Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 15 de Junio de 2017, 13:53:58 pm
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Derecho Civil IV SEPTIEMBRE 2017
Todo lo relacionado con la asignatura en septiembre de 2017
Derecho Civil IV: Temas en clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120153.0)
Guia de la asignatura: Derecho Civil IV: Derecho de Sucesiones (https://mega.nz/#!qlk22KTL!h7ea0hXC_CuiTBk3kt9vGRSMfXCnxkMmxk3snTPSdT4)
Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.
Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0
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Hilo oficial primer semestre: https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=117905.0
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Ctreo que esta va a ser la única que lleve a septiembre....
Habrá que sacar nota ;D
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David, pues yo, igual que tú, sólo llevo esta asignatura para septiembte; uffffff, miedo me da...
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No os de miedo, es bastante bonita, y corrigen bien.
Ánimo!
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Que apuntes me recomwndais
Saludos :)
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A ésta voy yo en Septiembre, la he dejado directamente. Es bastante amena, llevo la mitad del temario y bueno, entretenida y muy práctica.
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A ésta voy yo en Septiembre, la he dejado directamente. Es bastante amena, llevo la mitad del temario y bueno, entretenida y muy práctica.
Eres un máquina. Yo el mes de julio me voy de vacaciones y hasta agosto no toco un libro.
Saludos y a disfrutar.
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Que apuntes me recomwndais
Saludos :)
Yo tengo unos que parecen buenos, pero como no los he tocado, no te lo puedo asegurar.
Mírate las preguntas hot, que siempre preguntan más o menos lo mismo.
Saludos.
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David, pues yo, igual que tú, sólo llevo esta asignatura para septiembte; uffffff, miedo me da...
Es una asignatura que me gusta y un tema muy interesante, pero en el primer cuatrimestre no tuve tiempo de estudiarla como debe ser.
Seguro que en septiembre aprobamos.
Saludos.
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A por ella!. También directa para septiembre. Quería trabajar bien esta asignatura pero tras el desastre de cuatrimestre que he hecho se me ha complicado la cosa y voy con un capazo a septiembre (4) así que..., muy a mi pesar, la tendré que preparar un poco de aquella manera. He pillado algunos apuntes pero son tipo esquematizados y a mi me gusta currarme mis propios esquemas sobre la base de unos güenos apuntes desarrollados. ¿Cuáles me aconsejáis compis?, ¿Algunos que incluyan los hots?...
No pido ná ehh? jjeje, venga tiraos al rollo.
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No os de miedo, es bastante bonita, y corrigen bien.
Ánimo!
Bonita?. las sucesiones y testamentos?. juer :-[. Para mi la más fea de los civiles
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Es un tema que da mucho de comer a los abogados, jeje.
Muy importante, bajo mi punto de vista.
Saludos.
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Bueno, vamos a ponernos a estudiar ya, ¿no? ;D ;D ;D
Muy abajo estaba el hilo, poca gente seremos, jeje.
Saludos.
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Nos vemos el lunes 4 a las 11:30 h.
Suerte a todos.
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Igualmente, mucha suerte David. Nos queda sólo esta asignatura para terminar, así que tenemos que ir preparados a tope. :)
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No están solos! Yo también me apunto a septiembre con esta ;)
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Me uno...........me calzaron 2,5 en febrero que me dejó loco!!! sabía que un 8 no pero calculé lo que podría sacar y la verdad que esperaba un 5 o un 6.
Estoy con Adodu en lo de bonita pero ahora mismo me tiene un poco amargao. No quería verla en agosto.....
Llevo esta, 2º parcial de Mercantil I, Administrativo II y III y Procesal I entera
¿voy a por todas? ¿cómo lo veis? ayudadme a hacer un ránking de prioridades! ;D :D ;D :D
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Igualmente, mucha suerte David. Nos queda sólo esta asignatura para terminar, así que tenemos que ir preparados a tope. :)
Sólo te queda esta para terminar el grado?.
Enhorabuena y seguro que la sacas y terminas.
