Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 22 de Agosto de 2017, 21:03:09 pm
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Derecho Internacional Público Primer parcial curso 2017 / 2018
Todo lo relacionado con la asignatura para el primer parcial del curso 2017/2018
Guía de la asignatura: Derecho Internacional Público (https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=122509.0)
Audioclases: Derecho Internacional Público: Temas en clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120217.0)
Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.
Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0
Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0
Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0
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Una que se apunta!!!
Este año espero terminar la carrera aunque me he dejado las más chungas para el final :'(
A ver qué tal se nos da. Yo empiezo a estudiar desde ya que es la primera vez en la carrera voy con seis en febrero!! Miedito me da :o :o
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Aroa ¿ Cuales son las más chungas...?
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Alguien sabe que libro corresponde a cada cuatrimestre? hay 3...
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Aroa ¿ Cuales son las más chungas...?
Eso depende de cómo lo mire cada uno... yo me he dejado las que menos ganas tenía de hacer para el final ( error) y son los internacionales, procesal II, financiero II, trabajo y el coñazo de advo IV!!! Pero para mucha gente son peores los penales, en fin es todo muy subjetivo!!
Saludos
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Gracias Aroa....
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Otro que se apunta.
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Si el sistema es el mismo de este curso, HACED LA PEC.
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Cierto, alguien que arroje algo de luz, para que nos aclare el tema de los s manuales?
Yo veo 3 , vaya pasta si se estudia por libro, 🐗q clavada
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Me apunto.
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Cierto, alguien que arroje algo de luz, para que nos aclare el tema de los s manuales?
Yo veo 3 , vaya pasta si se estudia por libro, 🐗q clavada
Siguen siendo 2 manuales:
- Instituciones de Derecho Internacional Público.
- Las Organizaciones Internacionales.
Por lo que tengo visto hasta ahora, no todo el contenido de los dos manuales va a ser objeto de estudio de la asignatura.
El tercer libro son los instrumentos normativos; es decir, Leyes, Acuerdos, Convenciones, Protocolos, etcétera. A mi entender, no es necesario, pues para cualquier consulta para el estudio vas a tener acceso a través de internet. De todas formas, aquí te dejo su índice:
Índice
Prólogo 9
§ 1. DERECHO DE LOS TRATADOS
1.1. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, 23 de mayo de 1969 15
1.2. Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales 37
1.3. Constitución Española de 1978 (arts. 56, 63, 64, 93 a 96 y 97) 57
1.4. Código Civil (Texto reformado del Título Preliminar de 1974) (art. 1.5) 65
§ 2. LA INMUNIDAD JURISDICCIONAL DEL ESTADO
2.1. Convención de las Naciones Unidas sobre las inmunidades jurisdiccionales de los Estados y de sus bienes, de 2 de diciembre de 2004 69
2.2. Ley Orgánica 16/2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades de los Estados extranjeros, las Organizaciones internacionales con sede u oficina en España y las Conferencias y Reuniones internacionales celebradas en España 81
§ 3. ESPACIO AÉREO
3.1. Convención de Aviación Civil Internacional, de 7 de diciembre de 1944 105
§ 4. ESPACIO MARÍTIMO
4.1. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982 131
4.2. Acuerdo relativo a la aplicación de la Parte XI de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982, de 28 de julio de 1994 273
4.3. Ley 10/1977, de 4 de enero. Reglamentación española sobre su Mar Territorial 291
4.4. Ley 15/1978, de 20 de febrero. Reglamentación española sobre la Zona Económica Exclusiva 295
4.5. Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Texto refundido por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (art. 8.1) 299
§ 5. DERECHOS HUMANOS
A) Ámbito universal
5.1. Declaración Universal de Derechos del Hombre, de 10 de diciembre de 1948 305
5.2. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966 311
5.3. Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966 327
5.4. Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte, de 15 de diciembre de 1989 331
5.5. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 16 de diciembre de 1966 335
5.6. Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 10 de diciembre de 2008 343
B) Ámbito regional
5.7. Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de 4 de noviembre de 1950 353
5.8. Constitución Española de 1978 (arts. 10.2 y 39.4) 369
§ 6. RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DEL ESTADO
6.1. Proyecto de artículos sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos 373
§ 7. DERECHO PENAL Y PROCESAL INTERNACIONAL
7.1. Estatuto de la Corte Penal Internacional, de 17 de julio de 1998 385
7.2. Ley Orgánica 18/2003, de 10 de diciembre, de Cooperación con la Corte Penal Internacional 447
§ 8. RELACIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES
8.1. Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de 18 de abril de 1961 461
8.2. Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963 473
8.3. Convención sobre las Misiones Especiales, de 8 de diciembre de 1969 495
8.4. Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado 509
§ 9. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL
A) Ámbito universal
9.1. Carta de las Naciones Unidas, de 26 de junio de 1945 547
9.2. Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, de 26 de junio de 1945 569
9.3. Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, de 24 de octubre de 1970 581
B) Ámbito regional
9.4. Estatuto del Consejo de Europa, de 5 de mayo de 1949 591
9.5. Tratado del Atlántico Norte, de 4 de abril de 1949 601
Tabla cronológica 615
Índice analítico 623
Espero a verte ayudado. Un saludo.
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Me apunto!
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Siguen siendo 2 manuales:
- Instituciones de Derecho Internacional Público.
- Las Organizaciones Internacionales.
Por lo que tengo visto hasta ahora, no todo el contenido de los dos manuales va a ser objeto de estudio de la asignatura.
El tercer libro son los instrumentos normativos; es decir, Leyes, Acuerdos, Convenciones, Protocolos, etcétera. A mi entender, no es necesario, pues para cualquier consulta para el estudio vas a tener acceso a través de internet. De todas formas, aquí te dejo su índice:
Índice
Prólogo 9
§ 1. DERECHO DE LOS TRATADOS
1.1. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, 23 de mayo de 1969 15
1.2. Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales 37
1.3. Constitución Española de 1978 (arts. 56, 63, 64, 93 a 96 y 97) 57
1.4. Código Civil (Texto reformado del Título Preliminar de 1974) (art. 1.5) 65
§ 2. LA INMUNIDAD JURISDICCIONAL DEL ESTADO
2.1. Convención de las Naciones Unidas sobre las inmunidades jurisdiccionales de los Estados y de sus bienes, de 2 de diciembre de 2004 69
2.2. Ley Orgánica 16/2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades de los Estados extranjeros, las Organizaciones internacionales con sede u oficina en España y las Conferencias y Reuniones internacionales celebradas en España 81
§ 3. ESPACIO AÉREO
3.1. Convención de Aviación Civil Internacional, de 7 de diciembre de 1944 105
§ 4. ESPACIO MARÍTIMO
4.1. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982 131
4.2. Acuerdo relativo a la aplicación de la Parte XI de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982, de 28 de julio de 1994 273
4.3. Ley 10/1977, de 4 de enero. Reglamentación española sobre su Mar Territorial 291
4.4. Ley 15/1978, de 20 de febrero. Reglamentación española sobre la Zona Económica Exclusiva 295
4.5. Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Texto refundido por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (art. 8.1) 299
§ 5. DERECHOS HUMANOS
A) Ámbito universal
5.1. Declaración Universal de Derechos del Hombre, de 10 de diciembre de 1948 305
5.2. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966 311
5.3. Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966 327
5.4. Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte, de 15 de diciembre de 1989 331
5.5. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 16 de diciembre de 1966 335
5.6. Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 10 de diciembre de 2008 343
B) Ámbito regional
5.7. Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de 4 de noviembre de 1950 353
5.8. Constitución Española de 1978 (arts. 10.2 y 39.4) 369
§ 6. RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DEL ESTADO
6.1. Proyecto de artículos sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos 373
§ 7. DERECHO PENAL Y PROCESAL INTERNACIONAL
7.1. Estatuto de la Corte Penal Internacional, de 17 de julio de 1998 385
7.2. Ley Orgánica 18/2003, de 10 de diciembre, de Cooperación con la Corte Penal Internacional 447
§ 8. RELACIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES
8.1. Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de 18 de abril de 1961 461
8.2. Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963 473
8.3. Convención sobre las Misiones Especiales, de 8 de diciembre de 1969 495
8.4. Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado 509
§ 9. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL
A) Ámbito universal
9.1. Carta de las Naciones Unidas, de 26 de junio de 1945 547
9.2. Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, de 26 de junio de 1945 569
9.3. Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, de 24 de octubre de 1970 581
B) Ámbito regional
9.4. Estatuto del Consejo de Europa, de 5 de mayo de 1949 591
9.5. Tratado del Atlántico Norte, de 4 de abril de 1949 601
Tabla cronológica 615
Índice analítico 623
Espero a verte ayudado. Un saludo.
muchas gracias, por la aclaración gran ayuda ;)
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Buenas a por ella...
