Debates. => Área política. => Mensaje iniciado por: Mirella en 22 de Agosto de 2007, 08:38:28 am
-
Sharkozy ha propuesto en Francia la creación de hospitales penitenciarios al que irían los violadores y pederastas al cumplir su pena, centros que no podrán abandonar hasta que un comité de médicos dictamine que han sido curados. Los que admitan el tratamiento podrán disponer de permisos penitenciarios del que saldrán con un brazalete electrónico y un tratamiento químico
Que opinión os merece la medida?
A mi me surge una duda, si se endurece solo esa pena ante el grado de reincidencia de estos delincuentes y esta pena es mayor que la de los asesinatos, no habrá violadores que piensen que matar a sus víctimas les sale gratis?
-
Me surge la duda moral, en principio, pero quizás sería una solución si no creyera, como creo, que el problema de esta gente no radica en el pito, sino en el cerebro. Es una cuestión más bien de dominación de la víctima, de realización de poder, que de placer sexual, según tengo entendido.
En fin, hasta mañana.
-
Lo que es una pena que se plantee en el area política, cuando la verdadera discusión sería si juridicamente no constituye, por mucho que sea voluntad del delincuente, un atentado contra la integridad física que el Estado debe proteger, pues en definitiva se trata de una mutilación.
En fin...
-
Probablemente tienes razón, abre lo en el foro jurídico, si lo abrí aquí es porque es una medida adoptada por un político
-
Yo tampoco tengo claro que sea constitucional, pero como se que hay personas en este foro que se preocupan mas que yo de las víctimas y que conociendonos íbamos a alejarnos de la discusión meramente jurídica, pensé que era el sitio adecuado
-
Mutilación en sí no es, es violentar la naturaleza del hombre. No creo en esta solución, y sí en un mejor control de esta gente.
-
la castración es una mutilación, por mucho que sea química. Aquí no hay formas politicamente correctas, por mucho que sea actuación sobre la líbido, a base de fármacos, el hacer inútil un órgano a través de anular su funcionalidad es mutilación, por más que la definición exacta de mutilar sea cortar. ¿es menos el que no puede usar un brazo teniéndolo, que el que se le amputa? Y cuando hablamos de integridad física, ¿hablamos de qué? No te los corto para no afectar la integridad física, pero te aplico fármacos para anular la funcionalidad, que eso no se ve.
-
Me sorprende que lo único que os haya llamado la atención de la medida del sark sea lo de la castración, porque sera?
-
Sí, si pienso igual que tú, por eso me plantea serias dudas y además creo que el problema está en el cerebro más bien, no es físico. Si el violador no puede violar hará algo igual de malo o peor, creo.
-
como dije al principio yo creo que ante penas tan desproporcionadas eso si puede incitar al violador a hacer algo peor, si da igual que mate o que viole la condena va a ser igual de larga, que mas da
De todos modos el problema en si es grave, esta demostrado que es donde hay mas reincidencia, yo no creo en soluciones efectistas pero esta claro que hay que hacer algo, ahora bien, creo que sarkozy debiera haber consultado con expertos antes de buscar una solucion tan populista y exagerada
-
Me sorprende que lo único que os haya llamado la atención de la medida del sark sea lo de la castración, porque sera?
Porque como abogado me preocupa que la ley penal recupere o imite penas que se dan en paises a los que critico, como cortar manos por robar, dejar ciego o sordo o cosas aún peores si cabe. Porque como abogado me niego a que la ley penal busque la solución más fácil, sin darse cuenta que el individuo es intocable, tal como lo era el niño abusado o asesinado, motivo por el cual se juzga y se aplica la ley al justiciable, pero no se le lincha en la plaza pública. Que se busque el cómo, pero para eso no hay que llegar a la mutilación.
Y sobre todo, porque como me persona me subleva que el Estado tenga tal potestad sobre mi persona, que pueda, en una relación causa-efecto, disponer de mis funcionalidades como ser humano para castigarme.
Lo dicho, cualquier día, Papá Estado me dirá cuando debo ir al servicio
-
Estoy de acuerdo azote, solo quiero decir que la medida va mas allá y os quedais solo con una parte, que hay de recluir toda la vida a una persona por mucho que nos desgrade?
A mi tampoco me gusta que el Estado legisle sobre cuestiones personales, creo que una cosa es buscar un mínimo de normas necesarias para la convivencia y otra cosa es que se metan en lo privado, pero este caso es distinto
-
No, mirella, lo que hay es un delito (por muy asqueroso que sea) y un Derecho que aplicar a ese delito. La prevención, la educación, la incorporación de valores a la sociedad... todo eso está estupendo.
Aquí solamente hay un tema: ¿puede el Estado promover el atentado a la integridad física como medida cautelar o preventiva? porque el caso es que primero cumplen su pena, y luego se les propone la castración química, ¿y si no la aceptan? Pero es más: ¿tiene legitimidad el Estado para proponer a alguien que acepte la mutilación para que no vuelva a delinquir? porque entonces, mejor se aplica a la primera, y si falla, se le ahorca y ya está. Si el Estado va a no respetar y sobre todo garantizar mi integridad física, tal cual da que da lo mismo. Y eso aplican los estados que usan el sistema: si robas, te corto la mano, asi no robas más.
Ese es el tema, planteado desde un punto de vista jurídico.
Otro tema es que hablemos de posibilidades criminólogicas de prevención y de atención-recuperación, y de victimologia, pero jurídicamente el debate importante sería el que ya he dicho.
-
Tienes razón en ese matiz. Pero es que, además, creo que está demostrado que no sirve.
-
Lo que si es cierto es que declaraciones como la del presidente frances "calan" en la gente de toda condición.Particularmente considero que hay determinados delitos que hieren mas la sensibilidad de la gente y que deberian de tener un tramiento distinto.Como encajarlo dentro del ordenamiento juridico es algo que dejo a los expertos pero, hay determinados delitos (pederastas, violaciones, etr) que necesitan una solución especial. >:(
-
me sigue sorprendiendo que lo único que moleste sea la castración química, estoy de acuerdo con peage que probablemente en estos casos este mas en el cerebro que en su pito, según esto son enfermos mentales, para aquellos casos de pederastia que esta demostrado que no son recuperables, existe alguna solución? Que os parece la medida que quiere tomar el ejecutivo francés, no solo la de la castración?
-
Después de pensarlo, creo que las medidas hay que tomarlas en frío, no en caliente cuando están causando alarma social y además pueden ser utilizadas electoralmente. Además es muy indeterminado el concepto de curación en este caso...
En fin, que nadie garantiza soluciones con éste método y ello por:
1. Es una agresión física.
2. A un ciudadano que ha cumplido su pena. O si no, sería una medida complementaria y la pena sería inmensa (también lo es el daño, ojo).
