Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Mktt8 en 11 de Febrero de 2015, 17:00:24 pm

Título: Despido improcedente/Carta de despido
Publicado por: Mktt8 en 11 de Febrero de 2015, 17:00:24 pm
Comañeros juristas, paso a comentar un caso real que me he encontrado, para que me déis vuestra opinión del asunto, que aún no he cursado derecho laboral y me pilla un poco verde.

Tras un año trabajando como auxiliar administrativo y tras varios problemas con un jefe un tanto especial, Fulanito es despedido. Para ahorrarse problemas, que ya bastantes le había acarreado su situación laboral, decide facilitar el proceso de despido (aunque injusto). Fulanito no recibe liquidación alguna, y no solo eso, sino que la empresa le 'castiga' a pagar unos gastos provocados por una supuesta negligencia en su trabajo. Fulanito, por presión firma:

- En primer lugar, una carta de despido en la que aparece como motivo del despido el fin del periodo de prueba, cuando hacía meses que este periodo ya había terminado y en aquel momento estaba con contrato indefinido.

 - En segundo lugar, el correspondiente finiquito (jamás cobrado) en el que aparece un anticipo de nómina que corresponde con la sanción que os comentaba.

Un año después, el jefe siniestro se pone en contacto con Fulanito para que firme otra carta de despido distinta (pero con la fecha de la carta orginaria) en la que Fulanito debe reconocer que ha cometido numerosas negligencias falsas y que este es el motivo de su despido. Supuestamente la Seguridad social le pide esa carta, por qué no lo se.

Mi pregunta es la siguiente, se trata de un despido improcedente o nulo? Por no cumplir los requisitos formales de la carta de despido pasa algo?  Aunque haya pasado un año, puede Fulanito reclamar alguno de sus derechos por la vía judicial?
 
Así esta el mundo laboral compañeros... Aquí hay mucha mala fé, y soy una defensora a ultranza de las causas perdidas. Gracias de antemano!
Título: Re:Despido improcedente/Carta de despido
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2015, 21:23:31 pm
El trabajador que es despedido por despido disciplinario no tiene derecho a desempleo, ni indemnización alguna, supongo que es lo que ha llevado al empresario ha ponerle una segunda carta de despido a la firma, pues si la carta de despido no contiene los hechos, sujeto y sanción, el despido disciplinario sería nulo; supongo que es de lo que se ha dado cuenta la Autoridad Laboral o la SS si está pagando la prestación por desempleo por un despido objetivo.

En todo caso, la firma del trabajador de que se ha procedido conforme a lo recogido en la carta va en contra suya, puesto que el empresario pierde la presunción de veracidad si no lo hubiese firmado, de esta forma no tiene que demostrar nada ya que el trabajador dice que sí a todo eso.

Creo, que Dios me coja confesada mañana en el examen.

Saludos y suerte
Título: Re:Despido improcedente/Carta de despido
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2015, 21:36:31 pm
Vuelvo a entrar porque no sé si he leído bien tu pregunta.

Si no ha firmado la "nueva carta" puede tener algo a su favor, y sin necesidad de acudir siquiera a la vía judicial, es decir, es en la Seguridad Social donde se han dado cuenta de la "falsedad" de eso del periodo de prueba -supongo que porque ha pasado más del tiempo estipulado como regla general-, de forma independiente, y eso sería extinción del contrato en fraude de ley, lo que llevaría a su carácter de indefinido.

La verdad es que hoy en día la norma es una cosa, y lo que hacer "por detrás" otra, aunque esto siempre ha sido así; también se necesitan agentes que fiscalicen estas cosas, no sólo hay delitos fiscales, sino demasiado fraude laboral en perjuicio de los trabajadores por la cantidad de demanda de empleo.

Y perdona, pero he metido un no, me he dado cuenta al volver a leerlo.

El trabajador que es despedido por despido disciplinario no tiene derecho a desempleo,, no tiene derecho a indemnización.

Perdona "esas faltas", pero sólo soy una "pobre" estudiante.  :)
Título: Re:Despido improcedente/Carta de despido
Publicado por: Mktt8 en 11 de Febrero de 2015, 22:04:06 pm
Mil gracias Mnieves, siempre acudes al rescate.
Qué efectos tendría para el trabajador la extinción del contrato por fraude de ley? Y para el empresario?
Ya se que son preguntas muy concretas para un estudiante del grado...
 
Gracias otra vez, estoy segura de que aprobarás, se ve que controlas del tema. Mucha suerte !!!
Título: Re:Despido improcedente/Carta de despido
Publicado por: mnieves en 12 de Febrero de 2015, 21:49:16 pm
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Mil gracias Mnieves, siempre acudes al rescate.
Qué efectos tendría para el trabajador la extinción del contrato por fraude de ley? Y para el empresario?
Ya se que son preguntas muy concretas para un estudiante del grado...
 
Gracias otra vez, estoy segura de que aprobarás, se ve que controlas del tema. Mucha suerte !!!

Hola

El que suspenda un tipo test, que siempre me ha pasado, no recuerdo haber aprobado una asignatura así a la primera convocatoria, no quiere decir que no sepa qué es lo que preguntas.

Si como sugieres el contrato se ha realizado en fraude de ley, conlleva su automática conversión en  indefinido, es decir fijo, si se puede llamar "fijo" a los trabajos hoy en día.

Si el empresario se opone tendrá que declarar el fraude de ley el juez, pues admite prueba en contra, es decir, su presunción es iuris tantum, pero también puede decir que se ha realizado en fraude de ley la Autoridad Laboral en vía administrativa; si el empresario no se opone, de "abutem".

Un saludo y suerte
Título: Re:Despido improcedente/Carta de despido
Publicado por: widowson en 12 de Febrero de 2015, 22:28:38 pm
si hace un año de esto, la acción ha prescrito. Para reclamar la improcedencia de un despido el plazo es de 20 días habiles. El empresario podrá tener problemas con la seguridad social, pero el trabajador no puede reclamar ninguna indemnización. Para la reclamación de haberes, el plazo es de un año, así que puede reclamar lo que le debieran de febrero del 2014. Antes tampoco nada.
Un saludo.