Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 08 de Febrero de 2017, 19:37:16 pm
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Derecho Procesal I Segundo parcial curso 2016 / 2017
Todo lo relacionado con la asignatura para el segundo parcial del curso 2016/2017
Derecho Procesal I: Temas en audio de clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120020.0)
Guia de la asignatura: Derecho Procesal I (https://mega.nz/#!i51A3C4A!62Fxu_YnTEf00CPDgWtU0_jcxnniVW7Sli7S6eUgDVU)
Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.
Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0
Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0
Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0
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Me apunto para este segundo parcial. Un saludo a todos y ánimo
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Para aquellos que preguntaban si iban a quitar materia en el segundo parcial, deciros que en el curso 2012-2013 quitaron esto:
PROCESAL I DE LICENCIATURA. PLAN 2000 (CÓDIGO 514031) Y GRADO EN DERECHO (66023037) COMUNICADO A LOS ALUMNOS DE LA ASIGNATURA DERECHO PROCESAL I (LICENCIATURA Y GRADO)
Se comunica a todos los alumnos matriculados en la Asignatura de Derecho Procesal I (Licenciatura. Código 514031) y Derecho Procesal I (Grado. Código 66023037), que no serán objeto de examen en las Convocatorias de Junio, Septiembre y extraordinaria de Diciembre, del presente Curso Académico 2012/2013, las Lecciones que a continuación se relacionan:
Lección 44.- PROCESOS PARA LA TUTELA DEL DERECHO DE CRÉDITO DIMANANTE DE LOS CONTRATOS DE VENTA DE BIENES MUEBLES A PLAZOS Y DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
Lección 49.- LOS PROCESOS DE DIVISIÓN DE PATRIMONIOS.
Lección 51.- EL PROCESO DE IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y COOPERATIVAS. Lección 52.- PROCEDIMIENTO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL.
Lección 53.- LOS PROCESOS ESPECIALES EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL, COMPETENCIA DESLEAL Y PUBLICIDAD. Lección 55.- EL JUICIO DE RETRACTO.
Lección 60.- PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE NULIDAD DE PRÉSTAMOS USURARIOS.
Lección 61.- EL PROCESO CONCURSAL (I).
Lección 62.- EL PROCESO CONCURSAL (II).
Así que cabe suponer que este curso suceda algo parecido.
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hola compañero,uno que se une y va a por todas!
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Otra que se apunta, a ver que tal cuando salgan las notas del primero ???
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Si el primer parcial era extenso, este ya es para caerse de espaldas. Tengo el resumen de Darbon del año pasado pero son 400 páginas, una locura, pero hay otros híper resumidos de unas 100 pág. que no sé si serán suficientes para la parte teórica.
En fin, que suplicio de asignatura...
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Para aquellos que preguntaban si iban a quitar materia en el segundo parcial, deciros que en el curso 2012-2013 quitaron esto:
PROCESAL I DE LICENCIATURA. PLAN 2000 (CÓDIGO 514031) Y GRADO EN DERECHO (66023037) COMUNICADO A LOS ALUMNOS DE LA ASIGNATURA DERECHO PROCESAL I (LICENCIATURA Y GRADO)
Se comunica a todos los alumnos matriculados en la Asignatura de Derecho Procesal I (Licenciatura. Código 514031) y Derecho Procesal I (Grado. Código 66023037), que no serán objeto de examen en las Convocatorias de Junio, Septiembre y extraordinaria de Diciembre, del presente Curso Académico 2012/2013, las Lecciones que a continuación se relacionan:
Lección 44.- PROCESOS PARA LA TUTELA DEL DERECHO DE CRÉDITO DIMANANTE DE LOS CONTRATOS DE VENTA DE BIENES MUEBLES A PLAZOS Y DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
Lección 49.- LOS PROCESOS DE DIVISIÓN DE PATRIMONIOS.
Lección 51.- EL PROCESO DE IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y COOPERATIVAS. Lección 52.- PROCEDIMIENTO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL.
Lección 53.- LOS PROCESOS ESPECIALES EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL, COMPETENCIA DESLEAL Y PUBLICIDAD. Lección 55.- EL JUICIO DE RETRACTO.
Lección 60.- PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE NULIDAD DE PRÉSTAMOS USURARIOS.
Lección 61.- EL PROCESO CONCURSAL (I).
Lección 62.- EL PROCESO CONCURSAL (II).
Así que cabe suponer que este curso suceda algo parecido.
Ojalá! Pero me da a mi que si en los siguientes años no quitaron materia....
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Me apunto. Desgraciadamente ;D
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Si todos los años han ido quitando los mismos temas o parecidos, este año aun no han dicho nada, veremos.
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Ojalá! Pero me da a mi que si en los siguientes años no quitaron materia....
El año pasado quitaron esto
• PROCESOS PARA LA TUTELA DEL DERECHO DE CRÉDITO DIMANANTE DE LOS CONTRATOS DE VENTA DE BIENES MUEBLES A PLAZOS Y DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
• LOS PROCESOS DE DIVISIÓN DE PATRIMONIOS.
• EL PROCESO DE IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y COOPERATIVAS.
• PROCEDIMIENTO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL.
• LOS PROCESOS ESPECIALES EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL, COMPETENCIA DESLEAL Y PUBLICIDAD.
• EL JUICIO DE RETRACTO.
• PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE NULIDAD DE PRÉSTAMOS USURARIOS.
• EL PROCESO CONCURSAL (I).
• EL PROCESO CONCURSAL (II).
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Adelante
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Ferdix,
He leido que tienes los apuntes de Darbon. A mí no me deja bajármelos de apuntes temporales, no me funcionan los enlaces.
Serías tan amable de mandármelos a victortxori@gmail.com?
si necesitas cosas de 3º, salvo penal, procesal y administrativo, tengo aprobado el resto.
Mil gracias ;)
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El año pasado quitaron esto
• PROCESOS PARA LA TUTELA DEL DERECHO DE CRÉDITO DIMANANTE DE LOS CONTRATOS DE VENTA DE BIENES MUEBLES A PLAZOS Y DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
• LOS PROCESOS DE DIVISIÓN DE PATRIMONIOS.
• EL PROCESO DE IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y COOPERATIVAS.
• PROCEDIMIENTO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL.
• LOS PROCESOS ESPECIALES EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL, COMPETENCIA DESLEAL Y PUBLICIDAD.
• EL JUICIO DE RETRACTO.
• PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE NULIDAD DE PRÉSTAMOS USURARIOS.
• EL PROCESO CONCURSAL (I).
• EL PROCESO CONCURSAL (II).
Pues son 9 temas, si los quitarán sería un lujazo la verdad, porque 33 temas...
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Aquí estaremos, para ayudar y solicitar ayuda. :)
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he estado hablando con el departamento y me han dicho que leches, por lo que parece, entra todo el temario, espero que me equivoque
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Otra que se apunta! Voy a ver si encuentro apuntes que aún no he empezado a buscar. Con el primer parcial no me compré el libro y no sé si ha sido buena idea... (veremos las notas) ¿Creéis que hay que comprárselo?
33 temazos. Ole! Ya me superó el primer parcial, y acabé con un cacao el día de exámen... Creo que nunca he pensado tanto en dos horas (y no cumplo los 50). Lo tendré que enfocar de otra forma. ¿Consejos?
Mucha suerte y mucho ánimo a todos
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Sinceramente, he visto los apuntes , son buenos, lo mejor es el libro , la cuestión es la extensión , yo veo como solución libro y resumen de esquemas procesales
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Yo deje para septiembre la primera parte.... me apunto ahora a esta C:, espero que no me cueste mucho esta segunda parte sin casi idea de la primera ;D
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Sinceramente, he visto los apuntes , son buenos, lo mejor es el libro , la cuestión es la extensión , yo veo como solución libro y resumen de esquemas procesales
Gracias, cofards :)
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Buenos días compañeros, me he trillado la zona de apuntes temporales y no logro encontrar todos los casos resueltos de este segundo parcial. Como mucho he encontrado un archivo con nueve casos. ¿Alguien sabe decirme dónde poder encontrarlos?
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Buenos días, esos casos que hablas también los tengo yo. Del resto, a seguir buscando.
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Y otra, ¿alguien me puede decir donde está el programa de la asignatura detallado?, no los bloques como le llaman; me estoy dejando los ojos buscándolo.
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Y otra, ¿alguien me puede decir donde está el programa de la asignatura detallado?, no los bloques como le llaman; me estoy dejando los ojos buscándolo.
En ALF lo tienes en la sección de documentos
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Graciñas, voy para allá.
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Vamos ahora por la segunda parte, mucha suerte a todos con los exámenes de la primera parte, y para el segundo examen!!!
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A por el segundo!!!!
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me apunto!! esperemos que se de bien!!
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A por ella! :D
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A por el segundo!!
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Hola, buenos días, podrías decirme si en el curso alf, en los foros de debate ya os consta los temas pertenecientes al segundo parcial con los respectivos profesores tutores de las consultas o, como a mí, todavía los del primer parcial?
Saludos, Marta
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De momento se mantienen los del 1º parcial.
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Yo estoy ya de pleno metido en la preparación del segundo parcial pero impaciente por saber si he superado el primero. Tengo un 9.80 en la PEC a la que dediqué muchas horas y he ido al examen de la primera semana del que salí con sensación "agridulce". Como quiera que es un examen de desarrollo en el que está incluido un supuesto practico y dos preguntas de teoría, no se muy bien como van a puntuarlo y es por ello que estoy un poco preocupado.
Me gustaría ver la nota cuanto antes ya que si fuera una buena nota, me daría un "subidón" tremendo para afrontar con más ganas si cabe el segundo parcial de esta asignatura que desde mi punto de vista es "preciosa". El Derecho Procesal es básico para aquellos que el día de mañana pretendan ejercer la profesión. Dominar el Derecho Procesal es tener el 80% del proceso ganado.
Ánimo a todos y que salgan las notas cuanto antes. Si puede ser esta semana mejor que la próxima, aunque por lo que he visto en comentarios de alumnos que han ido otros años, este departamento suele sacar las notas justo al final del limite del plazo, lo que nos hace pensar que quizá hasta finales de la próxima semana o principios de la siguiente no estarán. Aunque como quiera que estamos en la UNED, siempre puede haber sorpresas, así que porque no una sorpresa agradable y que salgan las notas hoy mismo. :D :D :D :D ;) ;) ;)
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Yo estoy ya de pleno metido en la preparación del segundo parcial pero impaciente por saber si he superado el primero. Tengo un 9.80 en la PEC a la que dediqué muchas horas y he ido al examen de la primera semana del que salí con sensación "agridulce". Como quiera que es un examen de desarrollo en el que está incluido un supuesto practico y dos preguntas de teoría, no se muy bien como van a puntuarlo y es por ello que estoy un poco preocupado.
Me gustaría ver la nota cuanto antes ya que si fuera una buena nota, me daría un "subidón" tremendo para afrontar con más ganas si cabe el segundo parcial de esta asignatura que desde mi punto de vista es "preciosa". El Derecho Procesal es básico para aquellos que el día de mañana pretendan ejercer la profesión. Dominar el Derecho Procesal es tener el 80% del proceso ganado.
Ánimo a todos y que salgan las notas cuanto antes. Si puede ser esta semana mejor que la próxima, aunque por lo que he visto en comentarios de alumnos que han ido otros años, este departamento suele sacar las notas justo al final del limite del plazo, lo que nos hace pensar que quizá hasta finales de la próxima semana o principios de la siguiente no estarán. Aunque como quiera que estamos en la UNED, siempre puede haber sorpresas, así que porque no una sorpresa agradable y que salgan las notas hoy mismo. :D :D :D :D ;) ;) ;)
Estoy en tu misma situación. Yo saqué sólo un 9 en la PEC, salí con la misma sensación y me encanta esta asignatura.
¿Puedes mandarme tu correo privado para preguntarte una cosa a fernanpa@hotmail.com?
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Bueno, pues otra que se apunta. Nos veremos por aquí... De momento a esperar nota del primer parcial y a recopilar material para preparar el segundo.
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:D Yupiiii nos quitan 9 temas: 45-50-52-53-54-56-61-62-63
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Guay , a ver si ahora cuelgan las notas y ya seria la leche ;D
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Buenas tardes.
¿Alguien tiene las preguntas de exámenes anteriores a los de Calatayud del la segunda pp?
Gracias.
Saludos.
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Me apunto para este segundo parcial.
Un saludo a todos.
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hola
el primer parcial lo estudie por unos apuntes que encontre por aqui que estaban en color subrayados y demas
los hay iguales para el segundo es que no los encuentro?
gracias
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Eran los de ponder limpios y subrayados por mi, aún no he empezado hasta que sepa la nota no me pondré
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Eran los de ponder limpios y subrayados por mi, aún no he empezado hasta que sepa la nota no me pondré
Ánimo Laurita. Vas a aprobar ya lo verás. Aunque mucho me temo que hasta el martes a última hora no tendremos la nota. Estos fenómenos del Equipo Docente están muy atareados y puede que incluso saquen las notas fuera de plazo, total, que más da. Hay muchos compañeros que entienden que hasta el día 7 no tienen obligación alguna. Da igual que te presentes la primera semana como la segunda. Y si el día a las 23.59 horas les viene bien a sus Ilustrísimas sacar las notas las sacaran y sino no pasa nada, se sacan después. Los alumnos a pagar matrículas, comprar manuales, soportar a determinados profesores tutores y para rematar a grandes "compañeros" que se dedican a hacer la pelota.
Así es este país.
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Ánimo Laurita. Vas a aprobar ya lo verás. Aunque mucho me temo que hasta el martes a última hora no tendremos la nota. Estos fenómenos del Equipo Docente están muy atareados y puede que incluso saquen las notas fuera de plazo, total, que más da. Hay muchos compañeros que entienden que hasta el día 7 no tienen obligación alguna. Da igual que te presentes la primera semana como la segunda. Y si el día a las 23.59 horas les viene bien a sus Ilustrísimas sacar las notas las sacaran y sino no pasa nada, se sacan después. Los alumnos a pagar matrículas, comprar manuales, soportar a determinados profesores tutores y para rematar a grandes "compañeros" que se dedican a hacer la pelota.
Así es este país.
Lo de la gente que justifica esto no puedo entenderlo y me toca las pelotas a más no poder , y eso que a mi al fin y al cabo me da igual solo es la incertidumbre de haber aprobado o no ( ojalá estuviera tan segura de haber aprobado como con DIP y civil IV que tb tienen tela los departamentos ) pero la gente que está pendiente por ejemplo para poder ampliar sus matrículas, o los que esperan que se ponga en contacto con ellos el tutor de su trabajo de fin de grado y no dan señales de vida es para cagarse hasta en lo más profundo >:(, tendríamos que hacer lo mismo nosotros al pagar nuestras matrículas, no se ,es que me parece una falta de respeto tan grande al alumnado. En fin, estoy segura de que esta nota hasta la tarde del martes no la tendremos, hacemos apuestas ? ;D
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Lo de la gente que justifica esto no puedo entenderlo y me toca las pelotas a más no poder , y eso que a mi al fin y al cabo me da igual solo es la incertidumbre de haber aprobado o no ( ojalá estuviera tan segura de haber aprobado como con DIP y civil IV que tb tienen tela los departamentos ) pero la gente que está pendiente por ejemplo para poder ampliar sus matrículas, o los que esperan que se ponga en contacto con ellos el tutor de su trabajo de fin de grado y no dan señales de vida es para cagarse hasta en lo más profundo >:(, tendríamos que hacer lo mismo nosotros al pagar nuestras matrículas, no se ,es que me parece una falta de respeto tan grande al alumnado. En fin, estoy segura de que esta nota hasta la tarde del martes no la tendremos, hacemos apuestas ? ;D
Yo apuesto a que mañana estarán las notas de DIP e IUE, el martes Civil IV por la mañana y Procesal I como muy pronto el martes por la tarde-noche aunque creo que pasara el martes y no saldrá. Les da igual.
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Acaba de salir ahora mismo. Un 5.80 que con la PEC pasa a 6.80
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Yo un 5 oe oe oe oe felicidad máxima
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valdepeñas, un 5, y os juro por DIOS que me salio un examen de caca... me espeba un 2 o un 3 como mucho. se han portado...
esto me llena de moral para el de junio...
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Quien os ha Corregido? A mi Miguel Angel Lombarda, la teoría la tenía bastante decente pero creo que falle el caso práctico a mi juicio justa la nota pero raspada por abajo
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a mi MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO ... un santo
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Guau!!! Yo también un 5, y más feliz que una perdiz. Una inyecccion de moral y energía para El Segundo parcial. Vamooooooos
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Quien te ha Corregido a ti? por cierto, he perdido la apuesta pero encantada de haberla perdido y haber acabado con la incertidumbre ;)
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Laurita, si se cree y se trabaja, es posible. Enhorabuena a los aprobados. La ventaja de Procesal es que no hay espacio tasado y además habiendo caso práctico si se maneja bien el Código de Leyes se saca bien. Yo menos mal que me di cuenta que había enfocado mal el caso y rompí la hoja e hice de nuevo el caso. Sino hubiera palmado. Es fundamental hacer bien el caso práctico.
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Un 5, que me parece bastante cortito, pero muy contento.
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5,8 Juan Manuel Alonso. :D
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A mí me lo ha corregido Maria sonia Calaza. Un 6. Estoy muy contenta. Con un canto en los dientes me doy... :D :D
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Yo también he aprobado 5,8 :D :D :D :D la verdad es que estoy encantado, no me lo esperaba, la teoría me salió así así. Sin embargo el supuesto práctico me pareció hasta fácil.
Quería preguntaros una cosa. He estudiado por los resúmenes que me han pasado. El libro me pareció insufrible. Con un lenguaje que puede definirse como retorcido, siendo benevolente, estoy pensando en comprarme el del segundo parcial. Ya tengo los apuntes del segundo y creo que podré tirar nuevamente de apuntes y pasar de libro. ¿Vosotros como habéis preparado el primero parcial? ¿Por el libro de Gimeno Sendra o habéis utilizado apuntes? Un saludo todos y felicidades a los aprobados.
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Yo por los apuntes de Ponder con base de Vivero y casi me muero como para pensar en el libro ;D
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Buenas noches compañer@s
¿Alguien sabe cual es el procedimiento para reclarmar, teniendo en cuenta que no conozco como ha puntuado y han valorado las preguntas?
Estoy totalmente indignado porque no creo para nada que tenga un 4. Vamos ni de coña. Tengo una pregunta seguro bien, no lo siguiente, el caso práctico seguro que bien.
