Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 10 de Febrero de 2016, 13:13:04 pm
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Derecho Mercantil II Segundo parcial curso 2015 / 2016
Todo lo relacionado con la asignatura para el segundo parcial del curso 2015/2016
Guia de la asignatura: Derecho Mercantil II (https://www.oboom.com/U11J62C9)
Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.
Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0
Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0
Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0
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A por el 2º
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Pillo sitio no se llene de repelentes las primeras filas jajajajaaj.
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Vamos a por ella ;) ;) ;) ;)
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me apunto!!! :D :D
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Vamos a por ella
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Me apunto
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Vamos a por el último examen de Mercantil....
Suerte a tod@s.
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+1 :D
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¿ Con los apuntes es suficiente ?
Gracias :)
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A saco!!!! Animos y fuerza para no llegar a septiembre!
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A por ella!
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¿ Con los apuntes es suficiente ?
Gracias :)
Creo que si mercè, con apuntes y muchos test.he visto unos por ahi de 133 pag que tienen buena pinta.
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Yo voy con los apuntes de ponder, y los test para hacer, me falta ver que cambios han habido en la legislación concursal.
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Ok. Podemos ir mirando los cambios entre todos. Suerte
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Creo que si mercè, con apuntes y muchos test.he visto unos por ahi de 133 pag que tienen buena pinta.
Gracias, tengo el manual, pero es muy largo y por lo que he leido lo importante es tener los conceptos claros ( no pude presentarme en el primer parcial )
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+1 !!!!! Con gaanas de acabar ya!!!!!!!!!!!!! ::)
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Buenas....otro más por aquí!
Podríais colgar el enlace de los apuntes de este parcial?...(he buscado en apuntes temporales y solo encuentro los de iusmasoquista, que están bien pero son cortitos, para repaso de ultima hora)...he leído que hay unos de mnieves que están bien, o los de ponder ( se ve que ando ya muy espesito). Gracias
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Buenas....otro más por aquí!
Podríais colgar el enlace de los apuntes de este parcial?...(he buscado en apuntes temporales y solo encuentro los de iusmasoquista, que están bien pero son cortitos, para repaso de ultima hora)...he leído que hay unos de mnieves que están bien, o los de ponder ( se ve que ando ya muy espesito). Gracias
Los apuntes de iusmasoquista son cortos pero tienen más que lo necesario para aprobar y con nota, vamos yo son los que uso, no hace falta meterse el manual entero ni apuntes de 1000 hojas.
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En mi opinión no deberíamos dar muchas pistas sobre los apuntes a utilizar y menos de aquellos tan resumidos como los de "iusmasoquista" buenísimos por cierto, ya que estos foros son leídos por los tutores de la asignatura, digamos que son de apoyo al manual recomendado, no vaya a ser que pongan todo aquello que no venga en esos apuntes... es mi humilde opinión no os lo toméis a mal.
Un saludo.
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Tienes razón, vamos a jugar al despiste, yo voy a estudiar este cuatrimestre con unos apuntes que pone "mercantil II, APROBADO SEGURO" de la web pornohub, ahí lo dejo.
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jejeje, te la conoces bien la página.
Era una opinión, lo digo porque la gente hasta en ALF, comenta el tema de los apuntes y pienso que no es necesario.
Un saludo.
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De todas formas, el derecho concursal ha tenido cambios, con lo que el manual es necesario si o si, aunque sea un poco tedioso el librito...Derechito, ya nos informarás de los cambios que salen en pornohub jajajajaja, por ampliar y tal ;D ;D ;D. (El grupo de superdotadas empollonas que no se escandalice gracias ;D)
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Es pornhub, no pornohub!
Ná, que pasaba por aquí... ::).
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Es pornhub, no pornohub!
Ná, que pasaba por aquí... ::).
jajajaja, tu controlas... ;D ;D
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Que solo he pedido el enlace de unos apuntes que no encuentro!....que para otras cosas ya visito el porhub ese ::)
Relajarse un poco. Uned derecho es un sitio para compartir (dudas, inquietudes,apuntes,resúmenes,etc). Que los profesores lo visitan?...pues si (es más, alguno me ha insinuado que en vez de comprar un "tocho" mire por determinados "foros" en los que hay apuntes muy buenos). De ahí a pensar que un profesor se lea unos apuntes de 200 y pico páginas, lo contraste con el manual de turno, y seleccione preguntas que no están en los apuntes....Porque si esto va a quedar para hablar del tiempo, de deportes o del porhub por miedo a que un profe se vaya a mosquear y ponernos un examen "chungo"....mal vamos
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Ya están las notas, aprobadaaaaaaaaa y con buena nota! Suerte a todos.
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Entiendo que te refieres a mercantil I, porque a mi no me sale.
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Yo también tengo ya mercantil II, derechito.
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Yo nada de momento.
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Yo nada de momento.
yo tampoco >:(
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Pero serán las de la primera semana, porque yo no tengo nada. De todas maneras la nota ya la sabemos... :)
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Yo también la tengo, de la primera semana, sí.
Eso sí, de Penal II ni rastro, ni aviso ni nada.
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No ves¡¡¡¡, todos tenemos las notas de mercantil II menos "derechito", y por qué? Porque el equipo docente sabe que se mete en páginas de dudoso contenido didáctico.
:D :D :D :D :D :D
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A por ella, ánimo
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A mi también me salió hoy Mercantil II segunda semana Las Palmas, ahora a por el segundo parcial :)
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Hola, alguien sabe donde conseguir las soluciones de junio 2015?? en Uned Calatayud no estan :'( :'( :'( :'(
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buenas,a ver si podemos ayudarnos para superar la asignatura.
saludos
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Como lo podemos hacer para revisar los cambios entre todos?
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Me apunto a lo que haga falta!
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Hay que mirar los temas de la ley concursal que es la que ha cambiado
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Hola compis, vamos a por el último examen de Mercantil, que bien sienta decirlo jajaja
Yo tengo unos apuntes (no recuerdo de quien) muy buenos, y aprobé el primer parcial con nota, luego miro de quien son y os digo, pero juraría que de la gran mnieves.
Suerte a todos!.
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Por si os interesa, hay unos vídeos en YouTube de un profesor de Mercantil II de la Universidad de Valencia, que explican algunos de los temas que veremos en este parcial. El profesor se llama Francisco González Castilla y explica en varios vídeos las características principales del pagaré, el cheque y la letra de cambio. Estos son los títulos:
- De la cesión de créditos a la letra de cambio
- Requisitos y principios configuradores de la letra de cambio
- El aval de la letra de cambio
- La transmisión de la letra de cambio.
Son cortitos y amenos.
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Muchas gracias porqué el 2 parcial lo veo a dia de hoy más complejo que el primero. En cualquier caso estaremos por aquí.
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Me faltó:
- El pagaré y del cheque.
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Entonces se puede decir por lo que he visto que resuelve los 4 primeros temas?
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No digo que solamente con los videos, sea suficiente, pero será de gran ayuda, luego los veré. Saludos.
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Uno más que se une.
Saludos.
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Podríais poner las soluciones de mayo y junio del año pasado es que no aparecen publicadas . muchas gracias
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saludos y a por el segundo parcial, mucho ánimo a todos.
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Quien tiene los exámenes corregidos del año pasado de Mayo y Junio?
Gracias
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Yo no las tengo, la solución sería colgar las preguntas y sacamos las respuestas. Saludos
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Quien tiene los exámenes corregidos del año pasado de Mayo y Junio?
Gracias
Están colgados en Calatayud las soluciones me parece, de todas formas el ED las publicó en el foro a petición de un alumno.
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Por lo que estoy viendo los 3 primeros temas no han cambiado, los de la ley concursal, si hay modificaciones.
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No sé si será suficientes, por si acaso en este enlace están las principales novedades 2015 en la ley concursal y que coinciden con las que ha apuntado un profesor en Alf. Son 9 páginas:
http://www.cuatrecasas.com/media_repository/gabinete/publicaciones/docs/1432719224es.pdf
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Muy buen documento, muchas gracias.
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No sé si será suficientes, por si acaso en este enlace están las principales novedades 2015 en la ley concursal y que coinciden con las que ha apuntado un profesor en Alf. Son 9 páginas:
http://www.cuatrecasas.com/media_repository/gabinete/publicaciones/docs/1432719224es.pdf
Por lo que estoy viendo los 3 primeros temas no han cambiado, los de la ley concursal, si hay modificaciones.
muchas gracias, compañero.
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En el examen de Junio de 2015, hubo una pregunta que decía: Si el deudor legalmente obligado a la llevanza de la contabilidad incumpliera esta obligación el concurso se calificaría? Solo podía ser una de estas 2 respuestas: 1 Culpable, salvo prueba en contrario.
2 Culpable, en todo caso.Pregunto¿Cual dio por buena el ED?. Muchas gracias.
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Otro más que se une, nos vemos por aquí. Un saludo
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Buenas tardes Compañeros:
¿Alguien tiene las respuestas del examen reserva (septiembre) 2015?,¿Puede poner las respuestas?
Gracias,
Saludos
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Buenos días. No sé si estoy un poco liada. Según el programa entraría hasta el tema " El derecho preconcursal" (incluido) que no sé si es nuevo. A partir de ahí, lo que viene en el libro no entra, es decir, a partir del Derecho de navegación. Es que tengo un recopilatorio de preguntas de años anteriores y sí hay preguntas tipo test sobre los siguientes temas
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Efectivamente si lees el programa de la asignatura, no entra la parte maritima y ni la áerea, aunque hayan preguntas de otros cursos en que si que entraban
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Muchas gracias, y el último tema del programa "derecho preconcursal" es nuevo este año? me han dejado apuntes del año anterior y no lo tengo
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Compis una duda, si lo que ha cambiado es poco y el examen es tipo test, no pasa nada por no estudiar esa pequeña parte que no entra no?. Esa pregunta no se contesta y se contestan las otras. ;)
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Hola. Hay alguna recopilación de test para practicar? Y que tengan respuestas?
Gracias. Un saludo.
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http://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/10157-contenido-y-novedades-de-la-ley-9-2015-de-medidas-urgentes-en-materia-concursal/
Novedades de este año.
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http://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/10157-contenido-y-novedades-de-la-ley-9-2015-de-medidas-urgentes-en-materia-concursal/
Novedades de este año.
Se confirma que entra en el examen... :-\
Gracias y suerte.
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A mí la parte de Concursal me cuesta de digerir. :D
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Hola, alguien tiene las soluciones de Junio de 2015? En Calatayud no están y tengo dudas con un par de preguntas.
Saludos
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Hola, alguien tiene las soluciones de Junio de 2015? En Calatayud no están y tengo dudas con un par de preguntas.
Saludos
Dime tu correo. ;)
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Buenos días. Yo también necesito las soluciones de junio2015.
Agradecería el envío a: sotalvonet@yahoo.es.
Muchas gracias por anticipado
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Dime tu correo. ;)
Hola, a mi también me vendrían muy bien las soluciones, me las puedes mandar? mi correo es pmartorellb@gmail.com. Muchas gracias.
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Dime tu correo. ;)
msgala te he enviado un correo electrónico, no me dejaba enviarte un mensaje privado, dice que he excedido el número de los permitidos :-\
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msgala te he enviado un correo electrónico, no me dejaba enviarte un mensaje privado, dice que he excedido el número de los permitidos :-\
No lo veo.
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No lo veo.
Mi correo es: dmrfortu@hotmail.com
Te envié un correo a través del icono de tu perfil y nada, creo que no puedo enviar mensajes. En cualquier caso, gracias por la ayuda y el aporte!
Saludos
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Sino fuera mucha molestia alguno de los compañeros que ya tengan las respuestas junio 2015 me las podían remitir?
Muchas gracias y muchos aprobados en Junio!!! 8) 8)
Mi correo: adrover1988@hotmail.com
Un abrazo y ánimo!
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¿Alquien tiene los test por temas de este parcial?
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Dime tu correo. ;)
Msegala, me podrías enviar las soluciones a mi también??
yokas2005@hotmail.com
Muchas gracias
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Tanto cuesta poner las soluciones aquí que tenemos que ver mil solicitudes de correos?
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Hola ¿habeis podido bajar los tex de 590 preguntas que hay en el foro de apuntes? es que yo me los he intentado bajar y me sale una aplicacion que me pide nueve euros, hay otros pero no me deja habrirlos, ya que aqui no se pueden pedir tex, alguien me puede decri cuales esta utilizando y de que fecha son para poderlos buscar en el otro foro.
Voy ha pedir los tex en el foro adecuado, por favor si alguien los tiene que se pase por alli para dejarmelos un saludo
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Tanto cuesta poner las soluciones aquí que tenemos que ver mil solicitudes de correos?
Repasando el "Foro de la asignatura" he visto que las plantillas con las respuestas las ha colgado la profesora el día 29 de febrero en respuesta a la solicitud de un compañero.
Perdonad mi ignorancia...pero no se adjuntar el archivo a este correo.
Si alguien que domine mejor que yo estos aparatos sabe hacerlo ahorraría al resto de compañeros el ir al foro a descargarlo.
UN SALUDO
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Hola Franjomi, a este correo no se puede adjuntar archivos. Puedes subir el documento y compartir el link en la zona de apuntes temporales, que es el espacio para ello.
Un saludo ;)
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Hola Franjomi, a este correo no se puede adjuntar archivos. Puedes subir el documento y compartir el link en la zona de apuntes temporales, que es el espacio para ello.
Un saludo ;)
Si Franjomi, por favor, que los que somos licenciados no tenemos acceso al "Foro de la asignatura".
Gracias mil quinientas.......
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Resolvemos entre todos los exámenes de Reserva del 2014 y los del 2015??? Voy a subir las preguntas y las vamos contestando. Gracias compañeros
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Examen derecho mercantil II Reserva (Septiembre) del 2014 F:
1ª) Los llamados "títulos de tradición" son:
a.- Títulos de pago muy utilizados, como el cheque
b.- Títulos de pago antiguos y de escasa utilización actualmente, como la carta orden de crédito
c.- Títulos representativos de mercancías, como los resguardos expedidos por lo almacenes generales de depósito
2ª) La sustitución del sistema llamado de titulización por el sistema de tabulación o registro:
a.- Se ha producido en el sector de los valores mobiliarios agrupados en emisiones.
b.- Se ha producido en el sector de los llamados efectos de comercio
c.- No se ha producido todavía en nuestro derecho
3ª) Como regla general los títulos nominativos:
a.- Sólo se pueden transmitir con el consentimiento del deudor
b.- Se pueden transmitir sin necesidad del consentimiento del deudor, bastando poner en su conocimiento la transferencia
c.- Son intransmisibles
4ª) El pagaré:
a.- Tiene que estar emitido a la orden o en forma nominativa
b.- Tiene que estar emitido en forma nominativa o al portador
c.- Puede estar emitido en forma nominativa, a la orden o al portador
5) La entrega de un pagaré a la orden o de una letra de cambio.
a.- Produce inmediatamente los efectos del pago
b.- Deja en suspenso la acción derivada de la obligación primitiva
c.- Extingue la obligación primitiva para hacer nacer una nueva.
6ª) En el pagaré la acción directa es la que se ejercita:
a.- Frente al firmante y sus avalistas
b.- Frente al aceptante y sus avalistas
c.- Solo frente al aceptante
7ª) El pagaré es:
a.- Una promesa de pago
b.- Una orden de pago
c.- Un simple reconocimiento de deuda.
8ª) El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que:
a.- El librador de un cheque
b.- El librador de una letra de cambio
c.- El aceptante de una letra de cambio
9ª) Si se realiza un endoso mediante la fórmula "valor al cobro":
a.- Se realiza un endoso de garantía y, en consecuencia, el endosatario es inmune a las excepciones surgidas de las relaciones entre deudor y endosante
b.- Se realiza un endoso de apoderamiento por lo que el endosatario no es inmune a las excepciones que el deudor pueda tener frente a su endosante
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
10ª) El aval cambiario:
a.- Es nulo siempre que la obligación avalada sea nula
b.- Es nulo sólo si la obligación avalada es nula por defectos de forma
c.- No se ve afectado en ningún caso por la nulidad de la obligación del avalado
11 ª) Si en un cheque el importe del mismo figura dos veces, una vez escrito en números y otra escrito en letra, por cantidades diferentes:
a.- Prevalecerá el importe escrito en letra
b.- Prevalecerá el importe que sea menor
c.- El cheque es nulo
12ª) Si se emite un cheque sin tener suficiente provisión de fondos en poder del librado:
a.- El cheque se considera nulo
b.- El cheque se considera perjudicado
c.- El librador deberá pagar al tenedor, además de la suma indicada en el cheque, el 10 por 100 del importe no cubierto del cheque
13ª) Si un cheque presentado oportunamente al cobro resulta impagado, el tenedor puede ejercitar:
a.- La acción cambiaria directa contra el librado si aceptó el cheque
b.- La acción de regreso contra el librador, aunque no se haya levantado protesto o realizado la declaración equivalente
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
14ª) En la letra de cambio, el librado:
a.- Es siempre un obligado cambiario
b.- Es un obligado cambiario si firma la letra como aceptante
c.- Es un obligado cambiario si el librador le ha hecho la oportuna provisión de fondos
15) El librador de una letra de cambio:
a.- No puede exonerarse de la garantía del pago
b.- Queda exonerado de la garantía del pago si la letra contiene la cláusula "sin gastos"
c.- Puede exonerarse de la garantía del pago si libra la letra con la cláusula "sin mi responsabilidad"
16ª) La falsedad de la firma del librador de una letra de cambio:
a.- Implica la nulidad de la letra de cambio
b.- No afecta a la validez de las obligaciones contraídas por cualquier otro firmante
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
17ª) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta el deudor:
a.- Sólo deberá justificar su endeudamiento
b.- Deberá justificar su endeudamiento y su estado de insolvencia actual o inminente
c.- Tendrá que demostrar que tiene bienes suficientes para cubrir todas sus deudas y que tan sólo tiene problemas de liquidez
18ª) Como efecto de la declaración de concurso:
a.- Se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
b.- Queda interrumpida la prescripción de las acciones contra el deudor
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
19ª) En relación con el concurso de las sociedades mercantiles cabe afirmar que:
a.- Para realizar la solicitud de concurso voluntario es competente el órgano de administración o de liquidación
b.- El concurso de la sociedad lleva consigo el de los socios que sean personal, ilimitada y solidariamente responsables de las deudas sociales
c.- La declaración de concurso de la sociedad produce su extinción
20ª) La Ley Concursa! establece, como regla general, que están legitimados para el ejercicio de la acción rescisoria concursa!:
a.- La administración concursa! y cualquiera de los acreedores
b.- La administración concursa! y, de forma subsidiaria, aquellos acreedores que previamente hubieran solicitado por escrito a la administración concursal el ejercicio de la acción
c.- Sólo la administración concursal
21 ª) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor:
a.- Podrá fundarla en el hecho de que el deudor ha dejado de pagar a todos sus trabajadores los salarios correspondientes a los cinco últimos meses
b.- Tendrá que demostrar que ha intentado previamente cobrar su crédito por vía judicial
c.- Basta con que acredite su condición de acreedor y que su crédito no ha sido satisfecho a su vencimiento
22ª) La declaración de concurso de un empresario:
a.- Conlleva necesariamente el cese de la actividad empresarial que venía ejerciendo
b.- Como regla general no interrumpe el ejercicio de la actividad empresarial que venía ejerciendo, aunque excepcionalmente el juez podría acordar el cese de dicha actividad
c.- En ningún caso supone el cese o la interrupción de la actividad empresarial que venía ejerciendo
23ª) Los administradores concursales son nombrados:
a.- Por el concursado
b.- Por la junta de acreedores
c.- Por el juez
24ª) Tienen la consideración de créditos contra la masa:
a.- Todos los crédito concursales
b.- Únicamente los créditos nacidos durante el concurso
c.- Los créditos nacidos durante el concurso y los créditos por salarios por los últimos treinta días de trabajo anteriores a la declaración de concurso y en cuantía que no supere el doble del salario mínimo interprofesional
25) Como regla general y salvo que el juez decida otra cosa, cabe afirmar que en caso de concurso necesario:
a.- El concursado queda inhabilitado para el ejercicio del comercio
b.- Se suspende el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por los administradores concursales
c.- El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales
26ª) En virtud de la acción rescisoria concursa! pueden rescindirse:
a.- Los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que originó su declaración en concurso
b.- Los actos perjudiciales para la masa activa realizados fraudulentamente por el deudor dentro de los cinco años anteriores a la declaración del concurso
c.- Los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la declaración del concurso, aunque no hubiera existido intención fraudulenta
27ª) Con carácter general, una propuesta de convenio se entenderá aceptada cuando vote a favor; al menos:
a.- Dos tercios del pasivo del concurso
b.- Tres quintos del pasivo del concurso
c.- La mitad del pasivo ordinario del concurso
28ª) La calificación del concurso como culpable:
a.- Determina la inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar los bienes ajenos durante un período de dos a quince años
b.- Determina la calificación como créditos subordinados de los créditos que las personas declaradas cómplices tuvieran como acreedores concursales
c.- Vincula a los jueces penales que entiendan de actuaciones del concursado que pudieran ser constitutivas de delito
29ª) La propuesta anticipada de convenio:
a.- Sólo puede proceder del deudor
b.- No necesita ir acompañada de la adhesión de los acreedores cuando se presenta con la solicitud del concurso
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
30ª) En caso de convenio, los créditos subordinados:
a.- Carecen de derecho de adhesión y de voto, por lo que no quedan afectados por las quitas y esperas que puedan acordarse
b.- Carecen de derecho de adhesión y de voto y quedan sometidos a las mismas quitas que los créditos ordinarios
c.- Tienen derecho de voto y quedan afectados por el convenio si han votado a favor de la propuesta que resulte aceptada
31 ª) El contenido del convenio no afecta en ningún caso:
a.- A los créditos subordinados que no hayan participado en él
b.- A los acreedores con garantía real
c.- A los créditos contra la masa
32ª) En relación con el contenido del convenio cabe afirmar que la regla general es que las esperas de los créditos ordinarios:
a.- Pueden tener la duración que libremente hayan acordado concursado y acreedores
b.- No podrán ser superiores a cinco años
c.- Deben tener una duración mínima de tres años
33ª) Los titulares de créditos con privilegio especial:
a.- Sólo quedan vinculados al contenido del convenio si votaron a favor de la propuesta que resultó aceptada o se adhirieron a la misma
b.- Quedan vinculados al contenido del convenio si ejercieron su derecho al voto, aunque hubieran votado en contra
c.- No tienen derecho de voto en el convenio y su contenido en ningún caso les afecta
34ª) En relación con la tramitación anticipada de convenio cabe afirmar que:
a.- La falta de aprobación judicial del convenio tramitado de forma anticipada conduce necesariamente a la apertura de la fase de liquidación
b.- La aceptación por los acreedores tiene lugar necesariamente por escrito, a través de adhesiones
c.- La propuesta anticipada de convenio puede ser presentada por acreedores que superen el veinte por ciento del pasivo
35) Cuando se trata de una tramitación ordinaria, la aceptación del convenio:
a.- Ha de producirse necesariamente en junta de acreedores debidamente convocada o constituida
b.- Puede producirse por escrito, a través de adhesiones, cuando el número de acreedores sea superior a trescientos
c.- Ha de producirse necesariamente por escrito si el convenio consiste en una espera superior a tres años
Empecemos a resolverlo, gracias.
