;

Autor Tema: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!  (Leído 6169 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado Ortiz

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 4
  • Registro: 10/10/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #20 en: 19 de Diciembre de 2010, 21:42:02 pm »

    Esto es lo que yo he contestado:

D) ¿Puede el Juez dictar sentencia condenando a D.B. a la cantidad de 4.000€ por entender que los daños son superiores a la cantidad solicitada por D.A. o por que a éste se le olvidó pedir el importe de un aparato de radio que resultó dañado?

-En un proceso civil el Juez debe dictar sentencia atendiendo a las pretensiones presentadas por el actor en el momento de presentar la demanda, en dicho acto de postulación Don A debería haber incluido el importe de todos los daños que deseaba fuesen resarcidos por el demandado.

-Si el Juez dictase sentencia condenando a Don B al pago de la cantidad de 4.000 € en lugar de los 3.350 € tasados por la aseguradora del vehículo estaría dictando sentencia incongruente con la demanda y con las pretensiones de Don A, capacitando a Don B a interponer recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial. 


   Espero que ayude.


Desconectado lulu1985

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 640
  • Registro: 07/05/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #21 en: 19 de Diciembre de 2010, 21:51:10 pm »
si, muchas gracias, mañana me leeré el tema otra vez pero si, me ha quedado mas claro. :-)

Desconectado Celiamad

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 104
  • Registro: 05/10/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #22 en: 20 de Diciembre de 2010, 15:22:11 pm »
hola , una pregunta sobre esta práctica,
 en la pregunta A porque el juez no puede iniciar el procedimiento civil?
Gracias

Desconectado manuelk0

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 3772
  • Registro: 07/03/07
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #23 en: 20 de Diciembre de 2010, 15:33:43 pm »
La cuantia que poneen juez en una sentencia no puede ser superior a la pretendi de la parte que reclama.
Un juez no puede instruir un proceso civil si previo ante no se ha determinado la demanda, calificaciones y demas entresijos que lleva el proceso.

en resto de los casos deprocesal (grado) si se lee con sentido comun la LEC se resuelven por si solo
ya que nata forum lex

Desconectado Onaiplu

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 1572
  • Registro: 05/07/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #24 en: 20 de Diciembre de 2010, 20:16:14 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
hola , una pregunta sobre esta práctica,
 en la pregunta A porque el juez no puede iniciar el procedimiento civil?
Gracias

Art. 399 LEC...

Desconectado 3 olmos

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 253
  • Registro: 17/10/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #25 en: 20 de Diciembre de 2010, 20:32:01 pm »
Jooooo

No os lo vais a creer, o quizás algunos ya lo sabiáis, pero ordenando los casos resueltos de iusmasoquista, esta la práctica que nos han propuesto. Y HECHA.

Ver la página 182. No digo que lo copiéis sino que comprobéis...

Saludos



Desconectado Naca

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 5
  • Registro: 20/12/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #26 en: 20 de Diciembre de 2010, 22:36:23 pm »
Puede copiármelo algo o decirme como acceder a el? es que no lo encuentro...

Desconectado lulu1985

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 640
  • Registro: 07/05/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #27 en: 20 de Diciembre de 2010, 23:13:43 pm »
en esa pagina no esta.

Desconectado anarosa

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 327
  • Registro: 18/10/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #28 en: 20 de Diciembre de 2010, 23:33:04 pm »
alguien puede ayudarme con la pregunta c?
esta es mi respuesta ..pero no se si es correcta. gracias
El Juez nunca deberá admitir prueba que no tenga relación con el procedimiento en que se pide. Por tanto no serviría de nada que Don A demuestre que Don B es aficionado al juego y que tenga antecedentes por un delito de hurto, puesto que estos supuestos no guardan relación con el hecho  ocurrido, y por tanto el juez no lo admitirá como prueba.
Sin embargo si se tomará como prueba lo que dice Don B.
Para ello nos basamos en los artículos 281.1, 282 y 283 de la LEC.
 Artículo 281. Objeto y necesidad de la prueba.
1. La prueba tendrá como objeto los hechos que guarden relación con la tutela judicial que se pretenda obtener en el proceso.
Artículo 282. Iniciativa de la actividad probatoria.
Las pruebas se practicarán a instancia de parte. Sin embargo, el tribunal podrá acordar, de oficio, que se practiquen determinadas pruebas o que se aporten documentos, dictámenes u otros medios e instrumentos probatorios, cuando así lo establezca la ley.

