Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 09 de Febrero de 2016, 19:50:37 pm
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Penal I Segundo parcial curso 2015 / 2016
Todo lo relacionado con la asignatura para el segundo parcial del curso 2015/2016
Guia de la asignatura: Derecho Penal I (https://www.oboom.com/FFLY5LT4)
Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.
Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0
Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0
Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0
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Pues por aquí seguimos a ver que nos depara Mayo.. :D
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Ale, a por el segundo cuatri, dicen que es más llevadero que el primero...
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A ver que pasa en Mayo :)
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A por la segunda!!
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Que remedio... ;D
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A ver qué tal....
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Llevo ya 2/3 leidos de la segunda parte del libro y asi como en la primera los cambios respecto de años anteriores eran minimos, en esta segunda parte son muchisimos, tener cuidado, cada dos por tres salen anotaciones segun la reforma de 2015 :-[
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Pues yo aún no he empezado :D
La segunda parte es más amena que la primera, ¿no?
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regulin, hay trozos muy coñazos :-X
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:( pues vaya, ya me había hecho ilusiones :D
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Llevo ya 2/3 leidos de la segunda parte del libro y asi como en la primera los cambios respecto de años anteriores eran minimos, en esta segunda parte son muchisimos, tener cuidado, cada dos por tres salen anotaciones segun la reforma de 2015 :-[
Laura eres una crack!
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Bueno pues a descifrar más jeroglificos.
Salvete amici , iterum in proelium. :D
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Laura eres una crack!
Jajaja ya he terminado el libro, lo he subrayado y ahora estoy releyendo lo subrayado en cuanto acabe me pondré a hacer test pero es que subrayo lo mínimo posible para después hacer los esquemas y quedarme con la estructura de la asignatura en la cabeza, es la única forma a ver sino quien se mete esa biblia :o
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Yo me apunto también.
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otra más por aquí
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Jajaja ya he terminado el libro, lo he subrayado y ahora estoy releyendo lo subrayado en cuanto acabe me pondré a hacer test pero es que subrayo lo mínimo posible para después hacer los esquemas y quedarme con la estructura de la asignatura en la cabeza, es la única forma a ver sino quien se mete esa biblia :o
Ay Laura lo que daria por tu velocidad de lectura!!!
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me apunto también
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Me uno también a esta segunda fase. Suerte a todos/as.
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Hola,
Yo aterrizando, pues na habrá que ponerse, este año hay que sacarla si o si.
A por ella. Animoooo
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Hola,
Yo aterrizando, pues na habrá que ponerse, este año hay que sacarla si o si.
A por ella. Animoooo
Pues yo aterrorizando. ;D
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si, esta asignatura da miedo.
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Despues de leer y subrayar no se que parcial es peor :-[, este es un poco mas "ameno" pero tiene un monton de datos y novedades a memorizar.
Ayer me descargue de uned calatayud los examenes de años anteriores pero solo tengo las plantillas de 2011-2012, teneis alguno por favor las de ahí en adelante? si me las podeis enviar por favor os lo agradeceria mi mail es
rumoxlaura@telefonica.net
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Laura, colgarás también este parcial tu resumen?
a mi personalmente me ayudo mucho.
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Laura, colgarás también este parcial tu resumen?
a mi personalmente me ayudo mucho.
No se si lo haré, pero si lo hago contar con ello, lo que pasa es que este parcial es menos de comprender la estructura y mas de memorizar datos concretos >:(
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me uno a esta asignaturas , si alguien sabe de apuntes actualizados por favor que ponga enlace, muchisimas gracias :)
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Vamos a por el segundo parcial.....a echarle paciencia.
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Ya se que es mucho pedir, pero sabes en que tema empiezan las modificaciones? O son en todos? .
No se si lo haré, pero si lo hago contar con ello, lo que pasa es que este parcial es menos de comprender la estructura y mas de memorizar datos concretos >:(
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cómo vais con este parcial, mejor?
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Yo ya he terminado y estoy haciendo esquemas para memorizar y pasar a otra cuando los termine si los quereis os los cuelgo
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siiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii, claro que sí :)
a mi me parecen geniales, en el primer cuatrimestre me sirvieron de guía..............
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Yo ya he terminado y estoy haciendo esquemas para memorizar y pasar a otra cuando los termine si los quereis os los cuelgo
Biennnnn. :D Hecho de menos los simbolitos.
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Hola Pon un enlace cuando puedas... gracias
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Alguien sabe dónde se pueden encontrar las respuestas a los test de otros años?
En Calatayud solo hay respuestas para 4 exámenes. En Barbastro no hay nada ...
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Os dejo lo que he encontrado de 2012-junio. Las respuestas son de Calatayud.
201206_Tipo_A:
1a 2c 3b 4b 5a 6c 7d 8c 9c 10b 11c 12c 13d 14a 15b 16b 17a 18d 19a 20b 21a 22c 23c 24d 25b
201206_Tipo_B
1b 2b 3c 4d 5c 6b 7c 8a 9b 10c 11b 12c 13b 14a 15c 16a 17d 18d 19a 20c 21a 22c 23d 24b 25a
201206_Tipo_C:
1a 2b 3d 4c 5a 6a 7b 8b 9d 10a 11b 12d 13d 14a 15a 16c 17c 18d 19d 20c 21a 22a 23c 24d 25a
201206_Tipo_D:
1c 2d 3a 4a 5c 6c 7d 8d 9d 10b 11a 12a 13a 14b 15d 16d 17a 18a 19d 20c 21a 22c 23b 24a 25b
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Yo tampoco las encuentro por ningún sitio
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De septiembre 2012:
201209_Tipo_A
1. a 2. d 3. c 4. b 5. d 6. c 7. c 8. d 9. d 10. a 11. d 12. b 13. a 14. c 15. d 16. b 17. d 18. b 19. d 20. d 21. b 22. c 23. b 24. a 25 c
201209_Tipo_B
1. c 2. d 3. b 4. d 5. c 6. c 7. d 8. a 9. d 10. d 11. c 12. b 13. c 14.c 15. a 16. d 17. b 18. d 19. b 20. d 21. b 22. d 23. a 24. a 25. B
201209_Tipo_C
1. a
2. b
3. b 4. c 5. b 6. d 7. b 8. b 9. d 10. c 11. c 12. d 13. b 14. b 15. a 16. c 17. b 18. b 19. a 20. c 21. c 22. d 23. a 24. d 25. d
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Hoy parece un día tan bueno como cualquier otro para empezar a preparar éste parcial ::)
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¿Alguien está utilizando apuntes o sabe donde conseguir algunos? :-\
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He colgado los esquemas del segundo parcial esta mañana pero los han movido a apuntes temporales ahí los podéis descargar ;)
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=113687.0
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He colgado los esquemas del segundo parcial esta mañana pero los han movido a apuntes temporales ahí los podéis descargar ;)
:-* :-* :-*
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He colgado los esquemas del segundo parcial esta mañana pero los han movido a apuntes temporales ahí los podéis descargar ;)
Muchas gracias Laurafm! Que trabajazo, compi ;)!
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gracias por el trabajo, como te dije a mi me vinieron muy bien para el repaso!!
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Laura mil gracias. Un saludo :) :) :)
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Llevo ya 2/3 leidos de la segunda parte del libro y asi como en la primera los cambios respecto de años anteriores eran minimos, en esta segunda parte son muchisimos, tener cuidado, cada dos por tres salen anotaciones segun la reforma de 2015 :-[
:-X y yo que creía que apenas cambiarían cosas
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Las personas que habían quedado que resumían algún tema de segundo parcial y no están en el grupo de whatsapp que se pongan en contacto conmigo para decirme si lo harán o no. Respecto al enlace que estaba dando problemas, cuando tengamos todos los temas lo subiremos junto.
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Buenas, es una pregunta con respecto del primer parcial, pero es que no me aparece aún mi calificación del exámen de penal.
A alguien más le ocurre esto (no han salido las calificaciones) o sólo me ocurre a mi y puede deberse a un error.
Gracias por responder de antemano.
Saludos.
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Buenas, es una pregunta con respecto del primer parcial, pero es que no me aparece aún mi calificación del exámen de penal.
A alguien más le ocurre esto (no han salido las calificaciones) o sólo me ocurre a mi y puede deberse a un error.
Gracias por responder de antemano.
Saludos.
Depende de la la semana en la que hayas realizado el examen, pero ya te avanzo que yo lo hice la primera semana, el 26 de enero y aún nada de nada. Creo que estamos todos los de Penal I así...
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Es que no sabéis el trabajo que dar corregir los test ;D
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Vaya tela....
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Buenas, es una pregunta con respecto del primer parcial, pero es que no me aparece aún mi calificación del exámen de penal.
A alguien más le ocurre esto (no han salido las calificaciones) o sólo me ocurre a mi y puede deberse a un error.
Gracias por responder de antemano.
Saludos.
ay que pareces nuevo...ah veo que eres nuevo ;)... Vete acostumbrando a esto, porque incomprensiblemente esto funciona así y no tienes ningún error. Hasta el 9 de marzo según calendario tienen tiempo...un tiempo límite que en alguna asignatura incluso ha sido rebasado en cursos anteriores, aun más incomprensiblemente :o.
Saludos y suerte.
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Para los que ya habéis empezado a estudiar, el libro tiene varias erratas.
Os copio la de la lección 33:
"Estimados estudiantes:
Les informo de una errata que aparece en la lección 33 del texto recomendado.
Dentro del segundo régimen especial de concesión de la libertad condicional (previsto en el último párrafo del art. 90.2 CP) que se explica dentro del apartado 3.2.2 de las páginas 912 y 913 del texto recomendado, donde dice "dos terceras partes" o "2/3" ha de leerse "tres cuartas partes" o "3/4",respectivamente. El cambio también afecta a los cálculos del ejemplo que quedaría así:
"Ej. 33.11: Supongamos que a Luis Miguel le condenan a una pena de 12 años de prisión y cuando cumple 6 años de condena, le clasifican en el tercer grado. En ese momento, si se le aplica el régimen especial del último párrafo del art. 90.2 CP, tiene que cumplir 3/4 de la condena de 12 años para acceder a la libertad condicional. A efectos de dar por cumplido el tiempo que queda para que se extingan los 3/4 de condena, se le descuentan 90 días por cada año trascurrido de cumplimiento efectivo. Ello quiere decir que cuando Luis Miguel ha cumplido 6 años de condena, no le quedarían aún por cumplir 3 años más para llegar a haber cumplido los 9 años que suponen las 3/4 partes de la pena impuesta. De esos tres años, se le pueden descontar hasta 540 días (90 días por cada uno de los 6 años de cumplimiento efectivo). De procederse a este descuento, al sujeto le quedarían por cumplir 555 días de prisión antes de acceder a la libertad condicional y no 1.095 que equivalen a 3 años de prisión, teniendo en cuenta que cada año de prisión equivale a 365 días (ver supra lección 28)".
Disculpen la confusión que esta errata haya podido ocasionar."
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Otra errata, pag. 1090, apartado b) "De los delitos cometidos .... " en la cuarta línea del epígrafe, tiene que quedar "han podido realizar los hechos por haberse incumplido gravemente ...."
Es decir, hay que borrar NO.
Las dos erratas las corrige el ED en la web oficial
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Gracias Laura por tu aportación y a Maria por la info. Otro que se une. Me gusta Penal, sin ironía.
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Pues cuidadin que estos c... lo meten en el examen fijo. :)
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Pues cuidadin que estos c... lo meten en el examen fijo. :)
Razón no te falta.
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Se busca:
Nota de Penal I
El examen fue realizado la segunda semana de febrero de 2016
creo que debería estar aprobada
la plantilla tenia 27 respuestas
todas marcadas con un boli BIC azul
Si alguien la encuentra por favor enviármela a eta dirección
lanotadepenalIquetardabaunavidaensalir@hotmail.com
:D :D :DGRACIAS POR ADELANTADO :D :D :D
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Por cierto
les he enviado un mensaje a Civil II para picarles
diciéndoles que si se esfuerzan un poco mas
sacan sus notas antes que las de penal
recalcándoles que el examen es tipo test
a ver si resulta
aunque creo que hasta el día 9
estamos fastidiados
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El tema de la tardanza creo que estará en la posible impugnación de la pregunta del bolso...pensemos que sea así ¡¡¡¡ Que parsimonia ¡¡¡ :D :D
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El tema de la tardanza creo que estará en la posible impugnación de la pregunta del bolso...pensemos que sea así ¡¡¡¡ Que parsimonia ¡¡¡ :D :D
pues ya son lentos, porque darse cuenta de que con lo retorcidos que son
el que cambien el objeto del delito puede dar lugar a suspicacias
además de existir dos preguntas de reserva
no da lugar a tardar un mes
menos mal que colgaron las plantillas
y que tienen como limite el 9 de marzo
sino me da un patatus
con tanta tardanza
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Pues ni de penal i ni el ii...y tipo test,..me quedo de piedra. Cuando me saqué historia en la UNED no tardaban tanto, y eso que eran de desarrollo >:(
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algunos apuntes que recomendeis?? no puedo con el libro :o
hay unos de ponder pero son de 2013...
finalmente no se si se llegó a hacer lo de repartir temas para hacer resumenes, si falta algun tema me ofrezco para resumir
saludos
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Alguien que tengas las soluciones del 2015?
Jmarco105, ha habido reformas, te recomiendo seguir con el sencillo, entendible y educativo libro.
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Lo siento pero he buscado por todas partes y no he encontrado las respuestas a los test de 2015. Si alguna vez estuvieron colgadas, ya las han borrado
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Y..... alguien sabe si el departamento ha sacado o va a sacar las plantillas del primer cuatrimestre?
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Y..... alguien sabe si el departamento ha sacado o va a sacar las plantillas del primer cuatrimestre?
Pero si ya las sacaron y las colgaron en alf
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Alguien que tengas las soluciones del 2015?
Jmarco105, ha habido reformas, te recomiendo seguir con el sencillo, entendible y educativo libro.
gracias curranta, a mi el libro me parece redundante extreme... :o ahora, educativo entiendo que tambien...
y podian haber hecho dos libros por el mismo precio...pero bueno
gracias otra vez
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gracias curranta, a mi el libro me parece redundante extreme... :o ahora, educativo entiendo que tambien...
y podian haber hecho dos libros por el mismo precio...pero bueno
gracias otra vez
El libro de penal lo miro con cariño, porque se lo tengo de verdad. Ahora, si despues de coger el libro de FYT I cojo el de penal, el cariño pasa a ser amor incondicional ;D
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Pero si ya las sacaron y las colgaron en alf
el 15 de febrero, ayer mismo... :o
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el 15 de febrero, ayer mismo... :o
Siendo esto un foro donde resolver dudas, compartir apuntes y demás, el que haga una pregunta porque no lo había visto en Alf, creo que no merece encima poner el grito en el cielo o chotearse de mi pregunta... a ver que clase de personas hay en este foro...