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otro que se apunta
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otra que se apunta :)
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Me quedo por aquí! Yo también espero acabar el grueso de la carrera este año, ni más ni menos que con 10 asignaturas para el primer parcial.. espero no morir en el intento y seguir viva para el segundo! A por ellas!
En cuanto a los manuales, se supone que cada manual es para un parcial verdad?
Habéis encontrado el programa de este curso?
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Me uno como novato en esta asignatura. Suerte a todos/as e intentar disfrutar del camino sin pensar en el final de este.
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Me quedo por aquí! Yo también espero acabar el grueso de la carrera este año, ni más ni menos que con 10 asignaturas para el primer parcial.. espero no morir en el intento y seguir viva para el segundo! A por ellas!
En cuanto a los manuales, se supone que cada manual es para un parcial verdad?
Habéis encontrado el programa de este curso?
Buenas, cursé el año pasado 10 asignaturas el 2 cuatrimestre y aprobé 9 de 10, así que ánimo, aunque va a ser duro...
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Otro que también se apunta, a por unas cuantas
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alguien sabe cual es el libro recomendado? el de 2013 o el de este año? en el programa viene reflejado el de 2013, quizás sólo han actualizado editorial y par de cosas y puede utilizarse cualquiera
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Buenas, otra que se apunta
Suerte a todos
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Pues el libro parece que no cambia en librerias sale para este curso la edición de 2010
ya para el segundo parcial si es novedad.
he encontrado por aquí apuntes de darbon y laurafm, ¿por cual os decantais?
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Esta asignatura la cojo este año, vamos a ver cómo se da.
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Hay apuntes para poder estudiar esta asignatura¿ los libros están prohibitivos para mi economía
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Otro que se apunta. A ver que apuntes elegimos y si se puede estudiar por ellos o es necesario el manual..... ya lo iremos viendo. Un saludo
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Yo estudiaré por apuntes como llevo haciendo toda la carrera.
He encontrado unos de lili que tienen muy buena pinta y 123 páginas, así que empezaré en breve a leer un poco!
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alguien sabe cual es el libro recomendado? el de 2013 o el de este año? en el programa viene reflejado el de 2013, quizás sólo han actualizado editorial y par de cosas y puede utilizarse cualquiera
El libro de "Instituciones de Derecho Internacional Público" iba a ser nuevo para este año; es decir, edición 19 -año 2017-, pero parece ser que ha habido un problema a la hora de su impresión y, finalmente, dicho libro será publicado en enero del 2018, por lo que en la guía aparece que para este curso académico se seguirá con la edición 18 -año 2013-. De todas formas, habrá que esperar que finalmente nos lo confirme DEFINITIVAMENTE el ED. Lo que ya no sé, y también nos tendrá que confirmar es si, para el segundo cuatrimestre (la mitad del temario de este cuatrimestre se encuentra incluido en este libro), entra el libro del 2013 o el que se va a imprimir en enero de 2018. Yo entiendo que finalmente seguirán con el libro del 2013. Faltará que nos lo confirmen.
Respecto del libro "Las Organizaciones Internacionales", la edición sigue siendo la misma, la edición 16 -año 2010-, pero con el matiz que en el año 2013 hubo una reimpresión, pero sigue siendo la misma edición.
Espero haber ayudado.
Saludos.
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Buenas tardes.
También me apunto a esta.
A ver qué tal se nos da.
Un saludo.
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Comentan que es una de las asiganturas en que conviene hacer la PEC, porque da la opción de elegir y contestar 2 preguntas de las 4 en el examen... sabeis sobre qué fecha sale? para estar pendiente.
gracias
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Sabéis si el libro de organizaciones internacionales es valido la ed. Del 2006 14 edición
?? O hay muchos cambios???
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Hola compañeros
Me gustaría saber opiniones de esta asignaturas. Llevo este años muchas asignaturas anuales, y me interesa estudiar de forma mas concisa, aunque se que en la uned lo conveniente es estudiarte de la A a la Z.
Sabeis si suelen repetir preguntas de años anteriores?
Es aconsejable apuntes, y cuales serían los más destacables para estudiar?
Porque conviene hacer pec? Nunca he hecho.
Gracias!
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Hola compañeros
Me gustaría saber opiniones de esta asignaturas. Llevo este años muchas asignaturas anuales, y me interesa estudiar de forma mas concisa, aunque se que en la uned lo conveniente es estudiarte de la A a la Z.
Sabeis si suelen repetir preguntas de años anteriores?
Es aconsejable apuntes, y cuales serían los más destacables para estudiar?
Porque conviene hacer pec? Nunca he hecho.
Gracias!
Respecto a las preguntas, deposito de examenes Calatayud o Barbastro.
Respecto a si conviene hacer la PEC, leete la guia y veras por qué sí.
Sobre la dificultad, leete los hilos de años anteriores.
Apuntes, entra en apuntes temporales, usa el buscador, etc...
Esta genial preguntar, pero "más genial" es ser capaz de resolver estas simples cuestiones (al alcance de cualquiera) por si mismo.
Saludos.
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Haciendo la PEC en el examen final puedes escoger 2 de las 3 preguntas teóricas! Sino tendrías que responder las 3
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Preguntar para orientarse por aquí ( consejos de apuntes, de pec, etc) es lícito. Para esto esta hecho el foro, como soporte para aquellas personas que disponen de tiempo limitado. Si se crea un hilo 2017/2018, actual, es por algo, sino todos nos remontariamos a hilos anteriores, (que por cierto ya he echado un vistazo), pero no esta de más actualizar información, cotejar datos, intercambiar opiniones y largo etc.
Tengo poco movimiento en el foro, eso implica que para la mayoría de asignaturas me he buscado la vida.
Esta bien "juzgar" pero mucho mejor mejor ser flexible con las dudas ajenas, por muy fáciles de resolver te parezca.
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Preguntar para orientarse por aquí ( consejos de apuntes, de pec, etc) es lícito. Para esto esta hecho el foro, como soporte para aquellas personas que disponen de tiempo limitado. Si se crea un hilo 2017/2018, actual, es por algo, sino todos nos remontariamos a hilos anteriores, (que por cierto ya he echado un vistazo), pero no esta de más actualizar información, cotejar datos, intercambiar opiniones y largo etc.
Tengo poco movimiento en el foro, eso implica que para la mayoría de asignaturas me he buscado la vida.
Esta bien "juzgar" pero mucho mejor mejor ser flexible con las dudas ajenas, por muy fáciles de resolver te parezca.
+1,Marina no todos en el foro son tan secos y asperos
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Buenas!
Me apunto también! A ver si entre todos sacamos la PEC (que el año pasado funcionó bien hacerla entre todos), y nos podemos sacar una pregunta del examen!
Mucha suerte a todos
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Otra que se apunta.......a por ella ::)
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+1,Marina no todos en el foro son tan secos y asperos
Esperemos que no
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otra que se apunta por aqui...
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A los que habéis empezado ya con el estudio, qué tal os va?
¿Y los casos prácticos?
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a mi me está pareciendo entretenida de leer al menos, estudiar ya será otra cosa :)
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me apunto. un saludo
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me apunto
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se sabe algo de la fecha de la PEC?
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se sabe algo de la fecha de la PEC?
https://2018.cursosvirtuales.uned.es/dotlrn/grados/asignaturas/66023043-18/uforums/attach/download/27701263-ORIENTACIONES+PEC+2017-2018.pdf?object_id=27700443&attachment_id=27701263
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Me apunto a hacer la Pec entre tod@s. Tenemos del 13 al 17 para hacerla, chic@s. Yes we can!!!
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Me apunto a hacer la Pec entre tod@s. Tenemos del 13 al 17 para hacerla, chic@s. Yes we can!!!
Otra que se apunta!!!!
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Yo también me he matriculado este curso...pensé que era más complicada,pero lo cierto es que me está resultando entretenida y no son conceptos muy complicados.