3. Es una medida "en caliente", con la posible precipitación y electoralismo implícito.
4. Es dificilmente demostrable la curación.
5. No sabemos si va a funcionar porque la castración química se dice que no es la solución, al estar el problema en la mente del sujeto.
Saludos.
-
Me gusta tu respuesta, es lo que esperaba, un análisis mas allá de la anécdota, estoy de acuerdo contigo en que las decisiones se toman en frio, si lo hiciéramos acabariamos convirtiendonos en verdugos, y no creo que sea nuestro objetivo
-
me sigue sorprendiendo que lo único que moleste sea la castración química, estoy de acuerdo con peage que probablemente en estos casos este mas en el cerebro que en su pito, según esto son enfermos mentales, para aquellos casos de pederastia que esta demostrado que no son recuperables, existe alguna solución? Que os parece la medida que quiere tomar el ejecutivo francés, no solo la de la castración?
No entro más allá porque que el Estado se haga cargo de un enfermo mental, via ingreso en institución adecuada, es de cajón con esa obligación de protección al ciudadano, así que no inventa nada nuevo. En cuanto quitas el tema de la castración, la situación jurídica es casi casi indiscutiblemente buena, siempre que el objetivo no sea el aislamiento (que para eso bastaría una cadena perpetua), sino la rehabilitación o la curación, lleve el tiempo que lleve.
Pero no solo para pederastas, también para todo aquel que delinque movido por motivos físicos-mentales y que necesitan ese cuidado para su recuperación (incluyo aquí temas de drogas, de depresiones, esquizofrenias, paranoias, psicopatías, sociopatías y sobre todo, y sin perder de vista, maltratadores). Asi que nada que objetar a eso
-
Por cierto, la Generalitat , con el visto bueno del pp catalan y de ciu, esta estudiando lo de la castracion para determinados delincuentes, hay queda eso
-
Triste noticia, muy triste
-
Van a debatir la posibilidad, de entrada algunos sexologos ya se han manifestado en contra, dicen que los violadores se pueden volver mas violentos
-
Hay países donde, según una amiga mía que es de uno de ellos, una mujer puede ir totalmente segura a cualquier hora del día y de la noche por la calle, pues debido a la pena que le imponen al delincuente es más que convincente para que no se atrevan a violar o hacer daño a una mujer.
Hasta la fecha, los violadores y pederastas no han parado de cometer delitos, cumplen su pena y muchos al salir son reincidentes. Solución? al menos con la castración química no tendrán placer de someter a un/a niño/a ni una mujer/hombre. Si uno no quiere que atenten contra su integridad física, pues que no atente él primero contra la integridad física de niñ@s ni mujeres, tan sencillo como eso. A mí no me parece una barbaridad, el que esté seguro de sus principios y valores sabe que no cometerá tales actos y por tanto no le castrarán, y el que no... "el que algo teme por algo será"... Y en el supuesto que he leído de que se pudiera dar el caso con esta ley de que a los violadores les sería más rentable asesinar a la víctima tras violar pues en ese caso, en mi opinión habría de aplicarle la pena correspondiente al asesinato más la castración.
En cualquier caso es mi particular opinión, si en países como Francia y España se está planteando esta medida radical es por un buen motivo, y es que basta escuchar las noticias, día sí y día también escuchamos casos de pederastas, secuestros de niños, violaciones,etc. Algo habrá que hacer, pero desde luego cadena perpétua no creo que lo admitan ni cumplan nunca.
-
...al menos con la castración química no tendrán placer de someter a un/a niño/a ni una mujer/hombre.
Falso, el placer del sometimiento no está solo en la violación, sino en la tortura, por tanto, no haría falta tener capacidad sexual para someter, torturar... Así que, no es solución en ese aspecto
Si uno no quiere que atenten contra su integridad física, pues que no atente él primero contra la integridad física de niñ@s ni mujeres, tan sencillo como eso. A mí no me parece una barbaridad, el que esté seguro de sus principios y valores sabe que no cometerá tales actos y por tanto no le castrarán, y el que no... "el que algo teme por algo será"...
Has aplicado la misma lógica superjurídica que aplica el que dice aquello de "si es que con esas minifaldas, es normal que las violen" Lo que hay que oir.
Cortemos la mano al que roba, las dos al que pone bombas, los pies al que huye, las piernas al que patea en una pelea, los ojos al que mira pornografía infantil en internet, los pechos a quien los usa para prostituirse.... ah, la Constitución, gracias a los dioses, no lo permite. Hoy por hoy, va a ser que somos civilizados, y que nos movemos en un mundo jurídico donde la integridad física es un bien jurídico a proteger, no a destrozar.
Con estos enfoques que se llegan a leer, mi participación ha terminado.
-
Un matiz psicológico de viernes-tarde:
creo que hay estudios que vienen a decir que el placer es debido a la dominación, a la sensación de poder sobre la víctima.
-
Creo que la medida se la están cuestionando en los casos de los pederastas, parece ser que con los violadores las consecuencias no son nada positivas, no se si sera conveniente o no pero si hablamos de proteger a niños , no encuentran otra solución (creo que los tratamientos psicológicos por lo menos en el caso de los violadores no dan resultados positivos), podría ser una alternativa, recluir a alguien toda su vid a mi me parece mas cruel
-
No sé, como bien dijo alguien es mutilación aunque sea química. ¿Constitucional aplicar esa pena?
¿está eso lejos de aberraciones peores?
¿cuál será la próxima medida? ¿lobotomizar a terroristas?
-
Que es lobo.......?
No se peage, los estudios dicen que esas personas no pueden controlar sus instintos, encerrarles toda la vida me parece demasiado y el daño que pueden hacer es tremendo, estamos hablando de niños en muchos casos muy pequeños, a mi me impresiona mas pensar que un niño puede vivir algo así que se le aplique algún tratamiento químico a alguien que no es capaz de llevar una vida sexual normal y puede hacer mucho daño
-
Pero la castración química no funciona. Desaparece la capacidad física de causar un tipo de daño, pero no la necesidad mental de dominar y humillar. Lo harían con objetos o buscarían otro tipo de torturas para obtener similares resultados.
Ahora que queda impresionante salir por la tele diciendo que lo haran... la gente piensa en ello y se le ponen los pelos de punta. No importa que no sirva para nada, solo interesa que alguién está dispuesto a coger el toro por los cuernos y proteger a nuestros hijos...
-
Has aplicado la misma lógica superjurídica que aplica el que dice aquello de "si es que con esas minifaldas, es normal que las violen" Lo que hay que oir.
¿Qué tiene que ver que una persona intente no cometer delitos con esto que dices..? Es totalmente lógico que, como en todo estado de derecho donde impera la Ley a la cual TOD@S estamos sometid@s, se intente mediante Normas prevenir posibles conductas delictivas mediante el castigo, imposición de una pena. Por ejemplo: nuestro código penal castiga con pena x al que asesine, con pena y al que robe, con pena z al que defraude a Hacienda...etc., etc. Pues ahora tan sólo se trata de castigar a los pederastas con la pena w que es la castración química. Tan LÓGICO como esto.
