Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 07 de Septiembre de 2020, 14:01:27 pm

Título: Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: MORDEKAY en 07 de Septiembre de 2020, 14:01:27 pm


Derecho del Trabajo curso 2020/2021

Todo lo relacionado con la asignatura en el curso 2020/2021

Guía de la asignatura: Derecho del Trabajo (https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=128677.0)

Audioclases: Trabajo y Seguridad Social: Temas en clases de radio emitidas (audios)  (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120279.0)

Test Interactivos Derecho del Trabajo: para practicar online (http://www.uned-derecho.com/index.php?page=29)

Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.

Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0

Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0

Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0

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Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: medved en 09 de Septiembre de 2020, 13:02:24 pm
Examen: 3 preguntas de desarrollo según página oficial de uned. Ha cambiado desde test + una pregunta de desarrollo.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: adodu1 en 09 de Septiembre de 2020, 13:06:37 pm
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Examen: 3 preguntas de desarrollo según página oficial de uned. Ha cambiado desde test + una pregunta de desarrollo.

Vaya, vaya.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: pitu448 en 09 de Septiembre de 2020, 13:07:36 pm
Vamos a por ella  :D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: medved en 09 de Septiembre de 2020, 13:31:26 pm
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Vaya, vaya.

en avex ha sido sólo test, creo, pero visto esto, quien sabe si se mantiene avex.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: adodu1 en 09 de Septiembre de 2020, 13:40:17 pm
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en avex ha sido sólo test, creo, pero visto esto, quien sabe si se mantiene avex.

Sí, lo vi, estaba reaccionado al cambio del tipo de examen presencial.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jswirska1 en 09 de Septiembre de 2020, 14:18:18 pm
Así es, manual nuevo o reimpreso y 3 preguntas de desarrollo...
Voy a aventurarme y la cogeré, es una materia que me gusta y con la que estoy familiarizada...
Vamos a por ella
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: MANUELO en 09 de Septiembre de 2020, 17:21:19 pm
Yo me encuentro más cómodo en los desarrollos que en los Tipo test. Probaremos a ver
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: chispi-72 en 09 de Septiembre de 2020, 17:31:01 pm
Pues a por ella  :), Siempre me las cambias por desarrollo cuando llego a ellas  :'(
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Ignoto en 09 de Septiembre de 2020, 18:43:42 pm
Sabéis si ha cambiado mucho con el nuevo manual? Lo digo por seguir estudiando con los apuntes del anterior libro.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Pauli80 en 09 de Septiembre de 2020, 19:00:49 pm
Hola, sería interesante saber si ha cambiado mucho o no el libro de la edición antigua a la nueva. Porque además en este año, andar sacando ediciones nuevas cuando mucha gente tiene una situación económica complicada por causa del Covid....es pasarse un poco, a mi parecer.
Esperemos que no cambie demasiado.

Iremos a por ella de todas formas.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Noakasha en 09 de Septiembre de 2020, 21:03:26 pm
¡Me apunto a esta  :)!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: msegala1 en 09 de Septiembre de 2020, 21:49:14 pm
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Sabéis si ha cambiado mucho con el nuevo manual? Lo digo por seguir estudiando con los apuntes del anterior libro.
  Hay que esperar a la publicación del nuevo manual.!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jgarciat en 10 de Septiembre de 2020, 20:24:01 pm
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  Hay que esperar a la publicación del nuevo manual.!!

Ya está a la venta el de 2020
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: carlos14500 en 11 de Septiembre de 2020, 18:45:37 pm
Me apunto a por esta asignatura. ¡¡A por ella!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Castelao en 11 de Septiembre de 2020, 18:50:18 pm
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Ya está a la venta el de 2020
Donde lo has visto? No aparece ni en la librería de la UNED ni en Dykinson.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: turquesa1980 en 11 de Septiembre de 2020, 18:58:08 pm
Aún no ha salido, porque no aparece ni en Tirant lo Blanch. Yo este año compré la versión digital por unos 29 euros. Mucho más económico que en papel.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Parabellum en 11 de Septiembre de 2020, 20:01:02 pm
Si no lo tiene Sanz y Torres que es el sancta santorum es que no está todavía a la venta
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: chispi-72 en 11 de Septiembre de 2020, 20:07:49 pm
Habrán cambiado muchas cosas respecto a manuales/apuntes anteriores? ???
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: adodu1 en 11 de Septiembre de 2020, 20:20:03 pm
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Si no lo tiene Sanz y Torres que es el sancta santorum es que no está todavía a la venta

Está pendiente en Sanzytorres.com, la décima edición, este otoño parece que saldrá.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jswirska1 en 11 de Septiembre de 2020, 21:08:42 pm
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Habrán cambiado muchas cosas respecto a manuales/apuntes anteriores? ???
Creo que añadirán algo nuevo en tema de jurisprudencia... normativa no sé si ha cambiado mucho respecto a lo anterior.
De todas formas el autor es el mismo y la editorial también así que...
a mi me interesaría el formato digital, pero tengo que sopesar el gasto ;D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Jaalce en 14 de Septiembre de 2020, 14:06:25 pm
Voy a tirar de apuntes (Andrea Jurado), creo que para aprobar es mas que suficiente, otra cosa es sacar nota alta
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Friedlex en 21 de Septiembre de 2020, 19:53:51 pm
Mmmmm acaban de sacar nuevo manual. 1214 páginas para un semestre... estamos locos?  :o por lo que he leído es una asignatura que está en constante cambio normativo...
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: medved en 21 de Septiembre de 2020, 20:11:17 pm
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Mmmmm acaban de sacar nuevo manual. 1214 páginas para un semestre... estamos locos?  :o por lo que he leído es una asignatura que está en constante cambio normativo...

a los estudiantes de la UNED nos va el sado maso, pero no lo confesamos porque está mal visto...quien en su sano juicio se matricula de cosas con estos manuales bárbaros cuatrimestrales ..y bárbaro no en su sentido positivo que le daría un argentino...nuevos manuales suele haber incluso sin cambios normativos se modifica un poco el contenido y ya..es imposible que un mortal memorice un ladrillo de 1200 páginas en 4 meses..
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: adodu1 en 21 de Septiembre de 2020, 20:16:16 pm
Encima han cambiado el tipo de exámen, más materia y más memorización.  Ay mi madre!

Nos va, nos va el sado maso, 50 sombras de la UNED! ;D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: msegala1 en 21 de Septiembre de 2020, 20:24:29 pm
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Mmmmm acaban de sacar nuevo manual. 1214 páginas para un semestre... estamos locos?  :o por lo que he leído es una asignatura que está en constante cambio normativo...

  Solo 1214 páginas?  : el de este año tenía 1272 páginas  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: JuanGO en 21 de Septiembre de 2020, 20:48:11 pm
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  Solo 1214 páginas?  : el de este año tenía 1272 páginas  ;D

Eso mismo iba a decir yo, que los de este año son unos afortunados, con reducción de temario y todo...  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Friedlex en 21 de Septiembre de 2020, 20:54:47 pm
Jajajajaj ayyyy la UNED dando dolores de cabeza hasta el último día. Los que ya la habéis cursado, qué recomendáis para llevarla?
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: msegala1 en 21 de Septiembre de 2020, 21:48:07 pm
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Jajajajaj ayyyy la UNED dando dolores de cabeza hasta el último día. Los que ya la habéis cursado, qué recomendáis para llevarla?

   En septiembre fue tipo test, pero si hay examenes presenciales son 3 preguntas de desarrollo, este año han sacado la parte de test, pero habrá que ver la situación !!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: medved en 21 de Septiembre de 2020, 21:58:57 pm
ya avisé yo que en condiciones normales han cambiado de mixto a desarrollo..en AvEx solo fue test, pero si vuelve AvEx cómo estamos casi seguros los veteranos del foro, será de nuevo test, será desarrollo ? tiene la UNED un acuerdo con una protectora de animales para sacar gatos y acariciarlos ??
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Friedlex en 21 de Septiembre de 2020, 22:46:16 pm
Yo creo que serán en AVEX - lo que no significa que cambie a test- pero una pequeña parte de mí mantiene la esperanza de que era presencial. Pero yo me refería a si los que la habéis cursado, si el manual se hace llevadero, o por el contrario por apuntes, videoclases...
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: msegala1 en 21 de Septiembre de 2020, 23:08:46 pm
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Yo creo que serán en AVEX - lo que no significa que cambie a test- pero una pequeña parte de mí mantiene la esperanza de que era presencial. Pero yo me refería a si los que la habéis cursado, si el manual se hace llevadero, o por el contrario por apuntes, videoclases...
   El manual se entiende fácil, el problema son las tropecientas páginas, aunque hay mucha letra pequeña que no es objeto de examen. Y por apuntes hay de muy completos, como los de Rodri.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jswirska1 en 21 de Septiembre de 2020, 23:33:51 pm
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ya avisé yo que en condiciones normales han cambiado de mixto a desarrollo..en AvEx solo fue test, pero si vuelve AvEx cómo estamos casi seguros los veteranos del foro, será de nuevo test, será desarrollo ? tiene la UNED un acuerdo con una protectora de animales para sacar gatos y acariciarlos ??
;D ;D ;D
Ni con una bola de cristal... no queda de otra que ir mirando el ET de momento y los apuntes.
Por cierto, con el libro se están pasando también, aún no ha salido y eso que ya salieron todos o la mayoría de los que han salido nuevos este año (al menos de los que he mirado yo).
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Castelao en 21 de Septiembre de 2020, 23:41:37 pm
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;D ;D ;D
Ni con una bola de cristal... no queda de otra que ir mirando el ET de momento y los apuntes.
Por cierto, con el libro se están pasando también, aún no ha salido y eso que ya salieron todos o la mayoría de los que han salido nuevos este año (al menos de los que he mirado yo).
Está en Sanz y Torres. Supongo que saldrá esta semana en el resto de librerías
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jswirska1 en 21 de Septiembre de 2020, 23:44:35 pm
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Está en Sanz y Torres. Supongo que saldrá esta semana en el resto de librerías
Gracias compañero, lo debieron de publicar hace nada porque hoy miré al mediodía y no estaba. Me leen :o
Buenas noches
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: lucia1234 en 21 de Septiembre de 2020, 23:47:12 pm
Con la califcación de "sado" nos quedamos cortos....
Pues parece que nos considerán maquinas en vez de personas.

Personalmente, cursé dicha asignatura el pasado curso.
Mi consejo, personal, estudiar, lo mejor posible, el estatuto de los trabajadores y realicéis, cuantas veces podáis, cuantos tests encontréis.
De tal forma, aprobé y con nota.
Saludos, suerte y a por ella! :)
La materia, en cuestión, me pareció de lo más interesante.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: msegala1 en 22 de Septiembre de 2020, 11:19:31 am
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;D ;D ;D
Ni con una bola de cristal... no queda de otra que ir mirando el ET de momento y los apuntes.
Por cierto, con el libro se están pasando también, aún no ha salido y eso que ya salieron todos o la mayoría de los que han salido nuevos este año (al menos de los que he mirado yo).

     El libro ya está en Librería Sanz y Torres.!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 23 de Septiembre de 2020, 18:06:19 pm
Otro que entra a esta sala, con el libro gordo de petete.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Sigima en 24 de Septiembre de 2020, 18:41:25 pm
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     El libro ya está en Librería Sanz y Torres.!!

He recibido hoy el libro... casi me da un soponcio cuando lo he visto...  :o :o :o
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: JuanGO en 24 de Septiembre de 2020, 18:48:52 pm
Tiene truco, la letra pequeña puede ayudar a entender cosas pero, si no lo han cambiado, no entra en el examen.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Sigima en 24 de Septiembre de 2020, 18:57:47 pm
Pues ojalá no lo hayan cambiado, porque así de primeras da sustito, jejejeje.
Afortunadamente es casi todo letra pequeña que, aunque no entre en el examen, por lo poco que he visto es bastante interesante lo que incluye.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 24 de Septiembre de 2020, 19:12:21 pm
Voy con el libro, llevo la mitad leído y es ameno, si quitamos la letra pequeña. Cuando se empiece el estudio de verdad habrá que leer también la letra pequeña sin mayores pretensiones. Sigo con el tema 8 que tiene 74 páginas.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Friedlex en 24 de Septiembre de 2020, 20:44:48 pm
Madre mía si el libro salió hace un par de días, a qué ritmo lees para llevar medio libro? jajajaj
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 24 de Septiembre de 2020, 20:52:03 pm
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Madre mía si el libro salió hace un par de días, a qué ritmo lees para llevar medio libro? jajajaj



Jajajajajaja, rápido, rápido. Hay mucha letra pequeña que se leerá cuando comience a estudiar de verdad, no obstante, hay sentencias, remisiones, etc.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: msegala1 en 24 de Septiembre de 2020, 22:09:38 pm
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Pues ojalá no lo hayan cambiado, porque así de primeras da sustito, jejejeje.
Afortunadamente es casi todo letra pequeña que, aunque no entre en el examen, por lo poco que he visto es bastante interesante lo que incluye.
   Casí todo letra pequeña?, estas muy equivocado/a hay mucha matería para estudiar, aunque la pequeña no entre!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: lauracastelf en 30 de Septiembre de 2020, 10:07:35 am
Me apunto!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 01 de Octubre de 2020, 12:57:42 pm
Otra que se apunta, con libro 9ª ed. de 2019, preguntaré en ALF sobre modificaciones porque no pienso comprar otro  ;D
(Y lo de leer la letra pequeña... me lo voy a pensar muy mucho...)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jgarciat en 01 de Octubre de 2020, 17:17:42 pm
Según palabras textuales del profesor de derecho laboral, es un libro bastante poco didáctico
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jswirska1 en 01 de Octubre de 2020, 18:36:00 pm
De momento lo único que he visto de los cambios es la derogación del art. 52.d) del E.T que establecía la fórmula del despido objetivo por faltas intermitentes de asistencia al trabajo, aun siendo justificadas, dentro de un período de tiempo.

Derogación efectuada por el RD-ley 4/2020, de 18 de febrero.

