Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: violetarosa en 15 de Noviembre de 2014, 20:36:28 pm

Título: UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: violetarosa en 15 de Noviembre de 2014, 20:36:28 pm
Qué le podría ocurrir a un notario de saberse que preparó la documentación necesaria para escriturar una casa, pero sin avisar a una de las partes?
En dónde le puedo denunciar?, porque yo que soy heredera no tengo constancia de nada y los demás fueron a coruña a firmar.
Que acciones legales puedo llevar contra ella. Si sabéis del tema explicármelo, por favor
Gracias
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: abogado M en 15 de Noviembre de 2014, 21:04:05 pm
   Por lo visto, la casa se adquirió por herencia. ¿Es correcto?
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: matias1 en 15 de Noviembre de 2014, 21:09:40 pm
He leído el otro post que tiene relación. Parece que la casa procede de una herencia, no hay testamento, se supone que han hecho una declaración de herederos abintestado y si los herederos y testigos han omitido la existencia de un heredero fallecido que a su vez tiene descendientes....pues habrá que entablar acciones contra herederos y en su caso testigos.
Además hay otra cosa, son los herederos los que acuden al Notario y le dan todos los datos, creo que el Notario aqui no tiene ninguna responsabilidad, son los herederos.

Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: violetarosa en 15 de Noviembre de 2014, 22:45:51 pm
Si es una herencia
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: violetarosa en 15 de Noviembre de 2014, 22:56:10 pm
Me explico. Es una casa en un terreno que corresponde a 10 partes de 10% cada una. Un 10% vendió la parte correspondiente a otro propietario que tenía otro 10 por ciento. Hacen un documento privado en el que se explica que se vende la casa con los pisos que tiene, por herencia (yo no había visto nunca un documento que me parece bien hecho) pone el nombre de la persona difunta y los vendedores, pero habla y en mayúscula que lo venden por Herencia. Nunca escrituró ni nada, Yo soy heredera legítima, ya que no tengo hermanos, mi 10% es mío. Ayer me entero de que antes de ayer van a escriturar la casa. No sé en qué términos, Pero hoy la persona dueña del 20% me llama porque se enteró del caso y ella no firmó ni lo que le tocaba por herencia ni lo que le tocaba por venta. Es más, parece que tiene un familiar abogado y le dijo que como en el documento privado sólo se habla de la casa que heredó puede reclamar el 10 % correspondiente al suelo sobre el que se edificó.
¿Cómo os quedáis?
Yo cada vez me sorprenden más las cosas
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: violetarosa en 15 de Noviembre de 2014, 22:58:06 pm
Ya sé que al notario le hay que dar los papeles, él no sabe sin papeles lo que hay.
Pero hay alguna forma de reclamar? a quien sea?
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: malomos en 16 de Noviembre de 2014, 02:13:36 am
violetarosa me cuesta entenderlo y prefiero no responder. A ver si puede hacerlo alguien.. :-\
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: abogado M en 16 de Noviembre de 2014, 11:07:26 am
   No hay quien entienda el planteamiento del caso.
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: violetarosa en 16 de Noviembre de 2014, 14:14:34 pm
Imaginaros una finca dividida en 10 partes del 10% cada una en concepto de "herencia ". Hasta aquí creo que lo entendéis todos.
Voy a intentar ponerlo más fácil.Un heredero tiene dos 10% lo que hace que tenga un 20 %. Pero no lo sabía porque nadie se lo dijo cuando murió su padre. En un momento dado le hace falta dinero y como sabía que tenía un 10% se lo vende a otro de los herederos que no le comenta que le queda sin vender otro 10%..




