Si bien en puridad podría entenderse que incumplen los dos, el criterio dominante es el de que incumple el que tiene impuesta la orden de alejamiento . El otro día en unas jornadas de violencia doméstica (reunión entre otros con dos jueces decanas de sendos partidos judiciales), en algo coincidían y es que la medida cautelar o la sentencia en su caso, está dictada contra una persona en concreto; esto implica que la víctima que es objeto de protección de tal medida, no incumple ninguna medida por ser ella quien se acerca. Por lo que he visto de estos temas, si bien las distintas Fiscalías tenían opiniones diversas al respecto, la tendencia cada vez mayor a identificar como responsable de incumplimiento de la medida sólo a aquel contra quien se ha dictado (y no la protegida por tal medida) es la imperante en la actualidad.