para encontrar 20 preguntas que demuestren los conocimientos adquiridos sin necesidad de recurrir a trampas interpretativas y cosas de esas.
A ver con qué salen,  porque encima tardan en sacar las plantillas, por lo menos eso recuerdo del primer parcial.

Desconectado Reinhardt

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #212 en: 24 de Mayo de 2018, 13:15:08 pm »
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En el examen A la pregunta 6 no veo la opción C por ningún sitio ya que el socio que va de buena fe no está definido en la Ley. Entiendo que se puede referir al artº 278 LSC que viene a decir que los socios deberán restituir los dividendos en los casos que la sociedad pruebe que conocían la irregularidad de la distribución o que, habida cuenta de las circunstancias, no podían ignorarla. Si la ley no habla de buena fe sino de circunstancias concretas, no me parece correcto utilizar este principio que por otra parte es demasiado amplio y abstracto.
 La buena fe es un principio general del Derecho, consistente en el estado mental de honradez, de convicción en cuanto a la verdad o exactitud de un asunto, hecho u opinión, o la rectitud de una conducta.

Página 201 del libro último párrafo: Las cantidades recibidas por el socio en concepto de dividendo son irrepetibles incluso si no se hubieran respetado las condiciones de reparto (regla general pues). Sin embargo, una excepción, pues la sociedad podrá requerir la devolución del dividendo irregularmente distribuido cuando pruebe que el socio conocía o no podía desconocer la irregularidad del reparto.

Veamos ahora las tres respuestas:
A)Todo socio deberá reintegrar a la sociedad las cantidades que hubiera recibido (Falsa, contraria a la norma general)

B)Todo socio que hubiera votado a favor (o en contra, o no, o borracho, me da igual) del acuerdo de reparto deberá reintegrar las cantidades recibidas (Falsa por lo mismo)

C)Todo socio que fuera de buena fe no estará obligado a reintegrar a la sociedad las cantidades (verdadera, no pueden entrar en la excepción a la regla general actuando de buena fe que precisamente lo que está predicando es lo contrario, que actuasen de mala fe).

Saludos.

Desconectado autillo

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #213 en: 24 de Mayo de 2018, 14:19:11 pm »
El enunciado dice que por una Sentencia , creo que es la A.

Desconectado Ipso

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #214 en: 24 de Mayo de 2018, 14:52:26 pm »
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He mirado el manual y tras una parrafada de 4 páginas concluye que sólo hay sociedad si la misma persigue la obtención de lucro repartible entre los socios como criterio diferenciador de la asociación. Página 27 últimos dos párrafos.

Así que ya tendría un mal, espérate que al final suspendo.

Sociedad civil también es una sociedad.
Elementos:
La agrupación de 2 o más personas.
La reunión con un FIN(= INTERÉS)COMÚN.
Que ese fin consista en una utilidad apreciable en dinero.
Que todos los socios participen en las ganancias y las pérdidas.

No creo que tengamos mal ésa.

Desconectado DeXTeR27

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #215 en: 24 de Mayo de 2018, 16:06:22 pm »
Lo que esta claro es que se podría impugnar con relativo fundamento

Desconectado Ipso

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #216 en: 24 de Mayo de 2018, 16:10:40 pm »
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Lo que esta claro es que se podría impugnar con relativo fundamento
Sí, anular o dar por válida todas A,B y C.

Un saludo

Desconectado msastre

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #217 en: 24 de Mayo de 2018, 16:25:01 pm »
Hola Ipso,

no he leído el foro, pero veo que hablaís de anular e impugnar. Lo que yo si creo es que en un examen de este tipo no debería hacerse pues yo creo que todos hemos estudiado, pero parece que no interesa éso si no más bien a ver si suspendemos. Esa no creo que deba ser la idea de una Universidad. Bastante tenemos encima ya con el esfuerzo que hacemos para que nos lo pongan así de difícil.

Desconectado msastre

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #218 en: 24 de Mayo de 2018, 16:26:59 pm »
Se me ocurre por ejemplo aquella pregunta sobre el principio de la imagen fiel: entre veracidad y la representación más ajustada (y añadiendo a continuación la serie de documentos a los que se refiere para despistar). Yo creo que pueden ponerse un par para despistar, pero que todo el examen esté basado en ese criterio me parece injusto y poco pedagógico.

Desconectado ciceran

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #219 en: 24 de Mayo de 2018, 17:25:27 pm »
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Página 201 del libro último párrafo: Las cantidades recibidas por el socio en concepto de dividendo son irrepetibles incluso si no se hubieran respetado las condiciones de reparto (regla general pues). Sin embargo, una excepción, pues la sociedad podrá requerir la devolución del dividendo irregularmente distribuido cuando pruebe que el socio conocía o no podía desconocer la irregularidad del reparto.

Veamos ahora las tres respuestas:
A)Todo socio deberá reintegrar a la sociedad las cantidades que hubiera recibido (Falsa, contraria a la norma general)

B)Todo socio que hubiera votado a favor (o en contra, o no, o borracho, me da igual) del acuerdo de reparto deberá reintegrar las cantidades recibidas (Falsa por lo mismo)

C)Todo socio que fuera de buena fe no estará obligado a reintegrar a la sociedad las cantidades (verdadera, no pueden entrar en la excepción a la regla general actuando de buena fe que precisamente lo que está predicando es lo contrario, que actuasen de mala fe).

Saludos.

La pregunta se sitúa en un escenario de la excepción al no reintegro de los dividendos, así que no se pueden descartar opciones porque no se ajustan a la norma general.
Si nos ponemos en la práctica, cuando después de una sentencia se obliga a los socios a reintegrar los dividendos, tanto a los que conocieran la irregularidad como a los que la hubieran debido conocer, ¿quién queda? ¿el que diga que los recibió de buena fe?
Si fuera así no los devolvería ninguno, todos lo dirían.
Cuando el artículo incluye a los que no podían desconocer la irregularidad, se está refiriendo a que no es excusa que actuaran de buena fe, sino que simplemente por ser socios debían saberlo. Algo así como que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.
Desde luego yo no cuento con esta pregunta, es de las que va a dar tanto alegrías como disgustos.