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Siendo esto un foro donde resolver dudas, compartir apuntes y demás, el que haga una pregunta porque no lo había visto en Alf, creo que no merece encima poner el grito en el cielo o chotearse de mi pregunta... a ver que clase de personas hay en este foro...
Eeeeh esa respuesta q criticas fue para mi ;)
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Compañer@s, a alguien les han subido la nota del primer parcial al expediente??
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Compañer@s, a alguien les han subido la nota del primer parcial al expediente??
A mi de ningún examen.
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Compañer@s, a alguien les han subido la nota del primer parcial al expediente??
A mi de ningun examen pero en las anuales creo que no se suben hasta final de curso cuando esta superada la asignatura completa
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exacto, en anuales no se suben las notas de los parciales.
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HOLA
QUERIA CONSULTAROS SI FINALMENTE SE LLEGO A HACER GRUPO PARA HACER RESUMENES Y SI ES ASI SI QUEDA ALGUN TEMA LIBRE PARA RESUMIR POR OFRECERME VOLUNTARIO
GRACIAS!
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Hola! estoy haciendo los ejercicios de autoevaluación y la pregunta 9 del tema 25 no la tengo clara. Alguien puede explicarme si los delitos semiprivados son perseguibles sólo a instancia de parte? la respuesta a la pregunta 9 sería delitos privados y semiprivados o sólo privados. Ya sé que es una pregunta simple (tonta) pero la verdad que no sé qué responder. :o :-\
Gracias!
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Hola! estoy haciendo los ejercicios de autoevaluación y la pregunta 9 del tema 25 no la tengo clara. Alguien puede explicarme si los delitos semiprivados son perseguibles sólo a instancia de parte? la respuesta a la pregunta 9 sería delitos privados y semiprivados o sólo privados. Ya sé que es una pregunta simple (tonta) pero la verdad que no sé qué responder. :o :-\
Gracias!
los delitos que son perseguibles a instancia de parte son los privados (en lo que hace falta querella del interesado) o los semiprivados (haciendo falta una denuncia). En ambos casos es el interesado o un tercero el que insta la persecucion del delito.
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Ambos. Muchas gracias!! :)
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Leccion 32, en vez de "determinacion de las penas" podrian haberlo titulado zu prima la retorciera. Infumable, incomible, insufrible, no follable.
Con el tercer y cuarto parrafo de la pag 853 me di una pecha de reir, pa llorar vaya
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Este tema 32 es terrible ::) es muy difícil asíq ue habrá que darle duro.
Una cosa, alguien que esté haciendo los ejercicios de autoevaluación podría ayudarme con la pregunta 3 del tema 33? Muchas gracias!!!
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Perdón! necesito ayuda con la pregunta 4 del tema 33, no con la pregunta 3 ::)
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HOLAA
ME PUEDE CONTESTAR ALGUIEN PORFAVOR
SIMPLEMENTE SABER SI SE HAN HECHO RESUMENES, SI QUEDA ALGUN TEMA POR HACER
GRACIAS
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Este tema 32 es terrible ::) es muy difícil asíq ue habrá que darle duro.
Una cosa, alguien que esté haciendo los ejercicios de autoevaluación podría ayudarme con la pregunta 3 del tema 33? Muchas gracias!!!
¿donde estan los ejercicios de autoevaluacion ?
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supongo que se refiere a las preguntas de autoevaluación del final de cada tema del libro...
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Ahhhhhhhh gracias, pensaba que habian colgado test on line pero no los veia por ningun sitio
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sí sí, me refiero a los ejercicios de autoevaluación que hay al final de cada tema del libro, perdón! :)
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Una pregunta que seguro fue resuelta anteriormente, la letra pequeña en negro (no me refiero a los ejemplos) del libro entra en el examen, no???
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Una pregunta que seguro fue resuelta anteriormente, la letra pequeña en negro (no me refiero a los ejemplos) del libro entra en el examen, no???
Van al milímetro, yo me he aprendido hasta el ISBN del libro.
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Se sabe si hay test para ir practicando de este parcial?
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Van al milímetro, yo me he aprendido hasta el ISBN del libro.
Lo se, lo pregunto por si se ha pronunciado al respecto el equipo docente
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Lo se, lo pregunto por si se ha pronunciado al respecto el equipo docente
Me suena de haber leído por algún lado que el Equipo docente decía algo como "todo el contenido del libro es materia de examen" pero bueno, no estoy seguro.
Saludos
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Una pregunta que seguro fue resuelta anteriormente, la letra pequeña en negro (no me refiero a los ejemplos) del libro entra en el examen, no???
Es conveniente que te la leas (de hecho ayuda para comprender), pero dijeron (tanto en alf como mi tutor) que no iban a hacer preguntas en el examen referentes a las partes de letra pequeña. Pero leetelo!!!
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Es conveniente que te la leas (de hecho ayuda para comprender), pero dijeron (tanto en alf como mi tutor) que no iban a hacer preguntas en el examen referentes a las partes de letra pequeña. Pero leetelo!!!
jeejeje, si si, me lo estoy estudiando, pero es que en los ultimos temas hay mucha letra pequeña, por eso lo decia.
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Estoy sufriendo con este penal.. :'(
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Buenas tardes letrad@s:
Alguien sabe cuando es la pec... Gracias de antemano
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Estimados estudiantes:
La Prueba de Evaluación Continua (PEC) correspondiente al segundo cuatrimestre del presente curso académico tendrá lugar en CONVOCATORIA ÚNICA, el próximo 15 DE MAYO DE 2016 de 20:00 a 21:00 horas (HORARIO PENINSULAR). La prueba se realizará a tiempo real a través de la plataforma aLF y consistirá en un examen de 8 preguntas tipo test formuladas a partir de un supuesto de hecho (los aciertos puntúan 1,25, los errores descuentan 0,3 y las preguntas sin contestar ni suman ni restan puntuación). Se podrá preguntar sobre la materia contenida en las lecciones de la 20 a la 38 del programa, ambas inclusive.
Pocos minutos antes de la realización de la PEC aparecerá un enlace identificativo de la misma en la página principal de la plataforma aLF (justo debajo de los iconos circulares). Solo tendrán que pulsar en el enlace y seguir las instrucciones (se recomienda copiar y pegar el texto del relato de hechos en un documento de Word aparte antes de pasar a contestar las preguntas tipo test).
Para conocer la incidencia de la PEC en la calificación les remitimos a la segunda parte de la guía de la asignatura.
Un cordial saludo,
El equipo docente
Enviado por Equipo Docente
Revisar
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Compañer@s, supongo q ya lo habreis comprobado vosotros mismos, pero por si acaso lo digo. Los cambios por la dichosa LO1/2015 en este parcial son brutales, cambia practicamente todo.... Asi q haaceros con el libro los q no lo tengais, xq desde luego q con apuntes de años anteriores esta complicada la cosa no, imposible.
Saludos y suerte!
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Los cambios son continuos si :-\
Nadie tiene las soluciones a los test de años anteriores?? de verdad que ya no se donde buscarlos
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Los cambios son continuos si :-\
Nadie tiene las soluciones a los test de años anteriores?? de verdad que ya no se donde buscarlos
Laura, esto es todo lo que he podido encontrar, y créeme que he buscado por toda la red.
201206_Tipo_A junio 2012
1a 2c 3b 4b 5a 6c 7d 8c 9c 10b 11c 12c 13d 14a 15b 16b 17a 18d 19a 20b 21a 22c 23c 24d 25b
201206_Tipo_C junio 2012
1a 2b 3d 4c 5a 6a 7b 8b 9d 10a 11b 12d 13d 14a 15a 16c 17c 18d 19d 20c 21a 22a 23c 24d 25a
Soluciones tipo A Septiembre 2012
1.a
2.d
3.C 4.B 5.d 6.c 7.c 8. d 9.d 10.a 11.d 12.b 13.a 14.c 15.d 16.b 17.d 18.b 19.d 20.d 21.b 22.c 23.b 24.a 25C
201209_TipoC septiembre 2012
1.a
2.b
3.B 4.c 5.b 6.d 7.b 8.b 9.d 10.c 11.c 12.d 13.b 14.b 15.a 16.c 17.b 18.b 19.a 20.c 21.c 22.d 23.a 24.d 25.d
TIPO C junio 2013
1. c)
2.- a)
3.- a) 4.- a) 5.- c) 6.- b) 7.- d) 8.- d) 9.- d) 10.- c) 11.- c) 12.- a) 13.- c) 14.- a) 15.- c) 16.- b) 17.- b) 18.- d) 19.- c) 20.- b) 21.- d) 22.-c) 23.-. c) 24.- c) 25.- b)
TIPO A 2013 junio
1.- d
2.-a
3.- c
4.- c
5.- d
6.- d
7.- b
8.- a 9.- ANULADA 10.- b 11.- d 12.- c 13.- a 14.- d 15.- a 16.- c 17.- a 18.- d 19.- a 20.- d 21.- d 22.- c 23.- d 24.- b 25.- d
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He escrito a los de Penal II, a ver si alguno ha guardado las soluciones de su examen del año pasado.
Si me contestan, lo cuelgo enseguida. :)
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http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=114502.msg1100728#msg1100728
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http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=114502.msg1100728#msg1100728
Gracias. Ya las he copiado pero no me ha dado tiempo de cotejarlas. Supongo que son del 2º cuatrimestre, verdad?
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Gracias. Ya las he copiado pero no me ha dado tiempo de cotejarlas. Supongo que son del 2º cuatrimestre, verdad?
Si.claro....confirmado.
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Están todas correctas. Gracias
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http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=114502.msg1100728#msg1100728
Falta Septiembre
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Falta Septiembre
Sorry, no las tengo.
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Estimados estudiantes:
La Prueba de Evaluación Continua (PEC) correspondiente al segundo cuatrimestre del presente curso académico tendrá lugar en CONVOCATORIA ÚNICA, el próximo 15 DE MAYO DE 2016 de 20:00 a 21:00 horas (HORARIO PENINSULAR). La prueba se realizará a tiempo real a través de la plataforma aLF y consistirá en un examen de 8 preguntas tipo test formuladas a partir de un supuesto de hecho (los aciertos puntúan 1,25, los errores descuentan 0,3 y las preguntas sin contestar ni suman ni restan puntuación). Se podrá preguntar sobre la materia contenida en las lecciones de la 20 a la 38 del programa, ambas inclusive.
Pocos minutos antes de la realización de la PEC aparecerá un enlace identificativo de la misma en la página principal de la plataforma aLF (justo debajo de los iconos circulares). Solo tendrán que pulsar en el enlace y seguir las instrucciones (se recomienda copiar y pegar el texto del relato de hechos en un documento de Word aparte antes de pasar a contestar las preguntas tipo test).
Para conocer la incidencia de la PEC en la calificación les remitimos a la segunda parte de la guía de la asignatura.
Un cordial saludo,
El equipo docente
Enviado por Equipo Docente
Revisar
oye pero y eso que pone de que la PEC es el 8???
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Pone el día 15 de Mayo a las 20:00 horas y consta de 8 preguntas tipo test. ¿Donde ves que sea el 8?
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Alguen me podria explicar la diferencia entre delito compuesto y delito complejo, entiendo que el complejo es subtipo del compuesto y que ambos integran varias acciones en un tipo penal, pag 705 del libro, pero no se concretar la diferencia entre uno y otro
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Alguen me podria explicar la diferencia entre delito compuesto y delito complejo, entiendo que el complejo es subtipo del compuesto y que ambos integran varias acciones en un tipo penal, pag 705 del libro, pero no se concretar la diferencia entre uno y otro
a ver si puedo...
en el delito compuesto realizas varias conductas y todas ellas son parte de un mismo delito. en el delito complejo realizas varias conductas que son tambien parte de un mismo delito pero cada conducta por separada en este caso podria ser un delito por separado.
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Alguien va hacer la PEC...
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Es hoy a las 20 h en la página de alf en penal I ver entrega de trabajos y sale la 2convocatoria
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Perdón es un error es 15 de Mayo
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Yo intentare hacerla. Que temas creéis más importantes de cara el examen? Por intentar centrar más el estudio de esta asignatura tan extensa
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No hay temas mas importantes, normalmente cae una pregunta de cada tema y algunos repiten, pero no es esta una asignatura en la que se pueda hacer ningún tipo de selección, puede caer cualquier cosa (cualquiera, literalmente) de cualquier tema.
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AYUDA. Tengo que resolver un caso práctico muy complejo de derecho penal con multitud de codelincuentes y delitos. Tengo resuelto más del 90 por ciento del caso pero me he quedado bloqueado en un delito concreto relativo a la imprudencia de un autor.
Expongo esta parte del caso. Ya he resuelto todos los demás delitos y las responsabilidades del los otros codelincuentes, SÓLO NECESITO QUE ME DIGÁIS POR QUÉ SE LE IMPUTA A ANTONIO UN HOMICIDIO IMPRUDENTE. Caso:
1) Isabel convenció a su amante Antonio para que con la ayuda de su hijo, Benjamín, de 17 años, acabara con la vida de Julián, esposo de Isabel.
2) Con tal fin acordaron simular el suicidio de Julián durante las vacaciones familiares, para lo cual Benjamín le suministraría una cantidad suficiente de somníferos en la bebida que le serviría a bordo de la embarcación y, en el momento en que perdiera la consciencia, Antonio le arrojaría por la borda.
3) Encontrándose en el yate navegando, Benjamín y Antonio procedieron a ejecutar el plan.
3.1. Antonio arrojó a Julián. Al caer al agua recobró el conocimiento y empezó a gritar.
3.2. Isabel arrepentida le lanzó un salvavidas y pidió a Benjamín que le ayudara a subirlo.
3.3. Al verlos, Antonio se dirigío hacia ellos. Ante la aparición de Antonio, Isabel y Benjamín dejaron caer a Julián, que, por efecto de las drogas, quedó inconsciente pero vivo, tendido BOCA ARRIBA sobre la cubierta.