  Hacen un documento privado en el año 1996 ó 1997 en el que se explica que se vende la casa con los pisos que tiene, por HERENCIA (en mayúsculas) en el que pone el nombre de los vendedores y compradores, pero habla y en mayúscula que lo venden por Herencia. Nunca  se escrituró ni nada, Yo soy heredera legítima, ya que no tengo hermanos, mi 10% es mío. Ayer me entero de que antes de ayer van a escriturar la casa. A mí como heredera no me avisan, tengo mi nota simple del registro del 10 % a mi nombre. No sé en qué términos, Pero hoy la persona dueña del 20% me llama porque se enteró del caso, ya que tampoco le avisaron, y también tiene en nota simple a su nombre el 10% que no vendió, y ella no firmó ni lo que le tocaba por herencia ni lo que le tocaba por venta. Es más, parece que tiene un familiar abogado y le dijo que como en el documento privado sólo se habla de la casa que heredó puede reclamar el 10 % correspondiente al suelo sobre el que se edificó.
¿Cómo os quedáis?
Yo cada vez me sorprenden más las cosas
No sé si os he aclarado algo más el tema, pero es muy farragoso. Hay demasiados "listos"en este mundo y lo peor es que van de corderos por la vida.

Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: matias1 en 16 de Noviembre de 2014, 17:20:35 pm
Piensa lo siguiente a ver si es que ha pasado esto. Tú eres heredera y tienes un 20% en esa casa, vendes en documento privado (que es absolutamente legal porque el Registro de la Propiedad es conveniente como medio de prueba pero no obligatorio),. No me queda claro si sabias que tenias el 20% o el 10% pero como en el documento privado ponga que vendes tu parte, sin especificar que tanto por ciento es pues lo has vendido todo...
Cuando ahora van a La Coruña a escriturar habrán llevado ese contrato de compraventa privado y lo habrán elevado a publico.
Eso de que no se escrituró la venta privada porque el comprador no quiso pues no es justificación porque podias haber exigido tú que se hiciera ante notario, pagandolo claro, tú o entre los dos...
¿Has hecho Civil III? Creo que te sacaría de un montón de dudas...
Hasta es posible que la declaración de herederos abintestado, sin es que no hay testamento, esté perfectamente legal, que hayan hablado del heredero fallecido y de tí, pero como de tí tenian el contrato privado de compraventa...pues solucionado, No sé si habrá sido asi...¿que dice el contrato privado? aparte de ese de HERENCIA en mayusculas, que realmente eso les viene genial...
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: abogado M en 16 de Noviembre de 2014, 17:24:35 pm
   Cuando heredas, vas al notario y firmas una escritura de partición de herencia, así que no entiendo cómo es posible que alguno de los herederos no supieran qué parte de la casa les correspondía (si un diez o un veinte por ciento); tampoco entiendo esa expresión de "vender por herencia".
   Luego está lo de "la parte de la casa y la parte del terreno". No explicas si es que hay mucho terreno y en su día se segregó alguna parte o es que hay establecido algún derecho de superficie; de lo contrario no veo mucho sentido a hablar del diez por ciento del terreno por un lado y el diez por ciento de la casa por otro, ya que es todo el mismo bien inmueble y todo es una misma finca registral.
   A ver qué te dicen otros que puedan tener más idea o hayan interpretado de otra forma lo que expones.
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: abogado M en 16 de Noviembre de 2014, 17:27:50 pm
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Cuando ahora van a La Coruña a escriturar habrán llevado ese contrato de compraventa privado y lo habrán elevado a publico.

   ¿Y no tenían que haber ido ambas partes contratantes al notario?
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: matias1 en 16 de Noviembre de 2014, 17:32:53 pm
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   ¿Y no tenían que haber ido ambas partes contratantes al notario?