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Examen derecho mercantil II Reserva (Septiembre) del 2015 F:
1.- El pagaré:
a.- Tiene que estar emitido a la orden o en forma nominativa
b.- Tiene que estar emitido en forma nominativa o al portador
c.- Puede estar emitido en forma nominativa, a la orden o al portador
2.- Si el firmante de un pagaré es una persona incapaz de obligarse:
a.- El documento no se considerará pagaré por carecer de un requisito esencial para su validez.
b.- El firmante no quedaría cambiariamente obligado, pero esa circunstancia no afectaría a la validez de las obligaciones de los endosantes y de los avalistas.
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas.
3.- En el pagaré la acción directa es la que se ejercita:
a.- Frente al firmante y sus avalistas
b.- Frente al aceptante y sus avalistas
c.- Solo frente al aceptante
4.- En relación con el vencimiento cabe afirmar que el pagaré:
a.- Sólo puede librarse a fecha fija
b.- Tiene que librarse a fecha fija o a un plazo contado desde la fecha de emisión
c.- Puede librarse a un plazo contado desde la vista
5.- El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que:
a.- El librador de un cheque
b.- El librador de una letra de cambio
c.- El aceptante de una letra de cambio
6.- En el pagaré el obligado directo y principal de la obligación cambiaria es:
a.- El librado
b.- El firmante
c.- El aceptante
7.- Si se omite la indicación del vencimiento de un pagaré:
a.- El documento pierde el carácter de pagaré, por falta de un requisito esencial
b.- No se podrá presentar al cobro hasta que haya transcurrido un año desde la fecha de su emisión
c.- Se considera pagadero a la vista
8.- Si se realiza un endoso mediante la fórmula "Valor al cobro":
a.- Se realiza un endoso de garantía y, en consecuencia, el endosatario es inmune a las excepciones surgidas de las relaciones entre deudor y endosante.
b.- Se realiza un endoso de apoderamiento por lo que el endosatario no es inmune a las excepciones que el deudor pueda tener frente a su endosante.
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas.
9.- El endosatario de un pagaré está sometido a las excepc10nes que el deudor pueda tener contra su endosante:
a.- Siempre
b.- Si se trata de un endoso de garantía
c.- Si se trata de un endoso de apoderamiento
10ª) El aval cambiario:
a.- Es nulo siempre que la obligación avalada sea nula
b.- Es nulo sólo si la obligación avalada es nula por defectos de forma
c.- No se ve afectado en ningún caso por la nulidad de la obligación del avalado
11 ª) En relación con el aval de un pagaré cabe afirmar que:
a.- El avalista puede oponer las excepciones personales que corresponderían al avalado
b.- El aval es nulo si la obligación garantizada resulta nula por cualquier causa
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
12ª) Los llamados "títulos de tradición" son:
a.- Títulos de pago muy utilizados, como el cheque
b.- Títulos de pago antiguos y de escasa utilización actualmente, como la carta orden de crédito
c.- Títulos representativos de mercancías, como los resguardos expedidos por lo almacenes generales de depósito
13ª) El librador de una letra de cambio:
a.- No puede eximirse ni de la garantía de la aceptación, ni de la garantía del pago
b.- Puede eximirse tanto de la garantía de la aceptación como de la garantía del pago
c.- Puede eximirse de la garantía de la aceptación, pero no de la garantía del pago
14ª) En la letra de cambio, el librado:
a.- Es siempre un obligado cambiario
b.- Es un obligado cambiario si firma la letra como aceptante
c.- Es un obligado cambiario si el librador le ha hecho la oportuna provisión de fondos
15) Si el librado se niega a aceptar la letra y se levanta el oportuno protesto por falta de aceptación, el tenedor:
a.- Puede ejercer la acción cambiaria directa contra el librado sin tener que esperar al vencimiento de la letra
b.- Puede exigir el pago anticipado de la letra al librador, aunque la letra no haya vencido
c.- Conserva todas sus acciones cambiaria, pero tendrá que esperar al vencimiento de la letra para exigir su pago
16ª) Si un cheque presentado oportunamente al cobro resulta impagado y se acredita el impago por protesto notarial, el tenedor:
a.- Puede ejercitar la acción cambiaria directa contra el aceptante
b.- Puede ejercitar la acción cambiaria de regreso contra los endosantes
c.- Puede ejercitar la acc10n cambiaria de regreso contra el banco y contra el librador
17ª) Si en un cheque el importe del mismo figura dos veces, una vez escrito en números y otra escrito en letra, por cantidades diferentes:
a.- Prevalecerá el importe escrito en letra
b.- Prevalecerá el importe que sea menor
c.- El cheque es nulo
18ª) Como regla general los títulos nominativos:
a.- Sólo se pueden transmitir con el consentimiento del deudor
b.- Se pueden transmitir sin necesidad del consentimiento del deudor, bastando poner en su conocimiento la transferencia
c.- Son intransmisibles
19ª) Como regla general cabe afirmar que la inhabilitación del concursado para administrar bienes ajenos se produce:
a.- En caso de concurso necesario
b.- Cuando se abre la fase de liquidación
c.- Cuando el concurso se califique como culpable
20ª) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta el deudor:
a.- Sólo deberá justificar su endeudamiento
b.- Deberá justificar su endeudamiento y su estado de insolvencia actual o inminente
c.- Tendrá que demostrar que tiene bienes suficientes para cubrir todas sus deudas y que tan sólo tiene problemas de liquidez
21 ª) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor:
a.- Podrá fundarla en el hecho de que el deudor ha dejado de pagar a todos sus trabajadores los salarios correspondientes a los cinco últimos meses
b.- Tendrá que demostrar que ha intentado previamente cobrar su crédito por vía judicial
c.- Basta con que acredite su condición de acreedor y que su crédito no ha sido satisfecho a su vencimiento
22ª) La suspensión del ejercicio de las facultades del concursado de administración y disposición sobre su patrimonio:
a.- Interrumpe por sí misma el ejercicio de la actividad empresarial que viniera ejerciendo el concursado
b.- Sólo se produce en el caso de concurso necesario
c.- Es la situación del concursado durante la fase de liquidación
23ª) En relación con el concurso de las sociedades mercantiles cabe afirmar que:
a.- Para realizar la solicitud de concurso voluntario es competente el órgano de administración o de liquidación
b.- El concurso de la sociedad lleva consigo el de los socios que sean personal, ilimitada y solidariamente responsables de las deudas sociales
c.- La declaración de concurso de la sociedad produce su extinción
24ª) La declaración de concurso de un empresario:
a.- Conlleva necesariamente el cese de la actividad empresarial que venía ejerciendo
b.- Como regla general no interrumpe el ejercicio de la actividad empresarial que venía ejerciendo, aunque excepcionalmente el juez podría acordar el cese de dicha actividad
c.- En ningún caso supone el cese o la interrupción de la actividad empresarial que venía ejerciendo
25) Los administradores concursales son nombrados:
a.- Por el concursado
b.- Por la junta de acreedores
c.- Por el juez
26ª) Los actos del deudor que infrinjan las limitaciones de las facultades patrimoniales impuestas al declararse el concurso:
a.- Sólo pueden anularse a instancias de la administración concursa!
b.- Pueden anularse a instancia de la administración concursa! y, subsidiariamente, a instancia de determinados acreedores
c.- Pueden ser declarados nulos de oficio por el juez del concurso
27ª) Como regla general y salvo que el juez decida otra cosa, cabe afirmar que en caso de concurso necesario:
a.- El concursado queda inhabilitado para el ejercicio del comercio
b.- Se suspende el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por los administradores concursales
c.- El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales
28ª) En virtud de la acción rescisoria concursa! pueden rescindirse:
a.- Los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que originó su declaración en concurso
b.- Los actos perjudiciales para la masa activa realizados fraudulentamente por el deudor dentro de los cinco años anteriores a la declaración del concurso
c.- Los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la declaración del concurso, aunque no hubiera existido intención fraudulenta
29ª) Los créditos generados a favor de terceros como consecuencia de los nuevos contratos que se concluyan durante el concurso tienen la consideración de:
a.- Créditos contingentes
b.- Créditos subordinados
c.- Créditos contra la masa
30ª) El contenido del convenio no afecta en ningún caso:
a.- A los créditos subordinados que no hayan participado en él
b.- A los acreedores con garantía real
c.- A los créditos contra la masa
31ª) Cuando se trata de una tramitación ordinaria, la aceptación del convenio:
a.- Ha de producirse necesariamente en junta de acreedores debidamente convocada o constituida
b.- Puede producirse por escrito, a través de adhesiones, cuando el número de acreedores sea superior a trescientos
c.- Ha de producirse necesariamente por escrito si el convenio consiste en una espera superior a tres años
32ª) En caso de convenio, los créditos subordinados:
a.- Carecen de derecho de adhesión y de voto, por lo que no quedan afectados por las quitas y esperas que puedan acordarse
b.- Carecen de derecho de adhesión y de voto y quedan sometidos a las mismas quitas que los créditos ordinarios
c.- Tienen derecho de voto y quedan afectados por el convenio si han votado a favor de la propuesta que resulte aceptada
33ª) En relación con la tramitación anticipada de convenio cabe afirmar que:
a.- La falta de aprobación judicial del convenio tramitado de forma anticipada conduce necesariamente a la apertura de la fase de liquidación
b.- La aceptación por los acreedores tiene lugar necesariamente por escrito, a través de adhesiones
c.- La propuesta anticipada de convenio puede ser presentada por acreedores que superen el veinte por ciento del pasivo
34ª) Si se declara el incumplimiento del convenio:
a.- Los acreedores podrán reclamar el pago de sus créditos al margen del procedimiento concursa! o instar la declaración de un nuevo concurso del deudor
b.- El juez procederá de oficio a la apertura de la fase de liquidación
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
35) La calificación del concurso como culpable:
a.- Vincula a los jueces y tribunales del orden jurisdiccional penal
b.- Implica la pérdida de cualquier derecho que los cómplices tuvieran como acreedores concursales
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
Empecemos a resolverlo, gracias.
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Examen derecho mercantil II Reserva (Septiembre) del 2014 F: C A B A B A A C B B A C B B A B B B A B A B C C B C C A A B C B A B B Examen entero comprobado con el manual
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septiembre 2015 reserva las que yo tengo. 1a, 2b, 3a, 4c,5c,6b,7c,8b,9c,10b,11creoc,12c,13c,14b, 15b, 16b, 17a, 18b, 19c,20b, 21a,22c, 23 n0 lo se 24b, 25c, 26a, 27b, 28c,29c, 30 , 31b 32b 33b 34b 35b
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septiembre 2015 reserva las que yo tengo. 1a, 2b, 3a, 4c,5c,6b,7c,8b,9c,10b,11creoc,12c,13c,14b, 15b, 16b, 17a, 18b, 19c,20b, 21a,22c, 23 n0 lo se 24b, 25c, 26a, 27b, 28c,29c, 30 , 31b 32b 33b 34b 35b
Estoy de acuerdo contigo y lo que falta es: 11: C, 23: A y 30: C . Con esto creo que ya lo tenemos todo resuelto. Gracias
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Si Franjomi, por favor, que los que somos licenciados no tenemos acceso al "Foro de la asignatura".
Gracias mil quinientas.......
[/
MERCANTIL II
Plantillas de corrección
Junio 2015
1ª semana
MODELO A
1. a 8. a 15. a 22. c 29. anulada
2. a 9. a 16. b 23. a 30. b
3. b 10. c 17. a 24. b 31. b
4. c 11. c 18. b 25. b 32. c
5. a 12. b 19. a 26. c 33. c
6. b 13. c 20. c 27. a 34. c
7. c 14. c 21. a 28. c 35. b
MODELO B
1. a 8. a 15. a 22. c 29. c
2. c 9. a 16. c 23. a 30. b
3. c 10. a 17. b 24. anulada 31. c
4. b 11. b 18. c 25. c 32. c
5. a 12. a 19. b 26. b 33. a
6. a 13. c 20. a 27. b 34. c
7. c 14. b 21. b 28. c 35. b
2ª semana
MODELO C
1. c 8. a 15. b 22. c 29. c
2. b 9. b 16. a 23. a 30. c
3. b 10. a 17. b 24. b 31. a
4. c 11. b 18. c 25. c 32. c
5. a 12. a 19. b 26. c 33. a
6. c 13. a 20. c 27. b 34. anulada
7. b 14. c 21. b 28. b 35. c
MODELO D
1. c 8. b 15. b 22. a 29. b
2. c 9. c 16. a 23. c 30. c
3. b 10. c 17. a 24. b 31. c
4. b 11. a 18. c 25. a 32. a
5. b 12. b 19. b 26. c 33. anulada
6. a 13. a 20. c 27. b 34. c
7. b 14. a 21. b 28. c 35. c
En el caso de modelos con alguna pregunta anulada, el baremo se ajustará convenientemente.
]
Como soy muy...muy ...torpe con esto (no se subirlo a temporales como me dice un compañero) he pasado a word la plantilla y pegado...a ver como queda y si os sirve.
UN SALUDO
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Muchas gracias a los tres, Franjomi, Josicarlos y Palas Atenea. :-*
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Buenos Dias! Sé que este no Es el Hilo para pedir apuntes pero Estoy desesperada porque no encuentro por ningún lado de esta asignatura :'( :'( :'(, el primercuatrimestre con unos tests autocorregibles Del foro y apuntes de iusmasoquista saqué un 8!! Y Estoy como loca buscando.Ayuda por favor! Mi mail Es martavilla73@hotmail.com
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Suerrte ... ::)
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HE HECHO el examen de reserva 2012 estas son mis respuestas, si alguien discrepa en alguna agradecería que lo debatieramos gracias!!
1B 6B 11C 16B 21B 29C 35A
2A 7B 12C 17A 22C 30A
3B 8B 13B? 18 B 23C 32C
4B 9A 14 B 19A 24A 33 B
5A 10B 15 C 20C 25B 34 A
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HE HECHO el examen de reserva 2012 estas son mis respuestas, si alguien discrepa en alguna agradecería que lo debatieramos gracias!!
1B 6B 11C 16B 21B 29C 35A
2A 7B 12C 17A 22C 30A
3B 8B 13B? 18 B 23C 32C
4B 9A 14 B 19A 24A 33 B
5A 10B 15 C 20C 25B 34 A
¿Puedes poner las preguntas para que podamos resolverlo y comentarlo entre todos? Gracias
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Examen de reserva septiembre 2012 F Resuelto:
1 Se denominan títulos de tradición:
A los títulos transmisibles
B los títulos representativos de mercancías [p.338]
C los títulos en serie
2 La fecha de emisión del cheque
A es necesaria a efectos del computo del plazo de presentación del cheque al pago [p.371]
B es decisiva a efectos del cobro ya que solo puede ser cobrado a partir del día indicado en el propio cheque como fecha de emisión
C las dos respuestas anteriores son correctas
3 El tenedor de un cheque no pagado dispone de:
A acción directa contra el librado si existe aceptación
B acción de regreso contra el librador, aunque no haya levantado protesto u obtenido la declaración equivalente
[“los derechos del tenedor contra el librador se conservan aunque el cheque no se haya presentado oportunamente o no se haya levantado el protesto o realizado la declaración equivalente” (p.376); más adelante se dice que “el tenedor del cheque no pagado sólo dispondrá de la acción regresiva contra el librador, los endosantes y los avalistas, y de la acción de enriquecimiento, en su caso” (y) “para el ejercicio de esa acción –salvo para el librador- es necesario … acreditar previamente la falta de pago mediante protesto o declaración equivalente” (p.377)]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
4 La aceptación de la letra:
A es requisito imprescindible para la validez de la letra
B incorpora al librado al círculo de los obligados cambiarios [“como deudor directo y principal”(p.359)]
C no es requisito necesario para que la letra sea valida ni tampoco para que el librado quede obligado a su pago
5 En el caso de una letra de cambio, oportunamente presentada al cobro, resulte impagada y el tenedor no levante protesto ni obtenga declaración equivalente, el tenedor:
A perdería las acciones cambiarias contra el librador
[“si el titulo resulta impagado por incuria <poco cuidado, negligencia> del tenedor, éste pierde la acción causal (y) perderá también las cambiarias, vinculadas a una actuación diligente por su parte” (p.365)] [creo que es la justificación más acertada porque el art. 51 dice: “La falta de aceptación o de pago deberá hacerse constar mediante protesto” y en la pregunta el tenedor ni ha levantado el protesto ni obtenido declaración equivalente]
B perdería las acciones cambiarias contra el endosante, pero las conservaría frente al librado y el librador
C las dos respuestas anteriores son erróneas
6 En relación con los títulos valores cabe afirmar que:
A el deudor debe pagar al que le presente el documento al portador, aunque sepa que no es legítima la posesión de quien se presenta como tenedor del documento
B la posesión del documento al portador genera apariencia de titularidad del derecho y libera al deudor de indagar si está pagando al verdadero acreedor [p.329]
C las dos respuestas anteriores son correctas
7 La entrega de pagarés a la orden o letras de cambio produce los efectos del pago:
A desde el mismo momento en que se realiza la entrega
B cuando se ha perjudicado por culpa del acreedor [p.331]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
8 Para que el documento tenga la consideración legal de de letra de cambio es imprescindible que en el mismo figure, entre otros datos:
A la indicación del vencimiento [NO: “de no expresarse el vencimiento, se entenderá pagadera a la vista”
B la firma del librador [“por sí o por representante <que> garantiza el pago de la letra” (p. 350)]
C las dos respuestas anteriores son correctas
9 El cheque:
A al igual que la letra es una orden de pago
[“es una orden de pago pura y simple, no sometida a condición alguna; en tal sentido, se aproxima a la letra, que también es orden o mandato de pago” (p.370)]
B al igual que el pagaré es promesa de pago
C las dos respuestas anteriores son erróneas
10 El cheque:
A genera acción directa contra el librado cuando ha sido aceptado
B no puede ser aceptado y cualquier formula de aceptación puesta en el cheque se tendrá por no escrita [p.370]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
11 El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que:
A el librado de una letra de cambio
B el librador de un cheque
C el aceptante de una letra de cambio [p.386]
12 Si el tomador de la letra realiza un endoso de apoderamiento:
A el librador podría oponer frente al endosatario las excepciones que pueda tener contra el endosante [pp. 355-356]
B el aceptante podría oponer frente al endosatario las excepciones que pueda tener contra el librador y el endosante
C las dos respuestas anteriores son erróneas
13 Si el librador de una letra de cambio impagada ejercita la acción cambiaria directa contra el aceptante:
A el aceptante tendría que pagar y no podría oponer ningún tipo de excepción para exonerarse del pago
B el aceptante podría oponer frente al librador las excepciones basadas en sus relaciones personales con el librador
[“la ley permite esta defensa extracambiaria al deudor cambiario siempre que la excepción personal que esgrima dimane de una relación directa con el reclamante”(p.366)]
C el aceptante únicamente podría oponer la excepción de falsedad de firma o de falta de las formalidades necesarias para la validez de la letra de cambio
14 El deudor puede oponerse a la solicitud de declaración de concurso presentada por cualquier otro legitimado:
A únicamente alegando la inexistencia del hecho en que se hubiera fundamentado la solicitud
B alegando la inexistencia del hecho en que se hubiera fundamentado la solicitud o que, aun existiendo, no se encuentra en estado de insolvencia [p.428]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
15 La Ley Concursal establece que se encuentra en estado de insolvencia el deudor:
A que ha sobreseído de forma general en el pago corriente de sus obligaciones
B que no tiene bienes suficientes para pagar sus deudas
C que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles [p.424]
16 El concurso de acreedores tiene la consideración de voluntario:
A cuando se declara teniendo el deudor bienes suficientes para pagar sus deudas
B cuando la solicitud de declaración de concurso la presenta el propio deudor [p.425]
C cuando se tramita a través de un procedimiento arbitral
17 Si la solicitud de declaración de concurso la presenta el deudor:
A debe justificar su endeudamiento y su estado de insolvencia [p.425]
B debe demostrar la existencia de un sobreseimiento general en el pago corriente de sus obligaciones
C tiene que demostrar la existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general a su patrimonio
18 En relación con la limitación de las facultades patrimoniales del concursado cabe afirmar que:
A la declaración de concurso interrumpe el ejercicio de la actividad empresarial que viniera ejerciendo el deudor, cuando el juez acuerde la suspensión del ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio [NO, no la interrumpe (p.443)]
B la decisión de intervenir o de suspender se hace depender, en principio, de la solicitud de declaración de concurso [p.442 último párrafo]
C los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación patrimonial son anulables a instancia de los acreedores
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Examen de reserva septiembre 2012 F Resuelto:
