Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Esgrimidor en 22 de Marzo de 2016, 00:22:00 am
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Comunicados Juzgado por certificado correos
Tengo entendido que las citaciones y sentencias del Juzgado se comunican mediante un funcionario.
Qué asuntos y comunicados se hacen por correo certificado ?
Gracias
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Las diligencias que no sean personales (en materia penal) aunque si se envían por correo certi¡ficado y lo recoge el interesado sí es válido. En materia civil se envía por correo certificado prácticamente todo y si el resultado es negativo posteriormente se hace a través del servicio común de notificaciones correspondiente.
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Las diligencias que no sean personales (en materia penal) aunque si se envían por correo certi¡ficado y lo recoge el interesado sí es válido. En materia civil se envía por correo certificado prácticamente todo y si el resultado es negativo posteriormente se hace a través del servicio común de notificaciones correspondiente.
No logro entender la primera frase.
"Las diligencias que no sean personales (en materia penal) aunque si se envían por correo certi¡ficado y lo recoge el interesado sí es válido"
Qué quieres decir con las diligencias que no sean personales ?
Supongamos que el certificado obedece a un procedimiento penal. ¿ Qué pasaría si no lo recoge el certificado el interesado ?. ¿ Se lo enviarían de nuevo por el servicio común de notificaciones y embargos ? .
Gracias
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No logro entender la primera frase.
"Las diligencias que no sean personales (en materia penal) aunque si se envían por correo certi¡ficado y lo recoge el interesado sí es válido"
Qué quieres decir con las diligencias que no sean personales ?
Supongamos que el certificado obedece a un procedimiento penal. ¿ Qué pasaría si no lo recoge el certificado el interesado ?. ¿ Se lo enviarían de nuevo por el servicio común de notificaciones y embargos ? .
Gracias
Me refiero por ejemplo a una citación a juicio que deba ser personal, en ese caso si la recoge un familiar no se da por válida debiendo suspenderse el juicio y volver a citar en persona , pero si la hubiera recogido el interesado personalmente se daría por cumplimentada en forma. Hay muchas diligencias que no son personales y que se pueden practicar por correo certificado sin ningún problema.
En el caso que expones se la enviaríamos a través del SCACE.
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Me refiero por ejemplo a una citación a juicio que deba ser personal, en ese caso si la recoge un familiar no se da por válida debiendo suspenderse el juicio y volver a citar en persona , pero si la hubiera recogido el interesado personalmente se daría por cumplimentada en forma. Hay muchas diligencias que no son personales y que se pueden practicar por correo certificado sin ningún problema.
En el caso que expones se la enviaríamos a través del SCACE.
No encuentro el acrónimo SCACE
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Es el Servicio Común de Actos de Comunicación y Embargos.