Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 12 de Septiembre de 2016, 21:12:14 pm

Título: Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: MORDEKAY en 12 de Septiembre de 2016, 21:12:14 pm
Derecho Civil III curso 2016 / 2017

Todo lo relacionado con la asignatura en el curso 2016/2017

Guia de la asignatura: Derecho Civil III: Derechos Reales e Hipotecario (https://mega.nz/#!zg9U0QDK!eoqt5SoSd1BfKkrWCUW_eHJfduH_88BFyzsVCM_-X20)

Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.

Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0

Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0

Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0

Derecho Civil III: Temas en clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120098.0)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: cjordana en 13 de Septiembre de 2016, 11:05:28 am
Cojo sitio
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Antonywf en 13 de Septiembre de 2016, 11:39:41 am
Otro.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: vicru en 13 de Septiembre de 2016, 11:54:48 am
Me apunto, a ver como se da.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: guillosw en 14 de Septiembre de 2016, 13:30:57 pm
Sabéis si se elimina materia?... o entra todo?

Saludos a tod@s... buen año!!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Pejurudu en 15 de Septiembre de 2016, 09:57:35 am
Animo, que empezamos materia nueva, saludos.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jmmg en 15 de Septiembre de 2016, 10:55:31 am
Tras 3 años y medio en el extranjero (en Dublín donde no había centro asociado :( pese a la gran cantidad de españoles que viven allí) retomo con renovada ilusión la aventura de Derecho UNED...Veo que antiguos compañeros como Alqui o Dangoro han terminado ya por lo que me alegro, a mi aún me quedan dos cursos por delante....Animo a todos ( a ver que tal se me da esto del Civil tipo test es una novedad para mi)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: dret-pau en 15 de Septiembre de 2016, 12:35:41 pm
hola!! despues del fiasco del examen de sept ( al de febrero no me pude presentar) retomo la asignatura con las fuerzas necesarias para sacarmela de encima YAç
que ganas!! ;)
suerte!!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: rodriguai en 15 de Septiembre de 2016, 19:22:54 pm
yo también creo que me apunto a esta asignatura. un saludo a todos, aunque todavía no me he matriculado
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: guillosw en 17 de Septiembre de 2016, 15:06:20 pm
Agradecería a algún "veterano" de esta asignatura me/nos dijera si el año pasado en esta asignatura hubo reducción de temario.

No lo puedo mirar en Alf... pues estoy en espera de las notas para matricularme y no puedo "entrar".

Gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jairo en 18 de Septiembre de 2016, 21:17:18 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Agradecería a algún "veterano" de esta asignatura me/nos dijera si el año pasado en esta asignatura hubo reducción de temario.

No lo puedo mirar en Alf... pues estoy en espera de las notas para matricularme y no puedo "entrar".

Gracias!

En la página del departamento viene la reducción de temario del curso 15/16. Supongo que este curso será igual.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: guillosw en 19 de Septiembre de 2016, 09:14:19 am
muy buena idea... así lo he hecho... muchas gracias.

Saludos!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Kratos May en 20 de Septiembre de 2016, 16:37:08 pm
Me apunto, un saludo y suerte a todos/as.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jpachon en 21 de Septiembre de 2016, 12:43:48 pm
HOla, ¿os habéis matriculado alguno ya? ¿podrías pasarme el programa de la asignatura?
Mi correo es jpachon@zafra.es
Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Rafael Cordobes en 22 de Septiembre de 2016, 16:06:30 pm

Un saludo, jpachon.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Quiron1976 en 25 de Septiembre de 2016, 10:54:03 am
A ver como se da el año.. :D :D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jonathandelgado en 25 de Septiembre de 2016, 11:00:03 am
Cojo sitio! A POR ELLA!!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: oscaribanez en 25 de Septiembre de 2016, 18:02:49 pm
yo tambien me apunto :)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: anarosa88 en 26 de Septiembre de 2016, 16:02:09 pm
Al lío!!! :D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Telepinu en 27 de Septiembre de 2016, 08:58:10 am
Yo también estoy en esta asignatura. Y creo que voy a empezar ya mismo porque veo yo el libro muy gordo, no?  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: olenkacion en 28 de Septiembre de 2016, 12:36:51 pm
me apunto, aunque esta va directa para septiembre
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: XAVIVALLE en 28 de Septiembre de 2016, 14:09:11 pm
Me apunto.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Arancha3 en 28 de Septiembre de 2016, 17:56:34 pm
Me apunto. Animo y suerte para todos!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: queli_cabello en 28 de Septiembre de 2016, 21:21:10 pm
Alguien encontró apuntes ????......me vuelvo loca ya...jajaja
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: rcrealo en 29 de Septiembre de 2016, 12:49:28 pm
Buenos días.
Al turrooooooón!!!!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: STR4 en 30 de Septiembre de 2016, 16:03:39 pm
Alguien puede colgar la guía de este año?? Aún no me aparecen las asignaturas en alf..
Muchas Gracias.
Avanti siempre!!!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Charly-charly en 02 de Octubre de 2016, 19:34:38 pm
Bueno , pues otro más que se apunta a Civil III . Al ser tipo test parece más asequible pero sin confiarse . Una vaquilla mató al maestro Bienvenida . Así que al toro !!  ;) ;)








Lo decía mi abuela : " No dejes para mañana el jamón que puedas comerte hoy " .
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Josefina C en 02 de Octubre de 2016, 19:41:07 pm
Hola, yo también estaré por aquí este curso.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: PEGASUS en 03 de Octubre de 2016, 02:00:37 am
También.  :)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Marcos_Derecho en 03 de Octubre de 2016, 14:24:01 pm
Buenos días.
Este curso estaré por aquí.
Un saludo.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: chaconbeatoj en 05 de Octubre de 2016, 10:10:49 am
Me apunto !!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jmmg en 05 de Octubre de 2016, 20:25:04 pm
Hola, ¿alguien tendría las plantillas del examen de Septiembre de este año? Gracias anticipadas
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Interdicto en 09 de Octubre de 2016, 11:01:04 am
Hola, alguien tendría las respuestas a los siguientes exámenes   :( :( :(:
- Septiembre 2014 Licenciatura 2º parcial
- Septiembre Reserva 2014 Licenciatura 1º parcial
- Septiembre Reserva 2014 Licenciatura 2º parcial
- Septiembre Reserva 2014 Grado
- Septiembre 2016 Grado
- Septiembre Reserva 2016 Grado
Muchas gracias
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Yarah en 10 de Octubre de 2016, 10:56:52 am
otra que se une... un civil con test... se me va a hacer raro :o :o
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 10 de Octubre de 2016, 13:40:35 pm

Cuidado para los que estudiéis por apuntes. En ALF han colgado las novedades que presenta el libro de este año, no son muchas, pero al ser tipo test  puede fastidiar bastante.

Un saludo
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 10 de Octubre de 2016, 14:57:19 pm
Me apunto!! Pues si han publicado los cambios podríamos buscarlos y actualizar apuntes antiguos entre todos, no? :)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: signes en 11 de Octubre de 2016, 10:14:29 am
Publicado en Alf la reducción de temario
Echad un vistazo  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Bitácora en 11 de Octubre de 2016, 18:11:09 pm
Me apunto......
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: alejandro96 en 11 de Octubre de 2016, 22:51:21 pm
¡Buenas!

Yo también voy a por esta. A parte del documento de reducción de temario, ¿hay algo que se me escape que debería saber? Es que es mi primer año en la UNED.

¡Muchas gracias!  :)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Charly-charly en 12 de Octubre de 2016, 20:43:53 pm
Ya falta menos !! ;)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Pejurudu en 13 de Octubre de 2016, 11:13:19 am
Por favor, se puede poner la reducción del temario, dado que no puedo acceder al alf. gracias y saludos.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Charly-charly en 13 de Octubre de 2016, 11:45:01 am
Buenos días , colegas . Una vez visto el programa de este año y los apuntes de años anteriores llego a la conclusión que ambos son de III de Civil , ( broma ) . Hay apuntes en que viene recogida la reforma de la LH más reciente como es la Ley de Segunda Oportunidad de últimos de 2015 . Por lo que creo que son válidos los apuntes . Si estoy en un error , decirlo . Saludos !! ;)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: PEGASUS en 13 de Octubre de 2016, 14:29:48 pm
REDUCCIÓN DE PROGRAMA
 
Quedan excluidos:
 
-Del Capítulo 1 del Compendio relativo a “El Derecho de propiedad”, los epígrafes 1, 2 y 9.
- Del Capítulo 2  del Compendio relativo a “Las llamadas propiedades especiales”, los epígrafes 1, 2 y 3.
- Del Capítulo 3 del Compendio relativo a “La Copropiedad y la Propiedad horizontal”, epígrafes 2.2 y 2.3 y 12.3.
- Del Capítulo 4 del Compendio relativo a “Los derechos reales y la posesión”, los epígrafes 2.1, 2.2. y 2.3.
- Del Capítulo 9 del Compendio relativo a “Los derechos reales de goce: usufructo” los epígrafes 1, letras A y B del 2.4, 5.2 y 8.2. 
- Del Capítulo 10 del Compendio  relativo a “Otros derechos reales de goce”, los epígrafes 3.3, 5, 6, 7, 8, 9.4 y 9.5, 10 y 12.   
- Del Capítulo 11 del Compendio relativo a “Los derechos reales de garantía: La prenda”, epígrafe 1.1 y 7.5. -
-Del Capítulo 12 del Compendio, epígrafes 1.5, 2.6, 6.6, 7 y 11.
- Del Capítulo 13 del Compendio sobre “Contenido y efectos de la hipoteca”, los epígrafes 7 a 9. 
- Del Capítulo 14 del Compendio sobre “Los derechos de adquisición preferente”, epígrafes 1, 3.5 y 5.
- Del Capítulo 15 del Compendio sobre “El sistema hipotecario español”, epígrafes 1, 2, 3.1, 4 y 5.  -
- Del Capítulo 16 del Compendio sobre “Dinámica y efecto de las inscripciones”, epígrafes 1.1, 1.5, 2, 3.6, 4.4 y 8.  -
- Del Capítulo 17 del Compendio sobre “La fe pública registral”, letras A, B, C y D del epígrafe  4.3
-Del Capítulo 18 del Compendio relativo a “Las anotaciones preventivas y otros asientos registrales”, epígrafes 1, 4.2, letras A y B del epígrafe 4.4, 5.2, 5.3, 5.4, 6 y 7.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Pejurudu en 13 de Octubre de 2016, 15:00:38 pm
gracias, al anterior mensaje.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Pejurudu en 13 de Octubre de 2016, 20:00:37 pm
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Buenos días , colegas . Una vez visto el programa de este año y los apuntes de años anteriores llego a la conclusión que ambos son de III de Civil , ( broma ) . Hay apuntes en que viene recogida la reforma de la LH más reciente como es la Ley de Segunda Oportunidad de últimos de 2015 . Por lo que creo que son válidos los apuntes . Si estoy en un error , decirlo . Saludos !! ;)

Puedes indicar que apuntes son los adecuados, gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 14 de Octubre de 2016, 09:42:52 am
alguien sabe que son los libros de juegos juridicos que aparecen en la plataforma?
gracias!!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jmmg en 14 de Octubre de 2016, 11:23:46 am
Como su nombre indica son diferentes tipos de juegos (crucigramas, dameros, etc..) que te ayudan a memorizar conceptos de la asignatura de una manera digamos más "divertida"
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Charly-charly en 16 de Octubre de 2016, 12:13:36 pm
Buenos días a todos los Civilistas . Creo que existen unos test de 200 preguntas de esta asignatura y me gustaría encontrarlos para practicar . Si alguien sabe donde encontrarlos lo agradecería . Saludos !! ::)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: alejandro96 en 16 de Octubre de 2016, 17:44:38 pm
A mi también me gustaría saber como conseguirlos. ¡Gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: alejandro96 en 16 de Octubre de 2016, 17:49:38 pm
Por cierto, tengo un Código Civil de agosto de 2014 (la 33ª edición de Tecnos), y, por lo que he estado mirando, creo que es válido. ¿Se os ocurre alguna modificación relevante que se me escape por la que el Código esté desactualizado?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jk86 en 22 de Octubre de 2016, 17:22:39 pm
Otro que se apunta  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: alhakem en 23 de Octubre de 2016, 22:19:27 pm
Pues nada iremos a por ella, después del examen cojonudo que pusieron en septiembre....
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pepaschez en 26 de Octubre de 2016, 10:20:20 am
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Buenos días a todos los Civilistas . Creo que existen unos test de 200 preguntas de esta asignatura y me gustaría encontrarlos para practicar . Si alguien sabe donde encontrarlos lo agradecería . Saludos !! ::)

Hola, me apunto a esta petición, la verdad es que es cañón poder tener test para entrenarnos.

Gracias y saludos

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: medved en 26 de Octubre de 2016, 10:37:11 am
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Buenos días a todos los Civilistas . Creo que existen unos test de 200 preguntas de esta asignatura y me gustaría encontrarlos para practicar . Si alguien sabe donde encontrarlos lo agradecería . Saludos !! ::)

ve arriba a apuntes temporales y en la primera página ya aparece un enlace titulado "200.." que contiene enlaces a dropbox.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: cjordana en 26 de Octubre de 2016, 19:15:00 pm
Hola, compañeros

Yo me he comprado el manual y el libro de casos prácticos, por si alguien quiere que compruebe algo sobre ellos. A vuestra disposición.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Sussana en 28 de Octubre de 2016, 13:49:18 pm
Holaaa  :D :D :D :D

quería preguntaros una cosa para quien le sea fácil de responder y no le suponga esfuerzo alguno en hacerlo...

En derecho privado califica obligación/es como aquellas situaciones de subordinación en las que la conducta del obligado es susceptible de una valoración patrimonial concreta.

a que se refiere "valoración patrimonial concreta"? y en cambio el <deber> no es susceptible de valoración patrimonial....
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: PEGASUS en 29 de Octubre de 2016, 10:31:41 am
200 preguntas tipo test de exámenes de Derecho Civil III autocorregibles.


Colgadas por nuestro/a compañero/a -> mma2000es.  Miles de gracias.  :)


http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=110388.20
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: olenkacion en 29 de Octubre de 2016, 11:35:01 am
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Holaaa  :D :D :D :D

quería preguntaros una cosa para quien le sea fácil de responder y no le suponga esfuerzo alguno en hacerlo...

En derecho privado califica obligación/es como aquellas situaciones de subordinación en las que la conducta del obligado es susceptible de una valoración patrimonial concreta.

a que se refiere "valoración patrimonial concreta"? y en cambio el <deber> no es susceptible de valoración patrimonial....

Se refiere a q debe de haber una valoracion patrimonial o economica. Las obligaciones que dimanan de un contrato deben poder valorarse "en dinero". De esta forma se distingue el contrato de otras figuras q igualmente dependen de un acuerdo de voluntades, como por ejemplo el matrimonio.

No se si es a esto a lo q te referias...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pedromadrid en 30 de Octubre de 2016, 17:08:17 pm
Me apunto. Contar conmigo en las asignaturas que curso.
Saludos.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: natyhockey en 01 de Noviembre de 2016, 20:21:26 pm
Hola otra que se apunta ;)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: SADPIM en 07 de Noviembre de 2016, 18:05:36 pm
aqui vamos, espero que ahora si ;D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: dlt en 07 de Noviembre de 2016, 23:26:04 pm
OTRO MAS QUE SE APUNTA
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Pejurudu en 12 de Noviembre de 2016, 01:07:38 am
Alguien tiene solucionados los test que esta en los documentos de la asignatura, que se llaman "DEMO DE EXAMEN TIPO TEST GRADO" que va por temas.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Pixar en 14 de Noviembre de 2016, 10:15:02 am
Estimados.

Os dejo una relación de 33 páginas de examenes anteriores resueltos, solo sería necesario añadir por tanto los del curso pasado y septiembre.

Esta relación de preguntas anteriores me fue muy util para superar la asignatura y creo que os puede venir muy bien.

https://www.dropbox.com/s/768gwbq5hlxityy/PREGUNTAS%20EXAMEN%20ANTERIORES.pdf?dl=0

Un saludo  :)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: PEGASUS en 14 de Noviembre de 2016, 18:16:39 pm
Gracias compañero/a.  :D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Antonywf en 14 de Noviembre de 2016, 19:58:12 pm
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Estimados.

Os dejo una relación de 33 páginas de examenes anteriores resueltos, solo sería necesario añadir por tanto los del curso pasado y septiembre.

Esta relación de preguntas anteriores me fue muy util para superar la asignatura y creo que os puede venir muy bien.

https://www.dropbox.com/s/768gwbq5hlxityy/PREGUNTAS%20EXAMEN%20ANTERIORES.pdf?dl=0

Un saludo  :)

GRACIAS!!!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: cadi-marbe en 16 de Noviembre de 2016, 09:06:19 am
Gracias compañer@
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Ele87 en 29 de Noviembre de 2016, 12:27:25 pm
hola a todos compañer@s,

me matriculé el año pasado de esta asignatura y no me pude presentar. He encontrado un enlace con unos test que me mandaron unos compañeros. os lo dejo por si os sirve de ayuda:


http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=100833.0


Sabeis de algunos apuntes buenos para estudiar?

gracias
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: PEGASUS en 29 de Noviembre de 2016, 13:58:42 pm
Sí, los apuntes de Sonia, son muy buenos.  ::)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fowler en 04 de Diciembre de 2016, 22:35:16 pm
Hola a todos.

No se si me podeis ayudar, pero tengo los apuntes de PONDER y aparte de la PI que ya lo tenía claro, me falta del capitulo 6 (de momento, porque voy faltal con esta asignatura) el apartado 4. LA PROTECCION DE LA POSESION. No se si es una parte nueva de este año o que no enraba en anteriores. Bueno, si lo sabeis os agradecería la información
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: dieguito7 en 15 de Diciembre de 2016, 11:06:28 am
hola a todos¡¡

Yo al final también me he animado con Civil III, a ver como se da¡¡

Alguién tiene apuntes??

un saludo
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: MORDEKAY en 07 de Enero de 2017, 15:41:23 pm


Derecho Civil III: Temas en clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120098.0)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Pejurudu en 08 de Enero de 2017, 20:42:46 pm
gracias, espero que ayude para repasar, saludos.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: piñeiro en 08 de Enero de 2017, 21:34:54 pm
Podeis poner las plantillas de las respuestas de septiembre y reserva del año pasado, no las ecuentro. Muchas gracias
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Pejurudu en 11 de Enero de 2017, 00:11:02 am
Dado que el examen es tipo test, una pregunta que llevo dándole a la cabeza, se tiene que utilizar algún tipo de lápiz o bolígrafo especial, gracias y saludos.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Antonywf en 12 de Enero de 2017, 11:26:05 am
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Dado que el examen es tipo test, una pregunta que llevo dándole a la cabeza, se tiene que utilizar algún tipo de lápiz o bolígrafo especial, gracias y saludos.

Bolígrafo azul o negro. ROJO NO:

Rellenar bien la casilla y ya está. Yo siempre, si voy bien de tiempo, lo hago en una hoja en "sucio" y después cuando lo tenga todo claro lo paso a la hoja de lectura óptica.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: MDMSG en 19 de Enero de 2017, 14:10:10 pm
¿Habeis visto esto que figura en alf?

RECUERDEN SOBRE LA CONFIGURACIÓN DEL EXAMEN TIPO TEST QUE CONSTITUYE LA PRUEBA DE EVALUACIÓN

1) El examen tipo test se compone de 23 preguntas. La razón de incluir las preguntas 21, 22 y 23 es para que se puedan utilizar por dicho orden en el caso de que se anule alguna de las 20 primeras. Así cada pregunta correctamente contestada valdrá siempre 0,5.

2) Tres ponderaciones  se han introducido en la nota final para compensar la falta de subjetividad del examen tipo test: De 4,5 a 4,9 se entiende 5 aprobado; de 6,5 a 6,9 se entiende 7 notable; de 8,5 a 8,9 se entiende 9 sobresaliente.

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 19 de Enero de 2017, 14:15:38 pm
Siii, se aprueba con 4,5, no está nada mal! Contestandolas todas habría que acertar 13 (respondiendo mal 7), lo que sería un 4,6.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Fertrillop en 19 de Enero de 2017, 14:32:13 pm
Podían otros departamentos copiar este sistema!!  :D :D :D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: MDMSG en 19 de Enero de 2017, 14:43:43 pm
Por cierto han preguntado esto en el foro de la asignatura

Buenos días:

Tengo una duda respecto la solución que ofrece la catedra a esta pregunta de examen:

La copropiedad no obliga a los copropietarios a permanecer en copropiedad de forma indefinida

a) Salvo que haya pacto de indivisión indefinida

b) Salvo que la cosa común sea objetiva o funcionalmente indivisible

c) En ningún supuesto

Como solución se nos indica la respuesta b).

En mi opinión es la c).

