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Autor Tema: 2ª practica de civil I  (Leído 17568 veces)

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Desconectado navasqui

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #40 en: 05 de Enero de 2011, 01:22:44 am »
Hola a todos y muchas gracias por compartir tanto conocimientos como preguntas y opiniones. Tengo una duda fácil de contestar (espero). Los 2 supuestos y las preguntas tipo test hay que hacerlas en 4 horas, es decir 4 horas para todo???
o se puede hacer un día los supuestos (4 horas) y otro día las preguntas tipo test (4 horas) ???
Perdón por mi ignorancia, pero en las PRECs anteriores las hice todas de golpe en 4 horas y la verdad es que me agobié un poco.
Gracias por anticipado.


Desconectado leiorgar

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #41 en: 05 de Enero de 2011, 09:42:11 am »

Hola,

Son cuatro horas para todo y de tirón.

Saludos
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Desconectado polinypoila

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #42 en: 05 de Enero de 2011, 09:58:16 am »
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Hola a todos y muchas gracias por compartir tanto conocimientos como preguntas y opiniones. Tengo una duda fácil de contestar (espero). Los 2 supuestos y las preguntas tipo test hay que hacerlas en 4 horas, es decir 4 horas para todo???
o se puede hacer un día los supuestos (4 horas) y otro día las preguntas tipo test (4 horas) ???
Perdón por mi ignorancia, pero en las PRECs anteriores las hice todas de golpe en 4 horas y la verdad es que me agobié un poco.
Gracias por anticipado.

NOOOOOOOOOOOOO, LAS CUATRO HORAS SON EXCLUSVAMENTE PARA EL TEST. LOS SUPUESTOS PRÁCTICOS PUEDEN ENTREGARSE HASTA EL ÚLTIMO DÍA SEÑALADO.
Por favor, no liéis si no estáis seguros de las cosas, que después pasa lo que pasa....

Saludos, Polín  :)

Desconectado hng_86

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #43 en: 05 de Enero de 2011, 11:00:04 am »
Hola.

Respecto al 1º supuesto dice que las personas que sean descendientes de padre o madre que hubiera sido originariamente español y nacido en España podria obtener la nacionalidad por opcion, y al no haber transcurrido los dos años ya que el niño tiene unos meses el niño podria obtenerla.

La madre la podria obtener mediante naturalizacion por residencia al ser viuda de un español.

Desconectado navasqui

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #44 en: 05 de Enero de 2011, 11:22:23 am »
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Hola a todos y muchas gracias por compartir tanto conocimientos como preguntas y opiniones. Tengo una duda fácil de contestar (espero). Los 2 supuestos y las preguntas tipo test hay que hacerlas en 4 horas, es decir 4 horas para todo???
o se puede hacer un día los supuestos (4 horas) y otro día las preguntas tipo test (4 horas) ???
Perdón por mi ignorancia, pero en las PRECs anteriores las hice todas de golpe en 4 horas y la verdad es que me agobié un poco.
Gracias por anticipado.

NOOOOOOOOOOOOO, LAS CUATRO HORAS SON EXCLUSVAMENTE PARA EL TEST. LOS SUPUESTOS PRÁCTICOS PUEDEN ENTREGARSE HASTA EL ÚLTIMO DÍA SEÑALADO.
Por favor, no liéis si no estáis seguros de las cosas, que después pasa lo que pasa....

Saludos, Polín  :)
Muchas gracias Polin!!


Desconectado foritouned

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #45 en: 05 de Enero de 2011, 18:34:25 pm »
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Hola.

Respecto al 1º supuesto dice que las personas que sean descendientes de padre o madre que hubiera sido originariamente español y nacido en España podria obtener la nacionalidad por opcion, y al no haber transcurrido los dos años ya que el niño tiene unos meses el niño podria obtenerla.

La madre la podria obtener mediante naturalizacion por residencia al ser viuda de un español.

Fijate que el nuño no es hijo de un español sino de un irani. La madre es viuda de un español, pero ha tenido el niño con otro (que este es irani).

