Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: RAQCAR en 15 de Julio de 2015, 12:18:16 pm
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Hola he visto hoy publicado en el BOE la convocatoria para gestores administrativos. Dado que el temario coincide en gran parte por no decir totalmente con el grado en Derecho, estoy mirando para ver si me presento a las próximas, dado que aunque puedo por mi otra licenciatura hacerlo ya, no quiero meterme en más estudio hasta terminar el grado que me falta un curso. El problema es que no se si es compatible con mi situación en activo como funcionaria. Sabéis alguno si para sacar el titulo de gestor se puede ser ya funcionario en activo??? he mirado la convocatoria y no lo dice y seguro que si pregunto en recursos humanos en mi lugar de destino no lo sabrán. Mi idea no es dedicarme a ser gestor pero nunca se sabe.... tal y como andan las cosas si algún día no me convendría sacarme el título y poder optar.
Saludos y gracias,
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Tengo entendido que el ejercicio de la profesión de Gestor Administrativo es incompatible con el ejercicio de la función publica ( ser funcionario en activo), aunque el hecho de ser funcionario no te inhabilita para obtener el título de Gestor
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http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1963-5030
en efecto, es incompatible según el artículo 10, si esta ley no ha cambiado.
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Otra salida interesante, gracias
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Como mi filosofía es "más vale parecer ignorante 5 minutos que serlo toda la vida", pregunto:
¿Qué es un Gestor Administrativo?
¿Qué funciones tiene? ¿En qué régimen desempeña tales funciones?
¿Dónde puedo conseguir información detallada sobre este tema?
Gracias.
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Yo más que a la realización de la actividad conjuntamente con ser funcionario no pensaba hacerlo, lo que si quiero es sacarme el título por si acaso algún día necesito salir de la función pública, pero la idea no es compaginar ambas actividades a la vez. Era tener el título o la autorización para desempeñarlo por si acaso. La norma sigue en vigor.
A lo mejor lo pregunto directamente al Colegio Oficial, si puedo presentarme y sacarme el título sin ejercer.
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Yo más que a la realización de la actividad conjuntamente con ser funcionario no pensaba hacerlo, lo que si quiero es sacarme el título por si acaso algún día necesito salir de la función pública, pero la idea no es compaginar ambas actividades a la vez. Era tener el título o la autorización para desempeñarlo por si acaso. La norma sigue en vigor.
A lo mejor lo pregunto directamente al Colegio Oficial, si puedo presentarme y sacarme el título sin ejercer.
http://consejogestores.net/es/web/home
Para mi era una opción si pido una excedencia. Tengo varios cerca de casa y se ocupan de multitud de trámites, incluso llevan las cuentas y gestiones de las PYMES pequeñas.
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Gestor administrativo? de Justicia? de otra Administración? Si eres funcionaria y apruebas una oposición de gestor administrativo en cualquiera de las administraciones públicas, en el momento de tomar posesión del cargo debes optar por uno de ellos y declararte en excedencia en el otro por incompatibilidad de dos cargos públicos.Permanecerás en esa situación mientras no optes por el cambio.
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Disculpa, no había visto el post anterior, veo que te refieres a gestores privados...
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Disculpa, no había visto el post anterior, veo que te refieres a gestores privados...
Si me refiero a esas empresas que ves en muchos sitios que se ocupan de gestiones con distintos organismos oficiales, me viene a la mente cuando compré el coche el concesionario se ocupó de matricular, pagar el impuesto de circulación, la baja del viejo, etc. todo eso lo hace una gestoría. También cuando compras una casa la inmobiliaria o el notario se ocupa del papeleo, registro de la propiedad, catastro, etc. con una gestoría. También las hay que llevan los temas de trabajadores para las pequeñas empresas (altas, bajas, afiliación de SS, contratos) e incluso tributarias. Hay muchos campos abiertos y como en casa siempre me tocan las gestiones de toda la familia con las AAPP pensé en su momento sopesar el solicitar la excedencia en la Admón. y montar una gestoría.
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Pero tendrías que declararte en excedencia voluntaria por interés particular ya que no son compatibles.