Mi razonamiento es el siguiente:

Según artículo 400 C.C. "Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común."

Es verdad que artículo 401 C.C. dice: "Sin embargo, de lo dispuesto en el artículo anterior, los copropietarios no podrán exigir la división de la cosa común cuando de hacerla resulte inservible para el uso a que se destina."

No obstante en artículo 404 C.C. se dice: "Cuando la cosa fuere esencialmente indivisible, y los condueños no convinieren en que se adjudique a uno de ellos indemnizando a los demás, se venderá y repartirá su precio."

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Catamaran en 19 de Enero de 2017, 18:40:47 pm
Buenas tardes!

Donde se pueden encontrar las respuestas a los tests de septiembre de 2016?, no las encuentro por ningún sitio.

Gracias a todos y buena suerte.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ESPLENDIDO en 19 de Enero de 2017, 20:51:45 pm
Título del test:
Derecho Civil III Derechos Reales e Hipotecario (uned)

Descripción:
-->>Exámenes <<--

Autor:
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
01/12/2016

Categoría:
Otros

                                                      REALIZAR TEST

http://www.daypo.com/derecho-civil-iii-derechos-reales-e-hipotecario-uned.html

Suerte a todos/as.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 19 de Enero de 2017, 22:33:21 pm
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Título del test:
Derecho Civil III Derechos Reales e Hipotecario (uned)

Descripción:
-->>Exámenes <<--

Autor:
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
01/12/2016

Categoría:
Otros

                                                      REALIZAR TEST

http://www.daypo.com/derecho-civil-iii-derechos-reales-e-hipotecario-uned.html

Suerte a todos/as.

como tu propio nombre indica, eres ESPLENDIDO!!!!!  :D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: alhakem en 21 de Enero de 2017, 02:55:05 am
buenas noches¡

Alguien tiene las respuestas de septiembre 16 y el de reserva de ese año, no las encuentro por ningún lado.... :-\ :-\ se lo agradecería enormemente, se que estamos ya a las puertas de los exámenes pero... Gracias de todas maneras.

Un saludo.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: MDMSG en 21 de Enero de 2017, 11:29:10 am
Tengo estas pero están sin confirmar.

Septiembre: 1c2c3c4a5c6a7b8b10c11c12a13b14b15a16b17c18a19b20c21b22b23b

Insisto, estan sin confirmar

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: alhakem en 22 de Enero de 2017, 12:04:23 pm
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Tengo estas pero están sin confirmar.

Septiembre: 1c2c3c4a5c6a7b8b10c11c12a13b14b15a16b17c18a19b20c21b22b23b

Insisto, estan sin confirmar

Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Puar en 22 de Enero de 2017, 16:20:22 pm
¿Se puede llevar el programa de la asignatura al examen?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: MDMSG en 22 de Enero de 2017, 16:39:21 pm
En examenes de otros años pone que no se permite el programa ni ningún material auxiliar.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Puar en 22 de Enero de 2017, 16:43:29 pm
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En examenes de otros años pone que no se permite el programa ni ningún material auxiliar.
Gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: manuels en 22 de Enero de 2017, 18:19:26 pm
Buenas tardes, alguien tiene las plantillas de respuestas correctas de septiembre y reserva de 2016? yo tampoco las encuentro por ningún lado.

Un saludo
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Chema_Lcg en 22 de Enero de 2017, 20:38:17 pm
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Tengo estas pero están sin confirmar.

Septiembre: 1c2c3c4a5c6a7b8b10c11c12a13b14b15a16b17c18a19b20c21b22b23b

Insisto, estan sin confirmar

Falta la 9B

Yo lo tengo apuntado a mano del año pasado y coincide todo.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Puar en 23 de Enero de 2017, 18:38:13 pm
Gente una duda, ¿vosotros soléis estudiaros también los textos de letra pequeña del manual o no son importantes? Gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: alhakem en 24 de Enero de 2017, 12:35:44 pm
Una duda, es del examen de reserva septiembre 2016, se que estamos muy liados pero la lanzó.

El derecho de retracto permite:

A) adquirir preferentemente una cosa que ha sido enajenada por el mismo precio.

B) adquirir preferentemente una cosa que va a ser enajenada con un precio mayor que el tercero que va a comprarla.

C) adquirir preferentemente una cosa que va a ser enajenada al mismo precio mayor que va a pagar el tercero.

Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jmmg en 24 de Enero de 2017, 12:58:17 pm
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Una duda, es del examen de reserva septiembre 2016, se que estamos muy liados pero la lanzó.

El derecho de retracto permite:

A) adquirir preferentemente una cosa que ha sido enajenada por el mismo precio.

B) adquirir preferentemente una cosa que va a ser enajenada con un precio mayor que el tercero que va a comprarla.

C) adquirir preferentemente una cosa que va a ser enajenada al mismo precio mayor que va a pagar el tercero.

Gracias

La respuesta es la c...aunque en el enunciado sobra la palabra "mayor"...

C) adquirir preferentemente una cosa que va a ser enajenada al mismo precio que va a pagar el tercero.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: MDMSG en 24 de Enero de 2017, 13:03:00 pm
Para mi es la A, hasta donde yo se, el dº de retracto es posterior a la enajenación, el que es anterior es el dº de tanteo por tanto yo me inclino por la primera.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 24 de Enero de 2017, 13:05:17 pm
Quien va hoy? Yo si  :D :D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: alhakem en 24 de Enero de 2017, 13:17:39 pm
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Para mi es la A, hasta donde yo se, el dº de retracto es posterior a la enajenación, el que es anterior es el dº de tanteo por tanto yo me inclino por la primera.

Yo opino casi igual,  pero de ahí la duda...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: MDMSG en 24 de Enero de 2017, 13:31:41 pm
En la A dice ha sido enajenada, en las otras dos va a ser enajenada.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 14:13:35 pm
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Yo opino casi igual,  pero de ahí la duda...

Es la A    Retracto -> ya ha sido enajenada
              Tanteo -> va a ser enajenada
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jmmg en 24 de Enero de 2017, 15:02:27 pm
Teneis razón es la A)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: cjordana en 24 de Enero de 2017, 15:33:21 pm
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Quien va hoy? Yo si  :D :D

Yo también voy hoy. Mucha suerte, Machini  :) :)

Luego comentamos si quieres
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 24 de Enero de 2017, 16:41:48 pm
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Quien va hoy? Yo si  :D :D

Yo también voy hoy. He terminado de estudiar, ahora entro en estado zen ;D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 24 de Enero de 2017, 17:05:13 pm
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Yo también voy hoy. He terminado de estudiar, ahora entro en estado zen ;D
Pues yo estoy cualquier cosa menos zen, mi vecino ha decidido liarse a martillazos con la pared de mi estudio justo hoy, se ha llevado varias horas dando tales golpes que me vibraba hasta la mesa... Ahora por fin ha parado pero ya tengo un dolor de cabeza bestia.  >:(
Encima ni cambiar de habitación me servía, se oía por toda la casa y en plena hora de la siesta (que aquí en Sevilla es sagrada) jajaja.

Ya llevaba varios días raspa que raspa (a saber qué estará haciendo) pero aunque molesto el raspa-raspa todavía podía ignorarlo...  >:(

Suerteee!!!  :)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 24 de Enero de 2017, 17:05:20 pm
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Tengo estas pero están sin confirmar.

Septiembre: 1c2c3c4a5c6a7b8b10c11c12a13b14b15a16b17c18a19b20c21b22b23b

Insisto, estan sin confirmar

¡¡Muchas gracias!!

Eso sí, creo que te has saltado un cacho al copiarlo, puesto que 8 yo creo que es la A y falta entonces la 9B como ya han dicho antes.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 24 de Enero de 2017, 17:06:22 pm
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Pues yo estoy cualquier cosa menos zen, mi vecino ha decidido liarse a martillazos con la pared de mi estudio justo hoy, se ha llevado varias horas dando tales golpes que me vibraba hasta la mesa... Ahora por fin ha parado pero ya tengo un dolor de cabeza bestia.  >:(
Encima ni cambiar de habitación me servía, se oía por toda la casa y en plena hora de la siesta (que aquí en Sevilla es sagrada) jajaja.

Ya llevaba varios días raspa que raspa (a saber qué estará haciendo) pero aunque molesto el raspa-raspa todavía podía ignorarlo...  >:(

Suerteee!!!  :)

Qué ganas de asesinarlo :P ;D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 24 de Enero de 2017, 17:12:55 pm
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Qué ganas de asesinarlo :P ;D
Me he planteado acercarme a hablar con él educadamente pero es el típico señor obrero de profesión (lo cual no quiere decir nada porque los hay muy instruidos pero no es el caso) que no ha pisado una universidad en su vida ni creo que entienda bien qué es un examen o qué me estoy jugando por lo que se habría reído un poco en mi cara creo yo. Así que al final me he puesto música y me he acabado mareando. Ahora con el paseito hasta el CA se me pasa seguro  :)
Perdón por el off topic pero tenía que quejarme o me daba un algo ya.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Puar en 24 de Enero de 2017, 17:39:51 pm
Hola! ¿Alguien me podría aclarar en qué consiste exactamente un tercero hipotecario? No logro comprenderlo muy bien... Gracias!
Por lo demás mucha suerte a los valientes que se presenten hoy! ;)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 24 de Enero de 2017, 19:21:39 pm
El examen ha sido un poco raro... ahora cuando llegue a csa lo subo. Tenía faltas de ortografía y coherencia... señala cuáles y tres opciones en singular. Como que cuáles? Para liarnos mas...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pitu448 en 24 de Enero de 2017, 19:31:53 pm
¿Cómo ha ido el examen?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 24 de Enero de 2017, 19:51:16 pm
https://www.dropbox.com/sh/leh2n0w8k9c416m/AABIhV2DvizLK25rBjzumukAa?dl=0

A mi me ha ido bastante mal, me he confiado y luego no tenía ni idea.
Algún alma caritativa puede comprobar las respuestas? Mañan tengo examen a las 9 de Instituciones y a las 11 y media de Constitucional II y me tengo que poner a estudiar pero no paro de darle vueltas a lo mal que me ha salido este  :-[
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 24 de Enero de 2017, 19:58:30 pm
A mí me ha salido mal. He aprobado todos los test que hay colgados en internet de la asignatura y el de hoy ha sido el más difícil y retorcido que me he echado a la cara. Sabiendo la teoría he dudado en varias preguntas entre dos respuestas.  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: warlok99 en 24 de Enero de 2017, 20:01:45 pm
Yo tb he dudado en muchas, la verdad es que el test se las traia.

Aunque coincido con muchas respuestas de Machini.

Saludos,
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Castelao en 24 de Enero de 2017, 20:03:22 pm
Hay que ver este departamento cuanto le gusta chapucear en los exámenes. Todos los años acaban anulando preguntas.

Sobre la pregunta 6, de de Luis y Manolo, las opciones A y B no vienen a decir lo mismo?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: voaberto en 24 de Enero de 2017, 20:06:26 pm
Ha sido infumable, que sentido tendrá hacer imposible lo difícil
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 24 de Enero de 2017, 20:15:35 pm
Ya, parece que el examen está hecho en 5 minutos vamos...
Alguien puede poner sus respuestas o al menos las que estén más o menos claras?  :'(
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 24 de Enero de 2017, 20:16:03 pm
Yo tengo el tipo A, pero mayoritariamente coincido también con Machini. Ahora las subo.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: voaberto en 24 de Enero de 2017, 20:17:22 pm
Sobre el tema del derecho de retracto, la fecha obedece a mucha mala leche...

El derecho de tanteo y retracto ha sido irrenunciable para los contratos celebrados antes del 6 de junio de 2013, fecha de entrada en vigor de la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas. A partir de dicha fecha, se puede pactar la renuncia en el contrato de arrendamiento. Aún así, el propietario está obligado a comunicar su intención de vender la vivienda con una antelación mínima de treinta días a la fecha de formalización del contrato de compraventa.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 24 de Enero de 2017, 20:28:20 pm
Mis respuestas (OJO, NO SON OFICIALES, TIENEN ERRORES)

Tipo A
1B 2B 3? 4C 5C 6C 7A 8C 9C 10A 11A 12A 13C 14C 15A 16? 17B 18A 19A 20C --- 21C 22B 23C

Tipo B
1B 2A 3A 4A 5A 6C 7? 8C 9C 10C 11B 12A 13? 14B 15C 16C 17C 18C 19A 20C --- 21C 22B 23C


Si no me he equivocado con las equivalencias ???
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Saber en 24 de Enero de 2017, 20:43:11 pm
Yo en las de reserva 21 c 22 b 23 c, en todas las demas he respondido igual que Machini excepto en la 6 que he puesto la a, en la 1 a y en la de manolo y luis que ni recuerdo ya que he puesto.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 24 de Enero de 2017, 20:56:43 pm
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Mis respuestas (OJO, NO SON OFICIALES, TIENEN ERRORES)

Tipo A
1B 2B 3? 4C 5C 6C 7A 8C 9C 10A 11A 12A 13C 14C 15A 16? 17B 18A 19A 20C --- 21C 22B 23C

Tipo B
1B 2A 3A 4A 5A 6C 7? 8C 9C 10C 11B 12A 13? 14B 15C 16C 17C 18C 19A 20C --- 21C 22B 23C


Si no me he equivocado con las equivalencias ???

Uf si están bien genial. Las dos con interrogación me las he contado como mal para no pillarme los dedos y aún así saco un 6,5 así que aunque cambien un poco las respuestas oficiales creo que voy bien  :D :D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Telepinu en 24 de Enero de 2017, 20:59:59 pm
Yo no voy a cabrearme por este examen (que en la vida hay muchas cosas importantes), pero ha sido muy difícil. Además, me da que al menos 2 preguntas las van a anular.  >:(
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 24 de Enero de 2017, 21:00:10 pm
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Sobre la pregunta 6, de de Luis y Manolo, las opciones A y B no vienen a decir lo mismo?
Creo que no, la A dice básicamente poner el reloj a cargo de otro. La B que le rebaje el crédito.

Sin embargo yo creo que la de Juan y su paraguas es anulable, para no perder la costumbre. La B y la C, para mí, son ciertas.

Y la de la madre y los hijos, he estado dando mil vueltas. Porque la A en sí no está mal, pero si tenemos en cuenta lo que puede dar de sí la B, entonces no siempre va a poder tomar todas las decisiones. A saber lo que corregirán...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Laura-105 en 24 de Enero de 2017, 21:07:20 pm
A mi también me ha parecido lioso y rebuscado. He hecho el tipo B. Os dejo mis respuestas.

1-c(esa la tengo mal seguro)creo que es la B
2-A
3-A
4-c
5-A
6-A
7-B(esa tambien la tengo mal seguro)creo que es A
8-no he contestado
9-C
10-A
11-B
12-A
13-C
14-B
15-C
16-C (es la del paraguas y he dudado mucho creo que esta mal)
17-C
18-A(también he dudado mucho no se si esta bien)
19-A
20- no he contestado

21-c
22-b
23-a

Están comprobadas muy por encima. Así que pueden estar mal muchas más.


Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: rrrivas en 24 de Enero de 2017, 21:07:34 pm
Corregidme si me equivoco pero el derecho de usufructo si ed hipotecable. Al menos asi viene recogido en el art 107.1 de la LH.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Castelao en 24 de Enero de 2017, 21:09:56 pm
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Creo que no, la A dice básicamente poner el reloj a cargo de otro. La B que le rebaje el crédito.

Perdón, es la 6 en mi examen. La de Luis y Manolo es la de las fincas:

A) Que como poseedor de mala fe no tiene derecho ni a los frutos pendientes ni a los ya percibidos
B) Que como fue declarado de mala fe durante el juicio, solo tiene que abonar los frutos percibidos y que no tiene derecho a las cosechas pendientes

No sé... yo puse la A, pero es que creo que la B viene a decir mas o menos lo mismo (que no tiene derecho a los frutos percibidos ≈ que tiene que abonarlos). El año pasado tuve mi primer suspenso en la carrera con esta asignatura, saqué la nota justa para aprobar pero anularon una pregunta y fallé la de reserva. Y este año con esta caca, con perdón, de examen, voy a andar ahí otra vez  :'(
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: franrio en 24 de Enero de 2017, 21:11:58 pm
La de las servidumbres de luces y vistas (nº 5 del tipo A), la respuesta correcta es "a) pared propia del predio dominante". Así viene al final del punto 2.2 del capítulo 10.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Telepinu en 24 de Enero de 2017, 21:13:06 pm
Yo creo que la señora no tiene mayoría por tener el 60% de la propiedad, ya que la mayoría ha de ser no solo en cuotas sino también en personas. Por eso he puesto como válida la otra, porque es verdad que, aunque no tenga mayoría, puede boicotear las decisiones (no presentándose a las reuniones, por ejemplo), y por eso es posible que los hijos se vayan en busca del juez. Vamos, que en esa he puesto la b) :-\
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 24 de Enero de 2017, 21:14:08 pm
Coincido contigo Gobbo, me lié totalmente y puse que ambas eran ciertas porque entendí que se combinaba, que la madre puede tomar siempre las decisiones pero q los hijos pueden quejarse... Ahora que vuelvo a leer ese "siempre" me joroba la teoría.

Y el paraguas ni hablemos... "sigue siendo propietario", nadie ha dicho que lo fuera en el enunciado... puede ser otro tipo de poseedor... pero sería la más lógica porque "que ha sido involuntario" no sé yo, es demasiado abierto.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: franrio en 24 de Enero de 2017, 21:14:42 pm
y la pregunta 16 del tipo A, la de la caducidad de la hipoteca, sería la "c)", tal y como dice el punto 11.2 del capítulo 13.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 24 de Enero de 2017, 21:16:55 pm
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Mis respuestas (OJO, NO SON OFICIALES, TIENEN ERRORES)

Tipo A
1B 2B 3? 4C 5C 6C 7A 8C 9C 10A 11A 12A 13C 14C 15A 16? 17B 18A 19A 20C --- 21C 22B 23C

Tipo B
1B 2A 3A 4A 5A 6C 7? 8C 9C 10C 11B 12A 13? 14B 15C 16C 17C 18C 19A 20C --- 21C 22B 23C


Si no me he equivocado con las equivalencias ???

Pues sí que me he equivocado. En ambos test la pregunta 10 es la misma. Con lo que en mis respuestas, la 10 debería ser A en ambos.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 24 de Enero de 2017, 21:18:58 pm
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Pues sí que me he equivocado. En ambos test la pregunta 10 es la misma. Con lo que en mis respuestas, la 10 debería ser A en ambos.

En el tipo B es la 7: La caducidad de la hipoteca...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: franrio en 24 de Enero de 2017, 21:19:15 pm
Con respecto a la pregunta de la madre con el 60%, creo que la correcta es la C). Si os fijais, el enunciado pregunta por los actos de administración, que sólo requieren mayoría para poder ejercer dichos actos. Diferente sería que preguntaran por actos de disposición, que si requieren unanimidad de todas las partes.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 24 de Enero de 2017, 21:21:37 pm
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Con respecto a la pregunta de la madre con el 60%, creo que la correcta es la C). Si os fijais, el enunciado pregunta por los actos de administración, que sólo requieren mayoría para poder ejercer dichos actos. Diferente sería que preguntaran por actos de disposición, que si requieren unanimidad de todas las partes.

El caso es cómo entender el "siempre"... Si se entiende que siempre en todo caso y que los hijos no pueden hacer nada para evitarlo no pueden ser correctas las 2 y sería correcta sólo la B.
Si entendemos que es "siempre" excepto si los hijos acuden al juez pues la C.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 24 de Enero de 2017, 21:22:18 pm
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Perdón, es la 6 en mi examen. La de Luis y Manolo es la de las fincas:

A) Que como poseedor de mala fe no tiene derecho ni a los frutos pendientes ni a los ya percibidos
B) Que como fue declarado de mala fe durante el juicio, solo tiene que abonar los frutos percibidos y que no tiene derecho a las cosechas pendientes

No sé... yo puse la A, pero es que creo que la B viene a decir mas o menos lo mismo (que no tiene derecho a los frutos percibidos ≈ que tiene que abonarlos). El año pasado tuve mi primer suspenso en la carrera con esta asignatura, saqué la nota justa para aprobar pero anularon una pregunta y fallé la de reserva. Y este año con esta caca, con perdón, de examen, voy a andar ahí otra vez  :'(

Ah, ok. Bueno, es que yo he puesto la C. El poseedor no tiene derecho a nada y tiene que devolver todo, incluso lo dejado de percibir, pero desde que el propietario lo pone en vía judicial. Ojo, que hablo de memoria y puede que me deje algo.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: franrio en 24 de Enero de 2017, 21:25:46 pm
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El caso es cómo entender el "siempre"... Si se entiende que siempre en todo caso y que los hijos no pueden hacer nada para evitarlo no pueden ser correctas las 2 y sería correcta sólo la B.
Si entendemos que es "siempre" excepto si los hijos acuden al juez pues la C.