Desconectado hng_86

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #46 en: 05 de Enero de 2011, 19:39:05 pm »
jajajajjaj, vale es verdad, no vale nada de lo dicho, es que vengo de ver la cabalgata y me he emocionado jajajjaja :D

Desconectado Onaiplu

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #47 en: 06 de Enero de 2011, 19:43:59 pm »
En cuanto al primer caso:
La madre puede pedir la naturalización por residencia cuando lleve un año residiendo aquí al ser viuda de español, por supuesto todo ello ha de justificarlo, etc.,etc. Una vez tenga concedida la nacionalidad, podrá pedir la nacionalidad del hijo por opción a estar sujeto a  potestad de española, etc., etc. Creo que es así aunque adornado y todo eso.
Segundo caso:
Yo diría que es claramente la figura jurídica de Fundación...

Eso es lo que es contestado, aunque obviamente más desarrollado y fundamentado en Derecho.

Saludos, ahora me voy a jugar con mis reyes...


Desconectado leiorgar

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #48 en: 06 de Enero de 2011, 20:48:50 pm »
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Hola a todos y muchas gracias por compartir tanto conocimientos como preguntas y opiniones. Tengo una duda fácil de contestar (espero). Los 2 supuestos y las preguntas tipo test hay que hacerlas en 4 horas, es decir 4 horas para todo???
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Gracias por anticipado.

NOOOOOOOOOOOOO, LAS CUATRO HORAS SON EXCLUSVAMENTE PARA EL TEST. LOS SUPUESTOS PRÁCTICOS PUEDEN ENTREGARSE HASTA EL ÚLTIMO DÍA SEÑALADO.
Por favor, no liéis si no estáis seguros de las cosas, que después pasa lo que pasa....

Saludos, Polín  :)

Hola,

Pues viendo el mensaje de la profesora Patricia López en relación con las PREC entendí que eran cuatro horas de tirón, y así lo hice por si acaso, en cuanto a las segundas tenía intención de hacerlas mañana precisamente porque es el día que tengo algo de tiempo seguido para hacerlo...
No sé, os indico el mensaje de la profesora a ver como lo interpretáis...:


Información relevante test PRECs
Estimados estudiantes: les recordamos que, si deciden acogerse al sistema de evaluación continua, deben realizar cuatro pruebas, un test y un documento con supuestos prácticos del 23 al 30 de noviembre y otro test y otro documento con supuestos prácticos del 1 al 7 de enero. El plazo para realizar cada prueba es de 4 horas, “seguidas e ininterrumpidas” desde el momento en que se abre la aplicación informática dentro de la semana indicada.

En concreto en lo que se refiere al test, tarea que no requiere entrega ( porque no han de escribir y enviar ningún archivo, a diferencia de lo que ocurre con los supuestos prácticos), tengan en cuenta que abrir la aplicación, aunque solo sea para ver el test o para imprimirlo y prepararlo, supone que empieza a contar el tiempo, y que si cierran la aplicación y luego quieren volver a abrirla, aunque sea dentro de las 4 horas indicadas, no van a poder, porque solo se permite un intento en cada prueba.

Cosa distinta es lo que ocurre con los test de autoevaluación no calificable que existen en cada Bloque temático, porque en ellos, al no tener el carácter de prueba de evaluación que influye en la nota, no hay tiempo máximo de realización, y la limitación en el número de intentos es de 50.

Enviado por PATRICIA LOPEZ PELAEZ


Saludos a tod@sss
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Desconectado Alatriste

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #49 en: 06 de Enero de 2011, 23:30:26 pm »
Hola compañeros, me uno al debate aunque no suelo andar muy sobrado de tiempo (como la mayoría) para al menos prestar mi apoyo y agradecer públicamente a los compañeros y compañeras que con sus opiniones, orientaciones y aportación de su trabajo personal nos facilitan el trabajo y ,al menos en mi caso, hacen mas llevadera la tares del estudio.
Dicho esto quería comentar que la señora iraní, según leo quiere la nacionalidad para su hijo, cosa imposible en mi opinión, ni es nacido en España (Ius soli) ni es hijo de español (Ius sanguinis)...¿Por opción? en principio tampoco, estoy con kagg, no es rizar el rizo pero en los países musulmanes la patria potestad la suele ostentar el padre, tampoco se dice que el niño viva con ella (pero no vamos a debatir esto ahora).
En definitiva, la única opción posible, como ya habéis comentado es por naturalización a través de la madre y el supuesto no dice que quiera la nacionalidad para ella. Solo es otra forma de enfocarlo, las que he leído aquí me parecen correctas.
La segunda parece claro como ya se ha aportado, que la figura jurídica es a través de una Fundación.
En cuanto al Test. Gracias Polin por adelantar las preguntas (y tus respuestas).Espero que los Reyes Magos se portaran bien.
Un saludo a todos.

