Debates. => Área política. => Mensaje iniciado por: Drop en 11 de Marzo de 2016, 00:51:25 am
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Hoy sale en El País esta noticia (http://politica.elpais.com/politica/2016/03/10/actualidad/1457642292_453774.html).
El Gobierno alega que solo lo pueden controlar los jueces
El contencioso entre el Gobierno en funciones y el Parlamento surgido de las urnas del 20-D, por la negativa del primero a someterse al control del segundo, puede acabar en los tribunales, en un conflicto entre los poderes Ejecutivo y Legislativo insólito en la democracia española. Esa es, de hecho, la vía que apuntó este jueves el secretario de Estado para las Relaciones con las Cortes, José Luis Ayllón, quien sugirió que “en caso de discrepancia, se puede disponer de las oportunas vías judiciales, en la defensa de los derechos del Parlamento”.
Alucino con el PP. Así que he echado un vistazo a la CE. Yo diría que está bastante claro:
Artº 110.1. Las Cámaras y sus Comisiones pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno.
Artº 111:
1. El Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en las Cámaras. Para esta clase de debate los Reglamentos establecerán un tiempo mínimo semanal.
2. Toda interpelación podrá dar lugar a una moción en la que la Cámara manifieste su posición.
Es incomprensible la actitud del Gobierno.
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El Gobierno se sabe que no saldrá elegido, y por eso va a hacer todo lo posible por salir lo más airoso que pueda, especialmente Rajoy y los candidatos a sucederle como líder del Partido Popular
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Un tema interesante, sin duda. Si un gobierno en funciones no puede legislar y su actividad no pasa de la puramente administrativa o ejecutiva, ¿Está exento de la función de control de las Cámaras? Yo entiendo que no.
El art. 76 de la CE no hace distinción ninguna sobre la obligatoriedad de comparecer ante una comisión de investigación. Además, el título V, que trata sobre las relaciones entre el Gobierno y las Cortes, deja bien claro que el gobierno responde solidariamente ante el Congreso y que las Cámaras y sus Comisiones pueden recabar a través de sus presidentes toda la información y ayuda que precisen del gobierno, además de poder reclamar su presencia. Todo ello sin hacer distinciones para el caso de un gobierno en funciones.
Lo que pasa es que esto ya es una campaña electoral no declarada. Rajoy sabe que como comparezca por lo que sea en el Congreso, le van a dejar como los pollos de Simago.
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El art. 76 de la CE no hace distinción ninguna sobre la obligatoriedad de comparecer ante una comisión de investigación.
Cierto. No había citado ese artículo (y eso que lo había visto... las prisas).
Lo que pasa es que esto ya es una campaña electoral no declarada. Rajoy sabe que como comparezca por lo que sea en el Congreso, le van a dejar como los pollos de Simago.
Ya. Pero eso no exime al Gobierno en funciones de cumplir la Constitución.
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Las Cortes han de controlar todo Gobierno que pretenda ser democrático . Y el Pueblo a de poder elegir sus Cortes para que estas controlen todo lo controlable .
Espero y deseo que haya pronto un Gobierno de ESPAÑA normalizado y que las Cortes funcionen con la normalidad, la disciplina y la responsabilidad que nuestro País precisa .
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Sigue la historia (http://politica.elpais.com/politica/2016/03/24/actualidad/1458845929_686871.html), como sabéis.
El Gobierno considera que lo que la oposición pretende es tan solo desgastarlo. Olvidan, sin embargo, que las Cortes representan a los electores, y que los electores tienen derecho a conocer: y, si hay nuevas elecciones, votar en consecuencia.
Ante ello, me pregunto si, aparte del conflicto ante el TC, sería posible que cualquier ciudadano presentase un recurso ante el Tribunal Supremo, sala de lo contencioso, por vulneración de derechos fundamentales (Artº 23.1 CE: Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal, en conexión con los que obligan al Gobierno a comparecer).
También me pregunto si sería posible presentar demanda por prevaricación omisiva al Gobierno, así como contra el Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, por incumplimiento de sus obligaciones.
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Drop la impaciencia no es buena y el tiempo es quién pondrá las cosas en su sitio . Tranquilízate y deja de querer influir en algo que debieran de poder resolver aquellos que debieran .
