Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: alexr92 en 22 de Abril de 2017, 21:20:49 pm
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Buenas noches,
Estoy atascado en el razonamiento de una de las preguntas del PEC de Derecho Constitucional, por mi desconocimiento no logro relacionarlo. La pregunta es la siguiente
¿Puede regularse la obligacion de obtener tarjeta sanitaria para tener derecho a la asistencia sanitaria gratuita mediante Ley Organica?
Me encuentro que el ambito normativo de las Leyes Organicas se limita a lo establecido en el art. 81.1 CE, que se refiere unicamente a los derechos fundamentales y libertades publicas (art.15 a 29 CE). Sin embargo, la asistencia sanitaria se encuentra en el art.43 CE.
No obstante, Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, ya venia regulando la asistencia sanitaria y condicionandola a una situacion administrativa (estar inscrito en el padron).
«Artículo 12. Derecho a la asistencia sanitaria.
1. Los extranjeros que se encuentren en España, inscritos en el padrón del municipio en el que tengan su domicilio habitual, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.
¿Como se pudó regular la asistencia sanitaria sin encontrarse esta en teoria dentro del ambito normativo de las Leyes organicas? Seguro que me estoy equivocando en algo muy basico pero estoy tremendamente atascado.
Gracias de antemano
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Los Derechos y Libertades Fundamentales solamente pueden regularse mediate Ley Orgánica y sin posibilidad de hacerlo de otra forma, Ley ordinaria, Decreto, Reglamento...
El resto de materias pueden regularse con normas de inferior rango a una Ley Orgánica, pero no es obligado que así sea.
Es decir, la velocidad máxima en autopista puede regularse por Ley Orgánica, la libertad religiosa no puede regularse mediante Decreto.
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Muchisimas gracias! :) Aclarado!
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Los Derechos y Libertades Fundamentales solamente pueden regularse mediate Ley Orgánica y sin posibilidad de hacerlo de otra forma, Ley ordinaria, Decreto, Reglamento...
El resto de materias pueden regularse con normas de inferior rango a una Ley Orgánica, pero no es obligado que así sea.
Es decir, la velocidad máxima en autopista puede regularse por Ley Orgánica, la libertad religiosa no puede regularse mediante Decreto.
Sólo un matiz. Una ley ordinaria no es de rango inferior a una ley orgánica.
Saludos
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Los Derechos y Libertades Fundamentales solamente pueden regularse mediate Ley Orgánica y sin posibilidad de hacerlo de otra forma, Ley ordinaria, Decreto, Reglamento...
El resto de materias pueden regularse con normas de inferior rango a una Ley Orgánica, pero no es obligado que así sea.
Es decir, la velocidad máxima en autopista puede regularse por Ley Orgánica, la libertad religiosa no puede regularse mediante Decreto.
No, lo que se puede regular por Ley Orgánica, no puede regularse por ley ordinaria. Y una Ley Orgánica no puede regular materias que no sean por Ley Orgánica. Se rigen por competencia.
La velocidad máxima no puede regularse por Ley Orgánica.
La conexión esta con "... los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social..."
Así lo entiendo yo.
Un saludo
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La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, ya venia regulando la asistencia sanitaria y condicionandola a una situacion administrativa (estar inscrito en el padron).
¿Como se pudo regular la asistencia sanitaria sin encontrarse esta en teoria dentro del ambito normativo de las Leyes organicas? Seguro que me estoy equivocando en algo muy basico pero estoy tremendamente atascado.
Gracias de antemano
Señalas el artº 12 de esta Ley Orgánica.
Resulta que este artículo no tiene carácter orgánico: echa un vistazo a la Disposición final 4ª de la L.O. 4/2000, de 11 de enero.
Es decir. una Ley Orgánica puede incluir disposiciones que no entran dentro del ámbito normativo de las leyes orgánicas. De hecho, es frecuente. Pero siempre encontrarás al final un listado de las disposiciones que no se consideran orgánicas.
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La velocidad máxima no puede regularse por Ley Orgánica.
QUI POTEST PLUS, POTEST MINUS
Que no sea obligatorio regularla por Ley Orgánica no implica que no pueda hacerse mediante la misma. Independientemente de que para su posterior modificación no fuese preciso utilizar un Ley Orgánica.
De hecho, muchas leyes orgánicas contienen regulaciones no atribuidas en exclusividad a estas.
Un saludo.
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Muchas gracias por vuestros comentarios, pude terminar la PEC y afortunadamente me la han calificado con un 9/10 asi que genial!. Era un tema que llevaba facilmente a confusion.
Saludos! :)