3.4. Tras una discusión, Antonio encerró en el camarote a Isabel y advirtió a Benjamín de que no interviniera. A continuación recogió el cuerpo de Julián, CREYENDO QUE TODAVÍA ESTABA VIVO, y lo arrojó de nuevo por la borda.
4) La autopsia determinó que Julián no murió por ahogamiento, sino asifixiado por su propio vómito, a causa de la posición (boca arriba) en la que había sido dejado sobre la cubierta.
4.1. Benjamín, que había recibido cursos de primeros auxilios, conocía la PROBABILIDAD de esta circunstancia, pero no actuó por no contrariar a su padre.
Responsabilidad del autor: asesinato en grado de tentativa y homicidio imprudente.
MI GRAN DUDA: ¿DÓNDE ESTÁ LA IMPRUDENCIA DE ANTONIO?
GRACIAS.
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AYUDA. Tengo que resolver un caso práctico muy complejo de derecho penal con multitud de codelincuentes y delitos. Tengo resuelto más del 90 por ciento del caso pero me he quedado bloqueado en un delito concreto relativo a la imprudencia de un autor.
Expongo esta parte del caso. Ya he resuelto todos los demás delitos y las responsabilidades del los otros codelincuentes, SÓLO NECESITO QUE ME DIGÁIS POR QUÉ SE LE IMPUTA A ANTONIO UN HOMICIDIO IMPRUDENTE. Caso:
1) Isabel convenció a su amante Antonio para que con la ayuda de su hijo, Benjamín, de 17 años, acabara con la vida de Julián, esposo de Isabel.
2) Con tal fin acordaron simular el suicidio de Julián durante las vacaciones familiares, para lo cual Benjamín le suministraría una cantidad suficiente de somníferos en la bebida que le serviría a bordo de la embarcación y, en el momento en que perdiera la consciencia, Antonio le arrojaría por la borda.
3) Encontrándose en el yate navegando, Benjamín y Antonio procedieron a ejecutar el plan.
3.1. Antonio arrojó a Julián. Al caer al agua recobró el conocimiento y empezó a gritar.
3.2. Isabel arrepentida le lanzó un salvavidas y pidió a Benjamín que le ayudara a subirlo.
3.3. Al verlos, Antonio se dirigío hacia ellos. Ante la aparición de Antonio, Isabel y Benjamín dejaron caer a Julián, que, por efecto de las drogas, quedó inconsciente pero vivo, tendido BOCA ARRIBA sobre la cubierta.
3.4. Tras una discusión, Antonio encerró en el camarote a Isabel y advirtió a Benjamín de que no interviniera. A continuación recogió el cuerpo de Julián, CREYENDO QUE TODAVÍA ESTABA VIVO, y lo arrojó de nuevo por la borda.
4) La autopsia determinó que Julián no murió por ahogamiento, sino asifixiado por su propio vómito, a causa de la posición (boca arriba) en la que había sido dejado sobre la cubierta.
4.1. Benjamín, que había recibido cursos de primeros auxilios, conocía la PROBABILIDAD de esta circunstancia, pero no actuó por no contrariar a su padre.
Responsabilidad del autor: asesinato en grado de tentativa y homicidio imprudente.
MI GRAN DUDA: ¿DÓNDE ESTÁ LA IMPRUDENCIA DE ANTONIO?
GRACIAS.
buenos dias compañero. a ver si consigo explicarme
creo que el concepto clave aqui es la accion finalista del autor. Cuando Antonio recoge el cuerpo de Julian para volver a tirarle por la borda creia que estaba vivo, es decir, su accion en ese momento se dirigia a causarle la muerte. En cambio, Julian ya estaba muerto, con lo cual su accion con ese fin es imposible de realizar. Es decir, es un error de tipo, puesto que Antonio no conoce todos los elementos objetivos del tipo de asesinato cuando lo esta realizando (no se puede matar a alguien que esta muerto), y puesto que el error de tipo anula el dolo se le castiga por imprudencia, en este caso un homicidio por imprudencia.
Espero haberte ayudado.
Saludos.
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Estoy haciendo test y me da la impresion de que las soluciones de los examenes del año 2012-2013 estan mal, no es posible que todos los demas años mas o menos me vayan saliendo y en este año no acierte ni una algunas muy muy claras, os ha pasado a alguno?
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Estoy haciendo test y me da la impresion de que las soluciones de los examenes del año 2012-2013 estan mal, no es posible que todos los demas años mas o menos me vayan saliendo y en este año no acierte ni una algunas muy muy claras, os ha pasado a alguno?
Estas son las respuestas que tengo yo para tipo C de junio 2013, y creo que están bien:
TIPO C junio 2013 1. c 2.- a 3.- a 4.- a 5.-c 6.- b 7.- d 8.- d 9.- d 10.- c 11.- c 12.- a 13.- c 14.- a 15.- c 16.- b 17.- b 18.- d 19.- c 20.- b 21.- d 22.-c 23.- c 24.- c 25.- b
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Las de tipo A junio 2013 son:TIPO A 2013
1.- a 2.-a 3.- c 4.-d 5.- c 6.- d 7.- b 8.- a 9.- ANULADA 10.- b 11.- d 12.-c 13.- a 14.- d 15.- a 16.- b 17.- a 18.- d 19.- a 20.- d 21.- d 22.- c 23.- d 24.- b 25.- d
Hay una lista de soluciones que corre por internet que está equivocada. Posiblemente es la que tienes tú. La lista equivocada es :TIPO A 2013 1.- d)2.-a)3.- c)4.- c)5.- d)6.- d)7.- b)8.- a)9.- ANULADA 10.- b)11.- d) 12.- c) 13.- a) 14.- d) 15.- a) 16.- c) 17.- a) 18.- d) 19.- a) 20.- d) 21.- d) 22.- c) 23.- d) 24.- b) 25.- d)
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Buenos días,
Alguien podría decirme qué resultado le da la pregunta 4 del tema 32. ¿qué pena máxima se puede imponer al cooperador necesario de un delito consumado de violación Art. 179 CP si concurren tres circunstancias agravantes de la responsabilidad penal y no concurre ninguna atenuantes?
Cooperador necesario según Art. 28 CP será considerado autor a efectos de pena. Por lo tanto entiendo se le aplicará el marco penal abstracto de salida será de 6 a 12 años de prisión.
teniendo en cuenta las circunstancias especiales del caso (tres agravantes y ninguna atenuante) en este caso, Art. 66.1.3ª CP se deberá aplicar, por lo menos, la pena en su mitad superior. (La aplicación de la pena superior en grado en su mitad inferior es potestativa Art. 66.1.4ª CP). Ergo, siguiendo esto, el resultado sería: 12+6= 18. 18/2=9
9 años y un día a 12 años de prisión. Por lo menos. Si se aplicara a arbitrio del Juez la pena superior en grado en su mitad inferior, ¿daría 12 años + 1 días a 15 años - 1 día de prisión)
¿os da lo mismo? ¡Qué lío!
Es que he encontrado una página de un despacho de abogados que te permite hacer el calculo de penas y no me da esta. No se si fiarme mucho de estas páginas de ayuda en cálculo de penas porque ya he encontrado varias y algunas dicen cosas totalmente diferentes. Me intento llevar por el manual y el CP pero, por lo menos a mí, no me queda del todo claro.
¿Algún/a entendido/a en este tema podría echarnos una manita?
Gracias.
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Esto estaba en la plataforma. Es la respuesta del profesor:
Si un sujeto es condenado como autor de un delito consumado de violación del art. 179 CP y concurren en su persona 3 agravantes, habría que realizar los siguientes cálculos:
- Marco penal abstracto: pena de prisión de 6 a 12 años.
- Marco penal concreto en atención al iter criminis, forma de intervención en el delito: pena de prisión de 6 a 12 años (la pena prevista por la ley para el delito es la que corresponde al autor de la infracción consumada de acuerdo con el art. 61 CP).
- Toma en consideración de las 3 agravantes: se puede aplicar la pena superior en grado en su mitad inferior:
a) pena superior en grado: de 12 años y un día a 18 años.
b) mitad inferior de la pena superior en grado: de 12 años y un día a 15 años (15 años es el punto medio del intervalo entre 12 y 18 años).
Solución al sujeto se le podría imponer una pena máxima de 15 años de prisión.
Precisiones:
Cuando concurren agravantes y no concurren atenuantes, la ley obliga a imponer la pena en la mitad superior de la que le corresponde al sujeto en atención al iter criminis y su forma de participación (en este caso dicha pena iría de 9 años y 1 día a 12 años de prisión, que es justo la mitad superior de la pena prevista para el delito de violación previsto por el art. 179 CP). Cuando concurren más de dos agravantes la ley permite imponer una pena más grave (llegar a la mitad inferior de la pena superior en grado a la que le corresponde al sujeto como autor de delito de violación consumada: prisión de 12 años y un día a 15 años). Es decir que en este caso al sujeto no se le puede imponer una pena inferior a 9 años y 1 día y no se le puede imponer una pena superior a 15 años.
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Alguien para hacer la PEC de 20-21hora....se apunta
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Alguien me puede explicar si tras la reforma las sociedades mercantiles públicas son penalmente responsables, porque he leído que si lo serán siempre con penas de multa o intervención judicial pero luego más abajo en el manual las pone como exentas de responsabilidad las entidades estatales mercantiles junto con las de derecho público.. Es que son órganos diferentes o que ?
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Alguien me puede explicar si tras la reforma las sociedades mercantiles públicas son penalmente responsables, porque he leído que si lo serán siempre con penas de multa o intervención judicial pero luego más abajo en el manual las pone como exentas de responsabilidad las entidades estatales mercantiles junto con las de derecho público.. Es que son órganos diferentes o que ?
Buenos días,
Tras la reforma LO 1/2015, las SOCIEDADES MERCANTILES PÚBLICAS que ejecuten políticas públicas o presten servicios de interés económico general, SERÁN PENALMENTE RESPONSABLES SIEMPRE.
Como bien dices, se supone que en principio solo los serán respecto a las penas de multa e intervención judicial. Respecto al párrafo que le sigue, yo entiendo que la diferencia está entre Entidad Estatal y Sociedad Mercantil Pública, la primera está exenta y la segunda será penalmente responsable. Entiendo que son cosas diferentes, una Entidad Estatal tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión. Se rige por Dº Público. En cambio, una Sociedad Mercantil Pública es una entidad en la que su capital social las Administraciones públicas forman parte pero, éstas las se regirán íntegramente, cualquiera que fuere su forma jurídica, por el Dº privado. Ej. Correos, EMFESA, RTVE.
Para mí la clave es cuando dice: Que ejerzan potestades públicas de soberanía o administrativas en ese caso, no hay responsabilidad penal como tal.
Espero haberte ayudado, bueno, primero espero que lo que he escrito sea correcto :D
Saludos y ánimo.
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Alguien para hacer la PEC de 20-21hora....se apunta
Has hecho el del primer cuatrimestre?. Es que nunca he hecho ninguno?. Son difíciles?.
sioncitto@hotmail.com
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No....la primera PEC fueron 20 preg de la sentencia de asunta la niña que mataron sus padres...es un precalentamiento para el examen...este segundo cuatrimestre yo entiendo que pondrán otra sentencia conocida (para mí que va a ser la de la concejala de León asesinada por la madre la hija y la policia como coautoras ), además con la polémica del juez que exime a la policia como cómplice, no se eso es lo que yo pienso...por si acaso yo me la he bajado y leído.
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Pero, te ponen una Sentencia y a partir de la misma te hacen preguntas tipo test, o de desarrollo?
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Tipo test, ocho esta vez.
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Hola...alguien que vaya a hacer laPEC....
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Yo voy a ver qué tal es la PEC, pero recuerda que en la anterior se montó un lío porque los que habían sacado 10 fueron sospechosos de copiar, y el Departamento amenazó con suspenderles.
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Así es que hoy estamos todos calladitos ....
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Yo la voy a hacer :)
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No creo que sé muy complicada con 8 preg. tipo test....
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:-\ :-\ :-\ :-\ :-\
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Suerte a todos!!!!!!.....
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Ahora en él manzanares....jaja
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1...d
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1 .-
Los tres disparos que ÁNGELA RABAL realiza sobre MENCÍA ONTAÑÓN:
A
-
2 .-
Supongamos que ÁNGELA RABAL es considerada semi-imputable por la anomalía psíquica que padece en el momento que cometió los hechos y se decide aplicar el sistema vicarial. En tal caso, teniendo solo en cuenta el delito de asesinato del art. 139.1 CP (castigado con una pena principal de prisión de 15 a 25 años), ¿cuánto podría durar como máximo la medida de seguridad privativa de libertad que se le podría imponer a la acusada de acuerdo con la opinión doctrinal y jurisprudencial mayoritaria?
C
-
La 1 es la C, de dos a cinco años para las penas privativas de libertad no superiores a dos años
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Estáis deacuerdo 3 es d
La 4 dudo entre la b y c...
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Tengo dudas en la de los tres disparos , delito continuado o una sola accion tipica de asesinato
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8 es d
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Las preguntas no tienen el mismo orden para todos colocar enunciados y respuestas
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hablais de la c y la d, y si no tenemos la pec igual ordenada?
-
La 8 tiene relación con la 2 que es c
-
Si alguien sabe ...yo no sé qué ponga los enunciados...os parece
-
1 .-
Los tres disparos que ÁNGELA RABAL realiza sobre MENCÍA ONTAÑÓN:
2 .-
Supongamos que ÁNGELA RABAL es considerada semi-imputable por la anomalía psíquica que padece en el momento que cometió los hechos y se decide aplicar el sistema vicarial. En tal caso, teniendo solo en cuenta el delito de asesinato del art. 139.1 CP (castigado con una pena principal de prisión de 15 a 25 años), ¿cuánto podría durar como máximo la medida de seguridad privativa de libertad que se le podría imponer a la acusada de acuerdo con la opinión doctrinal y jurisprudencial mayoritaria?
3 .-
Señale la opción correcta en relación con el comportamiento llevado a cabo por LOURDES PINILLA consistente en guardar el revólver que le entrega ASUNCIÓN TOBAL:
4 .-
Teniendo en cuenta la postura que se refleja en el texto recomendado, señale la opción correcta en relación con el comportamiento de ASUNCIÓN TOBAL consistente en personarse en la comisaría de policía, entregar a las autoridades el revólver y relatarles lo sucedido:
5 .-
Supongamos que LUIS MIGUEL es considerado autor de un delito de tráfico de armas y el juez le impone una pena principal de prisión de 2 años. En tal caso es correcto afirmar que el juez:
6 .-
Si ASUNCIÓN TOBAL fuese condenada a 20 años de prisión, ¿en qué momento podría solicitar la cancelación de sus antecedentes penales?
