Debates. => Área política. => Mensaje iniciado por: federicomartin en 05 de Mayo de 2015, 17:19:00 pm
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http://politica.elpais.com/politica/2015/05/05/actualidad/1430827755_958737.html (http://politica.elpais.com/politica/2015/05/05/actualidad/1430827755_958737.html)
El Tribunal Constitucional avala el intento de privatización sanitaria que protagonizó la Comunidad de Madrid en 2012 y que generó la marea blanca, el mayor movimiento de protesta del sector sanitario en los últimos años. El pleno ha desestimado el recurso que presentaron en marzo de 2013 más de 50 senadores del PSOE contra la ley madrileña que permitía entregar a empresas la gestión de seis hospitales de la red pública. El mayor plan de privatización sanitaria puesto en marcha en España no llegó a concretarse. El Gobierno de Ignacio González lo paralizó por la presión popular y los reveses judiciales.
El Constitucional estima parcialmente el recurso en lo que concierne a otro de los intentos privatizadores del Gobierno madrileño: entregar la gestión del 10% de los centros de salud de la región a empresas constituidas en total o en su mayor parte por profesionales sanitarios del Sistema Nacional de Salud (un proyecto también fallido). El pleno declara inconstitucional y nulo el artículo de la ley autonómica que autorizaba el paso a manos privadas de los ambulatorios.
En cuanto a la privatización de la gestión de los hospitales, la sentencia del Constitucional aclara que el artículo que recurrió el PSOE se limita a habilitar al Servicio Madrileño de Salud a "adjudicar contratos para la gestión del servicio público de asistencia sanitaria especializada", sin concretar "ni la modalidad de contratación de la gestión del servicio público, ni la naturaleza de las posibles entidades adjudicatarias, ni tampoco el contenido obligacional de la relación contractual". Es decir, la concesión a empresas privadas "constituye una posibilidad, pero no un imperativo".
El recurso afirmaba que se vulneraba el régimen público de la asistencia sanitaria que prevé el artículo 41 de la Constitución, porque la gestión empresarial daría lugar a la coexistencia de un doble régimen económico en la prestación del servicio: contractual en las zonas de influencia de los hospitales privatizados y presupuestaria donde la ejerce directamente la Administración. El tribunal recuerda que la legislación, y en concreto la Ley 15/1997, permite abrir la gestión sanitaria a otras fórmulas "preservando en todo caso la titularidad pública del servicio".
La sentencia no entra en valoraciones sobre la "eficacia" del sistema elegido por la Comunidad de Madrid para gestionar sus hospitales. Se limita a discernir, por ejemplo, si se podían generar "desigualdades injustas entre los ciudadanos", como apuntaba el PSOE. Y determina que no, porque la ley autonómica únicamente habilita una posible adjudicación sin establecer "ninguna diferencia de trato en cuanto al contenido, alcance o calidad de la prestación".
Fue, en última instancia, un revés judicial el que precipitó la decisión de acabar con un plan que incluía el paso a manos privadas de seis hospitales públicos inaugurados en 2008 (Infanta Sofía, Infanta Leonor, Infanta Cristina, Del Henares, Del Sureste y del Tajo), afectaba a unos 5.000 trabajadores sanitarios y cambiaba la gestión la asistencia sanitaria a 1,2 millones de madrileños. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acordaba el 26 de enero de 2013 mantener la suspensión cautelar que pesa sobre el proceso desde septiembre. Horas después, González claudicaba definitivamente tras meses de incertidumbre.