Cuando termine con el libraco os cuento más...
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 02 de Octubre de 2020, 17:58:46 pm
Los he estado buscando pero no los encuentro, los epígrafes excluidos de la asignatura, y haberlos hailos.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jswirska1 en 02 de Octubre de 2020, 18:06:36 pm
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Los he estado buscando pero no los encuentro, los epígrafes excluidos de la asignatura, y haberlos hailos.

Hola, están la guía de este año, bien camuflados eso sí...

"NO SERÁN OBJETO DE EXAMEN,
aunque se recomienda su lectura detenida.
CAPÍTULO 1:
II, 2
III, 1, 2 y 3
IV
V
CAPÍTULO 4:
IX, 4
CAPÍTULO 5:
VIII
IX
X
CAPÍTULO 9:
I
"
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 02 de Octubre de 2020, 18:11:11 pm
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Hola, están la guía de este año, bien camuflados eso sí...

"NO SERÁN OBJETO DE EXAMEN,
aunque se recomienda su lectura detenida.
CAPÍTULO 1:
II, 2
III, 1, 2 y 3
IV
V
CAPÍTULO 4:
IX, 4
CAPÍTULO 5:
VIII
IX
X
CAPÍTULO 9:
I
"


Gracias, ya los he visto en la guía.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: msegala1 en 02 de Octubre de 2020, 20:53:10 pm
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Gracias, ya los he visto en la guía.
    Los mismos de siempre !
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jgarciat en 03 de Octubre de 2020, 07:41:28 am
Esta asignatura es para estudiarla con mucho tiempo. Lo aprobé a la primera pero dedique muchas horas
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: anxoperez en 03 de Octubre de 2020, 12:15:04 pm
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De momento lo único que he visto de los cambios es la derogación del art. 52.d) del E.T que establecía la fórmula del despido objetivo por faltas intermitentes de asistencia al trabajo, aun siendo justificadas, dentro de un período de tiempo.

Derogación efectuada por el RD-ley 4/2020, de 18 de febrero.

Cuando termine con el libraco os cuento más...

Hay algunos cambios también que afectan a los artículos relativos al teletrabajo y a la jurisdicción social (se añade artículo 138bis), aprobados en el Real Decreto-Ley 28/2020 de 22 de septiembre. Es mejor bajarse el Estatuto de los Trabajadores actualizado del BOE y estudiar por ahí. El texto del ET (que afecta a los artículos 8, 23.1.a y 37.8) ya está actualizado. El resto del decreto de trabajo a distancia entra en vigor el 13 de octubre, así que supongo que entrará en examen.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 09 de Octubre de 2020, 10:39:50 am
Buenos días
Muchas gracias, compañeros, por la información a cerca de cambios legislativos que estáis comentando.
El E.D. de momento dice que compremos el nuevo manual o lo saquemos de la biblioteca y lo cotejemos con el anterior; 1272 páginas...
Así ellos no tienen que hacer nada.
Les he pedido en el foro oficial de la asignatura que si es posible que nos informen de los principales cambios habidos, para luego estudiar nosotros con el manual 2019 y la nueva ley/jurisprudencia en mano. Así lo hacen otros departamentos y ayuda.
Que comparemos 1272 páginas, dicen, está claro que ni trabajamos, ni tenemos familia, ni vida personal, sólo Derecho del Trabajo...
 >:(
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Jaalce en 09 de Octubre de 2020, 11:30:26 am
A ver: entiendo que las modificaciones legislativas es importante conocerlas, pero tampoco para perder el sueño con ellas. Si ha cambiado tres o cuatro artículos del ET, cuantas preguntas pueden "caer" sobre esos cambios? una...dos tal vez? Teniendo en cuenta que lo más probable el examen sea tipo test eso no supone un gran problema. Así que pienso que el que tenga la edición de 2019 que estudie por ella y los cambios, si los quiere actualizar, que los busque en la " legislación consolidada" del BOE y ya está. Es lo que he hecho a la hora de preparar oposiciones, y he aprobado cuatro, teniendo manuales de fechas atrasadas, y si he aprobado oposiciones así, que preguntan lo último de lo ultimísimo, no debe haber problema con esta asignatura
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 09 de Octubre de 2020, 12:04:50 pm
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A ver: entiendo que las modificaciones legislativas es importante conocerlas, pero tampoco para perder el sueño con ellas. Si ha cambiado tres o cuatro artículos del ET, cuantas preguntas pueden "caer" sobre esos cambios? una...dos tal vez? Teniendo en cuenta que lo más probable el examen sea tipo test eso no supone un gran problema. Así que pienso que el que tenga la edición de 2019 que estudie por ella y los cambios, si los quiere actualizar, que los busque en la " legislación consolidada" del BOE y ya está. Es lo que he hecho a la hora de preparar oposiciones, y he aprobado cuatro, teniendo manuales de fechas atrasadas, y si he aprobado oposiciones así, que preguntan lo último de lo ultimísimo, no debe haber problema con esta asignatura

Estoy de acuerdo contigo, y eso haré, consultar la legislación actualizada, como de costumbre.
 
Lo que me ofende es que el E.D. insista tanto en que es importante que compremos/leamos el manual nuevo, que salió a la venta hace 4 días y con un año y poco de diferencia del anterior y no se molesten en dar 4 orientaciones diciendo "ha cambiado la regulación/jurisprudencia en estos 3 temas..." Máxime con un material de estudio tan desproporcionado como el que se plantea en esta asignatura.  Estoy acostumbrada a manuales para jurista en lugar de para estudiante, pero éste se lleva la palma... Consiguen hacer una ****** de una asignatura que a priori me resulta bastante interesante y útil.
Más que nada me parece una absoluta pérdida de tiempo leer/cotejar 1272 páginas. Tengo para febrero también Procesal I.1, Internacional Privado y Comunitario, hijo, casa y trabajo a jornada completa (aunque con la suerte de poder sacar ratos de estudio).

Cada uno y su mundo, ya lo sé...  ;D ;D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Alatriste en 09 de Octubre de 2020, 21:44:10 pm
Buenas, parece que han cambiado el manual, pero que no cunda el pánico que eso es lo habitual desde que llevo aquí, no se la de veces han cambiado el de historia o el de derecho romano
Yo cursé la asignatura el curso pasado, me presente en septiembre porque no la preparé en su momento y en favor del ED. decir que el examen fue asequible, no fueron a pillar y el resultado fue inmejorable (salvo que el sistema informatico, pues a algo habrá que culpar, tras la primera corrección me cambio una respuesta que no dí y las quejas...al maestro armero como se suele decir)
Tras esta salvedad, decir que seguí las videoclases de Baleares, muy interesantes por cierto y donde se recomendaba el manual, sobre todo por los casos prácticos que aclaraban mucho, aunque a esas alturas no era plan comprarlo, además de estudiar unos apuntes que siempre los hay muy buenos
En definitiva, el que se anime a comprar el manual, este o el del curso anterior y tenga tiempo para leerlo, se ahorrara buscar apuntes y seguramente aprenda más, (en el fondo lo importante es eso, aprender) y no vamos a recomendar lo contrario, pero por mi experiencia con seguir las videoclases y estudiar la materia por apuntes da de sobra para sacarlo adelante, al menos este año no les dio por buscar sutilezas jurídicas, el temario es amplio, pero incluso ameno. Animo y a por ella
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Molins19 en 12 de Octubre de 2020, 14:38:58 pm
Pillo Sitio Compañerxs!  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: eblafil en 14 de Octubre de 2020, 10:33:40 am
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ya avisé yo que en condiciones normales han cambiado de mixto a desarrollo..en AvEx solo fue test, pero si vuelve AvEx cómo estamos casi seguros los veteranos del foro, será de nuevo test, será desarrollo ? tiene la UNED un acuerdo con una protectora de animales para sacar gatos y acariciarlos ??

Por si aclara algo el asunto: el equipo docente indica en el foro de la asignatura, lo siguiente:" Gracias por tu interés... La idea inicial del equipo docente era que el examen de Derecho del Trabajo consistiera en tres preguntas de desarrollo. No obstante, si la situación de crisis sanitaria derivada del COVID-19 se mantuviera y los exámenes de febrero se realizaran online a través de la plataforma AVEX, el examen sería tipo test y, por supuesto, os indicaríamos con la debida antelación el número de preguntas y las concretas condiciones del ejercicio (cuanto sumarían las preguntas correctas y cuánto restarían, en su caso, las preguntas erróneas).

Un saludo y mucho ánimo con el inicio del curso,
"

Publicado el 5/10 a las 14,26 h. por la profesora Cristina Aragón Gómez
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: chispi-72 en 14 de Octubre de 2020, 11:51:24 am
Para mi que va a ser test, por la situación de pandemia. Los de junio quizá no, pero en enero... tal y como estamos en los hospitales.... :-[
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Friedlex en 14 de Octubre de 2020, 12:36:11 pm
Opino igual. Comencé el curso convencido de que por fin podríamos hacerlo presencial y conforme a la guía. Pero cada día que pasa, más convencido estoy de que será en AVEx, y ese mensaje de la profesora hablando en pasado "... La idea inicial era que el examen fuera de desarrollo".

No obstante, sigo estudiando para los tipos de exámenes que viene en las guías, desarrollo en algunas y test en otras. Si la cosa cambia, es más fácil cambiar el estudio de desarrollo a tipo test que a la inversa.

PD: Hoy me llega el tochazo de manual de Trabajo, a ver...
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Friedlex en 14 de Octubre de 2020, 13:25:08 pm
Mensaje que ha puesto la profesora en alf:

Desde un punto de vista legal, la principal reforma legislativa ha sido la derogación del despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo (el llamado despido por absentismo, que se encontraba regulado en el art. 52 ET). Desde el punto de vista jurisprudencial, siento de verdad no poder decirte de forma pormeronizada cuáles han sido los cambios de doctrina reflejados en la nueva edición del manual.

Un saludo y ánimo con el estudio
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Ignoto en 14 de Octubre de 2020, 15:41:32 pm
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Opino igual. Comencé el curso convencido de que por fin podríamos hacerlo presencial y conforme a la guía. Pero cada día que pasa, más convencido estoy de que será en AVEx, y ese mensaje de la profesora hablando en pasado "... La idea inicial era que el examen fuera de desarrollo".

No obstante, sigo estudiando para los tipos de exámenes que viene en las guías, desarrollo en algunas y test en otras. Si la cosa cambia, es más fácil cambiar el estudio de desarrollo a tipo test que a la inversa.

PD: Hoy me llega el tochazo de manual de Trabajo, a ver...

En la guía pone que son 3 preguntas de desarrollo, lo cambiaron este año, así que más incertidumbre aún sobre la manera de estudiar para el siguiente examen.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Molins19 en 28 de Octubre de 2020, 16:22:37 pm
Me llegó este mensaje del departamento

Queridos alumnos:
En el Pleno del Consejo de Gobierno celebrado el 27-10-2020, se ha acordado que las pruebas finales de la convocatoria ordinaria de febrero de 2021 se realizarán a través del sistema de evaluación en línea mediante la aplicación AvEx.

En consecuencia, tal y como adelantamos en la página web del Departamento (https://www2.uned.es/014183/), el examen de Derecho del Trabajo consistirá en un ejercicio tipo test.

Un saludo y mucho ánimo con el estudio,
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: iuscuarenton en 28 de Octubre de 2020, 17:49:49 pm
Sabéis si está disponible la PEC ?  ::)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Sapara en 29 de Octubre de 2020, 12:32:55 pm
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Sabéis si está disponible la PEC ?  ::)

Creo que lo dirán en noviembre (me suena haberlo leido en el foro...)

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Me llegó este mensaje del departamento

Queridos alumnos:
En el Pleno del Consejo de Gobierno celebrado el 27-10-2020, se ha acordado que las pruebas finales de la convocatoria ordinaria de febrero de 2021 se realizarán a través del sistema de evaluación en línea mediante la aplicación AvEx.

En consecuencia, tal y como adelantamos en la página web del Departamento (https://www2.uned.es/014183/), el examen de Derecho del Trabajo consistirá en un ejercicio tipo test.

Un saludo y mucho ánimo con el estudio,

Pues si es tipo test, yo me pillo el libro, que para test prefiero estudiarlo directamente del libro.
Ánimo!!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: eblafil en 30 de Octubre de 2020, 13:30:25 pm
Comunicado  de hoy día 30/10 del equipo docente sobre la PEC:

Comunidad: Derecho del Trabajo (Derecho)
Asunto: Prueba de evaluación continua (PEC)

Queridos alumnos:
En el apartado "Tareas" de esta plataforma, ya está disponible la Prueba de Evaluación Continua (PEC), que se deberá realizar en el plazo expresamente señalado y siguiendo las orientaciones aportadas para su elaboración y entrega.

Para obtener más información sobre la incidencia del PEC en la nota final, en caso de que optéis por su realización, consultad por favor la guía docente de la asignatura.

Un saludo y ánimo,

Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: eblafil en 30 de Octubre de 2020, 13:45:34 pm
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Comunicado  de hoy día 30/10 del equipo docente sobre la PEC:

Comunidad: Derecho del Trabajo (Derecho)
Asunto: Prueba de evaluación continua (PEC)

Queridos alumnos:
En el apartado "Tareas" de esta plataforma, ya está disponible la Prueba de Evaluación Continua (PEC), que se deberá realizar en el plazo expresamente señalado y siguiendo las orientaciones aportadas para su elaboración y entrega.

Para obtener más información sobre la incidencia del PEC en la nota final, en caso de que optéis por su realización, consultad por favor la guía docente de la asignatura.

