Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 12 de Septiembre de 2016, 21:22:50 pm
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Derecho Civil IV curso 2016 / 2017
Todo lo relacionado con la asignatura en el curso 2016/2017
Guia de la asignatura: Derecho Civil IV: Derecho de Sucesiones (https://mega.nz/#!qlk22KTL!h7ea0hXC_CuiTBk3kt9vGRSMfXCnxkMmxk3snTPSdT4)
Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.
Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0
Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0
Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0
Derecho Civil IV: Temas en clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120153.0)
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tiene que ser bonita
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Hola
Hay buenos apuntes o se estudia por libro?
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Yo en principio usare el libro.
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Buenas noches!!! Yo voy con esta también y hoy he comprado el libro. Alguien del curso pasado puede poner los temas que se excluyeron? Gracias
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Buenas noches!!! Yo voy con esta también y hoy he comprado el libro. Alguien del curso pasado puede poner los temas que se excluyeron? Gracias
http://www2.uned.es/dpto-dcivil/docs/ProgrDC4-reducs.pdf
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Gracias ByFlash
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Os dejo esta recopilación de las preguntas que han hecho en años anteriores, ordenadas por temas.
PREGUNTAS EXAMEN CIVIL IV
El derecho de acrecer (T,1)
Fases del fenómeno sucesorio: la vocación y la delación (T.1)
Fases del fenómeno sucesorio: apertura de la sucesión (T.1)
El derecho de transmisión o ius transmissionis (T.1)
El derecho de representación en la sucesión intestada: presupuestos de aplicación. (Dos veces) (T.1)
Incapacidades relativas (T.2)
Supervivencia del sucesor (T.2)
Supervivencia del Sucesor: El llamamiento al Concepturus (Tema 2)
Supervivencia del sucesor: los casos de conmoriencia (T.2)
Causas de indignidad (t,2)
La rehabilitación del indigno (T.2)
Capacidad para testar: La edad (Tema 3)
Capacidad para testar (Tema 3)
Requisitos del testamento cerrado (T.3)
La Institución del heredero (T.4)
Las condiciones en las disposiciones testamentarias: condiciones lícitas e ilícitas (T.4)
Supuestos dudosos de institución: el legado de parte alícuota (T.4)
Clases de sustitución fideicomisaria (T.5)
La sustitución pupilar y cuasipupilar: régimen básico de ambas (t.5)
La adquisición de los legados (T.6)
El pago de los legados (T.6)
El albaceazgo: Caracteres (T.7)
La legítima de los ascendientes (Tema.8)
La legítima de los descendientes (Tema.8)
Causas de desheredación de hijos y descendientes (dos veces) (tema.8)
El pago de la legítima. Su intangibilidad cuantitativa (Tema.8)
Concepto de reserva lineal o troncal (T.9)
Presupuestos y procedencia de la sucesión intestada. (Dos veces) (Tema 10)
La sucesión intestada: llamamiento de los descendientes (t.10)
Sucesión intestada del cónyuge viudo (t.10)
La adquisición de la posesión de la herencia (Tema 11)
Efectos del beneficio de inventario (Tema 11)
Extinción de la comunidad hereditaria. (Dos veces) (Tema 12)
La comunidad hereditaria: actos de disposición durante la indivisión (t.12)
La comunidad hereditaria: actos de administración (T.12)
Partición realizada por el partidor-contador (T.13)
El fundamento y dispensa de la colación (dos veces) (T.14)
La práctica y efectos de la colación (t.14)
Presupuestos de la colación (T.14)
Un saludo... ;)
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Muchas gracias
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Otra que se apunta
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Otro más que se anima!
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A ver qué tal se nos da ésta
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Animaros con ella, es una asignatura muy bonita, y no se portan mal; lo dice alguien que hace dos horas se acaba de enterar que la superó. Buena suerte.
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Animaros con ella, es una asignatura muy bonita, y no se portan mal; lo dice alguien que hace dos horas se acaba de enterar que la superó. Buena suerte.
gracias por los animos, en general los civiles son bonitos y este deberia ser cortito solo son cuatro creditos ;)
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Tengo una duda sobre el manual, en la guía el manual recomendado aparece con la edición de 2013 pero actualmente está publicada la edición de 2016. ¿Alguien puede resolverme la duda? Gracias de antemano.
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Me uno!!! a por el ultimo civil!!! :)
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Si vais a estudiar la asignatura con apuntes del año pasado, os destaco una novedad. Según vaya viendo más las iré señalando.
TEMA 3, apartado 5.2. referido a las causas de indignidad, que a mí me parece que puede ser un tema importante.
La nueva ley de jurisdicción voluntaria da nueva redacción al artículo 756 del código civil, y cambian radicalmente los apartados 1 y 2 del artículo.
"1.º El que fuera condenado por sentencia firme por haber atentado contra la vida, o a pena grave por haber causado lesiones o por haber ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar al causante, su cónyuge, persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
2.º El que fuera condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, si el ofendido es el causante, su cónyuge, la persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
Asimismo el condenado por sentencia firme a pena grave por haber cometido un delito contra los derechos y deberes familiares respecto de la herencia de la persona agraviada.
También el privado por resolución firme de la patria potestad, o removido del ejercicio de la tutela o acogimiento familiar de un menor o persona con la capacidad modificada judicialmente por causa que le sea imputable, respecto de la herencia del mismo."
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tenéis la reducción de temario?
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tenéis la reducción de temario?
Este es el del año pasado: http://www2.uned.es/dpto-dcivil/docs/ProgrDC4-reducs.pdf
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Si vais a estudiar la asignatura con apuntes del año pasado, os destaco una novedad. Según vaya viendo más las iré señalando.
TEMA 3, apartado 5.2. referido a las causas de indignidad, que a mí me parece que puede ser un tema importante.
La nueva ley de jurisdicción voluntaria da nueva redacción al artículo 756 del código civil, y cambian radicalmente los apartados 1 y 2 del artículo.
"1.º El que fuera condenado por sentencia firme por haber atentado contra la vida, o a pena grave por haber causado lesiones o por haber ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar al causante, su cónyuge, persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
2.º El que fuera condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, si el ofendido es el causante, su cónyuge, la persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
Asimismo el condenado por sentencia firme a pena grave por haber cometido un delito contra los derechos y deberes familiares respecto de la herencia de la persona agraviada.