19 En relación con la interrupción de la prescripción de las acciones contra el concursado cabe afirmar que.
A desde la declaración de concurso queda interrumpida la prescripción de las acciones contra el deudor por los créditos anteriores a la declaración [p.448]
B la interrupción de la prescripción solo se produce en el caso de que se abra la fase de liquidación
C ni la declaración del concurso, ni la apertura de la fase de liquidación son causa de interrupción de la prescripción
20 Los créditos contra el concursado garantizados con hipoteca voluntaria son:
A créditos subordinados
B créditos con privilegio general
C créditos con privilegio especial [p.473 supra]
21 En caso de convenio carecen de derecho de voto los titulares de:
A créditos con privilegio especial
B créditos subordinados
[“en caso de convenio, carecen de derecho de adhesión y voto, se someten a las mismas quitas que los ordinarios y sufren una espera mayor” (p.474)]
C créditos por responsabilidad civil extracontractual
22 El convenio no vincula:
A a los acreedores que no hayan podido participar en su aprobación por carecer de derecho de voto
B a los titulares de créditos subordinados
C las dos respuestas anteriores son erróneas [misma justificación que la pregunta anterior]
23 La legitimación activa para el ejercicio de la acción rescisoria concursal se atribuye:
A solo a la administración concursal
B a la administración concursal y al Ministerio Fiscal
C a la administración concursal y subsidiariamente a los acreedores que previamente hubiesen solicitado por escrito a la administración concursal el ejercicio de dicha acción [pp.464-465]
24 Como regla general, la calificación del concurso como culpable, produce como efecto:
A la inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar los bienes ajenos durante un periodo de dos a quince años [p.458]
B la prohibición de celebrar convenios de quita superior a un tercio o de espera superior a tres años
C Las dos respuestas anteriores son erróneas
25 La Ley Concursal establece que son rescindibles:
A los actos fraudulentos realizados por el deudor dentro de los cinco años anteriores a la fecha de declaración del concurso
B los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración, aunque no hubiese existido intención fraudulenta [p.463]
C los actos perjudiciales para los acreedores realizados por el deudor en los dos años anteriores a la fecha de calificación del concurso como culpable
26 El buque:
A es una cosa mueble, aunque susceptible de hipoteca
[“el buque es una cosa compuesta (y) al mismo tiempo una cosa mueble, aunque susceptible de hipoteca, y, por tanto objeto de inscripción registral” (p.530)]
B adquiere la nacionalidad que tenga su propietario
[NO: “adquiere la nacionalidad del Estado que enarbola su pabellón” (p.539]
C tiene personalidad jurídica propia, al igual que las sociedades mercantiles
27 En relación con el abandono del buque a los acreedores, como sistema de limitación de responsabilidad del naviero, cabe afirmar que:
A el CDC solo permite utilizar este sistema cuando el naviero es propietario del buque
B el abandono es un acto traslativo de la propiedad del buque a los acreedores
C las dos respuestas anteriores son erróneas
[lo son porque: “puede abandonar el buque quien tenga la condición de naviero, sea o no propietario, quedando incluido el naviero gestor y excluido el propietario del buque no naviero” y porque “el abandono a los acreedores, a diferencia del abandono a los aseguradores, no es un acto traslativo de la propiedad. Por eso son válidos los abandono sucesivos hechos por el naviero deudor” (p.509 en ambos casos)]
28 En el caso del arrendamiento del buque, la condición de naviero la ostenta.
A el armador
B el propietario
C el arrendatario [p.546]
29 Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaria para exigir el pago:
A A D. Julio Pérez [contra éste no se puede interponer ninguna acción porque el obligado es Automecánica]
B A D. Agustín Flores
[al no decir a quién avala, “se entenderá avalado el aceptante o, en su defecto, el librador” <p.361>; es una acción directa, que se dirige “contra el aceptante o sus avalistas”]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
30 En el mismo supuesto de la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaria para exigir el pago:
A indistintamente a Automecánica SL y a D. Agustín Flores
[acción directa contra aceptante y avalista]
B indistintamente a Dª Elisa Flores y a Banco Valenciano [el B.V. no es obligado cambiario]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
31 En el mismo supuesto de la pregunta 29, Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaria para exigir el pago:
A indistintamente a Dª Elisa Flores y a D. Agustín Flores [librador y avalista]
B indistintamente a Dª Elisa Flores y a Automecánica SL [librador y librado-aceptante]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
[lo son porque la letra no ha sido protestada y para ejercer una acción de regreso contra el librador (Dª Elisa Flores) es necesario “que la letra haya sido protestada o realizada la declaración equivalente” (p.365)]
32 En el mismo supuesto de la pregunta 29, si Caja de Ahorros de Sagunto dirigiera una acción cambiaria contra D. Agustín Flores, éste:
A podría negarse a pagar alegando que no esta obligado cambiariamente porque la letra está perjudicada
B podría negarse a pagar alegando que el aval no tiene validez por no especificar el nombre del avalado
C las dos respuestas anteriores son erróneas
33 Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaria para exigir el pago:
A Al Banco Valenciano
B A Dª Elisa Flores [librador]
[es una acción de regreso que “se dirige contra quienes por ministerio legal, son responsables del buen fin de la letra: librador, endosantes ordinarios y avalistas de aquel y de estos”, y que “exige … que la letra haya sido protestada o realizada declaración equivalente” (p.365). En el caso, no ha habido protesto, pero sí declaración equivalente del Banco]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
34 En el mismo supuesto de la pregunta anterior la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaria para exigir el pago:
A indistintamente a Automecánica SL y a Dª Elisa Flores
[acción directa contra el aceptante -Automecánica SL- sin necesidad de protesto o declaración equivalente, y acción de regreso contra Dª Elisa Flores –librador- con necesidad de protesto (no ha habido) o de declaración equivalente (sí ha habido)]
B indistintamente a D. Julio Pérez y a D. Agustín Flores
C las dos respuestas anteriores son erróneas
35 En el mismo supuesto de la pregunta 33, si D. Agustín Flores hubiera pagado la letra, para recuperar lo pagado podría dirigirse contra:
A Automecánica SL [aceptante]
[“si el pago lo realiza cualquier persona que no sea el aceptante (o el librador si la letra no está aceptada) el que pague puede ejercitar también acciones cambiarias contra el aceptante [Automecánica SL] y/o los obligados en vía de regreso” (p.365)]
B El Banco Valenciano
C las dos respuestas anteriores son erróneas
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gracias por subirlo!! Por cierto lo de derecho del mar no hacia falta no? porque no nos entra verdad?
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Alguno se anima a hacer la PEC el jueves a las 20h....nos vemos 8)
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Qué pensáis de esta??
El denominado concurso abreviado
a) Es aquel que puede aplicar el juez cuando el deudor puede presentar balance abreviado y la estimación inicial del pasivo no supera el millón de euros (ahora serían cinco millones, lo del balance no lo veo por ninguna parte)
b) Es aquel en el que el deudor solicita que se proceda a la liquidación sin apertura previa de la fase de convenio
c) Es aquel en el que el deudor presenta propuesta anticipada de convenio
Creo que actualmente se podrían dar los tres supuestos...Que opináis??
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piki, yo hago la pec, si te parece estamos el 12 en contacto. un saludo
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Qué pensáis de esta??
El denominado concurso abreviado
a) Es aquel que puede aplicar el juez cuando el deudor puede presentar balance abreviado y la estimación inicial del pasivo no supera el millón de euros (ahora serían cinco millones, lo del balance no lo veo por ninguna parte)
b) Es aquel en el que el deudor solicita que se proceda a la liquidación sin apertura previa de la fase de convenio
c) Es aquel en el que el deudor presenta propuesta anticipada de convenio
Creo que actualmente se podrían dar los tres supuestos...Que opináis??
Me decanto por la A
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¿cuánto tiempo dura la PEC?
Saludos
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Son 45 minutos. El plazo es de 20:00 a 20:45, si empiezas más tarde es tiempo que has perdido porque igualmente acaba a las 20:45. Hay que estar pendiente y preparado para iniciarla nada más la activen.
Saludos.
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Gracias
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Ok quedamos a las 19:45 ..para la PeEC pero no es hora y media
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Hola.
Podríamos estar aquí también para echarnos una mano.
Me ha parecido leer en la guía que en todo caso solo sirve para mejorar la nota de la presencial, nunca para bajarla. ¿Me lo podéis confirmar?
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es conveniente hacer o te puede restar ?
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En la guía especifica claramente que en ningún caso la nota de la prueba presencial podrá disminuirse como resultado de aplicar la ponderación entre ésta y la pec, en otra palabras, que solo sirve para subir nota, nunca para bajarla.
Ok quedamos a las 19:45 ..para la PeEC pero no es hora y media
Por un momento me has hecho dudar. La pec son 45 minutos, de 20:00 a 20:45. En el QUIZ ya está colgada, aunque inactiva, podéis ver los detalles en la pestaña "próximamente".
Saludos.
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No está colgada
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No está colgada
Hasta las 8 en punto naaaaa
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es conveniente hacer o te puede restar ?
solo cuenta si suma ;)
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Hasta el día 16 no corrigen?????????
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Yo me apunto..!!! :D :D :D :D
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Yo me apunto..!!! :D :D :D :D
Que no se diga que no lo hemos intentado
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No está colgada
Está en "cuestionarios" pero en "tareas" no aparece aún. Hasta las 8 no se puede acceder porque no está activada.
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uno más que se apunta
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Hola!!!
Yo también ;)
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Y yo
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Vamossssss, contar conmigo
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A ver si es igual que el año pasado.
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YA ESTA
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Ya está en marcha....1 V; 2 V.
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1v,2v,3v
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es el mismo orden para todos???
cuidado!!
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1..v
2...v
3....v
4...v
5..f.....estáis de acuerdo
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1..v
2...v
3....v
4...v
5..f.....estáis de acuerdo
5 V el resto si
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El firmante de un pagaré queda obligado en los mismo términos que el librador de una letra de cambio
Teneis la misma 4?
-
hasta la 5 de momento todas verdaderas
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6...v; 7.....:8v;9f:10...;11v
-
Mismo orden si.
11)F
13)V
14)V
15)V
16)V
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El firmante de un pagaré queda obligado en los mismo términos que el librador de una letra de cambio
Teneis la misma 4?
si yo si!
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la 4 si es igual
-
2 F cómo un castillo, el cheque es pagadero a la vista
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10v
11f
12f
13v
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17)F
18)V
19)F
20)F
-
11f
-
La 7.....es v .....no lo sé alguien lo sabe
-
mirar la pregunta 4 la opción verdadero esta puesta en segundo lugar, es decir aparece:
falso
verdadero
al contrario de las demás
-
La 7.....es v .....no lo sé alguien lo sabe
Es un juicio cambiario
-
gracias..!!
-
Recopilamos?
-
7)V
Si
-
Ok
-
1 V
2 F
3 V
4 F
5 V
6 F
7 V
8 V
9 F
10 V
11 F
12 F
13 V
14 F
15 F
16 V
17 F
18 V
19 F
20 F
-
la 4 es falsa seria igual al aceptante de la letra de cambio
-
coincido con las respuestas del compañero de arriba
-
1v,2f,3v,4v,5f,6v,7v,8v,9f,10v,11f,12f,13v,14v,15v,16v,17f,18v,19f,20f.
Estáis de acuerdo?
-
1v, 2f, 3v, 4v, 5v, 6v, 7v, 8v, 9v, 10v, 11f, 12f, 13v, 14v, 15v, 16v, 17f, 18v, 19f, 20f
Mis respuestas
-
Marqué "entregar" 3 minutos antes del tiempo, pero no se han contabilizado las respuestas. Algun error informático. Qué lástima. Todo mi gozo en un pozo.
-
No sé vosotros pero a mi se me ha caído la página en multitud de ocasiones.
-
Vaya tela...!!! >:( >:( >:(
He intentado mandar varios mensajes y la conexión de la página ha sido intermitente con el mensaje:
"Temporarily Unavailable
Due to high stress on the server the forum is temporarily unavailable. Please try again later."
>:( >:(
Mis respuestas coinciden con las de STAN..
-
Marqué "entregar" 3 minutos antes del tiempo, pero no se han contabilizado las respuestas. Algun error informático. Qué lástima. Todo mi gozo en un pozo.
No puede ser, lo has revisado?. No veas que faena ,lo siento un montón
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Jo! Se me ha caido y no me dejaba entrar, yo coincido con Stan en todas menos la 6 V
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STAN, ¿ al enviar el formulario te han saltado dos mensajes para poner OK..?
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Vaya tela...!!! >:( >:( >:(
He intentado mandar varios mensajes y la conexión de la página ha sido intermitente con el mensaje:
"Temporarily Unavailable
Due to high stress on the server the forum is temporarily unavailable. Please try again later."
>:( >:(
Mis respuestas coinciden con las de STAN..
A mi me pasó igual, empezaba a pensar que no podía colaborar con vosotros.
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"Debido a la alta tensión en el servidor del foro no está disponible temporalmente"...lo hemos petado...jejeje
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Coincido con STAN menos la 6 y 15 que puse V
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"Debido a la alta tensión en el servidor del foro no está disponible temporalmente"...lo hemos petado...jejeje
Pero podéis revisar si lo han admitido, entráis en calificaciones y os vais a la Pec de hoy
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yo la 6 tambien he puesto V! si si...se ha caído y no ha habido forma de volver a entrar...
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Podéis comprobar por favor si han grabado vuestras Pec????????
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Si claro! mirar en intentos y sale lo que habeis contestado, igual está bien
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STAN intenta mandar un correo al departamento con el problema que has tenido y tus respuestas por si sirve de algo (no dejes pasar mucho tiempo)
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Marqué "responder", luego OK, luego otra vez OK. Pero la página sigue como colgada hasta ahora. Uso Safari en MAC. No sé si ha sido por eso, o porque la plataforma ALF tuvo una sobrecarga.
Luego entré en ALF a través de FireFox, y vi que mis respuestas no estaban allí.
Y este foro casie siempre daba "no accesible temporalmente".
Una lástima.
-
Hola,no me ha dado tiempo hacer la PEC, puede alguien bajarla?, a efectos de repasar y ver por donde van los tiros.Gracias.
-
A mí me ha entrado el agobio al contrastar mis respuestas con las del resto de compañeros y me he puesto a cambiar respuestas como un loco. Madre mía la que he podido liar, de ultimas no se ni lo que he contestado y he acabado entregando en el último minuto.
Puf, que estrés
Ahora a esperar las notas, suerte a todos.
-
Compañeros, puede alguien colgar las preguntas para que las veamos los de licenciatura?
-
Hola,no me ha dado tiempo hacer la PEC, puede alguien bajarla?, a efectos de repasar y ver por donde van los tiros.Gracias.
1 .-
En las letras de cambio la denominada provisión de fondos hace referencia a la relación causal entre librador y librado:
2 .-
Un cheque no puede ser pagado antes del día indicado como fecha de emisión:
3 .-
Si se realiza un endoso de apoderamiento, el deudor puede oponer al endosatario las excepciones que tenga contra el endosante:
4 .-
El firmante de un pagaré queda obligado en los mismo términos que el librador de una letra de cambio:
5 .-
Las tarjetas de crédito se consideran títulos-valores impropios:
6 .-
Las participaciones sociales de una sociedad de responsabilidad limitada se consideran títulos-valores de participación:
7 .-
Como regla general, las controversias judiciales sobre el pagaré cambiario se tramitan siguiendo un procedimiento judicial especial
8 .-
Contra el firmante de un pagaré puede ejercitarse la acción cambiaria directa, aunque no se haya levantado protesto por falta de pago:
9 .-
Contra el librador de una letra de cambio puede ejercitarse la acción cambiaria directa, aunque no se haya levantado protesto por falta de pago:
10 .-
El cheque no puede ser aceptado:
11 .-
La función primaria del concurso de acreedores es la conservación de la empresa y el mantenimiento de las relaciones laborales:
12 .-
Los concursos conexos se tramitan de forma coordinada y con consolidación de las masas:
13 .-
Los créditos contra la masa no son créditos concursales:
14 .-
Los créditos subordinados son aquellos que están pendientes de reconocimiento por la administración concursal:
15 .-
Todos los acuerdos de refinanciación tienen que ser homologados judicialmente:
16 .-
Las sociedades en liquidación pueden ser declaradas en concurso:
17 .-
El auto de declaración de concurso debe contener necesariamente la declaración de disolución de la sociedad si el concursado fuese empresario social:
18 .-
La calificación de concurso como culpable conlleva la inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar los bienes ajenos durante un período de dos a quince años:
19 .-
Los créditos garantizados con hipoteca son créditos con privilegio general:
20 .-
La propuesta anticipada de convenio puede ser presentada por el acreedor que insta la declaración de concurso:
-
Ahí están las preguntas, espero que sean de ayuda para todos.
-
Gracias!
-
Tenéis las respuestas a la PEC?
-
Tenéis las respuestas a la PEC?
Yo diría que son estas las Soluciones:
1 V
2 F
3 V
4 F
5 V
6 V
7 V
8 V
9 F
10 V
11 F
12 F
13 V
14 F
15 V
16 V
17 F
18 V
19 F
20 F
-
Hola,
Entra en el examen la reforma de la Ley Concursal Ley 9/2015 de 25 de mayo.
Gracias y suerte.
-
Pues sí, es materia de examen.
-
ALGUIEN PODRÍA DECIRME A QUE TEMAS AFECTAN LA NUEVA REFORMA.ES QUE ESTOY ESTUDIANDO POR APUNTES Y NO LO TENGO MUY CLARO.
GRACIAS DE ANTEMANO.
-
Ya esta en ALF los resultados de la PEC.
Un saludo.
-
¿Sé que no es el lugar pero alguién me podría pasar los enunciados de la PEC de este año a pedrociudadreal91@hotmail.com? No la hice, y creo que al menos me valdrá para repasar de cara al exámen.
Un Saludo.
-
En esta misma página, sol un poquito más arriba, están.
-
En esta misma página, sol un poquito más arriba, están.
Sí, pero no están las opciones ;)
No las quiero corregidas, sólo los enunciados y las opciones para hacerlas yo y poder repasar
-
Las opciones, en todas, son verdadero o falso.
-
Una pregunta:
Si el producto del bien sobre el que recae fuera insuficiente para la satisfacción íntegra del crédito con privilegio especial, en la parte no satisfecha el crédito compartirá posición:
a. créditos con privilegio general
b. créditos ordinarios
c. crédito subordinados.
En la plantilla oficial da como válida la b, ¿es correcto?. No tengo el manual y no lo puedo contrastar, y en mis apuntes no lo encuentro, pero creo haber leído que serían tratados como créditos con privilegio general.
Gracias.
-
Esto pone en mis apuntes: Para todos los supuestos, el privilegio especial solo alcanzará la parte del crédito que no exceda del valor de la respectiva garantía que conste en la lista de acreedores y calculado con arreglo a las previsiones normativas, de tal modo que el importe del crédito que exceda del valor de la garantía será calificado según su naturaleza.
-
OK. Gracias.
-
Hola a todos, estoy repasando el examen y me gustaría saber si alguien tiene las soluciones a los exámenes del año pasado , .... no encuentro las plantillas de corrección....
Muchas graciassssss
-
Las respuestas de junio 2015 las publicaron en este foro, pag. 5, respuesta 89.
Las de septiembre, están colgadas en el depósito de exámenes de UNED CALATAYUD. Las adjunto:
MERCANTIL II
Plantillas de corrección
Septiembre 2015
1ª P.P
MODELO A
1. a 8. b 15. a 22. a 29. c
2. a 9. b 16. c 23. b 30. c
3. a 10. a 17. c 24. c 31. b
4. b 11. c 18. c 25. c 32. a
5. c 12. a 19. b 26. c 33. a
6. a 13. b 20. b 27. c 34. b
7. a 14. b 21. b 28. b 35. b
MODELO B
1. a 8. a 15. b 22. c 29. b
2. a 9. a 16. c 23. b 30. b
3. c 10. c 17. c 24. b 31. b
4. a 11. a 18. b 25. b 32. c
5. b 12. b 19. b 26. c 33. c
6. a 13. b 20. a 27. c 34. a
7. b 14. a 21. c 28. c 35. a
2ª P.P.
MODELO C
1. a 8. c 15. a 22. b 29. c
2. c 9. a 16. a 23. b 30. c
3. b 10. c 17. a 24. c 31. c
4. b 11. a 18. c 25. b 32. b
5. c 12. c 19. a 26. c 33. c
6. a 13. b 20. c 27. a 34. b
7. b 14. c 21. b 28. c 35. b
MODELO D
1. a 8. c 15. a 22. c 29. b
2. b 9. c 16. a 23. b 30. c
3. a 10. b 17. b 24. a 31. c
4. c 11. b 18. b 25. c 32. b
5. a 12. b 19. c 26. c 33. b
6. c 13. c 20. a 27. b 34. a
7. a 14. c 21. c 28. c 35. c
-
El junio de 2015 ya entraran las modificaciones de la ley concursal?
Gracias!
-
El junio de 2015 ya entraran las modificaciones de la ley concursal?
Gracias!
Sí
-
Buenas tardes,
Alguien tiene las soluciones de la pec 2016?
-
Buenas a ver si podeis ayudarme.Una pregunta que me tiene un tanto liada el pagaré tributa por ITP y AJD cuando es "no a la orden" y ahora respecto al cheque es la misma premisa? es que no me aclaro con esto. gracias.
-
Buenas a ver si podeis ayudarme.Una pregunta que me tiene un tanto liada el pagaré tributa por ITP y AJD cuando es "no a la orden" y ahora respecto al cheque es la misma premisa? es que no me aclaro con esto. gracias.
creo que es al revés, si es no a la orden, no paga ITP pues se prohibe el endoso y en consecuencia no hay una transmisión patrimonial sujeta a impuesto. De todas formas, no te lo aseguro al 100%
-
Por favor aclararme esta, creo que ahora los acuerdos de refinanciación homologados también extienden sus efectos a los acreedores con garantía real en su parte de garantia
Cual sería la respuesta ahora:
En relación con los efectos del acuerdo de refinanciación homologado, cabe afirmar que los efectos de la espera pactada para las entidades financieras que lo hayan suscrito:
a)se extienden a todos los acreedores
b)se extienden a las restantes entidades financieras que no los hayan suscrito y cuyos créditos no esten dotados de garantia real
c) afectan exclusivamente a las entidades que suscribieran el acuerdo
-
creo que es al revés, si es no a la orden, no paga ITP pues se prohibe el endoso y en consecuencia no hay una transmisión patrimonial sujeta a impuesto. De todas formas, no te lo aseguro al 100%
ya compañero perdón si he equivocado a alguien ya lo aclare.