Un saludo y ánimo,
En uno de sus mensajes en el foro de la asignatura, el equipo docente indica que subirán el enunciado de la prueba pero al no encontrarlo en el apartado Tareas le he puesto un mensaje indicándoselo, esperaré a su respuesta para colgarlo:


Fecha inicial para la entrega:
30    Octubre    2020    13:   30:   0
Fecha final para la entrega
9    Diciembre    2020    23:   55:   55
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: medved en 30 de Octubre de 2020, 14:07:45 pm
Las PEC normalmente están en Entrega de trabajos, como es el caso.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: eblafil en 30 de Octubre de 2020, 14:34:21 pm
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Las PEC normalmente están en Entrega de trabajos, como es el caso.
Ya está operativo desde hace cuatro minutos en el apartado Tareas el PDF de la PEC que antes no lo estaba.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: eblafil en 30 de Octubre de 2020, 14:39:01 pm
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Las PEC normalmente están en Entrega de trabajos, como es el caso.
Se le había olvidado a la profesora adjuntar el PDF que contenía el enunciado y ya lo ha subido.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: iuscuarenton en 31 de Octubre de 2020, 15:54:59 pm
Alguien tiene el enunciado de PEC? No lo veo, mi ordenador da fallos. Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: eblafil en 12 de Noviembre de 2020, 09:48:47 am
Dos correos enviado hoy por el ED de la asignatura. Uno para el examen extraordinario de diciembre y otro para el examen de febrero:

Comunidad: Derecho del Trabajo (Derecho)
Asunto: EXAMEN EXTRAORDINARIO DE DICIEMBRE

Estimados alumnos:
En la situación actual de pandemia fruto de la Covid-19, para la prueba extraordinaria de Diciembre de “Derecho del Trabajo” se ha optado por un sistema de evaluación en línea a través de la aplicación Aula Virtual de Examen (AvEx), desarrollada por los Centros Tecnológicos de la UNED.
Este examen se realizará de acuerdo con el calendario previsto por la UNED.
Las características del examen serán las siguientes:
Tipo de examen: test
Duración máxima: 40 minutos.
Número de preguntas: 15.
Número de opciones de respuesta: 3. Tan solo una es correcta.
Valor de las respuestas: Cada respuesta acertada puntúa 0,67. Cada respuesta errónea resta 0,33. Las preguntas que se dejen en blanco ni suman ni restan puntuación.
Material permitido: Ninguno.

Mucha suerte y un cordial saludo,

El Equipo Docente

Comunidad: Derecho del Trabajo (Derecho)
Asunto: EXAMEN DE FEBRERO

Estimados alumnos:
En la situación actual de pandemia fruto de la Covid-19, para la prueba de Febrero de “Derecho del Trabajo” se ha optado por un sistema de evaluación en línea a través de la aplicación Aula Virtual de Examen (AvEx), desarrollada por los Centros Tecnológicos de la UNED.
Este examen se realizará de acuerdo con el calendario previsto por la UNED.
Las características del examen serán las siguientes:
Tipo de examen: test
Duración máxima: 40 minutos.
Número de preguntas: 15.
Número de opciones de respuesta: 3. Tan solo una es correcta.
Valor de las respuestas: Cada respuesta acertada puntúa 0,67. Cada respuesta errónea resta 0,33. Las preguntas que se dejen en blanco ni suman ni restan puntuación.
Material permitido: Ninguno.

Un cordial saludo y mucha suerte,

El Equipo Docente
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 03 de Diciembre de 2020, 20:31:17 pm
Buenas tardes, después de leer de un atracón el temario, otra vuelta subrayando el libro he decidido al ser tipo test el examen estoy estudiando cada día un tema, espero que me de tiempo a dar 3-4 vueltas. cómo estáis estudiando esta asignatura?
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: torukmakto en 26 de Enero de 2021, 19:08:37 pm
Bueno que tal os ha ido hoy? Aunque había alguna pregunta enrevesada no han ido a pillar
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: ernest1019 en 26 de Enero de 2021, 19:13:45 pm
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Bueno que tal os ha ido hoy? Aunque había alguna pregunta enrevesada no han ido a pillar

¿Era hoy el examen de Trabajo?????  ¿No era el jueves??????
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Sapara en 26 de Enero de 2021, 19:14:26 pm
Espero que se haya equivocado de hilo porque me va a dar un patatús jajajaja
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: pitu448 en 26 de Enero de 2021, 19:32:32 pm
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Espero que se haya equivocado de hilo porque me va a dar un patatús jajajaja

Es el Jueves
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Sapara en 26 de Enero de 2021, 19:48:53 pm
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Es el Jueves


Si, ya lo comprobé jeje. Gracias!!!! ;)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: estudiantegc en 27 de Enero de 2021, 11:08:46 am
Buenos días:
¿Sabe alguien cómo conseguir las preguntas tipo test del examen de septiembre del curso 19/20?
No están en los depósitos de exámenes.
Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 27 de Enero de 2021, 11:32:45 am
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Buenos días:
¿Sabe alguien cómo conseguir las preguntas tipo test del examen de septiembre del curso 19/20?
No están en los depósitos de exámenes.
Gracias.

https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=129483.msg1248621#msg1248621

En este hilo hay exámenes de distintas asignaturas
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: estudiantegc en 27 de Enero de 2021, 14:18:47 pm
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https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=129483.msg1248621#msg1248621

En este hilo hay exámenes de distintas asignaturas

Muchas gracias. Suerte en los exámenes!!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: torukmakto en 27 de Enero de 2021, 18:58:08 pm
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Bueno que tal os ha ido hoy? Aunque había alguna pregunta enrevesada no han ido a pillar
Up pues sí, perdón sobre todo para los que les metí el miedo en el cuerpo.
Me equivoqué de hilo ::)
Iba para el de DIP que fue ayer tarde...sorry
Y suerte para el examen de mañana
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: torukmakto en 27 de Enero de 2021, 22:03:48 pm
Sabeis de algún sitio donde se pueden hacer test de esta asignatura?
Ya hice el examen de Septiembre de la Uned y los que vienen en el plan de trabajo de la propia asignatura.
Me saben a poco :P
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: agarcia1 en 27 de Enero de 2021, 22:17:35 pm
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Sabeis de algún sitio donde se pueden hacer test de esta asignatura?
Ya hice el examen de Septiembre de la Uned y los que vienen en el plan de trabajo de la propia asignatura.
Me saben a poco :P
Daypo es tu mejor amigo! Hay bastantes tests de otros años. Suerte a todos mañana!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 28 de Enero de 2021, 14:39:32 pm
Mucha suerte a todos para hoy!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 28 de Enero de 2021, 16:30:57 pm
Ya está, 20 min y fuera, que si le doy muchas vueltas la lío  ;D ;D

Espero que fuera similar para todos, me ha parecido bastante asequible  ::)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: torukmakto en 28 de Enero de 2021, 16:36:01 pm
Pues a mi me pareció retorcido, con muchas preguntas que te cambiaban poco las respuestas o que t ponía que las dos son correctas y que t hacían dudar tela. Al menos en la batería de preguntas que a mi me tocó.
Y yo creo que iba bastante bien preparado.
En el total de aprobados se verá pero en mi parecer de asequible nada
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: torukmakto en 28 de Enero de 2021, 16:37:41 pm
gh
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: torukmakto en 28 de Enero de 2021, 16:40:22 pm
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Daypo es tu mejor amigo! Hay bastantes tests de otros años. Suerte a todos mañana!
Y graciaaaas, estuve toda la mañana haciendo test, hasta de trabajadores sociales relativo al D. del trabajo jeje
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: pitu448 en 28 de Enero de 2021, 16:43:46 pm
Si la llevas bien no creo que haya problemas en sacarla adelante, si es verdad que hay preguntas que te pueden hacer dudar.
Suerte a los de la segunda semana.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 28 de Enero de 2021, 16:49:09 pm
Podéis poner algún examen?, han repetido preguntas de otros años?
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jrey en 28 de Enero de 2021, 16:56:29 pm
A mi me pareció complicado, juraría que no se repitieron preguntas. Recuerdo alguna sobre el nacimiento de hijos prematuros, otra de las horas maximas de trabajo en un día...
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: pitu448 en 28 de Enero de 2021, 16:57:23 pm
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Podéis poner algún examen?, han repetido preguntas de otros años?
Repetidas no he tenido yo ninguna, alguna que otra parecida o modificada si.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 28 de Enero de 2021, 17:04:34 pm
La verdad es que puede haber sido suerte con las preguntas, pero me salió bastante bien para el miedo que le tenía y el nivel de conocimientos que llevaba.
Lo que hice con esta asignatura fue leer el libro por encima (a partir del tercer capítulo nada de letra pequeña), una vez, y paparme el ET a tope.
Estatuto a saco y test anteriores recomiendo.

Recuerdo algunas preguntas porque apunté las respuestas  ;D

1- Porcentaje que se aplica al retraso en el pago de salarios (10%)
2- Formalidades despido (por escrito con causa) despido objetivo creo que era
3- Representantes trabajadores (entre 6 y 10 empleados por decisión mayoritaria)
4- Respuesta falsa sobre la inspección (exige vía judicial previa)
5- Teletrabajo (pacto de inicio o acuerdo posterior al contrato)
6- Despido que lesiona Derechos Fundamentales (nulo)
7- Descanso en fiestas laborales (retribuido y no recuperable)
8- Tiempo mínimo en contrato para formación (1 año)
9- Responsabilidad en que incurren las empresas que cesionan en fraude de ley (solidaria ambos empresarios)
10- Tipo de contrato que se puede suscribir con una ETT (Indefinido o de duración determinada)
11- Despido disciplinario de trabajador afiliado a sindicato (Dar audiencia sección sindical)
12- Despido colectivo requiere (ambas: autorización autoridad laboral y causas)
13- Tiempo máximo de desplazamiento temporal (12 meses en 3 años)
14- Tiempo mínimo entre jornadas laborales (12 h)
15- El plazo de impugnación de los despidos (ambas: 20 días hábiles, es de caducidad y apreciable de oficio)

Algo así
Los paréntesis son mis respuestas, no quiere decir que estén bien  :P
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 28 de Enero de 2021, 17:06:13 pm
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Podéis poner algún examen?, han repetido preguntas de otros años?

El sábado por la tarde sin falta!!
Yo creo que alguna de las mías si era repetida
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Castelao en 28 de Enero de 2021, 17:19:07 pm
Me ha parecido puñetero. Mucho plazo y mucho detalle para una asignatura tan extensa.

Pongo así de memoria algunas de las que recuerdo y mis respuestas que no quiere decir que sean las correctas:

Naturaleza del Convenio colectivo extraestatutario (contractual y aplicable a pertenecientes a sindicatos firmantes)
Momento de redactar el contrato de prácticas (por escrito y con anterioridad o en el momento de empezar)
Plazo máximo de prácticas en empresas de más de 25 trabajadores (6 meses titulados y 2 meses general)
Responsabilidad de cedente y cesionario en cesión ilegal de trabajadores (solidaria)
Orden de llamamiento a trabajadores fijos discontinuos (según convenio)
Periodicidad de info a representantes de las horas extraordinarias (mensualmente)
Tiempo por hijo prematuro (una hora)
Fiestas laborales (retribuido y no recuperable)
Plazo reclamación despido (20 días naturales apreciables de oficio)
Despido colectivo requiere (causas, y creo que NO autorización judicial (excepto fuerza mayor))
Libertad sindical incluye (en su vertiente negativa que nadie podrá ser obligado a afiliarse)
Momento de elección de representantes (acabado la duración en los cargos de los anteriores o a los seis meses de empezar la actividad)
Composición de la comisión para negociar el colectivo de empresa (representantes de los trabajadores o secciones sindicales con prioridad para éstos últimos)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: drei en 28 de Enero de 2021, 17:25:15 pm
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La verdad es que puede haber sido suerte con las preguntas, pero me salió bastante bien para el miedo que le tenía y el nivel de conocimientos que llevaba.
Lo que hice con esta asignatura fue leer el libro por encima (a partir del tercer capítulo nada de letra pequeña), una vez, y paparme el ET a tope.
Estatuto a saco y test anteriores recomiendo.

Recuerdo algunas preguntas porque apunté las respuestas  ;D

1- Porcentaje que se aplica al retraso en el pago de salarios (10%)
2- Formalidades despido (por escrito con causa) despido objetivo creo que era
3- Representantes trabajadores (entre 6 y 10 empleados por decisión mayoritaria)
4- Respuesta falsa sobre la inspección (exige vía judicial previa)
5- Teletrabajo (pacto de inicio o acuerdo posterior al contrato)
6- Despido que lesiona Derechos Fundamentales (nulo)
7- Descanso en fiestas laborales (retribuido y no recuperable)
8- Tiempo mínimo en contrato para formación (1 año)
9- Responsabilidad en que incurren las empresas que cesionan en fraude de ley (solidaria ambos empresarios)
10- Tipo de contrato que se puede suscribir con una ETT (Indefinido o de duración determinada)
11- Despido disciplinario de trabajador afiliado a sindicato (Dar audiencia sección sindical)
12- Despido colectivo requiere (ambas: autorización autoridad laboral y causas)
13- Tiempo máximo de desplazamiento temporal (12 meses en 3 años)
14- Tiempo mínimo entre jornadas laborales (12 h)
15- El plazo de impugnación de los despidos (ambas: 20 días hábiles, es de caducidad y apreciable de oficio)

Algo así
Los paréntesis son mis respuestas, no quiere decir que estén bien  :P

A mí me pareció fácil, con el ET sacabas todas menos dos.
De las que has puesto a mi me salieron la 4, 5, 6, 9, 10, 11, 13 y 14.
Me salieron además
Derecho fundamental de huelga donde se regulaba
Libertad sindical (sobre el sentido)
Horas complementarias en tiempos parciales (mínimo contrato 10 horas semanales computo anual)
Algo de los comités intercentro
Duracion máxima conversaciones si no recuerdo mal en despidos colectivos
Y dos más que no me acuerdo...
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: ivanov en 28 de Enero de 2021, 17:27:27 pm
Buenas tardes, a mi me pareció algo rebuscado, muchas preguntas con al menos dos opciones que te hacían dudar bastante, poco claras y alguna que otra trampa jeje, no lo vi para nada asequible.
Ahora a esperar la plantilla, suerte a todos/as.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Arancha3 en 28 de Enero de 2021, 17:31:21 pm
 Muchas gracias por poner las preguntas de las que os acordáis!

Yo voy a la segunda semana. El curso pasado la dejé directamente para septiembre, y perdí la oportunidad de aprobar el examen tan fácil que pusieron! En fin, ya no tiene remedio...Bueno, lo dicho, gracias por la información sobre el examen y las preguntas. Mucha suerte a todos!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 28 de Enero de 2021, 17:35:36 pm
Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 28 de Enero de 2021, 17:37:10 pm
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Me ha parecido puñetero. Mucho plazo y mucho detalle para una asignatura tan extensa.