Quería hacer la pec,pero he visto en el foro de la UNED que si entras para ver de qué va te obligan a presentarla.Qué sabéis de eso? Es la misma pec para todos?
Lo pregunto porque como decís de hacer un grupo para hacerla...es interesante por el tema que te quitas una pregunta del examen y las posibilidad de elegir 2 preguntas entre 4...facilita las posibilidades de aprobado. ::)
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Hola !
No habreis conseguido resúmenes con las preguntas que más caen verdad ??
No encuentro nada superesumido y la asignatura es tan extensa...
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Buenas tardes.
Sabréis alguno si hay algún grupo de watsapp creado para la asignatura de Derecho Internacional Público y cómo podría hacer para ser admitido? Sería interesante para aclarar dudas relativas a la realización de las PEcs y demás temas relacionados con la asignatura. Muchas gracias de antemano
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Yo también me he matriculado este curso...pensé que era más complicada,pero lo cierto es que me está resultando entretenida y no son conceptos muy complicados.
Quería hacer la pec,pero he visto en el foro de la UNED que si entras para ver de qué va te obligan a presentarla.Qué sabéis de eso? Es la misma pec para todos?
Lo pregunto porque como decís de hacer un grupo para hacerla...es interesante por el tema que te quitas una pregunta del examen y las posibilidad de elegir 2 preguntas entre 4...facilita las posibilidades de aprobado. ::)
Disculpa compañero. La elección de preguntas es de 2 sobre 3 posibles, no sobre 4; la cuarta es el caso práctico obligatorio para todo el mundo. A mí también me gustaría participar en la resolución colectiva de la PEC
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Perdón...quizás debí presentarme,no tengo problemas con ningún género,pero se me hace raro que me digan compañero....jijjii...asumí que se me identificaría como compañera...jijijiji.... :D
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Hasta que tema entra para la PEC? Alguien la ha abierto ya?
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¿Alguna hora prevista para resolución colectiva de la PEC?
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Yo me apunto!
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Perdón...quizás debí presentarme,no tengo problemas con ningún género,pero se me hace raro que me digan compañero....jijjii...asumí que se me identificaría como compañera...jijijiji.... :D
Perdona Flaaris, con la prisa se me fue la @ de compañer@ :-[
Por mi parte ya me he leído el temario al completo para realizar la Pec colectivamente, así que quedo a vuestra plena disposición
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Parece que ya está la pec disponible,pero con la advertencia de que si se abre se tienen dos horas para hacerla :o
He visto en el foro de la asignatura que alguien la ha abierto en la pestaña "detalles" y se ha puesto a contabilizar un reloj de descuento de dos horas,la profesora contesta que tiene dos horas para realizarla...me da miedo abrirla y que no me dé tiempo a contestar en dos horas...¿alguno la ha abierto para saber de qué va y contestarla entre todos?
Gracias.
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allá voy!
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hola, alguien sabe algo mas de la pec
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Buenas a tod@s.
Esta tarde nos vamos a reunir 3 compañeros para hacer la PEC.
Agradeceríamos mucho que quien ya la haya hecho la cuelgue en este mismo foro.
De esta forma nosotros la podemos hacer más tranquilos y el resultado, una vez bien contrastado, lo colgaremos aquí mismo.
Así todos nos beneficiamos.
Gracias anticipadas.
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Buenas a tod@s.
Esta tarde nos vamos a reunir 3 compañeros para hacer la PEC.
Agradeceríamos mucho que quien ya la haya hecho la cuelgue en este mismo foro.
De esta forma nosotros la podemos hacer más tranquilos y el resultado, una vez bien contrastado, lo colgaremos aquí mismo.
Así todos nos beneficiamos.
Gracias anticipada
Muchas gracias a vosotros.
Si necesitáis ayuda contad conmigo
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hola a todos.
He abierto la PEC, en la pestaña de detalles. Pone que hay dos horas para hacerla y no se pone en marcha hasta que pinchas en "contestar cuestionario".
os agradecería que si alguno la haceis la colgueis aquí.
Saludos y suerte
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Insisto.
Sería de gran ayuda (para todos) que quien tenga el planteamiento y las preguntas de la PEC (las respuestas se las puede guardar), hiciera el favor de COLGARLAS.
Gracias.
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Estoy de los nervios con la dichosa PEC!!! Aunque no podré hacerla hasta mañana que es cuando dispongo de la tarde libre :-[
No sé si sabéis que en el mismo apartado de tareas se puede consultar la de 2016, para echarle un vistazo y ver de qué va la cosa.
Suerte! y si algún alma caritativa la puede colgar.. estaremos eternamente agradecidos! :D
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alguno no podéis recibir mensajes privados, no se como lo podréis activar....
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Yo no puedo ponerme con ella hasta esta noche...pero en lo que pueda ayudar,aquí estoy...claro que,como bien decís,como no nos diga algún alma caritativa que ya la haya hecho cuál es el planteamiento y preguntas :-\
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en el grupo de facebook han dicho, que va sobre preguntas de nulidad, terminaicon, competencias de tratos y representantes de los estados, pero nadie la ha colgado.
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yo puedo ayudar tambien esta tarde para hacerla o cuando digais, estare atento al foro para ver vuestras repuestas
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yo puedo ayudar tambien esta tarde para hacerla o cuando digais, estare atento al foro para ver vuestras repuestas
Finalmente tendré un rato libre esta tarde, si alguien está interesado en hacerla ente unos cuantos que me escriba un correo!
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Anarosa88 te llegan los mensajes privados, mira el buzón.
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Anarosa88 te llegan los mensajes privados, mira el buzón.
No me llegan...
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TENGO LA PEC...CÓMO OS LA ENSEÑO???
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TENGO LA PEC...CÓMO OS LA ENSEÑO???
Te podemos dar el correo electrónico si haces el favor de enviárnoslo.
Ahí va el mío
letello@yahoo.es
O igual puedes hacer un corta y pega y añadirlo aquí.
Muchas gracias compi.
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Anarosa88 te llegan los mensajes privados, mira el buzón.
Si necesitáis ayuda contad conmigo.
Saludos
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el corta y pega complicado...me la ha pasado un compañero y la estamos haciendo ahora....te paso por correo
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Mandada a todos..ayuda por favor
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Voy a ponerme con la pec, os paso mi correo por si queréis compartir y si yo os puedo ayudar lauramontes1983@hotmail.com
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Hola compañeros: Yo también puedo ayudar con la PEC
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Buenas tardes, yo también me pongo con la pec. Para lo que os pueda servir de ayuda aquí estoy. Os pongo mi correo williamwalaceuned@gmail.com.
Un saludo y ánimo.
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Hola compañeros: Yo también puedo ayudar con la PEC
Envíanos tu correo que estamos un grupo amplio tratando de llegar a un acuerdo. Toda aportación es válida
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Mi correo es nsgflores88@gmail.com
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Yo tambien puedo ayudar
anajaimefernandez@gmail.com
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Me lo puedes mandar
Franbarbaldos@gmail.com
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Dejo mi correo:
Wwarkiz@Hotmail.com
Gracias!
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Yo tambien puedo ayudar, mi correo es anna211972@hotmail.com
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yo también puedo ayudar mi e-mail es davidduquecadiz@hotmail.com
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También colaboro, mi correo: setillasah@hotmail. es
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Como puedo mandaros la Foto del pec???
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Seria posible que me la mandes por correo? Me seria de gran ayuda.
gracias de antemano
alvaromarchena81@gmail.com
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A mi tambien me gustaria participar, mi correo es mav.correo@gmail.com
Sería interesante que quien la haya abierto que la envíe para poder comentar el resultado mas conveniente
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Por favor si alguien puede cortar y pegar
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Hola, yo también puedo ayudar hoy.
Mi correo es: druskarl@yahoo.es, por si podeis enviar el texto e intentar responder entre todos.
Un saludo, Gracias
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Otro que se apunta para ayudar josehozono@gmail.com
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Buenos días,
Si alguien fuera tan amable de enviármela a alvaro@global-unlimited.net. Gracias de antemano!
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Buenos días yo tambien me animo a hacerla.
El correo williamallaceuned@gmail.com
Un saludo.