Pues es posible pero me estoy imaginando una situación en que tengas un contrato de compraventa privado de hace muchos años y que el vendedor haya fallecido...¿como se haría entonces?
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: violetarosa en 16 de Noviembre de 2014, 18:15:30 pm
Yo creo que tendrían que ir todas las partes al notario. A pesar de haber una de las partes una venta privativa. Porque yo sigo preguntándo qué pasa con los que no fuimos a firmar al notario porque no nos avisaron. Entiendo lo de la elevación a escritura pública, qué ahora mismo no sé cuánto tiempo tiene que ser.
Perdonadme.
Es todo una finca registral. Herencia de mi abuelo. Mi madre muere y pasa su parte a mí. Son partes de 10% hasta completar el 100% del total de la finca. La casa se construyó en la misma finca.
Vuelvo a preguntar, y perdonadme verdad, yo no voy a la notaría qué hago, eso muere así, porque en el registro sigue constando a mi nombre. Y la parte que tiene el 20% que no fue a la notaría y que sólo vendió el 10%  porque en el registro sigue constando que tiene otro 10% ¿qué hace?
Las hojas simples mía y de la parte de la persona que tiene el 20%, constan como que tenemos un 10% cada uno, claro el otro vendió el 10%.
Es todo una finca registral y la casa ocupa todo el terreno. Lo que pasa es que en unos papeles antiguos se habla del terreno y en otros más actuales se habla de casa.
Abogadomafioso una pregunta si se vende un 10% de la casa, porque en las hojas simples del registro sigue constando el 10% del terreno, de la persona que tenía el 20%.
La verdad es que es un caso difícil del que sólo se benefician los listos.
A mí no me dijeron nada de ir a firmar a la notaría pero tuve que pagar la plusvalía de mi 10% que me llegó por el Registro de la Propiedad
Gracias
Abogadomafioso
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: abogado M en 16 de Noviembre de 2014, 19:24:16 pm
   ¿Quieres decir que en su día no acudiste a la notaría a firmar la escritura de partición de herencia? ¿No aceptaste la herencia acaso?
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: Alfmonti en 16 de Noviembre de 2014, 19:47:36 pm
Probablemente la respuesta esté en ese documento de venta privado...¿Estás segura de lo que pone? Lo normal es que un Notario no se ponga a prevaricar por un 10% de una finca que a él ni le va ni le viene. Sí los documentos aportados para hacer esa escritura le parecieron correctos pues hizo pública la escritura. Deberías hacerte con una copia y salir de dudas.

Saludos
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: matias1 en 16 de Noviembre de 2014, 19:52:58 pm
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Probablemente la respuesta esté en ese documento de venta privado...¿Estás segura de lo que pone? Lo normal es que un Notario no se ponga a prevaricar por un 10% de una finca que a él ni le va ni le viene. Sí los documentos aportados para hacer esa escritura le parecieron correctos pues hizo pública la escritura. Deberías hacerte con una copia y salir de dudas.

Saludos

Ahí estamos, completamente de acuerdo, pero me parece que no ha previsto esta posibilidad por algun motivo...no sé.
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: Alfmonti en 16 de Noviembre de 2014, 20:00:57 pm
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Ahí estamos, completamente de acuerdo, pero me parece que no ha previsto esta posibilidad por algun motivo...no sé.

¡Me alegra que estés de acuerdo conmigo! Pero también me gusta cuando no, es la única forma de afinar la neurona.

En temas de herencias, en cuanto se escarba un poco aparecen los trapos sucios, los fantasmas, las broncas entre herederos y todas esas historias. Sólo tomando un poco de distancia se puede analizar que es lo más conveniente.

Saludos
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: abogado M en 16 de Noviembre de 2014, 20:29:24 pm
   Lo de "vender por herencia" un bien concreto me chirría porque eso no se puede hacer. Se pueden vender los derechos hereditarios, con lo cual no tendría nada que heredar y nada que reclamar después; ni parte de casa, ni parte de terreno, ni parte de nada. Además, parece que esos pseudocontratos de pueblo se hicieron en su día sin ir a notario ni a registro ni ná. Eso del escupitajo en la mano y el apretón solo da problemas.
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: Alfmonti en 16 de Noviembre de 2014, 20:51:11 pm
No se puede vender la herencia futura pero nada impide que en la aceptación y división de la herencia un heredero compre su parte a los otros y se documente en la misma escritura pública. Con ese documento se puede ir al Registro de la Propiedad y se pagan todos los impuestos y plusvalías.

