Siempre queda interponer recurso contencioso-administrativo. O sea, acudir a los tribunales, pretendiendo la declaración de que el acto no es conformes a Derecho y, en su caso, la anulación del acto o pretendiendo el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas adecuadas para el pleno restablecimiento de la misma, entre ellas la indemnización de los daños y perjuicios, cuando proceda.
Salud,
IUS