Es que con respecto a los actos de administracion, tal y como dice el enunciado, la madre al ostentar mayoría puede tomar todas las decisiones, pero también los hijos pueden acudir al juez si la madre toma decisiones perjudiciales de forma sistemática, por lo que las 2 respuestas son correctas. Y ojo, te lo digo yo que he contestado la B) en el examen, pero mirándolo ahora me queda claro que es la C).

(capítulo 3, 4.3)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Castelao en 24 de Enero de 2017, 21:30:22 pm
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Ah, ok. Bueno, es que yo he puesto la C. El poseedor no tiene derecho a nada y tiene que devolver todo, incluso lo dejado de percibir, pero desde que el propietario lo pone en vía judicial. Ojo, que hablo de memoria y puede que me deje algo.
Yo no puse esa opción porque entiendo que es toda la posesión la que se declara de mala fe. La pregunta no da más datos para pensar que la resolución de desalojo y la de declaración de mala fe no vayan de la mano, y en esas condiciones entiendo que la respuesta sería la A.

Es decir, para que fuera la C tendría que darse primero una resolución de desalojo, Luis continuar la posesión y ahí ya entraría la mala fe. Pero si se da a entender que se le desaloja por mala fe entonces debería afectar a todo el período en cuestión.


Que no sé, estoy razonando pero puedo equivocarme, no es la típica cabezonería para justificar que es así porque yo lo he puesto así. Es que es una porquería de redacción cuando sabiendo la teoría no eres capaz de aplicarla al ejemplo. Si pasase una vez aún, pero todos los años lo mismo copón.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Castelao en 24 de Enero de 2017, 21:32:25 pm
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Es que con respecto a los actos de administracion, tal y como dice el enunciado, la madre al ostentar mayoría puede tomar todas las decisiones, pero también los hijos pueden acudir al juez si la madre toma decisiones perjudiciales de forma sistemática, por lo que las 2 respuestas son correctas. Y ojo, te lo digo yo que he contestado la B) en el examen, pero mirándolo ahora me queda claro que es la C).

(capítulo 3, 4.3)

Yo estoy igual. He puesto la B por ir corriendo pero estoy convencido de que es la A, lo típico que te das cuenta cuando lo lees otra vez con calma... en casa.  :-[
Perdón por el doble post.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: warlok99 en 24 de Enero de 2017, 21:41:40 pm
Yo puse la B y al final tache y puse la A.

Vaya preguntita...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 24 de Enero de 2017, 21:42:00 pm
Pues yo que he puesto la C ahora creo que no por el "siempre". Espero que la impugnen directamente aunque la tenga bien porque no es justo que uno se equivoque porque redacten tan mal...
las preguntas deberían ser claras sean fáciles o sean difíciles, hay preguntas difíciles y rebuscadas pero que son claras leñe.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: warlok99 en 24 de Enero de 2017, 21:46:01 pm
En la pregunta nº 18 del examen A yo he respondido la B, ya que según leo el deudor puede renunciar...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: rrrivas en 24 de Enero de 2017, 21:47:02 pm
Yo ahora mismo estoy de presidente de la comunidsd y si que se seguro que hay muchas decisiones que tienen que ser por unanimidad por lo de que siempre... yo creo que no puede ser. Me inclino por la B. Desde luego que dificil me ha parecidp.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Angelo_ en 24 de Enero de 2017, 22:03:38 pm
Los actos dispositivos son los que requieren unanimidad, los de administración mayoría. La respuesta correcta es la C porque se pueden dar ambas situaciones: que la madre vote siempre lo que quiera y los hijos hartos de ella acudan al juez.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 22:06:04 pm
Respuestas del TIPO A cotejadas con la página del libro. Ha entrado toda la letra pequeña.

1   B   42
2   B   45
3   C   79
4   A   87
5   A   164
6   C   92
7   A   107
8   C   138
9   C   141
10   A   283
11   A   198
12   B   201
13   C   204
14   A   223
15   A   346
16   C   269
17   B   270
18   A   243
19   A   300
20   C   293
21   C   359
22   B   82
23   C   320
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lidlee en 24 de Enero de 2017, 22:14:07 pm
Yo no estudié por el manual sino por apuntes y completando con internet, concretamente con derecho uned-derecho que creo que debe ser prácticamente calcado al libro, donde en el epígrafe de "administración de la cosa común" dice así:

Se requiere no tanto que haya mayoría numérica de propietarios que voten en un determinado sentido, sino que la suma de las cuotas de los propietarios que voten un acuerdo, sea superior a las cuotas de aquellos que quedan en situación minoritaria (mayoría de cuotas). Así por ejemplo, si una viuda ostenta el 60% de una finca y sus siete hijos se reparten el 40% es obvio que el voto de la viuda será siempre y en todo caso decisivo.

No obstante, ante la eventualidad de que un comunero mayoritario adopte, de forma sistemática, decisiones que se entiendan perjudiciales para el resto de los copropietarios, éstos podrán dirigirse al juez para que provea lo que corresponda, que puede llegar incluso hasta el nombramiento de un administrador, si así se le solicita (art. 398.3.).
Esta misma consecuencia la prevé el encabezamiento del artículo 398.3 "si no resultare mayoría". La consecuencia normativa prevista es aplicable a los casos de empate, pero también en aquellos casos en que la desidia o dejación del comunero (o comuneros) mayoritarios, por cuotas, pretendan provocar la imposibilidad real de administrar la cosa común (por ejemplo, bastaría que la viuda objeto del ejemplo anterior desistiera de votar o de manifestar su voluntad respecto a un acuerdo que el resto de los comuneros, minoritarios, pretendieran adoptar. En tal caso, de no existir el giro "si no resultare mayoría", dejaría de representar el papel de obstáculo, pero simultáneamente provocaría la imposibilidad de adoptar acuerdo alguno).


No sé qué dirá exactamente el libro pero a la vista de esto yo respondí la C, como que ambas son correctas... aunque si los enunciados suscitan tanta duda veo más correcto también que directamente se anule a que se de por válida la A o la B... pero bueno habrá que esperar a las plantillas a ver
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 22:14:25 pm
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Creo que no, la A dice básicamente poner el reloj a cargo de otro. La B que le rebaje el crédito.

Sin embargo yo creo que la de Juan y su paraguas es anulable, para no perder la costumbre. La B y la C, para mí, son ciertas.

Y la de la madre y los hijos, he estado dando mil vueltas. Porque la A en sí no está mal, pero si tenemos en cuenta lo que puede dar de sí la B, entonces no siempre va a poder tomar todas las decisiones. A saber lo que corregirán...

Es la C. Pág 92 del Libro.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 22:15:40 pm
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Yo no estudié por el manual sino por apuntes y completando con internet, concretamente con derecho.uned-derecho.com que creo que debe ser prácticamente calcado al libro, donde en el epígrafe de "administración de la cosa común" dice así:

Se requiere no tanto que haya mayoría numérica de propietarios que voten en un determinado sentido, sino que la suma de las cuotas de los propietarios que voten un acuerdo, sea superior a las cuotas de aquellos que quedan en situación minoritaria (mayoría de cuotas). Así por ejemplo, si una viuda ostenta el 60% de una finca y sus siete hijos se reparten el 40% es obvio que el voto de la viuda será siempre y en todo caso decisivo.

No obstante, ante la eventualidad de que un comunero mayoritario adopte, de forma sistemática, decisiones que se entiendan perjudiciales para el resto de los copropietarios, éstos podrán dirigirse al juez para que provea lo que corresponda, que puede llegar incluso hasta el nombramiento de un administrador, si así se le solicita (art. 398.3.).
Esta misma consecuencia la prevé el encabezamiento del artículo 398.3 "si no resultare mayoría". La consecuencia normativa prevista es aplicable a los casos de empate, pero también en aquellos casos en que la desidia o dejación del comunero (o comuneros) mayoritarios, por cuotas, pretendan provocar la imposibilidad real de administrar la cosa común (por ejemplo, bastaría que la viuda objeto del ejemplo anterior desistiera de votar o de manifestar su voluntad respecto a un acuerdo que el resto de los comuneros, minoritarios, pretendieran adoptar. En tal caso, de no existir el giro "si no resultare mayoría", dejaría de representar el papel de obstáculo, pero simultáneamente provocaría la imposibilidad de adoptar acuerdo alguno).


No sé qué dirá exactamente el libro pero a la vista de esto yo respondí la C, como que ambas son correctas... aunque si los enunciados suscitan tanta duda veo más correcto también que directamente se anule a que se de por válida la A o la B... pero bueno habrá que esperar a las plantillas a ver

El problema es que la mayoría solo afecta a los actos de administración. Para los actos de disposición se requiere unanimidad y el enunciado dice SIEMPRE
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Telepinu en 24 de Enero de 2017, 22:15:53 pm
Salen las plantillas pronto??? :'(
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 22:16:57 pm
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Es la C. Pág 92 del Libro.

Perdón, me refería a la de la posesión de mala fe y los frutos
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 22:19:14 pm
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Corregidme si me equivoco pero el derecho de usufructo si ed hipotecable. Al menos asi viene recogido en el art 107.1 de la LH.

Si. Pero si fallece en accidente se extingue el usufructo. Pág 223
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: franrio en 24 de Enero de 2017, 22:20:10 pm
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El problema es que la mayoría solo afecta a los actos de administración. Para los actos de disposición se requiere unanimidad y el enunciado dice SIEMPRE

No, el enunciado dice "actos de administración", y la respuesta se refiere a "tomar siempre todas las decisiones" con respecto a lo que dice el enunciado de la pregunta, o sea, a los actos de administración.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Angelo_ en 24 de Enero de 2017, 22:21:06 pm
Respuestas contrastadas (tipo B pero pongo enunciados)
1.A: el préstamo hipotecario pagado extingue la oblicación, lo único que resta es la cancelación.
2.A la primera innscripción de fina es la inmatriculación
3.B el ius distrahendi se puede ejercer tanto ante notario (por lo que no siempre) o ante los tribunales
4.A No es causa de adquisición de derechos reales la ocupación
5.A La protección del tercer hipotecario excluye el título gratuito por lo que B y C descartados
6.A Las servidumbres de luces y vistas son negativas so el hueco está en pared propia del predio dominante
7.C La caducidad de hipoteca implica que solo se puede ejecutar durante la vigencia del plazo convenido
8.B No he podido contrastarla, creo que B
9.C el plazo de susucapión finaliza el día antes por todo el día...a las 24h
10.C el retracto para arrendamientos de viviendas de menos de 5 años esta en la LAU y no es renunciable
11.C la madre que tiene el 60% decide siempre y si los hijos no están conformes que acudan al juez
12.A Manolo puede pedir que se constituya depósito
13.C no son susceptibles de posesión las hipotecas (con dudas)
14.B Pacto de conservar la cosa indivisa no mas de 10 años
15.C la hipoteca debe inscribirse para que se constituya
16.A se produce la pérdida total y no está bajo su poder
17.C la publicidad del Registro se puede llevara a cabo por todas las expuestas
18.A El que explota la finca de otro de mala fe. El poseedor de mala fe no tiene derecho ni a los frutos pendientes ni a los ya percibidos. La B dice que "sólo" tiene que abonar los percibidos cuando debería abonar también los dejados de percibir...
19.B poner en conocimiento la cesión del crédito hipotecario es una facultad renunciable del deudor hipotecario
20.C la usucapión ni prospera si no es ininterrumpida la posesión. En los dos supuestos se da la interrupción.
21.C la anotación preventiva es de 4 años prorrogables por otros 4
22.B el mandatario puede aquirir en nombre de tercero (tiene su mandato)
23.C el contrato de obra del acreedor refraccionario se puede inscribir. Documentos privados y públicos no son exclusivos

Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: manoterio en 24 de Enero de 2017, 22:23:28 pm
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Respuestas del TIPO A cotejadas con la página del libro. Ha entrado toda la letra pequeña.

1   B   42
2   B   45
3   C   79
4   A   87
5   A   164
6   C   92
7   A   107
8   C   138
9   C   141
10   A   283
11   A   198
12   B   201
13   C   204
14   A   223
15   A   346
16   C   269
17   B   270
18   A   243
19   A   300
20   C   293
21   C   359
22   B   82
23   C   320

De acuerdo en todas menos en la 18, creo que es la C, ya que el deudor hipotecario SÍ puede renunciar voluntariamente a la cesión del crédito hipotecario. Lo he estado buscando y en la página de una jurista he encontrado lo siguiente: (...)[i]"En la práctica, se encuentra muy extendido la inclusión en la constitución del crédito hipotecario de la renuncia por parte del deudor a la notificación de la posible de cesión del crédito; renuncia, que negociada individualmente entre las partes no plantea problemas de validez (...)".[/i]
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 22:24:42 pm
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Es que con respecto a los actos de administracion, tal y como dice el enunciado, la madre al ostentar mayoría puede tomar todas las decisiones, pero también los hijos pueden acudir al juez si la madre toma decisiones perjudiciales de forma sistemática, por lo que las 2 respuestas son correctas. Y ojo, te lo digo yo que he contestado la B) en el examen, pero mirándolo ahora me queda claro que es la C).

(capítulo 3, 4.3)

Coño, es verdad... dice actos de administración.... Pues la cagué es la C sin duda.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Angelo_ en 24 de Enero de 2017, 22:25:25 pm
8.B No he podido contrastarla, creo que B

Es la A, contrastada por fernanpa:
Si. Pero si fallece en accidente se extingue el usufructo. Pág 223
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 22:25:51 pm
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De acuerdo en todas menos en la 18, creo que es la C, ya que el deudor hipotecario SÍ puede renunciar voluntariamente a la cesión del crédito hipotecario. Lo he estado buscando y en la página de una jurista he encontrado lo siguiente: (...)[i]"En la práctica, se encuentra muy extendido la inclusión en la constitución del crédito hipotecario de la renuncia por parte del deudor a la notificación de la posible de cesión del crédito; renuncia, que negociada individualmente entre las partes no plantea problemas de validez (...)".[/i]

Corrijo

1   C   42
2   B   45
3   C   79
4   A   87
5   A   164
6   C   92
7   A   107
8   C   138
9   C   141
10   A   283
11   A   198
12   B   201
13   C   204
14   A   223
15   A   346
16   C   269
17   B   270
18   A   243
19   A   300
20   C   293
21   C   359
22   B   82
23   C   320
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: franrio en 24 de Enero de 2017, 22:28:22 pm
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Si. Pero si fallece en accidente se extingue el usufructo. Pág 223

Joder, que alguien me explique entonces el art. 108.2:



Artículo 108

No se podrán hipotecar:

    1.º Las servidumbres, a menos que se hipotequen juntamente con el predio dominante, y exceptuándose, en todo caso, la de aguas, la cual podrá ser hipotecada.
    2.º Los usufructos legales, excepto el concedido al cónyuge viudo por el Código Civil.
    3.º El uso y la habitación.

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 22:28:35 pm
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De acuerdo en todas menos en la 18, creo que es la C, ya que el deudor hipotecario SÍ puede renunciar voluntariamente a la cesión del crédito hipotecario. Lo he estado buscando y en la página de una jurista he encontrado lo siguiente: (...)[i]"En la práctica, se encuentra muy extendido la inclusión en la constitución del crédito hipotecario de la renuncia por parte del deudor a la notificación de la posible de cesión del crédito; renuncia, que negociada individualmente entre las partes no plantea problemas de validez (...)".[/i]

Tienes razón Pág 243 más adelante lo confirma. La C queda así

1   C   42
2   B   45
3   C   79
4   A   87
5   A   164
6   C   92
7   A   107
8   C   138
9   C   141
10   A   283
11   A   198
12   B   201
13   C   204
14   A   223
15   A   346
16   C   269
17   B   270
18   C   243
19   A   300
20   C   293
21   C   359
22   B   82
23   C   320
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 22:35:12 pm
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Joder, que alguien me explique entonces el art. 108.2:



Artículo 108

No se podrán hipotecar:

    1.º Las servidumbres, a menos que se hipotequen juntamente con el predio dominante, y exceptuándose, en todo caso, la de aguas, la cual podrá ser hipotecada.
    2.º Los usufructos legales, excepto el concedido al cónyuge viudo por el Código Civil.
    3.º El uso y la habitación.

Pero también hay usufructos voluntarios >:(
Yo espero que anulen alguna porque he perdido 1,4 puntos ya  :'(
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 22:37:38 pm
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Yo no voy a cabrearme por este examen (que en la vida hay muchas cosas importantes), pero ha sido muy difícil. Además, me da que al menos 2 preguntas las van a anular.  >:(

Dios te oiga y que sean las que he fallado
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: rrrivas en 24 de Enero de 2017, 22:42:05 pm
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Si. Pero si fallece en accidente se extingue el usufructo. Pág 223

Si eso he contestado yo.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: kekeyo en 24 de Enero de 2017, 22:46:50 pm
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Pero también hay usufructos voluntarios >:(
Yo espero que anulen alguna porque he perdido 1,4 puntos ya  :'(

Y tampoco dice si es viuda o no
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 22:54:26 pm
Tipo A cotejadas y con pág de manual

1   C   42   la madre que tiene el 60% decide siempre y si los hijos no están conformes que acudan al juez
2   B   45   Pacto de conservar la cosa indivisa no mas de 10 años
3   C   79   no son susceptibles de posesión las hipotecas
4   A   87   se produce la pérdida total y no está bajo su poder
5   A   164   Las servidumbres de luces y vistas son negativas so el hueco está en pared propia del predio dominante
6   C   92   El que explota la finca de otro de mala fe.
7   A   107   No es causa de adquisición de derechos reales la ocupación
8   C   138   la usucapión ni prospera si no es ininterrumpida la posesión. En los dos supuestos se da la interrupción.
9   C   141   el plazo de susucapión finaliza el día antes por todo el día...a las 24h
10   A   283   el retracto para arrendamientos de viviendas de menos de 5 años esta en la LAU y es renunciable
11   A   198   Manolo puede pedir que se constituya depósito
12   B   201   el ius distrahendi se puede ejercer tanto ante notario (por lo que no siempre) o ante los tribunales
13   C   204   la hipoteca debe inscribirse para que se constituya
14   A   223   La hipoteca se extingue con la muerte accidental
15   A   346   La protección del tercer hipotecario excluye el título gratuito por lo que B y C descartados
16   C   269   La caducidad de hipoteca implica que solo se puede ejecutar durante la vigencia del plazo convenido
17   B   270   el préstamo hipotecario pagado extingue la oblicación, lo único que resta es la cancelación
18   C   243   poner en conocimiento la cesión del crédito hipotecario
19   A   300   a primera innscripción de fina es la inmatriculación
20   C   293   la publicidad del Registro se puede llevara a cabo por todas las expuestas
21   C   359   la anotación preventiva es de 4 años prorrogables por otros 4
22   B   82   el mandatario puede aquirir en nombre de tercero
23   C   320   l contrato de obra del acreedor refraccionario se puede inscribir. Documentos privados y públicos no son exclusivos
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: warlok99 en 24 de Enero de 2017, 23:09:08 pm
En la pregunta nº 6, la respuesta C pone ''Y no los anteriores... Cuando si es de mala fe, deberá abonar los pendientes y los que hubiera obtenido anteriormente.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 23:14:36 pm
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Tipo A cotejadas y con pág de manual

1   C   42   la madre que tiene el 60% decide siempre y si los hijos no están conformes que acudan al juez
2   B   45   Pacto de conservar la cosa indivisa no mas de 10 años
3   C   79   no son susceptibles de posesión las hipotecas
4   A   87   se produce la pérdida total y no está bajo su poder
5   A   164   Las servidumbres de luces y vistas son negativas so el hueco está en pared propia del predio dominante
6   C   92   El que explota la finca de otro de mala fe.
7   A   107   No es causa de adquisición de derechos reales la ocupación
8   C   138   la usucapión ni prospera si no es ininterrumpida la posesión. En los dos supuestos se da la interrupción.
9   C   141   el plazo de susucapión finaliza el día antes por todo el día...a las 24h
10   A   283   el retracto para arrendamientos de viviendas de menos de 5 años esta en la LAU y es renunciable
11   A   198   Manolo puede pedir que se constituya depósito
12   B   201   el ius distrahendi se puede ejercer tanto ante notario (por lo que no siempre) o ante los tribunales
13   C   204   la hipoteca debe inscribirse para que se constituya
14   A   223   La hipoteca se extingue con la muerte accidental
15   A   346   La protección del tercer hipotecario excluye el título gratuito por lo que B y C descartados
16   C   269   La caducidad de hipoteca implica que solo se puede ejecutar durante la vigencia del plazo convenido
17   B   270   el préstamo hipotecario pagado extingue la oblicación, lo único que resta es la cancelación
18   C   243   poner en conocimiento la cesión del crédito hipotecario
19   A   300   a primera innscripción de fina es la inmatriculación
20   C   293   la publicidad del Registro se puede llevara a cabo por todas las expuestas
21   C   359   la anotación preventiva es de 4 años prorrogables por otros 4
22   B   82   el mandatario puede aquirir en nombre de tercero
23   C   320   l contrato de obra del acreedor refraccionario se puede inscribir. Documentos privados y públicos no son exclusivos

Respecto a la 17 leyendo el manual las preguntas y tal creo que la respuesta es la A

Acreedor y deudor hipotecario dan por pagada la obligación asegurada con la hipoteca:

a) Queda extinguida la obligación Ope legis (por mandato de la ley)   SI Art. 1156 CC
b) Solo quedará extinguida si dicho convenio se inscribe en el registro NO, simplemente no afecta a terceros su nos inscripción pág 270
c) Solo queda extinguida la obligación si notificaron fehacientemente...  NO
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 23:16:13 pm
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En la pregunta nº 6, la respuesta C pone ''Y no los anteriores... Cuando si es de mala fe, deberá abonar los pendientes y los que hubiera obtenido anteriormente.