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Vamos al lío, por favor este es mi correo daviss25@hotmail.com
Gracias
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Yo tambièn me apunto a la Pec, mi email fibela84@gmail.com
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Mi correo por si me lo podéis mandar. rcarrionsanchez@gmail.com
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yo también quisiera ayudar con la pec.
Mi correo es andreea23grecu@gmail.com
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Me apunto a colaborar en la resolución de la PEC. Si alguien me la puede mandar a reciohernandez73@gmail.com. Muchas gracias
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Buenas, yo la pec no la puedo hacer hasta mañana, pero si me pasáis el texto me gustaría colaborar. Mi email es elcoquicoqui@hotmail.com. Gracias compañeros.
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Yo tampoco puedo hasta mañana, pero si me la enviais colaboro con las respuestas juansoniker@gmail.com
gracias
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Hola, yo la haré mañana, si alguien me pudiera pasar el texto se lo agradecería mucho!! Desde que tenga las respuestas que creo que son correctas las compartiré. Mi correo es jonatansantana86@hotmail.com
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Chicos, las cadenas de correos en el hilo no están permitidas. Hay dos opciones a mi modo de ver, o resolvéis la PEC aquí públicamente, o abrís hilo nuevo para la cadena de correos.
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cuando alguien la reciba que la pegue y entre todos debatimos.
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Yo tambien me ofrezco para ayudar a hacer la pec
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HOLA, yo no puedo hacer la Pec hasta mañana, si me la podéis enviar mi correo es manferco_63@hotmail.com
También podemos hacerla conjuntamente.
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Os la ha enviado alguien? Porque a mí no.
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A mi tampoco
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Negativo
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me da a mí que se han quedado con nosotros. Bueno cada cual que haga lo que crea conveniente
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Buenas tardes compañeros/as,
a quien pueda adelantar el texto, siempre agradecido.
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PEC.-
En septiembre de 2013 se reunió en Lima una conferencia diplomática de 11 estados del ámbito iberoamericano incluida España el objeto de la reunión era la elaboración de un plan de intercambio de estudiantes de doctorado entre las universidades de los 11 estados las delegaciones de los estados miembros estuvieron presididas por los embajadores en Lima de los países participantes con las siguientes excepciones 1) la delegación de Perú estuvo presidida por el ministro de educación de dicho país a quien había se había otorgado un documento de plenos poderes para la celebración del tratado 2) la delegación de Paraguay estuvo presidida por el ministro de educación de dicho país que estuvo que tuvo que ausentarse asumiendo la presidencia de la delegación en vez el embajador de Paraguay en Lima
La delegación española estuvo presidida por el director general de cooperación internacional del Ministerio de Educación a cuyo favor se había otorgado una plenipotencia (documento de plenos poderes) para negociar en nombre de España la conferencia terminó con la adopción de un tratado internacional en cuyo artículo 15 se preveía que el consentimiento en obligarse se produciría mediante la firma. Por parte de España firmó el tratado el jefe de la delegación española el mismo día en que terminó la conferencia que fue el 16 de septiembre de 2013 el tratado entra en vigor para los 11 estados el día 18 de marzo de 2015.
El tratado establecía un sistema de intercambio de estudiantes de doctorado que se produciría entre cualquiera de las universidades de los estados partes (artículo uno). Los estados participantes en la conferencia aceptaron que el contenido esencial de dicho sistema estaba compuesto por los siguientes elementos: a) reconocimiento automático del título de licenciado o grado de la Universidad de de origen del estudiante a los efectos de acceso a los estudios de doctorado (artículo 5). b) los estados partes se comprometían a reconocer automáticamente y sin límites a dichos estudiantes todos los créditos que hubiesen cursado en cualquiera de las universidades a las que se aplica el tratado (artículo 10).
En el momento de la firma el director de cooperación internacional del Ministerio de Educación español informó al resto de las delegaciones que desarrolla el plan Bolonia no estaba permitido que los estudiantes españoles realizasen más de cinco créditos en una universidad extranjera en consecuencia en el momento de la firma formuló una reserva al artículo 10 limitando a cinco el número de créditos que se podrían reconocer a los estudiantes españoles. Perú, Argentina y Chile realizaron una objeción a la reserva dos meses después de la terminación de la conferencia en el momento de la entrada en vigor del tratado no consta que ningún otro Estado haya objetado la reserva.
El 18 de octubre de 2016 España comunico al resto de los estados partes su voluntad de terminar el tratado por el hecho de que varios estados partes habían denegado sistemáticamente el reconocimiento de los créditos de doctorado usados en universidades españolas alegando que su legislaciones nacionales prohibía expresamente el Real reconocimiento automático de los títulos de grado y licenciatura obtenidos en universidades extranjeras incluso a los efectos del acceso a los estudios de doctorado.
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Qué grande eres! Nos ayudas desinteresadamente. Muchas gracias. Y eso que ni siquiera sé si voy a poder hacerla porque tengo ahora una época difícil en el curro. Gracias y Feliz Navidad ;)
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sigue PEC.-
Los órganos que participan en la conferencia:
A) son todos competentes para negociar el tratado.
B) son todos competentes para realizar todos los actos propios de la celebración del tratado.
C) solo son competentes para negociar aquellos que presenten un documento de plenos poderes.
La declaración de terminación del tratado realizada por España:
A) es válida porque todo Estado parte en un tratado puede denunciarlo retirarse del mismo salvo que el tratado expresamente lo prohíbe.
B) es válida por haberse producido un cambio fundamental de circunstancias.
C) es válida por haberse producido una violación grave del tratado
El tratado puede ser declarado nulo:
A)Porque su contenido está en contradicción con normas vigentes en los estados partes
B) porque el consentimiento de una de las partes, España, ha sido prestado por un representante que no tenía competencia para ello.
C) porque el consentimiento no se presta mediante instrumento de ratificación
La reserva formulada por España:
A) no es válida porque fue formulada en el momento de la firma.
B) no es válida porque no está autorizada por el tratado.
C) no es válida por ser contraria al objeto y fin del tratado
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Mañana por la mañana podemos hacer la PEC.
¿Quien se apunta?
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Yo tengo intención de empezar sobre las 10:30 pero ya digo que tengo una situación complicada. Si no me reclaman en el trabajo, a las 10 avisaré por si hay alguien para hacerla
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Buenas noches, compis. Muchas gracias por la aportación, Corso. Yo puedo realizarla el domingo por la mañana, que es cuando tengo libre. Si alguien se anima, por aquí estaré. De todas formas, visto el texto y las preguntas de la PEC de forma muy superficial, yo contestaría las siguientes: 1B, 2C, 3A y 4C. Ojo, son contestaciones no contrastadas, así que antes de hacerla la PEC, ruego que las contrastéis. De todas formas, como he comentado antes, el domingo por la mañana estaré por aquí por si alguien se anima a hacer y debatir la PEC. Muchas gracias, otra vez, a Corso.
Saludos.
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gracias Corso, mañana en equipo
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Esto es la Pec.??? 4 preguntas???!!! :o
Faltarán preguntas no??
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Alguien puede mañana sobre el mediodia? para hacerla juntos, y si, son sólo 4 tipo test.
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Eso me preguntaba yo :o
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Primero, muchísimas gracias Corso!!!! :-* :-*
Bueno, por las horas no penséis que me acabo de levantar...es que aún no me he acostado. Ha sido una noche larga :D y como habéis dicho que ibais a quedar hoy por la mañana...pues, para que trabajéis un poco mientras yo duermo ;D ahí os van mis respuestas fundamentadas:
1) Los órganos que participan en la conferencia
A) son todos competentes para negociar el tratado. (Yo creo que es ésta, por descarte)
B) son todos competentes para realizar todos los actos propios de la celebración del tratado. (El art. 7.1 de la Convención nos dice que quienes tengan plenos poderes tendrán competencia “para la adopción, la autenticación y para manifestar el consentimiento”, vamos, para todos los actos. El art 7.2 letra a) nos dice quiénes son competentes para “realizar todos los actos”, en este caso sin necesidad de plenos poderes; y la letra b) nos dice que los jefes de misión diplomática, también sin plenos poderes, representan al Estado para la “adopción del texto de un tratado”, por lo que entiendo que en este caso no se trataría de “todos los actos”, por lo que ésta no puede ser la opción de respuesta correcta porque no todos los órganos que cita el caso práctico serían competentes para todos los actos).