También el privado por resolución firme de la patria potestad, o removido del ejercicio de la tutela o acogimiento familiar de un menor o persona con la capacidad modificada judicialmente por causa que le sea imputable, respecto de la herencia del mismo."
MIL GRACIAS :)
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me unoooo :D
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Hola a todos, compañeros, me uno a esta este año, si puedo ayudar en algo, pues a mandar, suerte a todos.
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Tengo una duda sobre el manual, en la guía el manual recomendado aparece con la edición de 2013 pero actualmente está publicada la edición de 2016. ¿Alguien puede resolverme la duda? Gracias de antemano.
Es un error de la guía, la edición última es la de 2016.
Salu2.
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¡Me uno! Mucha mierduca, compis :)
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Yo también me apunto. En general se me han dado bien los civiles espero seguir con la racha. Suerte y ánimos para todos.
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Este es el del año pasado: http://www2.uned.es/dpto-dcivil/docs/ProgrDC4-reducs.pdf
Muchas gracias
Quitan muy poca materia además el tema de práctica de particion último tema no queda claro
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Si vais a estudiar la asignatura con apuntes del año pasado, os destaco una novedad. Según vaya viendo más las iré señalando.
TEMA 3, apartado 5.2. referido a las causas de indignidad, que a mí me parece que puede ser un tema importante.
La nueva ley de jurisdicción voluntaria da nueva redacción al artículo 756 del código civil, y cambian radicalmente los apartados 1 y 2 del artículo.
"1.º El que fuera condenado por sentencia firme por haber atentado contra la vida, o a pena grave por haber causado lesiones o por haber ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar al causante, su cónyuge, persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
2.º El que fuera condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, si el ofendido es el causante, su cónyuge, la persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
Asimismo el condenado por sentencia firme a pena grave por haber cometido un delito contra los derechos y deberes familiares respecto de la herencia de la persona agraviada.
También el privado por resolución firme de la patria potestad, o removido del ejercicio de la tutela o acogimiento familiar de un menor o persona con la capacidad modificada judicialmente por causa que le sea imputable, respecto de la herencia del mismo."
Os dejo esta recopilación de las preguntas que han hecho en años anteriores, ordenadas por temas.
PREGUNTAS EXAMEN CIVIL IV
El derecho de acrecer (T,1)
Fases del fenómeno sucesorio: la vocación y la delación (T.1)
Fases del fenómeno sucesorio: apertura de la sucesión (T.1)
El derecho de transmisión o ius transmissionis (T.1)
El derecho de representación en la sucesión intestada: presupuestos de aplicación. (Dos veces) (T.1)
Incapacidades relativas (T.2)
Supervivencia del sucesor (T.2)
Supervivencia del Sucesor: El llamamiento al Concepturus (Tema 2)
Supervivencia del sucesor: los casos de conmoriencia (T.2)
Causas de indignidad (t,2)
La rehabilitación del indigno (T.2)
Capacidad para testar: La edad (Tema 3)
Capacidad para testar (Tema 3)
Requisitos del testamento cerrado (T.3)
La Institución del heredero (T.4)
Las condiciones en las disposiciones testamentarias: condiciones lícitas e ilícitas (T.4)
Supuestos dudosos de institución: el legado de parte alícuota (T.4)
Clases de sustitución fideicomisaria (T.5)
La sustitución pupilar y cuasipupilar: régimen básico de ambas (t.5)
La adquisición de los legados (T.6)
El pago de los legados (T.6)
El albaceazgo: Caracteres (T.7)
La legítima de los ascendientes (Tema.8)
La legítima de los descendientes (Tema.8)
Causas de desheredación de hijos y descendientes (dos veces) (tema.8)
El pago de la legítima. Su intangibilidad cuantitativa (Tema.8)
Concepto de reserva lineal o troncal (T.9)
Presupuestos y procedencia de la sucesión intestada. (Dos veces) (Tema 10)
La sucesión intestada: llamamiento de los descendientes (t.10)
Sucesión intestada del cónyuge viudo (t.10)
La adquisición de la posesión de la herencia (Tema 11)
Efectos del beneficio de inventario (Tema 11)
Extinción de la comunidad hereditaria. (Dos veces) (Tema 12)
La comunidad hereditaria: actos de disposición durante la indivisión (t.12)
La comunidad hereditaria: actos de administración (T.12)
Partición realizada por el partidor-contador (T.13)
El fundamento y dispensa de la colación (dos veces) (T.14)
La práctica y efectos de la colación (t.14)
Presupuestos de la colación (T.14)
Un saludo... ;)
Gracias por las aportaciones! ;)
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sabéis si ya hay reducción de temario??..es que no puedo entrar en Alf
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Vamos allá con el último Civil
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Muchas gracias
Quitan muy poca materia además el tema de práctica de particion último tema no queda claro
Me ocurre igual, había escuchado por otros compañeros que no entraba la practica de la partición ( epigrafe 13 entero).
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Otro ++
S2
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Me apunto a esta.
;)
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me uno! este es el programa con las reducciones de este año:
PROGRAMA
DERECHO CIVIL IV
DERECHO DE SUCESIONES. Grado en Derecho
1.- El derecho de sucesiones y la sucesión hereditaria
2.- La capacidad sucesoria
3.- El testamento: formas comunes y especiales
4.- Las disposiciones testamentarias
5.- Las sustituciones hereditarias
6.- Los legados
7.- Ejecución e interpretación testamentarias
8.- Las legítimas, los legitimarios y la desheredación
9.- Las reservas
10.- La sucesión intestada
11.- La adquisición de la herencia: la aceptación y sus efectos, y la repudiación
12.- La comunidad hereditaria
13.- La partición hereditaria y su práctica
14.- La colación
A efectos de examen se exigirán los siguientes temas y epígrafes:
DERECHO CIVIL IV
Tema 1: EL DERECHO DE SUCESIONES Y LA SUCESIÓN HEREDITARIA
La sucesión mortis causa, sus formas.- La herencia.- Sucesión a título universal y particular.- Fases del fenómeno sucesorio.- El derecho de transmisión.- El derecho de acrecer.- El derecho de representación.