Pongo así de memoria algunas de las que recuerdo y mis respuestas que no quiere decir que sean las correctas:


Despido colectivo requiere (causas, y creo que NO autorización judicial (excepto fuerza mayor))



Creo que en esta piqué yo, acabo de revisar el estatuto y efectivamente hay que dar parte a la autoridad laboral (a la admon. no al juzgado de lo social) para que supervise y medie, pero no se exige ya la autorización administrativa, hace unos añitos que la quitaron...  ;D ;D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Dr Phibes en 28 de Enero de 2021, 17:38:36 pm
Por lo que veo, el banco de preguntas era extenso.

En mi caso:

1- Cesión ilegal de trabajadores (responden solidarimente ambas empresas por Seg. Soc.)
2- Teletrabajo. (pacto inicial o también en acuerdo posterior)
3- Contrato de interinidad (requiere fiorma escrita en todo caso)
4- Duración p. prueba (6 meses los técnicos y 2 el resto)
5- Comités intercentros.
6- Horas complementarias en contratos (mínimo de 10h. semanales de jornada)
7- Protección a los representantes de los trabajadores (un año tras finalizar su cargo + también a los candidatos)
8- Comunicación Horas Extraordinarias a los representantes (mensualmente)
9- Despido de trabajador afiliado (Dar audiencia al delegado sindical)
10- Preaviso de denuncia en contratos de duración superior a un año (15 días ?)
11- Periodo de prueba (puede ser acordado con anterioridad o simultaneamente al inicio)
12- Descando diario. 12h   
13- Despido vulnerando D.F. (nulo)
14- Permiso por Matrimonio. (15 días)
15-Elecciones sindicales (una vez concluído el mandato ó 6 meses desde inicio de actividad)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: ecaracet1 en 28 de Enero de 2021, 17:39:44 pm
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Muchas gracias por poner las preguntas de las que os acordáis!

Yo voy a la segunda semana. El curso pasado la dejé directamente para septiembre, y perdí la oportunidad de aprobar el examen tan fácil que pusieron! En fin, ya no tiene remedio...Bueno, lo dicho, gracias por la información sobre el examen y las preguntas. Mucha suerte a todos!

Es lo malo de no presentarse si no te sabes las preguntas perfectamente
tiene sus cosas buenas y sus cosas malas (ya sabes a qué me refiero)
un afectuoso saludo y suerte en los en la 2º semana
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: ivanov en 28 de Enero de 2021, 17:50:02 pm
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Por lo que veo, el banco de preguntas era extenso.

En mi caso:

1- Cesión ilegal de trabajadores (responden solidarimente ambas empresas por Seg. Soc.)
2- Teletrabajo. (pacto inicial o también en acuerdo posterior)
3- Contrato de interinidad (requiere fiorma escrita en todo caso)
4- Duración p. prueba (6 meses los técnicos y 2 el resto)
5- Comités intercentros.
6- Horas complementarias en contratos (mínimo de 10h. semanales de jornada)
7- Protección a los representantes de los trabajadores (un año tras finalizar su cargo + también a los candidatos)
8- Comunicación Horas Extraordinarias a los representantes (mensualmente)
9- Despido de trabajador afiliado (Dar audiencia al delegado sindical)
10- Preaviso de denuncia en contratos de duración superior a un año (15 días ?)
11- Periodo de prueba (puede ser acordado con anterioridad o simultaneamente al inicio)
12- Descando diario. 12h   
13- Despido vulnerando D.F. (nulo)
14- Permiso por Matrimonio. (15 días)
15-Elecciones sindicales (una vez concluído el mandato ó 6 meses desde inicio de actividad)

Si son 15 días, al hablar de contratos de duración determinada, se refiere  a los contratos temporales y de obra o servicio.

Capítulo IV.
VI Contratos de duración determinada.
1.6 Extinción del contrato de obra o servicio determinados.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Arancha3 en 28 de Enero de 2021, 17:55:56 pm
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Es lo malo de no presentarse si no te sabes las preguntas perfectamente
tiene sus cosas buenas y sus cosas malas (ya sabes a qué me refiero)
un afectuoso saludo y suerte en los en la 2º semana

Jajajaja, gracias, ecaracet! Pero no fue eso lo que pasó. Fue peor...me presenté y suspendí.  :-[ Algún día os contaré lo que me ocurrió. Soy un "raro ejemplar" de ese 3% que suspendió el examen (si me equivoco en el porcentaje y medved nos lee, ya nos lo dirá). Bueno, pero eso ya pasó. Espero aprobar ahora...
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: pitu448 en 28 de Enero de 2021, 20:02:55 pm
La batería de preguntas es grandísima ...
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: medved en 28 de Enero de 2021, 22:14:11 pm
exacto, estaba leyendo las preguntas que habéis colgado y pensaba que había hecho el examen de otra asignatura..como han preguntado en otro hilo, como tenéis acceso a la preguntas ? teneis memoria fotográfica, habéis hecho fotos ? yo lo intento ver en examen realizado y me remite a las 48 horas . En efecto, como dice Arancha el curso pasado el índice de suspensos fue del 3 por ciento, y eso combina primer cuatrimestre sin AvEx y septiembre con AvEx, pero las preguntas de septiembre comparadas con esta enorme base de datos fueron muy asequibles, en mi opinión. las podéis ver en el hilo enunciado exámenes AvEx septiembre 2020.  Por cierto estoy leyendo en foro que ya están subiendo notas a la app, esta rapidez no es propia de la UNED. saludos y suerte a todos.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: lucia1234 en 28 de Enero de 2021, 22:34:17 pm
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exacto, estaba leyendo las preguntas que habéis colgado y pensaba que había hecho el examen de otra asignatura..como han preguntado en otro hilo, como tenéis acceso a la preguntas ? teneis memoria fotográfica, habéis hecho fotos ? yo lo intento ver en examen realizado y me remite a las 48 horas . En efecto, como dice Arancha el curso pasado el índice de suspensos fue del 3 por ciento, y eso combina primer cuatrimestre sin AvEx y septiembre con AvEx, pero las preguntas de septiembre comparadas con esta enorme base de datos fueron muy asequibles, en mi opinión. las podéis ver en el hilo enunciado exámenes AvEx septiembre 2020.  Por cierto estoy leyendo en foro que ya están subiendo notas a la app, esta rapidez no es propia de la UNED. saludos y suerte a todos.

NOTAS!
De momento sólo la tengo DIPr,, pues no era muy complicado para el ED al ser tipo test.
En cuanto Administrativo IV,, sólo he visto una compañera que haya dicho que ya tiene la nota!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 28 de Enero de 2021, 22:36:48 pm
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exacto, estaba leyendo las preguntas que habéis colgado y pensaba que había hecho el examen de otra asignatura..como han preguntado en otro hilo, como tenéis acceso a la preguntas ? teneis memoria fotográfica, habéis hecho fotos ? yo lo intento ver en examen realizado y me remite a las 48 horas . En efecto, como dice Arancha el curso pasado el índice de suspensos fue del 3 por ciento, y eso combina primer cuatrimestre sin AvEx y septiembre con AvEx, pero las preguntas de septiembre comparadas con esta enorme base de datos fueron muy asequibles, en mi opinión. las podéis ver en el hilo enunciado exámenes AvEx septiembre 2020.  Por cierto estoy leyendo en foro que ya están subiendo notas a la app, esta rapidez no es propia de la UNED. saludos y suerte a todos.
En exámenes anteriores hice capturas de pantalla en el ordenador, pero esta tanda no porque se me olvidó el comando que era 😂😂
Imprimir pantalla/print screen + otra/s teclas 😅

Probé a ver si dejaba seleccionar el texto (si deja) pero no me atreví a abrir Word para copiar y pegar. Ya sé que no estaría haciendo nada malo, pero me pongo muy nerviosa 🤣

Lo de las calificaciones antes que las plantillas es interesante, la verdad, pero al menos están espabilando...
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Raquel26a en 29 de Enero de 2021, 08:25:03 am
Tan solo una precisión, los contratos del duración determinada son los del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, uno de estos contratos es el contrato de obra o servicio, pero hay más supuestos: letras a), b) y c) del apartado 1.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Molins19 en 30 de Enero de 2021, 16:55:54 pm
Ya están en Avex los exámenes corregidos!!
En cuanto tenga algo de tiempo, os comparto el mío!!
Saludos!!  :)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 30 de Enero de 2021, 17:17:06 pm
Hola, subí el mío, está sin formato pero desde el móvil no me apaño.
Mucho ánimo y mucha suerte a los compañeros de la segunda semana
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Raquel26a en 30 de Enero de 2021, 17:40:24 pm
Muchas suerte, alguién cuelga sus preguntas tipo tests? yo he colgado las mias de otras asignaturas. Gracias de antemano y enhorabuena a los aprobados/as
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: patxi71 en 30 de Enero de 2021, 17:50:29 pm
Pregunta 1
Solo pueden constituir secciones sindicales:
 
Los trabajadores afiliados a cualquier sindicato, al margen de su representatividad, pueden constituir secciones sindicales de conformidad con lo establecido en los estatutos del sindicato.
 
Los trabajadores afiliados a los sindicatos más representativos a nivel estatal o autonómico, así como los trabajadores afiliados a los sindicatos con representatividad en un ámbito territorial o funcional específico.
 
Los trabajadores afiliados a los sindicatos más representativos a nivel estatal o autonómico.

Pregunta 2
Los representantes de los trabajadores
 
Tienen prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores en los supuestos de suspensión por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, pero no así en los supuestos de extinción.
 
Tienen prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores en los supuestos de suspensión o extinción por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
 
Tienen prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores en los supuestos de extinción por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, pero no así en los supuestos de suspensión.

Pregunta 3
Si a la empresa le consta que el trabajador que va a ser objeto de despido disciplinario está afiliado a un sindicato:
 
Debe abrir un expediente contradictorio en el que deben ser oídos, además del trabajador interesado, los representantes de los trabajadores.
 
Debe dar audiencia previa al delegado o delegados sindicales de la sección sindical correspondiente.
 
Los trabajadores afiliados a un sindicato no pueden ser despedidos.

Pregunta 4
La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no puede exceder de:
 
Ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de un mes.
 
Ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días.
 
Nueve horas diarias de promedio, en un período de quince días.

Pregunta 5
El pacto de permanencia en la empresa no puede tener una duración superior a:
 
Dos años.
 
Un año.
 
Cinco años.

Pregunta 6
El permiso retribuido en caso de matrimonio es de:
 
Diez días naturales.
 
Doce días naturales.
 
Quince días naturales.

Pregunta 7
Se pueden promover elecciones para cubrir la totalidad de los delegados de personal o miembros del comité de empresa:
 
Cuando hayan transcurrido dos meses desde la iniciación de actividades en un centro de trabajo.
 
Cuando haya concluido el mandato de los representantes anteriores.
 
Las dos respuestas anteriores son correctas.

Pregunta 8
Por parte de los trabajadores, tienen legitimación inicial para negociar un convenio colectivo de empresa:
 
Los representantes unitarios (delegados de personal o miembros del comité de empresa).
 
Las secciones sindicales que, en su conjunto, sumen la mayoría de los miembros del comité.
 
Los representantes unitarios o las secciones sindicales (gozando estas últimas de prioridad negociadora).

Pregunta 9
El comité intercentros:
 
Solo puede existir si el convenio colectivo aplicable ha previsto su concreta constitución.
 
Puede tener un máximo de quince miembros
 
Está integrado por representantes que son directamente elegidos por los propios trabajadores

Pregunta 10
El contrato de trabajo celebrado entre la empresa de trabajo temporal y el trabajador para prestar servicios en empresas usuarias puede concertarse:
 
Por tiempo indefinido o por duración determinada.
 
Por tiempo indefinido.
 
Solo por duración determinada.

Pregunta 11
Los empresarios, cedente y cesionario, que incurran en cesión ilegal, responden:
 
No responden de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social.
 
Subsidiariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social.
 
Solidariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social.

Pregunta 12
La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo debe ir precedida de un período de consultas de duración:
 
No superior a diez días.
 
No superior a quince días.
 
No superior a cinco días.

Pregunta 13
El teletrabajo:
 
Puede formar parte de una descripción inicial del puesto de trabajo o puede ser acordado posteriormente.
 
Solo puede acordarse en el momento inicial de la relación laboral.
 
Puede ser impuesto por la empresa al trabajador.

Pregunta 14
Un contrato eventual se extingue:
 
De forma automática, con la llegada del término resolutorio previsto por las partes.
 
Con la llegada del término acordado, pero siempre y cuando se formule denuncia por alguna de las partes.
 
Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Pregunta 15
Se presumen huelgas ilícitas o abusivas:
 
Las huelgas políticas
 
Las huelgas rotatorias.
 
Las huelgas de solidaridad o apoyo


1 A, 2 B, 3 B, 4 B, 5 A, 6 C, 7 B, 8 C, 9 A, 10 A, 11 C, 12 B, 13 A, 14 B, 15 B
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: OliviaBlanc en 30 de Enero de 2021, 17:53:59 pm
Muchas gracias, enhorabuena a los aprobados y sino lo estas...sin duda lo estarás...!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Sapara en 30 de Enero de 2021, 18:17:05 pm
Pregunta 1
Solo se puede formalizar un pacto de horas complementarias en el caso de contratos a tiempo parcial con una jornada de trabajo no inferior a:
A)   Seis horas semanales en cómputo anual.
B)   Ocho horas semanales en cómputo anual.
C)   Diez horas semanales en cómputo anual.

Pregunta 2
El salario en especie no puede superar:
A)   El treinta por ciento de las percepciones salariales del trabajador.
B)   El treinta y tres por ciento de las percepciones salariales del trabajador.
C)   El veinte por ciento de las percepciones salariales del trabajador.