Esto es la primera vez que me pasa en la UNED y estoy perdido. Agradecería vuestra ayuda
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Buenas noches compañer@s
¿Alguien sabe cual es el procedimiento para reclarmar, teniendo en cuenta que no conozco como ha puntuado y han valorado las preguntas?
Estoy totalmente indignado porque no creo para nada que tenga un 4. Vamos ni de coña. Tengo una pregunta seguro bien, no lo siguiente, el caso práctico seguro que bien.
Esto es la primera vez que me pasa en la UNED y estoy perdido. Agradecería vuestra ayuda
Y la segunda pregunta de desarrollo, puede ser que no esté totalmente bien, pero bueno. Para sacarse un 5 tiene que estar todo bien contestado?
Que hay que hacer para sacarse un 10?
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A mi me han cascado un 3 :-[ Ya ni me acuerdo, sé que estudié poquisimo pero recuerdo que me salió más o menos bien, deberían tener en consideración lo asquerosamente largo que es el temario a la hora de puntuar, es imposible saberlo todo bien. Me gustaría saber cómo y cuánto ha estudiado alguien que tenga sobresaliente, ¿alguien con nota alta?
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Jo Machini lo siento un montón :-[,que yo sepa la nota más alta es un 6 y ademas solo conozco uno lo demas todo 5 y 3 y la verdad es que flipo, no se suponía que este departamento era benévolo?
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A mi me han cascado un 3 :-[ Ya ni me acuerdo, sé que estudié poquisimo pero recuerdo que me salió más o menos bien, deberían tener en consideración lo asquerosamente largo que es el temario a la hora de puntuar, es imposible saberlo todo bien. Me gustaría saber cómo y cuánto ha estudiado alguien que tenga sobresaliente, ¿alguien con nota alta?
Joe machini lo siento mucho! Este departamento creo que no es de notas altas. En introducción tuve un 7,5 y te puedo asegurar sin exagerar que mi examen era de sobresaliente o matrícula de honor porque tuve suerte y me preguntaron lo que más me había estudiado. Mucho ánimo que verás cómo puedes sacarla sin problemas.
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Joe machini lo siento mucho! Este departamento creo que no es de notas altas. En introducción tuve un 7,5 y te puedo asegurar sin exagerar que mi examen era de sobresaliente o matrícula de honor porque tuve suerte y me preguntaron lo que más me había estudiado. Mucho ánimo que verás cómo puedes sacarla sin problemas.
Sí, tranquil@, soy consciente de que estudiando poco sólo se puede esperar tener suerte y simplemente no la he tenido, no me voy a quedar mal por eso, pero me esperaba por lo menos un 4 y algo, tan mal no estaba!!
Bueno, ya sólo toca estudiar para el segundo, tanto los que hayáis aprobado (enhorabuena!) como los que no jejejej
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Sí, tranquil@, soy consciente de que estudiando poco sólo se puede esperar tener suerte y simplemente no la he tenido, no me voy a quedar mal por eso, pero me esperaba por lo menos un 4 y algo, tan mal no estaba!!
Bueno, ya sólo toca estudiar para el segundo, tanto los que hayáis aprobado (enhorabuena!) como los que no jejejej
Esa es la actitud que hay que tener. Con esa actitud y estudiando más en el segundo parcial tendrás éxito seguro.
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Yo 7,70. Me parece una nota baja para el examen que hice. Las dos preguntas de teoría bastante completas (a mi juicio, claro) y el caso bien contestado aunque con una argumentación un poco liada. Tengo mejores notas con peores exámenes, en Introducción a Procesal, sin ir mas lejos, un 9 con un examen peor que este. Pero bueno, ya se sabe que el profesor que te corrija influye y mucho y en este caso pues me ha tocado a mi sufrir la corrección a la baja...
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Yo 7,70. Me parece una nota baja para el examen que hice. Las dos preguntas de teoría bastante completas (a mi juicio, claro) y el caso bien contestado aunque con una argumentación un poco liada. Tengo mejores notas con peores exámenes, en Introducción a Procesal, sin ir mas lejos, un 9 con un examen peor que este. Pero bueno, ya se sabe que el profesor que te corrija influye y mucho y en este caso pues me ha tocado a mi sufrir la corrección a la baja...
¿Quien te ha corregido?
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Juan Manuel Alonso Furelos
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Donde puedo conseguir los apuntes de ponder para el segundo?
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Voy a solicitar la revisión de examen de la primera semana. Donde tengo menos certeza es en el caso práctico. ¿Creéis que la prueba plena invalida la apreciación conjunta de las demás pruebas? A ver si encuentro algo de luz...
Saludos!
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En apuntes temporales he visto unos apuntes de 105 páginas para el segundo parcial con bastante buena pinta. Alguien los ha visto? no se si se van a quedar cortos o sirven para preparar el examen. Están basados en los apuntes de Silu.
Yo soy de estudiar por mi propio re-resumen, si en este caso el compañero nos facilita su re-resumen , genial.
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El caso practico lo lei mal y conteste diferente a lo preguntado, las dos preguntas es cierto que las desarrolle decentemente bien, es la asignatura que mas horas le he metido de toda la carrera y despues de leer el examen en casa mas tranquilo y ver la caga...... que metí pense que para septiembre pero no, APROBADO. Que subidón por Dios, que animo me dar para seguir mas fuerte, mucha suerte a todos.
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Voy a solicitar la revisión de examen de la primera semana. Donde tengo menos certeza es en el caso práctico. ¿Creéis que la prueba plena invalida la apreciación conjunta de las demás pruebas? A ver si encuentro algo de luz...
Saludos!
Será difícil desvirtuar la prueba plena de la Escritura pública pero no imposible sino todo lo contrario. Es factible la realización conjunta de la prueba y lo reconoce el TS en una dilatada jurisprudencia.
Ten en cuenta además que el proceso es declarativo y por tanto totalmente cognitivo. Diferente si fuera un ejecutivo basado en el Título dónde no cabría la oposición pero teniendo en cuenta que en este caso no generaría cosa juzgada.
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Por favor , alguien me podría orientar sobre apuntes para el segundo parcial? he encontrado unos de Ponder de 341 pgs. pero no están actualizados. Necesito ponerme ya con el segundo parcial.
Mi correo es luis.narvaez.ruiz@hotmail.com
Muchas gracias, un saludo.
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No están actualizados ? Son por los que pensaba estudiar yo :-[
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Voy a solicitar la revisión de examen de la primera semana. Donde tengo menos certeza es en el caso práctico. ¿Creéis que la prueba plena invalida la apreciación conjunta de las demás pruebas? A ver si encuentro algo de luz...
Saludos!
Yo también voy a solicitar la revisión. Si no te importa podrías iindicarme como lo vas a plantear, teniendo en cuenta que no sabemos como puntúan, ni el valor de las respuestas y caso práctico?
Gracias
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¿Alguien tiene los casos prácticos del segundo parcial resueltos?
Gracias
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Hola, he suspendido el 1º parcial, aunque he reclamado. He buscado el funcionamiento de las convocatorias pero no he sido capaz de encontrarlo en las guías. Mi duda es sobre que sucede al tener suspenso el primer parcial, me puedo presentar al segundo y si lo apruebo, en septiembre me examino solo del primero.
Muchas gracias
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Hola, he suspendido el 1º parcial, aunque he reclamado. He buscado el funcionamiento de las convocatorias pero no he sido capaz de encontrarlo en las guías. Mi duda es sobre que sucede al tener suspenso el primer parcial, me puedo presentar al segundo y si lo apruebo, en septiembre me examino solo del primero.
Muchas gracias
Correcto
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Yo también voy a solicitar la revisión. Si no te importa podrías iindicarme como lo vas a plantear, teniendo en cuenta que no sabemos como puntúan, ni el valor de las respuestas y caso práctico?
Gracias
Pues voy a argumentar que las preguntas teóricas están suficientemente respondidas para ser aprobadas. El caso práctico lo tengo bien, a pesar de su ambiguedad, pero claro, es todo tan subjetivo...
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Alguien que tenga un 6 o más me puede decir cual ha sido su método para estudiar la asignatura?????
:-[
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6,5.
Apuntes de ponder subrayados por Laurafm de nuevo subrayados
Repaso repaso y repaso, y echar una miradita al código de vez en cuando.
Llevando bien la teoría el caso práctico debe salir .
Pero es importante tener conceptos claros y esquematizados . A partir de tenerlo todo bien situado, en cada repaso se te irán quedando nuevos conceptos.
Para mí la asignatura más difícil hasta ahora de la carrera, pero no es fea , requiere mucho repaso.
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6,5.
Apuntes de ponder subrayados por Laurafm de nuevo subrayados
Repaso repaso y repaso, y echar una miradita al código de vez en cuando.
Llevando bien la teoría el caso práctico debe salir .
Pero es importante tener conceptos claros y esquematizados . A partir de tenerlo todo bien situado, en cada repaso se te irán quedando nuevos conceptos.
Para mí la asignatura más difícil hasta ahora de la carrera, pero no es fea , requiere mucho repaso.
Gracias
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Si el problema es ese, que es una asignatura interesante y útil pero al ser tanto temario desanima y se le acaba cogiendo asco a una asignatura que se podría estudiar con gusto si estuviera dividida en 2 (dos asignaturas anuales). Es demasiada materia para un semestre y para 4,5 créditos de m*****.
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Para mi hasta ahora la más terrible de la carrera con diferencia y me quedan pocas para acabar, no se ni por donde cogerla
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http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=115063.0
Para el segundo parcial, creo que estos apunes sirven. Un poco extensos, pero no hay muchos más , y prefiero ir sobre seguro en el segundo parcial. Creo que son de Ponder, gracias al autor de todos modos.
Un saludo.
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Por esos apuntes estoy estudiando yo. Por otra parte, sí que es cierto que en extensión esta asignatura se lleva la medalla de oro de la carrera, pero también parte ella se resuelve con el código. Mi impresión después de terminar de dar un primer repaso a a los apuntes del segundo parcial es de menos teoría si cabe que el primero.
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Gente que la cursó el año pasado , me habla de un segundo parcial "más asequible".
Esperemos que así sea.
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Ya está aquí la reducción del temario para el segundo cuatrimestre 2016/2017:
• PROCESOS PARA LA TUTELA DEL DERECHO DE CREDITO DIMANANTE DE LOS CONTRATOS DE VENTA DE BIENES MUEBLES A PLAZOS Y DE ARRENDAMIENTO F1NANCIERO.
• LOS PROCESOS DE DIVISION DE PATRIMONIOS.
• EL PROCESO DE IMPUGNACION DE ACUERDOS DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y COOPERATIVAS.
• PROCEDIMIENTO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL.
• LOS PROCESOS ESPECIALES EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL, COMPETENCIA DESLEAL Y PUBLICIDAD.
• EL JUICIO DE RETRACTO.
• PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACION DE NULIDAD DE PRESTAMOS USURARIOS.
• EL PROCESO CONCURSAL (I).
• EL PROCESO CONCURSAL (II).
http://imageshack.com/a/img924/5240/UONpvZ.jpg
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Buenas tardes.
¿Alguien tiene preguntas y respuestas del segundo parcial?
Saludos.
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Buenas, ¿alguno solicitásteis revisión del primer parcial? ¿os han contestado?
Saludos!
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Para mi hasta ahora la más terrible de la carrera con diferencia y me quedan pocas para acabar, no se ni por donde cogerla
Laura, no me puedo creer que una chica tan aplicada como tu y con las notazas tremendas que he visto has sacado en el primer cuatrimestre diga que no puede con Procesal I. No me lo creo. Si manejas bien el Código de Leyes Procesales y tienes los conceptos claros, con la buena letra que tu tienes y lo apañadita que se se te ve, tenias que sacarla de "tacón". Además es una asignatura preciosa y es clave dominarla si quieres ejercer el día de mañana.
Un Graduado en Derecho que no domine Derecho Procesal tiene poco que hacer en el mundo de la Abogacía. Así que ánimo y "cabeza fría" que esta asignatura es muy pero muy importante tenerla muy clara, pero no considero que sea complicado aprobarla. Ojalá tuviera yo tu letra.
Quizá lo que deberías haber hecho Laurita es pillar menos asignaturas. Yo llevo 7 asignaturas este año (3 anuales y 4 trimestrales) y me parece una burrada, así que no me extraña que vayáis apurados llevando tantas asignaturas. Y aún así veo las notazas que sacáis y alucino en colores, porque yo le dedico horas y horas y más horas, y más horas y horas y horas ....
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Laura, no me puedo creer que una chica tan aplicada como tu y con las notazas tremendas que he visto has sacado en el primer cuatrimestre diga que no puede con Procesal I. No me lo creo. Si manejas bien el Código de Leyes Procesales y tienes los conceptos claros, con la buena letra que tu tienes y lo apañadita que se se te ve, tenias que sacarla de "tacón". Además es una asignatura preciosa y es clave dominarla si quieres ejercer el día de mañana.
Un Graduado en Derecho que no domine Derecho Procesal tiene poco que hacer en el mundo de la Abogacía. Así que ánimo y "cabeza fría" que esta asignatura es muy pero muy importante tenerla muy clara, pero no considero que sea complicado aprobarla. Ojalá tuviera yo tu letra.
Quizá lo que deberías haber hecho Laurita es pillar menos asignaturas. Yo llevo 7 asignaturas este año (3 anuales y 4 trimestrales) y me parece una burrada, así que no me extraña que vayáis apurados llevando tantas asignaturas. Y aún así veo las notazas que sacáis y alucino en colores, porque yo le dedico horas y horas y más horas, y más horas y horas y horas ....
Perri yo tengo memoria de pez y en el momento que me vi tremendos apuntes me empecé a agobiar, el código ha sido mi salvación porque con él solo tuve que intentar memorizar la mitad, en cuanto a la utilidad de la asignatura ahora mismo tengo en mente opositar asi que no me quita el sueño pero dios dirá. Y mis notas, la clave de mis notas son los mini resúmenes que me hago de todas las asignaturas, de procesal llevaba 35 hojas y eso fue lo que me estudié, de Dip 14 eso si, todos los dias le dedico 2-3 horas y leo , leo , releo y vuelvo a releer y a subrayar, tengo un don para saber que es lo importante y qué la paja y despues de haber subrayado 1/4 de temario me hago mis mini resumenes que son los que memorizo, con mas no puedo pero es verdad que de tanto leer el cerebro sin darnos cuenta va absorviendo y al final asi voy tirando ;), de hecho tus apuntes de penal II los he dejado en 22 hojas mas monas jeje
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Que apuntes habeis elegido? , los de 340 o los de 105? Estoy en un dilema...
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los de 340 de ponder que se quedan en bastantes menos en cuanto cambies el tipo de letra y los márgenes
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Hola, a ver sie podeis aclarar una duda, el articulo 466 de la LEC esta suspenso por la d final 16??? Parece que he leido eso en los apuntes y ya no se si creérmelo. La cuestion es si el recurso ee casación es incompatible con el infraccion procesal o no.
Que alguien me lo aclare 🙏
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hola a todos.
Parece que este año entra un nuevo tema (el 38 es el JUICIO VERBAL, que otros años no entgraba).
No aparece en ninguno de nuestros apuntes anteriores, y no es mataria excluida.
Algún alma caritativa que me lo pueda pasar?
agh.correo@gmail.com
GRACIAS
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Un saludo a todos,otro que se apunta a la lucha.
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hola a todos.
Parece que este año entra un nuevo tema (el 38 es el JUICIO VERBAL, que otros años no entgraba).
No aparece en ninguno de nuestros apuntes anteriores, y no es mataria excluida.
Algún alma caritativa que me lo pueda pasar?
agh.correo@gmail.com
GRACIAS
Articulos 437 a 447 LEC. El libro no va más allá de lo señalado por la Ley
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Pues yo si que lo tengo en mis apuntes el juicio verbal tema 38, no se ahora mismo la verdad de donde me los descargue exactamente, solo puedo decir que estaban en formato pdf, la verdad que es un tema cortito pero para quien lo quiera aqui lo comparto:
https://www.dropbox.com/s/gvkl0qa1bbw7vfx/Tema%208%20juicio%20verbal.pdf?dl=0
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Cómo lo lleváis? Que os está pareciendo El Segundo parcial?
Yo de momento llevo vistos los recursos
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Yo estoy de la DF 16 hasta el gorro >:( y los casos prácticos mal, alguien sabe donde obtener los casos , pero actualizados del 2014 o 15 porque no doy ni una.
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un poco tarde quiza, pero que remedio, me apunto
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yo empiezo hoy :'( :'( pero lo haré la segunda semana. espero no empezar muy tarde, aprovecharé los dos meses como pueda ...
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Creo que yo también me voy a apuntar a este 2º parcial (no me presenté al 1º). Tengo mis dudas, aunque de momento he decidido intentarlo. Es una asignatura que no se muy bien como abordar, y me da miedo terminar suspendiéndola, y de paso ya suspender el resto, por todo el tiempo que me va a llevar prepararla... He leído los primeros temas no se cuántas veces, y no consigo coger el "ritmo". Me parece que no me entero de nada, y esto no me pasa con el resto de asignaturas. En fin, que lo intentaré, pero no se muy bien como hacerlo.
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los de 340 de ponder que se quedan en bastantes menos en cuanto cambies el tipo de letra y los márgenes
hola laura
vas a hacer como en el primer cuatrimestre con los de ponder?
muchas gracias me fueron muy útiles
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Si ya los tengo si los quereis os los cuelgo, tb me he hecho mis esquemas/resumenes a mano que son lo unico que me voy a estudiar 27 paginas por ambas caras si los quereis los cuelgo tb
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=121749.0
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Si ya los tengo si los quereis os los cuelgo, tb me he hecho mis esquemas/resumenes a mano que son lo unico que me voy a estudiar 27 paginas por ambas caras si los quereis los cuelgo tb
Buenas,
Sería estupendo si los compartes. Muchas gracias.
Un saludo.
Alejandra
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Si ya los tengo si los quereis os los cuelgo, tb me he hecho mis esquemas/resumenes a mano que son lo unico que me voy a estudiar 27 paginas por ambas caras si los quereis los cuelgo tb
Sería un súper favor. Muchas gracias!!
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Están en apuntes temporales ha debido moverlos MORDEKAY espero que os sirvan :)
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SABEIS SI SE PUEDE LLEVAR EL CÓDIGO SUBRAYADO? Pues eso, que después de pasar el primer parcial e ir por la mitad del segundo en el que me ha dado por subrayar el Código con colorines (nada discreto, no) me da por cuestionarme si no estaré haciendo algo que no permitan, a buenas horas ya...
