Categoría General. => Zona de encuestas y multimedia. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 27 de Diciembre de 2016, 16:03:58 pm

Título: Derecho Civil II: Responsabilidad de deudor por incumplimiento de obligaciones.
Publicado por: MORDEKAY en 27 de Diciembre de 2016, 16:03:58 pm
Derecho Civil II: La responsabilidad del deudor por incumplimiento de las obligaciones.
Lourdes Tejedor Muñoz.

Cuando hay incumplimiento la regla general es que el deudor responda, y va a responder cuando se contravenga de cualquier forma la obligación, siempre que haya culpa, dolo o mora, y excepcionalmente no se responde del incumplimiento de la obligación en los supuestos de caso fortuito y de fuerza mayor. Por su lado, el acreedor puede reaccionar ante el incumplimiento exigiendo el cumplimiento o la resolución del contrato, y además, pidiendo una indemnización de daños y perjuicios.

Título: Re:Derecho Civil II: Responsabilidad de deudor por incumplimiento de obligaciones.
Publicado por: MORDEKAY en 27 de Diciembre de 2016, 16:04:08 pm
Derecho Civil II: La responsabilidad del deudor por incumplimiento de las obligaciones.
Lourdes Tejedor Muñoz.

Cuando hay incumplimiento la regla general es que el deudor responda, y va a responder cuando se contravenga de cualquier forma la obligación, siempre que haya culpa, dolo o mora, y excepcionalmente no se responde del incumplimiento de la obligación en los supuestos de caso fortuito y de fuerza mayor. Por su lado, el acreedor puede reaccionar ante el incumplimiento exigiendo el cumplimiento o la resolución del contrato, y además, pidiendo una indemnización de daños y perjuicios.