Pregunta 3
El derecho a la libertad sindical:
A)   Puede ser ejercido por todos los trabajadores sin ningún tipo de excepción, alcanzando incluso a los miembros de las fuerzas armadas que estén sometidos a la disciplina militar.
B)   Garantiza, en su vertiente negativa, que nadie pueda ser obligado a afiliarse a un sindicato.
C)   Garantiza a los trabajadores autónomos la posibilidad de constituir sindicatos que tengan por objeto la tutela de sus intereses singulares.

Pregunta 4
El contrato de trabajo se puede extinguir:
A)   Por el cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma.
B)   Por incapacidad temporal para el trabajo.
C)   Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Pregunta 5
¿Cuál de las siguientes formalidades debe respetar un despido objetivo?
A)   Concesión de un plazo de preaviso de treinta días, computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo.
B)   Puesta a disposición del trabajador, simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita, de una indemnización de 33 días de salario por año de servicio.
C)   Comunicación escrita al trabajador expresando la causa.

Pregunta 6
Se presumen huelgas ilícitas o abusivas:
A)   Las huelgas rotatorias.
B)   Las huelgas de solidaridad o apoyo
C)   Las huelgas políticas

Pregunta 7
El convenio colectivo extraestatutario:
A)   Tiene eficacia jurídica normativa y eficacia personal general.
B)   Tiene eficacia jurídica normativa y eficacia personal limitada a los afiliados y representados por las asociaciones firmantes.
C)   Tiene eficacia jurídica contractual y eficacia personal limitada a los afiliados y representados por las asociaciones firmantes.

Pregunta 8
La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no puede exceder de:
A)   Nueve horas diarias de promedio, en un período de quince días.
B)   Ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días.
C)   Ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de un mes.

Pregunta 9
Las personas trabajadoras tienen derecho a ausentarse del trabajo en el caso de nacimiento de un hijo prematuro o que por cualquier causa deba permanecer hospitalizado tras el parto, durante:
A)   Una hora.
B)   Un día.
C)   Dos días.

Pregunta 10
El empresario es el sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotización y ha de ingresar:
A)   Las aportaciones propias y las de sus trabajadores en su totalidad.
B)   Las aportaciones de sus trabajadores.
C)   Las aportaciones propias.

Pregunta 11
Si a la empresa le consta que el trabajador que va a ser objeto de despido disciplinario está afiliado a un sindicato:
A)   Debe abrir un expediente contradictorio en el que deben ser oídos, además del trabajador interesado, los representantes de los trabajadores.
B)   Debe dar audiencia previa al delegado o delegados sindicales de la sección sindical correspondiente.
C)   Los trabajadores afiliados a un sindicato no pueden ser despedidos.

Pregunta 12
La duración máxima de los desplazamientos temporales es de:
A)   Doce meses en un período de cuatro años.
B)   Doce meses en un período tres años.
C)   Doce meses en un período de dos años.

Pregunta 13
El comité intercentros:
A)   Solo puede existir si el convenio colectivo aplicable ha previsto su concreta constitución.
B)   Puede tener un máximo de quince miembros
C)   Está integrado por representantes que son directamente elegidos por los propios trabajadores

Pregunta 14
La cuota sindical:
A)   Es un gasto deducible a efectos del impuesto de la renta de las personas físicas.
B)   Puede ser objeto de embargo.
C)   Ambas respuestas son correctas.

Pregunta 15
El descanso diario consiste en que entre el final de una jornada y el comienzo de otra han de mediar como mínimo:
A)   Diez horas.
B)   Doce horas.
C)   Veinticuatro horas.

SOLUCIONES: 1 C – 2 A – 3 B – 4 C – 5 C – 6 A – 7 C – 8 B – 9 A – 10 A – 11 B – 12 B – 13 A – 14 A – 15 B
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: drei en 30 de Enero de 2021, 18:46:37 pm
Ahí va el mío aunque hay unas cuantas que ya están en otros

Pregunta 1. Los empresarios, cedente y cesionario, que incurran en cesión ilegal, responderán
A Subsidiariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social
B NO responderán de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social
C Solidariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social

Pregunta 2. El despido que se produce con violación de derechos fundamentales y libertades públicas merece la calificación jurídica de:
A Nulo
B Procedente
C Improcedente

Pregunta 3. La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo debe ir precedida de un periodo de consultas de duración:
A NO superior a cinco días
B No superior a quince días
C No superior a diez días

Pregunta 4. El contrato de trabajo se puede extinguir:
A Por el cambio de titularidad de la empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma
B Por incapacidad temporal para el trabajo
C Ninguna de las respuestas es correcta

Pregunta 5. Si a la empresa le consta que el trabajador que va a ser objeto de despido disciplinario está afiliado a un sindicato:
A Debe abrir un expediente contradictorio en el que deben ser oídos, además del trabajador interesado, los representantes de los trabajadores
B Debe dar audiencia previa al delegado o delegados sindicales de la sección sindical correspondiente
C Los trabajadores afilados a un sindicato no pueden ser despedidos

Pregunta 6. En principio, en número de horas ordinarias de trabajo efectivo, la jornada máxima diaria no puede ser superior a:
A siete diarias
B ocho diarias
C 9 diarias

Pregunta 7. Solo se puede formalizar un pacto de horas complementarias en le caso de contratos a tiempo parcial con una jornada de trabajo no inferior a:
A Diez horas semanales en cómputo anual
B Ocho horas semanales en cómputo anual
C Seis horas semanales en cómputo anual

Pregunta 8. El teletrabajo
A Puede formar parte de las condiciones iniciales del puesto de trabajo o puede ser acordado posteriormente
B Puede ser impuesto por la empresa al trabajador
C solo se puede acordar en el momento inicial de la relación laboral

Pregunta 9. La duración máxima de los desplazamientos temporales será:
A Doce meses en un periodo de cuatro años
B Doce meses en un periodo de tres años
C Doce meses en un periodo de dos años

Pregunta 10. El derecho de libertad sindical
A Puede ser ejercido por todos los trabajadores sin ningún tipo de excepción, alcanzando incluso a los miembros de las Fuerzas Armadas que estén sometidos a disciplina militar
B Garantiza, en su vertiente negativa, que nadie puede ser obligado a afiliarse a un sindicato
C Garantiza a los trabajadores autónomos la posibilidad de constituir sindicatos que tengan por objeto la tutela de sus intereses legales

Pregunta 11. El comité intercentros
A Puede tener un máximo de quince miembro
B Está integrado por representantes que son directamente elegidos por los propios trabajadores
C Solo puede existir si el convenio colectivo aplicable ha previsto su concreta construcción

Pregunta 12. El derecho fundamental a la huelga reconocido en el art. 28 de la Constitución Española
A Se encuentra regulado en el propio Estatuto de los Trabajadores
B SE encuentra regulado en la Ley Orgánica de Huelga de 1993, cuya aprobación es posterior al texto constitucional
C Se encuentra regulado en un Real Decreto Ley previo a la Constitución

Pregunta 13. Identifique la afirmación FALSA acerca de la denuncia ante la inspección de trabajo:
A Sólo se admite la denuncia cuando el sujeto ha intentado ya previamente la vía judicial
B No se tramita si es anónima
C NO se tramita la denuncia que coincida con asunto del que esté conociendo un órgano jurisdiccional

Pregunta 14. El descanso diario consiste que entre el final de una jornada y el comienzo de otra han de mediar como mínimo
A Veinticuatro horas
B Diez horas
C Doce horas

Pregunta 15. El contrato celebrado entre la empresa de trabajo temporal y el trabajador para prestar servicios en empresas usuarias puede concertarse:
A Por tiempo indefinido
B Por tiempo indefinido o por duración determinada
C Solo por duración determinada

RESPUESTAS: 1 C; 2 A; 3 B; 4 C; 5 B; 6 C; 7 A; 8 A; 9 C; 10 B; 11 C; 12 C; 13 A; 14 C; 15 B
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Molins19 en 30 de Enero de 2021, 19:16:32 pm
DERECHO DEL TRABAJO 28/01/2021 16:00H

PREGUNTA 1
El salario en especie no puede superar:


A) El veinte por ciento de las percepciones salariales del trabajador

B) El treinta y tres por ciento de las percepciones salariales del trabajador

C) El treinta por ciento de las percepciones salariales del trabajador.


PREGUNTA 2
Las personas trabajadoras tienen derecho a ausentarse del trabajo en el caso de nacimiento de un hijo prematuro o que por cualquier causa deba permanecer hospitalizado tras el parto, durante


A) Una hora

B) Un día

C) Dos días


PREGUNTA 3
El pacto de permanencia en la empresa no puede tener una duración superior a:


A) Dos años

B) Cinco años

C) Un año


PREGUNTA 4
Se pueden promover elecciones para cubrir la totalidad de los delegados de personal o miembros del comité de empresa:


A) Cuando hayan transcurrido dos meses desde la iniciación de actividades en un centro de trabajo

B) Cuando haya concluido el mandato de los representantes anteriores

C) Las dos respuestas anteriores son correctas


PREGUNTA 5
Los representantes de los trabajadores


A) Tienen prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores en los supuestos de suspensión o extinción por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

B) Tienen prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores en los supuestos de extinción por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, pero no así en los supuestos de suspensión.

C) Tienen prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores en los supuestos de suspensión por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, pero no así en los supuestos de extinción.


PREGUNTA 6
Identifique la afirmación FALSA acerca de la denuncia ante la Inspección de Trabajo:


A) Sólo se admite la denuncia cuando el sujeto ha intentado previamente la vía judicial

B) No se tramita la denuncia que coincida con un asunto del que esté conociendo un órgano jurisdiccional

C) No se tramita si es anónima


PREGUNTA 7
Los empresarios, cedente y cesionario, que incurran en cesión ilegal, responden:


A) No responden de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social

B) Subsidiariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social

C) Solidariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social


PREGUNTA 8
El despido que se produce con violación de derechos fundamentales y libertades públicas merece la calificación jurídica de:


A) Improcedente

B) Nulo

C) Procedente


PREGUNTA 9
Se presumen huelgas ilícitas o abusivas:


A) Las huelgas de solidaridad o apoyo

B) Las huelgas políticas

C) Las huelgas rotatorias


PREGUNTA 10
El despido colectivo


A) Exige la autorización de la Autoridad Laboral

B) Se basa en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción

C) Ambas respuestas son correctas


PREGUNTA 11
El derecho fundamental de huelga reconocido en el art. 28 de la Constitución Española:


A) Se encuentra regulado en la Ley Orgánica de Huelga de 1993, cuya aprobación es posterior al texto constitucional

B) Se encuentra regulado en el propio Estatuto de los Trabajadores

C) Se encuentra regulado en el Real Decreto Ley previo a la Constitución.


PREGUNTA 12
Un contrato eventual se extingue:


A) De forma automática, con la llegada del término resolutorio previsto por las partes

B) Con la llegada del término acordado, pero siempre y cuando se formule denuncia por alguna de las partes

C) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta


PREGUNTA 13
Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo (excepto en el contrato de interinidad) con una antelación mínima de:


A) Diez días

B) Cinco días

C) Quince días


PREGUNTA 14
Por parte de los trabajadores, tienen legitimación para negociar un convenio colectivo de un grupo de empresas:


A) Los representantes unitarios de las diferentes empresas del grupo o los sindicatos que reúnan los requisitos para negociar un convenio colectivo sectorial (gozando estos últimos de prioridad negociadora).

B) Los representantes unitarios (delegados de personal o miembros del comité de empresa de las diferentes empresas del grupo.

C) Los sindicatos que reúnan los requisitos para negociar un convenio colectivo sectorial.


PREGUNTA 15
Los delegados de personal:


A) Son el órgano de representación en la empresa o en centro de trabajo cuando la plantilla sea de cincuenta o más trabajadores.

B) Son el órgano de representación en la empresa o en el centro de trabajo cuando la plantilla sea superior a diez trabajadores e inferior a cincuenta.

C) Aún siendo cierta la respuesta anterior, también podría haber un delegado de personal en las empresas o centros que cuenten entre seis y diez trabajadores, si así lo deciden ellos por mayoría.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Arancha3 en 30 de Enero de 2021, 19:23:53 pm
Muchísimas gracias a todos por los exámenes! Sois un lujo de compañeros! GRACIAS!!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 30 de Enero de 2021, 21:24:50 pm
https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=129839.msg1254346#msg1254346 ;)
Hola, yo he colgado el examen en el hilo general sobre exámenes de esta convocatoria. Hay ya unos cuantos de Trabajo.

Mucho ánimo y a por ello
Si os fijáis en las preguntas y en el temario la gran mayoría viene en el ET, los temas iniciales y algunas otras cosas no, pero es un valor seguro 😉
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Arancha3 en 31 de Enero de 2021, 07:07:36 am
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https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=129839.msg1254346#msg1254346 ;)
Hola, yo he colgado el examen en el hilo general sobre exámenes de esta convocatoria. Hay ya unos cuantos de Trabajo.

Mucho ánimo y a por ello
Si os fijáis en las preguntas y en el temario la gran mayoría viene en el ET, los temas iniciales y algunas otras cosas no, pero es un valor seguro 😉

Muchas gracias, suss!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jgarciamad en 31 de Enero de 2021, 07:36:57 am
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DERECHO DEL TRABAJO 28/01/2021 16:00H

PREGUNTA 1
El salario en especie no puede superar:


A) El veinte por ciento de las percepciones salariales del trabajador

B) El treinta y tres por ciento de las percepciones salariales del trabajador

C) El treinta por ciento de las percepciones salariales del trabajador.


PREGUNTA 2
Las personas trabajadoras tienen derecho a ausentarse del trabajo en el caso de nacimiento de un hijo prematuro o que por cualquier causa deba permanecer hospitalizado tras el parto, durante


A) Una hora

B) Un día

C) Dos días


PREGUNTA 3
El pacto de permanencia en la empresa no puede tener una duración superior a:


A) Dos años

B) Cinco años

C) Un año


PREGUNTA 4
Se pueden promover elecciones para cubrir la totalidad de los delegados de personal o miembros del comité de empresa:


A) Cuando hayan transcurrido dos meses desde la iniciación de actividades en un centro de trabajo

B) Cuando haya concluido el mandato de los representantes anteriores

C) Las dos respuestas anteriores son correctas


PREGUNTA 5
Los representantes de los trabajadores


A) Tienen prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores en los supuestos de suspensión o extinción por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

B) Tienen prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores en los supuestos de extinción por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, pero no así en los supuestos de suspensión.