He entrado en el "foro oficial" de la UNED y a la misma pregunta de un compañero, el profesor le ha contestado diciendo que no se permiten "anotaciones ni referencias de ningún tipo". Entiendo que por referencias no se incluye el subrayado pero, bueno pues eso, que me ha surgido la duda... Qué pensáis?
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Se pude llevar subrayado, con posit, colorines, y lo que te dé la gana.
Lo que no se puede bajo ningún concepto es con anotaciones, a pesar de lo cual, se de algunos que se la juegan… pero allá cada cual…
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hola compañeros,entro para mandar un saludo y daros fuerza y decir:Joder con la asignatura!
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Hola, he hecho la siguiente consulta en el foro de la asignatura y la respuesta que me ha dado el profesor me satisface en parte. Que opináis sobre la duda?:
Buenas tardes,
Estoy contrastando el Acuerdo de 27 de enero de 2017 con el manual y me ha llamado mucho la atención que en el acuerdo (apartado II de la página 4) cuando se refiere a la interposición aislada del recurso por infracción procesal, el motivo "i" diga que solo podrá interponerse aisladamente: contra las sentencias dictadas en procesos para la tutela judicial civil de los derechos fundamentales. Y me llama mucho la atención por dos motivos bien distintos:
El primero de ellos es porque al final del párrafo se hace referencia al origen de dicho motivo "i" que no es otro que la D.A 16.1.2ª. Y es que resulta que dicha disposición nos remite al art. 477 y en dicha disposición (referida a la casación material) la redacción EXCLUYE el art. 24 CE, mientras que la redacción del Acuerdo en su versión 2017 NO SE EXCLUYE. He consultado el Acuerdo del año 2011 y ahí si que hacía una transcripción correcta del art. 477 EXCLUYENDO el art. 24.
Y el segundo de ellos y más importante es que el manual (páginas 735, o 737) hace (hacía) una interpretación de contrario del art 477 QUE NO ES la recogida ni el Acuerdo de 2011 ni en el de 2017. Según el manual el recurso extraordinario por infracción procesal solo es procedente por "...la infracción de la sentencia impugnada del art. 24 CE" , "...salvo que se fundamente únicamente en la infracción del art. 24.1 CE (DF 16ª.1.2ª). Es decir, el manual antes y ahora, extrae la conclusión que si, según el art. 477 el recurso de casación material procede por la infracción de derechos fundamentales salvo el art. 24, ENTONCES el recurso extraordinario por infracción procesal procede "justo al reves" (de contrario), cuando lo que se infringe es exclusivamente el art. 24. Razonamiento que justo el contrario que manifiesta el Tribunal Supremo ya sea en el acuerdo de 2011 o en el de 2017.
La duda es por lo tanto: El recurso extraordinario por infracción procesal procede: ¿cuando se infringen los derechos fundamentales excepto el art. 24 CE? ¿Cuando se infringe exclusivamente el art 24 CE? o como dice ahora el acuerdo de 2017 respecto a todos los fundamentales (incluido el 24 CE).
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Laura o quien lo sepa, me he encontrado en tus magnificos esquemas una E invertida con cola como de la arroba de las direcciones de correos electrónicos, ¿qué significa?, perdón por mi ignorancia, será de estas cosas que no me olvidaré, saludos y ánimo.
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La E invertida significa existe, si esta tachada que no existe ;)
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Laura, un millón de gracias, esto ya me pilló mayor, jeje, tomo buena nota; los apuntes son la caña, yo entre ellos y unos de setenta y pico folios que no se de quien son más las clases por internet, será lo que estudie. Un saludo y de nuevo muchas gracias.
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Estoy bastante desmotivada con esta asignatura... a alguien más le ha parecido súper enfarragoso el tema 33? :-\
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holaaa, alguien va a hacer la PEC y que la estoy haciendo y por compartir resultados
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Buenas,una preguntilla ¿cómo estais enfocando los casos prácticos? He estado viendo el libro de casos y no tengo ni idea de cómo redactar un escrito,sea del tipo que sea :(
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Buenas,una preguntilla ¿cómo estais enfocando los casos prácticos? He estado viendo el libro de casos y no tengo ni idea de cómo redactar un escrito,sea del tipo que sea :(
El libro de casos prácticos en este aspecto no ayuda para nada. Yo me dedico a ver los modelos para cada recurso, ejemplos de algunos que he visto en internet. La verdad es que no sé... Es un lío total!
A ver...
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Yo en lo que estoy perdidisimo es en las videoconferencias, o webconferencias o como le llamen, me meto en la página oficial y no pillo nunca las horas en las que se imparte, algún voluntario, por favor, que me indique donde puedo verlas.
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Yo en lo que estoy perdidisimo es en las videoconferencias, o webconferencias o como le llamen, me meto en la página oficial y no pillo nunca las horas en las que se imparte, algún voluntario, por favor, que me indique donde puedo verlas.
Yo me meto en las videoclases grabadas de Illes Balears que están bastante bien,y las puedo ver a cualquier hora del día.
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Mira necrish, me podrías poner el enlace, te lo agradecería mucho.
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Yo me meto en las videoclases grabadas de Illes Balears que están bastante bien,y las puedo ver a cualquier hora del día.
¿Que tal están estas videoclases? ¿merecen la pena?
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Hola, he hecho la siguiente consulta en el foro de la asignatura y la respuesta que me ha dado el profesor me satisface en parte. Que opináis sobre la duda?:
Buenas tardes,
Estoy contrastando el Acuerdo de 27 de enero de 2017 con el manual y me ha llamado mucho la atención que en el acuerdo (apartado II de la página 4) cuando se refiere a la interposición aislada del recurso por infracción procesal, el motivo "i" diga que solo podrá interponerse aisladamente: contra las sentencias dictadas en procesos para la tutela judicial civil de los derechos fundamentales. Y me llama mucho la atención por dos motivos bien distintos:
El primero de ellos es porque al final del párrafo se hace referencia al origen de dicho motivo "i" que no es otro que la D.A 16.1.2ª. Y es que resulta que dicha disposición nos remite al art. 477 y en dicha disposición (referida a la casación material) la redacción EXCLUYE el art. 24 CE, mientras que la redacción del Acuerdo en su versión 2017 NO SE EXCLUYE. He consultado el Acuerdo del año 2011 y ahí si que hacía una transcripción correcta del art. 477 EXCLUYENDO el art. 24.
Y el segundo de ellos y más importante es que el manual (páginas 735, o 737) hace (hacía) una interpretación de contrario del art 477 QUE NO ES la recogida ni el Acuerdo de 2011 ni en el de 2017. Según el manual el recurso extraordinario por infracción procesal solo es procedente por "...la infracción de la sentencia impugnada del art. 24 CE" , "...salvo que se fundamente únicamente en la infracción del art. 24.1 CE (DF 16ª.1.2ª). Es decir, el manual antes y ahora, extrae la conclusión que si, según el art. 477 el recurso de casación material procede por la infracción de derechos fundamentales salvo el art. 24, ENTONCES el recurso extraordinario por infracción procesal procede "justo al reves" (de contrario), cuando lo que se infringe es exclusivamente el art. 24. Razonamiento que justo el contrario que manifiesta el Tribunal Supremo ya sea en el acuerdo de 2011 o en el de 2017.
La duda es por lo tanto: El recurso extraordinario por infracción procesal procede: ¿cuando se infringen los derechos fundamentales excepto el art. 24 CE? ¿Cuando se infringe exclusivamente el art 24 CE? o como dice ahora el acuerdo de 2017 respecto a todos los fundamentales (incluido el 24 CE).
Hola, según he leido en el foro ALF, el recurso extraordinario por infracción processal procede respecto a todos los derechos fundamentales, inlucido el 24 CE. segon este último acuerdo de enero del TS. Puedes consultar el tema en este foro para mayor Seguridad pero casi seguro que así es.
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:D Yupiiii nos quitan 9 temas: 45-50-52-53-54-56-61-62-63
Donde has visto que han quitado estos temas? Gracias y un saludo.
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Buenos días compañer@s
Alguien podría decirme las preguntas de la primera y segunda semana de Junio de 2014, a qué lección o lecciones corresponden?
Son las siguientes
Junio 2014 1ª/Semana: Los presupuestos de las medidas cautelares: la apariencia de buen derecho
Junio 2014 2ª/Semana: El Alzamiento de las medidas cautelares
Gracias
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Buenos días compañer@s
Alguien podría decirme las preguntas de la primera y segunda semana de Junio de 2014, a qué lección o lecciones corresponden?
Son las siguientes
Junio 2014 1ª/Semana: Los presupuestos de las medidas cautelares: la apariencia de buen derecho
Junio 2014 2ª/Semana: El Alzamiento de las medidas cautelares
Gracias
Lecciones 10 y 11 del primer parcial
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Hola,
Estoy con la Pec. En relación a la última pregunta de la letra C: Y en el caso de que no comparecieran en el proceso monitorio, ¿podrán acudir a uno posterior reclamando a la Comunidad lo indebidamente pagado?
¿Alguien me puede orientar un poco? No sé si se refiere al art. 816.2 de la LEC.
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Hola,
Estoy con la Pec. En relación a la última pregunta de la letra C: Y en el caso de que no comparecieran en el proceso monitorio, ¿podrán acudir a uno posterior reclamando a la Comunidad lo indebidamente pagado?
¿Alguien me puede orientar un poco? No sé si se refiere al art. 816.2 de la LEC.
Bajo mi modesta opinión no podrán. Tramitada la ejecución sin oposición ni comparecencia del demandado la petición se convierte en cosa juzgada material y por tanto atacar esta sólo será posible mediante los recursos extraordinarios posibles contra los efectos de la cosa juzgada material.
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hola compañeros , me preguntaba si la realizacion del escrito en el examen es obligatorio .
el año pasado una compañera no lo realizo , dado que en el encabezamiento del examen ponia que solo era obligatorio la teoria y el caso practico, al final aprobo . me pregunto si este año sigue siendo igual .
un saludo
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Lecciones 10 y 11 del primer parcial
Muchas gracias. Me estaba volviendo loco, porque las tenía como preguntas del segundo parcial (Junio 2014)
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hola compañeros , me preguntaba si la realizacion del escrito en el examen es obligatorio .
el año pasado una compañera no lo realizo , dado que en el encabezamiento del examen ponia que solo era obligatorio la teoria y el caso practico, al final aprobo . me pregunto si este año sigue siendo igual .
un saludo
De la Guía de Estudio "En el examen deben ser contestadas todas las preguntas que se formulen."
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Bajo mi modesta opinión no podrán. Tramitada la ejecución sin oposición ni comparecencia del demandado la petición se convierte en cosa juzgada material y por tanto atacar esta sólo será posible mediante los recursos extraordinarios posibles contra los efectos de la cosa juzgada material.
Estoy de acuerdo contigo en el fondo del asunto. Lo único que entiendo que podrá es repetir sobre el nuevo titular de la vivienda los gastos comunitarios que correspondan al nuevo propietario una vez fue transmitida la vivienda (9.1.i. LPH).
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Estoy de acuerdo contigo en el fondo del asunto. Lo único que entiendo que podrá es repetir sobre el nuevo titular de la vivienda los gastos comunitarios que correspondan al nuevo propietario una vez fue transmitida la vivienda (9.1.i. LPH).
En el caso que se estimara el monitorio si. En el caso de que se estimara la oposición la Comunidad deberá ir contra el nuevo titular por su cuota.
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Como vais a afrontar lo de la redacción del recurso o demanda? Yo a día de hoy no tengo ni idea de como lo haría. Alguna recomendación?
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Como vais a afrontar lo de la redacción del recurso o demanda? Yo a día de hoy no tengo ni idea de como lo haría. Alguna recomendación?
Si te has comprado el código de leyes procesales recomendado, algo creo que básico para aprobar, y usas la contraseña que contiene para bajártelo en formato electrónico verás que además de las leyes procesales te baja otro libro electrónico en el que se encuentran los formularios más habituales con notas a pie de página enlazando a los artículos. Es muy útil para redactar cualquier escrito y verás que no resulta difícil la forma sabiendo el fondo.
La aplicación del código se denomina smarteca.
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Buenas noches, he buscado pero no he encontrado casos prácticos resueltos del segundo parcial. Alguien tiene algún enlace o forma de conseguirlos.
Gracias de antemano, saludos.
Ánimo a todos con la asignatura!
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compañeros , en una pregunta de examen he visto que preguntas las fases procesales de distintos recursos , que pondriais vosotros en esa pregunta? me ha creado un poco de duda a la hora de saber contestarla .
gracias , un saludo
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Alguien tiene ya las notas de la PEC del 2º cuatrimestre?
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Alguien tiene ya las notas de la PEC del 2º cuatrimestre?
Si
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Buenas noches, he buscado pero no he encontrado casos prácticos resueltos del segundo parcial. Alguien tiene algún enlace o forma de conseguirlos.
Gracias de antemano, saludos.
Ánimo a todos con la asignatura!
Buenas,
Me he descargado el código electrónico pero no me descaga nada más.
¿ Te importaría decirlo cómo encontrar el de los formularios?
Gracias de antemano.
Un saludo.
Alejandra
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Si te has comprado el código de leyes procesales recomendado, algo creo que básico para aprobar, y usas la contraseña que contiene para bajártelo en formato electrónico verás que además de las leyes procesales te baja otro libro electrónico en el que se encuentran los formularios más habituales con notas a pie de página enlazando a los artículos. Es muy útil para redactar cualquier escrito y verás que no resulta difícil la forma sabiendo el fondo.
La aplicación del código se denomina smarteca.
Hola,
Me he descargado el código electrónico pero no me descarga nada más.
¿ Te importaría decirme cómo se descarga el de los formularios?
Gracias de antemano.
Un saludo.
Alejandra
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Hola,
Me he descargado el código electrónico pero no me descarga nada más.
¿ Te importaría decirme cómo se descarga el de los formularios?
Gracias de antemano.
Un saludo.
Alejandra
En la biblioteca te tiene que aparecer junto al de leyes procesales. Se denomina Formularios del Código de Leyes Procesales
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En la biblioteca te tiene que aparecer junto al de leyes procesales. Se denomina Formularios del Código de Leyes Procesales
Hola,
Ahora sí me aparece.
Muchas gracias.
Suerte a todos.
Un saludo.
Alejandra
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Buenas tardes, tengo una duda la cual no encuentro la solución y quisiera saber si alguno de vosotros lo ha encontrado. Resulta que en el primer cuatrimestre encontré (no sé donde) el programa de la asignatura "desarrollado". Me explico, en vez de solo el título del tema correspondiente (como viene en la guía), venía el título del tema y a su vez los epígrafes correspondientes a cada tema, pero no sé dónde lo encontré.
Si alguien lo tiene o sabe dónde encontrarlo, se lo agradecería mucho que me lo enviase o me dijese dónde descargarlo.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
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Buenas tardes, tengo una duda la cual no encuentro la solución y quisiera saber si alguno de vosotros lo ha encontrado. Resulta que en el primer cuatrimestre encontré (no sé donde) el programa de la asignatura "desarrollado". Me explico, en vez de solo el título del tema correspondiente (como viene en la guía), venía el título del tema y a su vez los epígrafes correspondientes a cada tema, pero no sé dónde lo encontré.
Si alguien lo tiene o sabe dónde encontrarlo, se lo agradecería mucho que me lo enviase o me dijese dónde descargarlo.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
Señores/as, ya lo he solucionado. Por si alguien estaba en la misma situación que yo, digo dónde lo he encontrado: Dentro del campus virtual, en la pestaña "Documentos" y dentro de esa pestaña en el último documento que aparece que pone "PDF".
Perdón las molestias por haber escrito el mensaje pero estaba un poco loco ya :D
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Hola, no tengo ni idea de cómo realizar lo del escrito de demanda que piden en el examen. Además , compre el código a principio de curso , y no recuerdo si traía nada para descargar mi dónde estará .
Estoy un poco asustado con esto, y no voy muy bien de tiempo con el temario, así que si alguien me pudiera ayudar un poco con esto me sería de una gran ayuda.
Muchas gracias !!!
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Hola Luismar, la primera pagina del Código es como una cartulina en la que, junto a otra información te viene una clave para poder descargar el Código y los formularios en una web que también te indican.
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Muchas gracias!!! Ya lo tengo localizado
Que tal lleváis el temario ?
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Buenos días.
¿Alguien tiene casos prácticos resueltos?
Gracias.
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Hola, alguien sabría decirme si hay algunos temas en los que no haya que incidir tanto en su estudio porque vengan más desarrollados en el código?
Muchas gracias!!!
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Buenas ¿cómo lo llevais? Por más vueltas que le he pegado al temario,es demasiado extenso como para sabérselo bien del todo,y añadiendo encima el caso práctico con su escrito oportuno,yo voy a la primera semana (este jueves),a ver qué tal sale el examen.
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Suerte mañana a los que vayáis mañana; yo iré en quince días, sólo voy con ésta este cuatrimestre, y aún así veremos; espero ansioso que pongáis el escrito de demanda, y ya iremos viendo. Un saludo y mucha suerte mañana.
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Yo también me presento esta semana. Al escrito no le he dado nada de importancia, porque no doy más de mi :'(
Suerte!
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Bufffffff, yo prefiero aprovecho 15 días más, la verdad. Se me hace muy cuesta arriba y mañana y ya que nos dan otra oportunidad lo prefiero. :'( :'(
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Yo voy mañana al tuntun porque por el trabajo la siguiente semana no puedo. Desastre total, me presento porque lo he pagado pero vamos, a lo loco...
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Coincido con el sentir general, el temario es tan extenso que por mucho que se estudie queda poco más que encomendarse a la suerte y que caiga lo que mejor te sepas. Esta es sin duda la asignatura a la que más horas le he metido de toda la carrera (solo el documento en el que tengo los resúmenes del segundo cuatrimestre tiene más de 70 horas de edición) y me da la impresión de que la llevo con pinzas y que voy "a probar suerte".
El fin, esperemos que nos acmpañe la Fuerza, o el FSM o algo...
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Yo iba a ir mañana, pero el domingo me di cuenta de que no llegaba a tiempo, así que iré la segunda semana.
Me parece una barbaridad lo de esta asignatura, esperaba un segundo parcial más asequible , pero creo que se me ha hecho mas cuesta arriba aún.