Desconectado Kagg

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #50 en: 07 de Enero de 2011, 01:09:12 am »
Hola Alatristre,

Pues después de leerme y reelerme el CC y el libro, creo que hay tres formas. No sé si mis conclusiones serán correctas.

Teniendo en cuenta que el menor no es descendiente de español, ni ha nacido en España ni estar sujeto a patria potestad de español:
- por residencia
- por opción, es decir, si madre se nacionaliza primero (ya sea por viuda de español y si no cumpliese los requisitos tendría que solicitarla por residencia)
- o, y esto no sé si es muy escabrosillo, que su madre se case con un español y éste adopte al hijo, por origen por tanto

A mi me da la sensación de que los enunciados de ambas prácticas son abiertos para que tratemos todos los supuestos, o los supuestos principales, recogidos en el ordenamiento jurídico.

El segundo enunciado tampoco me parece tajante, ya que no dice ni especifica el tipo de testamento que deja Mauricio. La figura es la de fundador (he visto que hay quién lo llama testador-fundador) en el caso de que en el testamento claramente ya se constituya la fundación o simplemente exprese su voluntad de que se constituya. Pero Mauricio también puede especificar en su testamento que otorga testamento a favor de una fundación ya creada... ahí es donde no tengo clara la figura.

Desconectado Anitajons

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #51 en: 07 de Enero de 2011, 03:59:34 am »
Hola, no se si esta respuesta q resolvieron el año pasado en otro curso, os puede ayudar en la 1ª Prec:

Yasmine no reúne en estos momentos los requisitos, ya que reside en Barcelona solo desde hace unos meses, pero el art.22.1 y 2 nos dice que si tiene una residencia anual el viudo o viuda de español o española, si a la muerte del cónyuge no existiera separación
Legal o de hecho, tendría derecho a la nacionalidad, siempre también teniendo en cuenta el art 22.3 CC que nos dice" que la residencia tiene que ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición formulada. Es decir, que podría conseguir la nacionalidad española, si reúne todos estos requisitos, residir como mínimo un año en España que sea continuadamente y legalmente y que haga su petición cuando lleve el tiempo legalmente solicitado (1año). Cuando tenga concedía su nacionalidad por residencia, no tendrá problemas en que su hijo la adquiera, basándonos en el art.20 apartado 2 CC, que nos dice “tienen derecho a optar por la nacionalidad española, las
Personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español".

Alguien para resolver la 2ª? No se en q Practicum aparece, y además es 1 tema de herencias q con el libro de Civil I, me tiene 1 poco descolocada.

Desconectado polinypoila

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #52 en: 07 de Enero de 2011, 08:49:57 am »
No es de herencias, Anitajons, es de personas jurídicas, concretamente trata de la Fundación, art. 35 CC.
(Creo que es el 35..., no tengo aquí el códito).
Saludos, Polin  :)

Desconectado migomas

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #53 en: 07 de Enero de 2011, 12:44:13 pm »
Efectivamente entiendo que se podria conseguir la nacionalización del niño pero pasando por los pasos que los compañeros describen anteriormente que es :
1 primero la madre esperara  a un año de residencia legal y solicitar la suya de acuerdo al 22-2-e CC

2 solicitar la nacionalidad del hijo por OPCION art. 20-1-a  al tenerlo bajo su tutela, del padre natural del niño nadie menciona que este viviendo en BCN o bajo su tutela.

la respuesta es si pero con  esos pasos.

Ahora habra que ir a por el segundo caso.