Hoy por hoy, va a ser que somos civilizados, y que nos movemos en un mundo jurídico donde la integridad física es un bien jurídico a proteger, no a destrozar.
¿Civilizados? ¿te parece civilizado el que abusa sexualmente de un/a niño/a o viola a una mujer?, ¿de qué lado estás?!, ¿tienes hij@s Azote?, ¿y/o mujer?, ¿acaso no tienen derecho estas víctimas a la integridad física y psicológica?, también existe el derecho a la libertad de expresión y no por ello se puede insultar, injuriar o calumniar libremente a nadie, también existe el derecho a la libre circulación pero no por ello los asesinos, ladrones, etc. tienen más derecho a, después de cometer sus delitos tener libertad de circular. Me parece que es muy atrevido opinar como tú hasta el día que violen a tus hij@s y mujer, hasta que no te toque a tí realmente es muy "fácil" ir de "civilizado".
Y, por cierto, tu última frase está demás. Yo no estoy de acuerdo con tu planteamiento, pero lo respeto, tan solo me parece poco fundamentado, egoísta (por cuanto da la sensación que te preocupa más el delincuente que las víctimas) y poco realista.
Hubo un caso real de un pederasta que ÉL mismo pidió que le castraran...
Yo pienso que lo mejor sería dejar la opción de decidir a los familiares de las víctimas: los padres que quieran que al delincuente se le castre, que así sea, y el que no... pues que le inviten a pastelitos si quieren y le hagan una fiesta.
-
No sé, como bien dijo alguien es mutilación aunque sea química. ¿Constitucional aplicar esa pena?
Mutilación no es, es inutilizar la función de un miembro, no amputación del mismo.
¿Constitucional? quién ha cometido un delito de agresión sexual, pedofilia, agresión física y psicológica? el niño o la niña o la mujer...?, como antes dije, existe el derecho a la libertad de expresión constitucionalmente protegido, pero ni siquiera habiendo sido previsto en la propia constitución alguien puede expresarse con plena libertad puesto que puede cometer delito de injurias, calumnias.., todo tiene sus límites, y ante la agresión de dos bienes jurídicos prima proteger obviamente a la víctima, no al delincuente.
-
lo que no me ha gustado de la medida de Sarkozy es su anuncio en púnlico y en persona; suena efectista.
En cuanto a lo del internamiento en una institución psiquiátrica... o el brazalete de control más el tratamiento farmacológico... no soy expero en estas lides, pero tal vez, tal vez. La pena sería inmensa, como decía De Peage, pero si la criminología muestra esta capacidad de reincidencia, digamos que sería una medida de seguridad post criminal en defensa de la sociedad.
Si tuviésemos una enfermedad infecciosa por el aire (por supuesto que no me refiero al SIDA), intratable, seguro que nos mantenían en un hospital en una burbuja hasta lograr el alta.
-
Comparto la opinión mayoritaria de descartar la castración química................. yo abogaría más por la física.
Y lo digo convencido. 8)
-
No sé, como bien dijo alguien es mutilación aunque sea química. ¿Constitucional aplicar esa pena?
Mutilación no es, es inutilizar la función de un miembro, no amputación del mismo.
¿Constitucional? quién ha cometido un delito de agresión sexual, pedofilia, agresión física y psicológica? el niño o la niña o la mujer...?, como antes dije, existe el derecho a la libertad de expresión constitucionalmente protegido, pero ni siquiera habiendo sido previsto en la propia constitución alguien puede expresarse con plena libertad puesto que puede cometer delito de injurias, calumnias.., todo tiene sus límites, y ante la agresión de dos bienes jurídicos prima proteger obviamente a la víctima, no al delincuente.
Lo decía en un sentido amplio, como puedes comprobar si lees los post.
La castración química impide la erección, que es una parte de la fisiología humana y considero, por tanto, mutilación.
2. tr. Cortar o quitar una parte o porción de algo que de suyo debiera tenerlo. Mutilar el rezo, el ejército.
Real Academia Española © Todos los derechos reservados
-
En cuanto a la constitucionalidad del tema:
Artículo 15.
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las Leyes penales militares para tiempos de guerra.
Creo que mi punto de vista queda claro.
-
He leído esta mañana un articulo sobre este tema, dice que en Florida y California ya aplican estas medidas , no con mucho éxito, por cierto. E n Francia llevandos años con un programa piloto , con 48 delincuentes y estudian extender el tratamiento. Los expertos dicen que la castración en vez de acabar con la agresividad se puede limitarse a desviarla, como por ejemplo al asesinato. En nuestro país de entrada es inconstitucional, como bien dices , pero están estudiando algunos cambios. La fiscalía planteo la posibilidad de tratar a los violadores y asesinos reincidentes como terroristas, aplicando beneficios penitenciarios a partir de la suma total de las condenas. Se plantea también la posibilidad de establecer medidas de control posteriores y el uso de fármacos como medida complementaria, lo que supondría algunos cambios legislativos. En cuanto a los programas de tratamiento psicológico que reciben le reincidencia es del 4% en el caso de los que se someten a estos tratamientos, frente al 18% de los que no lo reciben. Por ultimo, según dice un psicólogo estos individuos, son personas que no son capaces de comprender los sentimientos de los demás, existen unas terapias para que aprendan estrategias de empata y de control de sus impulsos, aunque algunos expertos reconocen que hay casos donde no existen garantías de éxito
-
MK, mi última frase no está de más, porque intenté hacer planteamientos jurídicos, y salís con el apasionamiento, que nada tiene que ver con el mundo jurídico, pues como tu mism@ planteas, buscas la opinión de si a mi me violan a un hijo... y eso no es Derecho. Pero como no lees, yo paso de intentar encauzar el tema al Derecho. Eso si, espero que nunca estés en el turno de oficio...
-
azote hombre no te pongas así. Si tú también lees de nuevo mi opinión y argumentación sobre el tema, verás que sí, efectivamente hay apasionamiento en el mismo, pero también argumentación jurídica, pues si te das cuenta verás que comparo este delito con otros, además comparo otros valores y principios recogidos en nuestra Constitución como prueba de que no por ser amparados por la misma no por ello tienen un alcance ilimitado. Es obvio que el derecho a la vida y a la integridad física son unos de los bienes jurídicos protegidos por nuestro ordenamiento jurídico, pero también es cierto que incluso estos tienen sus límites igualmente regulados por ley, por poner un ejemplo, yo debo respetar la vida de los demás pero si alguien intenta asesinarme tengo todo el derecho a defenderme y repeler la agresión, y si resulta que como consecuencia de mi LEGÍTIMA DEFENSA mato al que iba a asesinarme, a mí me aplican la susodicha eximente si se dan los requisitos penalmente establecidos para ello. Con esto quiero decir que, en el caso que aquí debatimos, si un pederasta tiene derecho a la vida y a la integridad física, también la víctima tiene los mismos derechos, pero el delincuente es él, y por tanto, hay que castigar al pederasta, desde luego con penas adicionales a la privación de libertad para evitar en lo posible que pueda seguir violando, si con la castración química se evita al menos que cometa este delito, algo es algo, aunque pueda seguir matando, también puede robar, cometer injurias o calumias, inducir al suicidio, etc...