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Me uno...........me calzaron 2,5 en febrero que me dejó loco!!! sabía que un 8 no pero calculé lo que podría sacar y la verdad que esperaba un 5 o un 6.
Estoy con Adodu en lo de bonita pero ahora mismo me tiene un poco amargao. No quería verla en agosto.....
Llevo esta, 2º parcial de Mercantil I, Administrativo II y III y Procesal I entera
¿voy a por todas? ¿cómo lo veis? ayudadme a hacer un ránking de prioridades! ;D :D ;D :D
Yo también pensaba que iba a sacar más, al menos un 6 y suspendí con un 3.
En fin, habrá que aprobar ahora por lo civil o por lo penal, jajaja.
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Hola
Yo también llevo para septiembre ésta y civil iii. Si podéis poned las preguntas del examen de mañana para ver lo que están preguntado. Espero me concedan el poder presentarme en Reserva.
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Pregunta de último día:
Si preguntan por el llamamiento del concepturus, ¿cómo lo redactarían?
En los apuntes que tengo solo pone esto:
Concepturus (no concebido ni nacido): la jurisprudencia se muestra favorable a su admisión.
Habría que poner algo más, no?
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Resumen del libro, aunque poco más dice:
Se trata del caso de que sean llamados a la herencia losconcepturi (hijos o nietos nacederos). La jurisprudencia parece mostrarse favorable a su admisión quizá porque generalmente las instituciones testamentarias (no cabe aquí la sucesión intestada) encuentran un fundamento familiar y un deseo de igualación de los descendientes.
Considerando las clausulas testamentarias analizadas por la RDGRN de 29-1-88 este es el supuesto-tipo de semejante institución:
-Institución de heredero en el tercio de legítima estricta a favor de tres hijos, A, B y C.
-Legado de los dos tercios restantes por terceras partes a sus hijos A, B y los 3 hijos de C.
-Los hijos A, B y C heredan por cabezas; los nietos (hijos de C) heredan por estirpes.
-El testador precisa que “si su hijo C tuviese con posterioridad más descendientes tomarían parte de este legado distribuyéndose en este caso la parte correspondiente a sus nietos entre los que resultasen al ocurrir el fallecimiento”
La doctrina se ha mostrado recelosa frente a tal tipo de instituciones hereditarias ya que quien no se encuentre concebido a la muerte del causante ha de entenderse que carece de capacidad sucesoria y por tanto, en todo caso, tales disposiciones deberían ser convertidas en “una reserva de bienes en favor de persona futura”.
Otro entendimiento de la cuestión seria la siguiente: pudiera entenderse que existe un llamamiento de carácter condicional. Se aplicaría en la fase de pendencia el artículo 801 y siguientes del Código Civil (Si el heredero fuere instituido bajo condición suspensiva, se pondrán los bienes de la herencia en administración hasta que la condición se realice o haya certeza de que no podrá cumplirse), en el entendido de que los herederos ciertos y existentes en el momento del fallecimiento no son propiamente administradores, sino titulares interinos a los que está permitido reclamar la partición de la herencia e incluso realizar actos de disposición sobre los bienes heredados.
El profesor Albaladejo subrayó posteriormente que tal entendimiento viene avalado por el hecho de que conforme al artículo 9 de la Ley de Reproducción Asistida el material reproductor del varón fallecido puede ser utilizado por la viuda o conviviente durante algunos meses siguientes a su fallecimiento “produciendo tal generación los efectos legales que se derivan de la filiación”
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Buenas...tengo un par de dudas a ver qué opináis...... sucesión de los incapaces, qué pasa que no heredan?.... los herederos premuertos al causante tampoco?....en ambos casos por testamentaria o por legítima.....a ver si me aclaro
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Buenas...tengo un par de dudas a ver qué opináis...... sucesión de los incapaces, qué pasa que no heredan?.... los herederos premuertos al causante tampoco?....en ambos casos por testamentaria o por legítima.....a ver si me aclaro
Buenas, respecto a los herederos premuertos al causante entiendo que te refieres al derecho de representación. Fallece el heredero, entonces quedan vivos el causante (que fallece después) y el heredero del primer fallecido (piensa en un abuelo, el padre y el nieto, fallece el padre, y después, antes de que el nieto herede lo correspondiente de su padre, fallece el abuelo). El nieto podrá elegir entre aceptar solamente la herencia de su padre o heredar la de su padre y la que a este le correspondiese de su abuelo, es decir, representará a su padre y también obtendrá lo que le correspondiese heredar a él.