Desconectado polinypoila

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #54 en: 07 de Enero de 2011, 12:53:43 pm »
Como cumplir el deseo, pues estoy de acuerdo con vosotros, en parte.
A tenor de lo escrito en el enunciado, nada se deduce del mismo que ella desee naturalizarse o nacionalizarse española. Lo único que veo claro es que la madre desea que su hijo sea español como su marido-ex marido (digo ex por el finado....)
Así pues, yo me decanto por la nacionalización por residencia del menor.
Saludos

Desconectado Polilla1963

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #55 en: 07 de Enero de 2011, 16:41:57 pm »
El Artículo 763 del CC dice: "El que no tuviere herederos forzosos puede disponer por testamento de todos sus vienes o de parte de ellos en favor de cualquier persona que tenga capacidad para adquirirlos."

Al mencionar en favor de persona, creo que debe entenderse persona física o jurídica.

El siguiente artº, el 764, dice: "El testamento será válido aunque no contenga institución de heredero, o ésta no comprenda la totalidad de los bienes, y qunque el nombrado no acepte la herencia o sea incapaz de heredar."

Estamos pues ante un caso de la institución del HEREDERO INSTITUIDO, ya que el testador no tiene Herederos Forzosos, que serían los legítimos.

En cuanto al caso primero, el del deseo de una madre viuda de español de nacionalizar al hijo nacido de otro (no español), me apunto a la versión de que cuando el chico lleve 10 años viviendo en España, podrá ser nacionalizado por residencia y así verse cumplido el deseo de la madre.

Un saludo para to2 y Feliz 2011!!!!

Desconectado canariote

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #56 en: 07 de Enero de 2011, 23:23:22 pm »
Hola. Si no me equivoco, hasta el día 14 tenemos para hacer el test y los casos. ¿ Es así ?

Desconectado polinypoila

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #57 en: 07 de Enero de 2011, 23:40:30 pm »
Como Alatriste, pienso que no está tan claro el primer supuesto:
El hijo ha nacido en Teherán de padre iraní. Ignoro las leyes iraníes, pero pienso que nuestro compañero tiene razón.
Por otro lado, efectivamente, no se habla del deseo de la madre en cuanto su situación, sino del deseo de que su hijo sea español.
Tampoco se deduce del texto que esté casada con el padre de su hijo, ni siquiera que su hijo se encuentre en España con ella....
Así que opto por dos soluciones.
NO PUEDE
SÍ PUEDE
Ambas soluciones las plantearé de forma similar a las que se han comentado aquí, que me parecen correctas y bien planteadas.
Lo mal planteado, aunque creo que ha sido intencionado para fomentar el estudio y el debate, aparte del cacao mental..., ha sido el enunciado del supuesto.
Del otro, no tengo más que decir, creo que ha quedado bastante claro.

Saludos amigos y buen fin de semana.
Polin  :D

Desconectado Alatriste

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #58 en: 08 de Enero de 2011, 13:01:13 pm »
Buenos días compañer@s.
Yo también lo he planteado como Polin, si nos ceñimos literalmente a lo escrito, sería NO. Si nos planteamos diversos supuestos, sería SI. En mi opinión ambas formas pueden ser validas y fundamentadas en Derecho. (Mi intención fue plantear otro punto de vista)
Actualmente hay madres españolas que han regresado de un país musulmán y no han podido traer a sus hijos o sus padres se los han llevado de aquí y surge un conflicto internacional (en cuanto a leyes me refiero) La nacionalidad en ese caso estaría clara, pero me refiero a que el conflicto se plantea igualmente y opciones hay para todos los gustos, las circunstancias personales hacen cada caso distinto (ahí esta la magia del Derecho)
Lo que desconozco es si quien hace el planteamiento, lo hace intencionadamente o simplemente bajo su punto de vista; recientemente un tutor de procesal exponía en referencia a uno de los supuestos planteados que se sorprendieron al ver que ellos planteaban la cuestión desde un aspecto y la mayoría de los alumnos lo plantearon de otra forma distinta, pero igualmente correcta.
En fin, el problema lo tenemos a la vuelta de la esquina, con los exámenes, así que mucho animo, a estudiar y mucha suerte para tod@s

Desconectado foritouned

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Re: 2ª practica de civil I
« Respuesta #59 en: 08 de Enero de 2011, 13:17:51 pm »
Confirmado =>
el codigo civil Irani dice que todo hijo nacido en matrimonio pertenece al padre,