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Yo la he dejado para el próximo curso, requiere mogollón de horas.
Suerte a todos/as
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Lo de redactar un escrito de demanda solo me lo puedo tomar como la guinda de la enorme broma que es esta asignatura, una asignatura inabarcable, con una extensión delirante del temario y un libro plúmbeo y malo hasta decir basta que parece una tortura psicológica diseñada por la CIA. El temario no es difícil en si e incluso hay partes llevaderas y hasta atractivas pero estudiar con un mínimo de rigor esta asignatura requeriría estar matriculado solo de esta asignatura y dedicarle como mínimo dos meses a tiempo completo. Lo pero es que puede que sea una de las asignaturas más importantes de la carrera de cara a ejercer en un futuro.
Me ha hecho gracia la ingenuidad de un comentario del hilo pidiendo consejo a uno de los pocos que logró sacar un siete con no se qué, que logró salirse de la tónica general del cinco por decreto a los que aprobamos. El 75% de esta asignatura es la suerte, no hay más. Ese mismo que sacó el siete hace tres días después el examen y lo más probable es que saque un cinco o suspenda incluso, igual que todos, no hay mucho más. Y con dos preguntas ni te cuento.
Pero a lo serio: ¿En qué parte del libro o en qué apuntes viene cómo redactar una demanda? Es que ya me parece el colmo...
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Lo de redactar un escrito de demanda solo me lo puedo tomar como la guinda de la enorme broma que es esta asignatura, una asignatura inabarcable, con una extensión delirante del temario y un libro plúmbeo y malo hasta decir basta que parece una tortura psicológica diseñada por la CIA. El temario no es difícil en si e incluso hay partes llevaderas y hasta atractivas pero estudiar con un mínimo de rigor esta asignatura requeriría estar matriculado solo de esta asignatura y dedicarle como mínimo dos meses a tiempo completo. Lo pero es que puede que sea una de las asignaturas más importantes de la carrera de cara a ejercer en un futuro.
Me ha hecho gracia la ingenuidad de un comentario del hilo pidiendo consejo a uno de los pocos que logró sacar un siete con no se qué, que logró salirse de la tónica general del cinco por decreto a los que aprobamos. El 75% de esta asignatura es la suerte, no hay más. Ese mismo que sacó el siete hace tres días después el examen y lo más probable es que saque un cinco o suspenda incluso, igual que todos, no hay mucho más. Y con dos preguntas ni te cuento.
Pero a lo serio: ¿En qué parte del libro o en qué apuntes viene cómo redactar una demanda? Es que ya me parece el colmo...
https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=12629.msg86336#msg86336
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Muchas gracias compañero, esta asignatura y "la demanda" me tienen desquiciado. A ver si tenemos suerte en el examen de la segunda semana con las preguntas. Yo lo llevo más o menos aseadito, pero la linea que separa sacar un siete de suspender es muy fina, por eso decía lo anterior. Espero no haber ofendido a nadie con lo de la "suerte". Ojalá hubiera sacado yo un siete o más.
Un saludo.
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Practica proceso monitorio
Preguntas: Recurso de revisión y desahucio
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Pues a mi la demanda no me ha dado tiempo en absoluto, el examen era asequible pero como para hacerlo en 4 o 5 horas jajaj
2 preguntas largas + un caso practico y luego encima te tiene q dar tiempo a ponerte a redactar una demanda? Venga ya!
Y encima tiene que quedar legible y sin tachones porque con el escaneo aunque tengas la letra más bonita del mundo queda horrible...
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Pues a mi la demanda no me ha dado tiempo en absoluto, el examen era asequible pero como para hacerlo en 4 o 5 horas jajaj
2 preguntas largas + un caso practico y luego encima te tiene q dar tiempo a ponerte a redactar una demanda? Venga ya!
Y encima tiene que quedar legible y sin tachones porque con el escaneo aunque tengas la letra más bonita del mundo queda horrible...
Yo casi lloro al ver que apenas me quedaba tiempo para redactar la demanda,al final la he resumido y no la he podido desarrollar como me hubiera gustado,pero bueno,las preguntas eran sencillitas y el caso práctico con el articulado que daban y sabiéndote un poco el monitorio estaba mascado,ahora a esperar notas.
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https://www.dropbox.com/s/3odp0ne4skrf3uw/20170525_204717.jpg?dl=0
Ahí va el examen
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Yo casi lloro al ver que apenas me quedaba tiempo para redactar la demanda,al final la he resumido y no la he podido desarrollar como me hubiera gustado,pero bueno,las preguntas eran sencillitas y el caso práctico con el articulado que daban y sabiéndote un poco el monitorio estaba mascado,ahora a esperar notas.
A mí tampoco me ha dado tiempo redactar la demanda. Espero que sean benévolos.
Esta asignatura tiene migas. A rezar
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Ni Queriendo les sale un examen más largo, que barbaridad. No me ha parecido muy difícil de contestar pero la extensión del examen es el factor clave, he llegado a la demanda con la legua fuera.
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Ni Queriendo les sale un examen más largo, que barbaridad. No me ha parecido muy difícil de contestar pero la extensión del examen es el factor clave, he llegado a la demanda con la legua fuera.
Exacto,yo he escrito casi 4 hojas,y eso que he perdido tiempo consultando el código,en este tipo de exámenes no se trata de ser escueto,sino de desarrollarlo lo máximo posible y con una buena jerga procesal.
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Exacto,yo he escrito casi 4 hojas,y eso que he perdido tiempo consultando el código,en este tipo de exámenes no se trata de ser escueto,sino de desarrollarlo lo máximo posible y con una buena jerga procesal.
Yo he llenado 6, mientras más me altero más grande escribo y más se me separan las lineas y luego era todo prácticamente copiado del codigo porque no me ha dado tiempo a procesarlo y desarollarlo bien... el mismo examen pero con una hora más y era para bordarlo. Yo no porque no había estudiado apenas y está suspenso seguro, pero hay que admitir que no era un examen difícil salvo por su extensión...
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Bueno,espera aún las notas Machini,este departamento es bastante generoso a la hora de corregir,desde mi punto de vista lo que más valoran son los casos prácticos y su fundamentación.
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Bueno,espera aún las notas Machini,este departamento es bastante generoso a la hora de corregir,desde mi punto de vista lo que más valoran son los casos prácticos y su fundamentación.
Tranqui, no soy de las q van lloriqueando q van a suspender y luego sacan notaza jajajaj lo digo en serio, me estoy mudando (como ya he dicho por ahí creo) y trabajo y este año se me ha torcido, septiembre es mi amigo jajaja
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Compañeros vosotros creeis que son capaces de suspender si dejas el escrito a medias y te equivocas en poner que necesita abogado y procurador cuando no lo necesita ? Tuve un lío de conocimientos ya a última hora...y me ha dejado eso muy chafada
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Bueno, pues ya está creo que me he quitado Procesal, que es un losa muy seria.
El examen muy muy largo, yo he llenado 8 caras. Me extendí demasiado con el recurso de revisión, que era una pregunta para contestar escueta y ahorrar tiempo, y claro, la segunda era larguísima, principalmente por las especialidades de la demanda. Las cuestiones del caso no eran complicadas, pero MUY largas de contestar. La petición de monitorio la he hecho con abogado y procurador, explicando que la ley no lo exige pero tampoco lo excluye y no me ha dado tiempo a redactar los fundamentos de derecho, me he limitado a citar artículos, porque si no, no me daba tiempo para el suplico.
Total, 2 horas de reloj en el examen, 8 caras de folio y un calor de muerte, una contractura en la espalda de la tensión y un whiskazo que me voy a meter después de cenar para celebrar que me he quitado este ladrillo.
En el primer cuatri salí esperando un 9 y acabé con un 7,70 así que en este no espero nada, me ha salido bien, pero esta casa siempre es incierta.
¡Ánimo a los que vais en segunda!
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Compañeros vosotros creeis que son capaces de suspender si dejas el escrito a medias y te equivocas en poner que necesita abogado y procurador cuando no lo necesita ? Tuve un lío de conocimientos ya a última hora...y me ha dejado eso muy chafada
No necesita abogado y procurador para la petición inicial, pero si quiere puede ir con ambos, así que si has hecho escrito como Procurador y firmado por abogado no está mal y no lo pondrán mal.
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Jo chicos como os envidio que ya os lo habéis quitado de encima, yo me he dejado sólo procesal para la segunda semana a ver si soy capaz de centrarme y sacarla me supera :-[
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Es cierto que ha sido largo pero yo me lo he planteado creo que bien.
Primero he realizado la escritura de la demanda aprovechando que la iba a comenzar por un folio en blanco. Me ha salido bordada en 2 folios salvo mi horrorosa letra.
Segundo he comenzado a contestar en la hoja obligatoria el tema de la revisión (1 cara) y no me he olvidado nada, incluso he puesto lo del TEDH.
Tercero he contestado el juicio de desahucio en 1 cara de un folio aunque se me ha olvidado la acumulación subjetiva y del contenido de la demanda se me ha olvidado la carga de la ejecución directa, lo demás bien.
Cuarto y ultimo he contestado las cuestiones del caso práctico en la otra cara del folio anterior sin olvidarme nada creo aunque aquí he tenido que apretar la letra.
Luego he ordenado por revisión, desahucio, cuestiones y demanda y entregado. Total 7 caras escritas y dolor de mano. No escribía tanto a boli desde hace años.
Para mi de 10 no por lo que falta pero al menos de 8. Luego vendrán con la rebaja...
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Ahora sí que ya no entiendo nada. Estoy leyendo que si ocho folios, que si siete, que si seis, cuando las preguntas teóricas eran de las más breves del temario y de contestar como muchísimo en tres cuartos de carilla cada una siendo muy generosos. Yo una vez llamé al departamento para aclarar esta cuestión y me contestaron:
"Ya sabemos que a estas alturas saben leer, escribir y copiar el código, queremos otra cosa, algo de su cosecha".
No sé cómo ha sido el caso ni mucho menos pero no me parece que fuera un examen para lo que estáis diciendo, salvo que os dedicárais a copiar y pegar el código además de lo vuestro. Yo creo que el problema de esta asignatura y de algunas otras más es de los departamentos. Cuando no dejas claras las cosas, te desentiendes absolutamente de todo y "dejas hacer" el resultado es este: que cada cual hace lo que le parece y la gente se angustia y se pone nerviosa porque no sabe a qué atenerse y con razón. Unos les sueltan ocho folios y dicen que no llega, otros les contestarán en tres y dirán que sobra y el resto llegará un momento que estudiarán lo imprescindible y que Dios reparte suerte. A ésta última he llegado yo.
A ver si tenemos suerte para la segunda semana...
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Y lo de la demanda me sigue pareciendo una mala broma...
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Yo sinceramente si fuera profesor, tuviera mil exámenes a corregir y me viera tochos de 8 folios me pondría de mala leche e iría predispuesta ya de mala manera a calificar el exámen pero con esta gente quien sabe, desde luego mi filosofia de estudio es la contraria, conciso lo mas posible (evidentemente demostrando que has estudiado) por eso odio tanto esta asignatura me supera el bla bla bla
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A ver, la primera pregunta no se podía copiar del código, es pura dogmática, lo único que se podía añadir del código eran los motivos de revisión. Para el resto, pues cada uno lo que quiera explayarse, a mi la reflexión sobre cómo la seguridad jurídica debe ceder ante el valor superior del ordenamiento de Justicia, cuando concurren circunstancias que demuestran que la resolución que adquirió firmeza es injusta y que por tanto un proceso de revisión de sentencias firmes es necesario para que la tutela judicial sea efectiva (que es el fundamento de la revisión), me ocupó casi una cara de folio (la tesis es la que he puesto aquí, así que podría haberla resumido a esto).
La segunda pregunta es código y punto. Ahí no se puede poner nada de la cosecha de nadie, las especialidades del juicio de desahucio son las que son y las que vienen en la LEC, que somos juristas no legisladores. Se podrá redactar de una forma o de otra, manipular mas o menos, citar o no el código para que parezca que te las sabes sin mirar, pero si en el desahucio de fincar urbana por falta de pago el demandante tiene la carga de informar de la posibilidad de enervación y si no la hubiese de las causas que la impidan, pues eso es así, y es así porque viene en el artículo 439.2.3ª LEC, no se qué esperan de "nuestra cosecha" ahí. Dicho esto esa pregunta no se responde en una cara de folia, salvo que tengas una letra digna de los grabadores de granos de arroz.
El caso, pues más de lo mismo. Las preguntas eran concretas y no muy difíciles, pero tampoco se prestaban a contestaciones telegráficas. Y el escrito, una petición inicial de monitorio, que puede hacerse mucho más corto que una demanda, al ser un escrito más informal, pero lo mínimo es decir a quién se presenta el escrito, quién pide, a quién le pide, por qué le pide y qué pide, y eso no cabe en media cara. Luego ya, cada uno, yo por ejemplo metí el escrito con abogado y procurador y claro, ya tuve que explicar que no son necesarios pero que tampoco están prohibidos, y eso es más espacio...
En fin, que el examen fue objetivamente largo, en mi opinión y la segunda pregunta terriblemente positiva, sin apenas posibilidad para incorporar dogmática.
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Ahora sí que ya no entiendo nada. Estoy leyendo que si ocho folios, que si siete, que si seis, cuando las preguntas teóricas eran de las más breves del temario y de contestar como muchísimo en tres cuartos de carilla cada una siendo muy generosos. Yo una vez llamé al departamento para aclarar esta cuestión y me contestaron:
"Ya sabemos que a estas alturas saben leer, escribir y copiar el código, queremos otra cosa, algo de su cosecha".
No sé cómo ha sido el caso ni mucho menos pero no me parece que fuera un examen para lo que estáis diciendo, salvo que os dedicárais a copiar y pegar el código además de lo vuestro. Yo creo que el problema de esta asignatura y de algunas otras más es de los departamentos. Cuando no dejas claras las cosas, te desentiendes absolutamente de todo y "dejas hacer" el resultado es este: que cada cual hace lo que le parece y la gente se angustia y se pone nerviosa porque no sabe a qué atenerse y con razón. Unos les sueltan ocho folios y dicen que no llega, otros les contestarán en tres y dirán que sobra y el resto llegará un momento que estudiarán lo imprescindible y que Dios reparte suerte. A ésta última he llegado yo.
A ver si tenemos suerte para la segunda semana...
Además, te hacen estudiar a partir de manuales que son una mezcla entre código de leyes procesales y teoría, de la que uno ya no sabe ni que coger. Habría una posible solución, estudiar los primeros epígrafes de cada tema que es el concepto y lo básico y el resto ni tocarlo porque está en el código. Pero claro, mañana te saltan con un: el procedimiento del recurso de casación, y por narices tienes que leerte el código aunque sea para llevarlo bien estructurado. Y al final, no llegas, como tengas un par de asignaturas más no llegas.
Y luego ves que en universidades presenciales, donde se supone que los chavales no trabajan, van a clase y se dedican solo a estudiar, la asignatura de derecho procesal civil es un semestre, y la lectura recomendada bastante reducida (para ser la asignatura que es)
Soy poco dado al victimismo. Si alguno me ha leido en este foro, he tenido alguna discusión cuando la gente se ha quejado de preguntas de exámenes rebuscadas o porque no han repetido preguntas y he dicho lo mismo, estamos en la universidad, presencial o no, pero universidad. No te van a regalar el título.
Pero esta asignatura es mortífera. Vi unos apuntes en no se donde, que eran un resumen del manual, y eran unas 600 páginas. 600 páginas para 9 meses. Una asignatura y resumido. Tengo dos amigos que están opositando a judicatura y estudian 1200 en un AÑO. Estudiando 9 y 10 horas al día, y solamente ese temario, ellos no tienen más asignaturas ni más examenes salvo su oposición. Y es una lastima porque es la asignatura más importante de cara a ejercer, y a mi personalmente me gusta porque en tu día a día siempre ves que alguien a demandado a no se quien, o ha puesto recurso de tal y te suenan las cosas y dices, joder, estoy aprendiendo un montón. Pero no puedes condenar a la gente a lo.que decía un compañero, ir a un examen rezando para que caiga lo que más o menos me se.
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A ver, la primera pregunta no se podía copiar del código, es pura dogmática, lo único que se podía añadir del código eran los motivos de revisión. Para el resto, pues cada uno lo que quiera explayarse, a mi la reflexión sobre cómo la seguridad jurídica debe ceder ante el valor superior del ordenamiento de Justicia, cuando concurren circunstancias que demuestran que la resolución que adquirió firmeza es injusta y que por tanto un proceso de revisión de sentencias firmes es necesario para que la tutela judicial sea efectiva (que es el fundamento de la revisión), me ocupó casi una cara de folio (la tesis es la que he puesto aquí, así que podría haberla resumido a esto).
La segunda pregunta es código y punto. Ahí no se puede poner nada de la cosecha de nadie, las especialidades del juicio de desahucio son las que son y las que vienen en la LEC, que somos juristas no legisladores. Se podrá redactar de una forma o de otra, manipular mas o menos, citar o no el código para que parezca que te las sabes sin mirar, pero si en el desahucio de fincar urbana por falta de pago el demandante tiene la carga de informar de la posibilidad de enervación y si no la hubiese de las causas que la impidan, pues eso es así, y es así porque viene en el artículo 439.2.3ª LEC, no se qué esperan de "nuestra cosecha" ahí. Dicho esto esa pregunta no se responde en una cara de folia, salvo que tengas una letra digna de los grabadores de granos de arroz.
El caso, pues más de lo mismo. Las preguntas eran concretas y no muy difíciles, pero tampoco se prestaban a contestaciones telegráficas. Y el escrito, una petición inicial de monitorio, que puede hacerse mucho más corto que una demanda, al ser un escrito más informal, pero lo mínimo es decir a quién se presenta el escrito, quién pide, a quién le pide, por qué le pide y qué pide, y eso no cabe en media cara. Luego ya, cada uno, yo por ejemplo metí el escrito con abogado y procurador y claro, ya tuve que explicar que no son necesarios pero que tampoco están prohibidos, y eso es más espacio...
En fin, que el examen fue objetivamente largo, en mi opinión y la segunda pregunta terriblemente positiva, sin apenas posibilidad para incorporar dogmática.