Mi opinión es una mezcla de moralidad (apasionamiento como tú dices azote) y su reflejo normativo y fundamentación jurídica, pues las normas en su mayoría son reflejo de los valores morales de una determinada sociedad y época. No es lo mismo España que Afganistán, por ponerte un ejemplo azote, pues como comprenderás las Normas de uno y otro país son totalmente diferentes puesto que la cultura, costumbres, valores morales y principios de uno y otro son distintos... Tampoco los valores de la España de "Paquito" también eran diferentes a los de ahora.
Y lo de tu última frase, sigue estando de más, pues sea más o menos apasionada tengo tanto derecho como tú a opinar, mientras no ofenda a nadie.
Por último, una dirección que habla de delincuentes que ellos mismos pidieron la castración química:
http://www.adeguello.net/ade05ene3.htm
-
Eso si, espero que nunca estés en el turno de oficio...
Por cierto, azote, puedes dormir tranquilo, no estaré nunca en el turno de oficio, no ejerceré.
-
No, verás: mezclar lo que se quiere sin que se sujete jurídicamente por ningún lado no es debatir desde un punto de vista jurídico, ni mucho menos.
Aclaración: la Constitución dice que la integridad física es un bien jurídico que se protege al máximo, como derecho intrínseco al ser humano. No dice, por más que lo leo, nada de "salvo que alguién haga daño a alguien, que entonces el Estado se reserva la capacidad de mutilar, disfuncionar o inutilizar cualquier órgano, miembro, apéndice, sistema fisiológico o demás"
La Constitución dice esto:
"Artículo 15.
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las Leyes penales militares para tiempos de guerra."
Y es un derecho absoluto, tanto que cuando alguien atenta contra él, se le aplica el siguiente escalón de la cadena: el Código penal, en el que los ataques a los bienes jurídicos protegidos se convierten en delito y tienen su pena. Y punto.
Intentar mezclar la defensa propia con otras situaciones, intentar decir no se que del derecho al honor.... pero veamos: si todo el mundo respetara a los demás, no harían falta leyes penales, pero como no es así, el Estado se inviste de imperium y potestas, y dicta normas penales, tipifica los delitos, tipifica las penas, las regula, pero siempre, y entiende esto, SIEMPRE, de la propia Ley que enmarca su actuación, es decir, aplicando el artículo 15 de la Constitución, que le prohibe emplear lo que para otros es causa delictiva a aplicar.
Y tal como he dicho, el artículo es tajante: el Estado no puede aplicar ninguna pena que atente contra la integridad física. Porque en ese lio que te haces con los derechos fundamentales y demás, sin saber muy bien donde quieres llegar, olvidas eso, que es lo fundamental. Por eso el Código penal se autolimita, porque nace de la Ley superior que ordena el resto del sistema, es decir, el Estado no puede aplicar ninguna pena que suponga un atentado a la integridad física, porque esa misma actuación se enmarcaría como conducta punible del Estado (arts. 149, 150 y 151 del Código penal, para este caso de la castración química, los artículos referidos a las lesiones para otro tipo de barbaridades que posiblemente pienses que deben aplicarse a otros delitos)
Gracias a los dioses, de nuevo, esto es así. Si no, me veo como los verdugos de adulteras, a pedradas con todo prójimo que haga algo malo. Para que queremos leyes, habiendo piedras, palos e inyecciones mágicas.
-
http://criminet.ugr.es/recpc/recpc_04-05.html
Hay cosas que recuerdan tanto a otras...
-
Ok azote, queda clara tu opinión. Lo he en-ten-di-do perfectamente. Aunque no comparto algunos aspectos que no voy a seguir debatiendo porque me llevaría mucho tiempo el cual prefiero dedicarlo a estudiar para los examenes de septiembre, como comprenderás.
Tan solo una cosa: haga lo que haga el Estado, si a mi hijo/a algún cabr´_nazo le hiciera algo, por mis muertos que yo misma le corto los wevos de un tijeretazo. Iba a saber lo que es castración pura y dura, y aún así soy benévola para lo que se merece...Lo siento azote, aquí no puedo ser objetiva, seré pasional pero a mi hijo/a no le toca nadie. Si el Estado y el ordenamiento jurídico es ineficaz para evitar estos delitos... estoy segura que no sería la única madre/padre que haría lo mismo, incluído tú.
Por cierto azote, ¿qué pena efectiva impondrías tú a estos delincuentes?
-
No viene aqui al caso relatar toda mi visión penológica de lo que yo haría o no haría, he intentado mantener el debate dentro de lo que es el Derecho tal cual es, no como para mi debería ser. Si hiciera eso, esto simplemente no sería ni un foro, sino un nido de grillo diciendo cada uno como torturaría a tal y cual delincuente. Y ya hable al principio un poco sobre mi idea.
Y en lo de aislar el hecho del Derecho, puede que no difiera mucho de lo que tu harías si te tocan un hijo, eso tenlo claro. Pero el sujeto y la sociedad son cosas muy distintas.
-
Ok. Tienes razón.
-
"Soy un peligro público", exclaman los mismos agresores sexuales, pidiendo que no les dejen salir de prisión.
Aun así, no se les puede aplicar cualquier pena. Las penas privativas de libertad tienen su límite, la castración química no se puede aplicar como pena en este país ya que sería inconstitucional en primer lugar y en segundo lugar, necesitaría una ley penal para apoyarla y sólo en caso de consentimiento del preso. En todo caso, se trataría de una medida más que de un castigo y hay que analizar bien su eficacia.
Pues bien, existen dudas más que garantías sobre este método terapéutico: consiste en administrar ciertos medicamentos que influyen en el sistema hormonal disminuyendo la libido. Estos efectos son precisamente reversibles ,de modo que si se dejan de tomar la píldoras, todo vuelve a su sitio.
Tal como ya se ha comentado aquí, aún tomándolas religiosamente (nunca mejor dicho), no está nada claro que el agresor sexual no vuelva a por una víctima. Su conducta agresiva y sexualmente reprimida puede buscar otra válvula de escape y encima verse desviada a la agresión sin más o al asesinato por frustración sexual. No hace falta ser psicólogo o psiquiatra para saber que el sexo está dirigido por las neuronas, no solo por las hormonas.
Dado que se están logrando bastante buenos resultados con las terapias psicológicas no comprendo por que tanto el presidente Sarkozy como otros políticos no siguen por este campo. ¿Será un tema financiero, de medios?