Lee la letra pequeña de la pág de manual... Según reiterada doctrina del TS no se considera a nadie de mala fe hasta que no se le considera judicialmente así que solo paga los frutos desde la interposición de la demanda.... :-[   Han ido a pillar...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 24 de Enero de 2017, 23:44:28 pm
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Y tampoco dice si es viuda o no

Es que si encima es viuda ya le cae todo  :P
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: SADPIM en 25 de Enero de 2017, 00:03:16 am
la 12 es literlamente el notario segun la jurisdiccion voluntaria
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: SADPIM en 25 de Enero de 2017, 00:05:29 am
    
Artículo 1872

El acreedor a quien oportunamente no hubiese sido satisfecho su crédito, podrá proceder por ante Notario a la enajenación de la prenda. Esta enajenación habrá de hacerse precisamente en subasta pública y con citación del deudor y del dueño de la prenda en su caso. Si en la primera subasta no hubiese sido enajenada la prenda, podrá celebrarse una segunda con iguales formalidades; y, si tampoco diere resultado, podrá el acreedor hacerse dueño de la prenda. En este caso estará obligado a dar carta de pago de la totalidad de su crédito.
Si la prenda consistiere en valores cotizables, se venderán en la forma prevenida por el Código de Comercio.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: SADPIM en 25 de Enero de 2017, 00:07:08 am
es decir, podrá proceder ante Notario. Notario por tanto siempre, porque es el primer presupuesto del articulo.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: SADPIM en 25 de Enero de 2017, 00:08:44 am
El marco reglamentario debía haber sido el articulo 220 del Reglamento Notarial (RN) introducido por la reforma de 2007 y anulado posteriormente por STS de 20 de mayo de 2008. Pero, pese a este panorama legislativo, con cautelas, es posible realizar ante notario subasta de bienes dirigida a una venta extrajudicial. Esencialmente, el artículo 1872 del CC señala que el procedimiento de ejecución se desarrollará ante notario y en pública subasta.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 25 de Enero de 2017, 00:26:33 am
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Artículo 1872

El acreedor a quien oportunamente no hubiese sido satisfecho su crédito, podrá proceder por ante Notario a la enajenación de la prenda. Esta enajenación habrá de hacerse precisamente en subasta pública y con citación del deudor y del dueño de la prenda en su caso. Si en la primera subasta no hubiese sido enajenada la prenda, podrá celebrarse una segunda con iguales formalidades; y, si tampoco diere resultado, podrá el acreedor hacerse dueño de la prenda. En este caso estará obligado a dar carta de pago de la totalidad de su crédito.
Si la prenda consistiere en valores cotizables, se venderán en la forma prevenida por el Código de Comercio.

Ojalá tengas razón porque es lo que yo puse pero luego leyendo el libro indica que si han elevado a público la prenda puede acudir al juicio ejecutivo .... :-[     
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: SADPIM en 25 de Enero de 2017, 00:38:33 am
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Ojalá tengas razón porque es lo que yo puse pero luego leyendo el libro indica que si han elevado a público la prenda puede acudir al juicio ejecutivo .... :-[   

es mi interpretacion, pero como nosotros no somos nadie seran al final ellos quien decidan, para mi ambas son validas , porque ninguna dice nada que no diga ni el codigo de comercio ni el codigo civil, pero coño, no se puede ser asi, pon preguntas jodidas, pero da respuesta clara ostia, que al final ha habido no menos de 5 al borde, para mi por cierto la 18 la anulan por lo de perpetuo....
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Angelo_ en 25 de Enero de 2017, 00:46:59 am
Lee la letra pequeña de la pág de manual... Según reiterada doctrina del TS no se considera a nadie de mala fe hasta que no se le considera judicialmente así que solo paga los frutos desde la interposición de la demanda.... :-[   Han ido a pillar..



Pues si, que mala leche... :-\ :-\ :-\
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Angelo_ en 25 de Enero de 2017, 00:51:13 am
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El marco reglamentario debía haber sido el articulo 220 del Reglamento Notarial (RN) introducido por la reforma de 2007 y anulado posteriormente por STS de 20 de mayo de 2008. Pero, pese a este panorama legislativo, con cautelas, es posible realizar ante notario subasta de bienes dirigida a una venta extrajudicial. Esencialmente, el artículo 1872 del CC señala que el procedimiento de ejecución se desarrollará ante notario y en pública subasta.
Me temo que el CC dice que "podrá proceder por ante Notario" y por otra parte la LEC admite la ejecución fundada en un título, en este caso la escritura pública del contrato de prenda, por lo que existen las dos alternativas y no únicamente la del Notario...

Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Tasio en 25 de Enero de 2017, 01:05:59 am
Cual es la correcta en la 10 del tipo B ? " El retracto en un contrato de arrendamiento de vivienda suscrito en febrero de 2014...

A) se ecuentra reconocido ex lege, incluso si las partes no lo reseñan en el contenido

B) no es renunciable

C) Ambas respuestas a) y b) son crorectas

Gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 25 de Enero de 2017, 01:38:46 am
Pues al final el tipo A queda así....
1   C   42   la madre que tiene el 60% decide siempre y si los hijos no están conformes que acudan al juez
2   B   45   Pacto de conservar la cosa indivisa no mas de 10 años
3   C   79   no son susceptibles de posesión las hipotecas
4   A   87   se produce la pérdida total y no está bajo su poder
5   A   164   Las servidumbres de luces y vistas son negativas so el hueco está en pared propia del predio dominante
6   C   92   El que explota la finca de otro de mala fe.
7   A   107   No es causa de adquisición de derechos reales la ocupación
8   C   138   la usucapión ni prospera si no es ininterrumpida la posesión. En los dos supuestos se da la interrupción.
9   C   141   el plazo de susucapión finaliza el día antes por todo el día...a las 24h
10   A   283   el retracto para arrendamientos de viviendas de menos de 5 años esta en la LAU y es renunciable
11   A   198   Manolo puede pedir que se constituya depósito
12   B   201   el ius distrahendi se puede ejercer tanto ante notario (por lo que no siempre) o ante los tribunales
13   C   204   la hipoteca debe inscribirse para que se constituya
14   A   223   La hipoteca se extingue con la muerte accidental
15   A   346   La protección del tercer hipotecario excluye el título gratuito por lo que B y C descartados
16   C   269   La caducidad de hipoteca implica que solo se puede ejecutar durante la vigencia del plazo convenido
17   A   270   el préstamo hipotecario pagado extingue la obligación
18   C   243   poner en conocimiento la cesión del crédito hipotecario
19   A   300   a primera innscripción de fina es la inmatriculación
20   C   293   la publicidad del Registro se puede llevara a cabo por todas las expuestas
21   C   359   la anotación preventiva es de 4 años prorrogables por otros 4
22   B   82   el mandatario puede aquirir en nombre de tercero
23   C   320   l contrato de obra del acreedor refraccionario se puede inscribir. Documentos privados y públicos no son exclusivos

Estoy remirando y parece que no hay ninguna fuera de temario  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 25 de Enero de 2017, 01:58:44 am
Le he estado dando vueltas al 6 releyendo lo que dice el manual. Se refiere a lo que dice el 451.1 y que los abogados deben esforzarse en acreditar la mala fe porque si no se les aplicará éste y dice:
"Bajo tales presupuestos, aunque finalmente los actores consigan la posesión de los bienes reclamados, la mala fe del poseedor demandado sólo podrá establecerse a partir del momento de la presentación de la correspondiente demanda....."

Pero tal supuesto no aparece en la pregunta: "Desconociendo Manolo que Luis, un vecino suyo del pueblo, venía explotando sus fincas hace ya dos años, consigue su desalojo en abril cuando estaba pendiente de recoger la cosecha de tomates de mayo, por lo que Luis se la reclama. Se enredan las cosas y se llega al TS ¿Cuál cree habrá sido la posición del TS?"

Creo que ésta podemos darla por confusa fácilmente. ¿Una menos?  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 25 de Enero de 2017, 02:06:07 am
Y la 12 dice "El ius distraendi de la cosa pignorada habrá de realizarse...."
a) siempre ante notario en subasta pública       -------> Pero si está pignorada en un Monte de Piedad se realiza por su procedimiento propio y la pregunta no dice nada de quien es el acreedor.......  :D  Joder si le cuelo ésta me voy a notable....
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Andresete1990 en 25 de Enero de 2017, 02:21:20 am
Fernanpa, acuéstate ya que es muy tarde...jajaja
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 25 de Enero de 2017, 02:23:46 am
No me dejan.... estoy currando  :o asi que aprovechando hasta las 7
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: elcoquicoqui en 25 de Enero de 2017, 06:24:09 am
Vaya tela con el examencito de las narices. Yo por el momento lo tengo suspenso, tiene que haber un milagro divino para que anulen 2 que tenga mal y cojan 2 de reserva. Yo de las que tengo mal veo impugnable la del usufructo vitalicio, porque al enunciado le faltan datos para saber qué contestar exactamente; y la de la viuda, porque lo de que siempre pueda tomar todas las decisiones (sin especificar en la respuesta que son sólo las de administración, aunque lo diga el enunciado) no está bien, pues todas incluye también las dispositivas.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: voaberto en 25 de Enero de 2017, 08:03:48 am
No veo lo de la 17, claro que queda extinguida pero frente a terceros, hay que realizar la cancelación de la misma por medio de la inscripción de la cancelación.

El artículo 79.2 de la LH dispone que “podrá pedirse y deberá ordenarse, en su caso, la cancelación total de las inscripciones o anotaciones preventivas (…) cuando se extinga también por completo el derecho inscrito o anotado (…).

Artículo 82

Las inscripciones o anotaciones preventivas hechas en virtud de escritura pública, no se cancelarán sino por sentencia contra la cual no se halle pendiente recurso de casación, o por otra escritura o documento auténtico, en el cual preste su consentimiento para la cancelación la persona a cuyo favor se hubiere hecho la inscripción o anotación, o sus causahabientes o representantes legítimos.

Podrán, no obstante, ser canceladas sin dichos requisitos cuando el derecho inscrito o anotado quede extinguido por declaración de la Ley o resulte así del mismo título en cuya virtud se practicó la inscripción o anotación preventiva.

Si constituida la inscripción o anotación por escritura pública, procediere su cancelación y no consintiere en ella aquel a quien ésta perjudique, podrá el otro interesado exigirla en juicio ordinario.

Lo dispuesto en el presente artículo se entiende sin perjuicio de las normas especiales que sobre determinadas cancelaciones se comprenden en esta Ley.

A solicitud del titular registral de cualquier derecho sobre la finca afectada, podrá procederse a la cancelación de condiciones resolutorias en garantía del precio aplazado a que se refiere el artículo 11 de esta Ley y de hipotecas en garantía de cualquier clase de obligación, para las que no se hubiera pactado un plazo concreto de duración, cuando haya transcurrido el plazo señalado en la legislación civil aplicable para la prescripción de la acciones derivadas de dichas garantías o el más breve que a estos efectos se hubiera estipulado al tiempo de su constitución, contados desde el día en que la prestación cuyo cumplimiento se garantiza debió ser satisfecha en su totalidad según el Registro, siempre que dentro del año siguiente no resulte del mismo que han sido renovadas, interrumpida la prescripción o ejecutada debidamente la hipoteca.


En definitiva, cuantas mas vueltas le doy, peor
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: taliesin en 25 de Enero de 2017, 08:08:45 am
Yo aprobado. De momento claro. Porque con el equipo docente que confecciona el examen de esta asignatura nunca sabes cuál va a anular o cual no y que criterio objetivo sigue. Bajo mi punto de vista hay 3 preguntas en el examen que son susceptibles de anular. El examen es tipo test, por lo cual una palabra demás en una pregunta puede llevar a equívocos.
En fin, que pasa aquí lo mismo que con Economía política. Se empeñan en complicarse la vida y, a veces, ni con el libro delante eres capaz de dilucidar con claridad cuál es la respuesta correcta. Suerte para todos
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: castmg en 25 de Enero de 2017, 10:12:45 am
Buenos días, ¿sabéis donde publica en departamento la plantilla con las soluciones y si tarda mucho?
Yo también considera, que al menos, comparado con los exámenes de años anteriores ha sido mucho más rebuscado.
Un saludo y suerte.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 25 de Enero de 2017, 10:35:30 am
Estoy alucinando. Nos ha tocado el tribunal inspirado.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 25 de Enero de 2017, 11:16:24 am
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No veo lo de la 17, claro que queda extinguida pero frente a terceros, hay que realizar la cancelación de la misma por medio de la inscripción de la cancelación.

El artículo 79.2 de la LH dispone que “podrá pedirse y deberá ordenarse, en su caso, la cancelación total de las inscripciones o anotaciones preventivas (…) cuando se extinga también por completo el derecho inscrito o anotado (…).

Artículo 82

Las inscripciones o anotaciones preventivas hechas en virtud de escritura pública, no se cancelarán sino por sentencia contra la cual no se halle pendiente recurso de casación, o por otra escritura o documento auténtico, en el cual preste su consentimiento para la cancelación la persona a cuyo favor se hubiere hecho la inscripción o anotación, o sus causahabientes o representantes legítimos.

Podrán, no obstante, ser canceladas sin dichos requisitos cuando el derecho inscrito o anotado quede extinguido por declaración de la Ley o resulte así del mismo título en cuya virtud se practicó la inscripción o anotación preventiva.

Si constituida la inscripción o anotación por escritura pública, procediere su cancelación y no consintiere en ella aquel a quien ésta perjudique, podrá el otro interesado exigirla en juicio ordinario.

Lo dispuesto en el presente artículo se entiende sin perjuicio de las normas especiales que sobre determinadas cancelaciones se comprenden en esta Ley.

A solicitud del titular registral de cualquier derecho sobre la finca afectada, podrá procederse a la cancelación de condiciones resolutorias en garantía del precio aplazado a que se refiere el artículo 11 de esta Ley y de hipotecas en garantía de cualquier clase de obligación, para las que no se hubiera pactado un plazo concreto de duración, cuando haya transcurrido el plazo señalado en la legislación civil aplicable para la prescripción de la acciones derivadas de dichas garantías o el más breve que a estos efectos se hubiera estipulado al tiempo de su constitución, contados desde el día en que la prestación cuyo cumplimiento se garantiza debió ser satisfecha en su totalidad según el Registro, siempre que dentro del año siguiente no resulte del mismo que han sido renovadas, interrumpida la prescripción o ejecutada debidamente la hipoteca.


En definitiva, cuantas mas vueltas le doy, peor

Pero la LH habla de inscripciones y la pregunta habla de OBLIGACIONES.  Sin dudarlo la obligación se extingue por el pago. La Inscripción no cancelada es lo que persistirá ante terceros a los que perjudique no la obligación.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: SADPIM en 25 de Enero de 2017, 11:39:33 am
la 6a. tomates. frutos. mala fe . no se aboban y a devolver todito. otra al hoyo. la c. seria si pusiese buena fe. que examen dios mio
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: medved en 25 de Enero de 2017, 11:54:43 am
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Buenos días, ¿sabéis donde publica en departamento la plantilla con las soluciones y si tarda mucho?
Yo también considera, que al menos, comparado con los exámenes de años anteriores ha sido mucho más rebuscado.
Un saludo y suerte.

en alf, normalmente casi todos después de la segunda semana de examen, y tardar depende de los departamentos aunque sea test. suerte.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Telepinu en 25 de Enero de 2017, 11:55:33 am
Yo creo q lo mejor es esperar a las plantillas, las anulaciones y ya está. Y si no sale en septiembre saldrá. Que no sé yo el sentido de esa obstinación en hacerlo todo más rebuscado, más complicado y, sobre todo, ofrecer un elenco de soluciones que en ocasiones no se pueden casi distinguir.  >:(
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Saber en 25 de Enero de 2017, 19:39:58 pm
Muchas gracias por el curro fernanpa !  ;)

Yo tengo un 5 pelao aun dando por malas la 6 y la 12, y las 3 de reserva estan bien asi que me voy tranquilo a seguir estudiando, suerte en los exames!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 25 de Enero de 2017, 19:59:40 pm
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Muchas gracias por el curro fernanpa !  ;)

Yo tengo un 5 pelao aun dando por malas la 6 y la 12, y las 3 de reserva estan bien asi que me voy tranquilo a seguir estudiando, suerte en los exames!

Enhorabuena! Yo haciendo todas las combinaciones posibles voy de nota global de un 5,6 a un 7,57. Pero me jodería no sacar un 6 mínimo para que no me contasen el pleno de la PEC
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 25 de Enero de 2017, 20:03:50 pm
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Cual es la correcta en la 10 del tipo B ? " El retracto en un contrato de arrendamiento de vivienda suscrito en febrero de 2014...

A) se ecuentra reconocido ex lege, incluso si las partes no lo reseñan en el contenido

B) no es renunciable

C) Ambas respuestas a) y b) son crorectas

Gracias!

Se encuentra reconocido por la ley aunque las partes no digan nada
Es renunciable

ergo la A
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jmmg en 25 de Enero de 2017, 23:03:55 pm
No es renunciable al ser un contrato de menos de 5 años, luego es la c)

(aunque las partes podrían pactar la renuncia del arrendatario al derecho de adquisición preferente)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 25 de Enero de 2017, 23:56:53 pm
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No es renunciable al ser un contrato de menos de 5 años, luego es la c)

(aunque las partes podrían pactar la renuncia del arrendatario al derecho de adquisición preferente)

No me asustes  :-\ pero afortunadamente para mí estas equivocado.
1º No sé de donde sacas que es un contrato de menos de 5 años. En todo caso será un contrato que se ha realizado hace menos de 5 años pero el enunciado no pone plazo.
2º Aunque el enunciado pusiera plazo se aplica la modificación de la Ley 4/2013 que en el artículo 25.8 señala que: "No obstante lo establecido en los apartados anteriores, las partes podrán pactar la renuncia del arrendatario al derecho de adquisición preferente."

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Tasio en 26 de Enero de 2017, 10:15:49 am
Cuales creeis que pueden ser preguntas susceptibles de impugnación?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 26 de Enero de 2017, 11:51:27 am
La de los frutos de mala fe sin duda.

El ius distrahendi
La perdida del paraguas
La disposicion de la madre
La ocupación como no adquisición de DDRR

aunque yo estas cuatro según les de y te las he puesto por orden de ambiguedad. De hecho las dos ultimas veo muy difícil que entren a ello , ni yo mismo lo veo.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: castmg en 26 de Enero de 2017, 12:01:46 pm
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La de los frutos de mala fe sin duda.

El ius distrahendi
La perdida del paraguas
La disposicion de la madre
La ocupación como no adquisición de DDRR

aunque yo estas cuatro según les de y te las he puesto por orden de ambiguedad. De hecho las dos ultimas veo muy difícil que entren a ello , ni yo mismo lo veo.
Para mi sin duda la de los frutos y la del paraguas.

En la del ius distrahendi yo me decidí por la opción B por los de "siempre" de la A, me parece la típica pregunta que hay que decidir entre la generalidad y el caso concreto y por soluciones de exámenes anteriores siempre dan por bueno el "si", pero a saber lo que determinarán.

¿Sabéis, por años anteriores, si esperan al segundo examen para colgar la plantilla?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: manuvaleon en 26 de Enero de 2017, 12:55:30 pm
Buenos dias a tod@s

Como estoy seguro que van a dar por buena en la pregunta 23 del tipo A la respuesta C,que es la de la inscripcion de los contratos de obra.

En la pagina 320 del libro empieza el parrafo segundo diciendo "veremos en el ultimo capitulo-la anotacion preventiva de los creditos refaccionarios-(contratos de obra)" y vas a tal epigrafe en la pagina 363 y te encuentras con que esta excluido de examen.

Esto no es tener mucha mala hostia?.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jmmg en 26 de Enero de 2017, 13:12:53 pm
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La de los frutos de mala fe sin duda.

