¿Es el único bien de la herencia? ¿En el testamento se establecio espresamente esa claúsula indicando que era el único bien, si fuese así? ¿Existen mas bienes en la herencia?
Si en el momento de otorgar testamento hizo constar que era el único bien (entiendo que el piso es de la señora al 100 %), y si lo hizo ante Notario, me extraña mucho que el Notario no le indicase que ese testamento podría ser anulado, puesto que no respetaba la legítima del conyuge viudo (2/3 en usufructo si se carece de ascendientes y descendientes). Tal como se redacta la claúsula parece mas bien un legado, y efectivamente la herencia se puede repartir en legados, y además también se puede disponer de la herencia "Artículo 764. El testamento será válido aunque no contenga institución de heredero, o ésta no comprenda la totalidad de los bienes, y aunque el nombrado no acepte la herencia o sea incapaz de heredar. En estos casos se cumplirán las disposiciones testamentarias hechas con arreglo a las leyes, y el remanente de los bienes pasará a los herederos legítimos."
Si es así el conyuge viudo puede impugnar el testamento (si no existen mas bienes y perjudica su legítima). En ese caso le corresponde las 2/3 partes del piso en usufructo.
Otra cosa, el usufructo se puede enajenar "Artículo 480.: Podrá el usufructuario aprovechar por sí mismo la cosa usufructuada, arrendarla a otro y enajenar su derecho de usufructo, aunque sea a título gratuito, pero todos los contratos que celebre como tal usufructuario se resolverán al fin del usufructo, salvo el arrendamiento de las fincas rústicas, el cual se considerará subsistente durante el año agrícola.", Por tanto puede vender su derecho de usufructo.
Entiendo que podría solicitar la división de la cosa común (aunque tengo mis dudas).
Y si el otro usufructurario-nudo propietario-propietario (creo que tiene esas tres condiciones), no le quiere comprar su parte (a valor de usufructo), y no se puede ejercitar la acción de división de la cosa común, pues podría alquilar su derecho de usufructo", y quizás si el otro usufructuario comparte el piso, estará mas dispuesto a negociar, sobre todo si el nuevo "inquilino" es un poco conflictivo.
LUICHI