No debería serlo por el alto coste social pero no hay que confundir al público. Tanto en Francia como en otros sitios existen leyes para aplicar medidas para la, por otro lado muy difícil, rehabilitación de presos reincidentes muy graves.
Tal vez no se aplican bien estas medidas y no se disponen los medios suficientes. ¿Por qué no se tratan a todos los presos mientras que están cumpliendo condena, por qué no se sigue el tratamiento al salir de la cárcel y se hace un seguimiento con medidas de control, aparte del uso de medicamentos para el que está ya convencido gracias a una terapia con éxito.
Estoy segura que si todas las medidas se aplicasen con rigor (y por obligación a excepción de la castración química), se podría combatir un porcentaje más alto de reincidencias.
-
Todos repetis hasta la saciedad que la castración química es inconstitucional, pero ¿Es así realmente?
También la Constitución protege el derecho a la vida y sin embargo permite la pena de muerte en determinados casos (tiempo de guerra).
-
No es del todo cierto, pulpo, eso ya se corrigió hace tiempo, tras bastante tiempo detrás de que se aboliera... así que no es válido ese aserto.
"El 1995, después de una larga campaña de Amnistía Internacional, y de las acciones de diferentes organizaciones sociales e iniciativas individuales, con el acuerdo final de todos los partidos políticos, se abolió finalmente también la pena de muerte de la legislación militar.
La abolición de la pena de muerte en España no es absoluta, puesto que la Constitución Española sigue diciendo, en el artículo 15, que queda abolida "excepto en aquellos casos que pudiera establecer el código de justicia militar en tiempo de guerra". Esto quiere decir que, aunque la pena de muerte haya sido abolida de la ley militar en todos los casos, su reintroducción para determinados delitos en tiempos de guerra no sería inconstitucional.
No obstante, plantear la reintroducción de la pena de muerte en el código militar para delitos cometidos en tiempos de guerra, a pesar de no violar el artículo 15 de la Constitución, iría en contra el Segundo Protocolo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, firmado por España."
http://www.amnistiacatalunya.org/edu/es/historia/pm-espana.html
Aún asi, comparar no se puede, lo uno con lo otro, puesto que aunque, como dice el artículo, se reincorporara al Código de Justicia Militar, sigue sin cuadrarse lo del atentado a la integridad física con la posible pena de muerte en caso de guerra. Espero que notes la diferencia. Es un planteamiento no válido para el Código Penal ni en caso de guerra tan siquiera.
Tampoco es comparable con el aborto, puesto que en este caso lo que se discute hasta la saciedad es en que momento es un ser humano, y a partir de ahí, es intocable. Pero se basa pura y llanamente en un concepto más o menos moral, con su pequeña dosis de ciencia, de cuando se inicia la vida como ser humano y por tanto, ya es inviolable.
Nada que ver, distintos debates.
-
Todos repetis hasta la saciedad que la castración química es inconstitucional, pero ¿Es así realmente?
También la Constitución protege el derecho a la vida y sin embargo permite la pena de muerte en determinados casos (tiempo de guerra).
Pulpo, eso depende de lo que entendamos por integridad física y moral y por pena inhumana y degradante. Si de mí dependiera, por descontado que es inconstitucional. Ignoro si hay jurisprudencia, aunque me temo que no.
Saludos.
Pd. También se permite el aborto en ciertos supuestos, pese al derecho a la vida.
-
Varias cosas:
-Yo creo que la castración química sí es una mutilación.
-La castración sería, según la plantean, no como pena obligatoria, sino como acto voluntario del condenado por delitos de violación, precisamente para librarse de la condena.
-Una operación de estética, una donación de un riñón entre familiares vivos ¿no es también una mutilación voluntaria?
-Creo que no se iba a acabar con todas las violaciones, por la carga de dominación que todos habéis señalado que tiene este tipo de delitos, pero ¿Y si funcionase en un alto número de ellos?
-Y si esto ocurriese, ¿se vería el legislador tentado a imponerlo como pena, en lugar de ser opcional?.
Otra cosa: ¿Alguien sabe si es posible este tipo de castraciones con efectos no permanentes, o sea, reversibles? Si esto fuese posible no se perdía nada por probar...
-
La castración química es reversible, lo que pasa es que su eficacia en el caso de los violadores no es muy buena, de utilizarla se lo plantean para los pederastas
No es una pena como tal, es una medida complementaria para aquellos casos en los que parece que la rehabilitación no es posible
-
¿En qué paises se utiliza como medida complementaria? ¿Hay algún pais con experiencia en este tema y datos fiables de resultados?
-
http://www.cronicasocial.com/actualidad_comun/reportaje/reportaje_noticia2.html
http://www.diariosur.es/20070826/espana/pena-infinita-20070826.html
Es decir, que no es lo mismo que yo voluntariamente me aumente un pecho o dos, a que sea una medida a cambio de otra, lo cual lo convierte en parte de la pena: lo que es una pena alternativa, vaya.
-
-La castración sería, según la plantean, no como pena obligatoria, sino como acto voluntario del condenado por delitos de violación, precisamente para librarse de la condena.
Un acto voluntario que, de no aceptarse, conlleva cadena perpetua, ¿no?
-
En la propuesta del presidente francés así seria, si cumplida la pena, un grupo de expertos considera que la persona sigue siendo un peligro, se la internaría en un centro especial, del que solo podría salir si acepta el uso del brazalete y la castración química, no deja de ser una cadena perpetua
Se aplica en dos Estados Americanos, California y Florida y en Francia hay una experiencia piloto con un grupo de pederastas que se someten voluntariamente, en el caso de EEUU los resultados no han sido buenos
No estamos hablando de una castración física, de la castración química, la química si es reversible, por lo que amputación como tal no creo que se pueda considerar
-
Puede que sea una pena, pero una pena que permite a una persona, que no es capaz de controlarse, a llevar una vida libre en el resto de los aspectos. El tratamiento para la esquizofrenia también tiene efectos secundarios terribles, y nadie se plantea dejar de medicar a los enfermos. La simple hipertensión es tratada con medicamentos que causan en muchas ocasiones impotencia, pero: ¿impotente o muerto de un infarto?.
Los delincuentes sexuales reincidentes tienen una enfermedad, en parte psicológica, en parte física (si no fuese física no estaríamos hablando de esto). Las medicinas sirven para regular los desajustes, aunque tengan efectos secundarios (no hay más que leerse el prospecto de la aspirina).
¿Hasta qué punto es mutilación y hasta que punto tratamiento? ¿no es más un tratamiento que una pena? No se impone, y cuando se utiliza se hace para evitar un mal mucho mayor, no como castigo al violador (si no evitase las violaciones, no se aplicaría) .
Encima es reversible, con lo que si el condenado no resiste el tratamiento puede abandonarlo y recuperar sus funciones.
-
El que algo quiere, algo le cuesta. Quieres libertad: asegúranos que estás dispuesto a prescindir de un miembro que no eres capaz de controlar.