El ius distrahendi
La perdida del paraguas
La disposicion de la madre
La ocupación como no adquisición de DDRR

aunque yo estas cuatro según les de y te las he puesto por orden de ambiguedad. De hecho las dos ultimas veo muy difícil que entren a ello , ni yo mismo lo veo.

Cual es la ambiguedad en la de la ocupación? El CC es bien claro en ese punto:
Artículo 609
 
La propiedad se adquiere por la ocupación.
 
La propiedad y los demás derechos sobre los bienes se adquieren y transmiten por la ley, por donación, por sucesión testada e intestada, y por consecuencia de ciertos contratos mediante la tradición.

Pueden también adquirirse por medio de la prescripción.

Separa claramente la ocupacion de las otras formas de adquirir la propiedad y DEMAS derechos
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 26 de Enero de 2017, 14:21:59 pm
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Buenos dias a tod@s

Como estoy seguro que van a dar por buena en la pregunta 23 del tipo A la respuesta C,que es la de la inscripcion de los contratos de obra.

En la pagina 320 del libro empieza el parrafo segundo diciendo "veremos en el ultimo capitulo-la anotacion preventiva de los creditos refaccionarios-(contratos de obra)" y vas a tal epigrafe en la pagina 363 y te encuentras con que esta excluido de examen.

Esto no es tener mucha mala hostia?.

Mucha, pero esa pregunta es de reserva. Si la pusiste mal no descuenta.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 26 de Enero de 2017, 14:24:35 pm
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Cual es la ambiguedad en la de la ocupación? El CC es bien claro en ese punto:
Artículo 609
 
La propiedad se adquiere por la ocupación.
 
La propiedad y los demás derechos sobre los bienes se adquieren y transmiten por la ley, por donación, por sucesión testada e intestada, y por consecuencia de ciertos contratos mediante la tradición.

Pueden también adquirirse por medio de la prescripción.

Separa claramente la ocupacion de las otras formas de adquirir la propiedad y DEMAS derechos

Pues eso, cual es la pregunta? Si la pregunta te dice como se adquieren los derechos reales se aplica el segundo y el tercer párrafo. Si la pregunta te dice como se adquiere la propiedad el primero. Eso ademas de dedicar dos epígrafes completos al tema en el manual. Yo esa no creo que la quiten.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Tasio en 26 de Enero de 2017, 14:46:41 pm
Se podría dar el caso de que hubiera 3 impugnadas con lo cual la pregunta 23 si tendria relevancia.
El compañero ha dicho que el contrato de obra estaba  fuera de temario (no lo he comprobado), pero si se diera esa posiblidad que ocurriría??

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Saber en 26 de Enero de 2017, 15:15:18 pm
Mmmmmm  ???  pues acabo de mirar lo de "evaluacion" de civil 3 y lo que pone debajo del alf y no he encontrado nada referido a ese supuesto, que tendria mucha tela que 4 pudieran ser anuladas y aun mas que alguna de reserva fuera ambigua o que este fuera de temario. Yo supongo que si se dan cuenta de que la 23 esta fuera de temario haran lo imposible para que no se anulen 3, y si lo hacen digo yo que daran 1 gratis buena a todos, porque si no seria mucho lio digo yo

Copypasteo lo unico que he encontrado:

1) El examen tipo test se compone de 23 preguntas. La razón de incluir las preguntas 21, 22 y 23 es para que se puedan utilizar por dicho orden en el caso de que se anule alguna de las 20 primeras. Así cada pregunta correctamente contestada valdrá siempre 0,5.

2) Tres ponderaciones  se han introducido en la nota final para compensar la falta de subjetividad del examen tipo test: De 4,5 a 4,9 se entiende 5 aprobado; de 6,5 a 6,9 se entiende 7 notable; de 8,5 a 8,9 se entiende 9 sobresaliente.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 26 de Enero de 2017, 15:27:08 pm
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Mmmmmm  ???  pues acabo de mirar lo de "evaluacion" de civil 3 y lo que pone debajo del alf y no he encontrado nada referido a ese supuesto, que tendria mucha tela que 4 pudieran ser anuladas y aun mas que alguna de reserva fuera ambigua o que este fuera de temario. Yo supongo que si se dan cuenta de que la 23 esta fuera de temario haran lo imposible para que no se anulen 3, y si lo hacen digo yo que daran 1 gratis buena a todos, porque si no seria mucho lio digo yo

Copypasteo lo unico que he encontrado:

1) El examen tipo test se compone de 23 preguntas. La razón de incluir las preguntas 21, 22 y 23 es para que se puedan utilizar por dicho orden en el caso de que se anule alguna de las 20 primeras. Así cada pregunta correctamente contestada valdrá siempre 0,5.

2) Tres ponderaciones  se han introducido en la nota final para compensar la falta de subjetividad del examen tipo test: De 4,5 a 4,9 se entiende 5 aprobado; de 6,5 a 6,9 se entiende 7 notable; de 8,5 a 8,9 se entiende 9 sobresaliente.

Pero en este ultimo caso a ello se añade la PEC?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 26 de Enero de 2017, 15:34:19 pm
hola,

voy un poco mal y aun no empece con esta, ¿Alguien me puede pasar unos apuntes para prepararla?

mlandeiracar@hotmail.com

Por cierto, ¿en esta vale aprenderse los test o suelen modificarlos? Muchas gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Saber en 26 de Enero de 2017, 15:47:03 pm
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Pero en este ultimo caso a ello se añade la PEC?

Mmmm, si te refieres a que si por ejemplo tu sacaras 6,5 supongo que si, te subirian la nota a 7 y ese seria el 80% de tu nota mas el 20% de tu pec, supongo xD.

Lo he vuelto a mirar y estoy casi convencido de que es asi.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: SADPIM en 26 de Enero de 2017, 16:02:37 pm
segunda semana tirado. se puede ir sin apuntes ni nada. Visto el de la primera, regalan el otro vereis...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 26 de Enero de 2017, 16:04:19 pm
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segunda semana tirado. se puede ir sin apuntes ni nada. Visto el de la primera, regalan el otro vereis...

fue dificil?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: manuvaleon en 26 de Enero de 2017, 16:18:28 pm
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Se podría dar el caso de que hubiera 3 impugnadas con lo cual la pregunta 23 si tendria relevancia.
El compañero ha dicho que el contrato de obra estaba  fuera de temario (no lo he comprobado), pero si se diera esa posiblidad que ocurriría??

Lo que ocurre es que el parrafo donde dice lo del contrato de obra (segundo parrafo de pag 320,q si entra) empieza diciendo y solo dice: "en el ultimo capitulo nos ocuparemos de los supuestos de inscripcion del contrato de obra" y cuando vas al libro a donde la cuestion se desarolla,resulta que eso si está fuera de temario,por lo que puedes no darle ninguna importancia.Sin embargo te lo meten en el examen.Me parece de muy mala hostia,pero no creo que para anularla.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: castmg en 26 de Enero de 2017, 16:20:37 pm
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Buenos dias a tod@s

Como estoy seguro que van a dar por buena en la pregunta 23 del tipo A la respuesta C,que es la de la inscripcion de los contratos de obra.

En la pagina 320 del libro empieza el parrafo segundo diciendo "veremos en el ultimo capitulo-la anotacion preventiva de los creditos refaccionarios-(contratos de obra)" y vas a tal epigrafe en la pagina 363 y te encuentras con que esta excluido de examen.

Esto no es tener mucha mala hostia?.

Según mis apuntes la pregunta no estaría fuera del temario, pues sale en el tema 16 al referirse a la admisión excepcional de documentos privados
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: manuvaleon en 26 de Enero de 2017, 16:28:44 pm
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Según mis apuntes la pregunta no estaría fuera del temario, pues sale en el tema 16 al referirse a la admisión excepcional de documentos privados

Lo explico un msj arriba del tuyo.El excluido es el epi de la pag 363 que desarolla lo apuntado casi a escondidas en la pag 320.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: JGUERRERO226 en 26 de Enero de 2017, 16:45:35 pm
Que significa lo de las ponderaciones para evitar la sujetividad del examen tipo test
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: chema45 en 26 de Enero de 2017, 16:52:42 pm
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Coincido contigo Gobbo, me lié totalmente y puse que ambas eran ciertas porque entendí que se combinaba, que la madre puede tomar siempre las decisiones pero q los hijos pueden quejarse... Ahora que vuelvo a leer ese "siempre" me joroba la teoría.

Y el paraguas ni hablemos... "sigue siendo propietario", nadie ha dicho que lo fuera en el enunciado... puede ser otro tipo de poseedor... pero sería la más lógica porque "que ha sido involuntario" no sé yo, es demasiado abierto.

Machini, o cualquier otro compañero, podría colgar el examen, cuando pueda... Es para hacernos a la idea de lo que nos espera en la segunda semana.  :'( :'( :'(
En esta primera semana de exámenes, los ED de algunas asignaturas se están luciendo.  >:( >:(
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 26 de Enero de 2017, 16:55:49 pm
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https://www.dropbox.com/sh/leh2n0w8k9c416m/AABIhV2DvizLK25rBjzumukAa?dl=0

Ya está subido más atrás chema
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: chema45 en 26 de Enero de 2017, 17:02:46 pm
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Ya está subido más atrás chema

Perdona, Machini, no lo había visto. Muchas gracias. Gran detalle.  ;) ;)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: STR4 en 26 de Enero de 2017, 17:53:54 pm
A la pregunta;

Acreedor y deudor hipotecarios dan por pagada la obligación asegurada con la hipoteca. Ante ello:

A) La obligación queda extinguida ope legis
B) Solo quedara extinguida la obligación si dicho convenio se inscribe en el Registro
C) Solo queda extinguida la obligación si notificaron fehacientemente a los posibles acreedores dicho convenio

Porque dais por buena la opción a)??
Donde aparece el texto "ope legis" en el manual??


A mi modo de ver tanto esta como la de Manolo y sus frutos son impugnables.
Respecto la pregunta 23 sigo pensando que la respues c) (contrato de obra) hace referencia a un término que se encuentra fuera de temario y por tanto debería de anularse dicha pregunta, más si cabe cuando es la respuesta correcta.

Un saludo a tod@s y suerte!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: warlok99 en 26 de Enero de 2017, 19:58:35 pm
Yo la pregunta de la obligación no la veo tan clara, ya que para extinguir la hipoteca se tiene de cancelar en el registro, sino quedaría la carga inscrita aunque ellos extraoficialmente la dieran por zanjada.

Igual digo una tontería, pero ese fue mi razonamiento al responder...

Saludos,
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Tasio en 26 de Enero de 2017, 20:45:18 pm
Yo creo que tampoco esta clara y puede ser impugnable cuanto menos.
Para mi la respuesta correcta es la b) Solo quedara extinguida la obligación si dicho convenio se inscribe en el registro.

Lo de ope legis tampoco lo encuentro en el manual..
A ver que pasa
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 26 de Enero de 2017, 20:55:59 pm
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Mmmm, si te refieres a que si por ejemplo tu sacaras 6,5 supongo que si, te subirian la nota a 7 y ese seria el 80% de tu nota mas el 20% de tu pec, supongo xD.

Lo he vuelto a mirar y estoy casi convencido de que es asi.

Jo, si es así me voy a Sobresaliente  :D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 26 de Enero de 2017, 20:57:34 pm
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Yo creo que tampoco esta clara y puede ser impugnable cuanto menos.
Para mi la respuesta correcta es la b) Solo quedara extinguida la obligación si dicho convenio se inscribe en el registro.

Lo de ope legis tampoco lo encuentro en el manual..
A ver que pasa

Las obligaciones se extinguen por el pago art 1156 CC ergo Ope legis (Por mandato de la ley)
Que la inscripción subsista sólo afecta a terceros en lo relativo a la inscripción pero no la obligación en sí pág 270 del manual
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Zilcope en 28 de Enero de 2017, 21:15:24 pm
Hola!

¿Qué preguntas creéis que pueden ser anulables? uuff tengo un cacao  :-[
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: SADPIM en 29 de Enero de 2017, 00:04:41 am
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Hola!

¿Qué preguntas creéis que pueden ser anulables? uuff tengo un cacao  :-[

1,4,6,12,18
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 29 de Enero de 2017, 00:13:30 am
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1,4,6,12,18

La 18? por?

Yo creo que la 6 seguro y la 4 quizá del examen del tipo A. La 12 tienen donde afianzarse y la 1 el enunciado señala claramente actos de administración. Otros hablan de la 7 pero yo esa no la veo ambigua por ninguna parte.

Concluyendo las que creo que pueden eliminar:
 6 La de los frutos del poseedor de mala fe
 4 la de la perdida del paraguas.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: PEGASUS en 29 de Enero de 2017, 07:16:23 am
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Hola!

¿Qué preguntas creéis que pueden ser anulables? uuff tengo un cacao  :-[

Pueden ser perfectamente nulas la 4, 6, 7 y 12
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 29 de Enero de 2017, 17:19:37 pm
Se puefe aprobar solo con los test de otros años?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fernanpa en 29 de Enero de 2017, 19:02:38 pm
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Se puefe aprobar solo con los test de otros años?

Los test pueden ayudarte pero si no te has leído el manual y vuelven a hacer un test del tipo de la primera semana vas a estar ahí/ahí
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 29 de Enero de 2017, 19:51:40 pm
Con eso me vale. Me va a dar tiempo a leermelo una vez o dos y a memorizar los test... voy fatal
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Quiron1976 en 01 de Febrero de 2017, 20:41:14 pm
Os han dejado llevar el programa al examen ?
He estado mirando la guía y no lo pone por ningún lado, o al menos yo no lo veo..
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Castelao en 01 de Febrero de 2017, 20:50:02 pm
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Os han dejado llevar el programa al examen ?
He estado mirando la guía y no lo pone por ningún lado, o al menos yo no lo veo..
No, no lo permiten.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Quiron1976 en 01 de Febrero de 2017, 20:51:13 pm
Muuuuuchas gracias compañero
un saludo
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: XAVIVALLE en 02 de Febrero de 2017, 09:27:39 am
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Derecho Civil III, Elche
¿Ya salen notas sin publicar plantillas?. ¿Alguien más tiene nota?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: kekeyo en 03 de Febrero de 2017, 10:21:50 am
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¿Ya salen notas sin publicar plantillas?. ¿Alguien más tiene nota?

Eso mismo me preguntaba yo 😲
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: medved en 03 de Febrero de 2017, 10:34:35 am
Notas sin plantilla es entre raro e improbable. Yo diría que quien publicó eso ha mirado en alf Calificaciones dentro de la asignatura, que es Calificaciones de la PEC, y lo ha confundido con Calificaciones del examen.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Machini en 03 de Febrero de 2017, 10:49:02 am
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Notas sin plantilla es entre raro e improbable. Yo diría que quien publicó eso ha mirado en alf Calificaciones dentro de la asignatura, que es Calificaciones de la PEC, y lo ha confundido con Calificaciones del examen.
Qué rapido se empieza a fastidiar el hilo de notas que van saliendo  ::) A mí ya me empieza a poner nerviosa ver "nuevo" ahí  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 04 de Febrero de 2017, 16:11:02 pm
Creo que la guía decía que no se iban a corregir los exámenes hasta que estuviesen hechos los de la segunda semana.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 04 de Febrero de 2017, 21:07:15 pm
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https://www.dropbox.com/sh/leh2n0w8k9c416m/AABIhV2DvizLK25rBjzumukAa?dl=0

A mi me ha ido bastante mal, me he confiado y luego no tenía ni idea.
Algún alma caritativa puede comprobar las respuestas? Mañan tengo examen a las 9 de Instituciones y a las 11 y media de Constitucional II y me tengo que poner a estudiar pero no paro de darle vueltas a lo mal que me ha salido este  :-[

Hola, me puedes explicar por qué en la hoja del examen pone Febrero 2017?  Según tengo entendido solo hay dos convocatorias una el día 24 de enero pasado y otra el día 7 de Febrero a la que me voy a presentar. Veo que Gobbo habla de exámenes de segunda semana... no entiendo a que fecha se refiere supongo que al día 7? también veo examen A y examen B, eso que es , que te dan a elegir??? Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: medved en 04 de Febrero de 2017, 21:23:51 pm
pone febrero porque se consideran asi aunque los de primera semana se hagan en enero. En efecto, los de segunda semana se refiere a la proxima. A y B no puedes elegir, es aleatorio en cierta medida,  para evitar que en caso de sentarse juntos tener el mismo examen, y normalmente A y B son el mismo examen con diferente orden.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lepetitdiable en 04 de Febrero de 2017, 21:57:47 pm
Algún consejo de última hora para los que nos examinamos de esta asignatura la segunda semana?? El examen de primera semana me pareció bastante complicado..
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 04 de Febrero de 2017, 23:52:43 pm
gracias MEDVED por la info. No sé si el las preguntas del test A fueron las mismas que las del B, estan publicadas las preguntas del test B, pero las del test A no, me he leido todas las publicaciones desde el día 24 y no he encontrado las preguntas, podeis alguno subirlas? No nos valen de nada, si no, las respuestas publicadas por muchos y que son de agradecer, por supuesto. Y si que lo han puesto chungo, me he hecho todos los test habidos y por haber en intenet, y este se desmarca con mucho. A ver si hay suerte en el del día 7 y son algo más concretos joroba, que la mayoría en la Uned, trabajamos,  tenemos hijos y montones de obligaciones y tenemos menos tiempo que un estudiante joven, para que lo compliquen tanto.  :o SUERTE A TODOS.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: medved en 05 de Febrero de 2017, 01:37:13 am
puedes ver los enunciados en el deposito de examenes de uned calatayud y uned barbastro. pon asi en buscador y sale enseguida. Molta sort.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Gobbo en 05 de Febrero de 2017, 19:31:35 pm
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gracias MEDVED por la info. No sé si el las preguntas del test A fueron las mismas que las del B, estan publicadas las preguntas del test B, pero las del test A no, me he leido todas las publicaciones desde el día 24 y no he encontrado las preguntas, podeis alguno subirlas? No nos valen de nada, si no, las respuestas publicadas por muchos y que son de agradecer, por supuesto. Y si que lo han puesto chungo, me he hecho todos los test habidos y por haber en intenet, y este se desmarca con mucho. A ver si hay suerte en el del día 7 y son algo más concretos joroba, que la mayoría en la Uned, trabajamos,  tenemos hijos y montones de obligaciones y tenemos menos tiempo que un estudiante joven, para que lo compliquen tanto.  :o SUERTE A TODOS.

No te compliques, las preguntas del tipo A y B son las mismas con distinto orden, pero no hay plantillas oficiales de momento.

En cuanto a consejos... pues hacer todos los test anteriores y repasar en el libro/apuntes los fallos. También creo, sinceramente, que será más fácil. El de enero fue el más complicado que me he echado a la cara de todos (al menos para mí).
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pitu448 en 06 de Febrero de 2017, 19:53:24 pm
Preparados para lo peor mañana, visto lo visto este cuatrimestre,  :'(
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Quiron1976 en 06 de Febrero de 2017, 21:10:25 pm
Yo ya estoy saturado....
esta noche a hacer los test, que aún ni los he tocado y que sea lo que Dios quiera... :-[ :-[ :-[
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 06 de Febrero de 2017, 21:39:20 pm
BUENAS COMPIS.
Tengo una duda de ultima hora respecto al pacto comisorio porque haciendo un test de esos que hay por ahí resueltos me dice:
155.El pacto comisorio
A.  Es válido si lo acepta el deudor
B   Significa que el acreedor no puede apropiarse ni disponer de la cosa dada en prenda o hipotecada
C.  Sólo se admite en las garantías atípicas e innominadas
y marca la B como correcta, pero en cambio en la definición de pacto comisorio dice:
El pacto comisorio es aquel que permite al acreedor, ante el incumplimiento del deudor, practicar el comiso o apropiación directa e inmediata de la cosa que se halla especialmente vinculada en garantía del cumplimiento de la obligación.

A ver o la respuesta del test está equivocada o en que quedamos?
suerte mañana, yo estoy de los nervios.  :-\
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 06 de Febrero de 2017, 21:48:31 pm
y por otro lado:
El artículo 1859 del Código Civil establece que «El acreedor no puede apropiarse las cosas dadas en prenda o hipoteca, ni disponer de ellas» Esta norma contiene la tradicional prohibición de pacto comisorio que impide que el acreedor, verificado el incumplimiento del deudor hipotecario o pignoraticio, haga suya la cosa dada en garantía, bien directamente mediante su apropiación, bien indirectamente mediante su disposición. Mas la prohibición de pacto sucesorio se debe ajustar a los supuestos en que dicho pacto es previo o coetáneo, pero en cualquier caso condicionante del nacimiento de la obligación que se garantiza precisamente con hipoteca o con prenda.

Vale creo que lo tengo, una cosa es la definición de pacto comisorio y otra es que el Codigo civil lo prohiba:
...dado que incurren en infración legal al estar expresamente prohibidos los pactos comisorios en el propio Código Civil (cfr. art. 1859 / Resolución de 26 de noviembre de 2008)1....

