Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Laura93 en 08 de Octubre de 2015, 12:17:15 pm
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Hola! Alguien sabe que significa que el derecho privado tiene naturaleza disponible y que el derecho público naturaleza indisponible.
Por favor intentad ser lo más claros posible jaja
Gracias un saludo.
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Hola! Alguien sabe que significa que el derecho privado tiene naturaleza disponible y que el derecho público naturaleza indisponible.
Por favor intentad ser lo más claros posible jaja
Gracias un saludo.
Derecho disponible: Normas de carácter material y/o procesal susceptibles de ser inaplicadas por pactos entre las partes ( por ejemplo, someter el litigio a un juzgado o tribunal determinado aunque legalmente se atribuya a otro)
Derecho indisponible: Normas de carácter material y/o procesal imperativas, que obligan a las partes y por tanto no pueden ser inaplicadas mediante pacto ( por ejemplo, las normas que regulan los contratos de la administración pública. No pueden ser inaplicadas añadiendo otros pactos que la contradigan, serían nulos)
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Te respondo con otros ejemplos de conversación de bar:
Si una persona le da una golpe a otro y le inflama un ojo, el agredido es libre de denunciarlo o no, ahora bien, si como consecuencia de esa agresión el agredido cae y se golpea con algo y muere, esa agresión se convierte en delito y en consecuencia actúa la justicia sí o sí, con independencia que sea perdonado por los familiares del fallecido.
El primero es de derecho privado y el segundo derecho público.
Resumiendo, privado es cuando las partes pueden libremente disponer del derecho y el público les está vedado