C) solo son competentes para negociar aquellos que presenten un documento de plenos poderes. (Lo dicho arriba, los embajadores sin plenos poderes serían también competentes para negociar (literalmente el art. 7.2.b dice “para la adopción del texto” pero, como nos dice el Manual pág. 165 último párrafo: La fase de la negociación culmina con la adopción y la autenticación del texto).
2) La declaración de terminación del tratado realizada por España:
A) es válida porque todo Estado parte en un tratado puede denunciarlo retirarse del mismo salvo que el tratado expresamente lo prohíbe. (La descarto en virtud de los art. 54 y 56 de la Convención).
B) es válida por haberse producido un cambio fundamental de circunstancias. (Pues tampoco me parece que sea ésta, Ver pág. 222 punto 7).
C) es válida por haberse producido una violación grave del tratado. (Me parece que es ésta la correcta, art. 60.2.b Convención).
3) El tratado puede ser declarado nulo:
A) Porque su contenido está en contradicción con normas vigentes en los estados partes. (Así, tal como está redactada no puede ser correcta, otra cosa sería que esta opción pusiera: ... en violación manifiesta de una norma de importancia fundamental del derecho interno relativa a la competencia para celebrar tratados).
B)porque el consentimiento de una de las partes, España, ha sido prestado por un representante que no tenía competencia para ello. (Escogí ésta, pero tengo dudas porque el sr. Director general sí está provisto de plenos poderes, que en virtud del art. 10 de la Ley 25/2014 de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, le permiten manifestar el consentimiento de España en obligarse. Lo que yo creo que le falta a este representante, porque en la exposición de los hechos no dice nada al respecto, es la previa autorización del Consejo de Ministros para firmar, por lo que debería haber firmado ad referendum, art. 14 Ley 25/2014.
C) porque el consentimiento no se presta mediante instrumento de ratificación. (Ésta no puede ser porque existe libertad de forma, art. 11 de la Convención).
4) La reserva formulada por España:
A) no es válida porque fue formulada en el momento de la firma. (Precisamente por ser formulada en el momento de firmar es válida, art. 19 Convención).
B) no es válida porque no está autorizada por el tratado. (Esta la descarto en virtud de los art. 19 y 20 de la Convención).
C) no es válida por ser contraria al objeto y fin del tratado. (Me ha quedado ésta por descarte, y porque creo que si el objeto y fin del Tratado es el intercambio de estudiantes de doctorado y para ello, precisamente, se acuerda reconocerles automáticamente y sin límites todos los créditos, pues no tiene mucho sentido que España establezca una reserva limitando los créditos a 5).
Bueno, ésta es mi propuesta, y como se suele decir, sin perjuicio de cualquier otra mejor fundada en derecho:D
Y ahora...venga ese debate!!!
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Yo pienso que la tercera respuesta no es la B, donde pone que el representante español no tenga plenos poderes.
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Yo creo que la tercera pregunta es la B por descarte de las otras dos opciones. Precisamente la instititución de las RESERVAS existe para que un Estado acomode su derecho interno al contenido del Tratado y excluya lo que entre en contradicción. Otra cosa sería si dijera que su contenido (el del tratado en cuestión) está en contradicción con normas de IUS COGENS. Que no es el caso. Yo apuesto por la B por descarte de las otras dos. El resto de respuestas me parecen correctas.
Gracias y mucha suerte a todos con los examenes!!
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En la pregunta de los órganos que participan en la conferencia creo que es la A, porque dice "competentes para NEGOCIAR el tratado, y esa es complemente cierta.
La opción B, creo que no es porque dice "actos propios de la CELEBRACION del tratado" y hay que tener en cuenta que las fases de la celebración de los tratados, según los apuntes que tengo son todas, es decir, Otorgamiento de los plenos poderes, Negociación, Manifestación del consentimiento y Entrada en vigor, por lo que creo que la opción correcta es la A.
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En la pregunta de la RESERVA. España hace una reserva de un aspecto que en el Tratado, en su contenido esencial dice reconocimiento automático y sin límites de todos los créditos que hubieses cursado..., por lo que creo que es la opción C.
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buenas
para mí serían:
A-C-AC
En la 3 creo que está en contradiccion con el plan bolonia europeo
Aparte creo que falta información en la redacción de la pregunta y todo puede ser muy relativo como con el tema de la 1ª pregunta
enfin serafin
suerte
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Buenas,
1) Los órganos que participan en la conferencia
Coincido en la opción a), teniendo en cuenta el art. 7.2.c del C.Viena "los representantes acreditados por los Estados ante una conferencia internacional...para la adopción del texto de un tratado en tal conferencia...
Se reafirma en el caso de España, ya que el representante en una conferencia internacional puede negociar, adoptar y autenticar (art. 10.2.d de la Ley 25/2014), pero requiere plenos poderes para manifestar el consentimiento (art. 10.1 de la misma Ley).
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Buenas,
1) Los órganos que participan en la conferencia
Coincido en la opción a), teniendo en cuenta el art. 7.2.c del C.Viena "los representantes acreditados por los Estados ante una conferencia internacional...para la adopción del texto de un tratado en tal conferencia...
Se reafirma en el caso de España, ya que el representante en una conferencia internacional puede negociar, adoptar y autenticar (art. 10.2.d de la Ley 25/2014), pero requiere plenos poderes para manifestar el consentimiento (art. 10.1 de la misma Ley).
Por eso creo que la respuesta al tratado NULO, es la B, porque se le dio poderes para NEGOCIAR, y segun Decreto 801/1972 DE 24 DE MARZO, SOBRE ORDENACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO EN MATERIA DE TRATADOS INTERNACIONALES.
Artículo 6.
La plenipotencia por la que se acredite a una o varias personas como representantes de España para llevar a cabo cualquier acto internacional relativo a un tratado, será extendida por el Ministro de Asuntos Exteriores en nombre del Jefe del Estado.
Artículo 7.
La plenipotencia otorgada a un representante de España expresará e acto o actos relativos a la celebración de un tratado para cuya ejecución esa persona ha sido autorizada. Se entiende que la plenipotencia extendida para negociar un tratado incluye asimismo la facultad de adoptar su texto y autenticarlo.
Pero NO para el consentimiento. Eso creo. La respuesta es la B.
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Con relación a la 1 A, coincido con vosotros., solo negociar, no todos los actos.
La 2c, porque por los requisitos de cambio fundamental de circunstancias no lo veo.
3b considero que en España no pueden realizar el consentimiento, en relación con la primera pregunta.
4c, también por descarte pienso que es esa, la a es falsa, y la b con lo que se expone en el texto y el procedimiento de las reservas entiendo que es la c.
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Ya estoy dudando si es cierto que España no tenga los poderes, según el articulado completo. Pero no pone consentimiento. A ver si alguien da algo de luz.
Artículo 10. Plenos poderes.
1. Para ejecutar en representación de España cualquier acto internacional relativo a un tratado y, en particular, para negociar, adoptar y autenticar su texto, así como para manifestar el consentimiento de España en obligarse por el tratado, la persona o personas que los lleven a cabo deberán estar provistas de una plenipotencia firmada por el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación en nombre del Rey.
2. No necesitarán plenipotencia para representar a España:
a) El Rey, el Presidente del Gobierno y el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
b) Los Jefes de Misión Diplomática y de Representación Permanente ante una organización internacional para la negociación, adopción y autenticación del texto de un tratado internacional entre España y el Estado u organización ante los que se encuentran acreditados.
c) Los Jefes de Misión Especial enviados a uno o varios Estados extranjeros para la negociación, adopción y autenticación del texto de un tratado internacional entre España y cualquiera de los Estados a los que ha sido enviada la Misión.
d) Los representantes acreditados ante una conferencia internacional o ante una organización internacional o uno de sus órganos, para la negociación, adopción y autenticación del texto de un tratado internacional elaborado en el seno de tal conferencia, organización u órgano.
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Ya estoy dudando si es cierto que España no tenga los poderes, según el articulado completo. Pero no pone consentimiento. A ver si alguien da algo de luz.
Artículo 10. Plenos poderes.
1. Para ejecutar en representación de España cualquier acto internacional relativo a un tratado y, en particular, para negociar, adoptar y autenticar su texto, así como para manifestar el consentimiento de España en obligarse por el tratado, la persona o personas que los lleven a cabo deberán estar provistas de una plenipotencia firmada por el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación en nombre del Rey.