La respuesta del test es correcta.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: legis23 en 06 de Febrero de 2017, 22:21:56 pm
Mucha suerte a todos para mañana.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 07 de Febrero de 2017, 00:14:06 am
la respuesta a la pregunta 8 :
2.   Hipoteca del derecho de usufructo.
   La L H establece en su art. 107 que: "podrán también hipotecarse:
1º El derecho de usufructo, pero quedando extinguida la hipoteca cuando concluya el mismo usufructo por un hecho ajeno a la voluntad del usufructuario
La respuesta correcta sería segun esto la A
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ironthetiger en 07 de Febrero de 2017, 11:08:31 am
suerte a todos
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ironthetiger en 07 de Febrero de 2017, 12:11:05 pm
Hola compañeros mi eXamen TIPO B  fue el siguiente, aunque no se me dió bastante bien:
1.-a 2.-d 3.-a 4.d 5.-a 6.-b 7.-a 8.-c 9.-c 10.-a 11.-b 12.-a 13.-a 14.-d 15.-b 16.-b 17.-d 18.-a 19.-d 20.-c 21.-d 22.-a 23.-b
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: legis23 en 07 de Febrero de 2017, 12:14:28 pm
Yo del que tengo dudas es del modelo A .
¿Alguien que tenga las contestaciones más o menos bien
me podríais ayudar a comprobarlas y salir del estado de nervios en el que me encuentro?
Muchas gracias, compis!!!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ironthetiger en 07 de Febrero de 2017, 12:27:06 pm
modelo b, alguien salió ya
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 12:35:37 pm
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modelo b, alguien salió ya
Seguro que estas en el post correcto? Solo hay aby c como respuestas y yo tengo el tipo b y no habia opcion d
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ironthetiger en 07 de Febrero de 2017, 12:38:40 pm
la d es la b perdon
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 12:40:57 pm
Vaya lío me montas!ahora copio las mías. Jajaja
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ironthetiger en 07 de Febrero de 2017, 12:44:47 pm
vale porfi,
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 12:49:50 pm
Tipo b
1-b para nuestra jurisprudencia
2-x cuando un acreedor pignoraticio
3-c se denomina finca funcional
4-b juan ha perdido las llaves
5-b el pagador del canon
6-x de la subrogacion
7-a la servidumbre
8-c señale que tipo de accesion
9-a verificada. El retracto de un contrato
10-c señale de las que se indican
11-b conforme al artículo 34
12-b la cuota de participación
13-c señale de los propuestos
14-b el derecho de retención
15-x cuando el propietario
16- a no son hipotecables
17 x la doble inmatriculacion
18-c luis sin permiso
19-b es requisito comun
20-c verificada Manolo
21-x el expediente de dominio
22-b el dominio y demás
23b comprobada. Cuando la venta
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ironthetiger en 07 de Febrero de 2017, 12:59:33 pm
muchas gracias, tienes bastantes bién, vamos que aprobado.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 13:05:21 pm
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muchas gracias, tienes bastantes bién, vamos que aprobado.
Ojala a ver si el resto comparten respuestas
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 13:12:38 pm
Las mías:

1b
2c
3c
4b
5b
6b
7a
8a
9a
10c
11-
12a
13c
14c
15b
16c
17b
18b
19c
20c
21c
22c
23b

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 13:24:03 pm
Examen del estilo al de la primera semana, preguntas algunas rebuscadas y otras proclives al despiste. Espero que cuelguen pronto la plantilla.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 07 de Febrero de 2017, 13:29:47 pm
Yo he tenido tipo A. Joer me ha parecido super chungo y nada concreto. Mis respuestas, pero no se si estan.bien. que alguien publique las suyas del tipo A por fa estoy de los nerviios:
1C
2C,
3C
4B
5X
6C
7B
8C
9A
10B
11C
12X
13C
14C
15C
16B
17X
18B
19C
20C
21X
22C
23B
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: chaconbeatoj en 07 de Febrero de 2017, 13:30:21 pm
Mi tipo test A ( No significa que estén bien )
1c
2c
3
4c
5
6a
7b
8
9c
10b
11c
12a
13c
14
15b
16a
17b
18c
19
20c
21a
22
23b

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 13:42:33 pm
Tipo b - creo que esas son las buenas la he ido comprobando. Yo suspendo
1-a para nuestra jurisprudencia
2-x cuando un acreedor pignoraticio
3-a se denomina finca funcional
4-b juan ha perdido las llaves
5-b el pagador del canon
6-b de la subrogacion
7-a la servidumbre
8-c señale que tipo de accesion
9-a verificada. El retracto de un contrato
10-c señale de las que se indican
11-c conforme al artículo 34
12-b la cuota de participación
13-c señale de los propuestos
14-c el derecho de retención
15-x cuando el propietario
16- cno son hipotecables
17 x la doble inmatriculacion
18-c luis sin permiso
19-ces requisito comun
20-c verificada Manolo
21-x el expediente de dominio
22-b el dominio y demás
23b comprobada. Cuando la venta
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 13:47:05 pm
Las de reserva solo las tienen en cuenta si anulan algo?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: folwixt en 07 de Febrero de 2017, 13:52:03 pm
¿Alguien puede subir por favor el modelo de examen tipo A de hoy?

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: legis23 en 07 de Febrero de 2017, 13:52:34 pm
Conforme a tus respuestas, estaría aprobado.
Según las de otros suspenso.
Ahí, ahí, voy a estar.
Gracias por contestar.
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Tipo b
1-b para nuestra jurisprudencia
2-x cuando un acreedor pignoraticio
3-c se denomina finca funcional
4-b juan ha perdido las llaves
5-b el pagador del canon
6-x de la subrogacion
7-a la servidumbre
8-c señale que tipo de accesion
9-a verificada. El retracto de un contrato
10-c señale de las que se indican
11-b conforme al artículo 34
12-b la cuota de participación
13-c señale de los propuestos
14-b el derecho de retención
15-x cuando el propietario
16- a no son hipotecables
17 x la doble inmatriculacion
18-c luis sin permiso
19-b es requisito comun
20-c verificada Manolo
21-x el expediente de dominio
22-b el dominio y demás
23b comprobada. Cuando la venta
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 13:59:29 pm
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Tipo b - creo que esas son las buenas la he ido comprobando. Yo suspendo
1-a para nuestra jurisprudencia
2-x cuando un acreedor pignoraticio
3-a se denomina finca funcional
4-b juan ha perdido las llaves
5-b el pagador del canon
6-b de la subrogacion
7-a la servidumbre
8-c señale que tipo de accesion
9-a verificada. El retracto de un contrato
10-c señale de las que se indican
11-c conforme al artículo 34
12-b la cuota de participación
13-c señale de los propuestos
14-c el derecho de retención
15-x cuando el propietario
16- cno son hipotecables
17 x la doble inmatriculacion
18-c luis sin permiso
19-ces requisito comun
20-c verificada Manolo
21-x el expediente de dominio
22-b el dominio y demás
23b comprobada. Cuando la venta
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Tipo b - creo que esas son las buenas la he ido comprobando. Yo suspendo
1-a para nuestra jurisprudencia
2-x cuando un acreedor pignoraticio
3-a se denomina finca funcional
4-b juan ha perdido las llaves
5-b el pagador del canon
6-b de la subrogacion
7-a la servidumbre
8-c señale que tipo de accesion
9-a verificada. El retracto de un contrato
10-c señale de las que se indican
11-c conforme al artículo 34
12-b la cuota de participación
13-c señale de los propuestos
14-c el derecho de retención
15-x cuando el propietario
16- cno son hipotecables
17 x la doble inmatriculacion
18-c luis sin permiso
19-ces requisito comun
20-c verificada Manolo
21-x el expediente de dominio
22-b el dominio y demás
23b comprobada. Cuando la venta
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Tipo b - creo que esas son las buenas la he ido comprobando. Yo suspendo
1-a para nuestra jurisprudencia
2-x cuando un acreedor pignoraticio
3-a se denomina finca funcional
4-b juan ha perdido las llaves
5-b el pagador del canon
6-b de la subrogacion
7-a la servidumbre
8-c señale que tipo de accesion
9-a verificada. El retracto de un contrato
10-c señale de las que se indican
11-c conforme al artículo 34
12-b la cuota de participación
13-c señale de los propuestos
14-c el derecho de retención
15-x cuando el propietario
16- cno son hipotecables
17 x la doble inmatriculacion
18-c luis sin permiso
19-ces requisito comun
20-c verificada Manolo
21-x el expediente de dominio
22-b el dominio y demás
23b comprobada. Cuando la venta
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Tipo b - creo que esas son las buenas la he ido comprobando. Yo suspendo
1-a para nuestra jurisprudencia
2-x cuando un acreedor pignoraticio
3-a se denomina finca funcional
4-b juan ha perdido las llaves
5-b el pagador del canon
6-b de la subrogacion
7-a la servidumbre
8-c señale que tipo de accesion
9-a verificada. El retracto de un contrato
10-c señale de las que se indican
11-c conforme al artículo 34
12-b la cuota de participación
13-c señale de los propuestos
14-c el derecho de retención
15-x cuando el propietario
16- cno son hipotecables
17 x la doble inmatriculacion
18-c luis sin permiso
19-ces requisito comun
20-c verificada Manolo
21-x el expediente de dominio
22-b el dominio y demás
23b comprobada. Cuando la venta

La 3 es la c, la 7 la b, 8 la a, 15 b, 17la b y 18 b.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 14:00:45 pm
Perdón, se me fue el dedo  :D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: legis23 en 07 de Febrero de 2017, 14:09:19 pm
Ahí te van las 10 primeras del Modelo A  ;):
1.Propuestos prohibición legal disponer:
a)arriendo o traspaso habitación gratuitamente.
b)el arriendo o traspaso oneroso de un derecho de habitación.
c)Los 2 supuestos constituyen un caso de prohibición legal de disponer.
2.La cuota de participación en el régimen de propiedad horizontal:
a)Sirve para determinar cargas y beneficios en función de la cuota,
aunque puede verse afectada por mejoras en piso o local.
b)Sirve para determinar la participación en cargas pero no en beneficios.
c) Sirve para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad.
3.Requisito común de usucapión ordinaria como extraordinaria:
a)Que la posesión sea de hecho o de derecho.
b)Que la posesión sea civil o natural.
c) Que la posesión sea en concepto de dueño.
4. Juan ha perdido las llaves de su casa en su casa. Puede decirse que...
a) ha perdido su posesión totalmente.
b) ha perdido la posesión aunque siga siendo el propietario.
c)ha perdido la posesión porque las llaves se hallan bajo su poder aunque se ignore su paradero.
5. La servidumbre de abrevadero se califica como:
a)Continua
b)Discontinua
c)Ambas incorrectas.
6. Luis, sin permiso de Manolo explotaba unas fincas de secano que ha convertido en regadóp-.
Luis le dice a Manolo que se va pero que le abone los gastos útiles. El abogado a quién consultan les explica que la doctrina:
a) como poseedor de mala fe no tiene derecho a devolución gastos útiles.
b) tiene, como poseedor de buena fe, derecho a la devolución de los gastos útiles.
c) por no ser declarado deudor de mala fe en juicio, tiene derecho a que le abonen las mejoras.
7. Señale cuál no es causa de adquisición de derechos reales:
a) Usufructo
b)Uso
c) Ninguna de las anteriores.
8.Señale qué tipo de accesión es la mutación de cauce:
a) La accesión de inmueble a inmueble
b) La accesión de mueble a inmueble
c) Puede considerarse cualquier tipo de los mencionados a) y b) dependiendo de si el nuevo cauce se forma por avulsión o aluvión
9. El retracto en contrato de arrendamiento de vivienda suscrito en febrero de 2014...
a) se encuentra reconocido ex lege, incluso si las partes no lo reseñan en contrato.
b)no es renunciable
c) Ambas son correctas.
10. El pagador del canon o pensión en el censo reservativo es...
a) el deudor del préstamo
b) el nuevo titular del fundo
c) el que cede el dominio útil de la finca.
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¿Alguien puede subir por favor el modelo de examen tipo A de hoy?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 14:13:58 pm
Resumiendo, el tipo b creo que quedaría así:

1c
2c
3c
4b
5b
6b
7a
8a
9a
10c
11c
12b
13c
14c
15b
16c
17b
18b
19c
20c
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 14:15:05 pm
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Perdón, se me fue el dedo  :D
Que te he conquistado! Jajaja 4 veces mi post 😍
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 14:20:12 pm
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Que te he conquistado! Jajaja 4 veces mi post 😍

Jjajaj también, me he quedado obnubilado.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 14:21:58 pm
A septiembre :(
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lepetitdiable en 07 de Febrero de 2017, 14:22:52 pm
Examen Modelo A

La 4 es anulable. Según el manual sería la opción C si hubise puesto.... "NO ha perdido la posesión porque las llaves se hallan bajo su poder aunque ignore su paradero"... Pagina 87 del Manual. La A y la B tampoco pueden ser porque obviamente no ha perdido la posesión mediata de la cosa.

Estoy revisando todas pero parece que hay alguna más anulable. Alguien sabe si este departemento suele ser dado a anular preguntas??
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Quiron1976 en 07 de Febrero de 2017, 14:27:41 pm
Que cosa más rebuscada...
a ver, no tengo ninguna contrastada, pongo lo que he contestado yo, pero con poca seguridad
Modelo A
1c 3c 4b 5b 6a 8a 10b 11c 12b 13c 14c 20c 22c 23b
el resto, obviamente sin contestar
No he querido arriesgar
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 14:27:54 pm
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Examen Modelo A

La 4 es anulable. Según el manual sería la opción C si hubise puesto.... "NO ha perdido la posesión porque las llaves se hallan bajo su poder aunque ignore su paradero"... Pagina 87 del Manual. La A y la B tampoco pueden ser porque obviamente no ha perdido la posesión mediata de la cosa.

Estoy revisando todas pero parece que hay alguna más anulable. Alguien sabe si este departemento suele ser dado a anular preguntas??
[/
Si anulan
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Lictor en 07 de Febrero de 2017, 14:33:31 pm
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Examen Modelo A

La 4 es anulable. Según el manual sería la opción C si hubise puesto.... "NO ha perdido la posesión porque las llaves se hallan bajo su poder aunque ignore su paradero"... Pagina 87 del Manual. La A y la B tampoco pueden ser porque obviamente no ha perdido la posesión mediata de la cosa.

Estoy revisando todas pero parece que hay alguna más anulable. Alguien sabe si este departemento suele ser dado a anular preguntas??

¿No se referirá a la posesión de las llaves?  ??? Es decir, ha perdido la posesión de las llaves, no las tiene en su poder, pero siguen siendo de su propiedad, allá donde estuvieran. La B dice eso.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jmmg en 07 de Febrero de 2017, 14:48:59 pm
No :

Artículo 461

La posesión de la cosa mueble no se entiende perdida mientras se halle bajo el poder del poseedor, aunque éste ignore accidentalmente su paradero. 

La van a anular seguro ya que falta el NO en la respuesta C

 
 
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pitu448 en 07 de Febrero de 2017, 14:49:26 pm
Del tipo B, ¿seguro que la 18 es la b? la b) dice, "tiene, como el poseedor de buena fe ..." que no es lo mismo que "como poseedor de buena fe..."  :-\
y en la 4, a mi juicio hay dos correctas la  b y c.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jmmg en 07 de Febrero de 2017, 14:51:22 pm
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Del tipo B, ¿seguro que la 18 es la b? la b) dice, "tiene, como el poseedor de buena fe ..." que no es lo mismo que "como poseedor de buena fe..."  :-\

La 18 del B que es la 6 del A es la a) no tiene derecho a devolución de gastos útiles
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pitu448 en 07 de Febrero de 2017, 14:54:18 pm
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La 18 del B que es la 6 del A es la a) no tiene derecho a devolución de gastos útiles
la c también es correcta al no ser de mala fe tiene derecho a que se le abonen las mejoras.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pitu448 en 07 de Febrero de 2017, 14:56:23 pm
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Resumiendo, el tipo b creo que quedaría así:

1c
2c
3c
4b
5b
6b
7a
8a
9a
10c
11c
12b
13c
14c
15b
16c
17b
18b
19c
20c
la 7 no has puesto que es la b
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lepetitdiable en 07 de Febrero de 2017, 14:56:56 pm
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Yo he tenido tipo A. Joer me ha parecido super chungo y nada concreto. Mis respuestas, pero no se si estan.bien. que alguien publique las suyas del tipo A por fa estoy de los nerviios:
1C
2C,
3C
4B
5X
6C
7B
8C
9A
10B
11C
12X
13C
14C
15C
16B
17X
18B
19C
20C
21X
22C
23B

La respuesta a la pregunta 8 es la A. Se trata de una accesión de inmueble a inmueble. Pagina 126 (mutación de cauce)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 15:00:05 pm
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la 7 no has puesto que es la b

Exacto, la 7 la b, sorry
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lepetitdiable en 07 de Febrero de 2017, 15:02:52 pm
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la c también es correcta al no ser de mala fe tiene derecho a que se le abonen las mejoras.

Es la A. El enunciado dice claramente que Luis (SIN PERMISO) de Manolo. Estamos ante un supuesto de mala fe (no tenía permiso), por lo que la opción C no puede ser, y la B tampoco xq los gastos utiles (y de mejora) sólo son abonables al poseedor de Buena Fe.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pitu448 en 07 de Febrero de 2017, 15:04:53 pm
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Es la A. El enunciado dice claramente que Luis (SIN PERMISO) de Manolo. Estamos ante un supuesto de mala fe (no tenía permiso), por lo que la opción C no puede ser, y la B tampoco xq los gastos utiles (y de mejora) sólo son abonables al poseedor de Buena Fe.
Cierto, llevas toda la razón.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 15:11:00 pm
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Cierto, llevas toda la razón.

Es cierto, se había escapado esa, pues nada , voy a estar raspando. Creo que con 4,5 se aprobaba este ano, que alguien me corrija si no es así.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lepetitdiable en 07 de Febrero de 2017, 15:12:17 pm
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Es cierto, se había escapado esa, pues nada , voy a estar raspando. Creo que con 4,5 se aprobaba este ano, que alguien me corrija si no es así.

Con 4,5 se aprueba, dónde pone eso???
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 15:16:27 pm
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Con 4,5 se aprueba, dónde pone eso???
En el post número 4 lo comentaba una compañera haciendo referencia a una nota del equipo docente
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lepetitdiable en 07 de Febrero de 2017, 15:23:01 pm
En el modelo A la pregunta 15 es impugnable. Pagina 241 del manual.

Puede ser la B (extraido textualmente del manual).

Puede ser la C (si bien es cierto que para que pueda ponerse el inmueble en administración judicial, se ha de agotar la vía anterior primeramente). Según Lasarte llegar a este extremo es un caso atipico.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lepetitdiable en 07 de Febrero de 2017, 15:24:58 pm
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En el post número 4 lo comentaba una compañera haciendo referencia a una nota del equipo docente

Perdona compañero, cual es el post nº 4??

Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 15:27:24 pm
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Perdona compañero, cual es el post nº 4??

Gracias

Página numero 4
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pitu448 en 07 de Febrero de 2017, 15:29:22 pm
En la guía pone que hay que sacar un 5.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: chema45 en 07 de Febrero de 2017, 15:35:14 pm
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En el modelo A la pregunta 15 es impugnable. Pagina 241 del manual.

Puede ser la B (extraido textualmente del manual).

Puede ser la C (si bien es cierto que para que pueda ponerse el inmueble en administración judicial, se ha de agotar la vía anterior primeramente). Según Lasarte llegar a este extremo es un caso atipico.

Totalmente de acuerdo contigo. Esta pregunta, en el examen B, también tiene el número 15 y para mí también para anular, al igual que también la es la número 4 (la de las llaves), como bien ha dicho algún compañero o compañero anteriormente.

Por cierto, la del acreedor pignoraticio del dichoso tema del cuadro... yo he puesto que se extingue la prenda, pero no la obligación principal. Es lo que he visto en el manual. Pero me mosquea un poco el enunciado de la pregunta cuando dice "uno de los cuadros". He duda en poner la respuesta a) que no extingue la prenda, pues he pensado que tenía el acreedor pignoraticio más cuadros en su poder; pero al final he puesto la B.

La única pregunta que no encuentro es la número 10, la de señalar cuál NO es una causa de adquisición de los derechos reales. ¿Alguien me podría indicar en qué tema está y apartado, por favor?

El examen me ha parecido muy complicado, para sudar la camiseta  :'(
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 07 de Febrero de 2017, 15:37:16 pm
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Es la A. El enunciado dice claramente que Luis (SIN PERMISO) de Manolo. Estamos ante un supuesto de mala fe (no tenía permiso), por lo que la opción C no puede ser, y la B tampoco xq los gastos utiles (y de mejora) sólo son abonables al poseedor de Buena Fe.

