Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Esgrimidor en 03 de Marzo de 2016, 11:45:28 am
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Por lo visto tampoco se puede.
Si te toca un millón de euros no te hacen ni siquiera un talón nominativo, sino que te hacen una transferencia bancaria tras detraerte la retención o impuesto.
O sea que obligan a disponer de cuenta corriente o similar.
¿ Puedes ordenar el abono de la cantidad en la cuenta de titular distinto al premiado ?
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Como la loteria es al portador pues que vaya esa otra persona a cobrarla...
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Gracias Matias1.
Por lo que llevo mirando hay mucho de trasfondo.
Incluso un Real Decreto de el año 2012 sobre el pago de cantidades en efectivo.
Cantidad superior a 2500 euros no pueden ser pagadas en efectivo.
Y por ejemplo la ONCE creo que no paga premios superiores a los 700 euros en metálico.
Y también he visto que por ejemplo una pensión o varios conceptos similares sólo pueden ser abonados en una cuenta corriente o de ahorro. No permiten el pago en efectivo. Y también por un Real Decreto en vigor.