2. No necesitarán plenipotencia para representar a España:
a) El Rey, el Presidente del Gobierno y el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
b) Los Jefes de Misión Diplomática y de Representación Permanente ante una organización internacional para la negociación, adopción y autenticación del texto de un tratado internacional entre España y el Estado u organización ante los que se encuentran acreditados.
c) Los Jefes de Misión Especial enviados a uno o varios Estados extranjeros para la negociación, adopción y autenticación del texto de un tratado internacional entre España y cualquiera de los Estados a los que ha sido enviada la Misión.
d) Los representantes acreditados ante una conferencia internacional o ante una organización internacional o uno de sus órganos, para la negociación, adopción y autenticación del texto de un tratado internacional elaborado en el seno de tal conferencia, organización u órgano.
Tú lo dices: "negociación, adopción y autenticación". Ahí no entra el consentimiento. Yo también dudé al leerlo hasta que me di cuenta. Para el consentimiento, según nuestro ordenamiento, se necesita un documento de plenipotencia que acredite tal autorización.
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Pero si tiene un documento de plenos poderes, ya está autorizado para realizar todos los actos no ??
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Pero si tiene un documento de plenos poderes, ya está autorizado para realizar todos los actos no ??
Pues entiendo que si. Entonces cambiaría la respuesta 1 y 3. según mi planteamiento. Puff que lío, de tarde le daré otra vuelta al caso a ver si lo veo con más claridad. Cuanto más leo peor lo entiendo.
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3) El tratado puede ser declarado nulo:
La opción a) la descarto. art. 27 C.Viena, sin perjuicio de las normas de competencia para celebrar tratados (art.46 C.Viena). Tampoco Ius cogens.
Me inclino por la opción b) porque nuestro representante presta el consentimiento en obligarse al firmar (recogido expresamente en el art. 15 del Acuerdo). Esta forma de prestar el consentimiento es válida según el art. 12.1.a del C. Viena, pero nuestro ordenamiento exige la ratificación del Rey (art.22 de L25/2014).
Los art. del C.Viena que hablan de la nulidad de los tratados, en el 46.1 dice que sólo PUEDE ser alegada "en violación manifiesta de una norma de importancia fundamental del derecho interno relativa a la competencia para celebrar tratados" o el art. 48 que habla del error.
Pero me surge la duda con la opción c), ya que el art. 22 de la L25/2014 establece que el Rey... firmará los instrumentos de ratificación y de adhesión que manifiesten el consentimiento de España en obligarse por un tratado internacional. Lo que implica que el tratado no ha sido válidamente celebrado por España.
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Tras revisar nuevamente el caso, me quedo con
1a, los plenos poderes que se le dan pone que es para negociar, asi que me quedo con la a.
2c
3b, porque el poder pone para negociar, entonces no tiene poder para consentimiento.
4c.
Por lo que veo tenemos discrepancias en la 1 y en la 3.
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Buenas tardes,
hemos pasado hace unos días de "cadena" a cadenita corta ;D
en fin, repasando me quedo con las opciones A-C-B-C. Coincido con Fibela
Mas tarde le daré una última pensada, saludos
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Buenas a TOD@S.
En mi opinión, las respuestas correctas son:
1. B
2. C
3. A
4. C
Pero no es más que mi apuesta.
Saludos.
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Buenas a TOD@S.
En mi opinión, las respuestas correctas son:
1. B
2. C
3. A
4. C
Pero no es más que mi apuesta.
Saludos.
Buenas tardes,
Por qué crees que son la 1b y la 3 a?nos puedes dar tu razonamiento?por si los demás estamos equivocados en nuestro razonamiento
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Yo también creo que la 1 es la B, ya que todos tienen poderes para realiar todos los actos del tratado.
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Pues porque el delegado español estaba autorizado para NEGOCIAR y no para prestar CONSENTIMIENTO que son dos cuestiones distintas.
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Por ese razonamiento creo k es la opción a). Está autorizado a negociar, pero no a prestar el consentimiento
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Buenas otra vez.
Un momento de calma y reflexión.
Creo que todos tenemos el mismo caso y las mismas preguntas, pero el orden en que están expuestas las preguntas es distinto en mi ejercicio que en el que ha colgado el compañero.
Amplio información para que no hayan malos entendidos.
Mis preguntas y respuestas están en este orden:
1.- El tratado puede ser declaro nulo:
Respuesta B: Porque el consentimiento de una de las partes (España) ha sido prestado por un representante que no tenia competencia para ello.
2.- La reserva formulada por España:
Respuesta C: No es válida por ser contraria al objeto y fin del tratado
3.- Los órganos que participan en la conferencia:
Respuesta A: Son todos competentes para negociar el tratado.
4.- La declaración de terminación del tratado realizada por España:
Respuesta C: Es válida por haberse producido una violación grava del tratado.
Pa habernos matao....
Disculpad si he podido inducir a error.
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Yo estoy de acuerdo con estas últimas respuestas de Dingus. Me lanzo a la PEC, parece claro. Saludos y suerte a todos,
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Ojito cuando abráis vuestro cuestionario de PEC, a mí me aparecieron las preguntas en un orden distinto al de la PEC del compañero que la colgó aquí ayer.
Según la PEC de ayer sería ACBC y según la que acabo de hacer ahora serían BCAC. Las preguntas sí son las mismas pero, repito, cambia el orden en que aparecen.
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todo aclarado,
un saludo y suerte
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Buenos días. Gracias al compañero Corso por colgar la pec. Y gracias a todos los que habéis participado porque las preguntas se las traen y yo hubiera caído en las de "el tratado puede ser declarado nulo" y en la de "los órganos que participan en la conferencia". Después de ver vuestras respuestas y cotejarlas coincido con los compañeros que creen que el representante de España NO está autorizado para prestar consentimiento. Esta tarde me pongo a hacerla así que seguiré echándole un vistazo.
Gracias a todos por la ayuda.
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Ya está la calificación de la PEC. Suerte
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Con el 5 es suficiente no? Ya en el final solo tengo que hacer 3/4 preguntas no?
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Ya estan las notas de la PEC. Un saludo
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Por circunstancias personales, este año lo he comenzado un tanto flojo de ánimo, todavía no he tocado un libro. Sólo me he matriculado de Internacional Público y Civil IV para febrero. La materia de DIPub me parece muy extensa y ha sido un duro revés no haber hecho la PEC, se me pasó la fecha. Mi cabeza, como digo, anda un tanto perdida. ¿Pensáis que todavía estoy a tiempo de prepararme la asignatura? Pienso, mientras escribo, que os lo pregunto para que me digáis que sí. Ser sinceros.
Gracias.
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Por circunstancias personales, este año lo he comenzado un tanto flojo de ánimo, todavía no he tocado un libro. Sólo me he matriculado de Internacional Público y Civil IV para febrero. La materia de DIPub me parece muy extensa y ha sido un duro revés no haber hecho la PEC, se me pasó la fecha. Mi cabeza, como digo, anda un tanto perdida. ¿Pensáis que todavía estoy a tiempo de prepararme la asignatura? Pienso, mientras escribo, que os lo pregunto para que me digáis que sí. Ser sinceros.
Gracias.
Sí. En serios. Mano a la obra, venga.
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Por circunstancias personales, este año lo he comenzado un tanto flojo de ánimo, todavía no he tocado un libro. Sólo me he matriculado de Internacional Público y Civil IV para febrero. La materia de DIPub me parece muy extensa y ha sido un duro revés no haber hecho la PEC, se me pasó la fecha. Mi cabeza, como digo, anda un tanto perdida. ¿Pensáis que todavía estoy a tiempo de prepararme la asignatura? Pienso, mientras escribo, que os lo pregunto para que me digáis que sí. Ser sinceros.
Gracias.
Venga compañero que si te pones ahora, con tantos dias de fiesta te lo preparas de lujo, hazte con apuntes y manos a la obra, si tampoco tienes tiempo de buscar los apuntes, deja el correo que ya te pasamos algo. Venga animo que cuando veas que apruebas te vienes arriba otra vez!!!. Pasito a pasito, pero nunca frenar en seco....
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Va a ser que el mundo no es un lugar tan malo y todavía queda buena gente. Gracias por vuestros ánimos, Adodu y Fertrillop. Me pongo en marcha. Sea lo que Dios quiera.