Artículo 283. Impertinencia o inutilidad de la actividad probatoria.
1. No deberá admitirse ninguna prueba que, por no guardar relación con lo que sea objeto del proceso, haya de considerarse impertinente.
2. Tampoco deben admitirse, por inútiles, aquellas pruebas que, según reglas y criterios razonables y seguros, en ningún caso puedan contribuir a esclarecer los hechos controvertidos.
3. Nunca se admitirá como prueba cualquier actividad prohibida por la ley

Desconectado alikia

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 869
  • Registro: 16/09/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #29 en: 21 de Diciembre de 2010, 13:32:25 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Jooooo

No os lo vais a creer, o quizás algunos ya lo sabiáis, pero ordenando los casos resueltos de iusmasoquista, esta la práctica que nos han propuesto. Y HECHA.

Ver la página 182. No digo que lo copiéis sino que comprobéis...

Saludos


Me puedes decir dónde están esos casos resueltos???? Porque aunque ya he entregado la práctica, me vendrían muy bien para preparar la parte práctica del examen...

Desconectado fmoreno323

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 40
  • Registro: 12/09/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #30 en: 21 de Diciembre de 2010, 14:23:04 pm »
Bueno ahí os mando eso, siento la tardanza, pero por temas laborales viajo bastante y no siempre a países con conexión a Internet fiables


Supuesto de hecho:
SEGUNDA PRÁCTICA. EVALUACIÓN CONTINUA. INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL
A) Don A denuncia ante la policía judicial que el día…circulaba con el vehículo de su propiedad…por la calle…, haciéndolo a escasa velocidad, cuando, desde una calle situada a su izquierda y señalizada con Stop, sale, sin detenerse, el vehículo “J” conducido por Don B, produciéndose la colisión de ambos vehículos.
B) Como consecuencia de dicha colisión el vehículo…sufre daños tasados por su aseguradora en la cantidad de 3.350 €; incoado atestado por la policía municipal es remitido al Juzgado de Instrucción, que acuerda el sobreseimiento por estimar que los hechos no son constitutivos de infracción penal.
Cuestiones:
A) Firme la resolución que acuerda el sobreseimiento de la denuncia, ¿tiene el Juez la obligación de iniciar el procedimiento civil?
Aunque el Juez haga sobreseimiento por estimar que los hechos no son constitutivos de infracción penal en auto de la denuncia interpuesta del actor, Don A, Art. 216, sí se estima como un caso de controversia, el Juez está obligado a utilizar las disposiciones legales tendientes a la aplicación de las leyes. Art.24 CE.
Por tanto, Don A, tiene derecho a un procedimiento civil.
B) Si Don A inicia un procedimiento civil en reclamación del importe de los daños sufridos en su vehículo, ¿tendrá el Juez que realizar de oficio investigación sobre cómo ocurrieron los hechos o habrá de limitarse a valorar los hechos que las parten aporten y no otros?; ¿para esa valoración puede el Juez acordar pruebas no propuestas por las partes?
Se deroga la resolución anterior, sentencia por sobreseimiento de los hechos.
El procedimiento comenzara con la demanda y su contenido. Art. 399
Una vez iniciado el procedimiento civil, el Tribunal podrá aplicar el Art. 217.1 sobre el demandante o actor y el demandado.
Corresponde al actor y al demandado la carga de la prueba según dispone el Art. 217.2,3,6 y 7.
Solo se podrán presentar pruebas que se relacionen con el objeto de los hechos. Art. 281.
El Juez podrá valorar los hechos que aporten las partes y además, acordado con el Tribunal, de oficio, practicar determinadas pruebas. Art.282.
El Juez puede valorar pruebas que él crea convenientes, documentos, dictámenes e instrumentos probatorios, cuando así lo establezca la ley. Art. 282
C) Don A. propone prueba tendente a demostrar que Don B es una persona aficionada al juego y que, además, tiene antecedentes penales por un delito de hurto. ¿Debe el Juez estimar ese medio de prueba o tiene facultades para rechazarlo por impertinente?; ¿le asiste a Don B el derecho a la práctica de prueba para acreditar que Don A tiene escasa visibilidad sin gafas y el día de los hechos no hacía uso de éstas?ç