El asunto de la mala fe o buena fe no tiene nada que ver con el permiso
para que se le declare de una manera u otra  tiene que ser un juez
yo he puesto, que como no se le había declarado mala fe en un juicio
tenia derecho a que se le devolviera ¡n los gastos
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pitu448 en 07 de Febrero de 2017, 15:38:15 pm
Que saquen ya las plantillas por favor!  >:(
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lepetitdiable en 07 de Febrero de 2017, 15:40:19 pm
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El asunto de la mala fe o buena fe no tiene nada que ver con el permiso
para que se le declare de una manera u otra  tiene que ser un juez
yo he puesto, que como no se le había declarado mala fe en un juicio
tenia derecho a que se le devolviera ¡n los gastos

Saber que no puedes hacer una cosa (en este caso por ilicita), y a pesar de ello, hacerla, es MALA FE.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Lictor en 07 de Febrero de 2017, 15:40:28 pm
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No :

Artículo 461

La posesión de la cosa mueble no se entiende perdida mientras se halle bajo el poder del poseedor, aunque éste ignore accidentalmente su paradero. 

La van a anular seguro ya que falta el NO en la respuesta C

¿Y si se refiere a posesión en sentido material,  posesión natural? Artículo 430 CC: Posesión natural es la tenencia *de una cosa...
*Apoderamiento material sobre un bien con independencia del título que podría justificarlo.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Quiron1976 en 07 de Febrero de 2017, 15:44:38 pm
Yo también he entendido que se refería a la posesión de las llaves, no de la casa
No está bien enunciada, puede referirse perfectamente a esto :( (ftp://:()

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¿No se referirá a la posesión de las llaves?  ??? Es decir, ha perdido la posesión de las llaves, no las tiene en su poder, pero siguen siendo de su propiedad, allá donde estuvieran. La B dice eso.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pitu448 en 07 de Febrero de 2017, 15:47:47 pm
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El asunto de la mala fe o buena fe no tiene nada que ver con el permiso
para que se le declare de una manera u otra  tiene que ser un juez
yo he puesto, que como no se le había declarado mala fe en un juicio
tenia derecho a que se le devolviera ¡n los gastos
Joder! es que también llevas razón, es más completa la c puesto que es en juicio donde se ha declarado que no es de mala fe. :-\
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 15:48:07 pm
Entonces que respuestas aplican?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 07 de Febrero de 2017, 15:49:05 pm
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Saber que no puedes hacer una cosa (en este caso por ilicita), y a pesar de ello, hacerla, es MALA FE.

no,
 si es muy chulo todo lo que dices
de saber que es ilícito y hacerlo.... a sabiendas y tal

pero el examen no va de lo que creas o valores personalmente
 yo me estoy refiriendo a la ley
y la ley dice eso, que lo tiene que declarar un juez
y era la opción C, la que ponía
que como un juez no le había declarado de mala fe
había que reintegrarle los gastos, yo he puesto esa
y me sorprendería que me la dieran por mala

pero aqui de todo puede pasar
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 15:49:53 pm
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no,
 si es muy chulo todo lo que dices
de saber que es ilícito y hacerlo.... a sabiendas y tal

pero el examen no va de lo que creas o valores personalmente
 yo me estoy refiriendo a la ley
y la ley dice eso, que lo tiene que declarar un juez
y era la opción C, la que ponía
que como un juez no le había declarado de mala fe
había que reintegrarle los gastos, yo he puesto esa
y me sorprendería que me la dieran por mala

pero aqui de todo puede pasar
[/
Esa es la c seguro
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Princesxena en 07 de Febrero de 2017, 15:51:05 pm
En serio? No os ha parecido superficie chungo? Los que habéis puesto el tipo A coincidis poco y por las del tipo b no se pueden saber las respuestas porque no coinciden ni enunciados ni respuestas con el A :'( alguien por caridad que ponga la contestación a las pregunta que vale para los dos tipos de examen por fa :'(.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 07 de Febrero de 2017, 15:51:29 pm
de todas formas
por lo que he leido yo en el temario
sembrar unos tomates sin el permiso del dueño
no es ilicito, ni penal ni administrativo

mientras el dueño no le diga nada
se entiende que "tolera" su conducta
que por otra parte, no modifica la posesion
por tanto, no corre peligro
porque no cuenta para usucapir

suerte para todos
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: chaconbeatoj en 07 de Febrero de 2017, 15:53:16 pm
Para aprobar sirve el 4'5. Lo dice la guía que el aprobado va comprendido de 4'5 a 6'9.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: pitu448 en 07 de Febrero de 2017, 15:55:21 pm
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Para aprobar sirve el 4'5. Lo dice la guía que el aprobado va comprendido de 4'5 a 6'9.
Pues cojonudo!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 15:57:32 pm
Joder es q el examen no hay por donde cogerlo, además de ir con el temario machacado nos hacen interpretar y jugar a adivinos, vaya despropósito. Yo veo tres o cuatro potencialmente anulables
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Ov66 en 07 de Febrero de 2017, 16:06:38 pm
La pregunta nº12 del examen tipo B y creo que la 2 del A, que dice:
La cuota de participación en el régimen de propiedad horizontal sirve para determinar...:
a) la participación de las cargas y beneficios por razón de la comunidad, aunque puede verse afectada por mejoras en cada piso o local
b) la participación en las cargas de la comunidad pero no en los beneficios.
c) la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad.

Para mi la correcta es la "c" en base al libro pág 53.

Es que por las respuestas que vi me parece que no se daba por buena esa, si no es así podría alguien explicarme la razón.

Gracias!!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: chaconbeatoj en 07 de Febrero de 2017, 16:08:58 pm
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Joder es q el examen no hay por donde cogerlo, además de ir con el temario machacado nos hacen interpretar y jugar a adivinos, vaya despropósito. Yo veo tres o cuatro potencialmente anulables

Lo de este departamento es de traca. ¿Qué trascendencia tiene en mi futura labor jurídica que un señor pierda las llaves en su casa? Con lo fácil que sería una base de preguntas test amplísima y contrastada con los conceptos más trascendentes.

A todo esto ¿No resulta embarazoso para ellos y les deja en evidencia que en cada examen se anulen 3-4 preguntas?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lepetitdiable en 07 de Febrero de 2017, 16:10:05 pm
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Joder es q el examen no hay por donde cogerlo, además de ir con el temario machacado nos hacen interpretar y jugar a adivinos, vaya despropósito. Yo veo tres o cuatro potentes cialmente anulables

Totalmente de acuerdo, 4 o 5 anulables. Estudiamos derecho y padecemos una total "inseguridad jurídica"  Jajaja
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Lictor en 07 de Febrero de 2017, 16:10:13 pm
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no,
 si es muy chulo todo lo que dices
de saber que es ilícito y hacerlo.... a sabiendas y tal

pero el examen no va de lo que creas o valores personalmente
 yo me estoy refiriendo a la ley
y la ley dice eso, que lo tiene que declarar un juez
y era la opción C, la que ponía
que como un juez no le había declarado de mala fe
había que reintegrarle los gastos, yo he puesto esa
y me sorprendería que me la dieran por mala

pero aqui de todo puede pasar

¿En qué artículo de qué ley?
La respuesta C reza: "por no ser declarado DEUDOR de mala fe". Cuando lo que en todo caso se exige es la declaración judicial expresa de MALA FE POSESORIA. No va la cosa de deudores y acreedores.

La mala fe es la convicción que tiene una persona de haber adquirido el dominio, posesión,  sobre una cosa o un derecho de manera ilícita, fraudulenta, clandestina.
A parte, en el manual dice que a pesar de que el CC no se pronuncie de forma expresa en relación con los gastos útiles, la opinión mayoritaria entiende que NO deberán serle abonados.

Además el Artículo 434CC

La buena fe se presume siempre, y al que afirma la mala fe de un poseedor corresponde la prueba.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 07 de Febrero de 2017, 16:11:41 pm
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La pregunta nº12 del examen tipo B y creo que la 2 del A, que dice:
La cuota de participación en el régimen de propiedad horizontal sirve para determinar...:
a) la participación de las cargas y beneficios por razón de la comunidad, aunque puede verse afectada por mejoras en cada piso o local
b) la participación en las cargas de la comunidad pero no en los beneficios.
c) la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad.

Para mi la correcta es la "c" en base al libro pág 53.

Es que por las respuestas que vi me parece que no se daba por buena esa, si no es así podría alguien explicarme la razón.

Gracias!!

Aun no han publicado las plantillas y no podemos saber la respuesta oficial
pero yo si que se
que ninguna mejora de ningun piso o vecino, puede modificar las cuotas
ya que eso se hace mediante junta de vecinos y ahora no estoy seguro si requiere unanimidad o mayoria simple

pero bueno, da igual, al caso

No se pueden modificar las coutas por mejores (esa es mala)
las cuotas sirven para distribuir gastos, pero también beneficios, sino menuda birria de cuotas
sireven tanto para la carga como beneficios
la buena es la C
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Ov66 en 07 de Febrero de 2017, 16:15:56 pm
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Aun no han publicado las plantillas y no podemos saber la respuesta oficial
pero yo si que se
que ninguna mejora de ningun piso o vecino, puede modificar las cuotas
ya que eso se hace mediante junta de vecinos y ahora no estoy seguro si requiere unanimidad o mayoria simple

pero bueno, da igual, al caso

No se pueden modificar las coutas por mejores (esa es mala)
las cuotas sirven para distribuir gastos, pero también beneficios, sino menuda birria de cuotas
sireven tanto para la carga como beneficios
la buena es la C
Si, claro obviamente lo decía por lo que estoy leyendo aquí, que de momento oficial nada y vamos...deberían dar la opción de escoger "la caja" poque total parece que hay que jugárselo a la respuesta menos incorrecta.
Gracias por la aclaración.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 07 de Febrero de 2017, 16:18:14 pm
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¿En qué artículo de qué ley?
La respuesta C reza: "por no ser declarado DEUDOR de mala fe". Cuando lo que en todo caso se exige es la declaración judicial expresa de MALA FE POSESORIA. No va la cosa de deudores y acreedores.

La mala fe es la convicción que tiene una persona de haber adquirido el dominio, posesión,  sobre una cosa o un derecho de manera ilícita, fraudulenta, clandestina.
A parte, en el manual dice que a pesar de que el CC no se pronuncie de forma expresa en relación con los gastos útiles, la opinión mayoritaria entiende que NO deberán serle abonados.

Además el Artículo 434CC

La buena fe se presume siempre, y al que afirma la mala fe de un poseedor corresponde la prueba.

Lictor

Lo de la presuncion de buena o mala fe es para la posesion
en este caso no se comete ningun ilícito
puesto que Manolo explotaba las tierras, cosa que luis podía ver a diario
no es algo que se esconda en un garaje y lo hacía con la tolerancia de Luis
las conductas toleradas cuando se espeiga o se recogen frutas en fincas que no estan cercadas
no constituye ilicito alguno

en todo caso, podría entrar en duda con la B por la frase previa de lo de la "la doctrina entiende..."
pero viendo la mala leche que tiene el ED
abogo más por la C
un juez tiene que declarar si es de mala o buena fe
para que judicialmente se le devuelva lo gastado
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Lictor en 07 de Febrero de 2017, 16:32:41 pm
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Lictor

Lo de la presuncion de buena o mala fe es para la posesion
en este caso no se comete ningun ilícito
puesto que Manolo explotaba las tierras, cosa que luis podía ver a diario
no es algo que se esconda en un garaje y lo hacía con la tolerancia de Luis
las conductas toleradas cuando se espeiga o se recogen frutas en fincas que no estan cercadas
no constituye ilicito alguno

en todo caso, podría entrar en duda con la B por la frase previa de lo de la "la doctrina entiende..."
pero viendo la mala leche que tiene el ED
abogo más por la C
un juez tiene que declarar si es de mala o buena fe
para que judicialmente se le devuelva lo gastado

Hombre, dice que Luis ( el que explota sin permiso es Luis, Manolo el dueño) explota SIN PERMISO. Si no tiene permiso diícil que Manolo pueda tolerar. Además explicita que Manolo LE RECLAMA a Luis las fincas.
Y que judicialmente se debe declarar la mala fe posesoria, no si es deudor. Luis no puede ser deudor de Manolo, en todo caso lo que él pretende es ser ACREEDOR de Manolo para que le pague las mejoras realizadas.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 07 de Febrero de 2017, 16:40:45 pm
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Hombre, dice que Luis ( el que explota sin permiso es Luis, Manolo el dueño) explota SIN PERMISO. Si no tiene permiso diícil que Manolo pueda tolerar. Además explicita que Manolo LE RECLAMA a Luis las fincas.
Y que judicialmente se debe declarar la mala fe posesoria, no si es deudor. Luis no puede ser deudor de Manolo, en todo caso lo que él pretende es ser ACREEDOR de Manolo para que le pague las mejoras realizadas.

jajaja
se esta liando parda

mira
de lo que estoy seguro
es que el ED
no ha puesto un examen
que dejara bien claras las posturas
ni en esta pregunta
ni en muchas más
así que mejor esperamos a que saquen las plantillas
entre otras cosas porque mañana tengo
MERCANTIL I

Espero que
sean como sean las plantillas
aprobemos todos (cosa bastnte dificil, pero por pedir)
al menos, una cosa si la han hecho bien

SE APRUEBA CON UN 4,5
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Fertrillop en 07 de Febrero de 2017, 16:44:07 pm
Pues con respecto a esa, yo creo que la clave esta en la pregunta cuando dice según la doctrina, puesto que no esta regulada en el CC, en mis apuntes (no estudio por manual) dice  "La doctrina mayoritaria considera que no deben serle abonados. CC no se pronuncia." Aunque luego mas adelante si que dice que la buena fe la dictamina un juez. Yo creo que estamos en una balanza pero la clave esta en "según la Doctrina"..... Creo, suerte a todos....
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Lictor en 07 de Febrero de 2017, 16:46:57 pm
Idem, ecaracet1. Si aquí y ahora cada cual escribe su interpretación. En fin, a esperar y a seguir haciendo codos. Suerte!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 07 de Febrero de 2017, 16:49:46 pm
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Idem, ecaracet1. Si aquí y ahora cada cual escribe su interpretación. En fin, a esperar y a seguir haciendo codos. Suerte!

Igualmente suerte
nos vemos en la arena GLADIATOR!!!
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: fcs94 en 07 de Febrero de 2017, 16:56:01 pm
Cuándo suelen salir las plantillas??
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Hamle en 07 de Febrero de 2017, 16:57:05 pm
Del tipo B, la 18 creo que es la A, aunque yo puse la B grrrrr.

Tengo dudas en la 2, la 4 y la 14.

La 2 puse que no se extingue la prenda, pensando que cuando acabe la exposición se le devuelve el cuadro y continúa la prenda. Pero no sé si es correcto.

La 4 es un lío. Creo que se refiere a la posesión de las llaves, pero ni idea de cuál es la correcta.

La 14 puse la b  porque el derecho de retención está en la prenda, y ésta se reserva para bienes muebles.

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Marcos_Derecho en 07 de Febrero de 2017, 17:34:54 pm
Acabo de terminar de resolverlo con el manual.
Salvo mejor criterio del equipo docente, ahí van las respuestas: https://www.facebook.com/ApuntesMD (ftp://www.facebook.com/ApuntesMD)

Espero que os haya salido bien.
 
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 18:23:59 pm
No se puede acceder. Puedes colgarlas aqui xfa
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 07 de Febrero de 2017, 18:28:50 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
No se puede acceder. Puedes colgarlas aqui xfa

cuando pinches en el enlace
fijate en la barra donde aparece la dirección de internet
veras que falta el Http...
solo tienes que completarla y darle a enter
ha sido un error al configurar el link
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lulu1985 en 07 de Febrero de 2017, 18:33:26 pm
Ya esta. Hay alguna que no estoy de acuerdo con sus respuestas yo tb las busque antes...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Marcos_Derecho en 07 de Febrero de 2017, 18:49:30 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Acabo de terminar de resolverlo con el manual.
Salvo mejor criterio del equipo docente, ahí van las respuestas: https://www.facebook.com/ApuntesMD (ftp://www.facebook.com/ApuntesMD)

Espero que os haya salido bien.

https://www.facebook.com/ApuntesMD/posts/1094166907377319

Perdón, copie mal el enlace.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 07 de Febrero de 2017, 19:03:00 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
https://www.facebook.com/ApuntesMD/posts/1094166907377319

Perdón, copie mal el enlace.

Muchas gracias marcos

Segun tus resultados yo tendría mal 5 y bien 15
tengo dudas en algunas de las que has puesto
pero se agradece que te hayas molestado en contrastar en el libro  :D
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 19:08:29 pm
La 1 es la c seguro, y la 8 sobre el retracto de arrendamiento.. tengo mis dudas sobre si es renunciable o no.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ferdix en 07 de Febrero de 2017, 19:16:39 pm
Es renunciable según plazos, por tanto, la correcta sería la a
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 07 de Febrero de 2017, 19:23:22 pm
sI NO LAS ANALIZO NO ME VOY A QUEDAR A GUSTO, ES QUE ES DIFICIL ENCONTRARLAS HASTA POR INTERNET.:
El artículo 525 del propio Código, al disponer que "Los derechos de uso y habitación no se pueden arrendar ni traspasar a otro por ninguna clase de título".
SEGUN ESTO LOS DOS SUPUESTOS CONSTITUYEN UNA PROHIBICION LEGAL DE DISPONER

Artículo 3 LPH. ....”A cada piso o local se atribuirá una cuota de participación
con relación al total del valor del inmueble y referida a centésimas del mismo. Dicha
cuota servirá de módulo para determinar la participación en las cargas y beneficios
por razón de la Comunidad”.

QUE LA POSESION SEA EN CONCEPTO DE DUEÑO :Insiste el Alto Tribunal en que la posesión en concepto de dueño, como requisito esencial básico, tanto de la usucapión ordinaria como de la extraordinaria.//El Tribunal Supremo (entre otras en sentencia de 14.03.1991) recuerda que es doctrina jurisprudencial ” que sólo la posesión que se adquiere y disfruta en concepto de dueño puede servir de titulo para adquirir el dominio”.

Tan terminantes son los artículos 447 y 1941 del Código Civil,  que el Tribunal Supremo al aplicarlos hubo de declarar que tanto la prescripción ordinaria como la extraordinaria no pueden tener lugar  sin la base cierta de una posesión continuada durante todo el tiempo necesario para prescribir en concepto de dueño.

La tradición instrumental

La tradición instrumental se denomina así porque se genera en virtud del otorgamiento de escritura pública (ésta, en lenguaje técnico es ciertamente un instrumento público) y tiene una extraordinaria y cotidiana importancia práctica. Con semejante expresión se refiere la doctrina al supuesto de tradición contemplado en el art. 1462.2.f: "Cuando se haga la venta mediante escritura pública, el otorgamiento de ésta equivaldrá a la entrega de la cosa objeto del contrato".

A título meramente enunciativo son derechos reales poseíbles la propiedad, el usufructo, el derecho de uso y habitación, las servidumbres, la enfiteusis y otros censos, cargas reales, superficie, etc. POR TANTO USO Y USUFRUCTO SON CAUSA DE ADQUISICION.
ESTA LA TENGO MAL  >:( -0,2

CLASES DE ACCESIÓN CONTINUA:
A. DE INMUEBLE A INMUEBLE ( aluvión, avulsiòn, mutación, de cauce o álveo, formulación de islas.) >:( -0,2

La fe pública registral en sentido positivo
Respecto de terceros, el contenido del Registro debe presumirse exacto e íntegro.
Esto es, el tercero hipotecario se convierte en titular del derecho inscrito, en las condiciones reflejadas tabularmente, aunque el anterior titular registral no fuera realmente propietario o titular de cualquier otro derecho real. ;D

POSESION ORDINARIA El dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles se prescriben por la posesión durante DIEZ años entre presentes y VEINTE entre ausentes, con buena fe y justo título, art 1957 CC;POSESION EXTRAORDINARIA Bienes inmuebles, dispone el art 1959 CC:”Se prescriben también el dominio y demás derechos reales sobre los bienes inmuebles por su posesión no interrumpida durante TREINTA años, sin necesidad de título ni de buena fe, y sin distinción entre presentes y ausentes, salvo la excepción determinada en el artículo 539”. ;D

En todo caso, el reclamante debe alegar que dicho daño disminuye o disminuirá el valor de la finca de tal manera que la hipoteca será insuficiente. La autoridad judicial podrá entonces dictar providencia ordenando al propietario hacer o no hacer lo que proceda para evitar o remediar el daño.