Tema 2: LA CAPACIDAD SUCESORIA
La capacidad para suceder.- Incapacidades absolutas y relativas.- Supervivencia del sucesor.- La indignidad.- Efectos de incapacidad e indignidad.- Indignidad y desheredación.
Tema 3: EL TESTAMENTO: FORMAS COMUNES Y ESPECIALES
Concepto, caracteres y contenido del testamento.- Capacidad para testar.- Reglas formales de carácter general.- Identificación y apreciación de la capacidad del testador.- Ineficacia del testamento: revocación, caducidad y nulidad.- Clasificación de las formas testamentarias.- El testamento abierto.- El testamento cerrado.- El testamento ológrafo.- El testamento otorgado en país extranjero.
Tema 4: LAS DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS
Institución de heredero.- Disposiciones testamentarias de carácter genérico.- La condición en las disposiciones testamentarias.- El término.- Relevancia del modo.- Supuesto dudosos de institución: heredero en cosa cierta y legatario de parte alícuota.
Tema 5: LAS SUSTITUCIONES HEREDITARIAS
Las sustituciones hereditarias.- La sustitución vulgar o simple: su régimen.- La sustitución pupilar y la sustitución ejemplar: régimen básico de ambas.- La sustitución fideicomisaria: clases y estructura básica
Tema 6: LOS LEGADOS
Concepto y caracteres del legado.- Sujeto del legado.- Objeto del legado.- Adquisición de los legados.- Pago de los legados.- Revocación, extinción e ineficacia del legado.- Legados especiales: de cosa propia del testador, de cosa ajena, de crédito, de deuda, legado alternativo, de prestaciones periódicas, piadoso, legado de habitación.
Tema 7: EJECUCIÓN E INTERPRETACIÓN TESTAMENTARIAS
La interpretación del testamento.- La ejecución testamentaria.- El albaceazgo: caracteres y clases
Tema 8: LAS LEGÍTIMAS, LOS LEGITIMARIOS Y LA DESHEREDACIÓN
Legítimas y libertad de testar.- La legítima en el Código Civil.- La legitima de los descendientes.- La mejora.- La mejora encomendada al cónyuge viudo.- La legítima de los ascendientes.- La reversión de donaciones.- La legítima del cónyuge viudo.- El usufructo universal en favor del cónyuge viudo.- La preterición y sus efectos.- La desheredación: causas y régimen jurídico.- El pago de la legítima: su intangibilidad cuantitativa.
Tema 9: LAS RESERVAS
La reserva ordinaria o vidual: presupuesto y bienes reservables, efectos y extinción.- La reserva lineal o troncal: régimen jurídico.- El supuesto del artículo 811 del Código Civil.
Tema 10: LA SUCESIÓN INTESTADA
La sucesión intestada: concepto.- Presupuestos, procedencia y principios que rigen la sucesión intestada.- Llamamiento de los descendientes.- Llamamiento de los ascendientes.- Llamamiento del cónyuge viudo.- Llamamiento de los parientes colaterales
Tema 11: LA ADQUISICIÓN DE LA HERENCIA: LA ACEPTACIÓN Y SUS EFECTOS. LA REPUDIACIÓN
La adquisición de la herencia en el Ordenamiento español.- La adquisición de la posesión.- La herencia yacente.- El derecho de deliberar.- Caracteres comunes de la aceptación y la repudiación de la herencia.- Capacidad y plazo para aceptar o repudiar.- Formas de aceptación: la aceptación pura y simple y la aceptación a beneficio de inventario y su efectos.- La repudiación de la herencia. – Efectos de la aceptación: adquisición y protección de la condición de heredero.- El interdicto de adquirir la posesión y la acción de petición de herencia.
Tema 12: LA COMUNIDAD HEREDITARIA
Concepto y naturaleza jurídica.- Régimen jurídico: actos de administración y disposición durante la situación de indivisión.- Extinción de la comunidad hereditaria.
Tema 13: LA PARTICIÓN Y SU PRÁCTICA
Concepto y clases de partición.- Su naturaleza jurídica.- La acción de división hereditaria.- Partición realizada por el propio testador.- Partición realizada por el contador partidor.- Partición realizada por los propios coherederos.- Partición judicial.- Partición arbitral.- Práctica de la partición: suspensión y operaciones particionales.- Efectos de la partición.- Ineficacia, nulidad, anulabilidad y rescisión de la partición.- Modificación de la partición: la partición adicional.
Tema 14: LA COLACIÓN
La colación en el Código Civil.- El fundamento y la dispensa de colación.- Ámbito y presupuestos de la colación.- El carácter colacionable de las diversas liberalidades.- La práctica y los efectos de la colación.
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Hola, entonces cómo veis esta asignatura? merece la pena tirar de libro más que de apuntes?
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Para quien esté estudiando únicamente por los apuntes del año pasado, sin tener acceso al manual de este año, ojo con el TEMA 5 de los apuntes, LAS FORMAS TESTAMENTARIAS COMUNES. La nueva ley de jurisdicción voluntaria cambia bastantes cosas:
3.3. Normas comunes
Vale la mayoría salvo: mención al artículo 704 CC, en cuya nueva redacción se remite a lo prevenido en la legislación notarial, no a La Ley de Enjuiciamiennto Civil.
En lo referente al punto final de este apartado, tanto los apuntes, como OJO, EL LIBRO DE 2016, están mal. El artículo 703.2, conforme a la redacción actual, es esta:
"Cuando el testador falleciere en dicho plazo, también quedará ineficaz el testamento si dentro de los tres meses siguientes al fallecimiento no se acude al Notario competente para que lo eleve a escritura pública, ya se haya otorgado por escrito, ya verbalmente."
Tanto en el libro de este año, que manda webs que se les haya colado, como en los apuntes, dice que hay que acudir al tribunal competente.
3.4 La protocolización en la forma prevenida en la Ley de Enjuiciamiento Civil
No me parece un punto particularmente importante. Basta con saber que la ley de enjuiciamiento civil ya no rige en este aspecto, y que los testamentos, para ser eficaces, deben ser protocolizados (incorporado por el notario a sus libros y custodiado por él) por el notario, conforme a la legislación notarial (artículo 704 CC)
4.3. Adveración.
La redacción de los artículos 689, 690, 691 y 692 cambian, y una vez más, se remiten al notario, no al juzgado competente.