En cuanto a los apuntes, me he impreso los de Lili. Extensos quizás. Hay otros de Laurafm más condensados. En cualquier caso, acepto tu ofrecimiento, Fertrillop. Quizá tú tengas mejores materiales para el estudio.
Un saludo cordial. Gracias.
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teneis los exámenes de la licenciatura? para ver por donde van los tiros....
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Sabe alguien si en los apuntes temporales hay algo de casos prácticos de esta signatura? he estado mirando y no hay nada y lo que hay es super antiguo y no me termino de fiar.
En fin agradecería cualquier ayuda
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puff, que pereza da.....
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Hola a todos.....¿por donde pensaís que pueden ir los tiros en el examen para el caso práctico?.....se acepta quiniela ;)
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Hola a todos.....¿por donde pensaís que pueden ir los tiros en el examen para el caso práctico?.....se acepta quiniela ;)
Hola, no tengo ni idea, lo peor es que no he visto ningun caso resuelto. Parece por los examenes de años anteriores que, al equipo docente le gusta los casos relacionados con los espacios maritimos y buques.
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Hola, en el foro de debate de la web oficial de la UNED, una profesora ha subido un caso resuelto. :)
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Gracias x la información. Le echaremos un vistazo.
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Mucha suerte a todos los que vamos hoy, yo estoy rezando porque caiga un caso sobre derecho del mar :'(
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Yo también voy y también mejor que caiga el caso sobre el mar (y alguna preguntilla si puede ser). Mucha suerte a todos, hoy y dentro de 15 días. A ver por dónde vienen los tiros. Esto es tan extenso que la empanada es gordísima.
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Examen hecho, no se han portado nada mal ;)
Para los de la segunda semana, las preguntas de hoy han sido
1. Elementos de la costumbre
2. Causas de nulidad de los tratados
3 asilo territorial
Caso práctico del carguero estadounidense en aguas portuguesas.
Saludos
-
Examen hecho, no se han portado nada mal ;)
Para los de la segunda semana, las preguntas de hoy han sido
1. Elementos de la costumbre
2. Causas de nulidad de los tratados
3 asilo territorial
Caso práctico del carguero estadounidense en aguas portuguesas.
Saludos
El caso del carguero en aguas portuguesas
no se si lo he resuelto bien
he puesto:
1º Que hbia infrongido las normas de DI porque solo estaba ermitido el paso inocente , que se caracteriza por ser rapido e ininterrumpido, salvo por causas de fuerza myor o accidente
2º Si habia infringido las normas porque la plataforma contitnteal incluia el lecho y el subsuelo marino y recolectar plantzs del lecho era una infracción de las normas porque debería tener un permiso administrativo
3º Puse qye no estaba permitida en la jurisdiccion civil la inspeccion, como mucho la expulsion en caso de infraccion de las normas
La verdad no creo que haya acertado mucho, pero al menos le he puesto bastante cosas, a ver si por lo menos me pone un 5
No se si son muy exigentes este ED
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Lo único que has acertado es lo de las plantas. :'(
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Hola,
En el caso he puesto que no se puede pescar en la Z.E.E. por art.56 derecho de soberanía.
Tampoco tomar muestras en la plataforma continental, ya que eran "plantas acuáticas" (si hubieran sido plantas terrestres en el fondo del mar sería la leche) "situadas en el subsuelo" y por tanto recursos vivos de especies sedentarias (también hace falta permiso)
y Portugal sí puede adoptar las medidas necesarias , incluidas la visita, inspección, apresamiento e iniciación de procedimientos judiciales (art. 73). Bueno, los artículos y las otras medidas necesarias los pongo ahora con los apuntes delante. He resumido al máximo, tanto que me ha sobrado espacio. Veremos de qué humor está el que corrige. Suerte a todos.
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Yo las 2 primeras preguntas bien, la del asilo territorial super escueta, lo he definido y he dicho que se garantiza la no devolucion al estado que le persigue pero que tampoco obliga a dar permiso de trabajo ni residencia.... asi que muy floja
Y en el caso practico he respondido bien la 1 y la 3 y mal la 2, que me he columpiado y he dicho que no podia fondear....menudo capullo estoy hecho!
A ver si los pillo de buen dia corrigiendo.... ¿sabeis si son muy estrictos?
Gracias
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Lo único que has acertado es lo de las plantas. :'(
JAJAJA
BUENO, ALGO ES ALGO
a ver si cae el 5 por lo menos
gracias
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Examen hecho, no se han portado nada mal ;)
Para los de la segunda semana, las preguntas de hoy han sido
1. Elementos de la costumbre
2. Causas de nulidad de los tratados
3 asilo territorial
Caso práctico del carguero estadounidense en aguas portuguesas.
Saludos
Muchas gracias, anarosa88. Gran detalle. ;)
Esperemos que sean igual de buenos en la segunda semana.
Un saludo.
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Una pregunta para los compañeros que ya hayan cursado esta asignatura: ¿Cómo se puede desarrollar preguntas tan largas en el recuadro que nos dejan? ¿en plan telegrama? Ni aun con resúmenes que tengo hechos, se puede colocar toda la materia en el dichoso cuadridito. ;D
Muchas gracias.
Un saludo
-
Una pregunta para los compañeros que ya hayan cursado esta asignatura: ¿Cómo se puede desarrollar preguntas tan largas en el recuadro que nos dejan? ¿en plan telegrama? Ni aun con resúmenes que tengo hechos, se puede colocar toda la materia en el dichoso cuadridito. ;D
Muchas gracias.
Un saludo
Te puedo asegurar que hay espacio suficiente, al menos yo escribí todo lo que sabia y no necesité más. ;)
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Te puedo asegurar que hay espacio suficiente, al menos yo escribí todo lo que sabia y no necesité más. ;)
Muchas gracias por contestar, Monet8. En los temas del Mar, por ejemplo, hay preguntas larguísimas, de la que una estoy casi seguro que caerá en esta segunda semana. Creo que voy a tener que hacer un gran esfuerzo de síntesis, sobre la síntesis que ya tenía, jaja. Es el miedo a dejar fuera de la pregunta cosas importantes, pues no sé como son de exigentes a la hora de corregir.
Un saludo.
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Haz la letra chiconina
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Haz la letra chiconina
Muchas gracias, Emiliet. Esa es otra opción. Esto de los espacios tasados con preguntas a desarrollar, lo llevo un poco mal. ;D jajaja.
Un saludo.
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Mi apuesta sería: ZEE
Modos de adquirir territorios
Inmunidad del jefe de estado
Y el caso sobre tratados, negociación, parecido al de la PEC
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Mi apuesta sería: ZEE
Modos de adquirir territorios
Inmunidad del jefe de estado
Y el caso sobre tratados, negociación, parecido al de la PEC
¿En qué tema está recogido la inmunidad del Jefe del Estado? ¿No te estarás refiriendo a la inmunidad de jurisdicción o a la inmunidad de ejecución? :-\
De todas formas es complicado saber qué preguntas son las que pueden caer.
Un saludo
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Buenos días compañeros, estoy intentando resolver el caso práctico sobre la imnunidad, del curso 2017 - 1ª semana. Si alguien lo hubiera resuelto y me lo pasar, o pudieramos resolverlo conjuntamente, el supuesto es el siguiente:
En el año 2015, España decide celebrar un acuerdo de cooperación cultural con Argelia para lograr, entre otros objetivos, la difusión de la lengua y cultura españolas en dicho Estado. En el mismo, España se compromete a abrir varios centros de enseñanza de la lengua española en Argelia en los que trabajarán tanto nacionales españoles como argelinos, a establecer un programa de becas a estudiantes argelinos para que estos completen sus estudios en España y a financiar un seminario anual de expertos en temas hispano-árabes.
El Consejo de Ministros autorizó al Ministro de Asuntos Exteriores la apertura de las negociaciones. Dicho Ministro, a su vez, dio instrucciones al Embajador español en Argelia para que éste llevase a cabo las negociaciones de dicho acuerdo. Concluidas las mismas, el Embajador firmó el acuerdo ad referendum.
Tras la firma, el Consejo de Ministros autorizó al Ministro de Asuntos Exteriores a ratificar el tratado, lo que hizo de forma inmediata. A continuación, el Ministerior de Asuntos Exteriores comunicó a las Cortes Generales la ratificación de dicho acuerdo internacional.
