Una cosa,por lo que veo liberar energia nuclear que produce una explosión,que si en un desierto...sin que dañes a nadie,eso sí, sale gratis entonces ,no?energia nuclear,vamos ,ahi es na.
Yo esto no lo entiendo.
Yo esa pregunta la pensaba impugnar, pero pasé. Daban como buena como que quedaba impune (en todo caso sería infracción administrativa) y yo puse que era un delito de riesgo catastrófico (Título XVII, Cap. Primero), una de las opciones disponibles. Aunque el art.343 deja cristalino en su primera parte que debe haber riesgo para la vida o integridad de las personas o sus bienes, también es cierto que en la segunda parte de ese mismo artículo reza:
La misma pena se impondrá cuando mediante esta conducta se ponga en peligro la calidad del aire, del suelo o de las aguas o a animales o plantas. Al artículo le falta el "Y ADEMÁS". Dando por hecho, o así lo entiendo yo, que no es necesario poner en riesgo la vida o integridad de las personas para aplicar -esa última parte- del 343.
Porque una GRAN -creo recordar que decía la pregunta- explosión nuclear, por muy desértico que sea el desierto desertificado, pone en peligro la calidad del aire, suelo, aguas, animales y plantas. Y no olvidemos que el desierto es un ecosistema.
Saludos, ánimos y suerte.