7 .-
Supongamos que ASUNCIÓN TOBAL es considerada responsable como cooperadora necesaria de los hechos delictivos ejecutados por su madre y es condenada por ello a una pena principal de prisión de 20 años. Después de cumplir 15 años de condena, se suspende la ejecución de la pena y le conceden la libertad condicional. Trascurridos 3 años desde que la libertad condicional es concedida, esta se revoca por incumplimiento grave y reiterado de las condiciones a las que se somete la suspensión. En tal caso ASUNCIÓN TOBAL:
8 .-
Si tenemos en cuenta que el acometimiento a la víctima disparándole y causándole la muerte que lleva a cabo ÁNGELA RABAL es al mismo tiempo constitutivo de un delito de asesinato y de un delito de atentado, es correcto afirmar que nos encontramos ante:
-
1 .-
Supongamos que LUIS MIGUEL es considerado autor de un delito de tráfico de armas y el juez le impone una pena principal de prisión de 2 años. En tal caso es correcto afirmar que el juez:
(una única respuesta correcta) 1.25 -.3
debe ordenar en todo caso la ejecución de dicha pena pudiendo acordar la libertad condicional cuando LUIS MIGUEL haya cumplido la mitad de la condena.
debe suspender en todo caso la ejecución de dicha pena y establecer un plazo de suspensión de 2 a 5 años.
puede suspender la ejecución de dicha pena y establecer un plazo de suspensión de 2 a 5 años.
puede suspender la ejecución de dicha pena y establecer un plazo de suspensión de 3 meses a 1 año.
-
A Luis Miguel PUEDE que le suspendan la pena de 2 a 5, pag 890 del libro
Los disparos son una sola unidad
La pareja de Asuncion queda exenta
Es un concurso medial, creo que heterogéneo porque es asesinato y atentado. Eso no estoy segura
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Ya está entregado estas son mis respuestas porque cambia todo tanto el orden de las preguntas como el de las respuestas
1 atenuante que afecta a la punibilidad
2 quedará exenta de responsabilidad penal por favor exigiendo real (pone que son pareja de hecho )
3 debe ingresar de nuevo y cumplir 5 años de condena
4 puede suspender la ejecución de dicha pena por un plazo de 2 a 5 años
5 los antecedentes se extinguirán a los 10 años
6 concurso ideal heterogéneo
7 25 años
8 delito continuado de asesinato
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Ya está entregado estas son mis respuestas porque cambia todo tanto el orden de las preguntas como el de las respuestas
1 atenuante que afecta a la punibilidad
2 quedará exenta de responsabilidad penal por favor exigiendo real (pone que son pareja de hecho )
3 debe ingresar de nuevo y cumplir 5 años de condena
4 puede suspender la ejecución de dicha pena por un plazo de 2 a 5 años
5 los antecedentes se extinguirán a los 10 años
6 concurso ideal heterogéneo
7 25 años
8 delito continuado de asesinato
De acuerdo en todas menos en la de delito continuado de asesinato
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el concurso ideal no es homogeneo?
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Ya está entregado estas son mis respuestas porque cambia todo tanto el orden de las preguntas como el de las respuestas
1 atenuante que afecta a la punibilidad
2 quedará exenta de responsabilidad penal por favor exigiendo real (pone que son pareja de hecho )
3 debe ingresar de nuevo y cumplir 5 años de condena
4 puede suspender la ejecución de dicha pena por un plazo de 2 a 5 años
5 los antecedentes se extinguirán a los 10 años
6 concurso ideal heterogéneo
7 25 años
8 delito continuado de asesinato
He contestado lo mismo menos a delito continuado de asesinato porque creo que constituye una acción.
Suerte a todos!
-
:D
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el concurso ideal no es homogeneo?
Creo que es heterogéneo porque es asesinato y atentado
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Ya está, a ver cuando nos pongan las nota.
Yo no se a los demás pero a mi esta parte se me está haciendo infumable!!! :'( :'(
-
:D
yo creo que tambien es de accion pero no recuerdo muy bien la pregunta esa alguien la tiene?
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Buenos días,
Tras la reforma LO 1/2015, las SOCIEDADES MERCANTILES PÚBLICAS que ejecuten políticas públicas o presten servicios de interés económico general, SERÁN PENALMENTE RESPONSABLES SIEMPRE.
Como bien dices, se supone que en principio solo los serán respecto a las penas de multa e intervención judicial. Respecto al párrafo que le sigue, yo entiendo que la diferencia está entre Entidad Estatal y Sociedad Mercantil Pública, la primera está exenta y la segunda será penalmente responsable. Entiendo que son cosas diferentes, una Entidad Estatal tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión. Se rige por Dº Público. En cambio, una Sociedad Mercantil Pública es una entidad en la que su capital social las Administraciones públicas forman parte pero, éstas las se regirán íntegramente, cualquiera que fuere su forma jurídica, por el Dº privado. Ej. Correos, EMFESA, RTVE.
Para mí la clave es cuando dice: Que ejerzan potestades públicas de soberanía o administrativas en ese caso, no hay responsabilidad penal como tal.
Espero haberte ayudado, bueno, primero espero que lo que he escrito sea correcto :D
Saludos y ánimo.
Muchisisimas gracias!!!
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Como vamos compis? Veo el hilo paradito para faltar tan poco para el examen. Y yo que veo mas asequible este parcial que el primero..
Un saludo y a seguir dandole caña!
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Como vamos compis? Veo el hilo paradito para faltar tan poco para el examen. Y yo que veo mas asequible este parcial que el primero..
Un saludo y a seguir dandole caña!
Pues ya queda ná. Yo voy a discrepar contigo respecto a que este es más asequible. Yo encontré el primer parcial al más teórico pero más llevadero. Este me ha costado más cogerle de ritmo. Pero claro, cada uno lo verá a su manera. Sea como fuere, SUERTE a todos los ánimo con lo que queda!
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Por fin llegan los ultimos dias del año.Examenes y a la playita.
Que ganas de terminar!!! :D
Suerte amigos.
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SUERTE MAÑANA A TODOS. :)
-
Bueno llego la hora...preparada para el examen...Suerte a todos ::)
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Qué tal os ha salido? Me pasarías las RESPUESTAS para compararlas con las mías, por favor?
Muchas gracias de antemano. :D :D ;)
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Que tal ha ido compis? alguna opinión de si ha parecido fácil, difícil.....??
Yo voy para la segunda semana y lo veo mas jodido que el primero, espero que durante estos días se me aclare todo un poco.
Suerte para los que lo hacían hoy!!
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Espero que haya ido bien la cosa, ya colgaréis respuestas y demás..
Yo ando haciendo test y la verdad es que las respuestas que colgasteis aquí de los exámenes del 2013.. No se.. Debo de estar poco inspirado, le pasa a alguien lo mismo?
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Mis respuestas aun sin cotejar, modelo A
1-D
2-B
3-B
4-A
5-C
6-D
7-D
8-C
9-A aunque se que la correcta es la C
10-C
11-B
12-C
13-D
14-D
15-A aunque creo que esta mal
16-D
17-C
18-B
19-C
20-C
21-C
22-B
23-B
24-A
25-D
-
Y por cierto, agradecer y reconocer a la compañera Laura el trabajo realizado, me han venido de perlas para dar el último repaso tus esquemas. A mi personalmente el examen me ha parecido adsequible pero con unas cuantas preguntas trampa. Mucha suerte a todos y animo a los que la llevais la segunda semana!
-
Tipo B
1.d
2.d
3.d
4.c
5.b
6.d
7.b
8.c
9.b
10.c
11.c
12.c
13.d
14.d
15.d
16.b
17.c
18.b
19.c
20.b
21.a
22.d
23.a
24.c
25.c
A ver que opinais
-
Para el tipo A: 24-D - art- 70.4 CP: La pena inferior en grado a la de prisión permanente es la pena de prisión de veinte a treinta años. ;)
-
Tipo B
1.d
2.d
3.d
4.c
5.b
6.d
7.b
8.c
9.b
10.c
11.c
12.c
13.d
14.d
15.d
16.b
17.c
18.b
19.c
20.b
21.a
22.d
23.a
24.c
25.c
A ver que opinais
Pues yo solo discrepo de las tuyas en
1 C
20 D
23 B
Pero dudaba en ellas así que no se quien las tiene bien o mal
-
Y por cierto, agradecer y reconocer a la compañera Laura el trabajo realizado, me han venido de perlas para dar el último repaso tus esquemas. A mi personalmente el examen me ha parecido adsequible pero con unas cuantas preguntas trampa. Mucha suerte a todos y animo a los que la llevais la segunda semana!
Gracias Azur yo he ido con ellos exclusivamente al examen :)
-
Examen tipo B. Coincido con lambite, excepto:
23-d
-
Gracias Azur yo he ido con ellos exclusivamente al examen :)
La verdad que sí, Laura! Fueron la clave! Te deseo lo mejor en el examen!!! Muchísimas gracias <3
-
Yo no entiendo por qué la de los menores es la A, si según el art. 19 CP se refiere exclusivamente a la LO, no al Código.
-
Pues yo solo discrepo de las tuyas en
1 C
20 D
23 B
Pero dudaba en ellas así que no se quien las tiene bien o mal
Yo la 1 puse la c pero es la d, lo he mirado y la inferior en grado de prisión permanente es 20 a 30, la 20 es la b o eso pone en tus apuntes, que por cierto me han venido de perlas, y la 23 no estoy seguro. En cualquier caso creo que he aprobado que teniendo en cuenta que he preparado el examen esta misma mañana gracias a tus apuntes me doy por satisfecho.
Saldudos
-
Examen tipo B. Coincido con lambite, excepto:
23-d
Me parece que he fallado las 3 que dudaba pero adiós penal I :)
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Algun modelo a?? Que me decis?
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la 9 de tipo A es la b , por cierto los examenes son iguales solo cambia el orden
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La 6 del a es la d? La 17 c? La 18 b? La 21,22? Dudo en esas que me decis?
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Yo no entiendo por qué la de los menores es la A, si según el art. 19 CP se refiere exclusivamente a la LO, no al Código.
pág.1056
"art1. Declaración general (LORPM). 1. Esta Ley se aplicará para exigir a responsabilidad de las personas mayores de 14 años y menores de 18 por la comisión de hechos tipificados como delitos en el Código Penal o las leyes penales especiales."
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Alguien sabe las respuestas buenas en las de:
Tras la reforma la pena de prision puede suspenderse......es que yo he puesto que tb después pq el libro se tira la misma vida diciendo que la libertad condicional es una forma de suspensión ahora y no una forma de cumplimiento como antes y desde luego la libertad condicional se cumple fuera de prision.
Para que un sujeto pueda quedar exento por miedo insuperable. ....
-
en la 19 de B que es la misma que A yo he puesto la D es la NO exigibilidad de la norma...alguien que opine igual?
-
Yo he puesto la c, imputabilidad
en la 19 de B que es la misma que A yo he puesto la D es la NO exigibilidad de la norma...alguien que opine igual?
,
Yo he puesto la c que dice la imputabilidad, el conocimiento o posibilidad de conocimiento de la ilicitud de la conducta y la no exigibilidad
-
en la 19 de B que es la misma que A yo he puesto la D es la NO exigibilidad de la norma...alguien que opine igual?
Exacto yo también pensé lo mismo y escogí la D. Como dices tú es como yo lo interpreto según el texto de la pg. 539
-
Las mías(TIPO A):
1 D
2 B
3 B
4 A
5 C
6 D
7 D
8 C
9 B
10 C
11 B
12 C
13 D
14 D
15 C
16 D
17 C
18 B
19 C
20 C
21 C
22 A
23 B
25 D
26 C
27 D
Mucha suerte a todos
-
Yo tengo el Modelo B. Os pongo la corrección que he hecho con el libro, excepto la 1 que no la he encontrado pero que en la Ley pone que es la d.
1-d
2-d
3-d
4-c
5-b
6-d
7-b
8-c
9-b
10-c
11-c
12-c
13-d
14-d
15-d
16-b
17-c
18-b
19-c
20-b
21-a
22-d
23-a
24-c
25-c
26-d
27-c
-
Exacto yo también pensé lo mismo y escogí la D. Como dices tú es como yo lo interpreto según el texto de la pg. 539
Esta es mi opinión: La no exigibilidad es de obediencia a la norma, por tanto, si no debe existir elegibilidad, es que si debe haber exigibilidad. Por tanto respuesta c
-
Las mías(TIPO A):
1 D
2 B
3 B
4 A
5 C
6 D
7 D
8 C
9 B
10 C
11 B
12 C
13 D
14 D
15 C
16 D
17 C
18 B
19 C
20 C
21 C
22 A
23 B
25 D
26 C
27 D
Mucha suerte a todos
De las que he contestado coincido en todas exepto en la 20 b
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pagina 561 elementos de la culpabilidad bal bla " ...aparecen como tercer elemento los supuestos de no exigibilidad de obediencia a la norma"
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Para q exista culpabilidad, es necesario que haya una desobediencia a la norma....por lo tanto si no se exige esa obediencia (no exigibilidad de obediencia) no habría ni siquiera tipo de lo injusto....creo q os habéis quedado solo con los títulos sin entrar en el desarrollo
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y tu te has ido por los cerros de Ubeda por que el truco estaba en la no exigibilidad ;)
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Vale... ::)
Ahora cuéntame: para ser culpable es necesario q no se exija la obediencia a la norma¿
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ahora respondeme vete al libro y lee pagina 560 y 561 , yo no soy la autora que quieres que te diga reclamaciones al autor :-X lo pone bien claro era una pregunta para pillar
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Me estoy liando con esa pregunta 19. Yo no caí en el NO que aparece en el libro y di por buena la C. Alguien me lo aclara?
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Si ya veo el libro....pero es lo q yo entiendo y está claro q si esa es la solución reclamare...
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no se que vas a reclamar porque yo si la tengo bien, es que tu razonamiento es erroneo lee el libro que lo explica.
