Las pensiones de viudedad se reparten entre las viudas en proporción a los periodos de matrimonio, independientemente del número de hijos, los cuales llevan, en su caso, la correspondiente pensión de orfandad.
Las pensiones son irrenunciables, y la única manera de que sólo lo cobre una de ellas es que la otra no lo haya solicitado.
De todos modos, el límite máximo de pensiones públicas (Seguridad Social, Clases Pasivas, MUFACE, etc) tiene en el año 2007 una cuantía integra de 2.290,59. Si una viuda ya está cobrando esta cantidad (por ejemplo, por jubilación) no se le pagará la viudedad, aunque se le haya reconocido.
Ah, y si se casa de nuevo, la pierde.