4.4 Protocolización.
artículo 693 con nueva redacción. Y sí, donde dice juez, ahora es el notario.
5.4. Conservación, apertura y protocolización.
Cambia el último párrafo de los apuntes, en su remisión a los artículos 714 y 712.
714. Donde decía LEC, ahora legislación notarial.
"712 1. La persona que tenga en su poder un testamento cerrado deberá presentarlo ante Notario competente en los diez días siguientes a aquel en que tenga conocimiento del fallecimiento del testador.
2. El Notario autorizante de un testamento cerrado, constituido en depositario del mismo por el testador, deberá comunicar, en los diez días siguientes a que tenga conocimiento de su fallecimiento, la existencia del testamento al cónyuge sobreviviente, a los descendientes y a los ascendientes del testador y, en defecto de éstos, a los parientes colaterales hasta el cuarto grado.
3. En los dos supuestos anteriores, de no conocer la identidad o domicilio de estas personas, o si se ignorase su existencia, el Notario deberá dar la publicidad que determine la legislación notarial.
El incumplimiento de este deber, así como el de la presentación del testamento por quien lo tenga en su poder o por el Notario, le hará responsable de los daños y perjuicios causados."
En los apuntes veo que no se menciona el artículo 713, pero sí en el libro, y no creo que esté de más saberlo:
"artículo 713: El que con dolo deje de presentar el testamento cerrado que obre en su poder dentro del plazo fijado en el artículo anterior, además de la responsabilidad que en él se determina, perderá todo derecho a la herencia, si lo tuviere como heredero abintestato o como heredero o legatario por testamento."
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Gracias.
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Me apunto!
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Para quien esté estudiando únicamente por los apuntes del año pasado, sin tener acceso al manual de este año, ojo con el TEMA 5 de los apuntes, LAS FORMAS TESTAMENTARIAS COMUNES. La nueva ley de jurisdicción voluntaria cambia bastantes cosas:
3.3. Normas comunes
Vale la mayoría salvo: mención al artículo 704 CC, en cuya nueva redacción se remite a lo prevenido en la legislación notarial, no a La Ley de Enjuiciamiennto Civil.
En lo referente al punto final de este apartado, tanto los apuntes, como OJO, EL LIBRO DE 2016, están mal. El artículo 703.2, conforme a la redacción actual, es esta:
"Cuando el testador falleciere en dicho plazo, también quedará ineficaz el testamento si dentro de los tres meses siguientes al fallecimiento no se acude al Notario competente para que lo eleve a escritura pública, ya se haya otorgado por escrito, ya verbalmente."
Tanto en el libro de este año, que manda webs que se les haya colado, como en los apuntes, dice que hay que acudir al tribunal competente.
3.4 La protocolización en la forma prevenida en la Ley de Enjuiciamiento Civil
No me parece un punto particularmente importante. Basta con saber que la ley de enjuiciamiento civil ya no rige en este aspecto, y que los testamentos, para ser eficaces, deben ser protocolizados (incorporado por el notario a sus libros y custodiado por él) por el notario, conforme a la legislación notarial (artículo 704 CC)
4.3. Adveración.
La redacción de los artículos 689, 690, 691 y 692 cambian, y una vez más, se remiten al notario, no al juzgado competente.
4.4 Protocolización.
artículo 693 con nueva redacción. Y sí, donde dice juez, ahora es el notario.
5.4. Conservación, apertura y protocolización.
Cambia el último párrafo de los apuntes, en su remisión a los artículos 714 y 712.
714. Donde decía LEC, ahora legislación notarial.
"712 1. La persona que tenga en su poder un testamento cerrado deberá presentarlo ante Notario competente en los diez días siguientes a aquel en que tenga conocimiento del fallecimiento del testador.
2. El Notario autorizante de un testamento cerrado, constituido en depositario del mismo por el testador, deberá comunicar, en los diez días siguientes a que tenga conocimiento de su fallecimiento, la existencia del testamento al cónyuge sobreviviente, a los descendientes y a los ascendientes del testador y, en defecto de éstos, a los parientes colaterales hasta el cuarto grado.
3. En los dos supuestos anteriores, de no conocer la identidad o domicilio de estas personas, o si se ignorase su existencia, el Notario deberá dar la publicidad que determine la legislación notarial.
El incumplimiento de este deber, así como el de la presentación del testamento por quien lo tenga en su poder o por el Notario, le hará responsable de los daños y perjuicios causados."
En los apuntes veo que no se menciona el artículo 713, pero sí en el libro, y no creo que esté de más saberlo:
"artículo 713: El que con dolo deje de presentar el testamento cerrado que obre en su poder dentro del plazo fijado en el artículo anterior, además de la responsabilidad que en él se determina, perderá todo derecho a la herencia, si lo tuviere como heredero abintestato o como heredero o legatario por testamento."
Muchas gracias por el aviso. Yo estoy solo por apuntes del curso pasado. Si hubiese algún cambio más te agradecería mucho que lo avisases
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Aviso importante, muchos cambios para este año. Principalmente por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
Imprescindible ver la Disposición Final Primera de dicha ley, que es la que señala todos los artículos modificados del CC, y muchos de ellos referidos a la sucesión.
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tenéis la reducción de temario?
Muchísimas gracias. Un saludo
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Hola a todos, me uno al grupo ¡¡¡
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Otro más que se apunta...
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Me apunto :D :D :D :D
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Me uno al grupo. Un saludo.
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En el tema 8 del programa, LAS LEGITIMAS, LOS LEGITIMARIOS Y LA DESHEREDACIÓN, no encuentro en los apuntes los apartados "Reflexiones históricas", y en apartado "La legítima en el Código Civil y en las legislaciones forales", no encuentro nada en referencia a la legislación foral.
Tiene alguien algún dato al respecto, Gracias.
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OTRO MAS QUE SE APUNTA Y TERMINAMOS CON CIVIL :) :) :)
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+1
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Para quien siga solo con apuntes del año pasado, hasta el tema de la sustitución fideicomisaria, inclusive, no he notado mayores diferencias con los apuntes que los que puse en mis mensajes anteriores.
