Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Laura93 en 15 de Octubre de 2015, 17:27:16 pm
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Hola, me podríais ayudarme con esta cuestión. Mi pregunta es... ¿ Siempre que una persona acude a un árbitro es por un asunto no contencioso? es decir, porque si fuera contencioso estaría sometido a un juicio, no es así?
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Depende, la solución arbitral es cuando las partes consensuadamente se someten al laudo arbitral por un tercero imparcial llamado árbitro.
Está solución es más rápida, y el laudo arbitral tiene fuerza de sentencia firme.
Es una vía extrajudicial de resolución de conflictos.
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pero... creo que me estoy liando XD el laudo arbitral es como una sentencia pero si se incumple habría que pasar ya a manos de un juez?
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Mira la ley de arbitraje
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l60-2003.t1.html
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pero... creo que me estoy liando XD el laudo arbitral es como una sentencia pero si se incumple habría que pasar ya a manos de un juez?
Así es. En caso de incumplimiento del laudo arbitral, se podrá solicitar su ejecución ante el juez de primera instancia. El laudo cierra la posibilidad de acudir a los tribunales ordinarios por la misma causa. Contra el laudo arbitral sólo cabe recurrir por causas formales, no entrando a debatir sobre el objeto de la reclamación, ya que el laudo tiene los mismos efectos que una sentencia judicial firme. Dentro de los diez días siguientes a la notificación del laudo, cualquiera de las partes podrá (con notificación a la otra) solicitar a los árbitros:
1. La corrección de cualquier error de cálculo, copia, tipográfico o de naturaleza similar.
2. La aclaración de un punto o de una parte concreta del laudo.
3. Un complemento del laudo en relación a de peticiones formuladas y no resueltas en él.
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Sí, digamos que un arbitraje es como una jurisdicción privada, y lo único que hace el juez es convertir el laudo en un título ejecutivo si la parte "perdedora" no quiere acatarlo.