Tengo que comentar que no sé que me pasa pero cada vez me cuesta más seguir los casos, a lo peor el hecho de conocer cada vez más opciones acaba produciendo un bloqueo. Además lo que siempre veo es que es muy difícil separar el asunto jurídico del emocional que no hace nada más que desviar la atención de lo importante jurídicamente. Es como una linterna que no se puede enfocar sobre algo que quieres ver porque te mueven la mano, la imagen que te haces del asunto es siempre distorsionada. ¡Bueno, ya lo superaré! Os pido disculpas por éste último párrafo.

Saludos
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: matias1 en 16 de Noviembre de 2014, 21:05:12 pm
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No se puede vender la herencia futura pero nada impide que en la aceptación y división de la herencia un heredero compre su parte a los otros y se documente en la misma escritura pública. Con ese documento se puede ir al Registro de la Propiedad y se pagan todos los impuestos y plusvalías.

Tengo que comentar que no sé que me pasa pero cada vez me cuesta más seguir los casos, a lo peor el hecho de conocer cada vez más opciones acaba produciendo un bloqueo. Además lo que siempre veo es que es muy difícil separar el asunto jurídico del emocional que no hace nada más que desviar la atención de lo importante jurídicamente. Es como una linterna que no se puede enfocar sobre algo que quieres ver porque te mueven la mano, la imagen que te haces del asunto es siempre distorsionada. ¡Bueno, ya lo superaré! Os pido disculpas por éste último párrafo.

Saludos

Así es, el asunto emocional hace que no nos demos cuenta de lo jurídico. A mis hermanas y a mí nos pasó en el fallecimiento de uno de nuestros progenitores. Tuvimos que renunciar a la herencia porque no habia ningun bien y sí una importante deuda. Pues bien, a dos licenciadas en Derecho y yo estudiando Derecho nos dicen: no se preocupen que a los herederos no se les va a reclamar nada (una deuda con una Administración Publica) y con aquello nos fuimos a casa. Pasadas las horas reaccionamos, menos mal, ¿que no se nos iba a reclamar? pufff en cuanto pudimos nos fuimos al Notario....
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: Alfmonti en 16 de Noviembre de 2014, 21:09:48 pm
Hicisteis bien porque la renuncia debe ser expresa ya que de no hacerlo así podría entenderse una aceptación tácita de la herencia y por tanto de las deudas.

Saludos
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: matias1 en 16 de Noviembre de 2014, 21:19:16 pm
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Hicisteis bien porque la renuncia debe ser expresa ya que de no hacerlo así podría entenderse una aceptación tácita de la herencia y por tanto de las deudas.

Saludos

Ni nos planteamos el beneficio de inventario, directamente la renuncia. Al resto de los herederos se lo comentamos y se unieron a la renuncia con poder notarial al efecto para hacerlo en un documento único y todos juntos. No resulta agradable la verdad.
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: Aless en 17 de Noviembre de 2014, 18:18:19 pm
Violetarosa

Preguntas que quizás nos aclaren un poco más el tema, a ver si entre todos, lo estructuramos un poco más:

1.- ¿Te consta que fuera tu madre (sola o con tus tíos) al notario una vez muerto el abuelo, para plantear el tema de la partición de la herencia?
2.- ¿Tienes alguna copia de escritura de la partición de los bienes que dejó tu abuelo, la finca incluida?
3.- ¿Tienes alguna copia de escritura en que aparezca registrada la titularidad del 20% a nombre de tu madre?
4.- Cuando falleció tu madre ¿Se hizo la partición "oficial" de los bienes de tu madre? ¿Tienes hermanos?
5.- ¿Qué titulares aparecen actualmente de la finca y qué proporción? y no me refiero a una anotación preventiva que, como su nombre indica es preventiva al objeto de que terceros interesados sepan que "algo pasa" pero que no determina por si la titularidad.