Que Don B, sea aficionado al juego, no es una prueba que guarde relación con el objeto del proceso, tampoco es una prueba con un criterio razonable que sirva para esclarecer los hechos, por tanto el Juez puede considerarla como inútil o impertinente. Art. 283
No, porque no influye en el transito normal de la vía y no impide a Don B el cumplimiento de las normas de circulación, además en el atestado policial, no se da este hecho como prueba. Art.283
Una vez finalizadas la fase de alegaciones reunidas las pruebas, y admitidas a trámite por el Juez, se procederá a señalar la fecha del juicio. Art. 429.2
D) ¿Puede el Juez dictar sentencia condenando a Don B a la cantidad de 4.000 € por entender que los daños son superiores a la cantidad solicitada por Don A o porque a éste se le olvidó pedir el importe de un aparato de radio que resultó dañado?
Sí, si en la fase de alegaciones y valoración de las pruebas aportadas por el demandante o actor, o las aportadas de oficio por el Tribunal, fueran relevantes de mayor cuantía.
Ahora bien, en esta fase de conclusiones y sentencia, no podrán alegarse hechos nuevos, y el aparato de radio lo es, sino únicamente precisar, lo que, sobre los hechos relevantes ya aportados, consideren las partes conveniente alegar en función del resultado de las pruebas practicadas. Art. 433.2
Una vez expuestas sus conclusiones sobre los hechos controvertidos, las partes podrán informar sobre los argumentos jurídicos en que se apoyen sus pretensiones, que no podrán ser alteradas en ese momento. Art. 433.3
Si las partes no pusieran fin al litigio mediante acuerdo, pero estuvieren conformes en todos los hechos y la discrepancia quedase reducida a cuestión o cuestiones jurídicas, el tribunal dictará sentencia dentro de veinte días a partir del siguiente al de la terminación de la audiencia. Art. 428.3.
Derecho aplicable:
Arts. 24.2 CE, 216, 217, 281.1, 282, 283, 399, 428.3, 429.2 LEC
ROCK'#039#039N'#039#039ROLL AIN'#039#039T NOISE POLUTION

Desconectado 3 olmos

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 253
  • Registro: 17/10/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #31 en: 21 de Diciembre de 2010, 15:12:48 pm »
Hola:

A ver, os vais al link de apuntes que os pongo


No puedes ver los enlaces. Register or Login

Buscáis los de Procesal, y en ellos los del autor "iusmasoquista" creo que pone completos, os los descargáis, son 249 páginas, y la práctica está en la página 182.

Saludos



No puedes ver los enlaces. Register or Login
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Jooooo

No os lo vais a creer, o quizás algunos ya lo sabiáis, pero ordenando los casos resueltos de iusmasoquista, esta la práctica que nos han propuesto. Y HECHA.

Ver la página 182. No digo que lo copiéis sino que comprobéis...

Saludos


Me puedes decir dónde están esos casos resueltos???? Porque aunque ya he entregado la práctica, me vendrían muy bien para preparar la parte práctica del examen...

Desconectado duke25

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 15
  • Registro: 09/12/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #32 en: 21 de Diciembre de 2010, 15:38:58 pm »
La respuesta de fmoreno creo que es correcta, la estado cotejeando con la mia y mas o menos estan parecedias que opinais??