A lo mejor con el tiempo, forzándo la máquina físicamente, se moldea o se adormece su instinto o su psique de violador, pudiendo dejar el tratamiento y reinsertándose.
-
El que algo quiere, algo le cuesta. Quieres libertad: asegúranos que estás dispuesto a prescindir de un miembro que no eres capaz de controlar.
A lo mejor con el tiempo, forzándo la máquina físicamente, se moldea o se adormece su instinto o su psique de violador, pudiendo dejar el tratamiento y reinsertándose.
Hombre, ese alomojó... me parece que no podemos arriesgarnos.
Por otra parte, la pena es para castigar y reinsertar, según tengo entendido. Y esa pena es una medida preventiva. ¿No se desvirtuaría la naturaleza? ¿Se pueden adoptar medidas de seguridad perpetuas?
Para eso que pongan directamente cadena perpetua.
Digo yo.
-
Para que no robes, te corto la mano? Pues es lo mismo. El tratamiento, como se puede leer en varios sitios, no es efectivo per se, necesita una atención profesional paralela. Si lo que estamos discutiendo es si puede llevar una vida normal.... argumento lo que ya argumenté: si el problema es la líbido exaltada, como enteramente sexual, posiblemente la mejor opción sea un tratamiento psiquiatrico, al estilo de los que se aplican a la adicción sexual. No hay que intervenir en la fisiología del individuo buscando la "mutilación" de sus aptitudes físicas.
Pero si hablamos de que este tipo de delincuente se mueve por motivos bastantes distintos al deseo sexual, como dominación, crueldad, carácter violento y desviado.... poco vamos a hacer con el fármaco, porque lo que necesita es estar ingresado (no encarcelado), todo el tiempo que haga falta, hasta que se recupere de ese problema. Y por tanto, hay fármacos que no le causan esa disfunción, o aunque se usen los mismos, no es porque el Estado diga: o esto, o a no ver la luz más en la vida, es porque se está llevando a cabo un dessideratum del Derecho penal: la recuperación del individuo, y no su anulación (o la anulación de una función intrínseca al cuerpo humano). Ahí es donde, desde mi punto de vista, el Estado aplica lo mismo que prohibe: atentado contra la integridad física.
El planteamiento de "quieres libertad? pues...." me resulta muy muy peligroso.
-
Estoy de acuerdo , azote, tus argumentos son muy lógicos, probablemente haya que discutir las opciones posibles, yo tampoco estoy de acuerdo con el endurecimiento de las penas, no creo en la cadena perpetua ni por supuesto en la pena de muerte, creo que hay que buscar la reinserción; en estos casos , si estamos hablando de enfermos mentales, además de la pena estoy de acuerdo con su internamiento en un centro hasta que los responsables sanitarios decidan que puede reincorporarse. De todos modos es un tema complejo, los tratamientos psicológicos que se han empleado en algunas cárceles con violadores no han dado buenos resultados, los mismos psicólogos reconocen que es frustrante porque no consiguen que estas personas demuestran la mínima empatia con sus víctimas; en Cataluña despues del caso del violador que aprovecho un permiso para violar y asesinar se creo una comisión, esta persona estaba dentro de uno de esos programas; en cuanto al tratamiento químico ,los estudios que están realizando demostraran si sirven para algo o no
-
El planteamiento de "quieres libertad? pues...." me resulta muy muy peligroso.
[/quote]
No es peligroso: se trata de un compromiso. A lo largo de nuestra vida y casi siempre que ejercemos nuestra libertad para escoger algo, renunciamos a otras cosas que son incompatibles con ésta que hemos escogido. Se trataría de escoger entre lo menos malo: o mucha paja en la cárcel, o vivir como un monje en libertad
-
Medidas preventivas si se adoptan antes de la comisión de un delito, seria una barbarie, en este caso yo creo que si son enfermos mentales que pueden poner en riesgo a los demás, lo lógico es que haya un centro especializado que los trate hasta su recuperación, mismo q cadena perpetua, no
-
El planteamiento de "quieres libertad? pues...." me resulta muy muy peligroso.
No es peligroso: se trata de un compromiso. A lo largo de nuestra vida y casi siempre que ejercemos nuestra libertad para escoger algo, renunciamos a otras cosas que son incompatibles con ésta que hemos escogido. Se trataría de escoger entre lo menos malo: o mucha paja en la cárcel, o vivir como un monje en libertad
[/quote]
Es un arma peligrosa, la libertad o la privación de la misma nunca puede funcionar como un trueque, y menos en manos del Estado. La libertad se protege, la privación de libertad se aplica de forma restringida, pues el derecho penal es lo último de lo último que se debe aplicar, y siempre en un equilibrio imperfecto. Por tanto, en esta ecuación, introducir el término "a voluntad del delincuente", personalmente me pone los pelos de punta, porque de entrada la regulación de las penas sería bastante insegura, cuando la seguridad juridica debe ser total
-
Medidas preventivas si se adoptan antes de la comisión de un delito, seria una barbarie, en este caso yo creo que si son enfermos mentales que pueden poner en riesgo a los demás, lo lógico es que haya un centro especializado que los trate hasta su recuperación, mismo q cadena perpetua, no
Es que en este caso sería para prevenir futuros delitos, si no qué sentido tiene.
-
El planteamiento de "quieres libertad? pues...." me resulta muy muy peligroso.
No es peligroso: se trata de un compromiso. A lo largo de nuestra vida y casi siempre que ejercemos nuestra libertad para escoger algo, renunciamos a otras cosas que son incompatibles con ésta que hemos escogido. Se trataría de escoger entre lo menos malo: o mucha paja en la cárcel, o vivir como un monje en libertad
Es un arma peligrosa, la libertad o la privación de la misma nunca puede funcionar como un trueque, y menos en manos del Estado. La libertad se protege, la privación de libertad se aplica de forma restringida, pues el derecho penal es lo último de lo último que se debe aplicar, y siempre en un equilibrio imperfecto. Por tanto, en esta ecuación, introducir el término "a voluntad del delincuente", personalmente me pone los pelos de punta, porque de entrada la regulación de las penas sería bastante insegura, cuando la seguridad juridica debe ser total
[/quote]
Hombre, Azote, ese planteamiento no lo veo claro: ¿no escogemos todos los dias entre no delinquir (libertad) o sí hacerlo (cárcel)?
-
para prvenir futuros delitos y para reinsertar a un delincuente
-
No me entiendes: el internamiento condicionado a la castración química sería una medida de seguridad para prevenir futuras agresiones. Me pregunto. Ya que no tiene naturaleza reinsertadora ni punitiva, puesto que si acepta el tratamiento sale libre al cumplir la pena, pero por otra parte me doy cuenta de que a la vez podemos considerar que sí es reinsertadora porque la coacción de poner al delincuente ante la tesitura de salir libre con un tratamiento o no salir, hace que, de salir se facilite la reinserción, pero es un tema algo complejo y estoy demasiado cansado para pensar con claridad como demuestra el que estoy escribiendo sin puntos ni comas cuando normalmente mis frases son concisasbrevesybienestructuradas. QuizáestoyempezandoaechardemenosaUmbralsinsaberlo.
