Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: manuelk0 en 07 de Abril de 2015, 20:25:52 pm
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Una implica una calificacion, que aun se encuentra en la Lecr, hasta que entre en vigor el 1 julio, las nuevas reforma del codigo penal. El otro implica una accion, que es llevada a cabo por las jurisdiciones correspondiente con el fin de determinar la existencia o no de un delito. Lo que no entiendo como llegara ante el TS estos dos conceptos ya que la ausencia del segundo concepto como doctrina, pues es un acto y no una decision o una sentencia. Una reflexion
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Creo que mas que un cambio de fondo es un cambio semántico.