La 23 tampoco estoy de acuerdo.
En la alevosía del asesinansto la misma no opera como alevosia genérica, sino que tiene un sentido independiente que hace que encaje en el tipo. Por lo tanto no se puede castigar como asesinato y además aplicar la agravante genérica de alevosia, so pena de incurrir en nos bis un ídem.
Para mí es la 23 es la D).