Yo tambien lo metí con Procurador y Abogado y también lo expliqué con una llamada al final
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Respeto todas las opiniones pero sinceramente no entiendo de que se quejan algunos. Las preguntas están en el programa. El caso igual. Las dos horas para hacer el examen son más que suficientes
A veces queridos compañeros nos quejamos por quejarnos. A mí el examen me ha parecido como otros. Estamos en la Uned y la Uned es imprevisible. Si yo fuera el encargado de poner el examen pondría otras preguntas, sin duda. Pero igual puede decir cada uno de los alumnos. Yo he estudiado muchísimas horas esta asignatura y no he perdido ni una sola clase y estaba preparado para un examen más difícil pero como he dicho son preguntas que están en el programa y ante ello poco se puede decir.
Pasar buen fin de semana y que pronto nos salgan las notas. Ahora salen pronto que se quieren ir de vacaciones los profes.
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Además, te hacen estudiar a partir de manuales que son una mezcla entre código de leyes procesales y teoría, de la que uno ya no sabe ni que coger. Habría una posible solución, estudiar los primeros epígrafes de cada tema que es el concepto y lo básico y el resto ni tocarlo porque está en el código. Pero claro, mañana te saltan con un: el procedimiento del recurso de casación, y por narices tienes que leerte el código aunque sea para llevarlo bien estructurado. Y al final, no llegas, como tengas un par de asignaturas más no llegas.
Y luego ves que en universidades presenciales, donde se supone que los chavales no trabajan, van a clase y se dedican solo a estudiar, la asignatura de derecho procesal civil es un semestre, y la lectura recomendada bastante reducida (para ser la asignatura que es)
Soy poco dado al victimismo. Si alguno me ha leido en este foro, he tenido alguna discusión cuando la gente se ha quejado de preguntas de exámenes rebuscadas o porque no han repetido preguntas y he dicho lo mismo, estamos en la universidad, presencial o no, pero universidad. No te van a regalar el título.
Pero esta asignatura es mortífera. Vi unos apuntes en no se donde, que eran un resumen del manual, y eran unas 600 páginas. 600 páginas para 9 meses. Una asignatura y resumido. Tengo dos amigos que están opositando a judicatura y estudian 1200 en un AÑO. Estudiando 9 y 10 horas al día, y solamente ese temario, ellos no tienen más asignaturas ni más examenes salvo su oposición. Y es una lastima porque es la asignatura más importante de cara a ejercer, y a mi personalmente me gusta porque en tu día a día siempre ves que alguien a demandado a no se quien, o ha puesto recurso de tal y te suenan las cosas y dices, joder, estoy aprendiendo un montón. Pero no puedes condenar a la gente a lo.que decía un compañero, ir a un examen rezando para que caiga lo que más o menos me se.
Mi método de estudio ha sido dos lecturas continuas de manual con subrayado y un esquema de 77 páginas que creo incluso puede reducirse aun más.
Si la lectura previa los apuntes valen de poco pero con la lectura fijas las ideas principales de lo que hay que contestar.
Yo estoy de acuerdo enla extensión. 1 cara para la primera pregunta es suficiente. Una cara para la segunda también aunque haya olvidado dos cositas pero no sólo era el código había que explicar el significado.
La contestación a las cuestiones no siendo telegráfica tampoco creo necesite más de una cara, cara y media sin necesidad de facilitar lupa y la demanda yo 2 folios enteros pero esto tiene truco, me preparé 3 posibles formularios por estadística de pregunta y el monitorio era precisamente el mas hot con lo que lo llevaba bien cubierto.
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Coincido con todoa vosotros (menos con perri). En mi opinión no deberían dejar el código, sino facilitar en el examen los artículos que quieren que utilicemos en el caso práctico y ya está.
Yo teniendo el código hay cosas q me sabía y que me sabía a poco escribirlas porque estaban en el código... es más un lastre que una ayuda. Porque luego eso, te salen muchas hojas para nada pero tampoco puedes dejar de ponerlo porque es lo que preguntan, esté o no esté en el codigo...
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Bueno, siendo más utópica lo que de verdad deberían hacer es dos o tres casos practicos distintos y la demanda, sin tworia. La teoría está en el código, hay que entenderla y saberla aplicar no memorizar como loritos...
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Mi método de estudio ha sido dos lecturas continuas de manual con subrayado y un esquema de 77 páginas que creo incluso puede reducirse aun más.
Si la lectura previa los apuntes valen de poco pero con la lectura fijas las ideas principales de lo que hay que contestar.
Yo estoy de acuerdo enla extensión. 1 cara para la primera pregunta es suficiente. Una cara para la segunda también aunque haya olvidado dos cositas pero no sólo era el código había que explicar el significado.
La contestación a las cuestiones no siendo telegráfica tampoco creo necesite más de una cara, cara y media sin necesidad de facilitar lupa y la demanda yo 2 folios enteros pero esto tiene truco, me preparé 3 posibles formularios por estadística de pregunta y el monitorio era precisamente el mas hot con lo que lo llevaba bien cubierto.
Hay que reconocer que el monitorio era de los más sencillos que hay. Sabiendo un poco sus fundamentos, y habiendo visto algún escrito real, se saca. No es como un recurso de casación que tienes que meterte a ver si cumple con cuantis, competencia, si es admisible por provenir de la audiencia o no, y otras mil cosas más. Eso sí, si vas mal de tiempo, no lo haces bien ni aunque te lo dicte el profesor al oído, porque los agobios no son buenos.
Por cierto alguien sabe como puntúan cada pregunta/caso/demanda?
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Coincido con todoa vosotros (menos con perri). En mi opinión no deberían dejar el código, sino facilitar en el examen los artículos que quieren que utilicemos en el caso práctico y ya está.
Yo teniendo el código hay cosas q me sabía y que me sabía a poco escribirlas porque estaban en el código... es más un lastre que una ayuda. Porque luego eso, te salen muchas hojas para nada pero tampoco puedes dejar de ponerlo porque es lo que preguntan, esté o no esté en el codigo...
Machini, ya puestos siguiendo tu teoría, que no dejen el Código ni para el caso práctico. Por cierto, dices que estás de acuerdo con todos menos conmigo. Me halaga. Siempre me ha gustado la diferencia. La unanimidad es muy vulgar.
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Machini, ya puestos siguiendo tu teoría, que no dejen el Código ni para el caso práctico. Por cierto, dices que estás de acuerdo con todos menos conmigo. Me halaga. Siempre me ha gustado la diferencia. La unanimidad es muy vulgar.
Bueno, a muchos nos ha parecido que había poco tiempo y a ti te ha parecido suficiente, simplemente no coincido en eso, no te he nombrado por nada sino porque eres el único por ahora al que le ha encajado bien el tiempo de examen.
Seguramente habrá otras cosas en las que coincidamos, tampoco te lo tomes en serio.
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Es broma compañero. :D :D :D :D
Un abrazo.
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Solo faltaría que preguntaran cosas que no están en el programa teniendo que estudiarnos sesenta y cuatro temas con un manual de mil doscientas hojas amén de pedirnos redactar demandas por la gracia de Dios y obra de internet.
No sé, lo que esta asignatura y su departamento han conseguido queda perfectamente reflejado en esta conversación que no hace sino demostrar que tomarse demasiado en serio su estudio es pasaporte directo para el manicomio.
Unos diciendo que cuatro horas de examen no les llegan( el examen de notarías son seis), otros que con dos sobran, los de acá hablando de redactar demandas como si llevaran diez años de ejercicio y los de allá diciendo que no saben de que les hablan, un sector hablando de lecturas comprensivas con setenta y siete hojas de colofón y otro grupo hablando de dedicación de infinitas horas de estudio y tutorías de no se qué. Y para terminar de troncharse estudiantes de expediente inmaculado que reconocen aquí mismo que no saben qué hacer con este mojón insufrible mientras otros compañeros hablan de métodos mágicos y de que "esto es la UNED" y "que me pongan otro más difícil que lo mato".
Resumiendo, no es difícil llegar a la conclusíon de que en esta asignatura y su departamento algo "no va bien" o "no cuadra". Compañeros, esto hay que tomárselo con humor
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Os parece la asignatura mas difícil de la carrera?
A mi hasta ahora sin duda.
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Os parece la asignatura mas difícil de la carrera?
A mi hasta ahora sin duda.
Y nos queda Procesal II !!! No sé vosotros pero yo tiemblo...
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A mi la mas difícil no, la mas exigente seguramente si, por su extensión demencial y porque leer a Gimeno no es precisamente un ejercicio fácil ni agradable (los manuales de Montero Aroca, por ejemplo, son bastante más claros y llevaderos). Puesto en perspectiva, de hecho, tiene uno de.los porcentajes de suspensos más bajos de la carrera (rondando el 16%), pero si te la tomas en serio consume cantidades ingentes de tiempo.
Para mi, la más difícil Administrativo I, la más pesada DIP, la más desafiante Penal I y la más exigente Procesal I (a falta de los 40 temazos de Procesal Penal para una asignatura de 5 créditos)
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Para mí la más tremenda de toda la carrera, bendito penal I y administrativo I, DIP puñetero coñazo pero la pec y la repetición de las preguntas de examen hace que sea una asignatura fácil de sacar con relativo poco esfuerzo, lo de procesal para mi es otro cantar y en cuanto a que son poco exigentes no se que decir, yo antes del examen daba por hecho que suspenderia pero después de hacerlo no me salió tan mal como pensaba y me cascarón el mismo 5 que a la gran mayoría de aprobados , el resto fueron 3 y alguna buena nota (muy pocas ) que queréis que os diga sólo por lo ingente de la cantidad de materia que entra deberían de subir la mano no, hasta el codo
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Eso es lo peor de todo, que la materia en si no es difícil ni mucho menos y hasta hay partes atractivas y llevaderas; lo que la hace exasperante es un libro digno de ser quemado como en los años treinta en un país de centro europa, una extensión propia de una oposición del grupo A1 y que realmente no sabes muy bien qué estudiar y qué no ademñas de sentir que el 80% del tiempo que te tiras delante del libro estás perdiendo el tiempo. Es un cúmulo de factores, no en si la dificultad de la materia. Es la incertidumbre, el no saber qué estudiar ni qué no, ni la forma más adecuada de afrontarla.
DIP, Penal I, Adminintrativo I y las que citáis, con la gorra.
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Para mí la más tremenda de toda la carrera, bendito penal I y administrativo I, DIP puñetero coñazo pero la pec y la repetición de las preguntas de examen hace que sea una asignatura fácil de sacar con relativo poco esfuerzo, lo de procesal para mi es otro cantar y en cuanto a que son poco exigentes no se que decir, yo antes del examen daba por hecho que suspenderia pero después de hacerlo no me salió tan mal como pensaba y me cascarón el mismo 5 que a la gran mayoría de aprobados , el resto fueron 3 y alguna buena nota (muy pocas ) que queréis que os diga sólo por lo ingente de la cantidad de materia que entra deberían de subir la mano no, hasta el codo
Laura, me juego lo que quieras a que apruebas y con buena nota. He visto tus resúmenes y demuestran claramente que dominas la asignatura. Eso pronto se ve.
Lo dicho, me juego lo que quieras a que apruebas fijo.
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Laura, me juego lo que quieras a que apruebas y con buena nota. He visto tus resúmenes y demuestran claramente que dominas la asignatura. Eso pronto se ve.
Lo dicho, me juego lo que quieras a que apruebas fijo.
Eso se llama subir la moral y lo demás son tonterías ;D
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No Laura. Las evidencias son las evidencias. Una persona que en 52 folios es capaz de resumir una asignatura como esta para mí no sólo merece un respeto sino además una admiración. Y te lo dice alguien que no te conoce personalmente y que además es muy exigente. Pero como te decía el que vale se ve y tú vales. Si eres capaz de hacer ese resumen y con esa calidad es imposible, repito, IMPOSIBLE que suspenda esta asignatura.
Ya me gustaría a mí tener esa capacidad. Si tuviera tu capacidad de síntesis con la cantidad de horas que dedicó a esta asignatura te aseguro que la matrícula de honor estaba garantizada.
Cuando hice el repaso final me apoye en tus resúmenes y quedé alucinado. De hecho los he encuadernado y los voy a guardar como recuerdo de mi paso por esta maravillosa Universisad, la mejor de España de largo, porque en mis 5 años que llevo aquí jamás he visto un trabajo tan bueno. Además tienen mucho más valor ya que están hechos de puño y letra.
Laura, espero que no te parezca mal que te haga este homenaje publivamente pero me he tomado esta libertad porque consideró que los que participamos en este foro somos ya como una "pequeña familia" y por eso me he tomado esta pequeña licencia que espero no te parezca mal.
Sigue así Laura. Seguro que triunfaras. Y en cuanto a la apuesta, que ganare seguro ya que aprobaras esta asignatura y con nota, ya me la pagaras si algún día vienes por A Coruña donde tienes tu casa.
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Yo espero que sean generosos corrigiendo. Tengo una pregunta más mal que bien, el caso yo sí que lo he hecho telegráfico y el escrito esta a lo loco porque no me daba tiempo. En fin esperaremos a las notas.
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No Laura. Las evidencias son las evidencias. Una persona que en 52 folios es capaz de resumir una asignatura como esta para mí no sólo merece un respeto sino además una admiración. Y te lo dice alguien que no te conoce personalmente y que además es muy exigente. Pero como te decía el que vale se ve y tú vales. Si eres capaz de hacer ese resumen y con esa calidad es imposible, repito, IMPOSIBLE que suspenda esta asignatura.
Ya me gustaría a mí tener esa capacidad. Si tuviera tu capacidad de síntesis con la cantidad de horas que dedicó a esta asignatura te aseguro que la matrícula de honor estaba garantizada.
Cuando hice el repaso final me apoye en tus resúmenes y quedé alucinado. De hecho los he encuadernado y los voy a guardar como recuerdo de mi paso por esta maravillosa Universisad, la mejor de España de largo, porque en mis 5 años que llevo aquí jamás he visto un trabajo tan bueno. Además tienen mucho más valor ya que están hechos de puño y letra.
Laura, espero que no te parezca mal que te haga este homenaje publivamente pero me he tomado esta libertad porque consideró que los que participamos en este foro somos ya como una "pequeña familia" y por eso me he tomado esta pequeña licencia que espero no te parezca mal.
Sigue así Laura. Seguro que triunfaras. Y en cuanto a la apuesta, que ganare seguro ya que aprobaras esta asignatura y con nota, ya me la pagaras si algún día vienes por A Coruña donde tienes tu casa.
Me has dejado de piedra Perri :-* me siento no halagada sino reconfortada porque a alguien le pueda parecer tan bueno mi trabajo, que dicho sea de paso lo hago porque soy incapaz de memorizar más, cada asignatura que cojo intento sobre todo entenderla, sintetizada y sacar exclusivamente la esencia que es la que memorizo para a partir de ella desarrollar después, si los días previos al examen veo más hojas soy incapaz. Es a eso a lo que verdaderamente le dedico horas y no a memorizar porque sería un auténtico fracaso, tendrías que ver en cuantas hojas deje entonces tus maravillosos apuntes de penal II ;D, y como me dice un compañero que coincidimos en los exámenes de penal al salir y comprobar el con el código penal en la mano y yo con mis resúmenes " capulla como puede ser que en esas hojas estén todas las respuestas" y lo están , yo siempre digo que cuando se repartieron las cualidades de cada uno en mi caso la memorización no es una de ellas pero la capacidad de síntesis y de saber según voy leyendo una materia que es importante, que me van a preguntar y que es paja pura y puedo desecharlo , en eso, me la concedieron a conciencia ;).
En fin, lo dicho gracias mil por tus palabras y por tu ánimo, aún me quedan 10 días para intentar superarla y pasarme otro verano más tranquilo, lo necesito de verdad porque trabajo, casa , estudios y familia si no tienes un parón al final llega un momento que no puedes más, he tenido la suerte desde que empecé en la uned de no tener que estudiar en verano a ver si este tampoco, un abrazo y gracias por tus palabras :-*.
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Me sumo a lo halagos, te debo 4.9 de los 5 puntos del primer parcial jjajaj
Una cosa.. los casos prácticos de los exámenes de estos últimos años están resueltos en algún sitio?
Gracias
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Buenas tardes, tengo una duda que imagino mas de uno tendrá.... Si tenemos el primer parcial aprobado y suspendemos el segundo...a septiembre vamos con todo o sólo con el segundo parcial?
Un saludo y al toro
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Solamente con el parcial suspendido.
Yo también estoy ahora con los esquemas de Laura. Aunque ya llevo varias lecturas me estoy bloqueando con el libro y me resultan más amenos y práctico!
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Solamente con el parcial suspendido.
Yo también estoy ahora con los esquemas de Laura. Aunque ya llevo varias lecturas me estoy bloqueando con el libro y me resultan más amenos y práctico!
Muchas gracias Elena84.
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Me has dejado de piedra Perri :-* me siento no halagada sino reconfortada porque a alguien le pueda parecer tan bueno mi trabajo, que dicho sea de paso lo hago porque soy incapaz de memorizar más, cada asignatura que cojo intento sobre todo entenderla, sintetizada y sacar exclusivamente la esencia que es la que memorizo para a partir de ella desarrollar después, si los días previos al examen veo más hojas soy incapaz. Es a eso a lo que verdaderamente le dedico horas y no a memorizar porque sería un auténtico fracaso, tendrías que ver en cuantas hojas deje entonces tus maravillosos apuntes de penal II ;D, y como me dice un compañero que coincidimos en los exámenes de penal al salir y comprobar el con el código penal en la mano y yo con mis resúmenes " capulla como puede ser que en esas hojas estén todas las respuestas" y lo están , yo siempre digo que cuando se repartieron las cualidades de cada uno en mi caso la memorización no es una de ellas pero la capacidad de síntesis y de saber según voy leyendo una materia que es importante, que me van a preguntar y que es paja pura y puedo desecharlo , en eso, me la concedieron a conciencia ;).
En fin, lo dicho gracias mil por tus palabras y por tu ánimo, aún me quedan 10 días para intentar superarla y pasarme otro verano más tranquilo, lo necesito de verdad porque trabajo, casa , estudios y familia si no tienes un parón al final llega un momento que no puedes más, he tenido la suerte desde que empecé en la uned de no tener que estudiar en verano a ver si este tampoco, un abrazo y gracias por tus palabras :-*.
Absolutamente de acuerdo con Perri en todo lo referente a los resúmenes de Laurafm.