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Para quien siga solo con apuntes del año pasado, hasta el tema de la sustitución fideicomisaria, inclusive, no he notado mayores diferencias con los apuntes que los que puse en mis mensajes anteriores.
muchas gracias, sigue avisando porfa
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En el tema 10, LOS LEGADOS, sólo he encontrado una pequeñísima discrepancia, que además está mal también en el libro.. En lo demás no he encontrado novedades. En el apartado 8.1 Reglas relativas al pago, se hace mención al artículo 1005, por el que un interesado (en este caso un legatario) puede requerir a los herederos para que acepten o repudien la herencia. En los apuntes y en el libro se habla de "ejercitar la interpelación judicial dirigida a la aceptación o repudiación de la herencia".
En realidad, ese trámite ahora se hace ante notario, así que supongo que sería "ejercitar la interpelación notarial":
Artículo 1005
Cualquier interesado que acredite su interés en que el heredero acepte o repudie la herencia podrá acudir al Notario para que éste comunique al llamado que tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar pura o simplemente, o a beneficio de inventario, o repudiar la herencia. El Notario le indicará, además, que si no manifestare su voluntad en dicho plazo se entenderá aceptada la herencia pura y simplemente.
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Aviso importante, muchos cambios para este año. Principalmente por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
Imprescindible ver la Disposición Final Primera de dicha ley, que es la que señala todos los artículos modificados del CC, y muchos de ellos referidos a la sucesión.
Esos cambios ya estaban en la edición pasada del libro...
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En el tema 10, LOS LEGADOS, sólo he encontrado una pequeñísima discrepancia, que además está mal también en el libro.. En lo demás no he encontrado novedades. En el apartado 8.1 Reglas relativas al pago, se hace mención al artículo 1005, por el que un interesado (en este caso un legatario) puede requerir a los herederos para que acepten o repudien la herencia. En los apuntes y en el libro se habla de "ejercitar la interpelación judicial dirigida a la aceptación o repudiación de la herencia".
En realidad, ese trámite ahora se hace ante notario, así que supongo que sería "ejercitar la interpelación notarial":
Artículo 1005
Cualquier interesado que acredite su interés en que el heredero acepte o repudie la herencia podrá acudir al Notario para que éste comunique al llamado que tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar pura o simplemente, o a beneficio de inventario, o repudiar la herencia. El Notario le indicará, además, que si no manifestare su voluntad en dicho plazo se entenderá aceptada la herencia pura y simplemente.
Eso es porque la edición de este años solo es de corregir errores (y ni eso han hecho bien) y de actualizacion de la materia. En ALF ya han dicho que de la materia no ha cambiado ni una coma respecto al curso pasado
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En el tema 11, la ejecución e interpretación testamentarias, sólo he encontrado una discrepancia entre los apuntes del año pasado y el libro de este año:
En el punto 3.3 Renunciabilidad, se menciona el artículo 899 del Código Civil, por el que el albacea puede renunciar alegando causa justa al prudente arbitrio del Juez.
Actualmente el criterio corresponde al Secretario Judicial o al Notario.
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En el tema 11, la ejecución e interpretación testamentarias, sólo he encontrado una discrepancia entre los apuntes del año pasado y el libro de este año:
En el punto 3.3 Renunciabilidad, se menciona el artículo 899 del Código Civil, por el que el albacea puede renunciar alegando causa justa al prudente arbitrio del Juez.
Actualmente el criterio corresponde al Secretario Judicial o al Notario.
Hola mcaneda,
¿donde puedo encontrar esos apuntes que comentas?
Gracias
Un saludo
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Yo estudio sobre estos, de Ponder.
Magníficos.
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=101201.0
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Yo estudio sobre estos, de Ponder.
Magníficos.
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=101201.0
Pero estoy viendo que son de 2014 y no recuerdo si lo que bajé es una edición editada de los mismos, pero actualizados al curso pasado. En cualquier caso, te pueden valer cualquiera de los apuntes del año pasado de la zona temporal de apuntes, pues estoy reseñando las novedades surgidas de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
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Pero estoy viendo que son de 2014 y no recuerdo si lo que bajé es una edición editada de los mismos, pero actualizados al curso pasado. En cualquier caso, te pueden valer cualquiera de los apuntes del año pasado de la zona temporal de apuntes, pues estoy reseñando las novedades surgidas de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
Muchísimas Gracias!!!!!!
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Respecto al Tema 14, La legítima y la desheredación, quien use solo apuntes antiguos debe tener cuidado en el apartado 6, "Causas de Desheredación". El artículo 756 cambió radicalmente, fundamentalmente en el apartado 1º, con la LJV, y es un artículo al que se remiten artículos 852,853 y 854, que recogen algunos de los casos en los que cabe la desheredación.
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hola compañeros , alguno va a realizar la pec de civil? podriamos realizarla entre todos juntos
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He puesto un enlace para la PEC por si alguien la había hecho pero de momento no se ha manifestado nadie
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¿sabéis si puede llegar a bajar nota?
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He puesto un enlace para la PEC por si alguien la había hecho pero de momento no se ha manifestado nadie
donde esta el enlace de la pec?
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Buenas tardes. La Pec se encuentra en el icono de tareas.
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He empezado un poco tarde y veo que el único libro que "recomiendan" esta descatalogado, lo mismo pasa en Civil II y en III con otro libro.
Mis preguntas son:
¿no queda otra que buscarlo de segunda mano o alguna unidad perdida por ahí?
¿no tienen que recomendar algo que este disponible? ¿se puede poner una queja o algo? es la primera vez que me encuentro con algo así y me parece surrealista y más con el atraco a mano armada que esta siendo la matrícula y los mismos libros que nos hacen comprar.
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Voy a empezar la PEC sobre las 23:00 horas de hoy. Si alguien se anima. La hacemos juntos. Alguien ha hecho ya la PEC para orientarme un poco?
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Voy a empezar la PEC sobre las 23:00 horas de hoy. Si alguien se anima. La hacemos juntos. Alguien ha hecho ya la PEC para orientarme un poco?
Buenas Corso,
Si no encontraras a nadie con quién ir comentando puedes echar un ojo al hilo que abrió el compañero Perri sobre la PEC:
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=119310.0
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Buenas Corso,
Si no encontraras a nadie con quién ir comentando puedes echar un ojo al hilo que abrió el compañero Perri sobre la PEC:
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=119310.0
Gracias. vi tu mensaje demasiado tarde. Aun así hice la pec y coincido en todas las respuestas con las expuestas en el otro hilo.