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Lo he buscado en otras fuentes y he encontrado como elementos:
La imputabilidad
Conocimiento de la antijuricidad
La exigibilidad del comportamiento
Creo q no entendiendes la vertiente negativa y positiva de las expresiones.....PARA Q ALGUIEN SEA CULPABLE DEBE EXISTIR UNA NORMA LEGAL Q EXIJA QUE ASÍ LO SEA, porque como bien sabes si la norma no lo exige no hay tipo ni delito y por tanto no seguimos subiendo hacia los demás elementos del delito,....ahora sí lo tienes bien enhorabuena pero yo tengo más argumentó que: porque lo pone el titulo
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Nadie te ha insultado....yo respeto tu opinión pero defiendo la mía. De todas formas ya veremos la solución q con andar aquí peleándonos no hacemos nada. De todas formas estoy en mi derecho de reclamar en caso de que quiera....
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A ver la 19 pregunta cuáles son elementos de la culpabilidad y la respuesta C dice que son:
L imputabilidad (es decir, que fulano sea imputable, que tenga.conciencia de lo ilícito y capacidad de actuar conforme a ello)
Conocimiento o posibilidad de conocimiento de la ilicitud.
La exigibilidad de la.obediencia a la norma (osea, que para que sea imputable tiene poder serle exigible que obedezca la norma, en caso que no le fuera exigible estaríamos ante un supuesto de exculpación como en el caso de Estado de necesidad no justificante)
No se... esta clara que es la C.
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A ver la 19 pregunta cuáles son elementos de la culpabilidad y la respuesta C dice que son:
L imputabilidad (es decir, que fulano sea imputable, que tenga.conciencia de lo ilícito y capacidad de actuar conforme a ello)
Conocimiento o posibilidad de conocimiento de la ilicitud.
La exigibilidad de la.obediencia a la norma (osea, que para que sea imputable tiene poder serle exigible que obedezca la norma, en caso que no le fuera exigible estaríamos ante un supuesto de exculpación como en el caso de Estado de necesidad no justificante)
No se... esta clara que es la C.
Totalmente deacuerdo
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pero vosotros habéis leído el libro en la pagina que he puesto?
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pag 560."... aquí vamos a referirnos únicamente a los elementos son solo elementos de la culpabilidad ...
en primer lugar la imputabilidad o capacidad de culpabilidad.....
en segundo lugar sera necesario que el autor hubiese conocido de la ilicitud de su conducta...."
pag 561"... como tercer elemento los supuestos de no exigibilidad de obediencia de la norma . mayoritariamente se hace referencia aquí a que el sujeto no se encuentre en una situación......"
pregunta de examen: según la postura defendida en el texto SOLO elementos de la culpabilidad. Entiendo que las otras respuesta no son correctas con la definición del texto por lo tanto la d. Mi razonamiento. Ademas la no exigencia a la norma tiene su explicación de cara a los inimputables que viene definida en el libro. que sea lo que quiera jajajaja
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pero vosotros habéis leído el libro en la pagina que he puesto?
Nosotros si, por ello opinamos que la respuesta correcta es la C.
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Si, pero por ejemplo, en la página 633 identifica los supuestos de no exigibilidad con las causas de exculpación. No se ya te digo, yo lo veo claro. Además en la página 561 habla de "los supuestos de no exigibilidad" que no creo que se pueda identificar con el concepto de no exigibilidad. No se... puede ser que sea trampa, pero si es trampa dará que hablar.
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pero vosotros habéis leído el libro en la pagina que he puesto?
Yo me he leído el libro en todas las páginas varias veces para hacer los apuntes te lo aseguro y creo como Azur y Ever que es la C, de hecho es que en esa no tenía ninguna duda, las tres que he dudado las he fallado
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Yo estoy totalmente de acuerdo con Anuki. Es una pregunta trampa y desde mi punto de vista es la D. Suerte y a esperar la correccion.
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gracias , es que el sentido común te hace rechazarlo , me di cuenta en el examen porque cuando lo estudie me llamo mucho la atención precisamente que fuese No cuando mi razón me decía lo contrario. Es cierto que luego lo desarrolla y le veo la coherencia, pero bueno veremos que pasa
Con esto que quieres decir? Que no tenemos sentido común? Y te ofendes cuando un compañero en ningún momento te llama tonta solo da su opinión basandose en lo que el cree? Y luego nos dices si hemos leido el libro? Enserio? De que vas? Que crees? Que estas por encima del bien y del mal? Da tu opinión pero sin faltar que aqui nadie te ha faltado
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Resumiendo, alguien puede poner las respuestas correctas del modelo tipo A?. Gracias
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a todo esto sabéis si tardan mucho en poner las plantillas?
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Las cuelgan cuando terminan las dos semanas de examenes
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Gracias a ver si salimos de duda sin matarnos...que tengáis mucha suerte!!! ;)
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Alguien ha comprobado las del tipo A?
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Alguno podría colgar los enunciados?? Muchas gracias, mucha suerte y mucho ánimo para los que vamos la segunda semana ;D
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Eso porfii
Si podeis colgar los enunciados os lo agradecerimos🙏
Una duda cuanto restan las q estan mal??
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gracias , es que el sentido común te hace rechazarlo , me di cuenta en el examen porque cuando lo estudie me llamo mucho la atención precisamente que fuese No cuando mi razón me decía lo contrario. Es cierto que luego lo desarrolla y le veo la coherencia, pero bueno veremos que pasa
Bueno, voy a explicarlo (o intentarlo a mi modo de ver las cosas) comparandolo con el primer parcial.
Os acordais de lo injusto verdad? Bien, si nos preguntan que elementos conforman lo injusto podriamos decir perfectamente las causas de justificacion (antijuridicidad), por ejemplo. No nos estan preguntando que requisitos se tienen que dar para que el delito se considere injusto o no, es decir, es indiferente que la respuesta sea "causas de justificacion" o "que no concurran causas de justificacion". Nos preguntan por los elementos, no por los requisitos para que se de lo injusto o no.
Pues bien, lo mismo cabe aplicar en la culpabilidad. Nos preguntan sobre los elementos de la culpabilidad, que podran formularse de un modo positivo o negativo, puesto que no nos preguntan sobre los requisitos que se tienen que dar para q la conducta sea culpable o no. Es decir, da lo mismo decir que un elemento de la culpabilidad es la exigencia de obediencia a la norma o la no exigencia de obediencia a la norma ya que no nos preguntan sobre si se da la culpabilidad o no.
De todas formas, en cuanto a la no exigencia o exigencia, hay apartados del libro que se refieren a la NO exigencia.
Este es el criterio que he seguido y si me equivoco mal voy, muy mal... ;D
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Agradezco enormemente tu explicacion pero estoy totalmente en desacuerdo contigo. Si usamos la regla de la negacion o no de un elemento (exigibilidad o NO de obediencia) a la norma, también podríamos usarla para el resto de elementos, cosa que en la respuesta en conflicto no sucedía.
Eso, junto que en el manual se cita literalmente "Como tercer elemento de la culpabilidad tenemos la NO exigencia de obediencia al derecho" y que la cuarta opcion era "Ninguna es correcta" me lleva a pensar que o la anulan por inducir a error o dan por buena la D). Lo que nadie me podrá negar es la citada literalidad: en el libro pone la NO obediencia y en la respuesta ese "NO" no estaba. Ergo, esa respuesta no la pueden dar por buena en mi opinion. Un saludo.
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No ves que si no exiges obediencia a la norma no puedes exigir culpabilidad? Como dice el compañero este epígrafe puede estar formulado en positivo o negativo pero hay q tener claro q para poder ser culpable hay que realizar un comportamiento que se exige que no se haga ( en el caso de los delitos de acción)
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Si nos vamos a poner literales, pagina 633, el titulo del apartado I dice textualmente: El elemento volitivo de la reprochabilidad: LA EXIGIBILIDAD DE OBEDIENCIA AL DERECHO.
Pagina 639: "la exigibilidad es considerada elemento central, por razones materiales, en la determinacion de la reprochabilidad".
Igualmente, para que fuese correcto decir NO exigibilidad tendria que haber dicho SUPUESTOS de no exigibilidad.
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Si nos vamos a poner literales, pagina 633, el titulo del apartado I dice textualmente: El elemento volitivo de la reprochabilidad: LA EXIGIBILIDAD DE OBEDIENCIA AL DERECHO.
Pagina 639: "la exigibilidad es considerada elemento central, por razones materiales, en la determinacion de la reprochabilidad".
Igualmente, para que fuese correcto decir NO exigibilidad tendria que haber dicho SUPUESTOS de no exigibilidad.
Tal cual
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Hola,
alguien puede colgar o enviarme el enunciado del examen de la primera semana, por favor.
Gracias.
sioncitto@hotmail.com
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Bajo mi punto vista que sea "no" exigibilidad o "si" exigibilidad es solo relevante en cuanto a la exencion de responsabilidad penal.
La no exigibilidad por ejemplo en el miedo insuperable daria lugar a la exinente (a la inculpabilidad),si no hubiera miedo insuperable seria exigible la obediencia a la norma,lo que seria elemento de la culpabilidad.
Estoy de acuerdo con Olenkación
Aunque lo mismo como he leido por ahí salen con que es la A la buena.
Por otra parte de nuevo darte las gracias Laurafm que me has facilitado enormemente la preparacion del examen.
Un saludete
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Bueno, voy a explicarlo (o intentarlo a mi modo de ver las cosas) comparandolo con el primer parcial.
Os acordais de lo injusto verdad? Bien, si nos preguntan que elementos conforman lo injusto podriamos decir perfectamente las causas de justificacion (antijuridicidad), por ejemplo. No nos estan preguntando que requisitos se tienen que dar para que el delito se considere injusto o no, es decir, es indiferente que la respuesta sea "causas de justificacion" o "que no concurran causas de justificacion". Nos preguntan por los elementos, no por los requisitos para que se de lo injusto o no.
Pues bien, lo mismo cabe aplicar en la culpabilidad. Nos preguntan sobre los elementos de la culpabilidad, que podran formularse de un modo positivo o negativo, puesto que no nos preguntan sobre los requisitos que se tienen que dar para q la conducta sea culpable o no. Es decir, da lo mismo decir que un elemento de la culpabilidad es la exigencia de obediencia a la norma o la no exigencia de obediencia a la norma ya que no nos preguntan sobre si se da la culpabilidad o no.
De todas formas, en cuanto a la no exigencia o exigencia, hay apartados del libro que se refieren a la NO exigencia.
Este es el criterio que he seguido y si me equivoco mal voy, muy mal... ;D
Totalmente de acuerdo en la pregunta pone elementos de la culpabilidad y el libro lo cita tal cual.
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Agradezco enormemente tu explicacion pero estoy totalmente en desacuerdo contigo. Si usamos la regla de la negacion o no de un elemento (exigibilidad o NO de obediencia) a la norma, también podríamos usarla para el resto de elementos, cosa que en la respuesta en conflicto no sucedía.
Eso, junto que en el manual se cita literalmente "Como tercer elemento de la culpabilidad tenemos la NO exigencia de obediencia al derecho" y que la cuarta opcion era "Ninguna es correcta" me lleva a pensar que o la anulan por inducir a error o dan por buena la D). Lo que nadie me podrá negar es la citada literalidad: en el libro pone la NO obediencia y en la respuesta ese "NO" no estaba. Ergo, esa respuesta no la pueden dar por buena en mi opinion. Un saludo.
Totalmente de acuerdo en la pregunta pone elementos de la culpabilidad y el libro lo cita tal cual. Sea como sea me la he quitado de encima y es lo unico que me importa a por otra!!
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Y lo bueno es que parece que vamos a tener suerte con Penal II el año que viene, he leído que han quitado el caso práctico según viene en la guía del 2017 :D
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Totalmente de acuerdo en la pregunta pone elementos de la culpabilidad y el libro lo cita tal cual. Sea como sea me la he quitado de encima y es lo unico que me importa a por otra!!
Tienes razon, lo importante es q nos la hemos quitado! Peeeero, el libro dice textualmente la exigibilidad de obediencia al derecho y los supuestos de no exigibilidad de obediencia a la norma. No creo q sea correcto decir no exigibilidad ya que la no exigibilidad tan solo es permitida en determinados supuestos. Asi q tu razonamiento es correcto, pero le falta la palabra supuestos, y como el libro tambien se refiere textualmwnte a la exigibilidad con una formulacion positiva como elemento de la culpabilidad la correcta es la rwspuesta C... de todas formas cuandl slgan las plantillas saldremos de dudas ;)
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PODEIS PONER ALGUIEN LOS ENUNCIADOS PORFI?? :o
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PODEIS PONER ALGUIEN LOS ENUNCIADOS PORFI?? :o
Alomejor ya estan colgados en barbastro, no suelen tardar mucho en hacerlo. Igualmente, en alf un compañeto colgo el examen. Saludos.
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Un compañero ha hecho el enorme favor de colgar su examen tipo B, pese al silencio del resto. Lo tengo. Está colgado en Alf, pero si alguien quiere que se lo envíe, que me escriba y ningún problema.
Saludos.
Sioncitto@hotmail.com
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Me pide Jirafilla las respuestas de exámenes anteriores. Las vuelvo a colgar por si os hacen falta a los demás.
2012-2013_junio_tipo A:
1.- a 2.-a 3.- c 4.-d 5.- c 6.- d 7.- b 8.- a 9.- ANULADA 10.- b 11.- d 12.-c 13.- a 14.- d 15.- a 16.- b 17.- a 18.- d 19.- a 20.- d 21.- d 22.- c 23.- d 24.- b 25.- d
2012-2013_junio_TIPO C: 1. c 2.- a 3.- a 4.- a 5.-c 6.- b 7.- d 8.- d 9.- d 10.- c 11.- c 12.- a 13.- c 14.- a 15.- c 16.- b 17.- b 18.- d 19.- c 20.- b 21.- d 22.-c 23.- c 24.- c 25.- b
2011-2012_junio_Tipo_A:
1a 2c 3b 4b 5a 6c 7d 8c 9c 10b 11c 12c 13d 14a 15b 16b 17a 18d 19a 20b 21a 22c 23c 24d 25b
2011-2012_junio__Tipo_C:
1a 2b 3d 4c 5a 6a 7b 8b 9d 10a 11b 12d 13d 14a 15a 16c 17c 18d 19d 20c 21a 22a 23c 24d 25a
2011-2012_septiembre_Soluciones tipo A
1.a
2.d
3.C 4.B 5.d 6.c 7.c 8. d 9.d 10.a 11.d 12.b 13.a 14.c 15.d 16.b 17.d 18.b 19.d 20.d 21.b 22.c 23.b 24.a 25C
2011-2012_septiembre_TipoC:
1.a
2.b
3.B 4.c 5.b 6.d 7.b 8.b 9.d 10.c 11.c 12.d 13.b 14.b 15.a 16.c 17.b 18.b 19.a 20.c 21.c 22.d 23.a 24.d 25.d
2012-2013_junio_TIPO C:
1. c)
2.- a)
3.- a) 4.- a) 5.- c) 6.- b) 7.- d) 8.- d) 9.- d) 10.- c) 11.- c) 12.- a) 13.- c) 14.- a) 15.- c) 16.- b) 17.- b) 18.- d) 19.- c) 20.- b) 21.- d) 22.-c) 23.-. c) 24.- c) 25.- b)
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Muchas pero que muchas graciassssssssssssss :)
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Buenas tardes, alguien puede subir las preguntas del examen de la 1ª semana
Gracias
Un salduo
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MUCHAS GRACIAS NO LO SABIA
MANUELS, ACABAN DE COMENTAR QUE LO SUBIÓ ALGUIEN AL ALF EL MODELO B
PUEDE SUBIR ALGUIEN ENTONCES EL MODELO A???
