Buenas, como no sé si te ha llegado mi mensaje de hace un rato, te lo vuelvo a escribir.
En el Registro Civil no constan (en la nota marginal a la inscripcion de nacimiento de tu abuela), nada del inventario de bienes, la caución, etc., eso ha de constar en el auto de nombramiento de tutor, así como en la pieza (o procedimiento segun el Juzgado que lo lleve) de la tutoría que se siguen en el Juzgado, por lo que si lo que quereis es saber el estado en que se encuentra la tutoría (ventas, compras, bienes ..), lo mejor es que os personeis en los autos, deberá personarse tu padre o tu madre, es decir quien sea hijo de la incapaz y tutelada, y así podreis ver los autos, y lo mas importante, las daciones de cuenta que habrá tenido que ir presentando el tutor (se hacen anualmente salvo que el Juez diga otra cosa).
Por otro lado los deberes del tutor así como los actos del mismo que están sujetos a autorización judicial los tienes establecidos en los artículos 269 y 270 del C.C.. También te diré que de todo lo que presente el tutor tendrá que presentar copia y tiene que darse traslado al Ministerio Fiscal.
En resumen si lo que quereis es sabe qué está haciendo el tutor con los bienes y persona de tu abuela, personaros ante el Juzgado que lo lleve, y mirarlo con vuestros propios ojos. Podeis primero ir al Juzgado y comentarlo alli, ellos os dirán la manera de personaros, y lo que deberiais hacer (sé en algunos Juzgados acreditando que eres el hijo/a del incapaz te dejan ver los autos sin necesidad de personación pero por lo general exigen la personación en forma y por escrito).
Espero haberte aclarado mas las cosas, de todas formas sigo buscando la maldita certificación. Un saludo.