Muchas gracias . Un saludo
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He empezado un poco tarde y veo que el único libro que "recomiendan" esta descatalogado, lo mismo pasa en Civil II y en III con otro libro.
Mis preguntas son:
¿no queda otra que buscarlo de segunda mano o alguna unidad perdida por ahí?
¿no tienen que recomendar algo que este disponible? ¿se puede poner una queja o algo? es la primera vez que me encuentro con algo así y me parece surrealista y más con el atraco a mano armada que esta siendo la matrícula y los mismos libros que nos hacen comprar.
¿De verdad nada sabe NADA sobre esto?
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¿De verdad nada sabe NADA sobre esto?
En la librería SanzyTorres tienes el libro disponible. Civil IV: Derecho de Sucesiones. Saludos!!
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hola compañeros , me preguntaba si alguien seria tan amable de mandarme el indice de la asignatura , no lo encuentro por ningun lado.
mi correo es marikillax2@hotmail.com , muchas gracias de antemano :)
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hola compañeros , me preguntaba si alguien seria tan amable de mandarme el indice de la asignatura , no lo encuentro por ningun lado.
mi correo es marikillax2@hotmail.com , muchas gracias de antemano :)
http://www.marcialpons.es/static/pdf/9788491231356.pdf
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muchas gracias :)
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Derecho Civil IV: Temas en clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120153.0)
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En la librería SanzyTorres tienes el libro disponible. Civil IV: Derecho de Sucesiones. Saludos!!
Muchas gracias hamijo, hay alguna asignatura más con este problema, pero me soluciona parte del problema.
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Suerte a los que se presenten mañana!
Espero que caiga "lo de siempre" y no rebusquen en cosas raras! (y si, ya se puede decir porque los examenes ya estan hechos! muahajaja)
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Suerte a los que se presenten mañana!
Espero que caiga "lo de siempre" y no rebusquen en cosas raras! (y si, ya se puede decir porque los examenes ya estan hechos! muahajaja)
Yo espero que sea facilito, porque lo llevo regular :(
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Suerte para mañana!
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Muchaa suerteeeeeee compiss!!!!!!!!
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1. El derecho de acrecer.
2. La sucesión intestada del cónyuge viudo.
3. La división de la herencia (no recuerdo si era exactamente así).
4. Presupuestos de la colación.
Este era el examen, por mi parte creo que mal porque no sabía cuál era la respuesta exacta y creo que he divagado un poco.
Suerte al resto
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Respecto a la pregunta nº2 yo he tenido dudas con respecto a que se refería exactamente, si a la sucesión intestada a favor del cónyuge viudo, en cuyo caso la respuesta era que este heredaría el total del haber hereditario, en ausencia de ascendientes y descendientes del causante, con preferencia frente a colaterales.
o a la sucesión intestada del cónyuge viudo en sentido literal, en cuyo caso heredarían hijos si los hubiere, ascendientes con preferencia a los colaterales,mencionando el posible derecho de reserva.
El sentido literal de la pregunta me hace inclinarme por la segunda opción, pero el hecho de que no haya ningún epígrafe con dicho encabezado me hace dudar
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Respecto a la pregunta nº2 yo he tenido dudas con respecto a que se refería exactamente, si a la sucesión intestada a favor del cónyuge viudo, en cuyo caso la respuesta era que este heredaría el total del haber hereditario, en ausencia de ascendientes y descendientes del causante, con preferencia frente a colaterales.
o a la sucesión intestada del cónyuge viudo en sentido literal, en cuyo caso heredarían hijos si los hubiere, ascendientes con preferencia a los colaterales,mencionando el posible derecho de reserva.
El sentido literal de la pregunta me hace inclinarme por la segunda opción, pero el hecho de que no haya ningún epígrafe con dicho encabezado me hace dudar
En las preguntas se indicaba el tema al que correspondía cada una, y en el tema 10 se trata de lo que tú has puesto como primera opción.
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En el tema 10 están ambas opciones, ya que ambas son sucesiones intestadas.
Es problema interpretativo más que otra cosa, después de dudarlo he interpretado que se refería a que ocurre si una persona viuda, fallece ab instetato, sucesión intestada del cónyuge viudo tal cual.
Para la otra posibilidad veo mejor formulada la pregunta como:
-Sucesión intestada a favor del cónyuge viudo
-Supervivencia del cónyuge viudo en la sucesión intestada
En fin... habrá que esperar las notas con más nervios de los habituales :-\
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1. El derecho de acrecer.
2. La sucesión intestada del cónyuge viudo.
3. La división de la herencia (no recuerdo si era exactamente así).
4. Presupuestos de la colación.
Este era el examen, por mi parte creo que mal porque no sabía cuál era la respuesta exacta y creo que he divagado un poco.
Suerte al resto
yo también he divagado... :(
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La división de la herencia que tema es? Era así la pregunta? Es la única de las 4 que me genera dudas de cuál es. Espero que os haya ido bien a todos. Y suerte a los que vamos la segunda semana.
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La división de la herencia que tema es? Era así la pregunta?
Era del tema 13, la pregunta era "la acción de división hereditaria. Yo lo he visto fácil
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La división de la herencia que tema es? Era así la pregunta? Es la única de las 4 que me genera dudas de cuál es. Espero que os haya ido bien a todos. Y suerte a los que vamos la segunda semana.
Es del tema 13.
Uy, nos hemos solapado.
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Era del tema 13, la pregunta era "la acción de división hereditaria. Yo lo he visto fácil
Ah vale, ya no tengo confusión ninguna. Han sido todas preguntas hot de otros años. A ver si se portan también en la segunda semana. Muchas gracias y suerte a los que vamos la segunda semana.
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Me podeis aclarar la pregunta numero 2? La del conyuge viudo. Que pregunta seria de libro?
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Me podeis aclarar la pregunta numero 2? La del conyuge viudo. Que pregunta seria de libro?
Del manual, capítulo 16 puntos 5.3 y 6.
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En el tema 10 están ambas opciones, ya que ambas son sucesiones intestadas.
