"BLANCA LUNA", veo que después de varios días nadie te ayuda. Quizá por el tiempo que ha pasado desde tu duda ya no tenga interés mi respuesta pero a pesar de ello te doy mi opinión: los mecanismos jurídicos de defensa son todos aquellos que pueden plantearse vía judicial y derivados por tanto de incumplimientos de leyes (de todas, desde la Constitución, pasando por supuesto por incumplimiento de derechos fundamentales, hasta el incumplimiento del último reglamento relacionado con la concreta cuestión) y en especial de todas aquellas Normas que regulan los derechos de los clientes; es decir son todos aquellos medios procesales que existen a disposición del cliente (afectado, perjudicado, lesionado...) para emprender una acción contra el que le haya causado un daño o perjuicio. Podrá emprenderse a voluntad del cliente una acción penal (si el hecho jurídico puede calificarse como delito) o una acción civil, o mixta (penal con petición de responsabilidad civil derivada del delito). Espero haberte ayudado.