C) Tienen prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores en los supuestos de suspensión por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, pero no así en los supuestos de extinción.


PREGUNTA 6
Identifique la afirmación FALSA acerca de la denuncia ante la Inspección de Trabajo:


A) Sólo se admite la denuncia cuando el sujeto ha intentado previamente la vía judicial

B) No se tramita la denuncia que coincida con un asunto del que esté conociendo un órgano jurisdiccional

C) No se tramita si es anónima


PREGUNTA 7
Los empresarios, cedente y cesionario, que incurran en cesión ilegal, responden:


A) No responden de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social

B) Subsidiariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social

C) Solidariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social


PREGUNTA 8
El despido que se produce con violación de derechos fundamentales y libertades públicas merece la calificación jurídica de:


A) Improcedente

B) Nulo

C) Procedente


PREGUNTA 9
Se presumen huelgas ilícitas o abusivas:


A) Las huelgas de solidaridad o apoyo

B) Las huelgas políticas

C) Las huelgas rotatorias


PREGUNTA 10
El despido colectivo


A) Exige la autorización de la Autoridad Laboral

B) Se basa en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción

C) Ambas respuestas son correctas


PREGUNTA 11
El derecho fundamental de huelga reconocido en el art. 28 de la Constitución Española:


A) Se encuentra regulado en la Ley Orgánica de Huelga de 1993, cuya aprobación es posterior al texto constitucional

B) Se encuentra regulado en el propio Estatuto de los Trabajadores

C) Se encuentra regulado en el Real Decreto Ley previo a la Constitución.


PREGUNTA 12
Un contrato eventual se extingue:


A) De forma automática, con la llegada del término resolutorio previsto por las partes

B) Con la llegada del término acordado, pero siempre y cuando se formule denuncia por alguna de las partes

C) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta


PREGUNTA 13
Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo (excepto en el contrato de interinidad) con una antelación mínima de:


A) Diez días

B) Cinco días

C) Quince días


PREGUNTA 14
Por parte de los trabajadores, tienen legitimación para negociar un convenio colectivo de un grupo de empresas:


A) Los representantes unitarios de las diferentes empresas del grupo o los sindicatos que reúnan los requisitos para negociar un convenio colectivo sectorial (gozando estos últimos de prioridad negociadora).

B) Los representantes unitarios (delegados de personal o miembros del comité de empresa de las diferentes empresas del grupo.

C) Los sindicatos que reúnan los requisitos para negociar un convenio colectivo sectorial.


PREGUNTA 15
Los delegados de personal:


A) Son el órgano de representación en la empresa o en centro de trabajo cuando la plantilla sea de cincuenta o más trabajadores.

B) Son el órgano de representación en la empresa o en el centro de trabajo cuando la plantilla sea superior a diez trabajadores e inferior a cincuenta.

C) Aún siendo cierta la respuesta anterior, también podría haber un delegado de personal en las empresas o centros que cuenten entre seis y diez trabajadores, si así lo deciden ellos por mayoría.
La aprobé el año pasado cuando era de desarrollo y está muy fácil ahora. Si alguien duda en presentarse que no lo deje, nunca va a estar tan chupado
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: PAF en 31 de Enero de 2021, 08:34:50 am
¿Y cómo os ha ido con la nota?
Entiendo que si se contestan todas hay que tener 10 bien para aprobar, ¿no?
Gracias por distribuir las preguntas.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: medved en 31 de Enero de 2021, 09:07:47 am
en esta asignatura las mal contestadas penalizan de modo que si contestas 10 bien, a partir de ese 5 debes restar el valor de las erróneas...así que no, no se aprueba con 10 bien y 10 mal, 10 bien y 10 no contestadas es lo que te salvaría.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: medved en 31 de Enero de 2021, 09:14:48 am
 repasando mi post quizás no te entendí bien, un ejemplo mejor es con 13 bien y 7 mal no apruebas si la buena vale 0.5 y la incorrecta penaliza 0.25, eso es un 4.75. En los exámenes tipo test siempre es conveniente calcular la penalización. suerte.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: fern1000 en 31 de Enero de 2021, 11:13:19 am
Buenos días compañeros tengo muchas dudas con estas 2 preguntas porque no me queda clara la corrección.

El contrato de trabajo celebrado entre la empresa de trabajo temporal y el trabajador para prestar servicios en empresas usuarias puede concertarse:

a) Solo por duración determinada

b) por tiempo indefinido

c) Por tiempo indefinido o por duración determinada

Según la corrección es la C pero yo entiendo que tiene ser la A.


El despido colectivo:

a) Exige autorización de la Autoridad Laboral

b) Se basa en causas economicas, técnicas, organizativas y de producción

c) Ambas respuestas son correctas


un par de compañeros antes han comentado que podía ser la B o la C. Yo entiendo que es la C pero si alguien puede aclararlo por favor?
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jgarciamad en 31 de Enero de 2021, 11:21:27 am
La primera pregunta es la C. La segunda pregunta es la b, la autorización era antaño.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: carlos14500 en 31 de Enero de 2021, 11:24:57 am
Muchas gracias por compartir las preguntas de vuestros exámenes, nos van a servir de mucho para enfocar la segunda semana  :)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: fern1000 en 31 de Enero de 2021, 11:35:35 am
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La primera pregunta es la C. La segunda pregunta es la b, la autorización era antaño.


Gracias por las respuestas, puedes indicarme en que artículo has encontrado la primera? creo que tengo mal mis apuntes
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: fern1000 en 31 de Enero de 2021, 12:54:17 pm
Pongo las otras preguntas de mi examen aunque la mayoría estaban ya en las de otros compañeros

Por parte de los trabajadores, tienen legitimación para negociar un convenio colectivo de un grupo de empresas:

a) Los representantes unitarios de las diferentes empresas del grupo o los sindicatos que reúnan los requisitos para negociar un convenio colectivo sectorial (gozando estos últimos de prioridad negociadora)
b) Los representantes unitarios (delegados de personal o miembros del comité de empresasa de las diferentes empresas del grupo
c) Los sindicatos que reúnen los requisitos para negociar un convenio colectivo sectorial

El derecho fundamental de huelga reconocido en el art. 28 de la la CE:

a) se encuentra regulado en la Ley Orgánica de huelga de 1993, cuya aprobación es posterior al texto constitucional
b) Se encuentra regulado en un Real Decreto Ley previo a la Constitución
c) Se encuentra regulado en el Estatuto de los Trabajadores

En principio, en número de horas ordinarias de trabajo efectivo, la jornada máxima no puede ser superior a:

a) Nueve diarias

b) Siete diarias
c) Ocho diarias 

Solo se puede formalizar un pacto de horas complementarias en el caso de contratos a tiempo parcial con una jornada de trabajo no inferior a:

a) Diez horas semanales en el cómputo anual
b) Seis horas semanales en el cómputo anual
c) Ocho horas semanales en el cómputo anual

La determinación del convenio colectivo aplicable:

a) se rige con carácter general, por el criterio de la actividad preponderante

b) es una materia disponible para las partes, pues éstas pueden elegir libremente el convenio colectivo por el que se quieren regir
c) ambas respuestas son correctas 

En defecto de pacto en convenio colectivo, la duración del periodo del prueba en empresas de más de 25 trabajadores no puede exceder de:

a) Seis meses para los técnicos titulados, ni de cinco meses para los demás trabajadores
b) Seis meses para los técnicos titulados, ni de dos meses para los demás trabajadores
c) Seis meses para los técnicos titulados, ni de cuatro meses para los demás trabajadores

La duración máxima de los desplazamientos temporales es de:

a) doce meses en un período de cuatro años
a) doce meses en un período de dos años
a) doce meses en un período de tres años

Si a la empresa le consta que el trabajador que va a ser objeto de despido disciplinario está afiliado a un sindicato:
a) Debe abrir un expediente contradictorio en el que deben ser oídos, además del trabajador interesado, los representantes de los trabajadores
b) los trabajadores afiliados a un sindicato no pueden ser despedidos
c) Debe dar audiencia previa al delegado o delegados sindicales de la sección sindical correspondiente


la duración mínimia para el contrato de formación y aprendizaje es de:

a) un año
b) dos años
c) seis meses

Solo pueden constituir secciones sindicales:

a) los trabajadores afiliados a los sindicatos más representativos a nivel estatal o autonómico
b) los trabajadores afiliados a los sindicatos más representativos a nivel estatal o autonómico, as´como los trabajadores afiliados a los sindicatos con representatividad en un ámbito territorial o funcional específico
a) los trabajadores afiliados a cualquier sindicato, al marge de su representatividad, pueden constituir secciones sindicales de conformidad con lo establecido en los estatutos del sindicato
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 31 de Enero de 2021, 13:53:12 pm
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Gracias por las respuestas, puedes indicarme en que artículo has encontrado la primera? creo que tengo mal mis apuntes

Art. 43 ET cesión de trabajadores (sólo a través de ETT)
Sólo habla de la relación entre empresas, no del contrato del trabajador con la ETT o empresa cedente. Esa regulación hay que mirarla en la LETT (Art. 10 LETT). Yo la contesté en verdad conforme a las "reglas generales" del ET y al sentido común: una cosa es el contrato mercantil de puesta a disposición entre las dos empresas, siempre conforme a los límites de los contratos de duración determinada y demás, y otra el contrato laboral de trabajo entre el empleado y la ETT, no está en verdad contratado por la empresa usuaria. Nada debería impedir que ese trabajador esté fijo en la ETT (aunque sea X ej. contrato discontinuo) y ésta disponga en su nómina habitual de un trabajador que funciona bien, mientras al trabajador se le garantiza el trabajo.

Miré otras leyes laborales además del Estatuto, pero la Lett no 😬
Un resumen:
https://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUMTMxMjtbLUouLM_DxbIwMDCwNzA0uQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoAosmE_TUAAAA=WKE


Art. 51 Despido colectivo (regulación del procedimiento, la autoridad laboral supervisa y media, pero no decide, llegado el caso de no acuerdo a impugnar en el juzgado de lo social, desde 2013 no hay autorización administrativa pero implica tb mayor control judicial del resultado final)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 31 de Enero de 2021, 14:01:04 pm
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¿Y cómo os ha ido con la nota?
Entiendo que si se contestan todas hay que tener 10 bien para aprobar, ¿no?
Gracias por distribuir las preguntas.

10 bien. 0,67 + 5 mal. 0,33 = 5.05

Sí, con 10 preguntas bien apruebas si o si 👍
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: jgarciamad en 31 de Enero de 2021, 14:06:03 pm
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Gracias por las respuestas, puedes indicarme en que artículo has encontrado la primera? creo que tengo mal mis apuntes
Eso viene en la ley 14/1994 de Ett, no se exactamente el artículo.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Dr Phibes en 01 de Febrero de 2021, 17:10:34 pm
Ya han publicado NOTAS del examen del jueves.
Suerte a todos.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: fern1000 en 02 de Febrero de 2021, 21:11:22 pm
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Art. 43 ET cesión de trabajadores (sólo a través de ETT)
Sólo habla de la relación entre empresas, no del contrato del trabajador con la ETT o empresa cedente. Esa regulación hay que mirarla en la LETT (Art. 10 LETT). Yo la contesté en verdad conforme a las "reglas generales" del ET y al sentido común: una cosa es el contrato mercantil de puesta a disposición entre las dos empresas, siempre conforme a los límites de los contratos de duración determinada y demás, y otra el contrato laboral de trabajo entre el empleado y la ETT, no está en verdad contratado por la empresa usuaria. Nada debería impedir que ese trabajador esté fijo en la ETT (aunque sea X ej. contrato discontinuo) y ésta disponga en su nómina habitual de un trabajador que funciona bien, mientras al trabajador se le garantiza el trabajo.

Miré otras leyes laborales además del Estatuto, pero la Lett no 😬
Un resumen:
https://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUMTMxMjtbLUouLM_DxbIwMDCwNzA0uQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoAosmE_TUAAAA=WKE


Art. 51 Despido colectivo (regulación del procedimiento, la autoridad laboral supervisa y media, pero no decide, llegado el caso de no acuerdo a impugnar en el juzgado de lo social, desde 2013 no hay autorización administrativa pero implica tb mayor control judicial del resultado final)



Muchas gracias!!! alguna recomendacion de apuntes para esta asignatura? me ha quedado para septiembre
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: ivanov en 03 de Febrero de 2021, 11:35:14 am
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Muchas gracias!!! alguna recomendacion de apuntes para esta asignatura? me ha quedado para septiembre

Buenos días, yo preparé la asignatura con los apuntes de Juan Bueno, haciendo los test de Quiz y con las videoclases del campus y me ha ido genial, todas las preguntas que entraron en el examen, venían en los apuntes. Así que los recomiendo 100%.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: charlin en 03 de Febrero de 2021, 12:41:30 pm
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Buenos días, yo preparé la asignatura con los apuntes de Juan Bueno, haciendo los test de Quiz y con las videoclases del campus y me ha ido genial, todas las preguntas que entraron en el examen, venían en los apuntes. Así que los recomiendo 100%.

Podrías copiar el enlace a esos apuntes? No los veo por ningún lado. Gracias por anticipado
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: fern1000 en 09 de Febrero de 2021, 18:00:50 pm
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Buenos días, yo preparé la asignatura con los apuntes de Juan Bueno, haciendo los test de Quiz y con las videoclases del campus y me ha ido genial, todas las preguntas que entraron en el examen, venían en los apuntes. Así que los recomiendo 100%.

Muchas gracias! podrías poner el enlace? no los encuentro en ningun sitio
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Jaalce en 10 de Febrero de 2021, 10:52:57 am
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Podrías copiar el enlace a esos apuntes? No los veo por ningún lado. Gracias por anticipado

Tengo la última edición del libro, si la quieres envíame un correo y te lo paso
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Fala68 en 10 de Febrero de 2021, 11:35:53 am
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Buenos días, yo preparé la asignatura con los apuntes de Juan Bueno, haciendo los test de Quiz y con las videoclases del campus y me ha ido genial, todas las preguntas que entraron en el examen, venían en los apuntes. Así que los recomiendo 100%.