Es problema interpretativo más que otra cosa, después de dudarlo he interpretado que se refería a que ocurre si una persona viuda, fallece ab instetato, sucesión intestada del cónyuge viudo tal cual.
Para la otra posibilidad veo mejor formulada la pregunta como:
-Sucesión intestada a favor del cónyuge viudo
-Supervivencia del cónyuge viudo en la sucesión intestada
En fin... habrá que esperar las notas con más nervios de los habituales :-\
Si vas a las indicaciones de Alf, en el tema 10 solo se recoge el llamamiento al cónyuge viudo, no la forma de tratar de éste.
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Oye la 4 no era materia excluida del examen???
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Oye la 4 no era materia excluida del examen???
No, está incluido en el programa final, ya con las reducciones aplicadas, coño materia objeto de examen.
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Tienes razón, lo tenía mal apuntado. Menos mal q me lo he leído todo igualmente!
Tampoco es para ponerse así 😂
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Tienes razón, lo tenía mal apuntado. Menos mal q me lo he leído todo igualmente!
Tampoco es para ponerse así 😂
:o :o he tenido que releer mi mensaje dos veces porque no entendía a qué te referías :-\
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Será a esa expresión, tan nuestra, ce-o-eñe-o que ha salido en el corrector jaajajaj
:D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :
A por ello, ánimo desde Algeciras, y suerte a la segunda vuelta!!
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:o :o he tenido que releer mi mensaje dos veces porque no entendía a qué te referías :-\
jajaja sin problema! por curiosidad, era un "como"? ;D
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Ah vale, ya no tengo confusión ninguna. Han sido todas preguntas hot de otros años. A ver si se portan también en la segunda semana. Muchas gracias y suerte a los que vamos la segunda semana.
me prodrias pasar los hots de otros años, estaria genial para ultimo repaso. terepeiro@hotmail.com. Muchisimas gracias
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me prodrias pasar los hots de otros años, estaria genial para ultimo repaso. terepeiro@hotmail.com. Muchisimas gracias
A mi también me gustaría saber donde encontrar los hot, si es que hay alguna recopilación hecha o aparecen en algunos de los apuntes que hay por ahí disponibles.
Gracias.
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Recopilatorio preguntas hot Civil IV
Tema 1:
Derecho transmisión
Derecho de Representación
Derecho de Acreecer (1 semana)
Fases Fenómeno Sucesorio
Terma 2:
Causas de Indignidad
Rehabilitación del Indigno
Incapacidades Relativas
Supervivencia del sucesor
Tema 3:
Requisitos testamento cerrado
Capacidad para testar
Identificación y apreciación capacidad del testador
Tema 4:
Institución de heredero
La condición de la disposición testamentaria: Condiciones lícitas e ilícitas
Supuestos dudosos de Institución: Legado de parte alícuota
Tema 5:
Clases Sustitución Fideicomisaria
Sustitución Pupilar y cuasipupilar
Tema 6:
Adquisición de los legados
Pago de los legados
Tema 7:
Albaceazgo: caracteres
Tema 8:
Legítima Ascendientes
Legítima Descendientes
Pago Legítima: Intangibilidad cuantitativa
Causas desheredación hijos y descendientes
Tema 9:
Concepto Reserva lineal o troncal
Tema 10:
Sucesión Intestada cónyuge viudo (1 Semana)
Sucesión Intestada: Llamamiento Ascendientes
Sucesión Intestada: Llamamiento Descendientes
Presupuestos y procedencia Sucesión Intestada
Tema 11:
Efectos Beneficio de Inventario
La adquisición de la posesión de la herencia
Herencia Yacente
Tema 12:
Comunidad hereditaria: Actos de administración
Comunidad hereditaria: Actos de disposición
Extinción Comunidad Hereditaria
Tema 13:
Partición realizada por el contador partidor
Acción de la división hereditaria ( 1 Semana)
Tema 14:
La Práctica y efectos de la colación
Ámbito y presupuestos de la colación (1 Semana)
Fundamento y dispensa de la colación
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Recopilatorio preguntas hot Civil IV
Tema 1:
Derecho transmisión
Derecho de Representación
Derecho de Acreecer (1 semana)
Fases Fenómeno Sucesorio
Terma 2:
Causas de Indignidad
Rehabilitación del Indigno
Incapacidades Relativas
Supervivencia del sucesor
Tema 3:
Requisitos testamento cerrado
Capacidad para testar
Identificación y apreciación capacidad del testador
Tema 4:
Institución de heredero
La condición de la disposición testamentaria: Condiciones lícitas e ilícitas
Supuestos dudosos de Institución: Legado de parte alícuota
Tema 5:
Clases Sustitución Fideicomisaria
Sustitución Pupilar y cuasipupilar
Tema 6:
Adquisición de los legados
Pago de los legados
Tema 7:
Albaceazgo: caracteres
Tema 8:
Legítima Ascendientes
Legítima Descendientes
Pago Legítima: Intangibilidad cuantitativa
Causas desheredación hijos y descendientes
Tema 9:
Concepto Reserva lineal o troncal
Tema 10:
Sucesión Intestada cónyuge viudo (1 Semana)
Sucesión Intestada: Llamamiento Ascendientes
Sucesión Intestada: Llamamiento Descendientes
Presupuestos y procedencia Sucesión Intestada
Tema 11:
Efectos Beneficio de Inventario
La adquisición de la posesión de la herencia
Herencia Yacente
Tema 12:
Comunidad hereditaria: Actos de administración
Comunidad hereditaria: Actos de disposición
Extinción Comunidad Hereditaria
Tema 13:
Partición realizada por el contador partidor
Acción de la división hereditaria ( 1 Semana)
Tema 14:
La Práctica y efectos de la colación
Ámbito y presupuestos de la colación (1 Semana)
Fundamento y dispensa de la colación
muchas gracias, son los hots de grado verdad?