Seria :
1. Letra sometido siempre a pago ITP y AJD
2. Pagaré solo si a la orden ITP y AJD
3. Cheque igual solo si a la orden
-
Elisa yo creo que es la B
-
que tal el examen? ha sido dificil? suerte a todossss!
-
a mi me ha parecido bastante dificil la verdad.
. va para septiembre seguro
-
Yo lo he visto jodido de narices, al igual que Joselu creo que voy para septiembre salvo intervención de la providencia.
Ya veremos cuando salga la plantilla pero por ahora no apostaría por el aprobado.
Saludos, y suerte con los exámenes que os resten.
-
Yo no lo he visto muy rebuscado,aunque si que había muchas preguntas en las que te hacían dudar.
-
Para mi difícil tambien
-
Ponemos las respuestas que tenemos seguras?
-
yo no tengo ninguna segura... jaja
-
Esto he contestado yo:
1- b
2- b
3- c
4- a
5- En blanco
6- a
7- En blanco
8- b
9- c
10- En blanco
11- b
12- b
13- a (la tengo mal, la respuesta correcta era la c)
14- En blanco
15- c
16- a
17- b
18- a
19- b
20- c (esta última, dado que era un caso práctico, no tengo manera de cotejarla, aunque de las tres opciones me parece la única lógica)
Excepto la 20, las demás respuestas las he cotejado con los apuntes de MNieves, así que estoy "razonablemente seguro" de que son correctas.
-
Tienes el modelo A o B?
-
Así como el del primer cuatrimestre me pareció fácil. Este fue bastante a buscar el fallo
Alguien con el B?
-
Yo tengo las mismas que tú, modelo A
Puse 7-a
10-a
14-a
aunque no estoy segura
-
Perdón, mi examen es el modelo A
-
Yo tengo las mismas que tú, modelo A
Puse 7-a
10-a
14-a
aunque no estoy segura
Si me hubiera tenido que decantar por alguna opción yo hubiera dicho 7- a, 10- c y 14- a, pero no estaba seguro y no he querido arriesgar dado que tenía confianza en varias respuestas que ya había puesto y nunca se sabe si por jugársela va a tener uno una sangría de puntos (las quinielas de los test, vaya... ::))
-
Hola!
Respecto de la pregunta "La función primaria del concurso es..."
Yo puse la b (modelo A), que es "instrumento de satisfacción de los créditos...", pero acabo de leer (en la wiki...) que la nueva legislación tiene como objetivo principal "A diferencia del régimen anterior, la nueva regulación concursal y los procedimientos que ella instaura tienen como único y absoluto objetivo la conservación del patrimonio. Destaca el afán del legislador por evitar a toda costa, la desaparición de los negocios y sus nefastas consecuencias."
Significa que la respuesta correcta es la a, "instrumento para la conservación de empresas en crisis"??
gracias por los comentarios!!
-
Hola!
Respecto de la pregunta "La función primaria del concurso es..."
Yo puse la b (modelo A), que es "instrumento de satisfacción de los créditos...", pero acabo de leer (en la wiki...) que la nueva legislación tiene como objetivo principal "A diferencia del régimen anterior, la nueva regulación concursal y los procedimientos que ella instaura tienen como único y absoluto objetivo la conservación del patrimonio. Destaca el afán del legislador por evitar a toda costa, la desaparición de los negocios y sus nefastas consecuencias."
Significa que la respuesta correcta es la a, "instrumento para la conservación de empresas en crisis"??
gracias por los comentarios!!
El libro pone lo que has contestado, no lo de la wikipedia
-
La 7 es la c, puesto que al ser el pagaré una promesa de pago, el aceptar el pago parcial, tambien le da derecho a exigir garantia sobre el restante
-
pues me alegro!!! :D
gracias!!
El libro pone lo que has contestado, no lo de la wikipedia
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No lo veo tan claro porque puede pedir un 10 por ciento del resto y daños y perjuicios pero no se si garantía
-
eso es en el cheque
-
una duda la "accion Causal " que habeis contestado??
-
Alguien con el examen b que ponga las que considere seguras
-
A mí me ha parecido muy difícil :'(
-
una duda la "accion Causal " que habeis contestado??
Yo he puesto B. Deriva de las relaciones subyacentes al título valor.
-
una duda la "accion Causal " que habeis contestado??
Que deriva de las relaciones subyacentes al título valor. Las otras dos opciones entiendo que son incorrectas porque:
"Deriva de la declaración cambiaria que se hace constar en el título valor" -> Esto justificaría en todo caso el carácter abstracto y la acción cambiaria.
"Dada la vigencia de un principio de abstracción, en los títulos valores no cabe hablar de acción causal, pues todas las que asisten al acreedor derivan del propio título" -> Se ha insistido mucho en apuntes y tutorías en que los títulos valor no pueden entenderse como absolutamente abstractos ni como absolutamente causales, y esta opción los presenta como absolutamente abstractos.
-
pag 397 libro:
Realizar un pago parcial: el presentador del pagaré no puede oponerse a admitir un pago parcial (art. 45 II LCCH). en tal caso, el firmante podrá existir que se haga constar en el pagaré tal pago, expidiendo recibo del mismo pero no podrá exigir que se le entregue el documento.
NO PONE NADA DE GARANTÍA
-
MODELO A
1- B
2- B
3-
4- A
5- B
6-
7- C
8- B
9- C
10-
11- B
12- B
13- C
14-
15- C
16- A
17- B
18- A
19- C
20-
-
EXAMEN TIIPO B (SIN COMPROBARLAS)
1 b, 2 a, 3 b, 4 b, 5c, 6b, 7c, 8b, 9a, 10c, 11b, 12c, 13---, 14a, 15a, 16c, 17b, 18a, 19b, 20---
La uno creo que está mal y la correcta es la a, pero lo dejo para comprobar
Coincidencias???
-
La 7 es la c, puesto que al ser el pagaré una promesa de pago, el aceptar el pago parcial, tambien le da derecho a exigir garantia sobre el restante
De garantía nada, te dan un recibo y listo. Lo se porque me pasa a diario. Es la A.
-
19- C
20-
En mi opinión la 19 es la b ya que es la única que hace alusión expresa a dos notas definitorias del convenio: la necesidad de sanción judicial, y el establecimiento de quitas y/o esperas.
Por cierto, veo que más de uno habéis dejado en blanco la 20... Dado que es la única que no podemos cotejar, ¿qué habéis contestado los que sí lo habéis hecho?
Independientemente del modelo, yo he considerado correcta: "D. Aniceto estará obligado a entregar el valor que tuviera ese inmueble cuando salió del patrimonio de la deudora ahora concursada."
-
EXAMEN TIIPO B (SIN COMPROBARLAS)
1 b, 2 a, 3 b, 4 b, 5c, 6b, 7c, 8b, 9a, 10c, 11b, 12c, 13---, 14a, 15a, 16c, 17b, 18a, 19b, 20---
La uno creo que está mal y la correcta es la a, pero lo dejo para comprobar
Coincidencias???
Las mías, modelo B
1--- (creo que la B), 2A, 3B, 4C, 5B, 6B, 7B, 8B, 9C, 10C, 11B, 12C, 13B, 14A, 15A, 16C, 17B, 18A, 19B, 20 --- (creo que la C)
-
Qué habéis puesto en Aniceto?
-
MODELO A
1- B
2- B
3-
4- A
5- B
6-
7- C
8- B
9- C
10-
11- B
12- B
13- C
14-
15- C
16- A
17- B
18- A
19- C
20-
la 19 es la b seguro
Y la 5 creo q es la c
-
Creo que en ambos exámenes hay las mismas pero en distinto orden, ponemos los enunciados mejor?
-
Coincido con KETITO en las respuestas del tipo B, la 20 tampoco la he contestado
-
Qué habéis puesto en Aniceto?
qué tendría que devolver el valor a la empresa concursada no?
-
Yo no la he contestado, pero hubiera puesto lo que dice ska.
-
Mis respuestas modelo A
1b
2
3c
4
5b
6a
7
8b
9a
10
11b
12a
13c
14
15a
16a
17b
18a
19b
20c
-
Actuando de buena fe no veo otra posibilidad
-
La 7 modelo B.
En un pagaré o en una letra de cambio podrá pactarse una cláusula de intereses.
Yo he puesto la respuesta C: las dos respuestas anteriores son incorrectas.
Pág 385 del manual a) cláusula de intereses.
Qué opinais???
-
Corrijo, con el que coincido es con RAMÓN RIZO
-
pag 355 libro:
la mera posesión del título es suficiente para legitimar a su tenedor para el ejercicio del derecho que incorporan -en los títulos al portador- o bien, requiriéndose algunos requisitos complementarios... notificación al deudor en los títulos nominativos.
-
En relación a los intereses solo se pueden poner en los títulos a plazo de desde la vista, no en todos, yo pienso que ninguna era correcta
-
La de la extincion de los apoderamientos q habeis puesto,no tengo las respuestas delante
-
Las mías, modelo B
1--- (creo que la B), 2A, 3B, 4C, 5B, 6B, 7B, 8B, 9C, 10C, 11B, 12C, 13B, 14A, 15A, 16C, 17B, 18A, 19B, 20 --- (creo que la C)
EXAMEN TIPO B (sin comprobar)
Coincido contigo en 12 y 3 no coincido.
1A, 2A, 3_, 4B, 5_, 6B, 7C, 8_, 9C, 10C, 11B, 12C, 13B, 14A, 15A, 16_, 17B, 18A, 19B, 20_
Mi sensación también de ser un examen "más" complicado que el primer parcial.
Esperemos la plantilla.
¿alguien sabe cuanto tardan en sacar la plantilila? En el primer parcial creo que tardó en salir ¿no?
-
En mi opinión la 19 es la b ya que es la única que hace alusión expresa a dos notas definitorias del convenio: la necesidad de sanción judicial, y el establecimiento de quitas y/o esperas.
Por cierto, veo que más de uno habéis dejado en blanco la 20... Dado que es la única que no podemos cotejar, ¿qué habéis contestado los que sí lo habéis hecho?
Independientemente del modelo, yo he considerado correcta: "D. Aniceto estará obligado a entregar el valor que tuviera ese inmueble cuando salió del patrimonio de la deudora ahora concursada."
Perdón, no contesté la 19, la c me refería a la 20.
-
Sin necesidad de esperar resultados del ED, la conclusión es que, pocos sobresalientes va haber en este examen.
-
;D
-
La 7 modelo B.
En un pagaré o en una letra de cambio podrá pactarse una cláusula de intereses.
Yo he puesto la respuesta C: las dos respuestas anteriores son incorrectas.
Pág 385 del manual a) cláusula de intereses.
Qué opinais???
Yo he puesto B, pero mirándolo dudo entre B y C, la verdad, porque aunque el pagaré esté librado a fecha fija, la cláusula se podrá poner.
-
Sin necesidad de esperar resultados del ED, la conclusión es que, pocos sobresalientes va haber en este examen.
Pero bien poquitos :'(
-
Sin necesidad de esperar resultados del ED, la conclusión es que, pocos sobresalientes va haber en este examen.
Primero empecemos por el aprobado y luego ya veremos si hay que levantar la mirada más arriba, pero lo primero es lo primero ;)
-
EXAMEN B, mis respuestas:
1-c, 2-a, 3-b, 4-b, 5-a, 6-b, 7-c, 8-c, 9--, 10-c, 11-b, 12-c, 13-b, 14-a, 15-a, 16-c, 17-b, 18-a, 19-b, 20-c
Suerte a todos.
-
En mi opinión el examen ha sido un pelín rebuscado, lo que unido al bloqueo mental mañanero, hace que sea prácticamente imposible obtener buena nota. En mi caso estoy entre Pinto y Valdemoro.
En relación al pobre Aniceto, yo le he obligado a entregar el valor del inmueble, o sea, la C (Examen B)
Espero que sea así, quizás sea la que me de el aprobado :-\
Un saludo y suerte
-
A mi me ha parecido difícil. En el primer parcial saque un 9 pero en esta parte al igual que han puesto algunos compañeros, salvo providencia divina me tocará ir a septiembre. Seguras de inicio sólo tenía 6-7, el resto dudas. Para los que vayan la segunda semana les recomiendo darle fuerte a los apuntes o al libro, porque en general las preguntas han sido diferentes a todas las de años anteriores. Mucha suerte para el resto de exámenes.
-
EXAMEN B, mis respuestas:
1-c, 2-a, 3-b, 4-b, 5-a, 6-b, 7-c, 8-c, 9--, 10-c, 11-b, 12-c, 13-b, 14-a, 15-a, 16-c, 17-b, 18-a, 19-b, 20-c
Suerte a todos.
No he comprobado el examen (no lo voy a hacer), pero sí hecho una comparativa de las 4 personas que hemos puesto el modelo B, y según preguntas acertadas, falladas y abstenciones, hasta ahora los 4 superamos el 5, ojala y se confirme con la plantilla oficial. A ver si no tardan en sacarla demasiado tiempo.
-
En mi opinión el examen ha sido un pelín rebuscado, lo que unido al bloqueo mental mañanero, hace que sea prácticamente imposible obtener buena nota. En mi caso estoy entre Pinto y Valdemoro.
En relación al pobre Aniceto, yo le he obligado a entregar el valor del inmueble, o sea, la C (Examen B)
Espero que sea así, quizás sea la que me de el aprobado :-\
Un saludo y suerte
Es la respuesta logica si hay restitucion
-
Mis respuestas del EXAMEN B son:
1-c (Creo que es la b) , 2-a, 3-b, 4-b, 5-c, 6-b, 7---, 8- a (creo que la tengo mal), 9-c (creo que la tengo mal), 10-a (la correcta es la c), 11-a (la correcta es la b), 12- a (la correcta es la c), 13-b, 14-a, 15-a, 16-c, 17-b, 18-a, 19-b, 20-c
En fin, a ver si hay suerte.
Saludos
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la 1 del modelo B yo diría que es la A: A diferencia de lo que ocurre con el endoso, que debe ser por la totalidad de la cuantía del título, la ley permite los avales de parte del importe del pagaré, como recoge el artículo 35 de la Ley Cambiaria
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Modelo B, contrastemos entre todos.
En el aval : El aval puede prestarse por la totalidad o una parte del importe del pagaré (art 35). En el
segundo caso, se habla de aval limitado en cuanto a su cantidad.
por tanto 1A en el modelo B
Clausulas "sin gastos" :Cláusula “sin gastos” o “sin protesto”. A través de ella, regulada en el art. 56, el
firmante, endosante o sus avalistas podrán dispensar al tenedor de hacer que se levante
protesto por falta de pago o falta de indicación del “visto”
por tanto 2A
accion causal : Las acciones causales derivan de las relaciones jurídicas subyacentes, cuyos
pagos en dinero aplazados quedaron documentados a través del pagaré, la letra o el
cheque.
3B
titulo valor girado al portador:b) Cuando se trata de un título-valor la legitimación para exigir el cumplimiento de la
obligación incorporada se consigue, bien sencillamente a través de la posesión (títulos al
portador), bien por la posesión unida a otros requisitos complementarios (cláusula de endoso,
en los títulos a la orden, y notificación al deudor, en los nominativos). Incluso en estos últimos
supuestos, la tenencia genera apariencia de titularidad del derecho y se exonera al poseedor
de demostrar que es titular del derecho, como también se libera al deudor de efectuar mayores
pesquisas para asegurarse de que está pagando al verdadero acreedor. La posesión es
legitimadora tanto en su aspecto activo como pasivo.
4B
librado cheque, despite plazo:Vencidos los plazos de presentación «el tenedor conserva sus
derechos contra el librador, aunque el cheque no se haya presentado oportunamente o no se
haya levantado el protesto o realizado la declaración equivalente», aqui tengo dudas con este precepto la falta de pago del cheque por el librado habrá de ser acreditada por alguno de los medios que el precepto establece, so pena de pérdida por el tenedor de las acciones de regreso “contra los endosantes, el librador y los demás obligados” asi que entiendo que seria la C, pero no me aclaro.
5C
quereis analizar?
-
la 5 que es la que mas dudas tengo.
-
Hola ,.....ahora estoy repasando el examen porque me voy a presentar en la segunda semana....los que ya os habéis presentado podéis poner los enunciados...más o menos ::)... nos serían de gran ayuda ....muchas gracias ...
Por cierto muchísimas gracias a los que me disteis las plantillas del año pasado que pedí....
SUERTE A TODOS !!!!.... :D :D :D :D :D :D
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la 5 que es la que mas dudas tengo.
La he dejado sin contestar.
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No he comprobado el examen (no lo voy a hacer), pero sí hecho una comparativa de las 4 personas que hemos puesto el modelo B, y según preguntas acertadas, falladas y abstenciones, hasta ahora los 4 superamos el 5, ojala y se confirme con la plantilla oficial. A ver si no tardan en sacarla demasiado tiempo.
Pues ojalá sea así.
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Respecto a la pregunta del despiste en el examen A es la 10 para que el tenedor puede ir de regreso contra los endosantes o avalistas, necesita protestar o declaración equivalente, el texto no habla de eso,por tanto solo tiene acción directa contra el Librador.
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La 5 del A es la B,el endosatario el Qye recibe del endosante no debe garantizar su pago,es el endosante quien es responsable. Si es el tipo A la pregunta 5
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Pues yo me voy a septiembre con esta entera,el primer cuatrimestre no pude presentarme y en este.......que decir de este maravilloso,rebuscado,puesto a cazar...me puse tan nerviosa que corregí hasta las que tenia bien, he llegado a dudar hasta de mi apellido
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yo he puesto que tiene q entregar el valor q tuviera el inmueble cuando salió del patrimonio (la c), por lo de que FRUTOSA la vendió por un precio inferior a la de mercado... además las otras dos me parecieron imposibles.... no sé...
Qué habéis puesto en Aniceto?
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4.modelo B, es la opción B Pág 370 Bastará con la posesión del título...
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1. modelo B, opción A Pág 395 se podrá limitar la cantidad de la que responde...
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declaracion de aceptacion letra librado: La premisa de la aceptación de la letra por el librado para que éste asuma la obligación
cambiaria es la principal diferencia existente ente la letra y el pagaré. Tal providencia no aparece en el pagaré puesto que ésta implica una promesa de pago de la misma persona que lo emite, pago que asume por el mero he4cho de su emisión: dado que la firma del firmante es requisito esencial del pagaré, ésta ha asumido por esa misma firma el deber de pago (promesa de pago). En cambio, en la letra, el sujeto que emite el documento es distinto del que ha de pagar, librado, por lo que éste deberá aceptar expresamente la obligación.
6 B
Clausula de intereses en pagaré o letra:La cláusula de interés. En la medida en que el pagaré implica un aplazamiento del pago de una deuda, es normal que devengue interés. Esta cláusula, regulada en el art. 6, sólo despliega virtualidad en los títulos librados a la vista o a un plazo desde la vista, lo cual tiene su lógica, puesto que en los demás casos . En todo caso, el tipode interés anual deberá indicarse en el pagaré, mención sin la cual, la cláusula se tendrá por no escrita. Salvo estipulación en contrario, los intereses devengarán desde la fecha del libramiento del pagaré hasta el momento de su presentación.
De nuevo otra duda en la 7 creo que está pregunta está mal redactada, pues claro que podrá pactarse en virtud de la libertad de las partes, pero imagino que dará conrrecta la C
-
Modelo B
1.A
2.A
3.B
4.B
5.C
6.C
7.C
8.-
9.A
10.C
11.B
12.C
13.B
14.A
15.A
16.A
17.B
18.A
19.B
20.-
Con cierta seguridad, pero con cautela la 6.
-
Clausula de intereses en pagaré o letra:La cláusula de interés. En la medida en que el pagaré implica un aplazamiento del pago de una deuda, es normal que devengue interés. Esta cláusula, regulada en el art. 6, sólo despliega virtualidad en los títulos librados a la vista o a un plazo desde la vista, lo cual tiene su lógica, puesto que en los demás casos . En todo caso, el tipode interés anual deberá indicarse en el pagaré, mención sin la cual, la cláusula se tendrá por no escrita. Salvo estipulación en contrario, los intereses devengarán desde la fecha del libramiento del pagaré hasta el momento de su presentación.
De nuevo otra duda en la 7 creo que está pregunta está mal redactada, pues claro que podrá pactarse en virtud de la libertad de las partes, pero imagino que dará conrrecta la C
Es que claro, por poder se puede poner la cláusula de interés aunque sea pagadero en una fecha, otra cosa es que no tenga sentido....
Desde luego la redacción de muchas preguntas se las traía.
-
efecto garantia endoso: c) Efecto de garantía. Implica que todos los firmantes del documento (firmantes y endosantes sucesivos), salvo cláusula en contrario, garantizarán el pago frente a los tenedores posteriores. De este modo, cada endoso robustece la seguridad del cobro, pues añade un nuevo implicado en el buen fin del título. Sin embargo, este efecto de garantía puede quedar limitado mediante el clausulado de la cesión.
8 B
-
Modelo B
1.A
2.A
3.B
4.B
5.C
6.C
7.C
8.-
9.A
10.C
11.B
12.C
13.B
14.A
15.A
16.A
17.B
18.A
19.B
20.-
Con cierta seguridad, pero con cautela la 6.
la 16 es la C: Además, los acreedores con garantía real reciben un tratamiento especial, los cuales podrán iniciar o continuar la ejecución o realización forzosa de la garantía cuando ésta recaiga sobre bienes que no resulten necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial.
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la 16 es la C: Además, los acreedores con garantía real reciben un tratamiento especial, los cuales podrán iniciar o continuar la ejecución o realización forzosa de la garantía cuando ésta recaiga sobre bienes que no resulten necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial.
Es la C, la he copiado mal, error al transcribir, estamos de acuerdo.
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Es la C, la he copiado mal, error al transcribir, estamos de acuerdo.
:)
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Modelo B
1.A
2.A
3.B
4.B
5.C
6.C
7.C
8.-
9.A
10.C
11.B
12.C
13.B
14.A
15.A
16.C
17.B
18.A
19.B
20.-
-
vale solventada las dudas que tenia en las 8 primeras según lo expuesto las otras tb las he repasado y creo que no tienen tanto dificultad, expogo modelo B
1A
2A
3B
4B
5C
6B
7X(B-C)
8B
9C
10C
11B
12C
13B
14A
15A
16C
17B
18A
19B
20C
-
Modelo B, contrastemos entre todos.