Desconectado caciqui

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 4
  • Registro: 26/10/08
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #33 en: 28 de Diciembre de 2010, 14:20:33 pm »
La verdad es que vuestras respuestas son un poco pobres. Yo ya he hecho una carrera (Relaciones Laborales) en la que el 70% era Derecho, y los profesores me indicaron que no me limite a "soltar" los artículos en las respuestas. Hay que hacer una pequeña reseña del artículo y luego justificarlo con tus propias palabras... Esto no es un corta y pega amigos!!!!!

Desconectado carbayona

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 133
  • Registro: 26/07/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #34 en: 28 de Diciembre de 2010, 15:49:27 pm »
Pues yo pienso que acabamos de empezar, y no hay que desanimarse. Poco a poco.
No todo el mundo tiene otra carrera donde el 70% era Derecho.
A unos les costará más y a otros menos, pero yo creo que menos "unos pocos" la gran mayoría estamos en el mismo nivel.

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #35 en: 28 de Diciembre de 2010, 16:10:24 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La verdad es que vuestras respuestas son un poco pobres. Yo ya he hecho una carrera (Relaciones Laborales) en la que el 70% era Derecho, y los profesores me indicaron que no me limite a "soltar" los artículos en las respuestas. Hay que hacer una pequeña reseña del artículo y luego justificarlo con tus propias palabras... Esto no es un corta y pega amigos!!!!!

Mide un poco tu respuesta que nadie nace enseñado, aplícate el cuento, aquí estamos para aprender, ricos en argumentos y pobres, así que si quieres hacer una crítica constructiva no me vengas con que tienes otra carrera que alardear sabemos todos, un poco de humildad te vendría bien.

Desconectado marrincr

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 128
  • Registro: 09/01/08
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #36 en: 29 de Diciembre de 2010, 20:42:07 pm »
Pues yo en la primera practica puse mogollón de artículos y me pusieron un 8, en la segunda no he puesto ni un sólo artículo, me he limitado a explicarlos con mis palabras y a razonarlos y me han puesto un 10 :)

Desconectado Onaiplu

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 1572
  • Registro: 05/07/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #37 en: 29 de Diciembre de 2010, 21:49:57 pm »
Lo que no entiendo es que nadie ponga sus respuestas para que podamos ver en que hemos podido errar!!!

Desconectado 3 olmos

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 253
  • Registro: 17/10/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #38 en: 30 de Diciembre de 2010, 18:07:45 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Lo que no entiendo es que nadie ponga sus respuestas para que podamos ver en que hemos podido errar!!!

A ver, mi primera práctica, nota 8

A)   El juzgado de instrucción o de primera instancia, es un órgano jurisdiccional unipersonal.
La Audiencia Provincial es un órgano jurisdiccional colegiado, también denominado tribunal de apelación o casación. Formado por tres o cuatro magistrados.
B)   Porque según el art 82.1. 2º de la LOPJ, las AP conocerán en el orden penal de los recursos que establezca la Ley contra las resoluciones dictadas por los juzgados de instrucción y de lo penal de la provincia.
Y el art 82.2.1 de la LOPJ, las AP conocerán en el orden civil de los recursos que establezca la Ley contra las resoluciones dictadas por los juzgados de primera instancia de la provincia.

C)   El órgano es el Tribunal Superior de Justicia, la Sala de lo Civil y Penal, ya que al ser el Presidente de la Comunidad Autónoma un aforado, (Un aforado es aquel miembro que por su condición política o rango, tiene fuero o privilegios en materia de jurisdicción. Tienen privilegios jurídicos que son inviolabilidad e inmunidad), es por tanto el TSJ, el órgano jurisdiccional superior en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de acuerdo a la  LOPJ  en su art.73.2.a , teniendo en cuenta además de las causas penales que los estatutos de Autonomía reservan al conocimiento de los TSJ, como Sala de lo Penal. (Art 73.3.a LOPJ)

D)   La composición del órgano competente, que es el Tribunal Superior  Justicia sería: Un Presidente, que lo será también de su Sala de lo Civil, y tendrá la consideración de Magistrado del Tribunal Supremo mientras desempeñe el cargo; Presidentes de Sala y Magistrados que determinen la ley en cada Sala y Secciones que pudieran dentro de ellas crearse.
Según art 73.4 LOPJ para la instrucción de las causas a) y b) del apartado 3 (73.3 LOPJ), se designará entre los miembros de la Sala y conforme a un turno preestablecido, un instructor que no formará parte de la misma para enjuiciarlas.