De verdad, Laura, desde que los he visto soy un fan incondicional tuyo. Se le saca más partido a una hora con tus apuntes que a un día entero de estudio del libro. No puedes imaginar lo que me están ayudando, teniendo en cuenta la importancia que el tiempo tiene para alguien que trabaja y se ha empeñado en esta locura de sacar alguna asignatura cada año...(y piensa cada día aquello de quién narices me manda a mí meterme en esto???). Aún así, sin remordimientos, porque pensándolo bien, ¡mira que es bonito esto del Derecho!, aunque a veces, en alguna asignatura, parezca que quieran hacernos cambiar de opinión...
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Alguien sabe dónde hay casos de exámenes resueltos?
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Hola estoy mirando que ni en licenciatura ni en grado han preguntado nunca teoria sobre cgcontratación ni pretensiones de reparacion colectivas, que pensais al respecto? pasariais?
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Hola estoy mirando que ni en licenciatura ni en grado han preguntado nunca teoria sobre cgcontratación ni pretensiones de reparacion colectivas, que pensais al respecto? pasariais?
No soy la mas indicada para dar consejos sobre procesal pero por lo general se ciñen a lo importante... claro que lo importante es medio libro ;D ;D
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Yo te puedo decir que le he metido muchísimas horas a Procesal y que hay varios temas que llevado casi sin mirar al examen: Condiciones generales de la contratación, los procesos de la LPH y consumidores. Sinceramente, no me entraba más materia en la cabeza y puestos a descartar me decanté por estos tres un poco por lo que tu dices, prácticamente no han entrado nunca.
Si me dices dejar algún recurso te diría que te la juegas muchísimo, o monitorio-cambiario-ejecutivo, desahucios, tutela civil de DDFF, interdictos, especiales... esos no se pueden dejar, pero el que comentas yo creo que si (con relativa tranquilidad, claro, seguridad no vas a tener nunca). Yo me lo leería un par de veces por encima y si cae mira, entre lo que recuerdes y lo que innoves...
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hola
estoy un poco perdido con el examen. en la parte practica ponen cuestiones a, b y c y después un ejercicio de redactar. son partes diferentes o las cuestiones van incluidas en el ejercicio?? es que no tengo ni idea como va lo de redactar peticiones, escritos, etc...
teneis algún examen resuelto para poder verlo?
gracias
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No sé si en este mismo post o en otro , alguien comparte un enlace que te lleva a otro post en el que aclara y tranquiliza bastante sobre lo de redactar el recurso
hola
estoy un poco perdido con el examen. en la parte practica ponen cuestiones a, b y c y después un ejercicio de redactar. son partes diferentes o las cuestiones van incluidas en el ejercicio?? es que no tengo ni idea como va lo de redactar peticiones, escritos, etc...
teneis algún examen resuelto para poder verlo?
gracias
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Veo en varios exámenes anteriores que preguntan por medidas cautelares. Eso pertenece al segundo parcial?? O al primero
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Al primero pero como vienen en el código no problem
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Yo me meto en las videoclases grabadas de Illes Balears que están bastante bien,y las puedo ver a cualquier hora del día.
me he metido, y están las del segundo parcial?
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Hola buenas os comento, llevo machacandome esta desde el miercoles de la semana de los examenes y por mas que estudio no se me quita de la cabeza: para que?
Es decir si podemos llevar el codigo no entiendo que quieren de nosotros en el examen, alomejor algun apartado especifico no viene, pero la gran mayoria si. Si sigo estudiandola es porque es la unica que tengo junto con penal que ya lo tengo mas que estudiado para esta segunda semana de examenes y para no cagarla en el practico.
Aver la pregunta que siempre me enrollo: alguien me podria aclarar que quieren que les escribamos en las respuestas aparte de un copy paste del codigo?
He releido el post entero por si alguien pregunto esto y lo unico que he encontrado de una respuesta de una profesora "cosecha propia" que? quieren que nos enrollemos con el tema con cosas que sobran?
Que seguire estudiandola pero no consigo quitarme esa pregunta de la cabeza, mil gracias a quien me haga el favor.
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Hola buenas os comento, llevo machacandome esta desde el miercoles de la semana de los examenes y por mas que estudio no se me quita de la cabeza: para que?
Es decir si podemos llevar el codigo no entiendo que quieren de nosotros en el examen, alomejor algun apartado especifico no viene, pero la gran mayoria si. Si sigo estudiandola es porque es la unica que tengo junto con penal que ya lo tengo mas que estudiado para esta segunda semana de examenes y para no cagarla en el practico.
Aver la pregunta que siempre me enrollo: alguien me podria aclarar que quieren que les escribamos en las respuestas aparte de un copy paste del codigo?
He releido el post entero por si alguien pregunto esto y lo unico que he encontrado de una respuesta de una profesora "cosecha propia" que? quieren que nos enrollemos con el tema con cosas que sobran?
Que seguire estudiandola pero no consigo quitarme esa pregunta de la cabeza, mil gracias a quien me haga el favor.
Hay preguntas que no viene la respuesta en el código,así que,aunque es de gran ayuda y sirve sobre todo para el caso práctico,no siempre vas a poder tirar de él en las preguntas a desarrollar,además que no creo que al equipo docente le guste ver un copy paste tal cual.
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Hay preguntas que no viene la respuesta en el código,así que,aunque es de gran ayuda y sirve sobre todo para el caso práctico,no siempre vas a poder tirar de él en las preguntas a desarrollar,además que no creo que al equipo docente le guste ver un copy paste tal cual.
Mmmmmm pues estudiare de memorieta lo que vea que no viene en el codigo y lo que si leer comprender y subrayar, asi si viene una del codigo podre explicarlo mejor con mis palabras supongo y alomejor algun detalle que se me quede, con eso supongo que tendre el aprobado ::)
Muchas gracias por responder :)
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Mmmmmm pues estudiare de memorieta lo que vea que no viene en el codigo y lo que si leer comprender y subrayar, asi si viene una del codigo podre explicarlo mejor con mis palabras supongo y alomejor algun detalle que se me quede, con eso supongo que tendre el aprobado ::)
Muchas gracias por responder :)
Saber, yo creo que el quid de la cuestión es que tienes el código si, pero NO hay tiempo para mirarlo. El que se lo sepa de memoria podrá escribir todo lo importante (aunque siga siendo un copy paste mental del codigo) y el que no, no llegará a tiempo a redactar la demanda. Aunque te lo sepas medio que, mejor no mirar el código para comprobar que vas bien encaminado a menos que dudes mucho o se te echa el tiempo encima.
Lo de decir algo de "nuestra propia cosecha" yo tampoco acabo de pillarlo, lo veo difícil, no hay mucho que entender o explicar...
Consejo: cronometro y haz un examen anterior de prueba en casa.
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Con este examen pasa un poco como con FyT II, hay que llevar el código trillado para saber inmediatamente donde está lo que quieres porque si no imposible, de esta manera y dedicando media hora por respuesta da tiempo , no de sobra pero da tiempo
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Una pregunta, estoy "terminando con procesal" y viendo que otros años han preguntado la doble via para exigir la responsabilidad de jueces y magistrados, ya no existe tal doble via desde 2015 verdad? por la reforma de la LGPJ
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Yo me estoy revisando y repasando exámenes de años anteriores, el caso de la primera semana ha salido por lo menos 3 veces...y hay otro que se repite mucho, que es uno de las modificaciones de medidas de divorcio.. yo aconsejaría leerlos todos con los apuntes por delante, por si suena la campana 🤔 Y otra cosa es que del tema 50 en adelante no cae casi casi nunca nada...
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Yo me estoy revisando y repasando exámenes de años anteriores, el caso de la primera semana ha salido por lo menos 3 veces...y hay otro que se repite mucho, que es uno de las modificaciones de medidas de divorcio.. yo aconsejaría leerlos todos con los apuntes por delante, por si suena la campana 🤔 Y otra cosa es que del tema 50 en adelante no cae casi casi nunca nada...
Tienes a mano la solución de ese caso ?
Gracias
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Una pregunta, estoy "terminando con procesal" y viendo que otros años han preguntado la doble via para exigir la responsabilidad de jueces y magistrados, ya no existe tal doble via desde 2015 verdad? por la reforma de la LGPJ
No, eso ha sido reformado y ya no exite
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Tienes a mano la solución de ese caso ?
Gracias
No pero intentare hacerlos por mi cuenta con el manual y el código por delante, si alguno más los hace podríamos compararlos
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No pero intentare hacerlos por mi cuenta con el manual y el código por delante, si alguno más los hace podríamos compararlos
Yo tb intentaré hacerlo. Me da a mí que van a repetir alguno
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chicos, ando un poco perdida. Los casos del parcticum son los que caen en el examen, o simplemente son modelos y los de los exámenes son otros. Es la primera vez que me presento
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¿Alguien podría hacerme el inmenso favor de enviarme esos resúmenes de Procesal al correo? Tengo ni más ni menos que 5 exámenes esta semana.... :-\ Estaría infinitamente agradecida. Gracias!
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Estoy mirando los casos prácticos de los exámenes de grado y se repíten muchísimo excepto uno de 2015 del que además no tengo las soluciones , es el de la prima que presta 27.000 € al primo (documentado en escritura pública) y como no se los devuelve lo demanda por juicio ejecutivo, lo teneis alguno resuelto??? si es así y me lo pudierais mandar os estaría eternamente agradecida , mi mail
rumox@hotmail.es
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Estoy mirando los casos prácticos de los exámenes de grado y se repíten muchísimo excepto uno de 2015 del que además no tengo las soluciones , es el de la prima que presta 27.000 € al primo (documentado en escritura pública) y como no se los devuelve lo demanda por juicio ejecutivo, lo teneis alguno resuelto??? si es así y me lo pudierais mandar os estaría eternamente agradecida , mi mail
rumox@hotmail.es
has hecho el del recurso de reposición de Maria Perez Perez, que has respondido en la C? para compararlo, este caso se repite muchisimo
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Que si dado que la infracción en la que hubiera incurrido la resolución a juicio del recurrente puede ser tanto procesal como material
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Es una asignatura enorme, la que más me costó aprobar en la carrera.
Debéis hacer resúmenes de cada tema, porque hay tantos datos que si estudiáis directamente por el manual os va a dar la vuelta el juicio. El Código no os salva el examen, porque las preguntas las suelen - o solían- buscar a tal efecto, aunque para el caso prácitco es imprescindible.
Debéis estudiar todo, pero si las cosas no han cambiado, hay siete u ocho temas por los que el equipo docente siente predilección, y como norma general de ahí van a caer las preguntas.
Creo que tengo unos apuntillos muy resumidos por ahí, aunque supongo que ya estarán totalmente desfasados.
Mucha suerte con esta asignatura, que es clave para ejercer la profesión.
Saludos.
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Hola Apolo, gracias por tu aportación, la verdad es que el temario da miedo por su extensión, una lástima porque es muy interesante, lo difícil es metérselo todo a la vez en el coco.
Por cierto que si nos pudieras explicar cuales son los siete o ocho temas por los que el departamento siente predilección te estaríamos agradecidos... para prepararlos con mas ahinco, jeje. ;)
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El del recurso de apelación y casación, básico.
El de las costas
El de los desahucios.
El de los interdictos.
El proceso ejecutivo
El cambiario (este no es tan importan y ademas siempre hacían la misma pregunta)
El monitorio
Alimentos
Arbitraje
Es muy raro que pregunten sobre propiedad horizontal, responsabilidad jueces y magistrados, intereses colectivos y difusos, condiciones de la contatación, ect. Alguna vez preguntan por filiación y matrimoniales, pero también es raro.
Estudia todo pero mucho más en los temas más importantes y a los otros dales unas lecturas y ten el código a mano.
Saludos.
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Mucha gracias Apolo por tu rápida respuesta. Veo que por lo que dices voy por buen camino. ::) . Seguiré tus indicaciones y a ver si hay suerte.
Saludos y que pases un buen verano!. 8)
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Repasando los casos prácticos, veo éste, os lo copio:
caso #166
Supuesto de hecho Carmen, casada con Manuel, formuló contra éste demanda de separación por infidelidad conyugal. Entre otras medidas solicitó la contribución mensual en 450 EUR al levantamiento de las necesidades económicas de la familia, la prestación de alimentos para los hijos comunes, de 3 y 7 años de edad, en un total de 480 EUR mensuales, un régimen de visitas de fines de semana alternos y una pensión compensatoria a favor de la actora de 900 EUR al mes.
Cuestiones: A. Interpuesta y admitida la demanda, no se dio traslado de la misma al Ministerio Fiscal ni se le convocó para la vista del juicio, ¿esta omisión produce un defecto susceptible de provocar indefensión?
Derecho aplicable: Arts. 749.2, 751, 752 y 770 LEC.
Respuesta dada: Este proceso de separación se engloba dentro de los procesos especiales, definidos en el art. 748 LEC (Capítulo I del Título I del Libro IV). Según el art. 749.2 LEC, este proceso de separación no necesita de la intervención del Ministerio Fiscal al no concurrir, en principio, ninguna de las condiciones que en él se indican (alguna de las partes sea menor, incapacitado o esté en situación de ausencia legal). Si concurriría indefensión si el proceso especial fuera sobre incapacitación, de nulidad matrimonial, y en los de determinación e impugnación de la filiación, pero no es el caso.
Por lo tanto, no procede una hipotética indefensión si no concurre alguna de las condiciones especificadas anteriormente.
Creeis que está bien la respuesta? No entraría este caso en los supuestos donde es preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal al afectar la separación a hijos menores de edad? Yo creo que si y que seria motivo de recurso alegando indefensión. Que opináis? :o
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Repasando los casos prácticos, veo éste, os lo copio:
caso #166
Supuesto de hecho Carmen, casada con Manuel, formuló contra éste demanda de separación por infidelidad conyugal. Entre otras medidas solicitó la contribución mensual en 450 EUR al levantamiento de las necesidades económicas de la familia, la prestación de alimentos para los hijos comunes, de 3 y 7 años de edad, en un total de 480 EUR mensuales, un régimen de visitas de fines de semana alternos y una pensión compensatoria a favor de la actora de 900 EUR al mes.
Cuestiones: A. Interpuesta y admitida la demanda, no se dio traslado de la misma al Ministerio Fiscal ni se le convocó para la vista del juicio, ¿esta omisión produce un defecto susceptible de provocar indefensión?
Derecho aplicable: Arts. 749.2, 751, 752 y 770 LEC.
Respuesta dada: Este proceso de separación se engloba dentro de los procesos especiales, definidos en el art. 748 LEC (Capítulo I del Título I del Libro IV). Según el art. 749.2 LEC, este proceso de separación no necesita de la intervención del Ministerio Fiscal al no concurrir, en principio, ninguna de las condiciones que en él se indican (alguna de las partes sea menor, incapacitado o esté en situación de ausencia legal). Si concurriría indefensión si el proceso especial fuera sobre incapacitación, de nulidad matrimonial, y en los de determinación e impugnación de la filiación, pero no es el caso.
Por lo tanto, no procede una hipotética indefensión si no concurre alguna de las condiciones especificadas anteriormente.
Creeis que está bien la respuesta? No entraría este caso en los supuestos donde es preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal al afectar la separación a hijos menores de edad? Yo creo que si y que seria motivo de recurso alegando indefensión. Que opináis? :o
Hay hijos comunes menores por lo que el MF entra de lleno siendo su intervención preceptiva y por tanto si no se le da traslado de la demanda hay nulidad de actuaciones. Otra cosa es que se causare indefensión si las partes han podido alegar lo conveniente pero no hemos llegado ni ahí. En cualquier caso las actuaciones deberán retrotraerse al momento en que se debió dar traslado al MF.
Podría existir indefensión si trasladada y contestada la demanda por el MF este no compareciera a la vista, lo que es normal, y a una de las partes no se le dejara alegar lo que a su derecho conviniere. Ni siquiere la no presencia del MF en la vista causa por si solo indefensión.
Mis dos centavos...
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Hola Fernanpa, muy ilustrador tu comentario, gracias.
Dices que no hay indefensión, pero si que está obligado el Ministerio Fiscal a asistir a la vista puesto que hay menores, por lo que deduzco que estamos hablando pues, de solamente un error procesal, que conlleva la nulidad de actuaciones y retrotraer las mismas al acto anterior, es decir, volver a señalar vista con citación del Ministerio Fiscal.
Se me plantean otras preguntas: Que pasaría si no se subsana este error procesal una vez firme la sentencia? tendría validez plena para su inscripción ante el Registro Civil? Podría alguna de las partes alegar la nulidad de actuaciones una vez firme la sentencia?
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Alguien tiene resuelto el caso de 15/16 de Antonio Moreno y soledad Jiménez? Creo que es de junio de la segunda semana
Gracias
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A partir de los procesos ordinarios con especialidades , hay algo en lo que merezca la pena detenerse más ??? Es que no llego a repasar todo
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A partir de los procesos ordinarios con especialidades , hay algo en lo que merezca la pena detenerse más ??? Es que no llego a repasar todo
Me encuentro en el mismo punto y estoy haciendome la misma reflexión. Creo que es conveniente mirar tranquilamente lo referente a procesos matrimoniales, me da que el caso va a ser de algún divorcio a así.
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Me encuentro en el mismo punto y estoy haciendome la misma reflexión. Creo que es conveniente mirar tranquilamente lo referente a procesos matrimoniales, me da que el caso va a ser de algún divorcio a así.
Yo del caso me preocuparía lo justo. Y la teoría que viene en la lec lo mismo, al final para rascar un 5 con eso hay. Lo importante es controlar las cosas que no vienen en el código
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Alguien indicaba que arbitraje y alimentos eran importantes, que os parece?
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A partir de los procesos ordinarios con especialidades , hay algo en lo que merezca la pena detenerse más ??? Es que no llego a repasar todo
No lo tenía hecho, pero lo he mirado y te dejo lo que creo...
a) En la apelación para que no la rechacen de plano, hay que citar las infracciones a las normas o garantías procesales ( en el caso se fundamenta únicamente en "resolución judicial no ajustada a Derecho" ergo ilegal ) y además indicando que esa conculcación oacasionaba una indefensión concreta.
b) Creo que procede el recurso de queja.
c) Ante el tribunal ad quem, en el plazo de 10 días desde que se reibió la notificación. Hay que adjuntar al escrito copia de la resoluciónb recurrida y en el mismo se expondran los argumentos en que se funde la admisibilidad del recurso denegado. Hay que hacer además un depósito de 30 €.