En el aval : El aval puede prestarse por la totalidad o una parte del importe del pagaré (art 35). En el
segundo caso, se habla de aval limitado en cuanto a su cantidad.
por tanto 1A en el modelo B
Clausulas "sin gastos" :Cláusula “sin gastos” o “sin protesto”. A través de ella, regulada en el art. 56, el
firmante, endosante o sus avalistas podrán dispensar al tenedor de hacer que se levante
protesto por falta de pago o falta de indicación del “visto”
por tanto 2A
accion causal : Las acciones causales derivan de las relaciones jurídicas subyacentes, cuyos
pagos en dinero aplazados quedaron documentados a través del pagaré, la letra o el
cheque.
3B
titulo valor girado al portador:b) Cuando se trata de un título-valor la legitimación para exigir el cumplimiento de la
obligación incorporada se consigue, bien sencillamente a través de la posesión (títulos al
portador), bien por la posesión unida a otros requisitos complementarios (cláusula de endoso,
en los títulos a la orden, y notificación al deudor, en los nominativos). Incluso en estos últimos
supuestos, la tenencia genera apariencia de titularidad del derecho y se exonera al poseedor
de demostrar que es titular del derecho, como también se libera al deudor de efectuar mayores
pesquisas para asegurarse de que está pagando al verdadero acreedor. La posesión es
legitimadora tanto en su aspecto activo como pasivo.
4B
librado cheque, despite plazo:Vencidos los plazos de presentación «el tenedor conserva sus
derechos contra el librador, aunque el cheque no se haya presentado oportunamente o no se
haya levantado el protesto o realizado la declaración equivalente», aqui tengo dudas con este precepto la falta de pago del cheque por el librado habrá de ser acreditada por alguno de los medios que el precepto establece, so pena de pérdida por el tenedor de las acciones de regreso “contra los endosantes, el librador y los demás obligados” asi que entiendo que seria la C, pero no me aclaro.
5C
quereis analizar?
Las 3 primeras igual
La 4 puse la c pero creo que fallé
Y en la 5 conteste la b
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Buffff, chico, no sé qué les ha dado, uno de los más difíciles que he visto, rebuscado, a confundir, enrevesado...muy jodido es un examen sin con los apuntes no eres capaz de encontrar respuestas certeras...en fin...
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vale solventada las dudas que tenia en las 8 primeras según lo expuesto las otras tb las he repasado y creo que no tienen tanto dificultad, expogo modelo B
1A
2A
3B
4B
5C
6B
7X(B-C)
8B
9C
10C
11B
12C
13B
14A
15A
16C
17B
18A
19B
20C
la 2 no puede ser la a
-
la 2 no puede ser la a
No he dicho nada, que hablas del modelo b, perdon.
-
No he dicho nada, que hablas del modelo b, perdon.
Por Dios, me vas a matar del susto!! :o
-
la 2 no puede ser la a
Página 385 del manual.
Muy clara.
-
9 en el primer parcial 4,75 provisional en el segundo >:( >:( >:(
Espero que se tiren el rollo.
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Bueno vamos con la polemica, veis que la 7 es anulable por la mala redaccion?? :D :D :D
-
vale solventada las dudas que tenia en las 8 primeras según lo expuesto las otras tb las he repasado y creo que no tienen tanto dificultad, expogo modelo B
1A
2A
3B
4B
5C
6B
7X(B-C)
8B
9C
10C
11B
12C
13B
14A
15A
16C
17B
18A
19B
20C
De estas respuestas sólo discrepo en
5c
9a
El resto coincido en las respuestas de mi examen
-
vale solventada las dudas que tenia en las 8 primeras según lo expuesto las otras tb las he repasado y creo que no tienen tanto dificultad, expogo modelo B
1A
2A
3B
4B
5C
6B
7X(B-C)
8B
9C
10C
11B
12C
13B
14A
15A
16C
17B
18A
19B
20C
¿Dónde hay que firmar?
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Bueno vamos con la polemica, veis que la 7 es anulable por la mala redaccion?? :D :D :D
Creo que es la c, la negativa no es, pero tampoco es siempre
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pregunta 9 tambien se podria anular por que tiene tela : Realizar un pago parcial. El presentador del pagaré no puede oponerse a admitir un
pago parcial (art. 45.II). En tal caso, el firmante podrá exigir que se haga constar en el pagaré tal pago, expidiéndose recibo el mismo, pero no podrá exigir que se le entregue el documento. lo he entendido como esa garantia que alude la respuesta.
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Pág. 397 Realizar un pago parcial.
El presentador del pagaré no puede oponerse a admitir un pago parcial. En tal caso, el firmante podrá exigir que se haga constar en el pagaré tal pago, expidiéndole recibo del mismo, pero no podrá exigir que se le entregue el documento.
Ni con el libro delante¡¡¡¡¡
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Se podrían impugnar al menos tres. Redacción farragosa, complicada, buscando el fallo. En definitiva, un examen feo. Alguien tiene contrastadas del modelo A? Tengo dudas en un par de ellas.
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No obstante, las explicaciones a las respuestas las he sacado de apuntes basados en libro ,si veis algun argumento mejor anotarlo, pero no os quedeis en la superficialidad, para poder contrastar. gracias.
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9 en el primer parcial 4,75 provisional en el segundo >:( >:( >:(
Espero que se tiren el rollo.
Me da la sensación que la pregunta nº 9 es la que te condena o te salva.
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Modelo B, contrastemos entre todos.
En el aval : El aval puede prestarse por la totalidad o una parte del importe del pagaré (art 35). En el
segundo caso, se habla de aval limitado en cuanto a su cantidad.
por tanto 1A en el modelo B
Clausulas "sin gastos" :Cláusula “sin gastos” o “sin protesto”. A través de ella, regulada en el art. 56, el
firmante, endosante o sus avalistas podrán dispensar al tenedor de hacer que se levante
protesto por falta de pago o falta de indicación del “visto”
por tanto 2A
accion causal : Las acciones causales derivan de las relaciones jurídicas subyacentes, cuyos
pagos en dinero aplazados quedaron documentados a través del pagaré, la letra o el
cheque.
3B
titulo valor girado al portador:b) Cuando se trata de un título-valor la legitimación para exigir el cumplimiento de la
obligación incorporada se consigue, bien sencillamente a través de la posesión (títulos al
portador), bien por la posesión unida a otros requisitos complementarios (cláusula de endoso,
en los títulos a la orden, y notificación al deudor, en los nominativos). Incluso en estos últimos
supuestos, la tenencia genera apariencia de titularidad del derecho y se exonera al poseedor
de demostrar que es titular del derecho, como también se libera al deudor de efectuar mayores
pesquisas para asegurarse de que está pagando al verdadero acreedor. La posesión es
legitimadora tanto en su aspecto activo como pasivo.
4B
librado cheque, despite plazo:Vencidos los plazos de presentación «el tenedor conserva sus
derechos contra el librador, aunque el cheque no se haya presentado oportunamente o no se
haya levantado el protesto o realizado la declaración equivalente», aqui tengo dudas con este precepto la falta de pago del cheque por el librado habrá de ser acreditada por alguno de los medios que el precepto establece, so pena de pérdida por el tenedor de las acciones de regreso “contra los endosantes, el librador y los demás obligados” asi que entiendo que seria la C, pero no me aclaro.
5C
quereis analizar?
Respecto a la última,...el tenedor conserva la acc. de regreso contra el librador aunque no se haya presentado en plazo ni se haya levantado el protesto....sin embargo si no se presenta al cobro ni se levanta el protesto sí que pierde la acc. de regreso frente al endosante (y avalistas)...creo que en este caso al hacer referencia al librador , la respuesta correcta sería la C.
¿ESTOY EN LO CIERTO?.... :-X
-
Creo q para ver la respuesta correcta hay q analizarlas con las otras dos respuestas, es posible q la elegida sea la menos mala o la menos incorrecta.
-
Pág. 397 Realizar un pago parcial.
El presentador del pagaré no puede oponerse a admitir un pago parcial. En tal caso, el firmante podrá exigir que se haga constar en el pagaré tal pago, expidiéndole recibo del mismo, pero no podrá exigir que se le entregue el documento.
Ni con el libro delante¡¡¡¡¡ ni con el libro delante, que bueno!!
-
Buenas. Tengo el modelo A
A ver....CONTRASTADAS UNA POR UNA EN INTERNET ( cuando tenia duda de alguna pagina he recurrido a otra fuente, uned-derecho , apuntes ) estas son , siempre según mi humilde labor de búsqueda y contraste las respuestas correctas ( que no las que yo he contestado , segun mi calculo tengo 14 bien y 6 mal ...5,5 raspando :o) Si alguien tiene alguna aportación contrastada al respecto , se la agradezco .
1-b
2-b
3-c
4-a
5-c
6-a
7-a
8-b
9-c
10-c
11-b
12-b
13-c
14-a
15-c
16-a
17-b
18-a
19-b
20-c ?¿ ( elijo esa opción ya que por lo que habéis comentado es lo más coherente... yo he puesto B, no la he podido contrastar pero me la he dado por mala)
Espero que os sirva de ayuda y que tengamos todos suerte.
Saludos , SEAN FELICES
-
La 5 del A tengo B el que endosa le está diciendo al endosatario, si no te pagan,yo te garantizo el pago.Tampoco digo que sea esta la correcta 100%.
-
Y respecto a la 7 del A, la respuesta C, habla del derecho a que se le garantice,no que sea automático, por tanto, ahí si tengo dudas.
-
Modelo B
1.A
2.A
3.B
4.B
5.C
6.C
7.C
8.-
9.A
10.C
11.B
12.C
13.B
14.A
15.A
16.A
17.B
18.A
19.B
20.-
Con cierta seguridad, pero con cautela la 6.
Lo tengo relativamente parecido. La 3 la dejé en blanco. La 6 tengo A y 8 C. 9B (de la cual no estoy segura). 16 C (me suena que haya salido años anteriores así). En la 20 he puesto A. Las 20 de este año del tipo B deben de ser la prueba de fuego para ver si mereces el 10 ::)
Se han columpiado un poco, ¿no?
-
La 5 del A tengo B el que endosa le está diciendo al endosatario, si no te pagan,yo te garantizo el pago.Tampoco digo que sea esta la correcta 100%.
Efecto de Garantía: Todo endosante garantiza la aceptación y el pago de la obligación cambiaria. Este efecto se explica desde dos puntos de vista:
Económico: el endosatario le paga al endosante el valor del título, éste espera resarcirse cuando el día de vencimiento del título, no pagada el día que corresponde, el endosatario puede reclamarle a los endosantes anteriores.
Creo que tienes razón la 5 es la B , aunque me duela porque entonces he suspendido xD y respecto a la 7 me has hecho dudar , la B seguro que no es .
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Lo siento de verás porqué yo no la necesito pero las conclusiones son evidentes y nos deberían hacer reflexionar a tod@s,no se puede provocar a los ED con yo solo estudio de corta y pega,o como en protección social, con 167 preguntas apruebas, esto en redes sociales... Que consecuencias tiene? Pues gente muy muy preparadas suspendan,por tanto muchísima más prudencia, callados les enseñamos menos cartas.
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Buenas. Tengo el modelo A
A ver....CONTRASTADAS UNA POR UNA EN INTERNET ( cuando tenia duda de alguna pagina he recurrido a otra fuente, uned-derecho , apuntes ) estas son , siempre según mi humilde labor de búsqueda y contraste las respuestas correctas ( que no las que yo he contestado , segun mi calculo tengo 14 bien y 6 mal ...5,5 raspando :o) Si alguien tiene alguna aportación contrastada al respecto , se la agradezco .
1-b
2-b
3-c
4-a
5-c
6-a
7-a
8-b
9-c
10-c
11-b
12-b
13-c
14-a
15-c
16-a
17-b
18-a
19-b
20-c ?¿ ( elijo esa opción ya que por lo que habéis comentado es lo más coherente... yo he puesto B, no la he podido contrastar pero me la he dado por mala)
Espero que os sirva de ayuda y que tengamos todos suerte.
Saludos , SEAN FELICES
Si queda así, tengo 13 bien y 2 mal, firmo.
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la 7 sigo pensando que es la c, vamos, casi seguro estoy de ello.
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Con las respuestas contrastadas de Juananem, 13 bien, 7 mal, 4,75 :'( :'( :'(
Si se confirma que la 5 es la B apruebo y en la del pago parcial del pagaré tengo dudas de que sea la A aunque por ahora la doy como fallo. Yo tengo marcada la C.
Teniendo en cuenta cómo ha sido el examen no estaría de más que sacaran la plantilla de respuestas con cierta agilidad, porque vaya tela.
Tengo un 10 en el primer parcial y en ambas Pec, así que entré al examen pensando en la posibilidad de sacar matrícula en esta asignatura, como diría Sheldon Cooper "ZAS EN TODA LA BOCA".
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Yo puse la b también
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Artículo 22
Cuando un endoso contenga la mención «valor en garantía», «valor en prenda», o cualquier otra que implique una garantía, el tenedor podrá ejercer todos los derechos que derivan de la letra de cambio, pero el endoso hecho por él sólo valdrá como comisión de cobranza.
Las personas obligadas no podrán invocar contra el tenedor de una letra recibida en prenda o en garantía las excepciones fundadas en sus relaciones personales con el endosante que las transmitió en garantía, a menos que el tenedor, al recibir la letra, hubiera procedido a sabiendas en perjuicio del deudor.
-
Buenas. Tengo el modelo A
A ver....CONTRASTADAS UNA POR UNA EN INTERNET ( cuando tenia duda de alguna pagina he recurrido a otra fuente, uned-derecho , apuntes ) estas son , siempre según mi humilde labor de búsqueda y contraste las respuestas correctas ( que no las que yo he contestado , segun mi calculo tengo 14 bien y 6 mal ...5,5 raspando :o) Si alguien tiene alguna aportación contrastada al respecto , se la agradezco .
1-b
2-b
3-c
4-a
5-c
6-a
7-a
8-b
9-c
10-c
11-b
12-b
13-c
14-a
15-c
16-a
17-b
18-a
19-b
20-c ?¿ ( elijo esa opción ya que por lo que habéis comentado es lo más coherente... yo he puesto B, no la he podido contrastar pero me la he dado por mala)
Espero que os sirva de ayuda y que tengamos todos suerte.
Saludos , SEAN FELICES
La 7 es la c, una garantia adicional al pago parcial es simplemente no entregar el pagaré que es realmente lo q se hace
-
En la 3 del modelo A, tanto en la letra de cambio como en el pagaré podrán pactarse clausula de intereses, a mi entender es la b.
Saludos.
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Por motivos laborales no he podido ir hoy...la pregunta del millon...han repetido?
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Una cosa es el endoso de garantia y otra el efecto de garantia del endiso. La 5 es la b
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La 3 del modelo A, no es del todo cierto siempre, sino sólo los pagares emitidos a un plazo desde la vista.
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examen chungo, chungo... yo también tenía un 10 en el primer parcial :(
La del pagaré con pago parcial tiene tela, la del efecto de garantía menuda pregunta trampa. habría que impugnarlas las dos.
en fin, bajón total y mañana financiero II, no te digo, ¡ qué ganas !!
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Pág. 397 Realizar un pago parcial.
El presentador del pagaré no puede oponerse a admitir un pago parcial. En tal caso, el firmante podrá exigir que se haga constar en el pagaré tal pago, expidiéndole recibo del mismo, pero no podrá exigir que se le entregue el documento.
Ni con el libro delante¡¡¡¡¡
No veo garantía como tal en ninguna parte del texto.
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Te contesto sinceramente pienso que será anulada.
-
No veo garantía como tal en ninguna parte del texto.
Mantener la posesion del pagaré ( con incripcion del pago parcial) es una garantia cambiaria de ejecucion
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Hola, por favor podriaís colgar un modelo de examen (A o B) con las preguntas? Gracias
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Madre mía, qué examen mas rebuscado, algunas preguntas de oposición con pocas plazas :-\
Tenía mas trampas que una película de Fu Manchú :o
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Una pregunta que la mayoría del tipo A hablo, la número 16 dais por buena la A, no lo veo tan claro, si el concursado tiene más masa activa que pasiva,porqué va minorar su patrimonio? Lo que es evidente que lo minore o no, es un fraude a los acreedores, seguramente será la A,pero no lo veo tan claro.
-
Madre mía, qué examen mas rebuscado, algunas preguntas de oposición con pocas plazas :-\
Tenía mas trampas que una película de Fu Manchú :o
Hola, por favor podriaís colgar un modelo de examen (A o B) con las preguntas? Gracias
Hola, por favor podriaís colgar un modelo de examen (A o B) con las preguntas? Gracias
totalmente de acuerdo!!
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Una pregunta que la mayoría del tipo A hablo, la número 16 dais por buena la A, no lo veo tan claro, si el concursado tiene más masa activa que pasiva,porqué va minorar su patrimonio? Lo que es evidente que lo minore o no, es un fraude a los acreedores, seguramente será la A,pero no lo veo tan claro.
Hola, yo soy del modelo A de examen, y creo que la contestación a la 16 es claramente la opción a. Para quien no lo tenga delante, el enunciado y las respuestas posibles decían:
"La Ley Concursal acoge una específica acción rescisoria con la que podrán impugnarse los actos celebrados por el deudor en los dos años anteriores a su declaración de concurso y que se justifiquen:
a) En el carácter perjudicial de dichos actos pues suponen una reducción del patrimonio del deudor luego declarado en concurso.
b) En el carácter fraudulento de tales actos pues no cabe admitir fraude alguno en contra del interés de los acreedores.
c) En el carácter discriminatorio de tales actos pues suponen una alteración de la graduación que los créditos tendrían en el concurso."
Pues bien, no tengo libro ni apuntes delante, pero mirando el artículo 71.1 de la Ley Concursal (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l22-2003.t3.html#c4) encontramos que: "Declarado el concurso, serán rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta."
No entiendo por dónde vas al hablar de si el concursado tiene más masa activa que pasiva, eso no se plantea en el enunciado...
-
La garantía del pagaré no lo veo por ningún lado, solo el derecho a indemnización por la parte pendiente y como pone la ley.
La respuesta de la 10 del modelo A yo entendía que era la a) porque aunque sea anterior o posterior a la fecha podía cobrarse si hay fondos....no sé
-
Hola, yo soy del modelo A de examen, y creo que la contestación a la 16 es claramente la opción a. Para quien no lo tenga delante, el enunciado y las respuestas posibles decían:
"La Ley Concursal acoge una específica acción rescisoria con la que podrán impugnarse los actos celebrados por el deudor en los dos años anteriores a su declaración de concurso y que se justifiquen:
a) En el carácter perjudicial de dichos actos pues suponen una reducción del patrimonio del deudor luego declarado en concurso.
b) En el carácter fraudulento de tales actos pues no cabe admitir fraude alguno en contra del interés de los acreedores.
c) En el carácter discriminatorio de tales actos pues suponen una alteración de la graduación que los créditos tendrían en el concurso."
Pues bien, no tengo libro ni apuntes delante, pero mirando el artículo 71.1 de la Ley Concursal (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l22-2003.t3.html#c4) encontramos que: "Declarado el concurso, serán rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta."
No entiendo por dónde vas al hablar de si el concursado tiene más masa activa que pasiva, eso no se plantea en el enunciado...
Además como bien dices el fundamento de esto tal y como suscribe los apuntes es el "perjuicio" sobre masa activa , correcta la A
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articulo 45 LC
El portador no podrá rechazar un pago parcial.
En caso de pago parcial, el librado podrá exigir que este pago se haga constar en la letra y que se le dé recibo del mismo.
la 9 nos tendrá en vilo hasta el final
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La 7 es la c, una garantia adicional al pago parcial es simplemente no entregar el pagaré que es realmente lo q se hace
Estoy de acuerdo articulo 45 LCC
Pero la 5 es la B
El endoso transmite los derechos de la letra y el endosante garantiza el pago frente a los tenedores posteriores.
Es endosante no endosatario, es logico pues es el ensosante el que transmite y el endosatario el que recibe con lo cual no se va a garantizar a sí mismo nada
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Vamos a ver, con respecto al pago parcial.
Fijaros antentamente en la respuesta C)
dice "...exigir la prestación de una garantía A FAVOR DE LA CANTIDAD RESTANTE"
Está sumamente claro que NADA dice al respecto la Ley sobre la garantía (que incluso pudiera ser en prenda o hipoteca) y mucho menos sobre que la misma deba satisfacer la cantidad restante. Tan sólo el derecho a un recibí y no entregar el documento mercantil.
Luego, la respuesta correcta es la A.
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Así es Pagos,lo acabo de ver el el art 71, en cualquier caso yo la contaba cómo fallo mio.
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Vamos a ver, con respecto al pago parcial.
Fijaros antentamente en la respuesta C)
dice "...exigir la prestación de una garantía A FAVOR DE LA CANTIDAD RESTANTE"
Está sumamente claro que NADA dice al respecto la Ley sobre la garantía (que incluso pudiera ser en prenda o hipoteca) y mucho menos sobre que la misma deba satisfacer la cantidad restante. Tan sólo el derecho a un recibí y no entregar el documento mercantil.
Luego, la respuesta correcta es la A.
creo que es impugnable, asi que esperemos las plantillas, ya hemos hecho todo lo posible. para aclarar el concepto
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Por motivos laborales no he podido ir hoy...la pregunta del millon...han repetido?
No compañero. Todas nuevas, ninguna repetida y examen difícil, muchas dudas en las preguntas. Aún así esperaremos a las plantillas y sino uno para septiembre con un 9 en el primer parcial.
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Una duda que tengo
¿Sabe alguien si el examen de Grado coincide con el de la Licenciatura?.
En caso de coincidir ¿es posible que la dificultad de éste examen sea porque se adapte más al manual de Grado que al de la Licenciatura?.
Por divagar ya.... ???
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Estas son las consecuencias de andar por el foro, diciendo que si el examen muy fácil,que el más fácil de la carrera. Todo en el 1 pp quedando otro examen por medio ahora a aguantar castigo.No soy de crear polémicas y espero que nadie se ofenda pero es muy curioso el cambio de actitud del departamento.