GRACIAS
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por favor ,es que no me puedo conectar al alf, me lo puede enviar alguien?
mdr.cerre@gmail.com
muchas gracias
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http://www.calatayud.uned.es/examenes/docs/6602/2/66022078/E660220780A16J1.pdf
http://www.calatayud.uned.es/examenes/docs/6602/2/66022078/E660220780B16J1.pdf
Para los que lo desconozcais, en esa web estan los examenes de todas las asignaturas, para acceder las mismas claves de alf.
saludos y suerte.
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El examen A es exacto a B solo cambia el orden .
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AH OK GRACIAS ANUKI12
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Buenas noches compañeros,
Por lo que he podido leer en el hilo de "notas que van saliendo" he visto que ha salido ya penal I en cádiz. Si algun compañero gaditano es tan amable de colgar la plantilla del equipo docente lo agradecería, muchas gracias y saludos
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Dudo muchisimo q eso sea cierto, el post es de un usuario con doce mensajes, quizas esta confundiendo con la nota de la pec.
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Dudo muchisimo q eso sea cierto, el post es de un usuario con doce mensajes, quizas esta confundiendo con la nota de la pec.
A mi también me ha extrañado pues no suelen colgar las plantillas hasta pasada la segunda semana de examenes, pero al ver ese post pensé que podría serlo, a ver si nos lo aclaran. Saludos
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UNA PREGUNTILLA! SABEIS CUANTO RESTAN LOS FALLOS??
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Alguien sabe las respuestas buenas en las de:
Tras la reforma la pena de prision puede suspenderse......es que yo he puesto que tb después pq el libro se tira la misma vida diciendo que la libertad condicional es una forma de suspensión ahora y no una forma de cumplimiento como antes y desde luego la libertad condicional se cumple fuera de prision.
Para que un sujeto pueda quedar exento por miedo insuperable. ....
YO YAMBIEN DUDO EN ESAS DOS PREGUNTAS! la pena de prision ouede suspenderse durante y antes o durante y despues???
y la 23 el sujeto puede quedar exento de responsabilidad penal sería la d no????
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por cierto alguien tiene las respuestas de examenes de 2013-2014, 2014-2015??
saludos y animooos
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UNA PREGUNTILLA! SABEIS CUANTO RESTAN LOS FALLOS??
Los fallos restan 0.10 por lo que la estadística juega a nuestro favor. Si sólo contestas 13 bien 13*0,4=5,2 en cambio si contestas todas deberás tener 15 bien, 15*0,4=6 y 10 mal, 10*0,1=1 por lo que se quedaría en un 5.
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muchas gracias azur!
alguna idea de si estan colgadas las repuetas de 2013-2014, 2014-2015?
mil gracias
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Que valor tiene la Pec? Un 25%?
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Que valor tiene la Pec? Un 25%?
Si, eso es
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Ok. Gracias!
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Que valor tiene la Pec? Un 25%?
La nota de la pec se suma directamente al examen siempre q tengas en este un 7,5
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Buenas,
YO YAMBIEN DUDO EN ESAS DOS PREGUNTAS! la pena de prision ouede suspenderse durante y antes o durante y despues???
y la 23 el sujeto puede quedar exento de responsabilidad penal sería la d no????
A mi parecer sería antes y durante.
Como dijo la compañera laurafam supra más arriba, el libro insiste mucho en que ahora la libertad condicional es una forma de suspensión de la pena, pero si bien la libertad condicional se cumple fuera de la prisión, se otorga al penado que está en prisión. Y más allá de esa situación no se me ocurre alguna forma en la que se pueda suspender la pena de alguien después de haber cumplido su tiempo en prisión.
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gracias compañero
en cuanto a la otra que pusisteis?? la 23
para que un sujeto quede exento de responsabilidad penal por miedo insuperable
a) es necesario q el miedo sea la unica causa
b) basta con q el miedo sea el motivo preponderante pero no exclusivo
c)no es necesario q el mal sea real
d) ninguna de las anteriores???
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Es necesario que el miedo sea la única causa, no puede haber por ejemplo venganza o una provocación, si no no sería miedo insuperable.
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gracias compañero
en cuanto a la otra que pusisteis?? la 23
para que un sujeto quede exento de responsabilidad penal por miedo insuperable
a) es necesario q el miedo sea la unica causa
b) basta con q el miedo sea el motivo preponderante pero no exclusivo
c)no es necesario q el mal sea real
d) ninguna de las anteriores???
Pues yo diría que es la b), me suena mucho haber leido lo de motivo preponderante.
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Dudilla de última hora:
Con respecto a los inimputables podemos decir que:
a) en ningún caso pueden actuar dolosamente.
b) solo pueden actuar imprudentemente o con dolo eventual.
c) solo pueden actuar con imprudencia inconsciente.
d) todas las anteriores incorrectas.
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Dudilla de última hora:
Con respecto a los inimputables podemos decir que:
a) en ningún caso pueden actuar dolosamente.
b) solo pueden actuar imprudentemente o con dolo eventual.
c) solo pueden actuar con imprudencia inconsciente.
d) todas las anteriores incorrectas.
Yo diria la d
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Buenas,
Sobre la pregunta de la responsabilidad penal por miedo insuperable:
-La jurisprudencia exige que sea la única causa.
-Los autores del libro rechazan esa comprensión del requisito (obrar impulsado por el miedo insuperable), y apuntan que basta con que el miedo sea el motivo preponderante pero no exclusivo. Incluso podrían concurrir otras motivaciones, como la ira o la venganza, siempre y cuando el miedo sea la razón determinante.
Como expresamente preguntan por la postura de la jurisprudencia, la a) sería la correcta.
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Suerte a todos!!!
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quien tiene las respuestas del tipo C??
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Me podríais alguno decir las repuestas del examen de hoy de la letra D, quisiera confrontarlas, gracias
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ME PODRIAS DECIR LAS PREGUNTAS DE LA D , GRACIAS
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Qué tal os ha salido el examen??
Cuál habéis puesto?
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que tipo de examen te toco??
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El D
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Examen tipo D
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Alguien q sepa seguro las del examen C??
Yo no las he comprobado aun😌
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Voy a poner las que creo del tipo C, allá va:
1b
2b
3a
4b
5c
6a
7b
8d
9c
10a
11d
12c
13a
14c
15c
16c
17d
18d
19c
20b
21b
22a
23b
24d
25a
26c
27c
Están contrastadas, aunque puede que me haya equivocado en alguna. Suerte
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PERDON, EDITO, la 14 seria la c) que me he liado con las prescripciones.
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Dicho eso me voy muy embajonada a Septiembre.
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Alguien tiene las del tipo D?
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tipo D
1 a
2 c
3 ?
4 b
5 b
6 a
7 c
8 b
9 c
10 d
11 a
12 d
13 a
14 c
15 c
16 c
17 d
18 d ?
19 b
20 b
21 b
22 d
23 a?
24 d
25 ?
26 c
27 c
ahí teneis casi todas comprobadas a bote pronto, otras no me atrevo a poner nada así que ayudad a terminar el puzzle
suerte
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Buenas, discrepo en dos preguntas del tipo C con el compañero:
la 2) : La falsa creo que es la C, ¿cómo va a ser provocado intencionadamente un síndrome de abstinencia por el sujeto para delinquir?, entiendo que el síndrome de abstinencia es una consecuencia sobrevenida del No consumo de drogas, alcohol etc..., una persona dudo que pueda/quiera intencionadamente provocarse el dicho síndrome. Respecto de la B, la veo correcta, porque si el sujeto comprende la ilicitud del hecho no se le aplica la eximente completa, por mucha alteración psíquica que padezca.
la 19) Creo que es la A: Según los apuntes que tengo (que quizá no son correctos) "El primer párrafo del artículo 20.2 del Código Penal establece que está exento de responsabilidad penal (por inimputabilidad) quien tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos. La intoxicación plena que puede dar lugar a inimputabilidad es la fortuita, esto es, la que no ha sido querida ni prevista pues el sujeto ignora los efectos del tóxico (la intoxicación voluntaria sería un supuesto de actio libera in causa)." En este caso la intoxicación es fortuita (No voluntaria) y por tanto considero que puede quedar exento de responsabilidad penal.
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Buenas, discrepo en dos preguntas del tipo C con el compañero:
la 2) : La falsa creo que es la C, ¿cómo va a ser provocado intencionadamente un síndrome de abstinencia por el sujeto para delinquir?, entiendo que el síndrome de abstinencia es una consecuencia sobrevenida del No consumo de drogas, alcohol etc..., una persona dudo que pueda/quiera intencionadamente provocarse el dicho síndrome. Respecto de la B, la veo correcta, porque si el sujeto comprende la ilicitud del hecho no se le aplica la eximente completa, por mucha alteración psíquica que padezca.
la 19) Creo que es la A: Según los apuntes que tengo (que quizá no son correctos) "El primer párrafo del artículo 20.2 del Código Penal establece que está exento de responsabilidad penal (por inimputabilidad) quien tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos. La intoxicación plena que puede dar lugar a inimputabilidad es la fortuita, esto es, la que no ha sido querida ni prevista pues el sujeto ignora los efectos del tóxico (la intoxicación voluntaria sería un supuesto de actio libera in causa)." En este caso la intoxicación es fortuita (No voluntaria) y por tanto considero que puede quedar exento de responsabilidad penal.
Yo discrepo justo también en esas dos
Las tengo igual q tu
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Buenas, discrepo en dos preguntas del tipo C con el compañero:
la 2) : La falsa creo que es la C, ¿cómo va a ser provocado intencionadamente un síndrome de abstinencia por el sujeto para delinquir?, entiendo que el síndrome de abstinencia es una consecuencia sobrevenida del No consumo de drogas, alcohol etc..., una persona dudo que pueda/quiera intencionadamente provocarse el dicho síndrome. Respecto de la B, la veo correcta, porque si el sujeto comprende la ilicitud del hecho no se le aplica la eximente completa, por mucha alteración psíquica que padezca.
la 19) Creo que es la A: Según los apuntes que tengo (que quizá no son correctos) "El primer párrafo del artículo 20.2 del Código Penal establece que está exento de responsabilidad penal (por inimputabilidad) quien tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos. La intoxicación plena que puede dar lugar a inimputabilidad es la fortuita, esto es, la que no ha sido querida ni prevista pues el sujeto ignora los efectos del tóxico (la intoxicación voluntaria sería un supuesto de actio libera in causa)." En este caso la intoxicación es fortuita (No voluntaria) y por tanto considero que puede quedar exento de responsabilidad penal.
Hola compañero, con respecto a la pregunta 2, yo sí creo que un síndrome de abstinencia sí puede provocarse intencionadamente, por ejemplo, un toxicómano que esté sometido a un tratamiento de metadona, lo abandona voluntariamente para posteriormente proceder a cometer un delito y poder excusarse con la eximente de síndrome de abstinencia. Por otro lado, si te fijas en la respuesta b) dice "la jurisprudencia, EN OCASIONES...." , yo entiendo que no es en ocasiones, sino siempre, cuando la eximente de alteración psíquica debe anular la capacidad del sujeto, por eso me parece falsa la opción b).
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Ya, sin embargo la pregunta empieza diciendo que expresamente dispone el código penal, y de la lectura del artículo 20 no me parece que lo recoja expresamente, otra cuestión que me suscita dudas es que habla de un sujeto, que es un poco indeterminada, entiendo que se refiere a cualquier sujeto? me parece una pregunta muy mal redactada.
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Con respecto a la 19 si me genera más dudas puede que tengas razón, ya que si el trastorno se produce de forma imprudente, no nos encontraremos ante un supuesto "actio libera in causa", por lo que podría aplicarse la eximente.
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Ya, sin embargo la pregunta empieza diciendo que expresamente dispone el código penal, y de la lectura del artículo 20 no me parece que lo recoja expresamente, otra cuestión que me suscita dudas es que habla de un sujeto, que es un poco indeterminada, entiendo que se refiere a cualquier sujeto? me parece una pregunta muy mal redactada.
Pues sí, es seria candidata a ser impugnada.
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Respecto de la pregunta relativa a la actio libera in causa e imprudencia. En mi opinión no puede quedar exento de responsabilidad penal, ya que en este caso quien se provoca la situación de intoxicación plena a sí mismo es él, y no un tercero, que por ejemplo le podría haber drogado y en ese caso si podría quedar exento. La imprudencia se le debe reprochar a su autor y se le deberá castigar con un delito imprudente, y no doloso. Imaginad sino la inseguridad jurídica que podría haber. Caben desde luego varias interpretaciones. Veremos..
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Espero que no tarden mucho en poner las plantillas :D
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Vaya examen chungo en comparación a otros años, nos ha tocado !!!! :-[
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muy difícil, mas que el de la primera semana, se han lucido
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Respecto de la pregunta relativa a la actio libera in causa e imprudencia. En mi opinión no puede quedar exento de responsabilidad penal, ya que en este caso quien se provoca la situación de intoxicación plena a sí mismo es él, y no un tercero, que por ejemplo le podría haber drogado y en ese caso si podría quedar exento. La imprudencia se le debe reprochar a su autor y se le deberá castigar con un delito imprudente, y no doloso. Imaginad sino la inseguridad jurídica que podría haber. Caben desde luego varias interpretaciones. Veremos..
A ver, es que si se provoca de manera imprudente el estado de intoxicación, es que no se lo provoca!
