En extranjería tener claro que si es comunitario el que viene RD 240 / 2007 y si no lo es, LOEx 4/00. En la LOEx 4/00 por lo general dni, pasaporte en estancia y si quiere trabajar pues volver a su país, pedir visado para que pueda trabajar. En el RD 240 / 07 dni, pasaporte en estancia y si quiere trabajar pues inscribirse en el Registro de ciudadanos extranjeros y si más de 5 años pedir a la autoridad correspondiente española documento que acredite esta situación. Más o menos, aunque aquí lo suyo es saber los permisos de estancia, residencia conforme a la LOEx 4 / 2000 y RD 240 / 07 aunque puede caer creo cualquier cosa. La asignatura es de las más bonitas, para mí obviamente, lo que pasa es que veo que los exámenes van a cogerte literalmente pues se suele ir a la excepción de la excepción.