-
No, no se trata de salir si acepta el tratamiento, perdona si no lo he dicho bien, por lo que yo leí se trata de aceptar el brazalete y el tratamiento químico para que puedan obtener permisos penitenciarios, pero no es a cambio de libertad
-
Los que admitan el tratamiento podrán disponer de permisos penitenciarios del que saldrán con un brazalete electrónico y un tratamiento químico
???
-
si, solo podrán salir si un comité de expertos decide al concluir su reclusión que están curados
-
De peage:
eso es salirse del derecho para entrar de lleno en el comportamiento humano, en la obligatoriedad propia de cumplir la ley, acatarla, el por qué del bien y el mal, los valores humanos, los valores sociales....
Aquí solamente pretendo hablar de Derecho, pero podemos discutir sobre la bondad o maldad intrínseca a la condición humana cuando desees, en otro hilo. Y el Derecho no puede implicar el chantaje por un lado (el estatal) y el voluntarismo de como cumplir la pena impuesta para determinados castigos por otro, ya que en este caso, que no se garantiza la recuperación, sería como darle una pistola sin balas a un psicópata compulsivo. Solamente tiene que dejar de tomarla una vez... y su pene acompañara a su cerebro.
Me parece peligrosísimo, de verdad.
-
Estaba hablando en general: el Derecho Penal es esencialmente coactivo. A tal delito, tal pena.
-
La verdad que sólo he leído algún comentario por falta de tiempo. Pido excusas por adelantado si meto la pata en algo. Estoy de acuerdo en que este tema debería haber ido a los debates jurídicos. En todo caso participaré en los siguientes puntos:
1º.- Creo que del mensaje inicial no se desprende que haya pena de castración química. La verdad, no me he enterado bien, pero si se plantea como voluntaria… ¿desde cuándo una pena es voluntaria?
2º.- Las automutilaciones no están penadas por la ley. Las lesiones o mutilaciones siempre han de ser causadas por otro (aunque medie consentimiento válido y libre). Aunque la castración química voluntaria, a no ser que haya sido realizada por el castrando no es automutilación.
3º.- No existen derechos absolutos y, por ende, el art. 15 CE no es absoluto. La vida no sólo tiene su límite en el hecho físico de la propia muerte y en el hecho social de la pena de muerte (constitucionalmente admitida para tiempos de guerra), sino también en los otros derechos, valores y bienes constitucionales. Lo mismo ocurre con la integridad física y moral. Están las pruebas de alcoholemia y las de ADN y que yo sepa los antidisturbios (cuerpo de seguridad del Estado) recurren a la fuerza física y dañan la integridad de las personas.
4º.- La castración voluntaria no es un trato degradante como no lo es que te corten las uñas de los pies a petición propia. Y como para mí no lo es y para otros sí, pues nada, no hay tu tía. Es lo que tienen los conceptos densos o esencialmente controvertidos, que son lo que dice el TC.
Salus et Res Publica,
IUS
-
Estimado IUS:
la aplicación de la fuerza por las Fuerzas de Seguridad ante un peligro inminente no lo puedo comparable con el tema del famoso tratamiento para pederastas. Si hablásemos de si es lícito o legitimo pegar un tiro a un violador al que se le coge en el momento que va a perpetrar el delito, si podríamos hacer esa comparación. Pero aqui la comparación sería, según mi visión, si es legítimo que los antidisturbios nos den una bofetada cada día por aquello de que no vayas a hacer nada malo.
Sobre las pruebas de alcoholemia, y las de ADN, resultando tema interesante, tampoco es comparable, puesto que aquí, según mi punto de vista, se trata de si para evitar delitos futuros se puede, desde el Estado, proponer a un tio que se deje "disfuncionar", pero eso, como anulación de esa persona (puesto que se piensa que aplicando ese tratamiento no volverá a delinquir, cosa aún por demostrar, y que para mi opinión, excede de la obligación de tutela de un Estado que, por otra parte, impide que tomemos decisiones sobre nuestra propia en determinados casos), en lugar de aplicarle un ingreso hasta la recuperación. Y no creo que el delincuente pueda tener esa capacidad de decisión sobre un tema que es lego, salvo que el pederasta sea médico. Así que no creo, y solamente es mi punto de vista, que el Estado tenga esa potestad.
-
IUS, como siempre, MAGISTRAL, tanto en la forma como en el fondo. Totalmente de acuerdo contigo.
Ninxa. :)
-
La verdad que sólo he leído algún comentario por falta de tiempo. Pido excusas por adelantado si meto la pata en algo. Estoy de acuerdo en que este tema debería haber ido a los debates jurídicos. En todo caso participaré en los siguientes puntos:
1º.- Creo que del mensaje inicial no se desprende que haya pena de castración química. La verdad, no me he enterado bien, pero si se plantea como voluntaria… ¿desde cuándo una pena es voluntaria?
2º.- Las automutilaciones no están penadas por la ley. Las lesiones o mutilaciones siempre han de ser causadas por otro (aunque medie consentimiento válido y libre). Aunque la castración química voluntaria, a no ser que haya sido realizada por el castrando no es automutilación.
3º.- No existen derechos absolutos y, por ende, el art. 15 CE no es absoluto. La vida no sólo tiene su límite en el hecho físico de la propia muerte y en el hecho social de la pena de muerte (constitucionalmente admitida para tiempos de guerra), sino también en los otros derechos, valores y bienes constitucionales. Lo mismo ocurre con la integridad física y moral. Están las pruebas de alcoholemia y las de ADN y que yo sepa los antidisturbios (cuerpo de seguridad del Estado) recurren a la fuerza física y dañan la integridad de las personas.
4º.- La castración voluntaria no es un trato degradante como no lo es que te corten las uñas de los pies a petición propia. Y como para mí no lo es y para otros sí, pues nada, no hay tu tía. Es lo que tienen los conceptos densos o esencialmente controvertidos, que son lo que dice el TC.
Salus et Res Publica,
IUS
1. Eso me preguntaba yo. Pero en cierto modo ¿no hay coacción- si mal no entiendo- en el fondo supeditando la salida del centro de internamiento a la castración química? Si quieres salir, es por tanto obligatoria. Sin embargo, ¿qué naturaleza tiene esa medida, IUS? ¿Medida de seguridad frente a futuras agresiones? Es un tema complejo a mi entender.
2. Evidentemente, no hay automutilación, pues viene impuesta por el Estado para poder salir del centro penitenciario. Enlaza con el punto anterior. Lo mismo que no hay suicidio si alguien "desconecta la máquina", aunque lo pida el enfermo terminal. (Digo yo). En ambos casos hay participación activa de un tercero, en el caso que tratamos, el Estado.