Se intoxica sin querer
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Mi quiniela de modelo tipo C:
1.b 2.d 3.a 4b 5c. 6a. 7b. 8d. 9c. 10a. 11d. 12c. 13a. 14c. 15c. 16c. 17d. 18d. 19a. 20b. 21c. 22a. 23b. 24d. 25a. 26c. 27c
Suerte a todos.
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si señor, nivel de dificultad bastante alto
solo hay que ver que han puesto 9 preguntas de incorrecto, falso, etc
mas las dos de reserva hacen 11 de 27 un pasote
si premio
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Respecto de la pregunta relativa a la actio libera in causa e imprudencia. En mi opinión no puede quedar exento de responsabilidad penal, ya que en este caso quien se provoca la situación de intoxicación plena a sí mismo es él, y no un tercero, que por ejemplo le podría haber drogado y en ese caso si podría quedar exento. La imprudencia se le debe reprochar a su autor y se le deberá castigar con un delito imprudente, y no doloso. Imaginad sino la inseguridad jurídica que podría haber. Caben desde luego varias interpretaciones. Veremos..
Pero en este caso no hablamos de un delito imprudente, sino de un estado de intoxicación provocado de forma imprudente, no es tampoco relevante si la intoxicación se la ha producido él o un tercero, lo relevante es si se ha intoxicado para cometer el delito.
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Alguien sabe que respuestas es correctas a las pregunta;
De acuerdo con la concepción psicológica de la culpabilidad que surge cuando se consolida el denominado " concepto clásico del delito ", el dolo y la imprudencia ;
A) son dos formas de culpabilidad
B) pertenecen al tipo de lo injusto
C) pertenecen al concepto de acción
D) Excluyen la imputabilidad
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Alguien sabe que respuestas es correctas a las pregunta;
De acuerdo con la concepción psicológica de la culpabilidad que surge cuando se consolida el denominado " concepto clásico del delito ", el dolo y la imprudencia ;
A) son dos formas de culpabilidad
B) pertenecen al tipo de lo injusto
C) pertenecen al concepto de acción
D) Excluyen la imputabilidad
Es la A
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alguien tiene el D?
me estoy frustrando cantidad, y sin contar como he salido del examen.... :-\
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Mi quiniela de modelo tipo C:
1.b 2.d 3.a 4b 5c. 6a. 7b. 8d. 9c. 10a. 11d. 12c. 13a. 14c. 15c. 16c. 17d. 18d. 19a. 20b. 21c. 22a. 23b. 24d. 25a. 26c. 27c
Suerte a todos.
La 21 es b)
art. 13 del CP si no recuerdo mal
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Pero en este caso no hablamos de un delito imprudente, sino de un estado de intoxicación provocado de forma imprudente, no es tampoco relevante si la intoxicación se la ha producido él o un tercero, lo relevante es si se ha intoxicado para cometer el delito.
En cualquier caso, estaríamos ante una imputacion extraordinaria que también se prevé en el ALIC, ya que la imprudencia de su conducta no le debe liberar de responsabilidad. No hablamos de algo fortuito o que ocurre por causas totalmente ajenas a su persona, hablamos de una conducta suya propia imprudente, por no observar el cuidado debido. No es le puede eximir de responsabilidad.
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Pero qué intoxicación de drogas o alcohol es alguna vez prudente???
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Han llevado el exámen al límite.. Vaticino muchos suspensos y reclamaciones..
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Sinceramente creo que las intoxicaciones ni son prudentes ni imprudentes( creo que esta mal redactada la pregunta) y en cualquier caso si habla de "no voluntario" entiendo que es fortuito y desde luego no atrbuible al actor.
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No voluntario significa que no hay dolo en la conducta, pero en este caso la imprudencia es negligencia reprochable, sino se llamaría azar. Y no creo que el azar en derecho contribuya a dar seguridad jurídica.
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La pregunta 5 del tipo D ( para los que defienden la teoría restringida de la culpabilidad, el error sobre las circunstancias que sirven de base a una causa de justificación :)
A) debe ser tratado como error de prohibición
B) debe ser tratado como error de tipo
C) es irrelevante..
D) conduce a la apreciación de una causa de justificación como eximente completa
Alguien me puede decir la buena y me lo argumenta?
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La Teoría de la Culpabilidad Restringida, realiza una restricción sobre los casos que serían de Error de Prohibición: los errores que fundamentan una CJ deber tratarse como Error de Tipo y conllevar responsabilidad por Imprudencia.
Si alguno podéis subir el examen os lo agradecería! Un saludo.
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La pregunta 5 del tipo D ( para los que defienden la teoría restringida de la culpabilidad, el error sobre las circunstancias que sirven de base a una causa de justificación :)
A) debe ser tratado como error de prohibición
B) debe ser tratado como error de tipo
C) es irrelevante..
D) conduce a la apreciación de una causa de justificación como eximente completa
Alguien me puede decir la buena y me lo argumenta?
Es la B. Para esta teoria el error sobre una causa de justificacion vencible debe sactigarse como un delito imprudente
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Cuando salen las notas??
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yo he puesto la d)
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tipo D
1 a
2 c
3 ?c
4 b
5 b
6 a
7 c
8 b
9 c
10 d
11 a
12 d
13 a
14 c
15 c
16 c
17 d
18 a ?
19 b
20 b
21 b
22 d
23 a
24 d
25 a
26 c
27 c
pues estas si que son las correctas comprobadas con el libro y con un poco mas tiempo casi como antes pero ya creo que si estan perfect ;)
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yo he puesto la d)
No puede ser la D porq no habria responsabilidad penal. La unica diferencia entre la teoria restringida y la pura es el tratamiento a los errores sobre causas dejustificacion.
La diferencia de edtas dos teorias se entiende perfectamente si nos acordamos de la teoria de los elementos negativos del tipo, la cual juntaba tipicidad y antijuridicidad en un solo elemento. Con lo cual, una eximente en sede de antijuridicidad no solo anulaba la antijuridicidad si no tambien la tipicidad al ser las dos categorias una sola. Tenemos q acordarnos del diferente tratamiento de los errores. Los errores de prohibicion anulan la antijuridicidad, pero sln totalmente tipicos, con lo cual se aplica una pena atenuada. Los errores de tipo anulan el tipo, con lo cual el hecho no es tipico y unicamente se puede castigar por imprudencia. Hablamos de errores vencibles, q no lo he dicho. Si asumimlmos la teoria de los elementos negativos redpecto a la restringida, nos sale que los errores sobre causas de justificacion para ellos anulan el tipo, con lo cual se castigan con la pena del delito imprudente.
No se si me habre explicado bien
De todas formas lo teneis todo en el libro, aunq es cierto q un poco escueto.
Saludos!
-
Del examen tipo D, las preguntas 3 y 18 son totalmente impugnables. La pregunta 3 no está bien redactada. Y la pregunta 18 podría tener dos respuestas válidas, atendiendo a la doctrina.
Se han pasado tres pueblos los de Penal.. No debería haber tanta diferencia entre los exámenes de la primera y segunda semana.
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Del examen tipo D, las preguntas 3 y 18 son totalmente impugnables. La pregunta 3 no está bien redactada. Y la pregunta 18 podría tener dos respuestas válidas, atendiendo a la doctrina.
Se han pasado tres pueblos los de Penal.. No debería haber tanta diferencia entre los exámenes de la primera y segunda semana.
Completamente de acuerdo. Yo tuve la suerte de hacerlo la primera semana pero si no fuese así y habiendo estudiado mucho, solo aprobaría el de la primera semana y me las vería y desearía para aprobar el de la segunda semana. Yo creo que tienen que poner una dificultad parecida en ambas semanas, me parece sumamente injusto que para unos este el listón más alto que para otros. Desde luego ha sido un examen redactado con muy mala idea y me apena saber que haya gente que haya estudiado muchísimo y que ese estudio dada la dificultad del examen no se refleje. La uned es suerte, creo que no debería serlo pero cada vez estoy mas convencida de ello.
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Completamente de acuerdo. Yo tuve la suerte de hacerlo la primera semana pero si no fuese así y habiendo estudiado mucho, solo aprobaría el de la primera semana y me las vería y desearía para aprobar el de la segunda semana. Yo creo que tienen que poner una dificultad parecida en ambas semanas, me parece sumamente injusto que para unos este el listón más alto que para otros. Desde luego ha sido un examen redactado con muy mala idea y me apena saber que haya gente que haya estudiado muchísimo y que ese estudio dada la dificultad del examen no se refleje. La uned es suerte, creo que no debería serlo pero cada vez estoy mas convencida de ello.
No se por que pero suele pasar, de hecho yo solo me he dejado un examen para esta semana por lo mismo y preferí ir petada la primera semana que dejarme las mas dificiles para mi para esta segunda. Hay veces que ocurre al contrario, el año pasado en Administrativo II la primera semana fue una sangria y la segunda todo lo contrario pero no es lo habitual :-[
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No se por que pero suele pasar, de hecho yo solo me he dejado un examen para esta semana por lo mismo y preferí ir petada la primera semana que dejarme las mas dificiles para mi para esta segunda. Hay veces que ocurre al contrario, el año pasado en Administrativo II la primera semana fue una sangria y la segunda todo lo contrario pero no es lo habitual :-[
Si, la verdad que es difícil acertar por donde iran los tiros, independientemente de ello opino que debería de haber una dificultad parecida en ambas semanas. Pero bueno, el derecho de pataleta siempre nos asistirá aunque no nos sirva de nada. Mucha suerte en lo que os queda compañeros!
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Gracias compañeros¡¡¡
Pero que ha sido un examen muy complicado y se te quitan las ganas de hacer la en la Uned.............
Esto desmotiva mucho, no sé vosotros que opinais.
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A ver si salen pronto las plantillas oficiales y confirmamos nota! Según la que hay puesta unos mensajes antes estaría aprobada :D
Desde aquí agradecer a laurafm sus esquemas, me han ayudado muchísimo en este parcial ;)
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LO MISMO DIGO! MUCHAS GRACIAS LAURAFM POR LOS RESUMENES
LAS PLANTILLAS LAS SUELEN COLGAR EN ALF??
SALUDOS Y SUERTE PARA LOS QUE TENGAIS MAS
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laura fm, tus apuntes me han ayudado mucho a repasar esta ultima semana, te has currado unos apuntes de sobresaliente y encima lo has compartido desinteresadamente con tus compañeros, eres lo mas grande.
Creo que estas en cuarto, ya no te queda nada, espero que te gradúes pronto y con una buena media, no te mereces menos, un abrazo
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Muchas gracias a todos , en cuanto a los apuntes solo hice lo que antes habían hecho otros muchos compañeros , siempre me había beneficiado de los demás y nunca había aportado nada así que ya tocaba ;), me alegro que os hayan servido yo desde luego he preparado la asignatura por ahí, era incapaz de meterme ese tocho en la cabeza. Ecaracet1 aún me queda un poco para graduarme, el año que viene cogeré las dos que no he cogido este año de tercero y medio cuarto así que espero acabar el siguiente :), lo dicho gracias a todos
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Ojala se acabe pronto este suplicio y pongan las plantillas ya............ ;)
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Estimados compañeros,
según la planilla no oficial me quedaría en un 6.8 con lo que muy contento. He leído todos vuestros mensajes y creo que estoy de acuerdo con todos cuando hablais que el examen ha sido complicado, pero creo que no lo ha sido tanto como otras veces. Lo podían haber complicado más y la verdad que no lo han hecho. Felicidades a todos los que aprueben y a los que tengas que ir a Septiembre que no desanimen, que esta asignatura se aprueba, con mucho esfuerzo, pero se aprueba.
Y dar las gracias a Laura FM, aunque no he utilizado tus apuntes, esta vez me he tragado todo ese libro, siempre esta dispuesta a colaborar con los compañeros y otros tantos que siempre ayudan para que no nos resulte tan difícil.
Ahora a esperar la plantilla oficial. Suerte a todos.
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Cuando salen las notas? O cual es el limite para q salgan??
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Qué les costará sacar las plantillas ya, leñe!!
Suerte a todos...
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Tras el ataque del primer parcial del monedero, imagino que habrán pensado que lo mejor será sacarlas un poco más tarde. No creo que cambie mucho con respecto a la que anda por ahí planilla no oficial. Suerte a todos y a esperar.
Un saludo a todos ;) ;)
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Tras el ataque del primer parcial del monedero, imagino que habrán pensado que lo mejor será sacarlas un poco más tarde. No creo que cambie mucho con respecto a la que anda por ahí planilla no oficial. Suerte a todos y a esperar.
Un saludo a todos ;) ;)
;D ;D ;D ;D ;D ;D
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Ya les vale sin sacar las plantillas >:(, los huevos de dos yemas como diría mi abuela ;D
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Les he mandado un mail hace un rato y me acaban de contestar que hasta finales de esta semana o principios de la próxima no hay plantillas
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Yo me tengo que morder la lengua. Estoy esperando plantilla Penal II. Es una vergüenza
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Les he mandado un mail hace un rato y me acaban de contestar que hasta finales de esta semana o principios de la próxima no hay plantillas
Con dos coj... Si las plantillas tendrían que estar hechas junto con el examen!!
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Bueno, después de haber cursado recientemente esta asignatura, cuál es vuestra valoración?
Ya veo que los exámenes suelen ser complicados pero ¿El temario os ha parecido ameno?
Es la asignatura que me queda de segundo y en teoría voy a matricularme de ella el próximo curso pero tengo un bebé de 8 meses que se pondrá a andar después de verano (me tocará ir detrás jaja) y no sé si dejarla para más adelante y coger otra de tercero o cursarla.
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Elena eso mismo hice yo, dejármela de puro terror ;D, este año solo me quedaba esa de segundo y te puedo decir que para nada es el león como lo pintan, desde mi punto de vista la parte del derecho que mas me gusta hasta ahora (excepto los primeros temas que son super teóricos) y eso que por boba me ha tocado comprar el libro (por la reforma que hubo en verano) y esquematizarlo entero porque intentar meterse las 1150 hojas en la cabeza asi de tirón en mi caso era imposible . Es cierto que los exámenes son super rebuscados pero una vez comprendes la asignatura se sacan perfectamente asi que no la tengas miedo, en mi caso he tenido este año asignaturas muchísimo mas cortas que se me han hecho insufribles y sin embargo " el coco" ha terminado por gustarme ;)
Por cierto valor y al toro con el peque , eso si que da miedo ;D
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Aquí otra que está muerta miedo con ella. Me queda solo esa de segundo y aún no me decido a matricularme de ella por lo que he ido leyendo.