No se me ocurre nada mas, agradecería cualquier aportación ;)
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No lo tenía hecho, pero lo he mirado y te dejo lo que creo...
a) En la apelación para que no la rechacen de plano, hay que citar las infracciones a las normas o garantías procesales ( en el caso se fundamenta únicamente en "resolución judicial no ajustada a Derecho" ergo ilegal ) y además indicando que esa conculcación oacasionaba una indefensión concreta.
b) Creo que procede el recurso de queja.
c) Ante el tribunal ad quem, en el plazo de 10 días desde que se reibió la notificación. Hay que adjuntar al escrito copia de la resoluciónb recurrida y en el mismo se expondran los argumentos en que se funde la admisibilidad del recurso denegado. Hay que hacer además un depósito de 30 €.
No se me ocurre nada mas, agradecería cualquier aportación ;)
Perdón no he citado bien, la respuesta era para la pregunta de dalealdll (se entendía, ya lo se) 8)
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Alguien indicaba que arbitraje y alimentos eran importantes, que os parece?
Pues si miras examenes anteriores apolo atina en las teoricas en todas, asique yo me fio.
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Aver una dudilla, decirme que opinais sobre un escrito asi (supongamos que es de desahucio):
Al Juzgado de instancia X nº X, en nombre de Pepe Alonso Martinez, en base a "impago de rentas", fundamentados en los art x art x art x, suplico al juzgado "que se proceda al desahucio de x asi como al pago de las rentas"
Mas o menos con esa estructura estaria bien no? Digo yo que en el examen quedara mas largo ya que habra mas chicha pero esto seria correcto en su estructura no?
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El año pasado creo recordar que en una de las semanas preguntaron algo así tipo principios de no se qué... si os veis desesperados pegadle un vistazo a la exposición de motivos de las leyes, creo que más de uno se salvó extrayendo cosas de ahí
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Aver una dudilla, decirme que opinais sobre un escrito asi (supongamos que es de desahucio):
Al Juzgado de instancia X nº X, en nombre de Pepe Alonso Martinez, en base a "impago de rentas", fundamentados en los art x art x art x, suplico al juzgado "que se proceda al desahucio de x asi como al pago de las rentas"
Mas o menos con esa estructura estaria bien no? Digo yo que en el examen quedara mas largo ya que habra mas chicha pero esto seria correcto en su estructura no?
Al ser por desahucio y supongo que será por una cantidad importante, hay que poner porucrador y abogado. Yo comenzaría
Al JUzgado de 1ª Instancia ....
D. Fulanito de Tal, Procurador de Tribunales, en nombre y representación de Pepe Alonso Martínez. Según acredito con poder notarial con ruego de que se me devuelva tras dar testimonio en autos. ante el JUzgado comparezco bajo la dirección letrada de D. KK del Ilte. Colegio de Abogados de con el nº de colegiado ..... y como mejor proceda en derecho.
DIGO
(este sería el encabezado que sirve para casi todo)
Que en la representación que obstento formulo DEMANDA DE JUICIO DECLARATIVO VERBAL DE DESAHUCIO, en ejercicio de acción de desahucio por falta de pago, contra D. Perico el de los Palotes, mayor de edad casado o lo que sea, de profesión ( si se sabe), domiciliado en (el lugar del alquiler o donde se le pueda localizar) y DNI con base a los siguientes
HECHOS.
PRIMERO Mi mandante es propietario del piso o local sito en....... segun consta en copia de escritura de fecha otorgada ante notario D...... que se adjunta como documento 1
SEGUNDO Mi mandante celebró contrato de arrendamiento de este piso o local acon D. Perico el de los Palotes pactando una renta mensual de 1000€ documento 2
TERCERO El demandado ha dejado de pagar las rentas correspondientes a los meses: a pesar de que esta parte los pasara al cobro, ascendiendo a la cantidad de 6000€ (son datos de un caso que se ha puesto) Se adjunta como acreditativos los recibos como documentos 3,4,5,6,7 y 8. (los archivos del banco se pueden proponer como prueba).
CUARTO No habiendo dado fruto los requerimientos practicados tendentes a evitar la vía judicial (aquí supongo que solo valen burofax o similar) se adjuntan como documento 9., nos vemos obligados a acudir al Juzgado en defensa de los derechos de mi representado.
CUANTÍA DE ESTA DEMANDA. Conforme a los art.251 a 253, los recibos presentados al cobro y no atendidos ascienden a 6000€, como resultado de multiplicar la renta mensual por el nº de meses que no se han liquidado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
.........
art 27 L.Arrendamientos Urbanos
art 1555.1 CC
art 224 y 439.3 LEC
(Esto es imprescindible), El juzgado deberá indicar al dar traslado de la demanda, según previenen los art 22.4 y 440.3 LEC si existe o no posibilidad de enervación (que en nuestro caso no procede por haber intentado y así se ha acreditado, el pago por vía extrajudicial).
SUPLICO AL JUZGADO
Que tenga por presentado este escrito y documentos que le acompañanasí como sus copias, los admita y me tenga por parte en la representación indicada, tenga por promovido JUICIO DECLATARTIVO VERVAL DE DESAHUCIO por falta de pago contra D. Perico el de los Palotes, se acuerde traslado de copias, señalando dia y hora para la celebración de la vista, la citación al demandado en el domicilio expresado, en la forma y plazos legales, apercibiendo que de no asistir a la vista, se declarará en rebeldía y en su momento se dicte sentencia declarando haber lugar la resolución del contrato por falta de pago, se condene al pago de 6000€ mas las cantidades que se hayan devengado hasta que se dicte sentencia (fundamental también)y ausente el demandado, se decrete el desahucio del mismo, apercibiendole del lanzamiento y con imposición de todas las costas cusadas.
Es justicia que pido en ..... a 07 de junio de 2017.
OTROSI DIGO.-
(esta parte no es imprescindible)Que en aplicación del art 437.3 LEC ofrecemos al arrendatario la condonación de 2000€ (la cantidad es la que creas o te sugiera tu representado) de la deuda y costas si procediera al desalojo voluntario de la finca en el plazo de 15 días (fundamnetal, nunca menos de 15 días) desde que se notifique la demanda.
Nuevamente suplico, que se tenga por hecha la anterior manifestación a los efectos oportunos por ser justicia que pido en mismo lugar y fecha.
Como ves la cosa es laaaarga como para un examen, yo lo tenía escrito en mis apuntes y tarde un muy buen rato consultando todo lo que se me pudo ocurrir. :-[
En aplicación del art 394 LEC, las costas se impondran al demandado (coletilla igual siempre).
Por lo expuesto.
SUPLICO AL JUZGADO
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En aplicación del art 394 LEC, las costas se impondran al demandado (coletilla igual siempre).
Por lo expuesto.
SUPLICO AL JUZGADO
Esto iba despues del punto cuarto de lod FUNDAMENTOS de DERECHO, no se porque se ha quedado ahí
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Uff mil gracias tudanca, tenia una imagen mental de como hacer el escrito muy muy muy separada de la realidad, me has salvado de hacer el ridiculo en el examen jaja. Si que queda largo pero no creo que sean muy exigentes, porque para hacerlo asi de perfecto se comeria gran parte del tiempo para el examen.
Bueno mil gracias de nuevo, voy a repasar y sobre todo practicar escritos que estaba en una burbuja jaja, nose que me da de que hoy tocara dormir poco.
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Uff mil gracias tudanca, tenia una imagen mental de como hacer el escrito muy muy muy separada de la realidad, me has salvado de hacer el ridiculo en el examen jaja. Si que queda largo pero no creo que sean muy exigentes, porque para hacerlo asi de perfecto se comeria gran parte del tiempo para el examen.
Bueno mil gracias de nuevo, voy a repasar y sobre todo practicar escritos que estaba en una burbuja jaja, nose que me da de que hoy tocara dormir poco.
Tranqui, no des las gracias. Seguro que en el examen no son tan rigurosos eso seguro. No hay que olvidar el asunto de la enervación y pedir los recibos atrasados y los que se vayan produciendo hasta la sentencia
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Al ser por desahucio y supongo que será por una cantidad importante, hay que poner porucrador y abogado. Yo comenzaría
Al JUzgado de 1ª Instancia ....
D. Fulanito de Tal, Procurador de Tribunales, en nombre y representación de Pepe Alonso Martínez. Según acredito con poder notarial con ruego de que se me devuelva tras dar testimonio en autos. ante el JUzgado comparezco bajo la dirección letrada de D. KK del Ilte. Colegio de Abogados de con el nº de colegiado ..... y como mejor proceda en derecho.
DIGO
(este sería el encabezado que sirve para casi todo)
Que en la representación que obstento formulo DEMANDA DE JUICIO DECLARATIVO VERBAL DE DESAHUCIO, en ejercicio de acción de desahucio por falta de pago, contra D. Perico el de los Palotes, mayor de edad casado o lo que sea, de profesión ( si se sabe), domiciliado en (el lugar del alquiler o donde se le pueda localizar) y DNI con base a los siguientes
HECHOS.
PRIMERO Mi mandante es propietario del piso o local sito en....... segun consta en copia de escritura de fecha otorgada ante notario D...... que se adjunta como documento 1
SEGUNDO Mi mandante celebró contrato de arrendamiento de este piso o local acon D. Perico el de los Palotes pactando una renta mensual de 1000€ documento 2
TERCERO El demandado ha dejado de pagar las rentas correspondientes a los meses: a pesar de que esta parte los pasara al cobro, ascendiendo a la cantidad de 6000€ (son datos de un caso que se ha puesto) Se adjunta como acreditativos los recibos como documentos 3,4,5,6,7 y 8. (los archivos del banco se pueden proponer como prueba).
CUARTO No habiendo dado fruto los requerimientos practicados tendentes a evitar la vía judicial (aquí supongo que solo valen burofax o similar) se adjuntan como documento 9., nos vemos obligados a acudir al Juzgado en defensa de los derechos de mi representado.
CUANTÍA DE ESTA DEMANDA. Conforme a los art.251 a 253, los recibos presentados al cobro y no atendidos ascienden a 6000€, como resultado de multiplicar la renta mensual por el nº de meses que no se han liquidado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
.........
art 27 L.Arrendamientos Urbanos
art 1555.1 CC
art 224 y 439.3 LEC
(Esto es imprescindible), El juzgado deberá indicar al dar traslado de la demanda, según previenen los art 22.4 y 440.3 LEC si existe o no posibilidad de enervación (que en nuestro caso no procede por haber intentado y así se ha acreditado, el pago por vía extrajudicial).
SUPLICO AL JUZGADO
Que tenga por presentado este escrito y documentos que le acompañanasí como sus copias, los admita y me tenga por parte en la representación indicada, tenga por promovido JUICIO DECLATARTIVO VERVAL DE DESAHUCIO por falta de pago contra D. Perico el de los Palotes, se acuerde traslado de copias, señalando dia y hora para la celebración de la vista, la citación al demandado en el domicilio expresado, en la forma y plazos legales, apercibiendo que de no asistir a la vista, se declarará en rebeldía y en su momento se dicte sentencia declarando haber lugar la resolución del contrato por falta de pago, se condene al pago de 6000€ mas las cantidades que se hayan devengado hasta que se dicte sentencia (fundamental también)y ausente el demandado, se decrete el desahucio del mismo, apercibiendole del lanzamiento y con imposición de todas las costas cusadas.
Es justicia que pido en ..... a 07 de junio de 2017.
OTROSI DIGO.-
(esta parte no es imprescindible)Que en aplicación del art 437.3 LEC ofrecemos al arrendatario la condonación de 2000€ (la cantidad es la que creas o te sugiera tu representado) de la deuda y costas si procediera al desalojo voluntario de la finca en el plazo de 15 días (fundamnetal, nunca menos de 15 días) desde que se notifique la demanda.
Nuevamente suplico, que se tenga por hecha la anterior manifestación a los efectos oportunos por ser justicia que pido en mismo lugar y fecha.
Como ves la cosa es laaaarga como para un examen, yo lo tenía escrito en mis apuntes y tarde un muy buen rato consultando todo lo que se me pudo ocurrir. :-[
En aplicación del art 394 LEC, las costas se impondran al demandado (coletilla igual siempre).
Por lo expuesto.
SUPLICO AL JUZGADO
En los fundamentos de derecho has señalado la necesidad del traslado de la enervación o no por parte del juzgado pero hay que señalar por tu parte si procede o no procede lo normal es hacerlo en la pretensión. Además tienes que pedir las rentas aun no vencidas hasta el lanzamiento porque si no no las cobras. Una posibilidad es esta:
SUPLICO AL JUZGADO: Que tenga por presentado este escrito junto con los documentos que acompaño y sus copias, lo admita el Secretario judicial y, previos los trámites legales oportunos, acuerde:
— Requerir al demandado para que en el plazo de diez días ..(sin posibilidad de enervación por [notificación en plazo o enervación previa] o, en su caso, enerve la acción pagando o consignando las cantidades que adeuda), desaloje el inmueble y pague, o formule oposición, dejando fijado en el decreto de admisión a trámite de la demanda la fecha para la vista de juicio verbal que se celebrará solo si mediare oposición, así como la fecha del lanzamiento.
— Para el caso de que no se formule oposición, que se dicte por el Secretario Judicial decreto de terminación del juicio manteniendo la fecha del lanzamiento.
— si se celebrare vista que se dicte sentencia por la que:
1.º Se declare resuelto el contrato de arrendamiento para uso distinto al de vivienda de fecha [......] suscrito entre D./Dña. [......] y D./Dña. [......] por falta de pago de las rentas,
2.º Se ordene el desahucio por falta de pago de D./Dña. [......] del inmueble de la C/ [......], teniéndose por solicitada, igualmente, la ejecución de la sentencia manteniendo el día y hora para el lanzamiento directo del demandado,
3.º Se condene al pago al demandado de [......] euros en concepto de rentas adeudadas, y cantidades asimiladas, así como al pago de las cantidades que en concepto de renta o cantidades asimiladas se vayan devengando desde la interposición de la demanda hasta la efectiva entrega del inmueble, más los intereses legalmente establecidos desde la fecha de interposición de demanda para la primera cantidad y desde que vaya venciendo su pago para las segundas,
4.º (en su caso) se autorice expresamente al arrendador a hacer suya la fianza depositada en [......] por importe de [......] euros para compensar parte de la deuda reclamada si la fianza no tuviera que destinarse a otro de sus fines propios
5.º y se le condene igualmente al pago de las costas de este juicio.
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Hola Fernanpa, muy ilustrador tu comentario, gracias.
Dices que no hay indefensión, pero si que está obligado el Ministerio Fiscal a asistir a la vista puesto que hay menores, por lo que deduzco que estamos hablando pues, de solamente un error procesal, que conlleva la nulidad de actuaciones y retrotraer las mismas al acto anterior, es decir, volver a señalar vista con citación del Ministerio Fiscal.
Se me plantean otras preguntas: Que pasaría si no se subsana este error procesal una vez firme la sentencia? tendría validez plena para su inscripción ante el Registro Civil? Podría alguna de las partes alegar la nulidad de actuaciones una vez firme la sentencia?
Se puede interponer el incidente de nulidad de actuaciones del Art. 241 LOPJ en relación con el 228 LEC. Tienes hasta 5 años para hacerlo.
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El año pasado creo recordar que en una de las semanas preguntaron algo así tipo principios de no se qué... si os veis desesperados pegadle un vistazo a la exposición de motivos de las leyes, creo que más de uno se salvó extrayendo cosas de ahí
Yo ya lo hice la semana pasada pero esto me lo grabaría a fuego:
MOTIVOS INFRACCION PROCESAL:
Infracción Jurisdicción o Competencia objetiva y funcional (469.1.1º LEC) o territorial imperativa (67 LEC)
Infracción de normas reguladoras de la Sentencia (469.1.2º LEC)
Infracción de normas procesales que determinen la nulidad o hubieran causado indefensión (469.1.3º LEC)
Vulneración de derechos fundamentales del 24 CE (469.1.4º LEC)
MOTIVOS CASACION:
Normas sustantivas (477.1 LEC) Cuando se alegue mas de una infracción se formula en motivo distinto.
RESOLUCIONES RECURRIBLES DE AMBAS:
Sentencias en 2ª Instancia de las AP (447.2) (Se eliminan todos los por razón de la cuantía inferior a 3.000€) y uno de los tres:
1. Vulneración de Derechos fundamentales (Casación todos menos 24 CE aunque a través del 5.4LOPJ también el 24 CE e Infracción Procesal sólo 24 CE si se denunció en la instancia (469.2 LEC)). Infracción Procesal puede interponerse aislado
2. Procesos por razón de la cuantía superior a €600k, no de la materia (Con lo que se eliminan todos los procesos del 249.1 y 250.1 LEC y los de cuantía inestimable del 249.2 LEC sin perjuicio de los otros dos motivos). Infracción Procesal puede interponerse aislado
3. Interés casacional. Infracción Procesal sólo puede interponerse conjuntamente con Casación
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Perdonad compañeros pero el grado al que ha llegado esto es absurdo.
Decid claramente que os vais a memorizar fotográficamente una demanda para después vomitarla en el examen sin entender nada de lo que ponéis. Esto es surrealista y cómico. Nadie sabe redactar una demanda porque en ningún lado viene como hacerlo ni se nos ha enseñado a ello. Estamos haciendo, dicho sea con todos los respetos del mundo, el payaso y jugamdo a aprendices de brujo. Nada de este ejercicio tiene sentido.
Yo he estudiado un eltemario, he intentado entenderlo, asimilarlo, tener conceptos claros y poco más. Lo de "redactar demandas" para cuando ejerza, si es que algún día lo hago.
Pero oye, si de lo que se trata es de memorizarse de internet un puñado de escritos, vomitarlos o hablar con un abogado dos semanas antes para que te "enseñe" pues vale. Esto es hacer castillos en el aire.
No, nada de esto tiene sentido.
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Perdonad compañeros pero el grado al que ha llegado esto es absurdo.
Decid claramente que os vais a memorizar fotográficamente una demanda para después vomitarla en el examen sin entender nada de lo que ponéis. Esto es surrealista y cómico. Nadie sabe redactar una demanda porque en ningún lado viene como hacerlo ni se nos ha enseñado a ello. Estamos haciendo, dicho sea con todos los respetos del mundo, el payaso y jugamdo a aprendices de brujo. Nada de este ejercicio tiene sentido.
Yo he estudiado un eltemario, he intentado entenderlo, asimilarlo, tener conceptos claros y poco más. Lo de "redactar demandas" para cuando ejerza, si es que algún día lo hago.
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Pero oye, si de lo que se trata es de memorizarse de internet un puñado de escritos, vomitarlos o hablar con un abogado dos semanas antes para que te "enseñe" pues vale. Esto es hacer castillos en el aire.