Según contestes, igual podemos ir planteando otras.

Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: violetarosa en 17 de Noviembre de 2014, 19:00:32 pm
Perdonad compañeros. Creo que en este caso hay más trampas que en una película de Indiana Jones. Lo malo es que aquí caemos en ellas quienes más honrados somos. Estoy contigo abogadomafioso que esto de los documentos de compra-venta que nunca van al registro se utilizan sólo cuando al listillo de turno le interesa.
A base de que llegas a un sitio y a otro y a otro y cada profesional da una explicación diferente después de leer el documento en cuestión no es sorprendente, porque son hechos a mala fe y con ambigüedad. Yo hoy intenté que se me comprase mi 10%, porque para que lo quiero? y me han dicho que "moriré teniéndo el dichoso 10%", porque aunque yo lo vendiese por poco me supone mucho para acabar la carrera y para mis cosas, pero como saben que necesito trabajar todo el año para pagarme los estudios, para comer y para vivir no les importa.
Díganme por favor, ya no sólo como deshacerme de mi 10%, sino de mi "familia".
Espero que nadie tengáis familiares como los míos.
Suerte y saludos
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: malomos en 17 de Noviembre de 2014, 20:45:14 pm
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Perdonad compañeros. Creo que en este caso hay más trampas que en una película de Indiana Jones. Lo malo es que aquí caemos en ellas quienes más honrados somos. Estoy contigo abogadomafioso que esto de los documentos de compra-venta que nunca van al registro se utilizan sólo cuando al listillo de turno le interesa.
A base de que llegas a un sitio y a otro y a otro y cada profesional da una explicación diferente después de leer el documento en cuestión no es sorprendente, porque son hechos a mala fe y con ambigüedad. Yo hoy intenté que se me comprase mi 10%, porque para que lo quiero? y me han dicho que "moriré teniéndo el dichoso 10%", porque aunque yo lo vendiese por poco me supone mucho para acabar la carrera y para mis cosas, pero como saben que necesito trabajar todo el año para pagarme los estudios, para comer y para vivir no les importa.
Díganme por favor, ya no sólo como deshacerme de mi 10%, sino de mi "familia".
Espero que nadie tengáis familiares como los míos.
Suerte y saludos

Lo siento violetarosa.  A nivel jurídico no entiendo el planteamiento que propones por muchas vueltas que le doy (que se las he dado)  y a nivel psicológico no puedo ayudarte mucho.  :'( :'(
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: matias1 en 17 de Noviembre de 2014, 21:00:08 pm
He leído en otro de los post que has iniciado que vendiste en documento privado 1/5 parte y no sé si has caído en la cuenta de que eso es un 20%.
Salvo que ese contrato pueda declararse nulo o anulable (articulo 1265 Código civil, son anulables los contratos celebrados con error esencial excusable, dolo causante, intimidación y miedo grave)en un procedimiento judicial porque tu no eras consciente de lo que vendías, no sé qué otra forma de arreglo tiene.
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: abogado M en 18 de Noviembre de 2014, 09:02:31 am
   Yo entiendo que en su día vendió sus derechos sucesorios, por eso ahora no le corresponde nada de terreno ni de casa, y por eso no la llamaron para ir a escriturar; porque no es propietaria.
Título: Re:UN NOTARIO PUEDE
Publicado por: matias1 en 18 de Noviembre de 2014, 10:22:34 am
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   Yo entiendo que en su día vendió sus derechos sucesorios, por eso ahora no le corresponde nada de terreno ni de casa, y por eso no la llamaron para ir a escriturar; porque no es propietaria.

Claro, los vendió, lo ha dicho, 1/5 que es lo mismo que el 20%, en contrato privado.