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Autor Tema: perito administracion proceso penal  (Leído 1635 veces)

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Desconectado carlitus

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perito administracion proceso penal
« en: 11 de Julio de 2012, 13:35:47 pm »
Tengo una duda que me corroe desde hace tiempo. Pertenezco a una Administración autonómica y realizo informes técnicos sobre delitos contra la ordenación del territorio solicitados por los Juzgados a mi centro directivo. Ahora bien, cuando se solicita por parte del Juzgado de Instrucción el informe (a propuesta de Fiscalía), no se dirige la solicitud hacia una persona (perito) en concreto, sino que es el propio centro directivo quien reparte los asuntos entre los funcionarios dichos informes, por lo que no hay, a priori, designación nominal de perito. Cuando se produce la vista oral, el Juez suele citar a la vista, ahora sí como perito y con nombre y apellidos, a la persona que ha realizado el informe, no genérico al centro directivo. Mi duda es:

Cuando por cualquier motivo cambie de centro directivo la persona que firma el informe ¿es obligatorio asistir como perito si la citación se produce una vez que ya no se pertenece a ese centro directivo?

No se si me he explicado correctamente.

Gracias y saludos de un estudiante de Derecho.

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Desconectado Esgrimidor

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Re:perito administracion proceso penal
« Respuesta #1 en: 12 de Julio de 2012, 03:05:09 am »
Pues la verdad no se que decir.
Porque no se seguirte bien en tu razonamiento.
Pero si te citan con nombre y apellidos como dices, y además en calidad de perito......
Me pierdo con lo del centro directivo.
 :D

Desconectado carlitus

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Re:perito administracion proceso penal
« Respuesta #2 en: 12 de Julio de 2012, 09:20:33 am »
A ver, voy a intentar aclararme.

El juzgado pide a mi Dirección General (centro directivo) que informe sobre un determinado asunto penal en fase de instrucción. El informe lo realizamos cualquiera de los técnicos que pertenecemos a la Dirección General. Es decir, en ese momento, no hay designación nominal de perito. Ahora bien, cuando se va a celebrar la vista oral le llega una citación como perito a la persona que ha redactado el informe. Ocurre que hay compañeros que por diversos motivos (concurso de traslado, excedencia, etc.) ya no están en la Dirección General y a pesar de ello son citados nominalmente a la vista oral como peritos. Ese nombramiento como perito se produce una vez que ya no pertenecen a la Dirección General. Si además han transcurrido un par de años desde que se realizó el informe y ya se está realizando otras tareas en otra administración, o en la privada o vete tu a saber donde, no parece lógico que se designe en ese momento perito a una persona que realizó un informe porque su centro directivo le asignó un informe. Y se lo asignó como funcionario del mismo, no como perito de nada. Eso sin tener en cuenta que, si te nombran como perito estando fuera de la administración, podrá aceptar la designación o no, además de pedir la correspondiente minuta por su intervención en la vista oral (creo entender). Otra cosa sería en calidad de testigo.

Espero haber aclarado algo.

Saludos.

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Desconectado Esgrimidor

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Re:perito administracion proceso penal
« Respuesta #3 en: 13 de Julio de 2012, 00:16:19 am »
ahora ya me gusta más. Porque conozco otro perito, y eso de NO COBRAR no hace el gusto de nadie.
Lo que pasa es lo que pasa.
Si durante el tiempo que estuvíste en ese Centro Directivo hiciste un informe pericial lo que dos años más tarde están pidiéndote es que vayas a "defenderlo" o ratificarte en juicio. Esto es del perito, no de el centro directivo. El perito es una persona física. Y siempre se entiende así. No puede ir otro. solamente el que hizo la pericia. No se refiere a ningún ente corporativo.
es curioso, pero creo que has dado con una característica especial en cuanto a poner la cabeza en su juramento el perito. No puede ir otro.
Creo que hace tiempo hice una consulta en este mismo foro sobre lo que pasaría si un perito no va a juicio.
En principio, si has sido citado como es el caso, multa al canto.  ::)

Y en cuanto a los honorarios por asistencia o comparecencia a juicio, estando ya fuera de ese centro directivo, yo creo que debieras presentar factura al juzgado a ver como reaccionan......