3. 100% de acuerdo.
4. Como bien dices, es opinable que sea un trato degradante. Yo opino lo contrario. Sin embargo, no me negarás que menoscaba la integridad física y moral.
Saludos.
-
Yo no estaba comparando el ejercicio de la fuerza por las FCSE con la castración química. Tampoco las pruebas de alcoholemia ni las de ADN (aunque estas últimas es otro cantar). Hice ese comentario en el punto 3, donde hablaba de que no hay derechos absolutos. Lo que puse eran ejemplos de razones que acreditan que no son absolutos. Tal reflexión vino motivada por este párrafo que leí:
La Constitución dice esto:
"Artículo 15.
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las Leyes penales militares para tiempos de guerra."
Y es un derecho absoluto, tanto que cuando alguien atenta contra él, se le aplica el siguiente escalón de la cadena: el Código penal, en el que los ataques a los bienes jurídicos protegidos se convierten en delito y tienen su pena. Y punto.
Los derechos no son absolutos. Y punto. Pero el punto no lo pongo yo, sino el TC en multitud de sentencias (algunas de ellas ya las cité en otro lugar).
Salud,
IUS
-
Sólo algunos apuntes más en referencia a los últimos comentarios.
“…. la presidenta de la Asociación de Defensa de Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos (ADAVASMYT), Rocío Mielgo, asegura que la castración química puede provocar una «violencia más extrema» en los agresores sexuales debido a la «impotencia» que les provocaría verse castrados. De esta forma, afirma, «la vida de la víctima correría mayor peligro». «No sirve de nada ya que los abusos sexuales, y específicamente cuando se trata de menores, no tienen por qué estar relacionados con el deseo sexual sino que tienen que ver con el dominio y el hacer daño», apunta.
Yo diría que sirve para acompañar otras medidas de rehabilitación. Queda claro que la castración química no se puede considerar una mutilación ya que, tengo entendido, es siempre reversible. Al contrario, sus efectos requieren una regular medicación (píldora diaria o inyección mensual). También parece que los psicólogos están de acuerdo que adolece de eficacia para evitar agresiones sexuales si el agresor no está totalmente convencido siendo la cooperación voluntaria fundamental y por tanto hace inútil el debate sobre la constitucionalidad. Los principios constitucionales no permiten una vulneración de la integridad física y el trato denigrante del preso pero nada hay en contra de medidas de seguridad y apoyo a la reinserción.
Las medidas de seguridad y las penas vienen bien diferenciadas en nuestro Código penal. El CP también concede a los jueces acordar por obligación ciertas medidas como:
a. Sumisión a tratamiento externo en centros médicos o establecimientos de carácter sociosanitario.
b. Obligación de residir en un lugar determinado.
c. Prohibición de residir en el lugar o territorio que se designe. En este caso, el sujeto quedará obligado a declarar el domicilio que elija y los cambios que se produzcan.
d. Prohibición de acudir a determinados lugares o territorios, espectáculos deportivos o culturales, o de visitar establecimientos de bebidas alcohólicas o de juego.
e. Custodia familiar. El sometido a esta medida quedará sujeto al cuidado y vigilancia del familiar que se designe y que acepte la custodia, quien la ejercerá en relación con el Juez de Vigilancia y sin menoscabo de las actividades escolares o laborales del custodiado.
f. Sometimiento a programas de tipo formativo, cultural, educativo profesional, de educación sexual y otros similares.
g. Prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, o de comunicarse con ellos.
NO veo ningún inconveniente para mantener agresores sexuales y otros de delitos muy graves (psicópatas, asesinos en serie ) incurables bajo el arresto en un centro psiquiátrico especializado y si quieren disfrutar de un permiso habrá que imponer medidas especiales no en perjuicio del delincuente enfermo sino en aras de protección de los cociudadanos. La misma ley establece como requisito para la adopción de las medidas de seguridad :
Que del hecho y de las circunstancias personales del sujeto pueda deducirse un pronóstico de comportamiento futuro que revele la probabilidad de comisión de nuevos delitos.
No se trata, pues, de supuestos de prevención especial sino de delincuentes reincidentes.
Entiendo que los derechos fundamentales muy generalizados en nuestra CE requieren siempre la interpretación del TC y la aplicación a cada supuesto.
-
Me acaban de advertir:
cuando digo "adolece de eficacia para evitar agresiones sexuales" debo decir: adolece de falta de eficacia.
Gracias :)
-
El CP ya incluye dentro de las medidas de seguridad el internamiento en centros psiquiátricos , la administración de este tratamiento tal y como se ha planteado en Francia seria para poder disponer de permisos penitenciarios, lo que no se es si en nuestro país ya se preve el internamiento de estas personas en centros psiquiátricos o si hasta ahora solo se aplica a otros enfermos
Seria una medida voluntaria, mas que de coacción yo hablaría de condición para poder salir
Mutilación? A mi me parece discutible, teniendo en cuenta que es reversible y que no hablamos de la castración física
No comparto que sea degradante igual que tampoco creo que lo sea para un esquizofrénico tomar un tratamiento, mucho mas teniendo en cuenta que seria voluntaria
-
IUS, acepto que me faltó el "casi" delante de "absolutos". Mea culpa
-
Rectifico, supongo que cuando se están planteando medidas adicionales para los pederastas es porque en nuestro país en cuanto cumplen la pena salen a la calle sin mas, que la comisión que se creo en Cataluña para estudiar este tema es precisamente para adoptar medidas complementarias a las que hay
-
Exacto, lo que se está estudiando es la legalidad de mantener a los agresores sexuales reincidentes dentro del computo de la pena privativa de libertad en un centro especializado hasta que se curen para lo cual habrá que imponerse terapias psicológicas.
Adicionalmente establecer requisitos como medidas de control y seguimiento para obtener permisos o incluso para salir definitivamente.
La medicación de la que estamos hablando entraría sólo como opción voluntaria y para unos casos escogidos.
Lo que pasa es que para todo esto hará falta una nueva reforma del CP y lo que es más importante, disponer los medios económicos necesarios.
-
En España puede que se plantee así, la propuesta de Sharkozy era su internamiento una vez cumplida la pena en un centro especializado; sin entrar a valorarlo, no deja de ser una cadena perpetua, porque solo podría salir si los especialistas médicos dictaminan que esta curado, el tratamiento químico seria la alternativa para disponer de permisos
-
Está demostrado que es raro el violador que se rehabilita y lo normal es que quien viole une vez, repita. Su cerebro está enfermo, pero utiliza sus atributos para cometer sus atrocidades.
Más cruel, si cabe, es la violación de niños, a los que se les priva de su inocencia de la manera más salvaje.
Por ello, la castración química, previo dictámen forense de un equipo psiquiátrico, es la opción menos mala para un violador.