Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: matty en 28 de Octubre de 2015, 16:34:11 pm

Título: Recurso de Suplicación en Derecho del Trabajo
Publicado por: matty en 28 de Octubre de 2015, 16:34:11 pm
Buenos días,
En un juicio laboral, si el juez admite hechos que no aparecen en la carta de despido y por lo tanto pierde el juicio contra la empresa. En el recurso de suplicación puede alegar indefensión?.

Muchas Gracias y un saludo.

Título: Re:Recurso de Suplicación.
Publicado por: _Nova_ en 28 de Octubre de 2015, 20:08:16 pm
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Buenos días,
En un juicio laboral, si el juez admite hechos que no aparecen en la carta de despido y por lo tanto pierde el juicio contra la empresa. En el recurso de suplicación puede alegar indefensión?.

Muchas Gracias y un saludo.

No me parece lo más apropiado que te registres en un foro de alumnos de Derecho para solicitar asistencia letrada gratuíta, pero de hacerlo, al menos hazlo en el lugar correcto, que sería el foro de debates jurídicos, no éste.
Título: Re:Recurso de Suplicación en Derecho del Trabajo
Publicado por: derechito_11 en 28 de Octubre de 2015, 20:57:53 pm
 :) ;) :D ;D >:( :(
Título: Re:Recurso de Suplicación en Derecho del Trabajo
Publicado por: mnieves en 30 de Octubre de 2015, 00:01:40 am
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Buenos días,
En un juicio laboral, si el juez admite hechos que no aparecen en la carta de despido y por lo tanto pierde el juicio contra la empresa. En el recurso de suplicación puede alegar indefensión?.

Muchas Gracias y un saludo.

Hola

Se puede alegar indefensión si en la vista no se ha dado el turno para probar lo que dices. La carta de despido ex lege está supeditada a unos requisitos de contenidos esenciales que pueden llevar el despido a ser improcedente o nulo, de ahí la importancia de que en ella se recojan todos los datos referentes al despido como las causas o la causa, la cuantía de indemnización del despido, etc.

Si crees que así ha sucedido, y se ha tenido en consideración por el juez hechos que no se incluyen en la carta de despido, desde luego no está actuando todo lo conforme que debiera conforme a la lex artis, y de otra, si puedes recurrir, ¿por qué no intentarlo? Ahora, desde que han quitado las tasas judiciales, sólo tendrás que pagar en costas si pierdes, con lo cual, creo que se debe intentar si se tienen los medios.

Supongo que tu abogado laboralista particular, o del mismo sindicato de la empresa, es quien mejor te puede y debe informar.

Saludos