 :D

Desconectado Esgrimidor

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Re:perito administracion proceso penal
« Respuesta #4 en: 13 de Julio de 2012, 00:19:22 am »
Llama la atención en tu explicación superior : "Y se lo asignó como funcionario del mismo, no como perito de nada."

Hizo un informe como perito. No le des más vueltas. Y le citan como perito. Al funcionario, al ex-funcionario, a la persona que fue y que puede ser que ahora mismo no sea.
Yo creo que el intríngulis de la cuestión, y a ver si un compañero de foro nos echa una manita, es si puedes pedir honorarios por comparecer o no.

 ::)

Desconectado carlitus

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Re:perito administracion proceso penal
« Respuesta #5 en: 13 de Julio de 2012, 09:04:58 am »
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Llama la atención en tu explicación superior : "Y se lo asignó como funcionario del mismo, no como perito de nada."

Hizo un informe como perito. No le des más vueltas. Y le citan como perito. Al funcionario, al ex-funcionario, a la persona que fue y que puede ser que ahora mismo no sea.
Yo creo que el intríngulis de la cuestión, y a ver si un compañero de foro nos echa una manita, es si puedes pedir honorarios por comparecer o no.

 ::)

Esgrimidor, el tema de los honorarios, aunque pudiera tener su importancia, no es lo que inquieta de momento, pues sigo trabajando en la Dirección General. En su momento, si se da, lo pelearé. Bueno sería que alguien lo aclarase también no obstante. Lo que no me encaja es que el informe, cuando yo lo hago, no lo hago nombrado como perito. Soy perito cuando me nombran desde el Juzgado de lo Penal para la vista oral. Antes, lo que hay es, desde el Juzgado de Instrucción, una solicitud a la Dirección General para que informe, dé luz, sobre un determinado asunto, y eso lo hacemos cualquiera de los técnicos que aquí trabajamos, pero aún no en calidad de perito, pues no te han nombrado como tal aún.
Es mas, cuando llega la citación a la vista oral del Penal, es cuando aparece por primera vez el vocablo "perito" seguido de tu nombre y apellidos y demás apercibimientos de no presencia. Y si ya han pasado un par de años y no estás en la Dirección General, porqué narices me tienen que nombrar a mi como perito tan ricamente y sin contar con mi opinión. O es que por el mero hecho de haber realizado un informe en la administración estoy obligado a comparecer como perito. Es que no me parece lógico. Quede claro que ni me asusta ni me inquieta la comparecencia (los malos son otros, faltaría más) pues ya llevo unas cuantas. Pero el dia de mañana, cuando me vaya a otro lado o me toque la primitiva, je, je, porqué voy yo a ser perito de nada.
No se, Esgrimidor, lo mismo estoy equivocado, pero aquí hay algo que no encaja. Y te diré mas, estoy nombrado como perito en otra cuestión de más envergadura para hacer un informe, pero a diferencia con el resto, en este estoy nombrado desde la fase de Instrucción. En este caso no tengo duda alguna de que informo en calidad de perito. En el resto, no lo veo claro.

Perdón por el ladrillo, pero soy muy cabezota y a lo mejor busco demasiados recovecos en los temas.
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Desconectado Esgrimidor

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Re:perito administracion proceso penal
« Respuesta #6 en: 13 de Julio de 2012, 10:41:42 am »
Bueno. Ea. No dice nada la lec al respecto ?
No hay en la lec alguna posibilidad de renunciar al cargo ? Dentro de unos plazos claro ?.
Yo creo que tienes que empezar por mirar lo que dice la lec al respecto. Creo que allí es donde se habla más en profundidad aunque también en la LECr se habla de peritos.