Bueno, pero compañera Gem-Mas, ten en cuenta que esto ES DERECHO PROCESAL, encima derecho procesal penal, es decir, un ámbito punitivo o sancionador, luego las cosas no se suponen "se imaginaría que lo pidió su esposa".....eso no cabe a mi modesto entender; primero, porque VIENE A SU NOMBRE y, segundo, porque en juicio vale lo que se puede probar, lo viable, no los pensamientos (se pensaba, se imaginaría, se creyó que lo pidió su esposa etc, cómo lo demuestra ?). Sin embargo, que VIENE A SU NOMBRE sí es demostrable y, en caso de duda en lo referido a prueba: in dubio pro reo. Como fácilmente sería demostrable por el abogado defensor del presunto estafador el nivel intelectual y cultural del sujeto pasivo: basta pedir una pericial psíquica y el curriculum de estudios, profesiones laborales que haya llevado a cabo el sujeto pasivo en su vida etc (en definitiva, que hay cosas que son viables y demostrables en Sala, y otras no, los pensamientos y suposiciones mentales, mala pinta como prueba y como alegato final o conclusiones)
Só cabe la salvedad de la prueba indiciaria, pero es que tampoco es el caso.