Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Esgrimidor en 21 de Febrero de 2015, 16:26:00 pm
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Imaginen que son clientes de un proveedor.
Envíamos un burofax al proveedor con una rectificacion de datos.
El burofax se envía con todos las modalidades : certificado y con acuse de recibo.
Al imponerlo se comprueba la identidad del que lo impone.
No constituye el burofax por lo tanto acreditación suficiente de autoría ?
Es decir que el peticionario está legitimado para solicitar el cambio de datos sin tener que adjuntar su dni por ejemplo ? Máxime cuando el proveedor ya dispone de copia de nuestro dni y el escrito burofax va firmado.
RD 1720/2007 (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1720-2007.html)
Gracias
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¿Y cuál es el problema?
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Que el proveedor no reconoce el burofax y pide que se le envíe la fotocopia del dni y que no hace caso de la solicitud ya hecha.
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Yo entiendo que con el burofax es más que suficiente, además es prueba a tu favor si tuvieras que demandar. Te está negando tu derecho de rectificación de datos, que se atenga luego a consecuencias.
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en tal caso creo que debo entender que el burofax es equivalente al dni o acreditación .
:D