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Estoy de acuerdo articulo 45 LCC
Pero la 5 es la B
El endoso transmite los derechos de la letra y el endosante garantiza el pago frente a los tenedores posteriores.
Es endosante no endosatario, es logico pues es el ensosante el que transmite y el endosatario el que recibe con lo cual no se va a garantizar a sí mismo nada
Si la 5 es la b
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Estas son las consecuencias de andar por el foro, diciendo que si el examen muy fácil,que el más fácil de la carrera. Todo en el 1 pp quedando otro examen por medio ahora a aguantar castigo.No soy de crear polémicas y espero que nadie se ofenda pero es muy curioso el cambio de actitud del departamento.
Si, con esta nueva politica pueden hacer insufrible esta asignatura..,,,
....aun así, aun pueden empeorarlo haciendola de desarrollo.
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Estas son las consecuencias de andar por el foro, diciendo que si el examen muy fácil,que el más fácil de la carrera. Todo en el 1 pp quedando otro examen por medio ahora a aguantar castigo.No soy de crear polémicas y espero que nadie se ofenda pero es muy curioso el cambio de actitud del departamento.
Pues sin que sea tampoco un comentario que te ofenda , particularmente pienso que yo no veo a ningún profesor entrando en foros para saber que opinan x alumnos de sus exámenes, yo creo que están por encima de eso ¿no?, la elaboración de un examen imagino versa sobre la opinión de un Departamento completo de una asignatura, y sinceramente, ni por asomo opinan en este foro todos los alumnos que hay a nivel de España, lo que quiero decir que tomar una medida por la opinión de unos pocos, es afectar a toda la mayoría.
¿Realmente piensas que el que alguien diga que el examen es muy fácil es condicionante para cambiar el siguiente? ¿Debemos de suponer entonces que habida cuenta de que el 100% de los que hemos opinado sobre la dificultad de éste examen como DIFICIL y en casos MUY DIFICIL, hará que el siguiente examen de la 2ª semana sea extremadamente fácil?.
ya tenemos una edad no?, yo creo que un profesor con batallas curtidas esta bastante por encima de eso, además de saber perfectamente cuando un examen es fácil o no lo es.
Al respecto de las redes sociales digo exactamente igual, borregos que desprestigian gratuitamente a profesores los hay, pero gente educada, civica y con dos dedos de frente quiero pensar que lo superan, no veo a un profesor dejándose llevar por el sentir del borreguismo, sino por su criterio y su saber estar, porque si pasara lo que tú comentas , no habría examen asumible precisamente por eso por los comentarios de la minoría borreguil.
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El de la segunda semana está más que redactado ya, que será el que yo haga. Estoy contigo que la profesionalidad debería primar por encima de redes sociales etc.Pero todo profesor considera que su asignatura requiere de la máxima atención y a ninguno le gusta que a la misma la consideren una marìa, y ciertos comentarios pueden ofender al profesorado.Yo no se si entran en el foro o no, pero vamos que me he encontrado en alf un archivo con test autocorregibles de seguridad social realizado por el compañero dangoro en su día. Con todo esto, solo quiero decir que se debe poner un poco de atención a los comentarios de las asignaturas y por supuesto que se ha de confiar en la profesionalidad de los docentes,el cambio será debido a la casualidad.
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Pues sin que sea tampoco un comentario que te ofenda , particularmente pienso que yo no veo a ningún profesor entrando en foros para saber que opinan x alumnos de sus exámenes, yo creo que están por encima de eso ¿no?,
No, se ve que no.
Entran mucho en los foros, y en éste en particular. Hasta hemos "cazado" a una hara un par de años o tres.
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El de la segunda semana está más que redactado ya, que será el que yo haga. Estoy contigo que la profesionalidad debería primar por encima de redes sociales etc.Pero todo profesor considera que su asignatura requiere de la máxima atención y a ninguno le gusta que a la misma la consideren una marìa, y ciertos comentarios pueden ofender al profesorado.Yo no se si entran en el foro o no, pero vamos que me he encontrado en alf un archivo con test autocorregibles de seguridad social realizado por el compañero dangoro en su día. Con todo esto, solo quiero decir que se debe poner un poco de atención a los comentarios de las asignaturas y por supuesto que se ha de confiar en la profesionalidad de los docentes,el cambio será debido a la casualidad.
Es que jamás de los jamases mientras algo sea publico, abierto y además anónimo, como es un foro (aunque necesite un registro para su entrada en el mismo), encontrarás que el 100% de sus integrantes sean educados y cívicos, porque cada uno somos de nuestro padre y nuestra madre y por ello cada uno es una personalidad.
Yo vuelvo a insistir, que un examen lo realiza un Departamento, y no veo ni creo que de lejos, un Departamento de una Universidad se deje llevar porque se diga que es mejor o peor en un foro, en una Red Social o en cualquier otro medio.
Si como bien dices esta vez ha tocado difícil, otras veces tocara mas fácil u otras fácil también toco difícil, más bien me inclino porque afecte el Grado en el sentido de tener una materia de estudio diferente a la Licenciatura, pero no por comentarios. Sería ridículo.
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No, se ve que no.
Entran mucho en los foros, y en éste en particular. Hasta hemos "cazado" a una hara un par de años o tres.
",
¿y dijo que era profesora y que entraba para ver que se opinaba de sus exámenes?
Bueno en fin.. yo no quiero hablar por boca de nadie pero particularmente me preocupa más asentar bien las materias e ir a los exámenes con criterio real de conocimiento más que poner en duda que un examen me ha sido difícil porque un profesor me ha leído en un foro diciendo que es su asignatura es "la primera cartilla".
A esperar la plantilla y ojala que todos tengamos suerte de superar la asignatura.
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",
¿y dijo que era profesora y que entraba para ver que se opinaba de sus exámenes?
Bueno en fin.. yo no quiero hablar por boca de nadie pero particularmente me preocupa más asentar bien las materias e ir a los exámenes con criterio real de conocimiento más que poner en duda que un examen me ha sido difícil porque un profesor me ha leído en un foro diciendo que es su asignatura es "la primera cartilla".
A esperar la plantilla y ojala que todos tengamos suerte de superar la asignatura.
No, esa en concreto no, pero ha habido otra que no sólo ha confirmado que era profesora, sino que ha ido mandando correos/mensajes privados/ amenazas a usuarios de ese foro para que se retracten de sus opiniones( criticas a su libro). Así de surrealista, sí.
Si decimos las cosas, tal como lo ha hecho Victorm30, es que sabemos que se ha dado el caso. No hace falta utilizar ese "tono" condescendiente si no sabes lo que se cuece por estos foros.
Y que te preocupe si un profesor entra, deja de entrar, se deja influenciar por opiniones de foros o no, no significa que no nos preocupa asentar la materia e ir a los exámenes con criterio real de conocimiento.
Suerte con las notas.
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No, esa en concreto no, pero ha habido otra que no sólo ha confirmado que era profesora, sino que ha ido mandando correos/mensajes privados/ amenazas a usuarios de ese foro para que se retracten de sus opiniones( criticas a su libro). Así de surrealista, sí.
Si decimos las cosas, tal como lo ha hecho Victorm30, es que sabemos que se ha dado el caso. No hace falta utilizar ese "tono" condescendiente si no sabes lo que se cuece por estos foros.
Y que te preocupe si un profesor entra, deja de entrar, se deja influenciar por opiniones de foros o no, no significa que no nos preocupa asentar la materia e ir a los exámenes con criterio real de conocimiento.
Suerte con las notas.
Sé que tu respuesta es respetuosa, pero no aun así quiero matizar, yo no he particularizado hacia nadie que haga bien o mal en decir lo que piensa, por lo que yo me he expreado también con lo pienso, no me llames condescendiente, yo a ti no te he definido por lo que no entiendo por qué lo haces conmigo, mis preocupaciones van encaminadas a lo que me lleva a este foro es que es inestimable la ayuda que ofrece, fuera de eso no estoy interesado en nada más, aunque libremente puedo mostrar mi opinión, pero no por ello "desprestigio" la opinión de nadie.
Y si lees mi respuestas SIEMPRE he utilizado el YO por delante, es decir que no he hablado por boca de nadie, lo he dejado bien claro. Mis impresiones son MÍAS y no de otra persona que podrá o no estar de acuerdo y podrá tener mas o menos razón.
Todos somos compañeros aquí y todos estamos metidos en un barco que queremos llevar a buen puerto, fuera de eso, yo no entro por ahí hice mal en tan ni siquiera opinar sobre el comentario que se hizo al respecto del foro.
Y dicho esto termino diciendo tal y como he empezado sé que el comentario es respetuoso pero espero que entiendas mi respuesta también.
suerte para ti también.
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Si, con esta nueva politica pueden hacer insufrible esta asignatura..,,,
....aun así, aun pueden empeorarlo haciendola de desarrollo.
Ya, pero los de desarrollo no se corrigen así
https://www.youtube.com/watch?v=rV1eRgGOHE0 (https://www.youtube.com/watch?v=rV1eRgGOHE0)
Así que no caerá esa breva ;D
Yo lo acabo de mirar y tengo 3 mal y una en blanco. Con un canto en los dientes me doy.
No, esa en concreto no, pero ha habido otra que no sólo ha confirmado que era profesora, sino que ha ido mandando correos/mensajes privados/ amenazas a usuarios de ese foro para que se retracten de sus opiniones( criticas a su libro). Así de surrealista, sí.
¿De verdad? ;D ;D ;D ;D ;D ;D
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Así, que lo he puesto mal
https://www.youtube.com/watch?v=caeIKR1VAuU (https://www.youtube.com/watch?v=caeIKR1VAuU)
Yo sí creo que puede influir, no tengo tan idealizados a los departamentos.
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Para el que falla una pregunta siempre ésta es impugnable (Ojo, yo también he fallado, y muchas)
Pero otra cosa es querer lo que no es. Lo de la garantía está claro.
Lo de que puede que entren profesores o tutores... pues claro que es posible. Son personas también eh. Lo que ya es para mirárselo son los giliflais que andan por aquí diciendo y "riéndose" de qué fácil es tal o cual asignatura. ¿Qué se gana exponiéndolo? NADA. ¿Qué se puede perder? que lo vean y se encabronen.
Desde luego con este examen han ido a matar. Es un salto cualitativo bastante grande en nivel de dificultad. Ya cada uno que piense lo que quiera.
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creo que es impugnable, asi que esperemos las plantillas, ya hemos hecho todo lo posible. para aclarar el concepto
¿La plantilla suele salir antes de la notificación de notas?, creo recordar que en el 1er parcial tardo en salir pero salió antes ¿no?
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Así es, es de los primeros departamentos, sobre el día 20 estará.
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hola
alguien fue a la primera semana por los apuntes de lecardilla?
necesitan algun cambio o esta todo bien por ellos?
gracias
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Hola ,.....ahora estoy repasando el examen porque me voy a presentar en la segunda semana....los que ya os habéis presentado podéis poner los enunciados...más o menos ::)... nos serían de gran ayuda ....muchas gracias ...
Por cierto muchísimas gracias a los que me disteis las plantillas del año pasado que pedí....
SUERTE A TODOS !!!!.... :D :D :D :D :D :D
Sí, la verdad que sería de gran ayuda si alguno pudiera, por favor, colgar las preguntas del examen.
Muchas gracias y suerte para todos.
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Sí, la verdad que sería de gran ayuda si alguno pudiera, por favor, colgar las preguntas del examen.
Muchas gracias y suerte para todos.
Daros una vuelta por uned-calatayud ya han subido los exámenes de la primera semana.
Saludos.
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Daros una vuelta por uned-calatayud ya han subido los exámenes de la primera semana.
Saludos.
Así es, muchas gracias.
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Señores la pregunta 7 desde mi humilde opinión la respuesta es la C : como decía un compañero: "El presentador del pagaré no puede oponerse a admitir un pago parcial. En tal caso, el firmante podrá exigir que se haga constar en el pagaré tal pago, expidiéndole recibo del mismo, pero no podrá exigir que se le entregue el documento."
La frase en negrita hace referencia a la garantía que se menciona en la respuesta C, puedo equivocarme, pero para mi esta bastante clara.
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Señores la pregunta 7 desde mi humilde opinión la respuesta es la C : como decía un compañero: "El presentador del pagaré no puede oponerse a admitir un pago parcial. En tal caso, el firmante podrá exigir que se haga constar en el pagaré tal pago, expidiéndole recibo del mismo, pero no podrá exigir que se le entregue el documento."
La frase en negrita hace referencia a la garantía que se menciona en la respuesta C, puedo equivocarme, pero para mi esta bastante clara.
El firmante de un pagaré es el deudor, no el acreedor compañero
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Según la pregunta del test se refiere a una garantía a favor del acreedor o tenedor, ese extracto del libro se refiere a la posibilidad de que el deudor o firmante exiga que se haga constar que ha pagado una parte
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Según la pregunta del test se refiere a una garantía a favor del acreedor o tenedor, ese extracto del libro se refiere a la posibilidad de que el deudor o firmante exiga que se haga constar que ha pagado una parte
Pero no podrá exigir que se le entregue el documento, por lo que esto supone una garantía para el acreedor.
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Supongamos que con el pago parcial debes entregarle el documento ¿Como demuestras que no te lo ha pagado integramente?
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Supongamos que con el pago parcial debes entregarle el documento ¿Como demuestras que no te lo ha pagado integramente?
Eso lo dice la ley de cheque, el cheque no será realizado mientras no se pague o se perjudique por culpa del acreedor, no ha pasado ninguna de esas cosas, por tanto el cheque sigue en vigor y no tienes porque entregarlo. El deudor no esta legitimado para solicitarte el cheque porque no está pagado, eso no es exigir ninguna garantía por parte del acreedor, vas a exigir al deudor que no te haga devolverle el cheque? no tienes porqué hacerlo, el cheque sigue en vigor y por tanto si el deudor quiere, haces constar que ha pagado una parte, pero ya. Si tu eso lo consideras poder exigir una garantía al deudor...
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Eso lo dice la ley de cheque, el cheque no será realizado mientras no se pague o se perjudique por culpa del acreedor, no ha pasado ninguna de esas cosas, por tanto el cheque sigue en vigor y no tienes porque entregarlo. El deudor no esta legitimado para solicitarte el cheque porque no está pagado, eso no es exigir ninguna garantía por parte del acreedor, vas a exigir al deudor que no te haga devolverle el cheque? no tienes porqué hacerlo, el cheque sigue en vigor y por tanto si el deudor quiere, haces constar que ha pagado una parte, pero ya. Si tu eso lo consideras poder exigir una garantía al deudor...
Donde dice cheque, quería decir pagaré.
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Por favor, cuando salgan las plantillas podriais colgarlas aqui?? graciasss. Por cierto, la pregunta n. 7 del modelo A es al final la a) o la c) ??? gracias
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En la 3 del modelo A, tanto en la letra de cambio como en el pagaré podrán pactarse clausula de intereses, a mi entender es la b.
Saludos.
Hola, el martes en tutoria la profesora dijo que esta pregunta no estaba en el manual, que si, que estaba en el articulo 6 de la Ley cambiaria y del cheque pero en el manual no..., no tengo el manual, alguien podria comprobarlo???, si es asi habria que impugnarla, un saludo
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Hola, el martes en tutoria la profesora dijo que esta pregunta no estaba en el manual, que si, que estaba en el articulo 6 de la Ley cambiaria y del cheque pero en el manual no..., no tengo el manual, alguien podria comprobarlo???, si es asi habria que impugnarla, un saludo
Por cierto segun dicho articulo la correcta seria la c
Artículo 6
En una letra de cambio pagadera a la vista o a un plazo desde la vista, podrá disponer el librador que la cantidad correspondiente devengue intereses. En cualquier otra letra de cambio, semejante estipulación se considerará como no escrita.
El tipo de interés anual deberá indicarse en la letra, y a falta de esta indicación, la cláusula correspondiente se considerará como no escrita.
Los intereses correrán a partir de la fecha en que se libre la letra de cambio mientras no se indique otra fecha al efecto.
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Podéis poner la pregunta?
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En un pagaré o en una letra de cambio podrá pactarse una clausula de intereses:
a) En ningún caso, pues la lay lo prohibe expresamente.
b) En cualquier caso, pues los firmantes del título son libres para poder incorporar tal pacto.
c) Las dos respuestas anteriores son incorrectas.
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Gracias!
Yo tenía el modelo B y puse la B, pero sería la C, aunque también podría ser la B, aunque luego la cláusula no tuviese efectos, pero ponerla se puede poner... no tengo el manual para saber si estaba o no :(
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¿De verdad? ;D ;D ;D ;D ;D ;D
De verdad, palabra de niño Jesús! ;D Ahora me río, pero por ese entonces alucinaba muy mucho, y eso que no me vi involucrada en la historia.
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a ver si puedo acercarme mañana a la biblioteca y lo miro
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Gracias!
Yo tenía el modelo B y puse la B, pero sería la C, aunque también podría ser la B, aunque luego la cláusula no tuviese efectos, pero ponerla se puede poner... no tengo el manual para saber si estaba o no :(
leccion 35 Los títulos de crédito: el pagaré (I) pag. 385 Clausula de intereses ("Esta clausula, regulada en el artículo 6 de la Ley Cambiaria,[...]") Como clausula facultativa los firmantes pueden incorporarla. Yo creo que es la b y sí hace referencia el manual a ésta y al art.6
Saludos
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La pregunta habla de pagaré o letra de cambio, en el pagaré solo si es emitido a plazo desde la vista.la C sin discusión.
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Alguien que tenga las respuestas del test tipo F de septiembre de 2014?
Un saludo ygracias
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Alguien que tenga las respuestas del test tipo F de septiembre de 2014?
Un saludo ygracias
DAME UN CORREO Y TE LAS MANDO
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Bueno compañer@s, ha legado el día y viendo la tendencia de la segunda semana en otras asignaturas, creo que debemos ir preparándonos para un examen rebuscado y matador. Una lástima, este departamento siempre ha sido de los que querían que tuvieras los conceptos claros y por esos conceptos preguntaban. Mucha suerte que tengo la sensación de que la vamos a necesitar. Salu2
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Bueno compañer@s, ha legado el día y viendo la tendencia de la segunda semana en otras asignaturas, creo que debemos ir preparándonos para un examen rebuscado y matador. Una lástima, este departamento siempre ha sido de los que querían que tuvieras los conceptos claros y por esos conceptos preguntaban. Mucha suerte que tengo la sensación de que la vamos a necesitar. Salu2
Desgraciadamente coincido contigo.
Por cierto una duda de ultimísima hora, ¿La letra de cambio deberá o no completarse en documento oficial? En mis esquemas tengo que el pagaré NO pero la letra de cambio SI.
En 2014 1ª, dicen que "la letra de cambio a diferencia del pagaré NO deberá completarse en un modelo oficial."
??????????
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Yo diría que la letra modelo oficial y siempre paga AJD.
La letra se debe expedir en impreso oficial o timbre emitido por el Estado, y su importe estará en proporción a la cuantía que se refleja en la misma.
La insuficiencia del timbre de la letra puede conllevar dificultades para emprender acciones contra el deudor en el caso de que ésta sea impagada.
Con la compra del impreso estamos abonando el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
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Yo diría que la letra modelo oficial y siempre paga AJD.
La letra se debe expedir en impreso oficial o timbre emitido por el Estado, y su importe estará en proporción a la cuantía que se refleja en la misma.
La insuficiencia del timbre de la letra puede conllevar dificultades para emprender acciones contra el deudor en el caso de que ésta sea impagada.
Con la compra del impreso estamos abonando el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Ok.
Por cierto, ¿Este departamento da por buenas las preguntas anuladas o las respuestas pasan a valer 0,526?
Lo digo porque con 12 bien y 4 mal o 13 bien y 6 mal se aprobaría si dan la respuesta anulada por buena, pero si puntúan la buena a 0,526 anulando una de las 12 o 13 que dábamos por buenas, nos quedaríamos en un 4 y pico.
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Este es el primer año de este modelo de examen, antes eran 35 preguntas y no restaban, debiendo tener bien 25 para aprobar. No recuerdo si en el 1 pp anularaon alguna,si fué así, igual algún compañero nos ilumina.
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entonces tienes que tener 10 bien para aprobar no?
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Hola compañeros, no he encontrado ningún apunte de mercantil II en referencia al 2º pp, ¿alguien me los podría enviar? queda hora y media para el examen y no me lo he mirado....
Muchísimas gracias de antemano. Mi email es: juanmiguelrueda@gmail.com
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10 bien, 0 mal -> aprobado :)
entonces tienes que tener 10 bien para aprobar no?
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Florian, mi email es martes75@hotmail.com
Muchas gracias ;) ;)
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modelo c ,, para contrastar??? ???
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RESPUESTAS MODELO D??????
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Modelo c
1C
2
3C
4C
5A
6B
7C
8B
9A
10A
11
12
13A
14
15
16C
17A
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Qué dificultad habéis notado??, del estilo de la primera??
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Para a mí ha sido mucho más difícil que el de la primera semana. Muy rebuscado
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Para a mí ha sido mucho más difícil que el de la primera semana. Muy rebuscado
Puff, esto se ha puesto más serio...
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Para a mí ha sido mucho más difícil que el de la primera semana. Muy rebuscado
Más?? Buf..... Ya lo siento.
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Modelo D
1c
2c
3a
4c
5a
6c
7a
8a
9b
10a
11b
12b
13.
14.
15 a
16b
17c
18.
19.
20 c
-
Para a mí ha sido mucho más difícil que el de la primera semana. Muy rebuscado
Totalmente de acuerdo, me ha resultado rebuscado, más que en el primero
-
1-c
2-
3-a
4-c
5-a
6-c
7-a
8-a
9-b
10-a
11-c
12-b
13-b
14-b
15-a
16-b
17-c
18-c
19-a
20-c
Modelo d no están cotejadas
-
Modelo D (sin contrastar)
1 c
2 c
3 a
4 c
5 a
6 c
7 a
8 a
9 b
10 a
11 c
12 b
13 a
14 b
15 a
16 b
17 b
18 c
19 c
20 c
-
Mis respuestas, modelo C:
1c
2b
3c
4c
5a
6b
7c
8a
9
10a
11a
12b
13a
14
15
16c
17a
18b
19c
20a
No las he cotejado
-
Rebuscaete....he dedica mucho tiempo a leer y reeler....en fin, es lo que toca, os deseo suertd a todos!