No, nada de esto tiene sentido.
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Perdonad compañeros pero el grado al que ha llegado esto es absurdo.
Decid claramente que os vais a memorizar fotográficamente una demanda para después vomitarla en el examen sin entender nada de lo que ponéis. Esto es surrealista y cómico. Nadie sabe redactar una demanda porque en ningún lado viene como hacerlo ni se nos ha enseñado a ello. Estamos haciendo, dicho sea con todos los respetos del mundo, el payaso y jugamdo a aprendices de brujo. Nada de este ejercicio tiene sentido.
Yo he estudiado un eltemario, he intentado entenderlo, asimilarlo, tener conceptos claros y poco más. Lo de "redactar demandas" para cuando ejerza, si es que algún día lo hago.
Pero oye, si de lo que se trata es de memorizarse de internet un puñado de escritos, vomitarlos o hablar con un abogado dos semanas antes para que te "enseñe" pues vale. Esto es hacer castillos en el aire.
No, nada de esto tiene sentido.
La demanda es muy facil:
a) Encabezado
b) Hechos
c) fundamentos de Derecho
d) pretensión
A partir de ahí si te has estudiado el temario verás que en los procedimientos especiales se requieren determinados requisitos:
En el monitorio aportar los documentos que lo justifican (Hechos), solicitar el requerimiento en x dias (pretensión), pedir el embargo preventivo, etc.
En el desahucio la posibilidad o no de enervación, la petición de las cantidades no vencidas hasta el lanzamiento, la petición de lanzamiento, etc (Esta pregunta de hecho cayó hace dos semanas)
Si no sabes las especialidades de la demanda difícilmente la podrás redactar correctamente.
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Perdonad compañeros pero el grado al que ha llegado esto es absurdo.
Decid claramente que os vais a memorizar fotográficamente una demanda para después vomitarla en el examen sin entender nada de lo que ponéis. Esto es surrealista y cómico. Nadie sabe redactar una demanda porque en ningún lado viene como hacerlo ni se nos ha enseñado a ello. Estamos haciendo, dicho sea con todos los respetos del mundo, el payaso y jugamdo a aprendices de brujo. Nada de este ejercicio tiene sentido.
Yo he estudiado un eltemario, he intentado entenderlo, asimilarlo, tener conceptos claros y poco más. Lo de "redactar demandas" para cuando ejerza, si es que algún día lo hago.
Pero oye, si de lo que se trata es de memorizarse de internet un puñado de escritos, vomitarlos o hablar con un abogado dos semanas antes para que te "enseñe" pues vale. Esto es hacer castillos en el aire.
No, nada de esto tiene sentido.
Comparto contigo el comentario, el año pasado yo decía lo mismo; vamos a ver si en 60 temas no hay un puñetero ejemplo de como poner una demanda (aunque sí que se estudian sus requisitos y tal...) es imposible que nos pongan realizar una en el caso practico.....ignorante de mí..... sabes lo que pusieron no?? pues eso redactar una demanda con un par.Yo por precaución me bajé los modelos oficiales del BOE creo recordar que eran 3 o 4 (ordinaria, sumaria.... si mal no recuerdo eh). Te tengo que confesar que me salvo el examen haber memorizado los 4 o 5 aspectos de los modelos. Pero me parece una irresponsabilidad que se nos exija eso cuando no aparece absolutamente nada de como realizarla, ni por ejemplo que leches significa "OTROSÍ". ::) ::)
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Muchas gracias FERNANPA por tu respuesta, estoy de acuerdo en que cabe nulidad de actuaciones . :)
TUDANCA, he examinado tu demanda de desahucio y encuentro un error en ella, dices que solicitas se declare al demandado en rebeldía si no asiste a la vista:
SUPLICO AL JUZGADO
Que tenga por presentado este escrito y documentos que le acompañanasí como sus copias, los admita y me tenga por parte en la representación indicada, tenga por promovido JUICIO DECLATARTIVO VERVAL DE DESAHUCIO por falta de pago contra D. Perico el de los Palotes, se acuerde traslado de copias, señalando dia y hora para la celebración de la vista, la citación al demandado en el domicilio expresado, en la forma y plazos legales, apercibiendo que de no asistir a la vista, se declarará en rebeldía y en su momento se dicte sentencia declarando haber lugar la resolución del contrato por falta de pago, se condene al pago de 6000€ mas las cantidades que se hayan devengado hasta que se dicte sentencia (fundamental también)y ausente el demandado, se decrete el desahucio del mismo, apercibiendole del lanzamiento y con imposición de todas las costas cusadas.
Pues bien, NO SE LE DECLARA EN REBELDIA, si no que se presupone su allanamiento, según el art. 440.3 LEC. , el Secretario Judicial (ahora Letrado de la Administración de Justicia) dicta Decreto dando por terminado el juicio y dando traslado al demandante para que inste el despacho de ejecución.
Precisamente acababa de leerlo en el tema :o
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ni por ejemplo que leches significa "OTROSÍ
MONIKAKALO, significa "además" y se pone para completar un pedimento solicitado en el petitum, van numerados por orden:
Por ejemplo: OTROSI I: Esta parte manifiesta su intención de subsanar cualquier defecto procesal cometido en la redacción de la demanda a tenor de lo dispuesto en el art. 321 de la LEC.
OTROSI II: esta parte solicita el recibimiento a prueba.
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ni por ejemplo que leches significa "OTROSÍ
MONIKAKALO, significa "además" y se pone para completar un pedimento solicitado en el petitum, van numerados por orden:
Por ejemplo: OTROSI I: Esta parte manifiesta su intención de subsanar cualquier defecto procesal cometido en la redacción de la demanda a tenor de lo dispuesto en el art. 321 de la LEC.
OTROSI II: esta parte solicita el recibimiento a prueba.
OTROSI es perfecto castellano. Es una Postdata de cosas que la ley te obliga a pedir o que voluntariamente pides pero que no está referido a la pretensión en sentido estricto sino a peticiones procesales o provisionales.
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Buenos días a todos.
No he pretendido ser mas listo que nadie, únicamente quise hacer ver al compañero que la demanda era algo mas que lo que él sugería y que tiene una estructura sencilla dentro de la amplitud que puede llegar a doptar.
Pido disculpas si a alguien ofendí.
Nota: Gracias por vuestras sugerencias y aportaciones.
Saludos y mucha kk para todos ;)
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OTROSI es perfecto castellano. Es una Postdata de cosas que la ley te obliga a pedir o que voluntariamente pides pero que no está referido a la pretensión en sentido estricto sino a peticiones procesales o provisionales.
Gracias por la aclaración, veo que estáis muy puestos ;D ;Devidentemente yo ya se lo que significa, lo que quería era poner de manifiesto que te hacen redactar una demanda como caso práctico de un examen cuando apenas te enseñan como hacerlo
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Alea jacta es, Quedará eso bien en la demanda ? ::) ;D,mucha suerte chicos yo la voy a necesitar
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Yo me estoy revisando y repasando exámenes de años anteriores, el caso de la primera semana ha salido por lo menos 3 veces...y hay otro que se repite mucho, que es uno de las modificaciones de medidas de divorcio.. yo aconsejaría leerlos todos con los apuntes por delante, por si suena la campana 🤔 Y otra cosa es que del tema 50 en adelante no cae casi casi nunca nada...
Mañana hecho la lotería 😂😂😂
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El caso era repetido, el primerito de todos :D, madre mía cuando lo he visto casi lloro salvo sorpresa mayúscula hasta luego procesal y veranito libre para descansar que la neurona la tengo ya en barbecho
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Mañana hecho la lotería 😂😂😂
Échala hoy!!!! 😂😂😂😂👏👏👏
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Pregunta: ¿cómo habéis contestado a la primera pregunta? De una manera más bien esquemática, o en plan desarrollando cada recurso, al poner DETERMINE, yo he optado por una explicación mínima y he puesto un listado de cada clasificatorio, no sé si me habré pasado de esquemático... :-\
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Mañana hecho la lotería 😂😂😂
te han dado los números premiados, el compañero ha acertado
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Yo la primera pregunta ha sido esquematico total
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Yo también esquemático tal y como venía en los apuntes ;D, el caso bordadito y lo que me joroba es que en el cambiario me confíe porque venía en el código y como no sabía exactamente que contestar para ceñirme a lo que preguntaban he contestado todo el cambiario en general poniendo cosas del código y cosas mías
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Me dejais más tranquilo la verdad. En la del Cambiario yo le he metido un poco de todo, y usando la exposición de motivos no quedaba mal...
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Alguien puede poner q preguntaron y el caso?
Gracias
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Era facilillo no? Yo la segunda fatal pero todo lo demas creo que genial asique lo mismo da para el 5, lo malo esque nos toca esperar casi un mes para que nos den las notas.
Que porcierto yo la primera pregunta no me quedo claro si querian que pusieramos un listado de cada una o una definicion y opte por definir y dar ejemplos, espero que no este mal mal asi respondida.
Bueno suerte a todo para dentro de un mes ;)
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Hombre yo en la primera me he limitado a dar una definición de cada característica y poner ejemplos; en mi opinión no han querido ir más allá, he de decir que yo soy de los que escribe todo del tirón, y aún así he estado una hora y cuarto haciendo el examen; a ver como se portan.
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hola yo a la primera pregunta he puesto, los recursos de revisión, reposición, queja, apelación y el extraordinario de casación, y cada uno de ellos explicar quien lo resuelve, el plazo, como se recurren los autos dictados y la naturaleza que tienen. ¿Vosotros que recursos habéis puesto?
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Pero si no preguntaban eso, es muchísimo mas fácil.
Recursos vs Medios de resicisión (explicar un poco qué es cada cosa)
Recursos: Reposición, revisión de decretos del LAJ, Apelación, Casación, Extraordinario por infracción procesal, Recurso en Interés de Ley y queja.
Medios de rescisión de cosa juzgada: Revisión de sentencias firmes y audiencia al demandado rebelde.
Ordinarios vs. extraordinarios (explicar)
Extraordinarios: Casación, extraordinario por infracción procesal, recurso en interés de ley, revisión de sentencias firmes y audiencia al demandado reblede.
Ordinarios: Reposición, revisión de decretos del LAJ, apelación, queja.
Y así con todas.
Yo esta la veo una pregunta muy asequible, comparado con otras cosas de relacionar que preguntan a veces
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Pero si no preguntaban eso, es muchísimo mas fácil.
Recursos vs Medios de resicisión (explicar un poco qué es cada cosa)
Recursos: Reposición, revisión de decretos del LAJ, Apelación, Casación, Extraordinario por infracción procesal, Recurso en Interés de Ley y queja.
Medios de rescisión de cosa juzgada: Revisión de sentencias firmes y audiencia al demandado rebelde.
Ordinarios vs. extraordinarios (explicar)
Extraordinarios: Casación, extraordinario por infracción procesal, recurso en interés de ley, revisión de sentencias firmes y audiencia al demandado reblede.
Ordinarios: Reposición, revisión de decretos del LAJ, apelación, queja.
Y así con todas.
Yo esta la veo una pregunta muy asequible, comparado con otras cosas de relacionar que preguntan a veces
Yo lo he contestado así tb pero al parecer hay mucha gente que se ha pensado que lo preguntaban de la otra manera , en Telegram estaba la gente que echaba chispas porque el examen era larguísimo y a mi me ha sobrado más de media hora aunque tb es verdad que me ha sobrado porque el caso me lo sabía más que de memoria y no he tenido que pararme a pensar
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Laura podrías decirme las respuestas del caso práctico A, B y C cuáles son? A grandes rasgos...
Yo este semestre he ido de culo literalmente entre que murió mi abuelo en marzo y ahora estoy de pruebas con mi bebé porque puede ser que tenga autismo....pufff vamos que si apruebo es por tus apuntes, pero no tuve tiempo de mirar los casos prácticos.
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Laura podrías decirme las respuestas del caso práctico A, B y C cuáles son? A grandes rasgos...
Yo este semestre he ido de culo literalmente entre que murió mi abuelo en marzo y ahora estoy de pruebas con mi bebé porque puede ser que tenga autismo....pufff vamos que si apruebo es por tus apuntes, pero no tuve tiempo de mirar los casos prácticos.
Bufet Elena siento lo de tu abuelo y sobre todo espero que lo de tu bebé quede en un susto y no sea nada. El caso práctico las respuestas eran ( más o menos no tengo aquí el caso)
1. El recurso se presenta y lo decide el mismo órgano el juzgado 3 de Segovia
2. Para que no rechacen la demanda a límine litis plazo 5 días expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido y además depositó de 25 euros y traslado a la parte contraria
3. Se puede presentar porque la infracción puede ser tanto procesal como material
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Mil gracias Laura, las tengo bastante bien... en la C solo he puesto SI sin argumentar, me sonaba pero no he querido mojarme. Si apruebo te lo dedicaré ;)
Yo tengo muchas esperanzas en que lo de mi peque quede en un susto y si por desgracia no es así tocará luchar por sus derechos!
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Una duda: qué opináis de los artículos 775 y 773 que hablan de las medidas cautelares en los procesos de modificación de medidas, y que dicen que el auto dictado no es susceptible de recurso?
Yo lo he comentado al final del caso, de soslayo y en letra más pequeña ... ??? ???
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Una duda: qué opináis de los artículos 775 y 773 que hablan de las medidas cautelares en los procesos de modificación de medidas, y que dicen que el auto dictado no es susceptible de recurso?
Yo lo he comentado al final del caso, de soslayo y en letra más pequeña ... ??? ???
Ni idea lo mío no es procesal ;D, lo que he contestado es lo que vi resuelto
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Una duda, en el escrito de inteprosición, yo puse todo los antecedentes, fundamentos petición, partes, pero tuve un error, y fue confundir, que el padre era quien recurría y no la madre , creies que me lo tiren todo abajo , por ese fallo?
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No lo creo, en los foros de Alf las pocas veces que se dignan a responder han dicho que lo importante es la teoría y que el caso es un complemento más aún si lo fallado entre comillas es el escrito
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Hola Laura,
Con estas líneas quiero agradecerte el excelente resumen que subiste, gracias a el he podido sacar adelante este segundo parcial.
Un saludo y mucha suerte.
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Buenas tardes Laurita. Que tal ido a esta asignatura que tanto miedo le tenías. Me parece que vas a perder la apuesta y vas a tener que pagar unas cañas. :D :D :D :o
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Laura podrías mandarme un correo a fquegar@gmail.com, quiero consultarte algo sobre tus estupendos resúmenes.
Gracias.
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Yo en el caso práctico puse más o menos lo que establecieron en el documento de los casos prácticos del segundo parcial , imagino que estarían bien no ? Porque pusieron uno tal cual.
Suerte a todos !
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Uff mil gracias tudanca, tenia una imagen mental de como hacer el escrito muy muy muy separada de la realidad, me has salvado de hacer el ridiculo en el examen jaja. Si que queda largo pero no creo que sean muy exigentes, porque para hacerlo asi de perfecto se comeria gran parte del tiempo para el examen.
Bueno mil gracias de nuevo, voy a repasar y sobre todo practicar escritos que estaba en una burbuja jaja, nose que me da de que hoy tocara dormir poco.
Es muy fácil presentar una demanda, y una vez que te sale una, las diferencias son muy pequeñas.
AL JUZGADO Nº TAL DE TAL SITIO
D. FULANITO DE TAL, procurador de los tribunales, y de D. FULANITO DE CUAL (cliente) representación que tengo acreditada mediante poder notarila que adjunto , bajo la dirección letrada de D. MENGANITO DE TAL (agobado) con número de colegido TAL, ante este Juzgado comparezco, y como mejor proceda en derecho, DIGO:
HECHOS:
1.- Que en tal fecha Fulanito de Cual arrendó según acredita contrato que adjunto a esta demanda (Documento 1) la vivienda sita en x x x a Zutanito de Tal
2.- Que desde tal fecha Zutanito a dejado de pagar la renta correspondiente tal y como estipula el contrato y bla bla bla y que la deuda, adeudando ya x cantidad de dinero (documento 2)
3.- Si procede o no la enervación del desahucio.
4.- Si Fulanito condona o no la deuda.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
I.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
II.- PROCEDIMIENTO.
III.- LEGITIMACIÓN.
IV - FUNDAMENTOS MATERIALES
Por lo expuesto,
SUPLICO A ESTE JUZGADO, que teniendo por presentado este escrito, con sus copias y documentos que adjunto, se sirva en admitirlo, y en su virtud,
1º- Se ordene el desahucio
2º Se condene al demandado al pago de tal (podéis ofrecer la condonacion.
3º Imposición de costas.
Es de justicia que pido, en tal sitio, en tal fecha.
Firma procurador Firma abogado.
Más o menos es éste el contenido de una demanda de desahucio.
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Buenas tardes Laurita. Que tal ido a esta asignatura que tanto miedo le tenías. Me parece que vas a perder la apuesta y vas a tener que pagar unas cañas. :D :D :D :o
Nos ha jorobado, repitiendo el caso ;D, aunque yo con tal de quitarme este tostón de encima te invito a las cañas que tu quieras ;)
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Laura, ya verás como vas a sacar una NOTAZA. Al final vas a terminar echando de menos esta asignatura. :D :D :D :D :D :D :D :D :D
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Hola compañer@s!!
Resulta que me llevo toda la asignatura para septiembre y me encuentro recopilando apuntes. He estado mirando en apuntes temporales y no me puede descargar nada de los links y el hilo de septiembre no esta abierto.
Ya que seguro que a vosotros os va a ir fenomenal y os vais a olvidad de ella, a algún alma caritativa le importaría mandarme los apuntes de los dos parciales con los que estudio?? Y si me quieres dar algún consejillo bienvenido sea!
andrealoboaraujo@gmail.com
Mil gracias de antemano!!
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Hola compañer@s!!
Resulta que me llevo toda la asignatura para septiembre y me encuentro recopilando apuntes. He estado mirando en apuntes temporales y no me puede descargar nada de los links y el hilo de septiembre no esta abierto.
Ya que seguro que a vosotros os va a ir fenomenal y os vais a olvidad de ella, a algún alma caritativa le importaría mandarme los apuntes de los dos parciales con los que estudio?? Y si me quieres dar algún consejillo bienvenido sea!
andrealoboaraujo@gmail.com
Mil gracias de antemano!!
Aquí no se piden apuntes pero los de laura están geniales para el segundo semestre, para el primero hay que tirar de otros porque no pudo hacerlos. Busca bien que están.