Perdona Ivanov, cuales son los test de Quiz?
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: susss en 10 de Febrero de 2021, 12:41:39 pm
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Perdona Ivanov, cuales son los test de Quiz?

Se refiere a la aplicación con test de autoevaluación que hay en ALF.
Algunos ED la usan, y en el caso de Trabajo hay un test por tema más o menos.
Están bien y en ocasiones la corrección te aclara cosas.

Yo apuntes no os puedo decir, leí lo principal del libro y luego me dediqué a chapar el ET sobre todo.

Mucha suerte a todos!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Jaalce en 10 de Febrero de 2021, 13:02:42 pm
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Se refiere a la aplicación con test de autoevaluación que hay en ALF.
Algunos ED la usan, y en el caso de Trabajo hay un test por tema más o menos.
Están bien y en ocasiones la corrección te aclara cosas.

Yo apuntes no os puedo decir, leí lo principal del libro y luego me dediqué a chapar el ET sobre todo.

Mucha suerte a todos!!

DAYPO, ahí están muchos test de la UNED y por supuesto de Derecho del Trabajo
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Fala68 en 10 de Febrero de 2021, 14:21:21 pm
Gracias, a los/las dos, ahora estoy con los de Daypo. Suerte!!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: ivanov en 10 de Febrero de 2021, 16:54:25 pm
Buenas tardes, perdón por la tardanza pero con los exámenes no he podido entrar mucho en el foro, no sé si puedo subir los apuntes aquí o debo hacerlo por privado, si los moderadores me dan su visto bueno los comparto, si no, quien los necesite que me deje un MP y se los envió, en cuanto a los test de QUIZ como bien han dicho más arriba, son los ejercicios de autoevaluación del campus, un saludo y mucho ánimo para lo que resta.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Fala68 en 10 de Febrero de 2021, 17:46:08 pm
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Buenas tardes, perdón por la tardanza pero con los exámenes no he podido entrar mucho en el foro, no sé si puedo subir los apuntes aquí o debo hacerlo por privado, si los moderadores me dan su visto bueno los comparto, si no, quien los necesite que me deje un MP y se los envió, en cuanto a los test de QUIZ como bien han dicho más arriba, son los ejercicios de autoevaluación del campus, un saludo y mucho ánimo para lo que resta.

Graciassssss!!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: eblafil en 11 de Febrero de 2021, 09:38:37 am
He terminado el examen de Derecho del Trabajo hace 10 minutos y he tenido suerte en las preguntas que me han tocado. Eso sí, la conexión se fue cuando estaba contestando la pregunta 14 y he tenido que entrar de nuevo sin ningún problema, el sistema dio como no respondida la pregunta 14 y la respondí de nuevo. Esa fue mi incidencia.
Suerte a los demás, cuando tenga el examen lo publicaré.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 11 de Febrero de 2021, 09:38:56 am
Finiquitado el examen, algunas preguntas rebuscadas, por ejemplo en qué art. del ET estaba el contrato para la formación, creo recordar, y que porcentaje de no me acuerdo ahora, he puesto el 14%
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Parabellum en 11 de Febrero de 2021, 09:40:24 am
Bueno pues ya está, en honor a la verdad hay que reconocer que el ED no ha ido a pillar, eso les honra. En definitiva es aprobable si has estudiado o es mi impresión.

Por cierto no sé a vosotros pero no ha habido un éxamen que no me haya quedado sin conexión y haya tenido que volver a entrar vaya un sin vivir, también es verdad que lo hago por  wifi y no por cable
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: marianalh en 11 de Febrero de 2021, 09:43:33 am
A mí también me falló la conexión y no se me marcó la última respuesta. Al volver a entrar no tuve ningún problema, pero ¡qué nervios!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: A-lex en 11 de Febrero de 2021, 09:44:26 am
Buenos dias,
me pareció muy asequible.
¿Alguien  que tenía esta pregunta?

El salario:
a) no tiene relevancia constitucional
b)no retribuye el derecho al descanso
c) tiene relevancia constitucional
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 11 de Febrero de 2021, 09:48:49 am
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Finiquitado el examen, algunas preguntas rebuscadas, por ejemplo en qué art. del ET estaba el contrato para la formación, creo recordar, y que porcentaje de no me acuerdo ahora, he puesto el 14%



Cotización  adicional por horas extraordinarias motivadas por fuerza mayor se efectúa aplicando el tipo: 14%. Esa era la pregunta
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: OliviaBlanc en 11 de Febrero de 2021, 09:49:09 am
Afortunadamente mi no me ha fallado la conexión, menos mal porque solo me faltaba eso, me duele un montón la cabeza esta mañana y tengo el cerebro frito,
A mi me han tocado varias de sindicatos, y una del porcentaje de cotización por fuerza mayor que ni idea, en fin, no ha estado mal pero eso de que las mal contestadas resten 0.33...ufff, crucemos los dedos!! suerte.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: kp en 11 de Febrero de 2021, 09:55:03 am
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Buenos dias,
me pareció muy asequible.
¿Alguien  que tenía esta pregunta?

El salario:
a) no tiene relevancia constitucional
b)no retribuye el derecho al descanso
c) tiene relevancia constitucional

creo que la correcta es la c)tiene relevancia constitucional
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: maldas2 en 11 de Febrero de 2021, 09:55:29 am
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Buenos dias,
me pareció muy asequible.
¿Alguien  que tenía esta pregunta?

El salario:
a) no tiene relevancia constitucional
b)no retribuye el derecho al descanso
c) tiene relevancia constitucional

Si a mi tambien me ha caido es que tiene relevancia constitucional lo pone literal el manual pagina 445

Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: A-lex en 11 de Febrero de 2021, 09:57:20 am
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Bien entonces!   :)
Gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: maldas2 en 11 de Febrero de 2021, 09:57:58 am
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Bueno pues ya está, en honor a la verdad hay que reconocer que el ED no ha ido a pillar, eso les honra. En definitiva es aprobable si has estudiado o es mi impresión.

Por cierto no sé a vosotros pero no ha habido un éxamen que no me haya quedado sin conexión y haya tenido que volver a entrar vaya un sin vivir, también es verdad que lo hago por  wifi y no por cable

A mi tambien me ha pasado a las 9:20 . He salido vuelto ha entrar y ya aunque en observaciones al entregar el examen lo he indicado por si las moscas
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: berni1988 en 11 de Febrero de 2021, 10:00:55 am
Otro que se ha quedado sin conexión. Al volver a entrar (sin problemas) se me había borrado una pregunta. La he vuelto a contestar y ya esta.
   El examen aprobable, pero no regalado.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Arancha3 en 11 de Febrero de 2021, 10:10:53 am
Pues yo también me quedé sin conexión... El examen no era difícil pero no lo he hecho bien. En fin. Un desastre de cuatrimestre.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: pandev92 en 11 de Febrero de 2021, 10:36:38 am
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Otro que se ha quedado sin conexión. Al volver a entrar (sin problemas) se me había borrado una pregunta. La he vuelto a contestar y ya esta.
   El examen aprobable, pero no regalado.

A MI También me pasó, abrí una ventana para ver si era mi conexión y no tenia nada que ver!! fue un fallo de la web de la uned, revisé y no faltaba nada.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Telepinu en 11 de Febrero de 2021, 10:58:53 am
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Pues yo también me quedé sin conexión... El examen no era difícil pero no lo he hecho bien. En fin. Un desastre de cuatrimestre.

Aranxita, vale que esperamos que salgan las notas?  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 11 de Febrero de 2021, 12:09:44 pm
Corregido el examen  :D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Fala68 en 11 de Febrero de 2021, 13:31:47 pm

Como veis esta, yo puse la b)

Si el juez declara el despido improcedente:

A.- Solo si se trata de un representante legal de los trabajadores o de un delgado sindical tiene derecho a optar Entrela readmisión o la indemnización.
B.- El empresario tiene obligación de abonar al trabajador los salarios de tramitación y ello con independencia de si opta por la readmisión o por la indemnización.
c) El trabajador puede optar entregue se le readmita o se le indemnice con veinte días de salario por año de servicio y con un limite de doce mensualidades
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: PAF en 11 de Febrero de 2021, 14:18:56 pm
Yo entiendo que es la A: "Si el despedido es representante legal de los trabajadores o delegado sindical, la opción le corresponde siempre a él" (pág 688 y art 56.4 ET)
Siento la noticia y espero que el examen no dependa de esta respuesta.
Un saludo.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Fala68 en 11 de Febrero de 2021, 14:26:31 pm
Tienes razón gracias. Contaba con ella como mala.

Si un despido objetivo se declara improcedente y la empresa opta por la readmisión:

A) El trabajador únicamente tiene que reintegrar la diferencia entre la indemnización legal y la indemnización percibida.
b) El trabajador no tiene que reintegrar la indemnización previamente percibida, pues se trata de un despido sin causa.
c) el trabajador debe reintegrar la indemnización previamente percibida.

Espero que acierte; la c) ;)

Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: _Ilacu_ en 11 de Febrero de 2021, 14:53:22 pm
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Tienes razón gracias. Contaba con ella como mala.

Si un despido objetivo se declara improcedente y la empresa opta por la readmisión:

A) El trabajador únicamente tiene que reintegrar la diferencia entre la indemnización legal y la indemnización percibida.
b) El trabajador no tiene que reintegrar la indemnización previamente percibida, pues se trata de un despido sin causa.
c) el trabajador debe reintegrar la indemnización previamente percibida.

Espero que acierte; la c) ;)


La C
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Fala68 en 11 de Febrero de 2021, 15:02:32 pm
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La C
Gracias
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: ecaballer en 11 de Febrero de 2021, 15:38:34 pm
Hola compañer@s,
Pues yo he tenido una suerte..., que nada más empezar he ir avanzando las preguntas todo me sonaba a chino. Pensé que estaba realizando un examen de matemáticas; que porcentajes, que números, que días, que horas, que fechas..., ¡Dios mío! ¡Hasta artículos!,  :o. ¡qué borrachera de números! y encima por la mañana :o. En comparación con los exámenes que pude ver la primera semana, no me esperaba que me acribillaran con tantos números que memorizar. Esperaba que vale 2 de esas características está bien, pero 6?
Así que a ver.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: Sigima en 11 de Febrero de 2021, 19:22:45 pm
Otro fallo de conexión por aquí, y fue al darle a enviar examen... me entraron unos sudores que no sabía qué hacer. Espero que no se haya cambiado ninguna respuesta debido a la incidencia   :-\ :-\
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: maldas2 en 11 de Febrero de 2021, 20:28:34 pm
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Como veis esta, yo puse la b)

Si el juez declara el despido improcedente:

A.- Solo si se trata de un representante legal de los trabajadores o de un delgado sindical tiene derecho a optar Entrela readmisión o la indemnización.
B.- El empresario tiene obligación de abonar al trabajador los salarios de tramitación y ello con independencia de si opta por la readmisión o por la indemnización.
c) El trabajador puede optar entregue se le readmita o se le indemnice con veinte días de salario por año de servicio y con un limite de doce mensualidades

Yo diria que la B . No puede ser la C porque el trabajador no opta es el empresario excepto en el caso de delegado sindical . Podría ser la A pero yo la he leido un monton de veces y no da ha entender que el el delegado el que opta
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: carlos14500 en 13 de Febrero de 2021, 11:22:38 am
Asignatura: DERECHO DEL TRABAJO (DERECHO)

Pregunta 1
Por parte de los empresarios, tienen legitimación inicial para negociar un convenio colectivo sectorial:
A) Las asociaciones empresariales que en el ámbito geográfico y funcional del convenio cuenten con el 10% de los empresarios, siempre que den ocupación a igual porcentaje de trabajadores afectados.
B) Las asociaciones empresariales que en el ámbito geográfico y funcional del convenio den ocupación al 15% de los trabajadores afectados.
C) Las dos respuestas anteriores son correctas.

Pregunta 2
El despido de un delegado de personal o de un miembro del comité de empresa por el ejercicio de su función representativa:
A) Está prohibido despedir o sancionar a un representante por el ejercicio de su representación.
B) Sólo es posible si concurre autorización judicial.
C) Sólo es posible si existe acuerdo entre la empresa y el sindicato al que se encuentre afiliado el representante.

Pregunta 3
El trabajador que ha sido despedido de forma procedente, por un incumplimiento contractual de carácter grave y culpable:
A) Tiene derecho a una indemnización de veinte días de salario por año de servicio con un límite de doce mensualidades, pero no tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo.
B) No tiene derecho a indemnización alguna, pero sí se encontraría en situación legal de desempleo.
C) No tiene derecho a indemnización alguna y tampoco tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo.

Pregunta 4
El trabajador que decide dimitir:
A) Debe indemnizar al empresario por los daños y perjuicios que le haya causado.
B) Debe acreditar la concurrencia de causa que justifique su decisión extintiva.
C) Debe preavisar el empresario con la antelación que señale el convenio colectivo o la costumbre del lugar.

Pregunta 5
Si un Inspector de Trabajo decide visitar un centro de trabajo:
A) Debe comunicar su visita al empresario con cinco días de antelación y, además, debe identificarse documentalmente.
B) Debe identificarse documentalmente, a menos que considere que dicha identificación puede perjudicar el éxito de sus funciones.
C) Debe comunicar su visita al empresario con cinco días de antelación.

Pregunta 6
Cuando se produce una sucesión de convenios colectivos en el tiempo:
A) Rige el principio de modernidad y, en consecuencia, el nuevo convenio puede disponer sobre los derechos reconocidos en el convenio anterior.
B) Rige el principio de norma mínima y, en consecuencia, el nuevo convenio solo puede mejorar las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo anterior.
C) El nuevo convenio puede modificar las condiciones del anterior, pero únicamente se aplicaría a los trabajadores de nuevo ingreso; es decir, a aquellos que se incorporan a la empresa una vez que ha entrado en vigor el nuevo convenio colectivo.