Se puede sacar bien con apuntes? El libro por lo visto impone.
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Aquí otra que está muerta miedo con ella. Me queda solo esa de segundo y aún no me decido a matricularme de ella por lo que he ido leyendo.
Se puede sacar bien con apuntes? El libro por lo visto impone.
Perfectamente por apuntes , yo me hice mis esquemas y exclusivamente por ellos estudie ( aunque es verdad que para hacerlos me lei el libro)
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Gracias! Pues iré a por ella porque ya tampoco tengo mucho donde elegir. No creo sea peor que Trabajo, que es mi gran suplicio.
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Los exámenes son complicados, sí, pero si se estudia, se saca, no hay más. Esto en cambio hace unos años no pasaba siempre, los últimos años se han ido suavizando los exámenes...quizás "suavizar" no es la palabra, lo que quiero decir que los de ahora son exámenes difíciles, pero posibles, los de hace 3-4 años eran imposibles!
Así que os animo a matricularos, que se puede.
Como consejo, que ya no recuerdo a quien se lo había leído yo, creo que al compañero Raulino: en el libro de casos prácticos de Penal II, el de Carlos Vázquez González, viene un resumen muy bueno, de unas 90 páginas, de Penal I. Os lo recomiendo encarecidamente, leédlo incluso antes de empezar con Penal I.
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Venga pues me matriculo el próximo curso! Gracias por los comentarios ;)
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Como consejo, que ya no recuerdo a quien se lo había leído yo, creo que al compañero Raulino: en el libro de casos prácticos de Penal II, el de Carlos Vázquez González, viene un resumen muy bueno, de unas 90 páginas, de Penal I. Os lo recomiendo encarecidamente, leédlo incluso antes de empezar con Penal I.
Donde podría encontrar ese resumen de 90 páginas? me interesa.
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donde te dice lo que estás citando.
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Donde podría encontrar ese resumen de 90 páginas? me interesa.
En el mismo libro de casos prácticos...es cierto, que el resumen es bueno.
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Ya están las plantillas
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Hola Chic@s :)
Alguien me puede decir que día y a que hora es el examen de septiembre? Necesito saberlo ya y están actualizando los calendarios de examenes y no puedo mirarlo :(
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SEMANA 1 A
1.- d)
2.- b)
3.- b)
4.- a)
5.- c)
6.- d)
7.- d)
8.- c)
9.- b)
10.- c)
11.- b)
12.- c)
13.- d)
14.- d)
15.- c)
16.- d)
17.- c)
18.- b)
19.- c)
20.- c)
21.- c)
22.- a)
23.- b)
24.- d)
25.- d)
SEMANA 1 B
1.- d)
2.- d)
3.- d)
4.-c)
5.- b)
6.- d)
7.- b)
8.- c)
9.- b)
10.- c)
11.- c)
12.- c)
13.- d)
14.- d)
15.- d)
16.- b)
17.- c)
18.- b)
19.- c)
20.- b)
21.- a)
22.- d)
23.- a)
24.- c)
25.- c)
SEMANA 2 C
1.- b)
2.- c)
3.- a)
4.- b)
5.- c)
6.- a)
7.- b)
8.- d)
9.- c)
10.- a)
11.- d)
12.- c)
13.- a)
14.- c)
15.- c)
16.- c)
17.- d)
18.- d)
19.- a)
20.- b)
21.- b)
22.- a)
23.- b)
24.-d)
25.- a)
SEMANA 2 D
1.- a)
2.- c)
3.- c)
4.- b)
5.- b)
6.- a)
7.- c)
8.- b)
9.- c)
10.- d)
11.- a)
12.- d)
13.- a)
14.- c)
15.- c)
16.- c)
17.- d)
18.- a)
19.- b)
20.-b)
21.- b)
22.- d)
23.- a)
24.- d)
25.- a)
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Hola Chic@s :)
Alguien me puede decir que día y a que hora es el examen de septiembre? Necesito saberlo ya y están actualizando los calendarios de examenes y no puedo mirarlo :(
SABADO 3 DE SEPTIEMBRE
16:00 PRIMER PARCIAL
18:30 SEGUNDO PARCIAL
-
SABADO 3 DE SEPTIEMBRE
16:00 PRIMER PARCIAL
18:30 SEGUNDO PARCIAL
Perfecto!!! Muchisimas gracias :) :)
Pensaba que me iba a tocar pedir día libre en el trabajo y conforme están las cosas... estaba aterrada!!! :-\
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Efectivamente,ya están las plantillas,y ahora voy a divulgar mi 8´5 de la alegría de haberme quitado este tocho y porque me sale de los HUITOS.
A por el II
Suerte a todos
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Perfecto!!! Muchisimas gracias :) :)
Pensaba que me iba a tocar pedir día libre en el trabajo y conforme están las cosas... estaba aterrada!!! :-\
Respecto a la fecha del examen de septiembre, pasa algo raro. Tengo el calendario de exámenes que me descargué hace ya muchos meses (en septiembre de 2015) y, efectivamente en el mismo, Penal I aparece el sábado día 3 (sábado). Sin embargo, en el que he descargado recientemente, Penal I aparece el día 6 (martes).... Entiendo que prevalecerá esta última versión, pero intentando sacar nuevamente el archivo, me indica que los calendarios están pendientes de publicación y que lo intente en unos días... no lo entiendo...
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Bueno pues con mi 7 me despido por fin de ésta asignatura. Vamos a por el II. Y suerte a los de Septiembre :-*
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Respecto a la fecha del examen de septiembre, pasa algo raro. Tengo el calendario de exámenes que me descargué hace ya muchos meses (en septiembre de 2015) y, efectivamente en el mismo, Penal I aparece el sábado día 3 (sábado). Sin embargo, en el que he descargado recientemente, Penal I aparece el día 6 (martes).... Entiendo que prevalecerá esta última versión, pero intentando sacar nuevamente el archivo, me indica que los calendarios están pendientes de publicación y que lo intente en unos días... no lo entiendo...
así hice yo, lo acabo de comprobar y el mensaje es
los calendarios están pendientes de publicación, por favor intentelo pasados unos dias.
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Hola Medved:
¿Sabes si es normal esto? Nunca he hecho exámenes en septiembre y me pilla fuera de lugar...
Eso sí, me parece impresentable que publiquen un calendario en septiembre, lo cambien, publiquen otro en junio (a tres meses vista) y ahora pretendan publicar otro (o eso creo entender que ocurrirá...)...
En fin...
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Que alivio y al final no ha sido para tanto ;) con el miedo que tenia a esta signatura y nos hemos hecho hasta amigas ;D
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Una menos :D!!!
Enhorabuena y gracias, Laura FM.
Magníficos apuntes (del primero y del segundo parcial).
Suerte al resto.
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Hip hip hurra!!!!
Fuerza para septiembre, yo despido al tocho azulgrana :D
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Hola compañeros,
me sumo a vosotros y me despido del tocho. un 6,8.
Con mi lagrimilla sentimental :'( :'( :'( diga "ciao pescao :D :D :D!!!!! nos vemos en el II.
Animo a todos, que se puede. ;) ;) ;)
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Pues un 10 :D la verdad es que me ha gustado la asignatura, aunque se pasan un poquito con los exámenes. A ver el II qué tal.
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Que pasada Ever enhorabuena ;) un diez en esta asignatura es como los billetes de 500 € todo el mundo sabe que existen pero nadie los ha visto ;D
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SABADO 3 DE SEPTIEMBRE
16:00 PRIMER PARCIAL
18:30 SEGUNDO PARCIAL
martes 6 de septiembre
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martes 6 de septiembre
Disculpa pero sigue saliendo que estara en unos dias, eso del 6 parece que estuvo durante un tiempo breve, asi que por favor no despistemos al personal
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Pues un 10 :D la verdad es que me ha gustado la asignatura, aunque se pasan un poquito con los exámenes. A ver el II qué tal.
Enhorabuena, yo la deje entera para el verano y me has animado. Para penal II, tambien es test y han quitado el caso practico de este curso
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Enhorabuena a todos los aprobados! Me sumo a la lista de aprobados, y con esto y un bizcocho hasta febrero con penal II. Animo a los que la llevais, se puede sacar con un poco de esfuerzo. Y por cierto, gracias de nuevo por tus super apuntes Laura, creo que sin ellos no hubiese obtenido la calificación que he obtenido. Saludos
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Una menos... a pesar de la muy mala idea del examen de la 2ª semana... pero he vencido a la fiera.
Enhorabuena a los que han aprobado y mucho ánimo a los que vayan a septiembre...
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Enhorabuena a todos los aprobados! Me sumo a la lista de aprobados, y con esto y un bizcocho hasta febrero con penal II. Animo a los que la llevais, se puede sacar con un poco de esfuerzo. Y por cierto, gracias de nuevo por tus super apuntes Laura, creo que sin ellos no hubiese obtenido la calificación que he obtenido. Saludos
Me alegro un monton ;)
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Enhorabuena a todos!!! yo tambien aprobé!!! Hasta octubre con Penal II!!!
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Hola Medved:
¿Sabes si es normal esto? Nunca he hecho exámenes en septiembre y me pilla fuera de lugar...
Eso sí, me parece impresentable que publiquen un calendario en septiembre, lo cambien, publiquen otro en junio (a tres meses vista) y ahora pretendan publicar otro (o eso creo entender que ocurrirá...)...
En fin...
Privet:-)...no, no es normal y es rarisimo, ahora mismo sigue dando el mensaje que se debe esperar, asi que eso del dia 6 lo pondria en cuarentena. Sobre que se haga en sabado, eso si es normal, incluso en domingo hay previstos examenes segun el calendario ahora desaparecido. Saludos y suerte
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Hola a todos, acabo de entrar a ver la fecha de exámenes y pone el día 03 de septiembre a las 16:00 horas la primera parte de penal ;)
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Aquí pasa algo muy raro. Yo intento entrar a fechas de exámenes de septiembre desde mi usuario logrado y sigue el mismo mensaje que antes (estarán disponibles en unos días).
Entro a través de http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,14024325&_dad=portal y aparecen todos los exámenes, siendo la fecha de ambos penales el día 6.
Personalmente me conviene el día 6, pero es un despropósito, pues si uno no tiene seguro si va a poder presentarse en una fecha que no conoce con certeza, pocas ganas de ponerse a estudiar en serio pueden quedarle...
En fin!
-
Respondo a los dos ultimos mensajes, me sigue saliendo pendientes de publicacion, y para mike, he entrado a traves del enlace que pones y lo mismo. Asi que solo nos queda ir comprobando cada dia, a ver si se mantiene el 3 o lo han cambiado al 6.
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Gracias por tu comentario Medved. Por mi parte voy a intentar también llamar el lunes, ya que en la página genérica se consiguen resultados si uno selecciona "carreras", pero no se consigue nada si sólo se marca "Grado en Derecho". Tal vez se trate de un fallo informático ¿?
Hasta ahora mi experiencia era que publicaban con tiempo los exámenes y cuando había alguna cosa no definitiva, lo indicaban con la palabra "borrador" o "provisional", pero esto, a 10 semanas vista me parece un despropósito.
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Respondo a los dos ultimos mensajes, me sigue saliendo pendientes de publicacion, y para mike, he entrado a traves del enlace que pones y lo mismo. Asi que solo nos queda ir comprobando cada dia, a ver si se mantiene el 3 o lo han cambiado al 6.
No quiero despistar a nadie, es el dia 6 los dos penales. Tengo el calendario.
Saludos
-
No quiero despistar a nadie, es el dia 6 los dos penales. Tengo el calendario.
Saludos
A mi me sigue saliendo los calendarios estan pendientes de publicacion.
-
Lo puedo confirmar el martes día 6 de septiembre a las 16h y a las 18.30h los exámenes de Penal I.
-
Os presentáis a los dos exámenes de Penal I en septiembre?
-
Hola:
Sólo comentar que he llamado a la Facultad de Derecho y a quien me ha atendido le ha sorprendido también que nos aparezca el mensaje "Los calendarios están pendientes de publicación. Por favor, inténtelo pasados unos días". Me indica que no le consta ningún cambio y que habrá que estar a la espera...
Ahora bien, en la página genérica de exámenes (http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,14024325&_dad=portal) aparece ya lo siguiente:
Convocatoria de septiembre 2016:
Las fechas de exámenes son:
Centros nacionales y resto de Europa: 5 al 10 de septiembre de 2016
Así, creo que podemos ir descartando la hipótesis de exámenes el 3 y 4 (sábado y domingo respectivamente).
Saludos,
-
Yo tengo el Modelo B. Os pongo la corrección que he hecho con el libro, excepto la 1 que no la he encontrado pero que en la Ley pone que es la d.
1-d
2-d
3-d
4-c
5-b
6-d
7-b
8-c
9-b
10-c
11-c
12-c
13-d
14-d
15-d
16-b
17-c
18-b
19-c
20-b
21-a
22-d
23-a
24-c
25-c
26-d
27-c
Enhorabuena. Has hecho pleno en la plantilla que publicaste en su día con la que ha publicado recientemente como oficial el Equipo Docente.
Ello quiere decir que en cuanto al examen de la primera semana no se prevé que vaya a haber ninguna anulación, correcto?
-
Hola:
Sólo comentar que he llamado a la Facultad de Derecho y a quien me ha atendido le ha sorprendido también que nos aparezca el mensaje "Los calendarios están pendientes de publicación. Por favor, inténtelo pasados unos días". Me indica que no le consta ningún cambio y que habrá que estar a la espera...
Ahora bien, en la página genérica de exámenes (http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,14024325&_dad=portal) aparece ya lo siguiente:
Convocatoria de septiembre 2016:
Las fechas de exámenes son:
Centros nacionales y resto de Europa: 5 al 10 de septiembre de 2016
Así, creo que podemos ir descartando la hipótesis de exámenes el 3 y 4 (sábado y domingo respectivamente).
Saludos,
Ahora está aclarado y al que no le consta ningún cambio, pues sí lo hay. En el enlace que has puesto se hace referencia a una reunión del 18 de noviembre de 2015 modificando el calendario publicado en septiembre de 2015, del 2 al 7 de septiembre, pasando del 5 al 10 de septiembre. Y el calendario que yo manejaba es anterior a esa reunión. No obstante, sigue saliendo el mensaje "los calendarios están pendientes de publicación".
saludos y suerte.