En la sucesión intestada será necesario que se cumplan los requisitos de parentesco (es decir, primero heredan descendientes, después ascendientes, etc).
Por su parte, en la sucesión testamentaria no es posible el derecho de representación.
Espero haberme explicado
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Buenas...tengo un par de dudas a ver qué opináis...... sucesión de los incapaces, qué pasa que no heredan?.... los herederos premuertos al causante tampoco?....en ambos casos por testamentaria o por legítima.....a ver si me aclaro
Los incapaces de suceder por causa de indignidad están en el articulo 756 del Código Civil.
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Buenas...tengo un par de dudas a ver qué opináis...... sucesión de los incapaces, qué pasa que no heredan?.... los herederos premuertos al causante tampoco?....en ambos casos por testamentaria o por legítima.....a ver si me aclaro
No heredan en caso de premorencia o incapacidad por indignidad.
En ambos casos entraría en juego el derecho de representación, siempre que se dan los presupuestos necesarios en la sucesión intestada.
También podría darse el caso de que se produjera la sustitución de quienes no llegan a heredar, siempre que así lo hubiera previsto el testador. La sustitución podrá ser vulgar, pupilar o cuasipupilar (para el caso de discapacitados, que no incapaces por indignidad, ojo con confundir esto).
Por último, tanto en los casos de premorencia como indignidad del heredero, si no se produce la sustitución o la representación del mismo, podría entrar en juego el derecho de acrecer entre los coherederos, siempre que la porción que quede vacante corresponda al tercio de libre disposición, ya que de corresponder a la legítima, sucederán los coherederos por su propio derecho y no por el derecho de acrecer.
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Suerte a todos!
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Suerte compis! A ver si apruebo mi primer asignatura de 4º!
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Muchisima suerte para todos, venga que podemos!!
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¿Qué tal os ha ido? Yo me he quedado muy corta en el legado de la parte alicuota y en el plazo de aceptación o repudiación de la herencia.
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Yo la he liado un poco con el plazo de aceptación o repudiación. El legatario de parte alícuota lo había estudiado por encima, menos mal.
Una cosa, han preguntado por la legítima de los AScendientes, verdad? He hecho el examen algo acelerado, al recordar ahora las preguntas tengo mis dudas, digo a ver si he leído mal y ya la he fastidiado. Puuf, qué locura llevo.
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Que tal compis . Como fue. Yo regular
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Por favor, podéis poner las preguntas que han caído??
Me presento en Reserva.
gracias.
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Si, si no recuerdo mal ha caído:
1. El legatario de parte alícuota
2. La legitima de los ascendientes
3. Plazo para aceptar o repudiar la herencia
4. Ámbito y presupuestos de la colación
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La verdad es que un par de las preguntas son bastante concretas y extenderse creo que solo sirve para meter la pata.
Muchas veces los profesores estan hartos de que rellenemos por rellenar. En mi caso me ha sobrado la mitad del hueco en parte alicuota y plazo y tambien un trecho en las otras 2.
Fuera de esto, me ha parecido muy asequible y preguntando lo mismo de siempre (si te miras las preguntas solo de los examenes que hay en calatayud todas habian caido al menos 2 veces)
Ahora, a seguir las que falten! y suerte a todos! ojala no tengamos mas esto y empecemos a dejar atras la universidad (joder, me estoy consumiendo estudiando tonterias que no me gustan como filosofia o administrativo...)
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Por si a alguien le interesa (aunque saldrán en el repositorio de Calatayud), las preguntas de hoy han sido:
Legítima de los descendientes
Sucesión Intestada
Estipulaciones Testamentarias: Término
Acción de división de la herencia