Pregunta 7

El despido disciplinario:
A) Debe ir siempre precedido de un expediente contradictorio, en el que han de ser oídos el trabajador afectado y los representantes de los trabajadores.
B) Debe ser notificado por escrito al trabajador haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos.
C) Es una decisión del empresario basada en un previo incumplimiento del trabajador, aun cuando dicho incumplimiento no tenga carácter culpable.

Pregunta 8
La decisión sobre modificación colectiva de las condiciones de trabajo será notificada por el empresario a los trabajadores una vez finalizado el período de consultas sin acuerdo y surtirá efecto en el plazo de:
A) Los quince días siguientes a su notificación.
B) Los siete días siguientes a su notificación.
C) Los cinco días siguientes a su notificación.

Pregunta 9
El derecho a la libertad sindical:
A) Se tutela judicialmente, a través de un procedimiento preferente y sumario
B) Merece tutela administrativa, pues el ordenamiento tipifica como infracciones administrativas determinadas lesiones de la libertad sindical.
C) Ambas repuestas son correctas.

Pregunta 10
En ausencia de pacto al respecto, las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de:
A) Los cuatro meses siguientes a su realización.
B) Los tres meses siguientes a su realización.
C) Los seis meses siguientes a su realización.

Pregunta 11
La sección sindical estará representada por un delegado sindical:
A) Únicamente en el supuesto de que la empresa o el centro de trabajo ocupen a más de 250 trabajadores y, además, el sindicato cuente con presencia en los comités de empresa.
B) Basta con que la empresa o el centro de trabajo ocupen a más de 250 trabajadores.
C) Una sección sindical siempre va a poder estar representada por un delegado sindical.

Pregunta 12
Los empresarios están obligados a comunicar a la oficina de empleo el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de dichos contratos, en el plazo de:
A) Los quince días siguientes a su concertación y en los términos que reglamentariamente se determinen.
B) Los diez días siguientes a su concertación y en los términos que reglamentariamente se determinen.
C) Los cinco días siguientes a su concertación y en los términos que reglamentariamente se determinen.

Pregunta 13
Si un despido objetivo se declara improcedente y la empresa opta por la readmisión:
A) El trabajador no tiene que reintegrar la indemnización previamente percibida, pues se trata de un despido sin causa.
B) El trabajador debe reintegrar la indemnización previamente percibida.
C) El trabajador únicamente tiene que reintegrar la diferencia entre la indemnización legal y la indemnización efectivamente percibida.

Pregunta 14
Las faltas leves prescriben en un plazo, desde que el empresario tenga conocimiento, de:
A) 20 días naturales.
B) 40 días naturales.
C) 10 días naturales.

Pregunta 15
El empresario debe informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato y las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral, siempre que tales elementos y condiciones no figuren en el contrato formulado por escrito:
A) Siempre.
B) Cuando la relación laboral sea por tiempo indefinido.
C) Cuando la relación laboral sea de duración superior a cuatro semanas.

SOLUCIONES:
1.C / 2.A / 3.B / 4.C / 5.B / 6.A / 7.B / 8.B / 9.C / 10.A / 11.A / 12.B / 13.B / 14.C / 15.C
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: eblafil en 13 de Febrero de 2021, 11:24:13 am
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Examen realizado
Asignatura: DERECHO DEL TRABAJO (DERECHO) 11/02/2021 09:00
Las características del examen son las siguientes:
Tipo de examen: test
Duración máxima: 40 minutos.
Número de preguntas: 15.
Número de opciones de respuesta: 3. Tan solo una es correcta.
Valor de las respuestas: Cada respuesta acertada puntúa 0,67. Cada respuesta errónea resta 0,33. Las preguntas que se dejen en
blanco ni suman ni restan puntuación.
Material permitido: Ninguno.
El valor de cada pregunta de test acertada es 0,67
El valor de cada pregunta de test fallada es -0,33
Sus respuestas a preguntas de test de test aparecen marcadas en verde claro si son correctas, en rojo si son incorrectas. Las
soluciones se muestran con un borde verde.
Pregunta 1
Si un despido objetivo se declara improcedente y la empresa opta por la readmisión:
A El trabajador únicamente tiene que reintegrar la diferencia entre la indemnización legal y la indemnización efectivamente percibida.
B El trabajador debe reintegrar la indemnización previamente percibida.
C El trabajador no tiene que reintegrar la indemnización previamente percibida, pues se trata de un despido sin causa.
Pregunta 2
Por parte de los trabajadores, tienen legitimación inicial para negociar un convenio colectivo franja:
A Las secciones sindicales que hayan sido designadas mayoritariamente por sus representados a través de votación personal, libre, directa y secreta.
B Las secciones sindicales que, en su conjunto, sumen la mayoría de los miembros del comité.
C Los representantes unitarios (delegados de personal o miembros del comité de empresa).
Pregunta 3
Los trabajadores sometidos a la cesión prohibida tienen derecho:
A A adquirir la condición de fijos, a su elección, en la empresa cedente o cesionaria.
B A adquirir la condición de fijos en la empresa cesionaria.
C A adquirir la condición de fijos en la empresa cedente.
Pregunta 4
Cuando se produce una sucesión de convenios colectivos en el tiempo:
A El nuevo convenio puede modificar las condiciones del anterior, pero únicamente se aplicaría a los trabajadores de nuevo ingreso; es decir, a aquellos que se incorporan a la empresa una vez que ha entrado en vigor el nuevo convenio colectivo.
B Rige el principio de modernidad y, en consecuencia, el nuevo convenio puede disponer sobre los derechos reconocidos en el convenio anterior.
C Rige el principio de norma mínima y, en consecuencia, el nuevo convenio solo puede mejorar las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo anterior.
Pregunta 5
Los representantes de los trabajadores tienen derecho a disponer de un crédito de horas para el ejercicio de sus funciones de representación:
A Durante el ejercicio del crédito horario, el representante no tendría derecho a percibir ninguna retribución.
B El número de horas varía en función de las dimensiones de la plantilla.
C Se trata de un crédito de horas que tiene carácter anual.
Pregunta 6
Si un Inspector de Trabajo decide visitar un centro de trabajo:
A Debe comunicar su visita al empresario con cinco días de antelación y, además, debe identificarse documentalmente.
B Debe identificarse documentalmente, a menos que considere que dicha identificación puede perjudicar el éxito de sus funciones.
C Debe comunicar su visita al empresario con cinco días de antelación.
Pregunta 7
El trabajador que ha sido despedido de forma procedente, por un incumplimiento contractual de carácter grave y culpable:
A No tiene derecho a indemnización alguna, pero sí se encontraría en situación legal de desempleo.
B Tiene derecho a una indemnización de veinte días de salario por año de servicio con un límite de doce mensualidades, pero no tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo.
C No tiene derecho a indemnización alguna y tampoco tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Pregunta 8
La intermediación en el mercado de trabajo se puede realizar:
A Solo a través de las agencias de colocación.
B A través de los servicios públicos de empleo y de las agencias de colocación.
C Solo a través de los servicios públicos de empleo.
Pregunta 9
El comité de empresa:
A Es el órgano de representación en la empresa o en centro de trabajo cuando la plantilla sea de cincuenta o más trabajadores.
B Es el órgano de representación en la empresa o en el centro de trabajo cuando la plantilla sea superior a diez trabajadores e inferior a cincuenta.
C Aun siendo cierta la respuesta anterior, también podría haber un comité de empresa en las empresas o centros que cuenten entre seis y diez trabajadores, si así lo deciden ellos por mayoría.
Pregunta 10
Debe establecerse un descanso de quince minutos durante la jornada diaria continuada, siempre que ésta exceda de:
A Cuatro horas.
B Ocho horas.
C Seis horas.
Pregunta 11
Las faltas muy graves prescriben en un plazo, desde que el empresario tenga conocimiento, de:
A 40 días naturales.
B 60 días naturales.
C 20 días naturales.
Pregunta 12
Son salarios:
A Las propinas.
B Las cestas de Navidad.
C El complemento de antigüedad.
Pregunta 13
Si el juez declara el despido improcedente:
A El empresario tiene la obligación de abonar al trabajador los salarios de tramitación y ello con independencia de si opta por la readmisión o por la indemnización.
B Solo si se trata de un representante legal de los trabajadores o de un delegado sindical tiene derecho a optar entre la readmisión o la indemnización.
C El trabajador puede optar entre que se le readmita o se le indemnice con veinte días de salario por año de servicio y con un límite de doce mensualidades.
Pregunta 14
La cotización adicional por horas extraordinarias motivadas por fuerza mayor se efectúa aplicando el tipo:
A Del 14 por 100.
B Del 16 por 100.
C Del 10 por 100.
Pregunta 15
Tienen capacidad para ostentar la representación institucional ante las Administraciones Públicas u otras entidades y organismos de carácter estatal:
A Los sindicatos más representativos en el ámbito estatal.
B Los sindicatos más representativos en el ámbito de las Comunidades Autónomas.
C Ambos.

Soluciones del ED: B, A, A, B, B, B, A, B, A, C, B, C, B, A, C.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo 2020/2021
Publicado por: maldas2 en 13 de Febrero de 2021, 19:49:00 pm
Examen Derecho de trabajo 2ª semana

Pregunta 1
Las faltas leves prescriben en un plazo, desde que el empresario tenga conocimiento, de:
A.   10 días naturales.
B.   40 días naturales.
C.   20 días naturales.
Pregunta 2
El derecho a la libertad sindical:
A.   Se tutela judicialmente, a través de un procedimiento preferente y sumario
B.   Merece tutela administrativa, pues el ordenamiento tipifica como infracciones administrativas determinadas lesiones de la libertad sindical.
C.   Ambas repuestas son correctas.
Pregunta 3
El salario:
A.   No tiene relevancia constitucional.
B.   Tiene relevancia constitucional.
C.   No retribuye el descanso semanal.
Pregunta 4
Los trabajadores sometidos a la cesión prohibida tienen derecho:
A.   A adquirir la condición de fijos en la empresa cesionaria.
B.   A adquirir la condición de fijos en la empresa cedente.
C.   A adquirir la condición de fijos, a su elección, en la empresa cedente o cesionaria.
Pregunta 5
La duración del contrato temporal de fomento del empleo para personas con discapacidad no puede:
A.   Ser inferior a doce semanas ni superior a tres años.
B.   Ser inferior a cuatro semanas ni superior a tres años.
C.   Ser inferior a doce meses ni superior a tres años.
Pregunta 6
Un convenio colectivo estatutario:
A.   Debe formalizarse por escrito.
B.   Puede ser objeto de registro y publicación, si así lo decide la propia comisión negociadora.
C.   Es fruto de un acuerdo adoptado en la comisión negociadora, con el voto favorable de, al menos, un tercio de cada una de las dos representaciones (banco social y banco patronal).
Pregunta 7
Únicamente pueden presentar candidaturas a un proceso de elecciones sindicales:
A.   Los sindicatos más representativos.
B.   Los sindicatos más representativos y los trabajadores que avalen su candidatura con un número de firmas de electores de su mismo centro y colegio, en su caso, equivalente al menos a cinco veces el número de puestos a cubrir.
C.   Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
Pregunta 8
Si el juez declara el despido improcedente:
A.   El empresario tiene la obligación de abonar al trabajador los salarios de tramitación y ello con independencia de si opta por la readmisión o por la indemnización.
B.   Solo si se trata de un representante legal de los trabajadores o de un delegado sindical tiene derecho a optar entre la readmisión o la indemnización.
C.   El trabajador puede optar entre que se le readmita o se le indemnice con veinte días de salario por año de servicio y con un límite de doce mensualidades.
Pregunta 9
El acuerdo de declaración de la huelga:
A.   Ha de ser comunicado al empresario o empresarios afectados con quince días de antelación.
B.   Ha de ser comunicado al empresario o empresarios afectados, así como a la autoridad laboral, con diez días de antelación.
C.   Ha de ser comunicado al empresario o empresarios afectados, así como a la autoridad laboral, con cinco días de antelación (diez en el caso de empresas encargadas de servicios públicos).
Pregunta 10
Son salarios:
A.   Las propinas.
B.   El complemento de antigüedad.
C.   Las cestas de Navidad.
Pregunta 11
La sección sindical estará representada por un delegado sindical:
A.   Únicamente en el supuesto de que la empresa o el centro de trabajo ocupen a más de 250 trabajadores y, además, el sindicato cuente con presencia en los comités de empresa.
B.   Basta con que la empresa o el centro de trabajo ocupen a más de 250 trabajadores.
C.   Una sección sindical siempre va a poder estar representada por un delegado sindical.
Pregunta 12
Los representantes de los trabajadores tienen derecho a disponer de un crédito de horas para el ejercicio de sus funciones de representación:
A.   El número de horas varía en función de las dimensiones de la plantilla.
B.   Se trata de un crédito de horas que tiene carácter anual.
C.   Durante el ejercicio del crédito horario, el representante no tendría derecho a percibir ninguna retribución.
Pregunta 13
La cotización adicional por horas extraordinarias motivadas por fuerza mayor se efectúa aplicando el tipo:
A.   Del 10 por 100.
B.   Del 14 por 100.
C.   Del 16 por 100.
Pregunta 14
Por parte de los empresarios, tienen legitimación inicial para negociar un convenio colectivo sectorial:
A.   Las asociaciones empresariales que en el ámbito geográfico y funcional del convenio cuenten con el 10% de los empresarios, siempre que den ocupación a igual porcentaje de trabajadores afectados.
B.   Las asociaciones empresariales que en el ámbito geográfico y funcional del convenio den ocupación al 15% de los trabajadores afectados.
C.   Las dos respuestas anteriores son correctas.
Pregunta 15
No puede procederse al despido objetivo por ineptitud:
A.   Si esa ineptitud era originaria y el trabajador ha superado el período de prueba.
B.   Si el trabajador pasa a realizar funciones distintas a las habituales, como consecuencia de una movilidad funcional.
C.   Ambas respuestas son correctas.

Respuestas

1-A   2-C   3-B   4-C   5-C   6-A   7-C   8-B
9-C   10-B   11-A   12-A   13-B   14-C   15-C