Desconectado 3 olmos

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 253
  • Registro: 17/10/10
Re: 2ª Práctica de procesal primer curso de Grado, ¡AYUDA!
« Respuesta #39 en: 30 de Diciembre de 2010, 18:11:15 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Lo que no entiendo es que nadie ponga sus respuestas para que podamos ver en que hemos podido errar!!!

Mi segunda práctica nota  8

A)
No.
Entiendo que es la parte perjudicada quien debe iniciarlo mediante la oportuna interposición de la demanda. Así pues el Juez no tendría obligación, ya que se ha sobreseido la causa penal, y es incompetente para conocer la pretensión civil, por lo tanto, la parte perjudicada debe iniciar las acciones pero ante el Juzgado de lo Civil
B1) y B2)
Según el art 216 LEC Los tribunales decidirán en virtud de las pruebas aportadas
Según art 217 LEC Si el Juez encuentra dudosos los hechos relevantes para dictar sentencia, corresponderá a unos u otros la carga de probar los hechos y fundamentar las pretensiones
Pero según el art 429 LEC si el Juez viera que las pruebas aportadas fueran insuficientes para el esclarecimiento de los hechos puede en virtud del art. 429 Lec ponerlo en conocimiento de las partes indicando el hecho o hechos que a su juicio son insuficientes; el tribunal podrá también señalar las pruebas cuya práctica considera convenientes. Las pruebas se practicarán a instancias de parte, sin embargo el Juez podrá acordar de oficio que se practiquen determinadas pruebas cuando así lo establezca la ley.
Así pues y contestando a las preguntas, al Juez no le corresponde investigar ni la carga  de probar la certeza de los hechos, se limitará a valorar los hechos que aporten las partes y son las partes las que deberán probar los hechos, y las que proponen las pruebas y el Juez las admite o no, aunque excepcionalmente el Juez puede acordar la práctica de las pruebas que estime oportunas, lo hayan solicitado o no las partes Art 282 LEC, pero no tendrá la obligación.

C1) y C2)
Yo entiendo que a ambas partes les asiste el derecho a solicitar la práctica de aquellas pruebas que estimen convenientes, art 282 LEC, ahora bien es el Juez, en virtud del art 283 y 285 quien admite o no las pruebas solicitadas.
Así pues, la  prueba que propone A entiendo que debería rechazarla el Juez o no debe estimarla al no tener relación con la tutela judicial que pretende obtener en el proceso. El rechazo es causado por impertinente e inútil para el caso que se juzga art. 281.1 y 283 LEC.
La prueba que solicita B entiendo que si puede proponerla, en este caso será el Juez el que decida su admisión como prueba, además de ser casi fundamental para el esclarecimiento de los hechos.
D)
Por el principio de congruencia, el Juez no puede condenar al pago de una cantidad superior a la solicitada por la parte actora., estaríamos  ante la incongruencia supra petita Y en cuanto al "olvido" de la petición del resarcimiento por los daños en el aparato de radio, creo que en función de en qué fase del proceso se produjo el olvido, si se obvió en la denuncia o por el contrario se olvidó en las alegaciones de la demanda, en este último caso, y curioseando y “derivando” sobre la relación de artículos propuestos en la práctica, quizás sería de aplicación el art 286.4 LEC.
También por el Art. 399, el Juez dictará sentencia por la cantidad solicitada de Don A que deberá ir fundamentada en la demanda.


A los leones.....jeje