Pienve, eso esta en el primer tema, primer epigrafe donde diferencia las normas juridicas reguladoras de la conducta con las leyes fisicas, naturales que son descriptivas de hechos o fenomenos que ocurren como consecuencia de la expresión causa-efecto, de manera inexorable, se situan en el pano del ser y las juridicas en el deber ser, lo que comporta la posibilidad de inmcumplimiento. no se si me explique bien, no tengo a mano el manual. pero mas o menos es eso. espero haberte ayudado. yo ire la segunda semana a ver que tal.