"En este mundo cruel nada es verdad o mentira, todo es..."
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Sigue la historia (http://www.uned-derecho.com/politica/2016/03/24/actualidad/1458845929_686871.html), como sabéis.
El Gobierno considera que lo que la oposición pretende es tan solo desgastarlo. Olvidan, sin embargo, que las Cortes representan a los electores, y que los electores tienen derecho a conocer: y, si hay nuevas elecciones, votar en consecuencia.
Ante ello, me pregunto si, aparte del conflicto ante el TC, sería posible que cualquier ciudadano presentase un recurso ante el Tribunal Supremo, sala de lo contencioso, por vulneración de derechos fundamentales (Artº 23.1 CE: Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal, en conexión con los que obligan al Gobierno a comparecer).
También me pregunto si sería posible presentar demanda por prevaricación omisiva al Gobierno, así como contra el Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, por incumplimiento de sus obligaciones.
Después de que esta gente han demostrado durante toda la legislatura que les importaba un comino el resto de los partidos y que lo suyo era aniquilar con todo, ahora no quieren dar cuentas al parlamento. Ya sabemos el talante democrático de esta gentuza. De momento están actuando como lo hacen los dictadores.
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Después de que esta gente han demostrado durante toda la legislatura que les importaba un comino el resto de los partidos y que lo suyo era aniquilar con todo, ahora no quieren dar cuentas al parlamento. Ya sabemos el talante democrático de esta gentuza. De momento están actuando como lo hacen los dictadores.
Si es que solos se "califican"...
Dictadores; dice ;D ;D ;D
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Si es que solos se "califican"...
Dictadores; dice ;D ;D ;D
Pues sí, eso digo y me quedo corto. En una democracia, nadie se sale de ella. Son unos impresentables!!
Hay que parar esta desvergüenza.
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Pues sí, eso digo y me quedo corto. En una democracia, nadie se sale de ella. Son unos impresentables!!
Hay que parar esta desvergüenza.
Díselo a esos a los que defiendes tanto... :D :D :D
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Díselo a esos a los que defiendes tanto... :D :D :D
Se lo digo a la gentuza que pretende campar sin obstáculo. Un comportamiento totalitario. Este es su fin, acabar su etapa de una manera vergonzosa y anti democrática.
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Se lo digo a la gentuza que pretende campar sin obstáculo. Un comportamiento totalitario. Este es su fin, acabar su etapa de una manera vergonzosa y anti democrática.
No seas tan cerril y tendencioso; no ves que hace ya tiempo que podíamos haber tenido nuevo gobierno? ::) ::)
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No seas tan cerril y tendencioso; no ves que hace ya tiempo que podíamos haber tenido nuevo gobierno? ::) ::)
El PP?? se cae el mundo.
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El PP?? se cae el mundo.
Todo lo que hablas son... No se cayó en su día, y no se ha caído; ahora, tampoco . ::)
Este hilo abierto por Drop; ¿no sé con qué fin?, es tan súmamente explicito de la diarrea mental de la izquierda y de aquellos falsos seguidores que casi es suficiente para desacreditar todo aquello que pretenden decir o argumentar...
A qué cojones esperan para hacer de esta nuestra ESPAÑA ese "cielo" que solo ellos pueden crear... :'( :'( :'( :'( Hay que ser muy, pero que muy ilusos para votar a partidos que pueden gobernar y no lo hacen . >:(
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Sigue la historia (http://politica.elpais.com/politica/2016/03/24/actualidad/1458845929_686871.html), como sabéis.
El Gobierno considera que lo que la oposición pretende es tan solo desgastarlo. Olvidan, sin embargo, que las Cortes representan a los electores, y que los electores tienen derecho a conocer: y, si hay nuevas elecciones, votar en consecuencia.
Ante ello, me pregunto si, aparte del conflicto ante el TC, sería posible que cualquier ciudadano presentase un recurso ante el Tribunal Supremo, sala de lo contencioso, por vulneración de derechos fundamentales (Artº 23.1 CE: Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal, en conexión con los que obligan al Gobierno a comparecer).
También me pregunto si sería posible presentar demanda por prevaricación omisiva al Gobierno, así como contra el Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, por incumplimiento de sus obligaciones.