 El poseedor de buena fe (ignorante de los vicios de su posesión) que ha sido vencido en juicio por quien tenía mejor derecho a poseer, hasta que se le abonen por éste los gastos necesarios y útiles realizados en la cosa poseída (artículo 453 del Código Civil). ;D

B) Bienes no hipotecables

Según el art 108 de la Ley Hipotecaria:

No se podrán hipotecar:

1º Las servidumbres, a menos que se hipotequen juntamente con el predio dominante, y exceptuándose, en todo caso, la de aguas, la cual podrá ser hipotecada.

2º Los usufructos legales, excepto el concedido al cónyuge viudo por el Código civil.

3º El uso y la habitación. ;D

EN CUANTO A LA PRESGUNTA DE SI LA INSCRIPCION REGISTRAL DE LA CESION DE CRETIDO HIPOTECARIO ES CONSTITUTIVA.:
Exiten diferentes posicionamientos respecto a si es declarativa, constituitiva, o si no. Me parece una pregunta muy ambigüa y no debería ser objeto de pregunta test, por lo que tal vez esta pudiera impugnarse. De lo recogido podeis sacar vuestras propias conclusiones, os dejo un par de enlaces para el que le interese el tema. Yo estoy en esta postura.: ...el mismo artículo 130 de la Ley Hipotecaria continúa exigiendo que el procedimiento de ejecución hipotecaria se ajuste a “(…) los extremos contenidos en el asiento respectivo (…)”. En consecuencia, la inscripción de la cesión del derecho real de hipoteca continúa siendo constitutiva, y el procedimiento de ejecución hipotecaria deberá ajustarse a los extremos que contenga la inscripción correspondiente, entre los cuales cabe destacar el relativo a legitimación activa. ENLACES: http://www.eljurista.eu/2013/06/18/la-legitimacion-activa-en-el-procedimiento-de-ejecucion-hipotecaria/; revistas.uned.es/index.php/RDUNED/article/download/11126/10654

BUENO COMPIS el resto de preguntas porfi que las busque otra persona, me tengo que poner a estudiar Derecho de trabajao que tengo el examen pasado mañana.  :-*



Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: yagoba en 07 de Febrero de 2017, 21:59:12 pm
Examen rebuscado donde los haya. Con este seguro que cumplen con el cupo de suspensos que les exigira la UNED...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: chaconbeatoj en 07 de Febrero de 2017, 22:49:26 pm
Copio aquí la plantilla del examen contrastado por Marcos Derecho.

1) Para nuestra jurisprudencia actual, la inscripción registral de la cesión de crédito hipotecario es:
B) tiene valor constitutivo (pág. 243).
2) Cuando un acreedor pignoraticio entregue al deudor uno de sus cuadros para que como pintor pueda exponerlo en una exposición panorámica de su pintura, se entiende que la prenda:
A) No se extingue (pág. 202).
3) Se denomina finca funcional o especial a los efectos de ser susceptible de inscribirse en el Registro de la Propiedad:
C) A la concesión administrativa que recaiga sobre inmueble (pág, 299).
4. Juan ha perdido las llaves de su casa en su propia casa. En este caso puede decirse que: (IMPUGNABLE)
Se intuye que la respuesta correcta se pretendía que fuera la C. Pero falta un "NO" al principio de la frase, para que tenga sentido.
C) (NO) ha perdido la posesión porque las llaves se hallan bajo su poder aunque ignore su paradero (pág. 87).
5. El pagador del canon o pensión en el censo reservativo es:
B) El nuevo titular del fundo (pág. 177).
6. De la subrogación hipotecaria a instancia del deudor puede afirmarse que:
B) No requiere el consentimiento del acreedor hipotecario (pág. 239).
7. La servidumbre de abrevadero se califica como:
B) Discontinua (pág. 164).
8. Señale qué tipo de accesión es la mutación de cauce:
A) La accesión de inmueble a inmueble (pág. 124)
9. El retracto en un contrato de arrendamiento de vivienda suscrito en febrero de 2014:
C) ambas, a) y b, son correctas (pág. 283).
10. Señale de las que se indican la que NO es una causa de adquisición de los derechos reales:
D) Ninguno de los anteriores (pág. 107).
11. Conforme el art. 34 LH respecto de terceros, el Principio de la fe pública registral significa:
C) Los ítems a) y b) son correctos (pág. 346).
12. La cuota de participación en el régimen de propiedad horizontal sirve para determinar:
C) La participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad (pág. 54).
13. Señale de los propuestos el que constituye una prohibición legal de disponer:
C) Los dos supuestos constituyen un caso de prohibición legal de disponer (pág. 14).
14. El derecho de retención en la cosa inmueble:
B) Solo se da en los bienes muebles, pero no en los inmuebles. (pág. 189).
15. Cuando el propietario de un piso hipotecado provoque con abuso el deterioro del mismo, el acreedor hipotecario puede ejercitar la acción de deterioro o devastación:
B) Por la que puede solicitar que el propietario haga o no haga lo que proceda para evitar o remediar el daño que disminuye el valor de la cosa (pág. 241).
16. No son hipotecables:
C) Los derechos de uso y habitación (pág. 226).
17. La doble inmatriculación en el Registro significa que:
B) aparecen en dos o más folios del Registro una misma finca inscrita a favor de la misma persona o de dos personas distintas (pág. 306).
18. Luis, que sin permiso de Manolo explotaba sus fincas del pueblo, las transforma de secano en regadío. Luis le dice a Manolo cuando le reclama las fincas, que se va pero que le abone los gastos útiles. El abogado a quien consultan les explica que la doctrina entiende que:
A) como poseedor de mala fe no tiene derecho a la devolución de los gastos útiles (pág 93).
19. ¿Qué es requisito común tanto en una usucapión ordinaria como en una usucapión extraordinaria?
C) Que la posesión sea en concepto de dueño (pág. 136).
20. Manolo entrega un reloj de oro como prenda de un crédito de 200 € que pide a Luis y no habiendo acabado de pagar esta deuda le convence para que le preste 100 € más, con la excusa que se los pagará antes que la otra deuda. En este caso, señale qué derechos tiene el acreedor pignoraticio:
C) podrá prorrogar la retención el reloj hasta que se le paguen los dos créditos pero no tendrá preferencia crediticia respecto de la segunda deuda. (pág. 200).
PREGUNTAS DE RESERVA
21. El expediente de dominio:
A) Permite reanudar el tracto sucesivo y hacer constar el exceso de cabida (pág. 302).
22. El dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles prescriben por la posesión:
A) durante 10 años entre presentes y 20 años entre ausentes, con buena fe y justo título (pág. 140).
23. Cuando la venta de bien inmueble se haga en escritura pública, estamos en presencia de una traditio:
B) Instrumental (pág. 112).
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: jmmg en 07 de Febrero de 2017, 23:20:56 pm
Pues de momento así de entrada sin mirar mas la la 1 está mal  c) es eficaz etc,..y la 22 está mal es la C) Ambas son correctas...Vamos a esperar a las plantillas antes de "aseverar" comprobaciones "contrastadas"
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: AFernandez1982 en 07 de Febrero de 2017, 23:22:47 pm
Muchas respuestas diferentes veo, me quedo con el primer resultado que habeis puesto, con ese saco un 4,6 jaja.

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 07 de Febrero de 2017, 23:33:38 pm
y quien es Marcos derecho??? Un alumno???, porque hay algunas respuestas que no son correctas emprezando como he explicado antes por esta.:
 El dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles prescriben por la posesión:
POSESION ORDINARIA El dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles se prescriben por la posesión durante DIEZ años entre presentes y VEINTE entre ausentes, con buena fe y justo título, art 1957 CC;POSESION EXTRAORDINARIA Bienes inmuebles, dispone el art 1959 CC:”Se prescriben también el dominio y demás derechos reales sobre los bienes inmuebles por su posesión no interrumpida durante TREINTA años, sin necesidad de título ni de buena fe, y sin distinción entre presentes y ausentes, salvo la excepción determinada en el artículo 539”. ;D
Así lo entiendo yo, y hay otras.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: AFernandez1982 en 07 de Febrero de 2017, 23:44:31 pm
Es cierto que con un 4,5 apruebas entonces?
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 07 de Febrero de 2017, 23:47:29 pm
Jmmc, la 1 que dices está mal, debería de impugnarse, lee si tienes ganas y tiempo lo siguiente, porque yo creo que no existe un criterio unámine al respecto. Yo he puesto que es contitutivo, y si lo pone como mal me voy a quejar y voy a dar estos argumentos.:

EN CUANTO A LA PRESGUNTA DE SI LA INSCRIPCION REGISTRAL DE LA CESION DE CRETIDO HIPOTECARIO ES CONSTITUTIVA.:
Exiten diferentes posicionamientos respecto a si es declarativa, constituitiva, o si no. Me parece una pregunta muy ambigüa y no debería ser objeto de pregunta test, por lo que tal vez esta pudiera impugnarse. De lo recogido podeis sacar vuestras propias conclusiones, os dejo un par de enlaces para el que le interese el tema. Yo estoy en esta postura.: ...el mismo artículo 130 de la Ley Hipotecaria continúa exigiendo que el procedimiento de ejecución hipotecaria se ajuste a “(…) los extremos contenidos en el asiento respectivo (…)”. En consecuencia, la inscripción de la cesión del derecho real de hipoteca continúa siendo constitutiva, y el procedimiento de ejecución hipotecaria deberá ajustarse a los extremos que contenga la inscripción correspondiente, entre los cuales cabe destacar el relativo a legitimación activa. ENLACES: http://www.eljurista.eu/2013/06/18/la-legitimacion-activa-en-el-procedimiento-de-ejecucion-hipotecaria/; revistas.uned.es/index.php/RDUNED/article/download/11126/10654

Así que me parece que la respuesta va a depender del criterio de quien formula la pregunta.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Saber en 07 de Febrero de 2017, 23:48:33 pm
Losiento por interrumpir por aqui pero tengo que decirlo, me haces mucha gracia Montseriue entre lo que te curras las respuestas la forma de expresarte y el gif que tienes de foto jaja esque te va genial el gato ese  ;D ;D te imagino tal cual nose porque, sin malos royos c:

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Es cierto que con un 4,5 apruebas entonces?
Si, lo pone en el alf, de 4,5 a 4,9 te lo suben al 5,aprobado
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: chaconbeatoj en 08 de Febrero de 2017, 00:47:03 am
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y quien es Marcos derecho??? Un alumno???, porque hay algunas respuestas que no son correctas emprezando como he explicado antes por esta.:
 El dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles prescriben por la posesión:
POSESION ORDINARIA El dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles se prescriben por la posesión durante DIEZ años entre presentes y VEINTE entre ausentes, con buena fe y justo título, art 1957 CC;POSESION EXTRAORDINARIA Bienes inmuebles, dispone el art 1959 CC:”Se prescriben también el dominio y demás derechos reales sobre los bienes inmuebles por su posesión no interrumpida durante TREINTA años, sin necesidad de título ni de buena fe, y sin distinción entre presentes y ausentes, salvo la excepción determinada en el artículo 539”. ;D
Así lo entiendo yo, y hay otras.

Oye que simplemente me he limitado a copiar sus respuestas porque algunos están angustiados y creo que pueden servir de ayuda. Son unas respuestas más como otras cualquieras. Si no te parecen correctas y tan seguro estás de lo que dices para qué contrastas nada. Un saludo
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Lictor en 08 de Febrero de 2017, 02:19:56 am
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¿Y si se refiere a posesión en sentido material,  posesión natural? Artículo 430 CC: Posesión natural es la tenencia *de una cosa...
*Apoderamiento material sobre un bien con independencia del título que podría justificarlo.

En relación a la pregunta de las llaves.

 En el CC se establecen 2 tipos de posesión: la jurídica (civil) y como poder de hecho (natural). Al responder la B)"ha perdido la posesión aunque siga siendo su dueño", no pierde la posesión civil, Juan seguirá queriendo 'haber' las llaves como suyas, su voluntad, su animus de poseer las llaves sigue intacta aunque desconozca el paradero de éstas. Y así lo estipula el artículo 461 CC. No se entiende perdida la cosa mientras se halle en poder (se entiende, su casa) del poseedor.

Pero la posesión de facto, la tenencia, la posesión natural de las llaves SÍ la ha perdido pese a seguir siendo propietario, ya que sigue detentado el título, el animus pero NO el corpus .

É o no

PD: ¿en serio para un trabajo que tienen van a a cagarla de esa manera por no poner un "NO"? Como la anulen, lo cual es probable, por no haber puesto el "no"... ole, OLE y ¡OLE! por ellos y todos sus compañeros.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 08 de Febrero de 2017, 05:31:18 am
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En relación a la pregunta de las llaves.

 En el CC se establecen 2 tipos de posesión: la jurídica (civil) y como poder de hecho (natural). Al responder la B)"ha perdido la posesión aunque siga siendo su dueño", no pierde la posesión civil, Juan seguirá queriendo 'haber' las llaves como suyas, su voluntad, su animus de poseer las llaves sigue intacta aunque desconozca el paradero de éstas. Y así lo estipula el artículo 461 CC. No se entiende perdida la cosa mientras se halle en poder (se entiende, su casa) del poseedor.

Pero la posesión de facto, la tenencia, la posesión natural de las llaves SÍ la ha perdido pese a seguir siendo propietario, ya que sigue detentado el título, el animus pero NO el corpus .

É o no

PD: ¿en serio para un trabajo que tienen van a a cagarla de esa manera por no poner un "NO"? Como la anulen, lo cual es probable, por no haber puesto el "no"... ole, OLE y ¡OLE! por ellos y todos sus compañeros.

Tienes toda la razón
de hecho a mi me ralló un montón y terminé respodiendo
"ha perdido la posesion auqnue sigue siendo su dueño"
porque realmente lo es al no desparecer las llaves de su esfera inmediata de influencia
da la casualidad que cuando leí ese apartado en los apuntes pensé
esta es pregunta de examen fijo
y mira tu por donde

Totalmente impugnable
deberían haber puesto un NO delante
pues n pierde la posesión en ningún momento
al no salir de su esfera de influencia...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: ecaracet1 en 08 de Febrero de 2017, 05:32:23 am
QUE SAQUEN YA LAS PLANTILLAS QUE LES VAMOS A DESMONTAR TODO EL EXAMEN POCO A POCO, JAJAJA
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Quiron1976 en 08 de Febrero de 2017, 12:43:34 pm
Desde luego el examencito se las trajo
Que mala idea y que mal redactadas las preguntas y las correspondientes preguntas
Y eso que era test ,no quiero ni pendar si llega a ser de desarrollo o de un supuesto práctico, como hubieran confeccionado el examen y evaludado las respuestas
En fin...
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 08 de Febrero de 2017, 20:23:11 pm
Jajaja,SABER, a que mola el gif??? En el libro aunque no se ve pone.: Estrategia Militar.
Pues no te creas que mañana tengo el de Derecho Laboral y me parece que no me voy a presentar. Tengo un montón de trabajo en la empresa y hoy no iba a venir para quedarme a estudiar, pero entre que me he levantado a las 7 con unos obreros levantando el asfalto y un ruido de narices, he dicho me voy a estudiar a la oficina que aquí no hay quien pare, y cuando he llegado el mogollón de clientes y teléfono. Así que para hacerlo mal, mejor a Septiembre :'(. Lo de mi manera de expresarme jajajaja no entiendo, está mal? y lo de buscar las preguntas, porque la curiosidad mató al gato, pero ya he desistido, Dios dirá, porque cada uno hemos puesto cosas distintas y todos con argumentos.
Me pregunto cuando darán las notas, pero voy a estar ahí, ahí, como decía alguien por el foro preguntas nada concretas y jugando a las adivinanzas. ¿donde están las llaves matarilerilerile, donde están las llaves matarile rilerón, chipon. jajajaja.
Una nota de humor que siempre viene bien.
Besos a todos.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Saber en 08 de Febrero de 2017, 20:45:22 pm
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Jajaja,SABER, a que mola el gif??? En el libro aunque no se ve pone.: Estrategia Militar.
Pues no te creas que mañana tengo el de Derecho Laboral y me parece que no me voy a presentar. Tengo un montón de trabajo en la empresa y hoy no iba a venir para quedarme a estudiar, pero entre que me he levantado a las 7 con unos obreros levantando el asfalto y un ruido de narices, he dicho me voy a estudiar a la oficina que aquí no hay quien pare, y cuando he llegado el mogollón de clientes y teléfono. Así que para hacerlo mal, mejor a Septiembre :'(. Lo de mi manera de expresarme jajajaja no entiendo, está mal? y lo de buscar las preguntas, porque la curiosidad mató al gato, pero ya he desistido, Dios dirá, porque cada uno hemos puesto cosas distintas y todos con argumentos.
Me pregunto cuando darán las notas, pero voy a estar ahí, ahí, como decía alguien por el foro preguntas nada concretas y jugando a las adivinanzas. ¿donde están las llaves matarilerilerile, donde están las llaves matarile rilerón, chipon. jajajaja.
Una nota de humor que siempre viene bien.
Besos a todos.
No no no esta mal, pero nose porque me da la impresion de que no paras quieto cual el gato del gif jajaja. Yo igual he teneido que dejar procesal para septiembre, pense que me daria tiempo pero nanai.

Mejor no preguntarse cuando dan las notas por que aqui es un horror, "no hay calificaciones que mostrar" hasta el infinito jaja
Besos para ti tambien  :-* jajaja
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 08 de Febrero de 2017, 20:49:09 pm
Respondiendo a los que preguntan si se aprueba con 4,5 hay una persona que ha publicado lo siguiente (ver debajo) en el foro de la Uned, pero yo por más que lo busco no encuentro donde lo dice, o a lo mejor se refiere a los que hicieron el examen la primera semana. Si alguien lo encuentra que diga donde lo dice.

"He leído en la plataforma alf de esta asignatura que debido al carácter subjetivo del examen tipo test se ha realizado una ponderación en la cual los alumnos que tengan una nota entre 4,5-4,9 se entenderá aprobada la asignatura";
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 08 de Febrero de 2017, 21:00:03 pm
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No no no esta mal, pero nose porque me da la impresion de que no paras quieto cual el gato del gif jajaja. Yo igual he teneido que dejar procesal para septiembre, pense que me daria tiempo pero nanai.

Mejor no preguntarse cuando dan las notas por que aqui es un horror, "no hay calificaciones que mostrar" hasta el infinito jaja
Besos para ti tambien  :-* jajaja

En eso tienes razón que no paro quiet@ si un segundo, yo para mi que como casi todos los que nos presentamos a la PEC hemos sacado un 10, han dicho: " a ver estos listos si son tan listos" y nos la han emplumado pero bien. Porque anda, que la del cuadrito todavía no he averiguado la respuesta. :-\

Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: chaconbeatoj en 08 de Febrero de 2017, 21:03:44 pm
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Respondiendo a los que preguntan si se aprueba con 4,5 hay una persona que ha publicado lo siguiente (ver debajo) en el foro de la Uned, pero yo por más que lo busco no encuentro donde lo dice, o a lo mejor se refiere a los que hicieron el examen la primera semana. Si alguien lo encuentra que diga donde lo dice.

"He leído en la plataforma alf de esta asignatura que debido al carácter subjetivo del examen tipo test se ha realizado una ponderación en la cual los alumnos que tengan una nota entre 4,5-4,9 se entenderá aprobada la asignatura";

En las últimas páginas de la guía de la asignatura se puede leer. Es el criterio del año pasado también
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: AFernandez1982 en 08 de Febrero de 2017, 22:44:31 pm
La frase de la respuesta C de la pregunta de la posesion de las  llaves no le encuentro sentido, tal vez si que le falta el NO delante para que suene mas coherente. Estos para no romperse los sesos si es asi la anularan.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: lepetitdiable en 08 de Febrero de 2017, 23:24:57 pm
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La frase de la respuesta C de la pregunta de la posesion de las  llaves no le encuentro sentido, tal vez si que le falta el NO delante para que suene mas coherente. Estos para no romperse los sesos si es asi la anularan.

Tal vez no, le falta el NO. Lo dice el propio código civil. Han metido la pata hasta el fondo.
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Montseriu en 09 de Febrero de 2017, 19:30:34 pm
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Oye que simplemente me he limitado a copiar sus respuestas porque algunos están angustiados y creo que pueden servir de ayuda. Son unas respuestas más como otras cualquieras. Si no te parecen correctas y tan seguro estás de lo que dices para qué contrastas nada. Un saludo
No no, que creí que como decías Marcos de Derecho, contrastadas que igual era que lo habías contastado con algún profe y por eso te preguntaba que quién era? Aquí seguridad en las respuestas no tenemos ninguno, yo tampoco digo que sean las mias las buenas, para nada, vete a saber como lo van a corregir, y para cuando ::)
Título: Re:Hilo Oficial Civil III (2016 / 2017)
Publicado por: Marcos_Derecho en 10 de Febrero de 2017, 08:05:40 am
Se han ido contrastando con el libro y corrigiendo con la aportación de varios compañeros.
Evidentemente, hay preguntas que hasta que el equipo docente no se pronuncie... No puede afirmarse nada con seguridad absoluta.