Ahi os dejo mis respuestas del tipo D
1_C
2_C
3_A
4_C
5_B
6_C
7_A
8_A
9_B
10_A
11_C
12_ B
13_
14_
15_A
16_B
17_B
18_
19_A
20_C
-
El mio. Tipo C.
1-C
2-A (Es la B).
3-C
4-C
5-A
6-A
7-C
8-A
9-C
10-A
11-B
12-B
13-A
14-B
15-B
16-C
17-A
18-B
19-(BLANCO)
20-A
He comprobado casi todas, pero no quiero mirar más. Se acabo el lio por hoy.
El examen muy muy dificil. Con mal humor diria yo.
-
Bueno, examen en lo esperado rebuscadete y con trampillas, tengo el modelo C. En la 11 tengo la A por los apuntes creo que es la buena,la 19 por apuntes C yo la tengo mal.El resto coincido pero deje blanca la 9, 15, y 6.
La 9 por mi parte igual la impugno pues tengo la sensación de que no es posible contestaruna una única opción con los datos que proporciona el enunciado.
-
Yo diria que la 11 es la A
-
Cual era la 11 qe no yengo aqui el examen.
-
Cual era la 11 qe no yengo aqui el examen.
El procedimiento concursal se conforma:
a fase común sigue fase contenido alternativo etc...
b fase común sigue fase convenio
c fase común sigue fase convenio
Vamos algo así que no me apetece transcribir toda la parrafada
-
11.- El procedimiento concursal se conforma:
a) Con una fase comun, dirigida a determinar las masas activa y pasiva, a la que sigue una fase de contenido alternativo, pues podrá dirigirse a lograr un convenio o bien, la liquidación del activo existente.
-
Examen D: veo que la mayoría habéis puesto en la 5-a, yo he puesto b. Art30 LCCsegún manual "la aceptación no puede quedar condicionada, ha de ser una declaración pura e incondicionada de asumir el pago de la letra, pudiéndose, no obstante, aceptar el pago de parte de la letra". Por eso he puesto b. Alguien que me lo aclare?😅
-
Cierto. Tenia dudas. Yo creia que era subsidiario. No alternativo.
-
Del tipo C, la pregunta nº 2: La aceptación de una letra de cambio....
a) es una declaración pura, en el sentido de que no admite condición alguna.
b) Es una declaracion pura que sin embargo, permite al aceptante limitar la cantidad a cuyo pago se obliga.
Yo creo que la respuesta es la A, según ésto:
La aceptación no puede quedar condicionada, es decir, ha de ser una declaración pura e incondicionada de asumir el pago de la letra (art. 30 LCCh),
No os parece?
-
Que opináis d ela 9, creo que puede ser cualquiera dependiendo de como se mire, estuve un buen rato pensando y al final decidí dejar en blanco, pero creo que la redacción es tela de confusa.
-
Lo mismo me pasó a mi
está prohibido emitir cheques sin fondos
pero el librado esta obligado a pagar
pero si detecta que no hay fondos no está obligado
es muy confuso
-
Del tipo C, la pregunta nº 2: La aceptación de una letra de cambio....
a) es una declaración pura, en el sentido de que no admite condición alguna.
b) Es una declaracion pura que sin embargo, permite al aceptante limitar la cantidad a cuyo pago se obliga.
Yo creo que la respuesta es la A, según ésto:
La aceptación no puede quedar condicionada, es decir, ha de ser una declaración pura e incondicionada de asumir el pago de la letra (art. 30 LCCh),
No os parece?
Es la b aunque me pese. Puede asumir un importe parcial.
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Es la b aunque me pese. Puede asumir un importe parcial.
La aceptación no puede quedar condicionada, es decir, ha de ser una declaración pura e incondicionada de asumir el pago de la letra (art. 30 LCCh), pudiéndose, no obstante, aceptar el pago de parte de la letra. Los demás términos fijados por el librador no pueden ser modificados ni condicionados, ya que en el caso de alterarse, se considerará que no ha habido aceptación, aunque el aceptante queda vinculado en los términos en que se obligue.
Yo no lo veo claro. Es confuso el planteamiento.
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La 9 tiene varias opciones de respuesta, por lo que deberían anularla. Esta prohibido emitir cheque sin fondos, por lo que podrían dar por buena la a, y el librado está obligado al pago, por lo que podría ser la b también
Yo estuve mucho tiempo pensando en si ponerla o no y al final me he precipitado y puse la a, que estará mal.
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puede pagar una parte y la otra quedar pendiente, debiendo ponerlo por escrito en la letra de cambio, pero cuando asume la obligación es incondicionada y pura, osea integra.
luego es la A.
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la de la letra de cambio creo recordar que ya salió de forma parecida y dieron por buena la del pago parcial.
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puede pagar una parte y la otra quedar pendiente, debiendo ponerlo por escrito en la letra de cambio, pero cuando asume la obligación es incondicionada y pura, osea integra.
luego es la A.
Espero que sea la 2 sea la A, porque de ella depende mi aprobado....
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La 9 tiene varias opciones de respuesta, por lo que deberían anularla. Esta prohibido emitir cheque sin fondos, por lo que podrían dar por buena la a, y el librado está obligado al pago, por lo que podría ser la b también
Yo estuve mucho tiempo pensando en si ponerla o no y al final me he precipitado y puse la a, que estará mal.
Esta obligado al pago si hay fondos suficientes. En caso de fondos parciales cubre hasta donde alcance.
Si no hay fondos no hay pago.
En relacion a la prohibicion recordad los recargos. La ley lo tiene previsto.
Por lo yanto no esta prohibido. Pero tiene consecuencias incluso fuera del ambito mercantil
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Tipo D
1-c contrastada
2-c contrastada
3-a. contrastada
4-c. contrastada
5-b. contrastada. El sentido de no admitir condición es su incondicionalidad.
6-c contrastada
7-a. contrastada
8-a. contrastada
9-b.
10-a. contrastada
11-c.
12-b. contrastada
13-a contrastada
14-b. Contrastada
15-a.
16-b contrastada
17-b
18-c
19-a. contrastada
20-----
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Esta obligado al pago si hay fondos suficientes. En caso de fondos parciales cubre hasta donde alcance.
Si no hay fondos no hay pago.
En relacion a la prohibicion recordad los recargos. La ley lo tiene previsto.
Por lo yanto no esta prohibido. Pero tiene consecuencias incluso fuera del ambito mercantil
Entonces cuál sería?? 9C??. Yo la doy como por mala en cualquier caso. He puesto la A, después de darle mil vueltas y en lugar de dejarlo en blanco, me he precipitado y he puesto la A
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En la 13 del tipo D por cuál os habéis decidido? Yo no la veo clara :(
(Si un acreedor instase a la declaración del concurso...
a) Deberá probar un hecho calificado por la Ley como revelador de insolvencia
b) Bastará con que pruebe el estado de insolvencia por cualquier medio admitido en derecho
c) Deberá acreditar el impago de su crédito
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Pepone tu razonamiento es muy lógico, pero, con el enunciado que dan se puede elegir la que se quiera.
a) No esta permitido emitir un cheque sin fondo de hecho puede llegar a ser delito, si ésta no es buena se dá a entender que se puede emitir este tipo de cheques cosa que en mi opinión es descabellada.
Si resulta que es la b, el banco está obligado a su pago, de acuerdo, peroooo no siempre puesto que si no hay fondos el cheque no se paga me da a mí.
Vayamos a por la c, El librado no está obligado, siendo así en caso de haber sólo parte de los fondos tampoco lo pagaría.
Como ves cualquier respuesta se puede tener por cierta, esto es un órdago del ED, en un tipo test no se deja margen a la interpretación o es o no.
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Pregunta 19 tipo D. Según el temario. Tema 53 . II . 7. ( no pongo página xq es libro digital)
A tales efectos, y teniendo en cuenta la experiencia procedente de la práctica forense, la Ley aclara que cuando se den los requisitos de compensabilidad antes de la declaración de concurso procederá la compensación, aunque la resolución judicial o el acto administrativo que la declare se haya dictado con posterioridad a ese momento (v. STS de 18 de febrero de 2013).
Pregunta 5. Tipo D. Tema 46. VII. 12.
La aceptación no puede quedar condicionada, es decir, ha de ser una declaración pura e incondicionada de asumir el pago de la letra (art. 30 LCCh.), pudiéndose, no obstante, aceptar el pago de parte de la letra. Los demás términos fijados por el librador no pueden ser modificados ni condicionados, ya que en el caso de alterarse, se considerará que no ha habido aceptación, aunque el aceptante queda vinculado en los términos en que se obligue.
Mucha suerte y a ver q dice el ED. ;) ;) ;) :D :D :D
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La aceptación no puede quedar condicionada, ha de ser una declaración pura e incondicionada de asumir el pago, no obstante si se puede aceptar el pago de parte de la letra. Por lo tanto la respuesta correcta a la 2 (del tipo C) seria B.
CONTRASTADO
-
El mio. Tipo C.
1-C
2-A (Es la B).
3-C
4-C
5-A
6-A
7-C
8-A
9-C
10-A
11-B
12-B
13-A
14-B
15-B
16-C
17-A
18-B
19-(BLANCO)
20-A
He comprobado casi todas, pero no quiero mirar más. Se acabo el lio por hoy.
El examen muy muy dificil. Con mal humor diria yo.
Yo tengo la 11 A y estoy seguro de que es la buena... pero también estaba seguro de que la 13 era seguro la B y por las opiniones de la gente no debe de ser así (aunque yo no estoy convencido del todo...).
total 15 bien y 1 mal (la 13) todavía tengo 3 de margen por si hay impugnaciones o alguna otra equivocada. Creo que me he quitado esta plasta de encima. ;D
La aceptación no puede quedar condicionada, ha de ser una declaración pura e incondicionada de asumir el pago, no obstante si se puede aceptar el pago de parte de la letra. Por lo tanto la respuesta correcta a la 2 (del tipo C) seria B.
CONTRASTADO
Yo la 2 la he dejado en blanco porque dudaba A o C. Así que salga lo que salga no me cuenta como fallo. 8)
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Yo tengo la 11 A y estoy seguro de que es la buena... pero también estaba seguro de que la 13 era seguro la B y por las opiniones de la gente no debe de ser así (aunque yo no estoy convencido del todo...).
total 15 bien y 1 mal (la 13) todavía tengo 3 de margen por si hay impugnaciones o alguna otra equivocada. Creo que me he quitado esta plasta de encima. ;D
Yo la 2 la he dejado en blanco porque dudaba A o C. Así que salga lo que salga no me cuenta como fallo. 8)
Jajajaja yo en la 11 también estoy segura de que es la A, y en la 13 tengo A casi confirmada :D :D :D
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Tema 47. V . 9. Pago de cheque.
Exigido el pago, el librado está obligado a pagar el cheque en la medida en que tenga fondos a disposición del librador (o crédito en el caso de que se encuentre librado contra una línea de crédito), admitiéndose la posibilidad de pagos parciales cuando la provisión no alcance para cubrir la totalidad del importe del cheque (art. 108.II LCCh),
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en la 20 tipo c ... como regla general, declarado el concurso:
la regla general dice que no cabe la compensación del concurso
pero si hay excepciones.
pero preguntó la regla general.
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en la 20 tipo c ... como regla general, declarado el concurso:
la regla general dice que no cabe la compensación del concurso
pero si hay excepciones.
pero preguntó la regla general.
Entonces la respuesta correcta según ese razonamiento es...?
Si lo dejas a medias.....
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Y la de Frutera ?????.....las mías tipo C
1-C
2-B
3- es la C ....que vaya error tonto oiga....en fin...sigo
4-C
5-A
6-B
7- C
8-A
9-C
10-A
11-A
12-B
13-C ( lo cosa estaba en lalquiler palabra tendrá que demostrar. ...o bastará con probar....ni lo uno ni lo otro con que lo fundamente es suficiente )
14-A
15-A
16-C
17-C.....?
18-B
19-B
20-A
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Puede ser esta la regla general?
la Ley aclara que cuando se den los requisitos de compensabilidad antes de la declaración de concurso procederá la compensación,
Viene textualmente en el temario.
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Y la de Frutera ?????.....las mías tipo C
1-C
2-B
3- es la C ....que vaya error tonto oiga....en fin...sigo
4-C
5-A
6-B
7- C
8-A
9-C
10-A
11-A
12-B
13-C ( lo cosa estaba en lalquiler palabra tendrá que demostrar. ...o bastará con probar....ni lo uno ni lo otro con que lo fundamente es suficiente )
14-A
15-A
16-C
17-C.....?
18-B
19-B
20-A
Yo diria que la son: 15b 17a y 19c
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En relación con la pregunta 19 del D, "como regla general, declarado el concurso:"
Evidentemente la regla general es que no cabe la compensación, pero la respuesta C dice "NUNCA cabe compensación......." esta mal planteada la respuesta, lo correcto sería decir No cabe la compensación en el concurso, pero afirmar tan rotundamente que NUNCA, es admitir que no cabe excepción alguna, y lo cierto es que si cabe excepción....a mi juicio sería anulable esta pregunta.
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La de la frutera es la a en el tipo c.
Es una excepcion.
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En mi opinión la de frutesa debe pagar, imagina si hubiera endosamiento las dificultades que crearía al comercio de las letras de cambio el que existiera esta excepción; otra cosa es la acción de frutesa contra el proveedor. Creo que es así por seguridad del tráfico jurídico.
En cuanto a la del convenio (19 en el C) no puede ser la que incluye "cesión de bienes en pago" (la b) pues está expresamente prohibido. Yo he puesto la de ninguna es correctsa
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Entonces la del cheque sin fondos, cual seria, la C (el librado no esta obligado)?
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Que habéis puesto en la 14 del Tipo C??
Estoy comprobando por internet y también hay dudas. Yo había puesto la b) el deudor deberá formular sus cuentas y en su caso, someterlas a auditoria ( puede ser el articulo 46 de la LC)??
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Hola a todos,
Yo estoy con Inma 34, el examen tipo C, la 17 a y 19 c, pero la 15 C,yo creo que pueden iniciarse y continuarse.
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Hay una de las preguntas que creo que tiene trampa, o en su caso, puede impugnarse.
Es la 13 del D.
Si un acreedor insta la declaracion de concurso.....
A) Deberá probar un hecho calificado por la ley como revelador de insolvencia.
FALSO. Articulo 4.2 LC, no dice que tenga que probar, simplemente deberá FUNDAR la solicitud en alguno de los hechos que son reveladores de la insolvencia. Precisamente porque son reveladores, no admiten prueba. Por ejemplo si no ha pagado los últimos 3 meses de salarios, es revelador de insolvencia, simplemente lo pone en la solicitud y no tiene que presentar pruebas, ya será el Juez el que vea si es verdad o no.
B) FALSO, por la misma razón de no tener que probar nada.
C) VERDADERO. Mirad el articulo 7 "Solicitud del Acreedor y otros legitimados".
Artículo 7. Solicitud del acreedor y de los demás legitimados.
1. El acreedor que inste la declaración de concurso deberá expresar en la solicitud el título o hecho en el que de acuerdo con el artículo 2.4 funda su solicitud, así como el origen, naturaleza, importe, fechas de adquisición y vencimiento y situación actual del crédito, del que acompañará documento acreditativo.
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La aceptación no puede quedar condicionada, ha de ser una declaración pura e incondicionada de asumir el pago, no obstante si se puede aceptar el pago de parte de la letra. Por lo tanto la respuesta correcta a la 2 (del tipo C) seria B.
CONTRASTADO
creo que es la A, lo que te preguntan no es si se puede pagar pacialmente, sino si el librado puede aceptar pagar sólo una parte de la letra, cosa que no es cierta, la acepta entera, otra cosa es que pueda pagar lo que pueda. Pero si la acepta la acepta enterita, sino nada.
Si aceptase sólo una parte obviamente ya estaría poniendo una condición, la de pagar la proporción que quiera, cosa que no se puede. En ningún ejemplo, línea, explicación de todo el libro viene algo que tenga relación con que un librado pueda aceptar el porcentaje de letra que quiera, viene la aceptación de la letra, no de un porcentaje, no de una parte, no de una porción, sino aceptación de la letra. que es de lo que va la pregunta, de la aceptación.
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Hay una de las preguntas que creo que tiene trampa, o en su caso, puede impugnarse.
Es la 13 del D.
Si un acreedor insta la declaracion de concurso.....
A) Deberá probar un hecho calificado por la ley como revelador de insolvencia.
FALSO. Articulo 4.2 LC, no dice que tenga que probar, simplemente deberá FUNDAR la solicitud en alguno de los hechos que son reveladores de la insolvencia. Precisamente porque son reveladores, no admiten prueba. Por ejemplo si no ha pagado los últimos 3 meses de salarios, es revelador de insolvencia, simplemente lo pone en la solicitud y no tiene que presentar pruebas, ya será el Juez el que vea si es verdad o no.
B) FALSO, por la misma razón de no tener que probar nada.
C) VERDADERO. Mirad el articulo 7 "Solicitud del Acreedor y otros legitimados".
Artículo 7. Solicitud del acreedor y de los demás legitimados.
1. El acreedor que inste la declaración de concurso deberá expresar en la solicitud el título o hecho en el que de acuerdo con el artículo 2.4 funda su solicitud, así como el origen, naturaleza, importe, fechas de adquisición y vencimiento y situación actual del crédito, del que acompañará documento acreditativo.
Mirate el articulo 2.4 y la exposicion de motivos. Lo pone muy claro.
La solicitud la funda en los motivos del 2.4 y debe probarlo.
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Hay una de las preguntas que creo que tiene trampa, o en su caso, puede impugnarse.
Es la 13 del D.
Si un acreedor insta la declaracion de concurso.....
A) Deberá probar un hecho calificado por la ley como revelador de insolvencia.
FALSO. Articulo 4.2 LC, no dice que tenga que probar, simplemente deberá FUNDAR la solicitud en alguno de los hechos que son reveladores de la insolvencia. Precisamente porque son reveladores, no admiten prueba. Por ejemplo si no ha pagado los últimos 3 meses de salarios, es revelador de insolvencia, simplemente lo pone en la solicitud y no tiene que presentar pruebas, ya será el Juez el que vea si es verdad o no.
B) FALSO, por la misma razón de no tener que probar nada.
C) VERDADERO. Mirad el articulo 7 "Solicitud del Acreedor y otros legitimados".
Artículo 7. Solicitud del acreedor y de los demás legitimados.
1. El acreedor que inste la declaración de concurso deberá expresar en la solicitud el título o hecho en el que de acuerdo con el artículo 2.4 funda su solicitud, así como el origen, naturaleza, importe, fechas de adquisición y vencimiento y situación actual del crédito, del que acompañará documento acreditativo.
..La 13 del D es igual que la 13 del tipo C. ...y has dado la aclaración perfectamente .....la correcta es la C
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Mirate el articulo 2.4 y la exposicion de motivos. Lo pone muy claro.
La solicitud la funda en los motivos del 2.4 y debe probarlo.
Articulo 2.4
4. Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor, deberá fundarla en título por el cual se haya despachado ejecución o apremio sin que del embargo resultasen bienes libres bastantes para el pago, o en la existencia de alguno de los siguientes hechos:
1.º El sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor.
2.º La existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor.
3.º El alzamiento o la liquidación apresurada o ruinosa de sus bienes por el deudor.
4.º El incumplimiento generalizado de obligaciones de alguna de las clases siguientes: las de pago de obligaciones tributarias exigibles durante los tres meses anteriores a la solicitud de concurso ; las de pago de cuotas de la Seguridad Social, y demás conceptos de recaudación conjunta durante el mismo período ; las de pago de salarios e indemnizaciones y demás retribuciones derivadas de las relaciones de trabajo correspondientes a las tres últimas mensualidades.
Tienes razón que en la exposición de motivos, después de hablar de esto, dice probar. Pero en el articulado no, y sin embargo, el articulo 7, si dice que tiene que acreditar el crédito del que es acreedor.
1. El acreedor que inste la declaración de concurso deberá expresar en la solicitud el título o hecho en el que de acuerdo con el artículo 2.4 funda su solicitud, así como el origen, naturaleza, importe, fechas de adquisición y vencimiento y situación actual del crédito, del que acompañará documento acreditativo.
Los demás legitimados deberán expresar en la solicitud el carácter en el que la formulan, acompañando el documento del que resulte su legitimación o proponiendo la prueba para acreditarla.
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creo que es la A, lo que te preguntan no es si se puede pagar pacialmente, sino si el librado puede aceptar pagar sólo una parte de la letra, cosa que no es cierta, la acepta entera, otra cosa es que pueda pagar lo que pueda. Pero si la acepta la acepta enterita, sino nada.
Si aceptase sólo una parte obviamente ya estaría poniendo una condición, la de pagar la proporción que quiera, cosa que no se puede. En ningún ejemplo, línea, explicación de todo el libro viene algo que tenga relación con que un librado pueda aceptar el porcentaje de letra que quiera, viene la aceptación de la letra, no de un porcentaje, no de una parte, no de una porción, sino aceptación de la letra. que es de lo que va la pregunta, de la aceptación.
Según el libro pag. 418, "la aceptacion no puede quedar condicionada, ha de ser una declaración pura e incondicionada, pudiéndose, no obstante, aceptar el pago de parte de la letra. Los demás términos no pueden ser modificados ni condicionados....." yo entiendo que en este caso, aceptar el pago parcial no es una condición del aceptante, si no una facultad atribuida en virtud del artículo 30 LCCh.
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Según el libro pag. 418, "la aceptacion no puede quedar condicionada, ha de ser una declaración pura e incondicionada, pudiéndose, no obstante, aceptar el pago de parte de la letra. Los demás términos no pueden ser modificados ni condicionados....." yo entiendo que en este caso, aceptar el pago parcial no es una condición del aceptante, si no una facultad atribuida en virtud del artículo 30 LCCh.
Cierto, tienes razón, luego la B
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Hola!
Sabéis cuándo cuelgan plantillas oficiales? Porque hay mucha controversias por aquí :-\ :-\
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La del cheque definitivamente es la C. Sabéis porqué?