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Sí, es de grado. Saludos
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Hola, me podríais mandar los hots de Civil 4
Mil gracias, yo tengo unos de 100 paginas x si le interesa a alguien
roca_mje@gva.es
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Agradecería que me mandara alguien los host :) gracias
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Recopilatorio preguntas hot Civil IV
Tema 1:
Derecho transmisión
Derecho de Representación
Derecho de Acreecer (1 semana)
Fases Fenómeno Sucesorio
Terma 2:
Causas de Indignidad
Rehabilitación del Indigno
Incapacidades Relativas
Supervivencia del sucesor
Tema 3:
Requisitos testamento cerrado
Capacidad para testar
Identificación y apreciación capacidad del testador
Tema 4:
Institución de heredero
La condición de la disposición testamentaria: Condiciones lícitas e ilícitas
Supuestos dudosos de Institución: Legado de parte alícuota
Tema 5:
Clases Sustitución Fideicomisaria
Sustitución Pupilar y cuasipupilar
Tema 6:
Adquisición de los legados
Pago de los legados
Tema 7:
Albaceazgo: caracteres
Tema 8:
Legítima Ascendientes
Legítima Descendientes
Pago Legítima: Intangibilidad cuantitativa
Causas desheredación hijos y descendientes
Tema 9:
Concepto Reserva lineal o troncal
Tema 10:
Sucesión Intestada cónyuge viudo (1 Semana)
Sucesión Intestada: Llamamiento Ascendientes
Sucesión Intestada: Llamamiento Descendientes
Presupuestos y procedencia Sucesión Intestada
Tema 11:
Efectos Beneficio de Inventario
La adquisición de la posesión de la herencia
Herencia Yacente
Tema 12:
Comunidad hereditaria: Actos de administración
Comunidad hereditaria: Actos de disposición
Extinción Comunidad Hereditaria
Tema 13:
Partición realizada por el contador partidor
Acción de la división hereditaria ( 1 Semana)
Tema 14:
La Práctica y efectos de la colación
Ámbito y presupuestos de la colación (1 Semana)
Fundamento y dispensa de la colación
Muchas gracias!
Por cierto, alguien me podría orientarme respecto de los requisitos del testamento cerrado. Estoy un poco confuso en cuanto al contenido de esa posible pregunta.
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Muchas gracias!
Por cierto, alguien me podría orientarme respecto de los requisitos del testamento cerrado. Estoy un poco confuso en cuanto al contenido de esa posible pregunta.
Escrito de puño y letra por el testador....
Escrito por cualquier medio mecánico por otra persona a ruego del testador....
Si el testador no sabe o no puede firmar....
Una vez preparado el otorgamiento tiene lugar ante notario...
No pueden hacer testamento los ciegos y los que no sepan o no puedan leer...
Notario autoriza el testamento cerrado y deja constancia en el protocolo lo entrega al testador...
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Escrito de puño y letra por el testador....
Escrito por cualquier medio mecánico por otra persona a ruego del testador....
Si el testador no sabe o no puede firmar....
Una vez preparado el otorgamiento tiene lugar ante notario...
No pueden hacer testamento los ciegos y los que no sepan o no puedan leer...
Notario autoriza el testamento cerrado y deja constancia en el protocolo lo entrega al testador...
Gracias por tu rápida respuesta josicarlos.
Estaba un poco perdido porque ninguno de sus epígrafes era en concreto de las características. Entiendo que sería suficiente con resumir el contenido tenido de cada epígrafe.
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Muchisimas gracias
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Derecho transmisión
Derecho de Representación
Derecho de Acreecer (1 semana)
Fases Fenómeno Sucesorio
Terma 2:
Causas de Indignidad
Rehabilitación del Indigno
Incapacidades Relativas
Supervivencia del sucesor
Tema 3:
Requisitos testamento cerrado
Capacidad para testar
Identificación y apreciación capacidad del testador
Tema 4:
Institución de heredero
La condición de la disposición testamentaria: Condiciones lícitas e ilícitas
Supuestos dudosos de Institución: Legado de parte alícuota
Tema 5:
Clases Sustitución Fideicomisaria
Sustitución Pupilar y cuasipupilar
Tema 6:
Adquisición de los legados
Pago de los legados
Tema 7:
Albaceazgo: caracteres
Tema 8:
Legítima Ascendientes
Legítima Descendientes
Pago Legítima: Intangibilidad cuantitativa
Causas desheredación hijos y descendientes
Tema 9:
Concepto Reserva lineal o troncal
Tema 10:
Sucesión Intestada cónyuge viudo (1 Semana)
Sucesión Intestada: Llamamiento Ascendientes
Sucesión Intestada: Llamamiento Descendientes
Presupuestos y procedencia Sucesión Intestada
Tema 11:
Efectos Beneficio de Inventario
La adquisición de la posesión de la herencia
Herencia Yacente
Tema 12:
Comunidad hereditaria: Actos de administración
Comunidad hereditaria: Actos de disposición
Extinción Comunidad Hereditaria
Tema 13:
Partición realizada por el contador partidor
Acción de la división hereditaria ( 1 Semana)
Tema 14:
La Práctica y efectos de la colación
Ámbito y presupuestos de la colación (1 Semana)
Fundamento y dispensa de la colacion
Muchisimas gracias.
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Una preguntilla, en el caso de la legítima de los ascendientes no tengo claro si es un requisito que no haya descendientes o basta con que estos repudien la herencia.
Gracias!
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Una preguntilla, en el caso de la legítima de los ascendientes no tengo claro si es un requisito que no haya descendientes o basta con que estos repudien la herencia.
Gracias!
Solo puede hacerse efectiva en los supuestos de inexistencia o premoriencia de descendientes. Existiendo descendientes, los ascendientes carecen de derecho algo a la por ción de la legítima, pero ambos grupoas familiares pueden concurrir con el cónyuge viudo.
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Visto para sentencia, mucha suerte a todos esta tarde.
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Visto para sentencia, mucha suerte a todos esta tarde.
Igualmente Josicarlos, suerte a todos!!
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Mucha suerte a todo@s esta tarde.
S2
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Suerte chic@s ;)
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Qué tal , c9mo fue, a mi creo que bien
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A mi bien tb todas eran hot se acabaron los civiles :)
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Pues yo regulin regular. Creo que aprobaré pero no las tengo todas conmigo. La última pregunta no me la estudié ya que dí por hecho que no caería el tema 14 al preguntarse la primera semana por lo que he explicado un poco que era y ya esta. Las otras tres bien aunque peden pecar de incompletas no lo se...Sabeis como es este departamento? Porque mi sensación con civil i y ii ha sido que eran muy benevolentes corrigiendo...