Muy interesantes las dos cuestiones que planteas. La primera me parece posible, aunque tengo muchas dudas sobre si ese derecho se agota cuando el ciudadano sí ha tenido oportunidad de elegir a esos representantes, o mejor dicho, sobre si se puede vulnerar ese derecho fundamental cuando se hace caso omiso de un requerimiento del parlamento. No lo tengo claro. Y creo que no se ha planteado nunca.
Sobre si puede haber prevaricación omisiva, yo creo que en este caso no. Entiendo que para que haya prevaricación omisiva, el funcionario u órgano administrativo tiene que tener la obligación de dictar una resolución y se niega a hacerlo. Este caso yo lo veo más bien como un acto de desobediencia del gobierno, al no presentarse ante el Congreso habiendo sido requerido para ello.
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Abogado como siento por ti admiración y respeto quisiera preguntarte si de verdad crees que el gobierno en funciones se debe a las actuales Cortes? No crees que las Cortes han tenido y tienen la oportunidad de controlar a "su propio Gobierno"? Por qué no convocan nuevas elecciones ya sin tener que esperar hasta junio?
Qué está haciendo el Gobierno en funciones de interés que tenga que ser controlado por unas Cortes sin capacidad de acuerdo?
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Por qué no convocan nuevas elecciones ya sin tener que esperar hasta junio?
Qué está haciendo el Gobierno en funciones de interés que tenga que ser controlado por unas Cortes sin capacidad de acuerdo?
En cuanto a la primera pregunta, no se pueden convocar nuevas elecciones hasta que transcurra el plazo constitucionalmente determinado.
En cuanto a la segunda, el Gobierno está haciendo, obviamente, cosas. También hay cosas que no está haciendo. Que resulten de interés o no es difícil saberlo, teniendo en cuenta que no se sabe muy bien lo que hace y lo que no.
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En cuanto a la primera pregunta, no se pueden convocar nuevas elecciones hasta que transcurra el plazo constitucionalmente determinado.
En cuanto a la segunda, el Gobierno está haciendo, obviamente, cosas. También hay cosas que no está haciendo. Que resulten de interés o no es difícil saberlo, teniendo en cuenta que no se sabe muy bien lo que hace y lo que no.
Solo has querido contestar a dos de las preguntas, las otras dos prefieres que las conteste abogado ¿no?
Insisto en preguntar que si tanto este Gobierno en funciones, como el Presidente de las Cortes con el voto de la mayoría de las mismas se dirigieran al Rey para que adelantara esas posibles elecciones generales lo antes posible; ¿no podría hacerse? ::) ¿Y por qué no poder denunciar a todos los líderes de los partidos representados en las Cortes por "dejación de funciones? :D :D :D
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Solo has querido contestar a dos de las preguntas, las otras dos prefieres que las conteste abogado ¿no?
Insisto en preguntar que si tanto este Gobierno en funciones, como el Presidente de las Cortes con el voto de la mayoría de las mismas se dirigieran al Rey para que adelantara esas posibles elecciones generales lo antes posible; ¿no podría hacerse? ::) ¿Y por qué no poder denunciar a todos los líderes de los partidos representados en las Cortes por "dejación de funciones? :D :D :D
No es posible disolver las cámaras salvo en los casos legalmente previstos. En el caso en que estamos, dicha disolución es automática si pasados dos meses desde la primera investidura no se otorga la confianza a ningún candidato (ex artº 99.5).
No es posible deunciar a los líderes de los partidos representados en las Cortes por "dejación de funciones", dado que se encuentran amparados en el artículo anterior: tienen ese tiempo.
¿Alguna pregunta más?
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No es posible disolver las cámaras salvo en los casos legalmente previstos. En el caso en que estamos, dicha disolución es automática si pasados dos meses desde la primera investidura no se otorga la confianza a ningún candidato (ex artº 99.5).
No es posible deunciar a los líderes de los partidos representados en las Cortes por "dejación de funciones", dado que se encuentran amparados en el artículo anterior: tienen ese tiempo.
¿Alguna pregunta más?
Ya que insistes; ¿Te cae mal el PP o solo me lo parece?
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ummmm. No se trata de que me caiga bien o mal, sino de si (objetivamente) hace las cosas bien o mal, con respeto a la Constitución y a la legalidad vigente. Que no lo parece.