Preguntas:
1. ¿Son competentes, según el Derecho español y el Derecho Internacional los órganos que participan en el proceso de conclusión del acuerdo internacional?
2. ¿Se han respetado las normas constitucionales relativas a la participación de las Cortes Generales en el proceso de celebración de tratados?
3. ¿Podría haberse incurrido en alguna causa de nulidad del tratado?
Gracias.
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Buenos días compañeros, estoy intentando resolver el caso práctico sobre la imnunidad, del curso 2017 - 1ª semana. Si alguien lo hubiera resuelto y me lo pasar, o pudieramos resolverlo conjuntamente, el supuesto es el siguiente:
En el año 2015, España decide celebrar un acuerdo de cooperación cultural con Argelia para lograr, entre otros objetivos, la difusión de la lengua y cultura españolas en dicho Estado. En el mismo, España se compromete a abrir varios centros de enseñanza de la lengua española en Argelia en los que trabajarán tanto nacionales españoles como argelinos, a establecer un programa de becas a estudiantes argelinos para que estos completen sus estudios en España y a financiar un seminario anual de expertos en temas hispano-árabes.
El Consejo de Ministros autorizó al Ministro de Asuntos Exteriores la apertura de las negociaciones. Dicho Ministro, a su vez, dio instrucciones al Embajador español en Argelia para que éste llevase a cabo las negociaciones de dicho acuerdo. Concluidas las mismas, el Embajador firmó el acuerdo ad referendum.
Tras la firma, el Consejo de Ministros autorizó al Ministro de Asuntos Exteriores a ratificar el tratado, lo que hizo de forma inmediata. A continuación, el Ministerior de Asuntos Exteriores comunicó a las Cortes Generales la ratificación de dicho acuerdo internacional.
Preguntas:
1. ¿Son competentes, según el Derecho español y el Derecho Internacional los órganos que participan en el proceso de conclusión del acuerdo internacional?
2. ¿Se han respetado las normas constitucionales relativas a la participación de las Cortes Generales en el proceso de celebración de tratados?
3. ¿Podría haberse incurrido en alguna causa de nulidad del tratado?
Gracias.
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Podríamos hacerlo, porque tiene pinta que será de este estilo
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¿En qué tema está recogido la inmunidad del Jefe del Estado? ¿No te estarás refiriendo a la inmunidad de jurisdicción o a la inmunidad de ejecución? :-\
De todas formas es complicado saber qué preguntas son las que pueden caer.
Un saludo
Tema 14
Privilegios e inmunidades del jefe de estado
Inviolabilidad personal
Inmunidad de jurisdicción penal
Inmunidad de jurisdicción civil
Otros privilegios
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Tema 14
Privilegios e inmunidades del jefe de estado
Inviolabilidad personal
Inmunidad de jurisdicción penal
Inmunidad de jurisdicción civil
Otros privilegios
Ok. El apartado al que te refieres es el de "los órganos centrales o diplomacia directa". Ya fue preguntado con el nombre de ese apartado en febrero de 2015 por el ED, donde va incluido todo lo relacionado con el Jefe del Estado y el Ministro de Asuntos Exteriores. Es una pregunta muy extensa; excepto que este año, si la preguntan, sólo pidan el subapartado del Jefe del Estado al que te refieres.
Un saludo.
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Buenas compis. Hay hots ::)? Suerte el
Martes
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Mi opinión, de forma muy rápida:
En el plano internacional, el jefe de la Misión Diplomática puede negociar y adoptar el tratado, y el ministro de AAEE puede ratificarlo.
No obstante, en Derecho español, un tratado que conlleve obligaciones financieras para la Hacienda Pública debe tener autorización previa de la Cortes (art. 94.1 CE).
No se puede alegar nulidad del tratado porque se necesitaría que hubiera violación manifiesta de una norma interna fundamental. La violación es manifiesta si resulta objetivamente evidente para cualquier Estado que proceda en la materia conforme a la práctica usual de buena fe.
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Alguien sabría resolver los casos de inmunidad que se preguntaron en 2015, 2ª semana y 2016, también 2ª semana?
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Mucha suerte a los que nos vamos a presentar mañana. Esperemos que sean buenos con nosotros, aunque viendo los comentarios de hoy de algunos compañeros de otras asignaturas ya no sé que decir ni pensar :-\ Parece que a los departamentos no les guste que se presente la gran mayoría de la gente la segunda semana, pues son demasiados exámenes para corregir en menos tiempo. :P
Un saludo.
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Que tal os ha ido. A mi regular , ya veremos ::)
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a mí tirando a mal... el art 38 EnHHH???
menos mal que con la PEC ha sido menos la agonía, pero vaya tela con las preguntitas:
- La sucesión de Estado en los tratados.
- Art 38 del TIJ
- El mar territorial.
caso practico de una sociedad pública sueca que contrata una empresa en Ecuador y le piden que apechugue con el contrato de prestación de servicios que contrató y rescindió.
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caso practico, he contestado que era un contrato mercantil privado, que si que itene potestad el tribunal ecuatoriano, y que en caso de alegacion por los suecos que podian citar inmunidad por ser estado por el tratado anterior,
Todo esto a groso modo, desarrollado y tal, que opinion habeis puesto vosotros?
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caso practico, he contestado que era un contrato mercantil privado, que si que itene potestad el tribunal ecuatoriano, y que en caso de alegacion por los suecos que podian citar inmunidad por ser estado por el tratado anterior,
Todo esto a groso modo, desarrollado y tal, que opinion habeis puesto vosotros?
Lo mismo, se trata a mí entender de un vaso de derecho internacional privado , no son actos imperio sino actos de gestión . Son competentes en la ejecucion
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Pues yo el caso en mis respuestas he sido igual a las preguntas . Totalmente ambiguo , las preguntas eran confusas , y mi respuestas igual. Ahora que descifren si si o si no. O si no y si si. :D
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Pues a mi creo que se me ha dado bien, aunque no quiero echar las campanas al vuelo. En el caso práctico, he puesto que el contrato obedece a iure imperii y no a iure gestionis. En mi opinión, no se trata de un contrato privado puesto que la empresa obra en nombre del Ministerio de Asuntos Exteriores sueco y no en el suyo propio... Por tanto existiría inmunidad tanto de jurisdicción como de ejecución y Ecuador no podría hacer nada.
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Y como se puntúa?..
Hice la pec, Tengo una bien, otra mal y el caso creo que bien..
Que son 3,33 puntos cada¿..?
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Para la pregunta práctica yo me he basado en el art. 10 de la Convención sobre Inmunidades de 2004:
"Artículo 10 Transacciones mercantiles.
1. Si un Estado realiza una transacción mercantil con una persona natural o jurídica extranjera, y si en virtud de las normas aplicables de derecho internacional privado los litigios relativos a esa transacción mercantil corresponden a la jurisdicción de un tribunal de otro Estado, el Estado no podrá hacer valer la inmunidad de jurisdicción ante ese tribunal en ningún proceso basado en dicha transacción mercantil.
2. Lo dispuesto en el párrafo 1 no se aplica:
a) en el caso de una transacción mercantil entre Estados; o
b) si las partes en la transacción mercantil han pactado expresamente otra cosa.
3. Cuando una empresa estatal u otra entidad creada por un Estado que esté dotada de personalidad jurídica propia y tenga capacidad:
a) para demandar o ser demandada; y
b) para adquirir bienes, tener su propiedad o posesión y disponer de ellos, incluidos bienes que ese Estado le haya autorizado a explotar o a administrar,
intervenga en un proceso relativo a una transacción mercantil en la cual sea parte dicha entidad, la inmunidad de jurisdicción de que goce ese Estado no resultará afectada."
No sé si será correcto lo que he contestado. Yo he considerado a la Agencia sueca como un ente con personalidad jurídica propia.
Un saludo.
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Y como se puntúa?..
Hice la pec, Tengo una bien, otra mal y el caso creo que bien..
Que son 3,33 puntos cada¿..?
Cada pregunta y el caso práctico se valoran de 0 a 10 y luego se saca la media. Si en alguna pregunta no se llega al 3, suspenso.
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Pues me hubiera ido mucho mejor el exámen de la segunda semana que el que hice la primera. Aquí nunca se sabe qué es mejor.
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alguien sabe donde conseguir apuntes del 2 parcial de esta asigntura. un saludo