He ido al banco con un cheque, mio, propio, de 200.000. € y me han dicho que me lo pagan porque no hay saldo. :'( :'( :'( :'( :'(
mira si hubiese colao?
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Vaya examen q pusieron q ni con los apuntes nos estamos poniendo de acuerdo!!
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Cierto, tienes razón, luego la B
No obstante, yo sigo dudando jajaja. Para mi sigue siendo clara la A . No tendría sentido , ni práctica alguna , comprar letras que sólo te pueden aceptar partes ... y claramente si lees la respuesta B , no pone que puede pagar parte sino pone obligarse....
b) es una declaración pura que , sin embargo, permite al aceptante limitar la cantidad a la que se OBLIGA.
Desde luego... la pregunta se las trae...
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Y ese obliga creo que es el kit de la cuestión, la pregunta es muy per.... como varias más de este fabuloso examen que se han sacado de la oreja.
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Y ese obliga creo que es el kit de la cuestión, la pregunta es muy per.... como varias más de este fabuloso examen que se han sacado de la oreja.
Antxon, el "quid" de la cuestión. Kit era el coche fantástico, la otra mitad de kat o un conjunto de cosas (el kit completo de supervivencia) ;)
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El equipo docente ha comunicado que el lunes x la tarde estarán las plantillas de ambas semanas.
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El equipo docente ha comunicado que el lunes x la tarde estarán las plantillas de ambas semanas.
OLEEEEEEEEE. Ojalá.
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Buenos días; donde se cuelgan las plantillas de soluciones?
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Buenos días; donde se cuelgan las plantillas de soluciones?
Normalmente se cuelgan en Alf y se comentan en el hilo oficial.
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Normalmente se cuelgan en Alf y se comentan en el hilo oficial.
Seréis tan amables de colgarlas aquí para quienes no tenemos acceso a Alf? Acordaros de los olvidados de licenciatura, por favor! ;)
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Seréis tan amables de colgarlas aquí para quienes no tenemos acceso a Alf? Acordaros de los olvidados de licenciatura, por favor! ;)
Vale, cuando las publiquen, que creo que será mañana por la tarde. ;)
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Soy yo, que estoy con la caraja , o de las posibles respuestas que aquí dimos, en la plantilla no hemos acertado ni la mitad!!
De estar de acuardo con gran parte de la mayoría de aquí en sus respuestas, la plantilla arroja un resultado totalmente diferente.
No quiero volverlo a mirar porque me tiemblan las piernas.
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¿¿dónde están las plantillas del Merc II???
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MADRE MIA!!
perdonad, joder, que error mas enorme he mirado Febrero leches
joder, asi no me coincidia nada.
Lo siento , ha sido un error y no sabes lo que me alegro de haberme equivocado ufff!! es que no me caudraba nada
Lo siento.
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no te caudra el celebro... :D
tranquilo, no pasa nada, que estamos ya con el sinvivir y hacemos tonterías con las teclas del ordenador !!
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Anda que vaya diita que llevo.
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Son mala gente... cuelgan las plantillas del que he suspendido y de este que creo que lo tengo aprobado... ala no la suben... jaja
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Por favor, cuando la cuelguen en Alf , alguien podria colgarla a su vez en este foro? (Yo no tengo acceso a alf porque soy de licenciatura y no tengo cursos virtuales )
Gracias de antemano
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No debería tardar demasiado según he leído en Alf ya están colgadas la de Mercantil I de ambas semanas.
A ver si hay suerte y cuelgan también Mercantil II.
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Plantillas ya...¡!!! Que ya se ha acabado el fútbol.... :D :D
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Nada, que se han enganchado al Sálvame y no las publican :'( :'( :'(
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Me da que ya hasta mañana.... :-\
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han publicado las plantillas en Alf
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ya estan las plantillas en ALF
Suerte!!!
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Podéis copiarlas aquí para los de licenciatura, por favor?
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ponedlas, compis, por favor, por favor !! ;)
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ya estan las plantillas en ALF
Suerte!!!
Los que estamos en Licenciatura no tenemos acceso a Alf ni cursos virtuales, si eres tan amable de copiar la plantilla de los diferentes modelos o colgar dicha plantilla en dropbox para que podamos descargarla todos, pues agradecido
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1º SEMANA MODELO A
b b c a b a a b c c b b c a c a b a b c
MODELO B
a a b b c b c b a c b c b a a c b a b c
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2º SEMANA MODELO C
c b c c a b c a c a a b a b b c a b c a
MODELO D
c c a c b c a a b a c b a b a b b c a c
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Muchas gracias !!! una pa la saca... :-*
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TENGO UN 7,75. MÁS O MENOS LO QUE ME ESPERABA. ME QUEDAN 3 POR SABER Y A VER SI TERMINOOOOOO 8)
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MUCHAS GRACIAS!!! UNA PESADILLA MENOS :o :o :o 8)
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Muchas gracias alfarero!
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un 9.5, no me lo puedo ni creer , con el cabreo que sali del examen....
no he mirado el libro, todo por los apuntes de iusmasoquista, en el primero un 10, y el el segundo un 9.5
no me lo explico, tiene que ser potra...
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un 9.5, no me lo puedo ni creer , con el cabreo que sali del examen....
no he mirado el libro, todo por los apuntes de iusmasoquista, en el primero un 10, y el el segundo un 9.5
no me lo explico, tiene que ser potra...
Eso "huele" a matrícula... :D
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pues sera la primera que he sacado en toda mi vida,... bueno y sobresaliente , tambien....
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Muchas gracias, por los pelos, pero otra quitada, ya falta menos ;)
Enhorabuena y suerte para lo que falta
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Saludos !!
Un 6 , una menos !!! Pongo la nota para que se vea que los mediocres también existimos !! Jajaja mucho ánimo a todos.he de confesar que me cagué en el examen y contesté sólo 15 ...
Ánimo cracs !
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un 9.5, no me lo puedo ni creer , con el cabreo que sali del examen....
no he mirado el libro, todo por los apuntes de iusmasoquista, en el primero un 10, y el el segundo un 9.5
no me lo explico, tiene que ser potra...
¿ Todo por los apuntes de Ius? es que la parte de Concursal no está actualizada, la tengo para septiembre toda entera y con el libro es muy extensa y no sé que hacer.
Felicidades por tu nota
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Un 8,5 para mí y lo más importante, una menos. Solo tres asignaturas más y me licenciaría.
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alguien sabe si este dpto. aprueba con 4,75???? :'( :-\
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Yo tb tengo un 4'75...
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Con la Pec y tratándose del segundo parcial y la dificultad con respecto a otros años... Deberían aprobar con 4,75. Además no han anulado ninguna pregunta.
Un saludo.
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¿y estais seguro que la respuesta número 5 del tipo A es la respuesta B?
??????????????????
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Para aquellos que se hayan quedado a las puertas del aprobado o en general quién piense que la pregunta 7 de examen tipo A Que corresponde con la 9 del examen tipo B, tiene cabida en dos respuestas correctas según lectura de la pripia ley, es decir tan correcta es la respuesta A como la C se ha abierto un hilo en Alf para que den por validas ambas respuestas o que anulen la pregunta favoreciendo a todos.
Os pido que apoyeis la solicitud, gracias
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Alguna pregunta impugnable o con posibilidad de ser impugnada?
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yo no puedo entrar en Alf, soy de licenciatura.
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y es mi caso, tengo en el tipo A pregunta 7 la contestación C, y eso me salvaría del 4,75 que tengo ahora mismo.
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y es mi caso, tengo en el tipo A pregunta 7 la contestación C, y eso me salvaría del 4,75 que tengo ahora mismo.
Estamos enviando correos individuales al dto por si no entran an Alf, dame un minuto y te digo el correo
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y es mi caso, tengo en el tipo A pregunta 7 la contestación C, y eso me salvaría del 4,75 que tengo ahora mismo.
Si la 7 era la de la cláusula de intereses, según las plantillas es la C. Enhorabuena.
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en la plantilla A han puesto como la co :-[rrecta en la 7 la letra A y yo tengo la C
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La 7 de la primera semana (tipo A) creo que es la 9 del B, es impugnable, yo ya he mandado un correo. Para impugnarla hay que enviar un correo a mercantil@adm.uned.es indicando la asignatura pregunta semana modelo nombre apellidos dni centro asociado... Etc
Yo he indicado que la A y la C son correctas y ante ambas la C me parece mas completa, que den las dos por buenas.... Como en otras asignaturas. Y por supuesto he citado el artículo donde aparece.
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así lo haré
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así lo haré
Disculpa en el asunto debes poner Mercantil II.
Me olvidé :D
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Mi correo es joluac@msn.com, Si te parece me envías un correo privado con lo que has enviado y así unificamos criterios.
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Pues yo todavía estoy con dudas en el examen tipo C de la segunda semana....las preguntas 13 y 15 no me cuadran las que han dado por válidas. .....que para mi seria la opción C y la A....
Aunque la tengo aprobada....alguien piensa como yo ???...
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¿ Todo por los apuntes de Ius? es que la parte de Concursal no está actualizada, la tengo para septiembre toda entera y con el libro es muy extensa y no sé que hacer.
Felicidades por tu nota
Yo tengo los de Ponder y con un extracto de la nueva ley concursal de Cuatrecases... si me das un mail te los paso... yo he sacado los dos parciales con ellos :)
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En relación a la pregunta 7 del tipo A que es la 9 del tipo B, de la primera semana. El articulo 45 de la Ley cambiaria dice: "En el caso del Pago Parcial, el librado podrá exigir que este pago se haga constar en la letra y que se le dé recibo del mismo", ¿Si esto no es exigir una garantía, que es?
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Pues yo todavía estoy con dudas en el examen tipo C de la segunda semana....las preguntas 13 y 15 no me cuadran las que han dado por válidas. .....que para mi seria la opción C y la A....
Aunque la tengo aprobada....alguien piensa como yo ???...
Yo pienso como tú, la 15 la respuesta correcta es la A, y con esa yo aprobaría ...
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Yo tengo los de Ponder y con un extracto de la nueva ley concursal de Cuatrecases... si me das un mail te los paso... yo he sacado los dos parciales con ellos :)
Gracias, la ley Concursal ya la tengo y los de Ponder son un poco largos contando que tendremos
sólo dos meses, llevo Financiero I entera y dos cuatrimestrales y creo que con esto hay más que
suficiente. Tendré que dejarla para el próximo curso, ya que también la tengo entera.
Muchas gracias por tu atención. :)
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La 9 del B de la primera semana es impugnable, ayer les mandé correo, espero que la gente se anime a escribir al ED, a ver si nos tiene en cuenta, si la anulan apruebo...
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Yo tambien lo he enviado ya, en base al art. 45 de la Ley cambiaría.
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Yo pienso como tú, la 15 la respuesta correcta es la A, y con esa yo aprobaría ...
Pues la puedes impugnar. ..no pierdes nada ....solo ganarías. ..
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Buenas Gente,
Yo os recomiendo los apuntes de Iusmasoquista. Son perfectos si andas just@ de tiempo. Desde aquí quiero agradecer a IUSMASOQUISTA la elaboración de esos apuntes; aunque al ser tan escuetos pueden generar alguna que otra confusión, con un movil en la mano no hay nada que no se pueda solucionar.
Yo tengo muy buena nota en ambos parciales y todo gracias a sus apuntes.
Mucha suerte a todo el mundo!
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La 9 del B de la primera semana es impugnable, ayer les mandé correo, espero que la gente se anime a escribir al ED, a ver si nos tiene en cuenta, si la anulan apruebo...
Buenas tardes, yo estoy en la misma situación con la pregunta nº9, podrías enviarme lo que has mandado al departamento. Para escribir yo mas o menos lo mismo, te dejo mi correo. mario83358@hotmail.com.
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Se ha abierto un hilo especifico para este asunto donde se expone que poder decir en la reclamación
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=116132.0
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Gracias, la ley Concursal ya la tengo y los de Ponder son un poco largos contando que tendremos
sólo dos meses, llevo Financiero I entera y dos cuatrimestrales y creo que con esto hay más que
suficiente. Tendré que dejarla para el próximo curso, ya que también la tengo entera.
Muchas gracias por tu atención. :)
Ahh ok. Como quieras. En cualquier caso a por ellas y SUERTE!
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Contestación del equipo docente:
En relación a su consulta sobre la pregunta 7, modelo A, junio 2016, le indicamos lo siguiente:
La respuesta correcta es la A.
La pregunta era la siguiente:
Presentado un pagaré a su pago, el firmante ofrece tan solo un pago parcial. En tales circunstancias:
1. El tenedor del pagaré no podrá oponerse a tal pago parcial.
2. El tenedor del pagaré podrá oponerse a tal pago parcial y requerir la totalidad de lo debido.
3. El tenedor no podrá oponerse a tal pago parcial pero tendrá derecho a exigir la prestación de una garantía a favor de la cantidad restante.
En los supuestos de pago parcial de un pagaré, el artículo 45 de la Ley Cambiaria y del Cheque expresamente dispone que el tenedor no podrá oponerse al mismo. En tales circunstancias, el tenedor del pagaré no tiene ningún derecho especial (p. ej. a requerir la prestación de una garantía por el importe no pagado) y conservará el título en su poder, pues no ha sido íntegramente pagado. Ahora bien, el firmante que realizó ese pago parcial sí puede exigir la entrega de un recibo que acredite el mismo.
Estas reglas se reiteran en las páginas 397 y 398 del Manual de referencia.
Un saludo,
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Ya salieron las notasss.....UNA MENOSS !!!!!.....y cerramos mercantiles... :D :D....gracias a todos por vuestra ayuda.
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Yo aún no las tengo, supongo que estarán cargandolas :'( :'(
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a mí también me ha salido (y soy del extranjero). Qué alegría aprobarla!! Qué poco me ha gustado esta asignatura!!! jejeje
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¿Ha pasado algo raro con el examen de la segunda semana? El otro día consultando la plantilla me salía un 7 de nota y me he encontrado con un 7,2.
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yo tambien la tengo, una menos
suerte
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¿Ha pasado algo raro con el examen de la segunda semana? El otro día consultando la plantilla me salía un 7 de nota y me he encontrado con un 7,2.
Me ha pasado lo mismo. Con las plantillas me salia un 6.25 y me han puesto un 6.4
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Me ha pasado lo mismo. Con las plantillas me salia un 6.25 y me han puesto un 6.4
Podría ser que haya tomado la decisión de subir a todos los alumnos 0.2 puntos para ayudar al aprobado a aquellos que tienen un 4.75´, ya lo confirmarán aquellos que tienen un 4.75.
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Buenas tardes, alguien podría resolverme una duda?
Si tengo un parcial aprobado y el otro suspenso, tengo que recuperar ambos o solo la parte suspendida?
Muchas gracias de antemano, un saludo.
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Buenas tardes, alguien podría resolverme una duda?
Si tengo un parcial aprobado y el otro suspenso, tengo que recuperar ambos o solo la parte suspendida?
Muchas gracias de antemano, un saludo.
Sólo la parte suspendida.
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Sólo la parte suspendida.
Muchas gracias!!
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Buenas tardes, alguien podría resolverme una duda?
Si tengo un parcial aprobado y el otro suspenso, tengo que recuperar ambos o solo la parte suspendida?
Muchas gracias de antemano, un saludo.
Entiendo que cuando dices "recuperar" te estás refiriendo a los exámenes de septiembre, no? Pues a septiembre vas con el parcial que no has superado. Si entonces lo apruebas, tienes la asignatura aprobada; si lo suspendes, lógicamente te queda la asignatura completa, no se guardan parciales de un curso para otro, como es natural.
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Hola a todos y enhorabuena a todos los que habéis aprobado !!! Por otro lado ánimo a los que tenéis uno o dos parciales, me apunto con dos por no haberme podido presentar y estar bastante "cagadeta" como para presentarme, sin estar bien preparada.
Ruego, me podáis por favor ayudar sobre porque apuntes estudiar, he visto que comentáis los de Iusmasoquista y los de Ponder,alguien sería tan amable de hacérmelos llegar al siguiente correo inesgomezrodriguez@gmail.com
Saludos a todos y suerte en septiembre
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Hola a todos y enhorabuena a todos los que habéis aprobado !!! Por otro lado ánimo a los que tenéis uno o dos parciales, me apunto con dos por no haberme podido presentar y estar bastante "cagadeta" como para presentarme, sin estar bien preparada.
Ruego, me podáis por favor ayudar sobre porque apuntes estudiar, he visto que comentáis los de Iusmasoquista y los de Ponder,alguien sería tan amable de hacérmelos llegar al siguiente correo inesgomezrodriguez@gmail.com
Saludos a todos y suerte en septiembre
Enviados.
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por lo que parece, este departamento solo concede matriculas con 4 x 10, asi que con mi 9.8 me quedo fuera...
¿conoceis a alguien al que se la han concedido con menos de 10?. es por si vale la pena solicitarla...
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A lo mejor te la ponen. Tienes que esperar un poco, no salen enseguida que sale la nota ( notaza, enhorabuena)
Dependerá de la cantidad de calificaciones que haya por encima de la tuya ( si es que las hay)
un saludo
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por lo que parece, este departamento solo concede matriculas con 4 x 10, asi que con mi 9.8 me quedo fuera...
¿conoceis a alguien al que se la han concedido con menos de 10?. es por si vale la pena solicitarla...
Yo el año pasado saqué matrícula en Internacional Público y no me la pusieron al momento, cuando pusieron la nota en junuo tenía un sobresaliente con un 9,2. Para mi sorpresa, en septiembre cuando fui a hacer la matrícula me encontré con un descuentillo por haber sacado una matrícula.
Así que no pierdas la esperanza :)
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Os han salido las notas a todos?? A mi no me han puesto todavía nada, me examiné la segunda semana
Creo que tengo un 5.25, pero hasta que no lo vea no me quedo tranquila :-\
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Os han salido las notas a todos?? A mi no me han puesto todavía nada, me examiné la segunda semana
Creo que tengo un 5.25, pero hasta que no lo vea no me quedo tranquila :-\
Yo tampoco la tengo aun.
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Buenos días, segunda semana Valencia, un 4,8 y suspendido teniendo un 8,5 en el primer parcial
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Buenos días, segunda semana Valencia, un 4,8 y suspendido teniendo un 8,5 en el primer parcial
Un 4,8 seguro??? me refiero como has calculado la nota, no será 4,75???
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Redondean guer; yo debería tener 6,25 y tengo 6,30 en la nota.
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Me viene suspenso sin nota, ya me contestaron el viernes a la reclamación que naranjas de la china, en fin.
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Me viene suspenso sin nota, ya me contestaron el viernes a la reclamación que naranjas de la china, en fin.
Con que nota???
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Según las plantillas, sería un 4, 75, en el primer parcial tuve un 7,5
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Según las plantillas, sería un 4, 75, en el primer parcial tuve un 7,5
Qué pena, podían haberse portado analizando la materia en conjunto y sabiendo que han subido el nivel en este último examen.
Bueno ánimo y suerte, en septiembre la sacas con nota.
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Muchas gracias, estoy muy desanimado ahora mismo, tenía muchas esperanzas de haberla aprobado y poder centrarme en septiembre en otras.
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Un 4,8 seguro??? me refiero como has calculado la nota, no será 4,75???
Si, pero redondean y ponen 4,8
Vosotros reclamarías sabiendo que en el primer parcial tengo un 8,5 y en el segundo suspendo por una pregunta?
Gracias
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Este departamento tiene pinta de ser muy estrictos, ya lo hemos visto con la pregunta que todos hemos reclamado...
Una vez que suben la nota no creo que modifiquen nada.
Un saludo.
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Yo según plantilla tengo un 4,75 y me han puesto un 5.
Es posible que estén dando por buena la famosa pregunta impugnada a los que la contestamos.
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Dudo mucho que hagan eso, según la plantilla tengo un 4,75 y en la nota me aparece suspenso, no me han puesto ni la nota, solo suspenso.
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Yo no sé cómo lo están haciendo con lo de las notas, pero a mí tampoco me cuadra mi nota con la que debería de tener según plantilla.
Yo tengo 14 preguntas bien y 6 mal, de lo que resultaría una nota de 5,5 y sin embargo me han puesto apto con 5,8. La única forma en la que me saldrían las cuentas es en caso de que estuvieran restando 0,20 las preguntas falladas en vez de 0,25.
Sin embargo veo compañeros a los que sí que les cuadran sus notas, así que no sé muy bien que puede pasar. Obviamente, siendo beneficiado no me voy a quejar, pero es obvio que algún error han cometido en ese sentido que está beneficiando a algunas personas y a otras no.
En fin, cosas de esta universidad, que siempre pasan cosas raras con las notas.
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Buena observación. Yo esperaba 7 por plantilla y me han puesto 7,2. Como dice Juan XVIII, en lugar de restar 0,25, han restado 0,20.
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Pues menuda gracia me hará ver que me ponen un 4,9 .........
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Buena observación. Yo esperaba 7 por plantilla y me han puesto 7,2. Como dice Juan XVIII, en lugar de restar 0,25, han restado 0,20.
Mirar a ver si lo que veis es la nota final haciendo media con el primer parcial, yo por ejemplo tengo dos notas en el segundo parcial, 8,5 en el examen de este parcial y a continuación 8,20 que es la media de los dos. Espero haberos ayudado.
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Yo veo claras mis notas, aparece dividida en "subprueba examen" y "subprueba PEC". Y aparte la nota media del parcial y la nota media final de la asignatura.
Y como he dicho antes 5,80 es la nota del examen y la única forma de que me salgan las cuentas es si han restado 0,20 por fallo.
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si han anulado preguntas lo normal es que el valor de los fallos sea menor.
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lo raro es que a algunos nos cuadre la nota y a otros no. A los que os da un resultado diferente, sois de 1º o 2º semana?
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A eso es a lo que yo voy, que hay gente a la que sí le cuadra la nota con sus cálculos respecto de la plantilla y a otros no.
Yo soy de la 1ª semana y en la plantilla que aparece en la app como definitiva no aparece ninguna pregunta anulada, así que no es ese el motivo de la diferencia de nota.
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A mi me cuadra todo. Tener en cuenta la PEC si la habéis hecho. Que sería un 75% de la nota del examen más el 25% de la PEC.